1. RIESGO BIOLÓGICO
JUAN PABLO ANAGUANO ALZATE
FARLEY ALONSO BENITEZ LONDOÑO
ANDRÉS DAVID GARCÍA SALGADO
JHON ALEXANDER GOMEZ MUÑOZ
FICHA 656775
2. PUESTOS DE TRABAJO
Las actividades laborales donde existe la mayor posibilidad de encontrar
trabajadores expuestos a los riesgos biológicos son:
VIAS DE TRANSMISION
Clínica,
hospitales y
entidades de
salud.
Laboratorios
clínicos,
biológicos y de
bioinvestigación
Cría y manejo de
animales:
ganadería,
avicultura,
porcicultura, etc
Manipulación de
basuras y
desechos
Inhalación. Fundamentalmente por la inhalación
de aerosoles infecciosos o partículas
contaminadas con el agente infeccioso,
3. Ingestión. Esta es originada a través de
la penetración por las manos u objetos
contaminados a la vía digestiva.
- A través de heridas en la piel. Cuando la
piel con solución de continuidad se pone en
contacto con superficies o materiales
contaminados.
- Acupunción. Fundamentalmente por
heridas con objetos cortantes o punzantes,
tales como agujas, cuchillas, etc.
- Oftálmica. A través de derrames,
salpicaduras o contactos con las manos o
por el uso de lentes de contacto
contaminados.
4. CRITERIOS PREVENTIVOS BASICOS
Identificación de riesgos y evaluación de riesgos, determinando la índole, el grado y la
duración de la exposición de los trabajadores.
Sustitución de los agentes biológicos peligrosos por otros que no lo sean o lo sean en
menor grado.
Reducción de riesgos
Reducir al mínimo posible el número de trabajadores expuestos a un agente
biológico patógeno.
Establecer procedimientos de trabajo y medidas técnicas adecuadas de
protección, de gestión de residuos, de manipulación y transporte de agentes
biológicos en el lugar de trabajo y de planes de emergencia frente a
los accidentes que incluyan agentes biológicos.
Adopción de medidas seguras para la recepción, manipulación y transporte de los
agentes biológicos y residuos, incluyendo los recipientes seguros e identificables.
Adopción de medidas de protección colectiva o, en su defecto, de protección
individual, cuando la exposición no pueda evitarse por otros medios.
Utilización de medidas de higiene que eviten o dificulten la dispersión del agente
biológico fuera de lugar de trabajo. Existencia de servicios sanitarios apropiados,
en los que se incluyan productos para lavarse los ojos y/o antisépticos para
lavarse la piel.
Utilización de la señal de peligro biológico y otras señales de aviso pertinentes.
Utilización de medidas de higiene que eviten o dificulten la dispersión del agente
biológico fuera de lugar de trabajo
Verificación, cuando sea necesaria y técnicamente posible, de la presencia de los
agentes biológicos utilizados en el trabajo fuera del confinamiento físico primario.
Formación e información a los trabajadores y/o a sus representantes en relación con:
los riesgos potenciales para la salud, las disposiciones en materia de seguridad e
higiene, la utilización de los equipos de protección, las medidas que se han de adoptar
en caso de incidente y para su prevención.
5. Establecimiento de un control sanitario previo y continuado
están constituidos por un conjunto de
microorganismos, toxinas, secreciones biológicas,
tejidos, órganos corporales humanos, animales y
vegetales.
Están presentes en determinados ambientes
laborales, que al entrar en contacto con el organismo
pueden desencadenar enfermedades
infectocontagiosas, reacciones alérgicas o también
intoxicaciones.
Causas
6. LEYES
NUMERO AÑO NOMBRE
9 1979
Por la cual se dictan medidas sanitarias. Normas para preservar, conservar y
mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones
99 1993
Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el sector
público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los
recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA.
828 2003
Por la cual se expiden normas para el Control a la Evasión del Sistema de
Seguridad Social.
DECRETOS
NUMERO AÑO NOMBRE
614 1984
Por el cual se determinan las bases para la organización y administración de la
Salud Ocupacional en el país
1295 1994
Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de
Riesgos Profesionales.
2090 2003
Por el cual se definen las actividades de alto riesgo para la salud del trabajador y
se modifican y señalan las condiciones, requisitos y beneficios del régimen de
pensiones de los trabajadores que laboran en dichas actividades
RESOLUCIONES
7. NUMERO AÑO NOMBRE
2400 1979
Normas generales sobre riesgos físicos, químicos y biológicos en los
establecimientos de trabajo
1016 1989
Por el cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los
Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o
empleadores en el país.
2318 1996
Expedición de licencias de salud ocupacional para personas naturales y
jurídicas
5 1996
Por la cual se reglamentan los niveles permisibles de emisión de
contaminantes producidos por fuentes móviles terrestres a gasolina o diesel.