2. Informar, motivar y comprometer al empresario, o a sus representantes con la implementación de la Legislación vigente en Salud Ocupacional que permita no solo a la empresa, si no al trabajador minimizar el impacto g enerado por un accidente de trabajo o enfermedad profesional. Objetivo
3. Objetivos específicos Minimizar o disminuir las demandas de tipo laboral, civil, administrativa o penal, a las cuales esta expuesto el empresario por desconocimiento de la ley. Disminución de costos por tratamientos y drogas derivados de una enfermedad de origen profesional y/o accidente de trabajo. Disminuir el porcentaje de accidentalidad y/o enfermedades profesionales en las empresas
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9. Sistema General de Seguridad Social en Salud (EPS) Es responsabilidad del empleador la afiliación de sus trabajadores al sistema general de salud y realizar los aportes correspondientes a los que esta obligado 8% del salario. Es responsabilidad del trabajador la afiliación de su familia al sistema general de salud y realizar los aportes correspondientes a los que esta obligado 4% del salario.
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11. El sistema general de riesgos profesionales es el conjunto de entidades publicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan. Sistema General de Riesgos Profesionales (ARP)
12. Características del sistema Todos los empleadores deben afiliarse al sistema general de riesgos profesionales . La no afiliación al sistema genera sanciones al empleador.
13. Las entidades administradoras del sistema general de riesgos profesionales, tendrán a su cargo la afiliación al sistema y la administración del mismo. Es dirigido, orientado, controlado y vigilado por el estado. Características del sistema
14. Las cotizaciones al sistema general de riesgos profesionales están a cargo del empleador . La selección de las entidades que administran el sistema es libre y voluntaria por parte del empleador y cada empresa solo puede estar afiliada a una ARP Características del sistema
15. La cobertura se inicia desde el día calendario siguiente al de la afiliación, y los empleadores solo pueden contratar el cubrimiento de los riesgos profesionales con una sola entidad Características del sistema
19. Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los sitios de trabajo, dispone normas de aceptación relacionadas con Higiene y Seguridad en diferentes sitios. Contexto Legal en Salud Ocupacional RESOLUCION 2400 DE 1979 RESOLUCION 2413 DE 1979
20. Requisitos de Higiene y Seguridad Industrial, establece responsabilidad de los patronos comprobar el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad. Contexto Legal en Salud Ocupacional DECRETO 614 DE 1984 DECRETO 1295/94
21. Comité de medicina, Higiene y seguridad, actualmente Comité Paritario de Salud, que es un organismo de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos en salud ocupacional. Contexto Legal en Salud Ocupacional RESOLUCION 2013 DE 1986 DECRETO 1295/94
22. Programas de salud ocupacional y el sub. programa de Higiene y Seguridad Industrial. Establece la elaboración y promoción de normas internas en salud ocupacional. Contexto Legal en Salud Ocupacional RESOLUCION 1016 DE 1989 DECRETO 1530 DE 1996
23. Planes de trabajo anual de servicios de promoción de la salud y prevención en riesgos. CIRCULAR UNIFICADA ABRIL DE 2004 Se establece la obligatoriedad de la conformación de una brigada de emergencia. Contexto Legal en Salud Ocupacional DECRETO 2222/93 DECRETO 1295/94
24. Se establece la necesidad y obligatoriedad de conformar un plan de emergencia, establecer la brigada de emergencia, capacitar y seleccionar personal idóneo en brigadas. Contexto Legal en Salud Ocupacional RESOLUCION 1016
25. Se deben establecer las necesidades de emergencia y de primeros auxilios para todo tipo de empresas, y establecer los requerimientos locativos y de personal DECRETO 2413 Requerimiento de tener personas capacitadas para la atención de incendios. LEY 9 DE 1979 Contexto Legal en Salud Ocupacional
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32. La Salud Ocupacional busca Hacer un diagnóstico de condiciones de trabajo y salud, y de allí derivar el plan de trabajo de salud ocupacional .
33. Marco Legal Ley 9 de 1979 Medidas sanitarias sobre protección del medio ambiente, suministro de agua, saneamiento, edificaciones, alimentos, drogas, medicamentos, vigilancia y con trol epidemiológico. Código Sanitario Nacional El título III corresponde a S. O. y reglamenta sobre condiciones ambientales, agentes químicos, físicos, biológicos. Autoriza a Min. Protección para fijar valores límites permisibles. Decreto 614 de 1984 Determina las bases para la organización administrativa de la salud ocupacional. Establece niveles de competencia Determina responsabilidades Instituye los comités seccionales de salud ocupacional
34. Decreto 1295 de 1994 El reforma el nombre del Comité, ahora Comité Paritario de Salud Ocupacional, y su vigencia en dos años (Art. 63) Resolución 1016 de 1989 P.S.O: subprogramas de Medicina preventiva y del trabajo, Higiene y seguridad industrial, Funcionamiento COPASO Establece el cronograma de actividades, plan de acción, realización Resolución 2013 de 1986 Crea y determina las funciones de los comités de medicina, higiene y seguridad industrial Marco Legal
35. Nombramiento Resolución 2013 de 1986 Organismo de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de S.O. dentro de la empresa Lo designa el empleador, escogiéndolo de los representantes que él nombra El Comité en pleno lo elegirá, de los que conforman el comité PRESIDENTE SECRETARIO Resolución 2013 de 1986 COPASO Comite Paritario de Salud Ocupacional Comité
42. El Programa de Salud Ocupacional Tendrá en cuenta: La actividad económica de la empresa Será específico y particular para cada una, de conformidad con sus riesgos reales o potenciales y el número de trabajadores Tanto el Programa como el Cronograma, se mantendrán actualizados y disponibles para las autoridades competentes de vigilancia y control
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44. Circular Unificada 2004 Unifica las instrucciones para la Vigilancia, control y administración del Sistema general de riesgos profesionales (Direcciones territoriales, juntas de calificación de invalidez, entidades administradoras de riesgos profesionales y empleadores del sector público y privado).