Tema 19. Inmunología y el sistema inmunitario 2024
Aspectos que se deben tomar para iniciar estudios en Universidades Privadas de Costa Rica
1. ASPECTOS A TOMAR EN CUENTA PARA INICIAR ESTUDIOS
EN UNIVERSIDADES PRIVADAS DE COSTA RICA
CONSEJO NACIONAL DE ENSEÑANZA SUPERIOR UNIVERSITARIA PRIVADA
FEBRERO 2011
Elaborado por: Olman Hernández Salazar
2. NORMATIVA A CONSULTAR
PREVIO A INICIAR LOS
ESTUDIOS
Ley 6693
Reglamento General del Consejo
Nacional de Enseñanza Superior
Universitaria Privada Nº 29631-MEP
Decreto Nº 35810-MEP
Asuntos varios, Acta de Sesión
539-2005 (12 Octubre 2005)
Oficios Generales: CONESUP-DE-0343-
2007, CONESUP-AJ-168-2007,
CONESUP-AJ-161-2010
3. Art. 14, Inciso e,
Reglamento General
del CONESUP
Para ingresar a cualquier carrera es
requisito insoslayable que el estudiante
posea el título de Bachiller en
Educación Media o su equivalente
debidamente reconocido por el
Consejo Superior de Educación
4. Art. 17, Reglamento
General del
CONESUP
Las universidades privadas sólo
podrán matricular estudiantes e
impartir válidamente una carrera
después de que su funcionamiento
institucional HAYA SIDO AUTORIZADO
POR EL CONESUP y que la carrera en
cuestión haya sido también PREVIA Y
FORMALMENTE APROBADA en firme
por ese mismo Consejo
5. Art. 29, Reglamento
General del CONESUP,
Inciso e (Trabajo
Comunal Universitario)
Para su cumplimiento, el estudiante
debe relacionarse directamente, a
través del estudio de sus problemas,
con la comunidad, no debe ser parte
de la carga académica de un curso
ni resolver una necesidad
administrativa o docente de la
Universidad
6. Art. 29, Reglamento
General del CONESUP,
Inciso e (Trabajo
Comunal Universitario)
• Para su realización el estudiante debe
haber cursado al menos la mitad del plan de
estudios
• No debe sustituir las PRÁCTICAS
PROFESIONALES
• El tiempo dedicado no podrá ser inferior a
150 horas y será realizado solamente una
única vez por el estudiante
7. Art. 30, Reglamento General
del CONESUP, Convalidación
de Estudios
Una universidad privada podrá reconocer
hasta un máximo del sesenta por ciento
(60%) del total de los créditos de una
carrera cursada en otra universidad o
entidad parauniversitaria, con el fin de
garantizar una residencia mínima no
menor del cuarenta por ciento (40%) en la
universidad que emitirá el título
respectivo.
8. Art. 37, Reglamento
General del CONESUP,
SEDE REGIONAL
Unidad académico – administrativa
dependiente de la Sede Central, que
desconcentra actividades académico –
docentes DEBIDAMENTE
AUTORIZADAS POR EL CONESUP
9. Art. 37, Reglamento
General del CONESUP,
AULA DESCONCENTRADA
Unidad académico – administrativa en
una región geográfica determinada,
dependiendo de la Sede Central o de
una Sede Regional, que imparte un
máximo de dos carreras o tramos de
ellas, YA APROBADAS POR EL
CONESUP
10. SESIÓN 539-2005, ALGUNOS
ASPECTOS GENERALES QUE
DEBE CONTENER UN
EXPEDIENTE ACADÉMICO
a. Carátula con datos personales y foto del estudiante
b. Fotocopia completa del pasaporte o cédula de residencia
c. Fotocopia del título de secundaria o su equivalente
reconocido por el Consejo Superior de Educación
d. Resultados de los exámenes por suficiencia y el programa o
temario de estudio
e. Acta de convalidación. Los programas, certificación de
calificaciones de las materias por convalidar, con
indicación de períodos, año y número de créditos de la
universidad a quo
f. Solicitud de realización y aprobación del Trabajo Comunal
Universitario
g. Acta de realización de la Tesina, Tesis, Prueba de Grado,
Proyecto de Graduación respectiva, con indicación del
tribunal examinador
11. OFICIO CONESUP-
AJ-168-2007
• El nivel de Postgrado no se considera en sentido
estricto una carrera, sino que se cataloga como
una especialización que el estudiante lleva a
cabo como extensión a su Licenciatura o a su
Bachillerato.
• No es viable la exigencia en cuanto a la
realización del Trabajo Comunal Universitario
(TCU) en niveles académicos distintos al
Bachillerato (cuando éste sea grado terminal) o
Licenciatura.
12. OFICIO CONESUP-DE-
0343-2007
• En el expediente del estudiante extranjero debe
encontrarse el título del país de origen
REFRENDADO Y AUTENTICADO POR LAS
AUTORIDADES DE ESE PAÍS Y POR EL MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES DE COSTA RICA,
para satisfacer el ingreso para la carrera de su
elección, en la universidad costarricense.
• Si el estudiante después de graduado decide trabajar
en Costa Rica, el título del país de origen con el que
ingresó a la universidad costarricense DEBE SER
RECONOCIDO POR CONARE, instancia autorizada
para dicho trámite.
13. OFICIO CONESUP-AJ-
161-2010
El estudiante NO ESTARÁ EN OBLIGACIÓN de someter
su título universitario obtenido en el exterior para el
reconocimiento de CONARE si su finalidad una vez
que ingresa al país se circunscribe
MOMENTÁNEAMENTE A CURSAR ESTUDIOS. Dicho
requisito deberá cumplirlo si una vez egresado de la
universidad privada costarricense, DECIDE
TRABAJAR en el área de especialización que
corresponde su título obtenido en el extranjero,
trámite cuya verificación en su caso, ya no
corresponde a la universidad o al Consejo Nacional
de Enseñanza Superior Universitaria Privada
14. ASPECTOS A TOMAR EN
CUENTA PARA ESTUDIAR
EN UNIVERSIDADES
PRIVADAS DE COSTA RICA
• Verificar que la Universidad Privada, Sede Regional o
Aula Desconcentrada donde desea matricularse el
estudiante se encuentra DEBIDAMENTE
AUTORIZADA POR EL CONESUP
• Comprobar que el plan de estudios a nivel de grado o
posgrado en el que el estudiante se matriculará ESTÁ
DEBIDAMENTE APROBADO POR EL CONESUP
• Si el plan de estudios será impartido en una Sede
Regional o Aula Desconcentrada, confirmar que la
institución posee APROBACIÓN DEL CONESUP
PARA OFERTARLO E IMPARTIRLO EN DICHO LUGAR
15. REQUISITOS INDISPENSABLES
PREVIO A INICIAR ESTUDIOS EN
UNA UNIVERSIDAD PRIVADA
Tramitar ante el Departamento de Desarrollo
Educativo en cualquiera las diversas Direcciones
Regionales de Enseñanza que tiene el Ministerio de
Educación Pública, el estudio para el reconocimiento
y equiparación del título de Educación Media o
Educación Secundaria obtenido fuera de Costa Rica
Presentar en la Universidad el
original y fotocopia del título de
Educación Media o Educación
Secundaria obtenido fuera de Costa
Rica, así como el original y fotocopia
de la equiparación del título de
Educación Secundaria emitida por el
Departamento de Desarrollo
Educativo de la Dirección Regional
16. REQUISITOS INDISPENSABLES
PREVIO A INICIAR ESTUDIOS EN
UNA UNIVERSIDAD PRIVADA
Presentar ante la Universidad la
fotocopia completa del pasaporte
Solicitar en la Universidad
información referida a la emisión de
un permiso especial para realizar
estudios en Costa Rica, otorgado por
la Dirección de Migración y
Extranjería.
17. REQUISITOS INDISPENSABLES
PREVIO A INICIAR ESTUDIOS EN
UNA UNIVERSIDAD PRIVADA
En caso de poseer un título
universitario obtenido en el
extranjero, presentar la fotocopia
del título del país de origen
REFRENDADO Y AUTENTICADO
POR LAS AUTORIDADES DE ESE
PAÍS Y POR EL MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES DE
COSTA RICA
18. REQUISITOS INDISPENSABLES
PREVIO A INICIAR ESTUDIOS EN
UNA UNIVERSIDAD PRIVADA
Si un estudiante desea solicitar un estudio para el
reconocimiento o convalidación de asignaturas que
fueron aprobadas y cursadas en una universidad
ubicada fuera del territorio costarricense, debe
presentar la certificación de las calificaciones
obtenidas, así como la totalidad de los Programas de
Estudios de las materias que solicitó convalidar.
Dichas certificaciones y programas de estudios deben
estar refrendadas por las autoridades de ese país y por
el Ministerio de Relaciones Exteriores de Costa Rica.
Estas asignaturas deben haber sido cursadas y
aprobadas en la Universidad posterior a la obtención
del título que lo acredita como Bachiller en Educación
Media
19. REQUISITOS INDISPENSABLES
PREVIO A INICIAR ESTUDIOS EN
UNA UNIVERSIDAD PRIVADA
Una vez que se cumpla con la totalidad de
requisitos para la admisión y se inicie con el Plan
de Estudios, es necesario que en coordinación con
la Universidad Privada, los estudiantes extranjeros
renueven periódicamente los permisos temporales
de estudios otorgados por la Dirección de
Migración y Extranjería. En caso de que existan
presentar salidas de territorio costarricense, es
indispensable aportar nuevas fotocopias del
pasaporte, donde se evidencie la fecha de salida y
de ingreso al territorio nacional
20. SÍNTESIS DE TRÁMITES
PARA INICIAR ESTUDIOS EN
UNIVERSIDADES PRIVADAS
Confirmar la aprobación por parte del CONESUP de la
Universidad, el lugar (Sede Regional o Aula
Desconcentrada) y el Plan de Estudios a matricular
Tramitar el reconocimiento y equiparación
del título de Educación Media o Educación
Secundaria obtenido fuera de Costa Rica
Presentar el original y la fotocopia del título
de Educación Secundaria y la equiparación
emitida por la Dirección Regional
Aportar el original y fotocopia
completa del pasaporte
21. SÍNTESIS DE TRÁMITES
PARA INICIAR ESTUDIOS EN
UNIVERSIDADES PRIVADAS
Tramitar ante la Dirección de Migración y
Extranjería un permiso especial para cursar
estudios universitarios en Costa Rica
En caso de ingreso a una Licenciatura o
Posgrado, presentar el original y fotocopia
de título universitario obtenido fuera de
territorio costarricense, con los requisitos
explicados anteriormente
Si se solicita convalidación de asignaturas
aprobadas en alguna universidad fuera de
Costa Rica, presentar la totalidad de la
documentación detallada anteriormente
Una vez admitido estar pendiente de la
renovación del permiso de estudios emitido
por la Dirección de Migración y Extranjería.
22. TODO ESTUDIANTE
EXTRANJERO DEBE TENER
PRESENTE QUE...
Es ilegal iniciar estudios en una universidad
privada previo a la obtención del título de
Bachiller en Educación Media
El CONESUP no reconoce los estudios
matriculados y aprobados en recintos
universitarios que no posean la debida
autorización acorde a la normativa vigente
Es obligatorio tramitar ante las Direcciones Regionales
el reconocimiento y equiparación del título de
Educación Media o Educación Secundaria obtenido
por un estudiante fuera de Costa Rica
No es obligatorio de someter un título
universitario obtenido en el exterior para el
reconocimiento de CONARE para iniciar
estudios universitarios en Costa Rica
23. TODO ESTUDIANTE
EXTRANJERO DEBE TENER
PRESENTE QUE...
Es obligatorio estar pendiente de las fechas
de vencimiento del permiso temporal de
estudios extendido por la Dirección de
Migración y Extranjería
En caso de salir del país durante el período
de estudios, es indispensable aportar a la
universidad la copia del pasaporte con el
registro de sellos de salida e ingreso a
Costa Rica
El CONESUP NO AUTORIZA la convalidación de
asignaturas de un grado inferior a otro superior, por
ejemplo de Bachillerato a Licenciatura, o de
Licenciatura a Maestría ni de Maestría a Doctorado
El CONESUP NO AUTORIZA la
convalidación de asignaturas que fueron
aprobadas en alguna institución previo a la
obtención del título de Bachiller en
Educación Media
24. INFORMACIÓN ADICIONAL
• Central Telefónica 2221-4465 ó 2258-3101
• Horario de Atención: Lunes a Jueves de
07: 00 a.m. a 03:30 p.m.; Viernes de 07: 00
a.m. a 03:00 p.m.
• Horario de Atención al Público en el
Archivo: Martes y Jueves de 07 a.m. a 11:00
a.m.