La Ley Foraker de 1900 estableció un gobierno civil en Puerto Rico después del régimen militar, con un gobernador nombrado y una asamblea legislativa de dos cámaras. La Ley Jones de 1917 reemplazó la Ley Foraker y otorgó mayores derechos y protecciones a los puertorriqueños a través de una Carta de Derechos. También creó un mercado común entre Puerto Rico y Estados Unidos y permitió a la legislatura puertorriqueña imponer contribuciones e impuestos. Estas leyes definieron la relación política entre Puerto
politica territorial y desarrollo del estado libre asociado
1. SISTEMA POLITICO
DE PUERTO RICO
Desarrollo del Estado Libre
Asociado
PROF YAMIL A. MISLA GRILLASCA
POSC 253
2. Invasión militar
TRASFONDO
Con la invasión de las tropas
norteamericanas a la Isla el 25
de julio de 1898, los
puertorriqueños vislumbraron un
futuro distinto al conocido bajo
España.
Aunque España había
concedido el Carta Autonómica
de 1897, el mismo nunca se
culmino.
A partir del 1898 se constituyo el
gobierno militar en PR
colocando al mando el General
John R. Brooke (gobernador
militar de PR)
3. REGIMEN MILITAR
El gobierno militar dominado
por la milicia norteamericana
ofrecía protección a la
propiedad privada y a la
ciudadanía.
Todos los secretarios de
gabinete del régimen
autonómico se mantuvieron
en sus puestos.
Después de Brooke es
nombrado Guy V. Henry
como Gobernador militar de
Puerto Rico.
4. REGIMEN MILITAR
Posterior a Henry se
nombrara como ultimo
gobernador militar a
George Whitefield Davis.
Davis también será
nombrado posteriormente
gobernador del Canal de
Panamá.
5. GUY V. HENRY
La gobernación de Henry
impacto negativamente en
la Isla.
Asevero que PR estaría
siempre bajo dominio de
los Estados Unidos.
Era su opinión que los
puertorriqueños eran
mayormente analfabetas e
irresponsables por lo cual
no podían autogobernarse.
PR debía pasar un periodo
bajo supervisión pues
había pocas personas
instruidas en la Isla.
Para Henry aprender a
gobernarse «era el
requisito indispensable
para poder adquirir el
status de territorio y el de
Estado».
Paso a eliminar secretarias
entre otros cambios.
6. GUY V. HENRY
Sin embargo
compareciendo ante las
vistas congresionales para
la adopción de un gobierno
civil para Puerto Rico Henry
declara que «el noventa y
nueve por ciento de los
puertorriqueños tienen la
capacidad y el tacto
necesario para aceptar las
responsabilidades
gubernamentales».
Las limitaciones
provenientes del gobierno
militar y la ausencia de
participación significativa
en el gobierno local
activaron sectores del País.
Eugenio María de Hostos
fundador de la Liga de
Patriotas plantea que
existen los mecanismos
para solicitar del Congreso
un gobierno civil y el
cambio de estatus político.
7. EUGENIO MARIA DE HOSTOS
Hostos expresa:
«El propósito de pedir al
Congreso de la Unión la
absoluta independencia o
la anexión a la Gran
Republica del Norte, son
palabras bien pesadas y
bien pensadas que fundan
nuestro derecho al
plebiscito en la costumbre
misma de la organización
federal norteamericana»
8. EUGENIO MARIA DE HOSTOS
Aunque la Liga de Patriotas
entendía que la anexión a
la fuerza por Estados
Unidos era ilegal si estaban
dispuestos a aceptar la
anexión política si era la
voluntad del Pueblo
expresada por el voto.
Firme creyente en la
independencia, pero
admiraba al Pueblo
norteamericano y sus
instituciones democráticas.
10. LOS PRIMEROS PARTIDOS
POLITICOS A PARTIR DE 1899
Ya bajo la soberanía norteamericana el primer partido en
fundarse es el Republicano Puertorriqueño para el 4 de julio
de 1899. Sus lideres principales serán José Celso Barbosa y
Manuel F. Rossy.
El segundo Partido lo fue el Partido Federal Americano para
el 1 de octubre de 1899. Su líder principal Luis Muñoz
Rivera. Este Partido defenderá la anexión o estadidad para
la Isla. Su posición estaba basada en una visión del sistema
americano como uno que permitía la mayor autonomía del
cualquier otro sistema de la época.
11. LOS PRIMEROS PARTIDOS
POLITICOS A PARTIR DE 1899
El Partido Obrero Socialista
fundado para el 19 de junio
de 1899 va a postulan
política alejada de los
intereses burgueses y
tendrá como su dirigente
principal a Santiago
Iglesias Pantin.
12. Ley Foraker y el estatus
Posterior a la aprobación del Acta Foraker,
efectivamente termino el gobierno militar e instauro un
gobierno civil en Puerto Rico.
Bajo esa Ley se doto a PR de una Asamblea
Legislativa de dos cámaras: La cámara de delegados
de 35 miembros electa por el voto directo y la otra el
Consejo Ejecutivo de 11 miembros, 5 de ellos
puertorriqueños y un gobernador nombrado por el
presidente de Estados Unidos.
En lo económico supuso un avance pues los PR paso
a ser parte del sistema comercial de EU y los
productos de la Isla fueron tratados como productos de
los EU. También se dispuso la devolución de lo pagado
por productos de PR que entraran a los EU.
13. Ley Foraker y el estatus
Rosendo Matienzo Cintrón propone que se
da una unión de los partidos políticos para
impulsar un cambio de estatus.
La Unión fue acogida por el Partido Federal
y se une al Partido Republicano formando
el Partido Unión de Puerto Rico.
Reclamaron la estadidad o la
independencia política.
14. Ley Foraker
Art. 7. [Ciudadanos de Puerto Rico; creación de un cuerpo
político bajo el nombre de El Pueblo de Puerto Rico]
Todos los habitantes que continúen residiendo allí, los cuales eran
súbditos españoles el día once de abril de mil ochocientos noventa y
nueve, y a la sazón residían en Puerto Rico, y sus hijos con
posterioridad nacidos allí, serán tenidos por ciudadanos de Puerto
Rico, y como tales con derecho a la protección de los Estados
Unidos; excepto aquellos que hubiesen optado por conservar su
fidelidad a la Corona de España el día once de abril de mil
novecientos, o antes, de acuerdo con lo previsto en el Tratado de
Paz entre los Estados Unidos y España, celebrado el día once de
abril de mil ochocientos noventa y nueve; y ellos, en unión de los
ciudadanos de los Estados Unidos que residan en Puerto Rico,
constituirán un cuerpo político bajo el nombre de "El Pueblo de
Puerto Rico," con los poderes gubernamentales que se confieren
más adelante, y la facultad de demandar y ser demandados como
tales.
15. Ley Foraker
Art. 14. [Aplicación de las leyes de los Estados Unidos; leyes
de rentas internas exceptuadas]
Las leyes estatutarias de los Estados Unidos, que no sean
localmente inaplicables, salvo lo que en contrario dispusiere la
presente, tendrán la misma fuerza y validez en Puerto Rico que
en los Estados Unidos, excepción hecha de las leyes de rentas
internas, las cuales, en virtud de lo dispuesto en la sec. 3, no
tendrán fuerza y validez en Puerto Rico.
Art. 17. [Gobernador]
El título oficial del jefe ejecutivo de la isla será "El Gobernador de
Puerto Rico." Será nombrado por el Presidente, mediante el
concurso y consentimiento del Senado; su nombramiento durará
cuatro años y en tanto se designe e instale su sucesor, a menos
que antes lo depusiere el Presidente
16. Ley Foraker
Art. 18. [Consejo Ejecutivo]
Mediante el concurso y consentimiento del Senado, nombrará el
Presidente por el término de cuatro años, a no ser antes depuesto
por el mismo, un Secretario, un Fiscal General, un Tesorero, un
Contador, un Comisionado del Interior, y un Comisionado de
Instrucción, cada uno de los cuales deberá residir en Puerto Rico
durante el término de su cargo oficial, y ejercerá las facultades y
funciones que más adelante se les confieren respectivamente, y
quienes, en unión de otras cinco personas bien acreditadas, que
también nombrará el Presidente por el mismo término de cuatro
años, mediante el concurso y consentimiento del Senado,
constituirán un Consejo Ejecutivo, de cuyos miembros, cinco por lo
menos deberán ser residentes nativos de Puerto Rico; y además de
las funciones legislativas que más adelante se les imponen como
cuerpo, ejercerán las facultades y cumplirán las obligaciones que
más adelante les son respectivamente atribuidas, y los cuales
tendrán facultad para emplear todos los delegados y ayudantes
necesarios para el debido cumplimiento de sus obligaciones como
tales funcionarios y como tal Consejo Ejecutivo.
17. Ley Foraker
Art. 34. [Corte de Distrito de los Estados Unidos]
Puerto Rico constituirá un distrito judicial que se denominará "El
Distrito de Puerto Rico." El Presidente, con el concurso y
consentimiento del Senado, nombrará un Juez de Distrito, un Fiscal
de Distrito, y un Márshal para dicho distrito, cada uno por el término
de cuatro años, a menos que antes no sean destituidos por el
Presidente. La Corte de Distrito para dicho distrito, se denominará
"Corte de Distrito de los Estados Unidos para Puerto Rico" y tendrá
la facultad de nombrar todos los empleados y ayudantes necesarios,
incluyendo un Clerk (Secretario), un intérprete y los comisionados
que sean necesarios, quienes tendrán las mismas atribuciones que
los comisionados de las Cortes de Circuito de los Estados Unidos; y
tendrá, además de la jurisdicción ordinaria de Corte de Distrito de los
Estados Unidos, jurisdicción en todos los casos que sean de la
competencia de las Cortes de Circuito de los Estados Unidos, y
seguirá la misma tramitación que las Cortes de Circuito
.
18. Puerto Rico contaría con dos Cámaras Legislativas conocidas
esta vez como el Consejo Ejecutivo y la Cámara de Delegados.
La primera de ellas consistiría once personas, de las cuales seis
de ellas ostentarían puestos ya determinados. Estos eran;
Secretario General, Fiscal General, Tesorero, Contador,
Comisionado del Interior y el Comisionado de
Instrucción. (sección 18) Las restantes cinco personas serían, al
igual que las designadas a puestos específicos, nombrados por el
Presidente y ratificados por el Congreso.
En la otra se encuentra la Cámara de Delegados, la cual estaría
compuesta por treinta y cinco delegados electos cada dos años
por los electores capacitados. (sección 27) Lo más relevante de
la ley orgánica Foraker es que otorga el poder al Consejo
Ejecutivo de dividir en siete distritos a la isla. Estos distritos
debían ser compuestos por territorios contiguos, con toda la
posible igualdad en población. (seccion 28)
LEY FORAKER
19. La Ley Foraker, también conocida como Ley Orgánica de 1900, fue la
norma judicial aprobada por la los Estados Unidos para organizar el
gobierno civil de Puerto Rico
La Ley establecía un gobierno civil dividido en tres poderes: el poder
ejecutivo, el poder legislativo y el poder judicial. El poder ejecutivo estaba a
cargo de un Gobernador, nombrado por 4 años por el Presidente de los
EE.UU, previa consulta al Senado. El Gobernador era asistido por un
Consejo Ejecutivo, designado de la misma manera e igual periodo que el
Gobernador y compuesto por 11 personas, de los cuales 5 debían ser
puertorriqueños. El poder legislativo quedaba organizado en una Asamblea
Legislativa compuesta por el Consejo Ejecutivo y una Cámara de
Delegados, compuesta por 35 miembros electos directamente cada 2 años.
El poder judicial se componía de una Corte Suprema y Tribunales de
Distrito. Se creó la Corte de Distrito de los Estados Unidos para Puerto
Rico y se estableció el recurso de apelación ante la Corte Suprema de
Estados Unidos. Por último, la Ley fijaba que los puertorriqueños elegirían,
cada dos años y por sufragio popular, un Comisionado Residente, sin
derecho a votar, ante la Cámara de Representantes de los EE.UU.
LEY FORAKER
20. Se crea el puesto de comisionado residente en Washington
Congreso se reserva facultad de anular leyes aprobadas
por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico
Gobernador nombrado por el Presidente de Estados Unidos
Cambio de moneda española a dólar a razón de sesenta
centavos por peso español
Solo pueden ser electos a la Cámara de Delegados
aquellos que sepan leer y escribir y paguen cierta cantidad
al erario publico
Art. 33 establece que los Jueces y el Alguacil del Tribunal
Supremo nombrados por el Presidente de Estados Unidos
consejo y consentimiento del Senado Federal.
LEY FORAKER
21. Ley Jones y el estatus
El representante William Jones presenta un
proyecto para establecer una nueva Acta
orgánica que sustituyera la Foraker. Tras largos
debates y enmiendas se convierte en ley para el
2 de marzo de 1917.
Este trae una carta de derechos superando así
al Acta Foraker en cuanto a dar mayores
protecciones legales.
Los unionistas bajo el liderato de Muñoz Rivera
luchan por enmendar y añadir mayores
derechos bajo esa Ley.
22. Ley Jones Shafroth
Crea una Carta de Derechos que veremos mas adelante.
Y una estructura de gobierno distinta a la Foraker en ciertos
aspectos.
Art. 3. [Contribuciones e impuestos; deuda pública]
No se impondrá ni cobrará derecho alguno sobre las
exportaciones procedentes de Puerto Rico; pero podrán
imponerse contribuciones e impuestos sobre la propiedad,
ingresos, rentas internas, y por licencias, franquicias,
privilegios y concesiones, cuando dichas contribuciones sean
para los fines de los gobiernos insular y municipal,
respectivamente, y se impongan según las disposiciones y
prescripciones de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico
( Crea mercado comun con Puerto Rico)
23. Ley Jones Shafroth
Art. 5b. [Ciudadanía de las personas nacidas en Puerto
Rico]
Toda persona nacida en Puerto Rico en o después del 11 de
abril de 1899 (ya sea antes o después de la fecha en que
entre en vigor esta Ley) y que no sean ciudadanos, súbditos o
nacionales de alguna potencia extranjera, se declaran por la
presente ciudadanos de los Estados Unidos;
El gobernador va a seguir siendo nombrado por el Presidente
hasta 1948 que se enmienda la Ley Jones por la llamada Ley
del Gobernador Electivo que dispone la eleccion popular del
primer ejecutivo del Pais.
24. Ley Jones Shafroth
Otorga la ciudadanía estadounidense a los
puertorriqueños. Se permite a los que deseen
mantener ciudadanía puertorriqueña renunciando a la
americana. (288 personas lo hicieron).
Crea el Senado de Puerto Rico con cinco miembros
por acumulación.
Cámara de Representantes de 39 miembros, 4 por
acumulación.
Consejo de Administración funge como gabinete del
Gobernador.
Presidente de EU nombra a cuatro miembros del
gabinete incluyendo al gobernador.
25. El Partido Popular y el ELA
21 de julio de 1940. Se funda el PPD y declara que solo hay
dos alternativas al colonialismo de PR: la estadidad y la
independencia.
Para 1945 El Senador Tydings presenta una medida para
disponer la celebración de un plebiscito donde estuvieran
representadas todas las alternativas. El proyecto no
prospero.
Mas tarde en el comisionado residente Jesús T. Piñero
radica una medida para que se produzca una votación entre
la estadidad, la independencia y otra llamada la de Pueblo
Asociado de Puerto Rico. El proyecto no prospero pero sirvió
de base para Muñoz Marín
26. Muñoz Marín y el ELA
Muñoz para 1946 estaba convencido que el Congreso no
deseaba actuar sobre el asunto del estatus. En ese año
publica unos artículos titulados: «Nuevos Caminos hacia
viejos objetivos» donde expone que la estadidad y la
independencia no son posibles.
Su nueva estrategia política consiste en convencer al Pueblo
de votar a favor de adoptar una constitución que permita «el
gobierno propio en Puerto Rico hasta el punto que sea
posible sin ser estado en la estructura constitucional de
Estados Unidos, o sea, que autorice al pueblo de Puerto
Rico a hacer su propia constitución en la misma forma que
se autoriza a los nuevos estados».
27. Muñoz Marín y el ELA
Muñoz desea alcanzar la formula del proyecto Tydings-
Piñero conocida por Pueblo Asociado de Puerto Rico. Esta
formula política plantearía mantener relaciones fiscales con
Estados Unidos, sin impuestos federales, recibir ayuda de
fondos federales, y tener autonomía política pero en unión
con los Estados Unidos.
El triunfo electoral del PPD en el 1948 supuso para su
liderato un triunfo de su formula política. De sus gestiones
resulta la presentación del H.R. 7674 (luego Ley 600) para
permitir al Pueblo de Puerto Rico «organize a government
pursuant to a constitution of their own adoption». Declaraba
que esta Ley se adoptaba «in the nature of a compact» (en
la naturaleza de un convenio)
28. La Ley 600
El informe de la medida expresa la intencion legislativa:
«as long as no actual change would be made in the Puerto
Rico United Statees relationship, we think the bill should be
enacted»
En las vistas congresionales de 1950 Muñoz afirmo que la
medida bajo estudio no cerraba las puertas a la estadidad ni
la independencia.
El informe señala de forma contundente e incomoda para el
liderato del PPD que la media no alteraba las relaciones
entre PR y Estados Unidos.
El congresista Marcantonio (que favorecía la independencia)
expreso que esta medida era un fraude al Pueblo de PR.
29. La Ley 600
El 3 de julio de 1950 se firma la Ley 600
por el Presidente . En 1951 se aprueba una
ley local para que el Pueblo se exprese a
favor de dar paso a la redacción de esta
constitución. Muñoz hace campaña a favor.
Pedro Albizu Campos y el Partido
Nacionalista entendieron esto como un
componenda para mantener la condicion
colonial.
30. La Insurrección nacionalista
30 de octubre de 1950.
se inicia la insurrección
nacionalista con ataques
contra los cuarteles de la
policía de peñuelas y
Jayuya. En este segundo
pueblo proclaman la
republica después de
incendiar el cuartel y
atacar el edificio del
correo federal.
31. La Insurreccion nacionalista
Muñoz minimiza la
acción nacionalista
tildándola de una
pequeña conspiración
de fanáticos locos.
La acción deja unos
25 muertos y otros
tantos heridos.
32. El Ataque al Congreso
«Una mujer y dos hombres – Lolita
Lebrón, Rafael Cancel Miranda y Andrés
Figueroa Cordero – compraron boletos
de ida desde Nueva York a Washington,
D.C. el 1ro de marzo de 1954, donde se
juntaron con un cuarto miembro del
grupo. Entraron a galería de la Casa de
Representantes de los Estados Unidos
para ver a los 243 congresistas en
sesión. Luego de observar los
procedimientos por alrededor de un
minuto, sacaron sus pistolas automáticas
alemanas (Luger calibre .45) y
comenzaron a disparar a la cámara,
mientras Lebrón gritaba, “¡Puerto Rico no
es libre!!" Las balas hirieron a cinco
congresistas, pero todos sobrevivieron.
Alvin Bentley, un Representante
Republicano del estado de Michigan, fue
baleado en el pecho y sufrió las peores
heridas.»
33. Ley 600
Votan un total de 508,185 personas
recibiendo el Si unos 387,016 contra unos
119,169 para una victoria del 76.5%.
Se organiza la Convención Constituyente
logrando el PPD elegir a 70 delegados, los
estadistas 15 y los socialistas 7.
La convención sesiona envía el
documento constitucional al Presidente
Harry S. Truman quien la aprobó y remitió
al Congreso para su aprobación.
34. CONSTITUCION DEL ELA
El Congreso Federal aprueba la
Constitución de Puerto Rico sujeta a que la
Convención Constituyente de Puerto Rico
eliminara la sección 20 sobre el derecho al
trabajo y el articulo 2 sobre escuelas
parroquiales.
Igual dispone el Congreso que cualquier
enmienda o revisión de la Constitución
tiene que ser cónsona con las leyes del
gobierno de Estados Unidos.
35. CONSTITUCION DEL ELA
El 25 de julio de 1952 queda instaurado el
nuevo orden constitucional por decreto del
gobernador Muñoz Marín quien aseguro que
esto daba fin al debate de estatus político.
El sector separatista acuso a Muñoz de
engañar al País pues el texto en ingles no
hacia referencia a un Estado Libre Asociado,
como se le denomino en español, sino se le
llamo Commonwealth (mancomunidad).
36. LOS CASOS
INSULARES
SERIE DE DECISIONES DEL
TRIBUNAL SUPREMO DE
ESTADOS UNIDOS
INTERPRETANDO LA RELACION
POLITICA ENTRE PUERTO RICO
Y LOS ESTADOS UNIDOS.
37. DOWNES v. BIDWELL, 182 U.S.
244 (1901)
Hechos
Este caso trata un comerciante Downes cuya compañía
habia importado unas chinas a NY desde el nuevo territorio
de PR y se le obligo a pagar tarifas aduaneras sobre ellas.
Demanda a Bidwell quien es el inspector de aduanas de NY
alegando que como un territorio de los EU tales tarifas con
inconstitucionales pues el Art I, seccion 8 declara que todo
tarifa, impuesto seran uniformes a traves de los Estados
Unidos. Como tal tarifa sobre las chinas no existia en otras
partes de EU no podia existir para Puerto Rico.
38. DOWNES v. BIDWELL, 182 U.S.
244 (1901)
Hechos
Este caso trata un comerciante Downes cuya compañía
habia importado unas chinas a NY desde el nuevo territorio
de PR y se le obligo a pagar tarifas aduaneras sobre ellas.
Demanda a Bidwell quien es el inspector de aduanas de NY
alegando que como un territorio de los EU tales tarifas con
inconstitucionales pues el Art I, seccion 8 declara que todo
tarifa, impuesto seran uniformes a traves de los Estados
Unidos. Como tal tarifa sobre las chinas no existia en otras
partes de EU no podia existir para Puerto Rico.
39. DOWNES v. BIDWELL, 182 U.S.
244 (1901)
Decision
5-4 determina el Supremo que territorios recientemente
anexados no eran propiamente parte de EU para los
propositos de la Constitucion Federal en materia de ingresos
fiscales, asuntos administrativos. Sin embargo si expressa
que los derechos de libertad y propiedad son aplicables. Los
territorios reciben la totalidad de las protecciones
constitucionales solo cuando el Congreso de EU los a
incorporado.
El caso resuelve la pregunta de si la constitucion sigue a la
bandera. Es decir, si todo territorio adquirido
automaticamente queda cobijado bajo su proteccion
meramente por su adquisicion. La respuesta es que No.
40. DOWNES v. BIDWELL, 182 U.S.
244 (1901)
Decision
Es obvio que en la anexión de las posesiones periféricas y
distantes habrán de surgir serias preguntas por las
diferencias de raza, hábitos, leyes y costumbres de los
pueblos, así como por las diferencias en suelos, climas, y
producción, las que podrán requerir alguna acción por parte
del Congreso que de otro modo hubiese sido innecesaria si
la anexión se tratase de territorios contiguos habitados
solamente por pueblos de la misma raza o por cuerpos
dispersos de indígenas nativos.
41. Balzac v. Porto Rico, 258 U.S.
298 (1922)
HECHOS
Jesus M. Balzac es acusado por libelo criminal por hacer
inferencias contra el gobernador colonial Arthur Yager y se le
procesa en la corte de distrito de PR. Declara que sus
derechos bajo la 6ta enmienda han sido violentados por no
darle derecho a un juicio por jurado pues el codigo criminal
de PR no lo disponia asi.
Decision
La Corte Suprema afirma que las protecciones
constitucionales no aplican a un territorio que pertenece a
EU pero no estaba incorporado a la Union.
42. Balzac v. Porto Rico, 258 U.S.
298 (1922)
FUNDAMENTOS.
El Juez Presidente Taft da la opinion del Tribunal y expresa
que aunque se ha otorgado la ciudadania norteamericana en
1917 PR sigue siendo un territorio no incorporado.
Abunda que PR no habia sido designado para convertirse en
estado de la union. Pasa a distinguir el caso de la compra de
Alaska a Rusia la cual en el caso de Rasmussen v. US se
determino que estaba incorporado a los Estados Unidos.
Taft que PR habia estado bajo el derecho civil español por
400 años y no estaban preparados para este sistema de
jurados.
43. Balzac v. Porto Rico, 258 U.S.
298 (1922)
FUNDAMENTOS.
Congress has thought that a people like the Filipinos, or the
Porto Ricans, trained to a complete judicial system which
knows no juries, living in compact and ancient communities,
with definitely formed customs and political conceptions,
should be permitted themselves to determine how far they
wish to adopt this institution of Anglo-Saxon origin, and when.
—258 U.S. 298, 310
«El congreso ha razonado que los filipinos, o los
portorriqueños, entrenados en un sistema judicial que no
conoce jurados, viviendo en comunidades compactas y
antiguas, con costumbres definidas y conceptos politicos, se
les debe permitir a ellos mismos determinar hasta donde
desean adoptar las instituciones Anglosajonas y cuando».