Los derechos humanos son inherentes a todos los seres humanos por igual, sin distinción, y surgen de la dignidad humana. Estos derechos incluyen libertades básicas como la libertad de expresión y la propiedad privada. Han sido formulados en leyes tanto nacionales como internacionales para protegerlos jurídicamente y hacerlos exigibles.
1. Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres
humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de
residencia, sexo, origen nacional o
étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos
tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna.
Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e
indivisibles.
Los derechos humanos son demandas de libertades, facultades o prestaciones,
directamente vinculadas con la dignidad o valor intrínseco de todo ser humano,
reconocidas como legítimas por la comunidad internacional -por ser congruentes
con principios ético - jurídicos ampliamente compartidos- y por esto mismo
consideradas merecedoras de protección jurídica en la esfera interna y en el
plano internacional.
2. 1. El concepto de derechos humanos
En la Propuesta curricular se lee que “Toda persona tiene derechos que nacen de su propia
condición de ser humano, de su dignidad como personas, y que a todos deben serle
respetados: los derechos humanos.” Una afirmación como esta se constituye en una
convicción social y personal producto de la educación en derechos humanos (EDH) que debe
fundarse, en primer término, en el conocimiento de sus fundamentos, principios, valores y
normas.
¿Qué son los derechos humanos?
Son un producto del desarrollo histórico del pensamiento humano que recogen los ideales de
libertad, igualdad y fraternidad propios de la modernidad. Es imposible dar una definición
única y concluyente acerca de ellos porque son varias las escuelas de pensamiento filosófico -
jurídico en cuyo marco han sido elaboradas distintas nociones.
3. * Los seres humanos nacen iguales y libres en
dignidad y derechos. Estos son derechos morales
inalienables e inherentes que, por el mero
hecho de ser hombres, poseen todos los seres
humanos. Estos derechos se articulan y formulan
en lo que hoy día llamamos derechos humanos y
se han plasmado en derechos
legales, establecidos de conformidad con los
procesos legislativos de las sociedades, tanto
nacionales como internacionales. El fundamento
de estos derechos legales es el consentimiento
de los gobernados, es decir, el consentimiento
de los sujetos de derechos.
* Son derechos inherentes al hombre en atención
a su naturaleza, que le permiten el ejercicio de
ciertas prerrogativas básicas para su desarrollo y
perfeccionamiento y que tanto el Estado como
las demás personas deben respetar. Se les ha
llamado a lo largo de los siglos, derechos
individuales, libertades públicas, derechos
civiles y garantías sociales , entre otros
nombres.
* Los derechos del hombre y del
ciudadano, proclamados por la Revolución
Francesa de 1789, “(…) le corresponden en
principio a todo ser humano (…) abarcan un
núcleo básico de derechos a la libertad
personal, a la libertad de pensamiento y
expresión, y a la propiedad privada.”
4. La dignidad humana es un valor presente en
la mayoría de las definiciones existentes
sobre derechos humanos y es el que le
imprime su carácter moral. Alude al valor que
se posee por ser persona, sin importar el
color, nacionalidad, sexo, condición
económica o social, ni cualquier otra
circunstancia que pueda ser utilizada para
discriminarla. El respeto a los derechos de
una persona implica el respeto a su
dignidad, lo que trae consigo el imperativo de
no instrumentalizarla. Por otra parte, la
dignidad es algo que también se relaciona con
la autoestima o amor propio dado que si bien
es cierto los derechos humanos son un
resguardo contra la mediatización o
instrumentalización, también la conciencia de
la propia dignidad debe impedir que las
personas se presten para ser utilizadas.
5. El reconocimiento de la comunidad internacional se
basa en que losderechos humanos están relacionados
con una serie de valores y principios configurados a lo
largo de la historia y compartidos por las más diversas
culturas y creencias religiosas y espirituales en todo el
mundo. Este reconocimiento se ha expresado en la
adopción de la legislación internacional y la
estructuración de sistemas de protección
regionales, como el interamericano, y el universal.
La protección jurídica otorgada por las leyes
nacionales e internacionales, mediante las cuales los
Estados reconocen los derechos humanos, es la que
hace que estos se constituyan en algo más que
enunciados éticos y se conviertan en obligaciones
para los Estados. Ese mismo proceso hace que sean
demandas exigibles para la ciudadanía, que cuenten
con sistemas y procedimientos que hagan posible su
realización o den lugar al surgimiento de la
responsabilidad internacional del Estado en caso de
que sean violados, la que trae consigo, entre otros, el
deber de investigar y sancionar a quienes resulten
culpables.