SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 26
WhatsApp
Cápsula de Conocimiento de Acceso Abierto y masivo
TelegramMarketingWhatsApp
Aspectos éticos y
legales del Marketing
con Mensajería
Multimedia
Compartir y publicar contenidos para el Marketing con
Mensajería Multimedia
• Qué aspectos debo considerar
• Temas sensibles –aspectos legales que involucran
Dra. Elisabeth Benítez. Departamento de Comunicación Social. Escuela de Medios Audiovisuales.
Centro de Innovación y Emprendimiento para el uso de Tecnologías en Educación. Universidad de Los Andes
¿Quétipodecontenidosseempleanenelmarketingmóvil?
El marketing de contenidos multimedia a través de dispositivos móviles
es un conjunto de técnicas y formatos para promocionar productos y
servicios utilizando los dispositivos móviles como canal de comunicación.
Los contenidos empleados son de TODO TIPO y los FORMATOS
dependerán del tipo de contenido a presentar.
@cieteula aulaciete.net
¿Quédebemosdestacarenloreferentealtipocontenidosenunacampañade
marketingmóvil?
Que independientemente del tipo de contenido y del formato empleado
en los contenidos que se comparte a través de una campaña de
marketing móvil TODO CONTENIDO INTERESA A LAS LEYES SOBRE
DERECHO DE AUTOR , nacionales e internacionales.
@cieteula aulaciete.net
¿PorquéesimportanteconocereltemadelosDerechosdeAutor?
Por que en la producción de contenidos para una campaña de marketing,
se PRODUCE para COMUNICAR lo que implica COMPARTIR contenidos,
esto, independientemente del tipo de contenido o del o formato será de
interés a los fines del Derecho de Autor y Derechos Conexos.
@cieteula aulaciete.net
¿QuésonlosDerechosdeAutor?
Se refiere al Derecho de Propiedad intelectual que posee el creador de una obra
del ingenio sobre el resultado o producto de su creación.
Se refiere a las creaciones de la mente: invenciones, obras literarias y artísticas, así
como símbolos, nombres e imágenes utilizadas en el comercio y contempla:
El Derecho de Autor y Derechos Conexos
La Propiedad Industrial
@cieteula aulaciete.net
Identificamoselmarcolegal
 En Venezuela tenemos
 Normas Constitucionales = Constitución art. 98
 Leyes= Ley sobre Derecho de Autor y Propiedad Industrial
 Tratados internacionales=Reglamento de la Ley de Derecho de Autor y
Decisión 351 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena contentiva del Régimen
Común sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos, 1995.
En otros países existen también estas normas.
@cieteula aulaciete.net
¿Quédebemosconsideraralcompartircontenidosenelmarketingmóvil?
Sí somos los creadores
originales del
contenido que
compartimos
Sí utilizamos contenido de un tercero
,deberemos verificar:
• Origen del contenido
• Existencia de una autorización del autor para
utilizarlo
• Libertades que contempla la autorización de uso
• Si las libertades otorgadas son cónsonas con el
uso que se le da al contenido
Sí somos los creadores, al compartirlo ejercemos
nuestro derecho de paternidad sobre la obra
Sí el contenido ha sido
creado por otro ( al
que llamaremos
TERCERO)
@cieteula aulaciete.net
¿Paraelmarketingmóvilestoquéimplica?
Determinar el tipo de formato del contenido que queremos utilizar.
Efectuar la búsqueda del contenido y discernir sí está libre, si es de
dominio público o se encuentra restringido
Sí está liberado, debemos verificar el tipo de licencia empleada y las
libertades otorgadas por el creador, citando siempre la autoría.
Sí es del dominio público, puede utilizarse siempre respetando citar al
autor.
@cieteula aulaciete.net
Pero, en la actualidad…
¿Existe alguna diferencia a la tutela de los Derechos
de Autor cuando la comunicación o publicación se
realiza mediante el uso de los llamados medios
digitales o de la web?
@cieteula aulaciete.net
¡La protección se mantiene igual!
Los principios básicos del Derecho de Autor
continúan aplicándose al entorno digital.
El Convenio de Berna de 1886 para la Protección de las Obras Literarias y
Artísticas, los Tratados de Internet de 1996, es decir el Tratado de la
OMPI sobre Derecho de Autor (Siglas en ingles TODA) y el Tratado de la
OMPI sobre Interpretación, Ejecución y Fonogramas (TOIEF) consideran
la singularidad de los derechos de autoría.
@cieteula aulaciete.net
Enlosentornosdigitales
El autor es la persona natural que crea la obra. La originalidad y la protección automática se mantienen
La protección va orientada a la tutela de las ideas en si mismas, no a su merito, relevancia o destino.
Se reconoce los derechos de terceros y se permite la cesión de derechos por actos entre vivos o
mediante herencia por causa de muerte
Los derechos morales se mantienen y adquieren relevancia, el derecho a la paternidad de la obra, el
cual debe garantizarse.
Para garantizar la autenticidad de los contenidos debe asegurarse la identidad del autor de la obra y la
integridad que se traduce en autenticidad de contenidos
Todo acto de explotación: reproducción o comunicación (digitalización o almacenamiento) así como la
distribución y transformación debe ser autorizado por el autor mediante un contrato de LICENCIA .
Cada acto de explotación conserva su autonomía y la concesión de uno no afecta a los otros.
@cieteula aulaciete.net
Responsabilidad por el uso de contenidos en la web…preguntas…
¿Quién es el responsable cuando se violan los derechos de autor y
derechos conexos por el uso inadecuado de contenidos mediando el uso
de los contenidos a través de las TIC´s y en cuál de esos casos la
responsabilidad es por hecho propio o hecho ajeno siempre partiendo del
caso de que se trata de responsabilidades extra contractuales.?
Es importante establecer:
¿Quién y en qué casos se incurre en responsabilidad por la utilización ilícita
de obras?
@cieteula aulaciete.net
Revisemos los escenarios
@cieteula aulaciete.net
Responsables.
1. El Creador y el usuario o destinatario de la campaña a través de la
mensajería multimedia para la web: Ambos son personas naturales o
jurídicas que por el empleo de redes sociales o grupos para compartir
contenidos poseen responsabilidad civil.
2. El usuario El usuario es el agente inmediato del daño por el uso del
contenido ilícito, es el destinatario del contenido, no es responsable
civilmente por recibir los contenidos, pero sí lo es por re- utilizarlos,
responde por hecho propio.
@cieteula aulaciete.net
Responsables
3. Terceros No usuarios. Personas naturales o jurídicas que no
son usuarias de las redes sociales, o mecanismos de
transmisión de los contenidos, pero, que se podrían valer del
uso de contenidos circulantes protegidos por derechos de autor
lo que acarrea su responsabilidad civil y penal por el uso.
@cieteula aulaciete.net
4. Prestadores del servicio de internet. (ISP): Intermediarios que hacen posible el alojamiento
y circulación de contenidos disponibles a través de la red, llamados también HOSTING y
enlaces o servicios de búsqueda.
a. Servicios de alojamiento: Su responsabilidad depende del conocimiento efectivo que se
tenga de que el contenido (actividad o información) es de naturaleza ilícita. Esto se basa en
que el intermediario realiza una actividad de mero enlace técnico, por ello su responsabilidad
es subjetiva.
b. Enlaces o servicios de búsqueda: Los enlaces o links podrían dar lugar a problemas de
responsabilidad por hecho ajeno y crea condiciones para que se formulen pretensiones
resarcitorias en razón de enlaces no consentidos, las acciones irán contra los titulares de la
publicación y contra los prestadores de servicios , pero con distintos grados de
responsabilidad.
@cieteula aulaciete.net
Otrosresponsables
¿DequéformasseCOMUNICA,PUBLICAYCOMPARTEobrasatravésdelmarketingde
contenidosmultimediaparalaweb?
1. Subir videos
(youtube – instagram,
snapchat, periscope)
2. Compartir archivos
sonoros (música –
radios internet)
3.Compartir imágenes
fijas (fotografías)
4.Escribir (twits,
blogs, wikis, sitios
web, chats)
Se
comparte a
través de
whatsapp
Telegram
@cieteula aulaciete.net
Desde el punto de vista del Derecho de Autor, la cuestión a dilucidar sería
si el video es una obra original publicada por su autor
Sí fue publicada por el autor, se requiere una autorización de los titulares
del derecho, De modo que quien pretenda subir videos con atributos de
obra protegida, ha de asegurarse que posee una licencia previa o que
hace links desde los sitios que los han alojado lícitamente.
Cuando la obra audiovisual ha sido tomada de una preexistente,
protegida, el autor de la originaria queda equiparado a los autores de la
obra nueva.
@cieteula aulaciete.net
1.Subirunvideo
Las obras musicales, con o sin palabras, están incorporadas dentro
del catálogo enunciativo de obras protegidas previsto en las leyes
sobre derecho de autor. Salvo que se trate de una limitación legal, en
cualquier otro supuesto de utilización ha de contarse con una licencia
previa y expresa de parte de los respectivos titulares de los derechos
de explotación.
@cieteula aulaciete.net
2.Escucharycompartircanciones
Art. 38 LSDA. Las fotografías y las reproducciones e impresiones
obtenidas por un procedimiento análogo, están protegidas en igual
forma a las obras del ingenio señaladas en el artículo 1º de esta Ley. El
derecho del fotógrafo y de sus derechohabientes se extingue a los
sesenta años de la divulgación de la obra.
@cieteula aulaciete.net
Publicarfotografías
Los blogs constituyen un espacio en el que podemos alojar contenidos propios o
suministrados por terceros, en este último caso con la autorización correspondiente de parte
del titular de los derechos sobre el material de que se trate.
Si por el contrario son redacciones propias, las mismas podrían constituir, por su carácter de
originalidad en la forma de expresar el pensamiento sobre temática diversa, una obra
literaria. Bien sea un poema, un ensayo, un fragmento de novela, un cuento, etc, en este
caso, se aplican las mismas consideraciones anteriores respecto a las obras protegidas por el
derecho de autor.
Las ediciones de obras literarias ajenas o de textos cuando representen el resultado de una
labor científica están protegidas de modo análogo a las obras del ingenio indicadas en el
artículo 1º LSDA.
@cieteula aulaciete.net
4.EscribiryPublicarenunblogositioweb
4.Escribirypublicarentwitter,snapchat,instagramofacebook
En twitter la originalidad de la producción por su propia naturaleza, está protegida por el Derecho de
Autor. Lo mismo aplica para una publicación en Instagram o snapchat.
Para determinar la tutela debe considerarse:
Originalidad de la publicación: sea una imagen, aforismo, poema, cita, fragmento, etc.
Que la publicación este dentro del lapso de duración de la protección legal, si es tomada con licencia
de su autor original.
Que no se encuentren dentro de los supuestos de limitación de las obras literarias ( cómo las citas)
Que no se trate de referencias directas a personas.
Que sí se refiriere al enlace a una página web, un blog u otra publicación electrónica el contenido al
cual se dirige esté protegido
@cieteula aulaciete.net
DiferentesformasdeexplotacióndelasobrasconelusodelasTIC
La conversión de contenidos del formato tradicional o análogo al sistema binario, el
almacenamiento en soportes electrónicos adecuados para su transmisión al público, bien sea
off-line (soporte material, diskettes, CD-ROMS, papel) u on-line (transmisión de datos en línea
hasta un computador que se encuentre conectado a través de la Red);
La fijación mediante soporte electrónico de contenidos en un servidor conectado a la red
(uploading), desde donde son accesibles al público; la visualización de estos por el usuario en su
computadora (downloading)
La transmisión de obras en la red mediante acceso on-line, todos constituyen actos de
reproducción y/o de comunicación pública, según proceda, y como tales deben ser previamente
autorizados por su titular.
Las bases de datos, también están protegidas.
@cieteula aulaciete.net
Baselegalparalaautorizacióndelaexplotacióndelasobrasatravésdelmarketing
decontenidosmultimediaparalaweb
Los derechos de reproducción: remite al artículo 9.1 del Convenio de Berna que consagra
que el autor puede autorizar o no la reproducción de sus obras por cualquier medio o
procedimiento conocido o por conocer. Y extiende su aplicación al entorno digital (…)
En cuanto al derecho de comunicación al público en el entorno digital: el artículo 8 del
Tratado establece que... “los autores de obras literarias y artísticas gozarán del derecho
exclusivo de autorizar cualquier comunicación al público de sus obras por medios
alámbricos o inalámbricos, comprendida la puesta a disposición del público de sus obras
(…)”
@cieteula aulaciete.net
LICENCIADEUSO
Este contenido ha sido creado con fines educativos, las libertades para utilizarlo están delimitados por las condiciones
que se exponen a continuación:
El contenido ha elaborado por la Dra. Elisabeth Benítez, para el Centro de Innovación y Emprendimiento para el uso
de Tecnologías en Educación (CIETE) de la Facultad de Humanidades y Educación de la Ilustre Universidad de Los
Andes.
Su comunicación pública está permitida, siempre que se preserve y respete los derechos de autoría de su creadora.
El uso y distribución con fines comerciales queda restringido.
La reproducción o creación de obras derivadas está permitida.
El uso con fines distintos a aquellos para los cuales fue creado queda restringido
La licencia se concede a los 8 días de mes de Diciembre de 2016 para su distribución en cualquier formato de soporte.
Mérida. Venezuela.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

UNIDAD 4: COMERCIO ELECTRONICO
UNIDAD 4: COMERCIO ELECTRONICOUNIDAD 4: COMERCIO ELECTRONICO
UNIDAD 4: COMERCIO ELECTRONICOAna Gomez
 
Com reforça els drets dels ciutadans la reforma de la protecció de dades?
Com reforça els drets dels ciutadans la reforma de la protecció de dades?Com reforça els drets dels ciutadans la reforma de la protecció de dades?
Com reforça els drets dels ciutadans la reforma de la protecció de dades?Privadesa
 
Aspectos legales y eticos en internet
Aspectos legales y eticos en internetAspectos legales y eticos en internet
Aspectos legales y eticos en internetmarabunta12
 
Derechos y obligaciones de los prestadores de servicios de internet
Derechos y obligaciones de los prestadores de servicios de internetDerechos y obligaciones de los prestadores de servicios de internet
Derechos y obligaciones de los prestadores de servicios de internetamerica herrera
 
La confidencialidad esta en todas partes
La confidencialidad esta en todas partesLa confidencialidad esta en todas partes
La confidencialidad esta en todas partesJoel A. Gómez Treviño
 
Marco legal del comercio electrónico en Colombia: avances y desafíos. Marco...
Marco legal del comercio electrónico en Colombia: avances y desafíos. Marco...Marco legal del comercio electrónico en Colombia: avances y desafíos. Marco...
Marco legal del comercio electrónico en Colombia: avances y desafíos. Marco...Propertyrights de Colombia Ltda.
 
¿Conoces los nuevos derechos digitales?
¿Conoces los nuevos derechos digitales?¿Conoces los nuevos derechos digitales?
¿Conoces los nuevos derechos digitales?Diez & Romeo Abogados
 
Carta de derechos digitales.
Carta de derechos digitales.Carta de derechos digitales.
Carta de derechos digitales.José María
 
Legislación Informática
Legislación InformáticaLegislación Informática
Legislación Informáticalamugre
 
Per què necessitem una reforma de la protecció de dades a la UE?
Per què necessitem una reforma de la protecció de dades a la UE?Per què necessitem una reforma de la protecció de dades a la UE?
Per què necessitem una reforma de la protecció de dades a la UE?Privadesa
 
Privacidad en las Redes Sociales y normativa en el entorno online B.Web
Privacidad en las Redes Sociales y normativa en el entorno online B.WebPrivacidad en las Redes Sociales y normativa en el entorno online B.Web
Privacidad en las Redes Sociales y normativa en el entorno online B.WebVictor Salgado
 
Cuestionario tic´s derecho
Cuestionario tic´s  derechoCuestionario tic´s  derecho
Cuestionario tic´s derechoKarenValentin8
 
Curso derecho informático. Módulo 1
Curso derecho informático. Módulo 1 Curso derecho informático. Módulo 1
Curso derecho informático. Módulo 1 Yuri Franco
 
Retos Legales para Proteger los Derechos de Propiedad Intelectual en el Entor...
Retos Legales para Proteger los Derechos de Propiedad Intelectual en el Entor...Retos Legales para Proteger los Derechos de Propiedad Intelectual en el Entor...
Retos Legales para Proteger los Derechos de Propiedad Intelectual en el Entor...Joel A. Gómez Treviño
 
Presentación Libertad de Expresión
Presentación Libertad de ExpresiónPresentación Libertad de Expresión
Presentación Libertad de ExpresiónWilson Oviedo García
 
Ensayo tics
Ensayo ticsEnsayo tics
Ensayo ticscin21
 

La actualidad más candente (20)

UNIDAD 4: COMERCIO ELECTRONICO
UNIDAD 4: COMERCIO ELECTRONICOUNIDAD 4: COMERCIO ELECTRONICO
UNIDAD 4: COMERCIO ELECTRONICO
 
Com reforça els drets dels ciutadans la reforma de la protecció de dades?
Com reforça els drets dels ciutadans la reforma de la protecció de dades?Com reforça els drets dels ciutadans la reforma de la protecció de dades?
Com reforça els drets dels ciutadans la reforma de la protecció de dades?
 
Aspectos legales y eticos en internet
Aspectos legales y eticos en internetAspectos legales y eticos en internet
Aspectos legales y eticos en internet
 
Derechos y obligaciones de los prestadores de servicios de internet
Derechos y obligaciones de los prestadores de servicios de internetDerechos y obligaciones de los prestadores de servicios de internet
Derechos y obligaciones de los prestadores de servicios de internet
 
La confidencialidad esta en todas partes
La confidencialidad esta en todas partesLa confidencialidad esta en todas partes
La confidencialidad esta en todas partes
 
Marco legal del comercio electrónico en Colombia: avances y desafíos. Marco...
Marco legal del comercio electrónico en Colombia: avances y desafíos. Marco...Marco legal del comercio electrónico en Colombia: avances y desafíos. Marco...
Marco legal del comercio electrónico en Colombia: avances y desafíos. Marco...
 
¿Conoces los nuevos derechos digitales?
¿Conoces los nuevos derechos digitales?¿Conoces los nuevos derechos digitales?
¿Conoces los nuevos derechos digitales?
 
Carta de derechos digitales.
Carta de derechos digitales.Carta de derechos digitales.
Carta de derechos digitales.
 
Aspectos Legales del Cloud Computing
Aspectos Legales del Cloud ComputingAspectos Legales del Cloud Computing
Aspectos Legales del Cloud Computing
 
Legislación Informática
Legislación InformáticaLegislación Informática
Legislación Informática
 
Ensayo
EnsayoEnsayo
Ensayo
 
Diplomado en Derecho Informatico
Diplomado en Derecho  InformaticoDiplomado en Derecho  Informatico
Diplomado en Derecho Informatico
 
Per què necessitem una reforma de la protecció de dades a la UE?
Per què necessitem una reforma de la protecció de dades a la UE?Per què necessitem una reforma de la protecció de dades a la UE?
Per què necessitem una reforma de la protecció de dades a la UE?
 
Privacidad en las Redes Sociales y normativa en el entorno online B.Web
Privacidad en las Redes Sociales y normativa en el entorno online B.WebPrivacidad en las Redes Sociales y normativa en el entorno online B.Web
Privacidad en las Redes Sociales y normativa en el entorno online B.Web
 
Cuestionario tic´s derecho
Cuestionario tic´s  derechoCuestionario tic´s  derecho
Cuestionario tic´s derecho
 
TAREAAT InésToscano
TAREAAT InésToscanoTAREAAT InésToscano
TAREAAT InésToscano
 
Curso derecho informático. Módulo 1
Curso derecho informático. Módulo 1 Curso derecho informático. Módulo 1
Curso derecho informático. Módulo 1
 
Retos Legales para Proteger los Derechos de Propiedad Intelectual en el Entor...
Retos Legales para Proteger los Derechos de Propiedad Intelectual en el Entor...Retos Legales para Proteger los Derechos de Propiedad Intelectual en el Entor...
Retos Legales para Proteger los Derechos de Propiedad Intelectual en el Entor...
 
Presentación Libertad de Expresión
Presentación Libertad de ExpresiónPresentación Libertad de Expresión
Presentación Libertad de Expresión
 
Ensayo tics
Ensayo ticsEnsayo tics
Ensayo tics
 

Destacado

Nikoo Homes - Bhartiya City, Bangalore | Asia's Next Best City
Nikoo Homes - Bhartiya City, Bangalore | Asia's Next Best CityNikoo Homes - Bhartiya City, Bangalore | Asia's Next Best City
Nikoo Homes - Bhartiya City, Bangalore | Asia's Next Best Cityyesproperty
 
Expressão lição-02 2016 - 2ºtrimestre
Expressão   lição-02 2016 - 2ºtrimestreExpressão   lição-02 2016 - 2ºtrimestre
Expressão lição-02 2016 - 2ºtrimestreJoel Silva
 
Branding Concepts in Photos from Southeast Asia
Branding Concepts in Photos from Southeast AsiaBranding Concepts in Photos from Southeast Asia
Branding Concepts in Photos from Southeast AsiaRobMeyerson
 
Acumulado challenge copa nacional bmx 2016 (1)
Acumulado challenge copa nacional bmx 2016 (1)Acumulado challenge copa nacional bmx 2016 (1)
Acumulado challenge copa nacional bmx 2016 (1)Rafael Barragan Ortiz
 
Mangas challenge iii valida copa nacional bmx 2016
Mangas challenge iii valida copa nacional bmx 2016Mangas challenge iii valida copa nacional bmx 2016
Mangas challenge iii valida copa nacional bmx 2016Rafael Barragan Ortiz
 
Expressão lição-01 2016 - 2ºtrimestre
Expressão   lição-01 2016 - 2ºtrimestreExpressão   lição-01 2016 - 2ºtrimestre
Expressão lição-01 2016 - 2ºtrimestreJoel Silva
 
Mangas challenge iv valida copa nacional bmx 2016
Mangas challenge iv valida copa nacional bmx 2016Mangas challenge iv valida copa nacional bmx 2016
Mangas challenge iv valida copa nacional bmx 2016Rafael Barragan Ortiz
 
2. método de la antropología filosófica
2. método de la antropología filosófica2. método de la antropología filosófica
2. método de la antropología filosófica03Sonny
 
Origen del món i déus olímpics
Origen del món i déus olímpicsOrigen del món i déus olímpics
Origen del món i déus olímpicsJavier garcia checa
 

Destacado (12)

Nikoo Homes - Bhartiya City, Bangalore | Asia's Next Best City
Nikoo Homes - Bhartiya City, Bangalore | Asia's Next Best CityNikoo Homes - Bhartiya City, Bangalore | Asia's Next Best City
Nikoo Homes - Bhartiya City, Bangalore | Asia's Next Best City
 
Loucos De Amor
Loucos De AmorLoucos De Amor
Loucos De Amor
 
Expressão lição-02 2016 - 2ºtrimestre
Expressão   lição-02 2016 - 2ºtrimestreExpressão   lição-02 2016 - 2ºtrimestre
Expressão lição-02 2016 - 2ºtrimestre
 
Branding Concepts in Photos from Southeast Asia
Branding Concepts in Photos from Southeast AsiaBranding Concepts in Photos from Southeast Asia
Branding Concepts in Photos from Southeast Asia
 
Acumulado challenge copa nacional bmx 2016 (1)
Acumulado challenge copa nacional bmx 2016 (1)Acumulado challenge copa nacional bmx 2016 (1)
Acumulado challenge copa nacional bmx 2016 (1)
 
Mangas challenge iii valida copa nacional bmx 2016
Mangas challenge iii valida copa nacional bmx 2016Mangas challenge iii valida copa nacional bmx 2016
Mangas challenge iii valida copa nacional bmx 2016
 
Expressão lição-01 2016 - 2ºtrimestre
Expressão   lição-01 2016 - 2ºtrimestreExpressão   lição-01 2016 - 2ºtrimestre
Expressão lição-01 2016 - 2ºtrimestre
 
Mangas challenge iv valida copa nacional bmx 2016
Mangas challenge iv valida copa nacional bmx 2016Mangas challenge iv valida copa nacional bmx 2016
Mangas challenge iv valida copa nacional bmx 2016
 
Poesia a mamá
Poesia a mamáPoesia a mamá
Poesia a mamá
 
AS PLANTAS
AS PLANTASAS PLANTAS
AS PLANTAS
 
2. método de la antropología filosófica
2. método de la antropología filosófica2. método de la antropología filosófica
2. método de la antropología filosófica
 
Origen del món i déus olímpics
Origen del món i déus olímpicsOrigen del món i déus olímpics
Origen del món i déus olímpics
 

Similar a Marketing móvil y derechos de autor

Propiedad intelectual en la red_Miriam Sánchez
Propiedad intelectual en la red_Miriam SánchezPropiedad intelectual en la red_Miriam Sánchez
Propiedad intelectual en la red_Miriam SánchezMiriamSanchez261611
 
Aspectos éticos y legales de la información digital
Aspectos éticos y legales de la información digitalAspectos éticos y legales de la información digital
Aspectos éticos y legales de la información digitalmarizette
 
CLASE 3 - DERECHOS INTELECTUALES.pdf
CLASE 3 - DERECHOS INTELECTUALES.pdfCLASE 3 - DERECHOS INTELECTUALES.pdf
CLASE 3 - DERECHOS INTELECTUALES.pdfLibiaYarihuamancasti
 
5 y ultima actividad de sistemas
5 y ultima actividad de sistemas5 y ultima actividad de sistemas
5 y ultima actividad de sistemasDavid Gomez
 
Derechos De Autor
Derechos De AutorDerechos De Autor
Derechos De Autor921117
 
Derechos De Autor
Derechos De AutorDerechos De Autor
Derechos De Autor921117
 
Web 2.0, Web Social y derechos de autor
Web 2.0, Web Social y derechos de autorWeb 2.0, Web Social y derechos de autor
Web 2.0, Web Social y derechos de autorChristian Espinosa
 
Plagio en el internet ensayo
Plagio en el internet ensayoPlagio en el internet ensayo
Plagio en el internet ensayoyamilethrm
 
Derechos de autor y licencias
Derechos de autor y licenciasDerechos de autor y licencias
Derechos de autor y licenciaslinamape29
 
Normas utilizacion de_recursos_digitales
Normas utilizacion de_recursos_digitalesNormas utilizacion de_recursos_digitales
Normas utilizacion de_recursos_digitalesGerardo González
 
El Derecho de Autor en las Redes Sociales
El Derecho de Autor en las Redes SocialesEl Derecho de Autor en las Redes Sociales
El Derecho de Autor en las Redes SocialesArdwin Hernández
 
El Derecho Del Autor Y La Educacion[1]
El Derecho Del Autor Y La Educacion[1]El Derecho Del Autor Y La Educacion[1]
El Derecho Del Autor Y La Educacion[1]guest36dd19
 

Similar a Marketing móvil y derechos de autor (20)

Ensayo para marlon
Ensayo para marlonEnsayo para marlon
Ensayo para marlon
 
Propiedad intelectual en la red_Miriam Sánchez
Propiedad intelectual en la red_Miriam SánchezPropiedad intelectual en la red_Miriam Sánchez
Propiedad intelectual en la red_Miriam Sánchez
 
Aspectos éticos y legales de la información digital
Aspectos éticos y legales de la información digitalAspectos éticos y legales de la información digital
Aspectos éticos y legales de la información digital
 
Sobre derechos de autor
Sobre derechos de autorSobre derechos de autor
Sobre derechos de autor
 
CLASE 3 - DERECHOS INTELECTUALES.pdf
CLASE 3 - DERECHOS INTELECTUALES.pdfCLASE 3 - DERECHOS INTELECTUALES.pdf
CLASE 3 - DERECHOS INTELECTUALES.pdf
 
Derechos de autor: Protege tus contenidos en la red
Derechos de autor: Protege tus contenidos en la redDerechos de autor: Protege tus contenidos en la red
Derechos de autor: Protege tus contenidos en la red
 
5 y ultima actividad de sistemas
5 y ultima actividad de sistemas5 y ultima actividad de sistemas
5 y ultima actividad de sistemas
 
Derechos De Autor
Derechos De AutorDerechos De Autor
Derechos De Autor
 
Derechos De Autor
Derechos De AutorDerechos De Autor
Derechos De Autor
 
Web 2.0, Web Social y derechos de autor
Web 2.0, Web Social y derechos de autorWeb 2.0, Web Social y derechos de autor
Web 2.0, Web Social y derechos de autor
 
Plagio en el internet ensayo
Plagio en el internet ensayoPlagio en el internet ensayo
Plagio en el internet ensayo
 
Leidy laura
Leidy lauraLeidy laura
Leidy laura
 
Derechos de autor y licencias
Derechos de autor y licenciasDerechos de autor y licencias
Derechos de autor y licencias
 
Tics
TicsTics
Tics
 
Normas utilizacion de_recursos_digitales
Normas utilizacion de_recursos_digitalesNormas utilizacion de_recursos_digitales
Normas utilizacion de_recursos_digitales
 
Unidad 3 aspectos legales derechos de autor
Unidad 3 aspectos legales derechos de autorUnidad 3 aspectos legales derechos de autor
Unidad 3 aspectos legales derechos de autor
 
Las tic
Las ticLas tic
Las tic
 
El Derecho de Autor en las Redes Sociales
El Derecho de Autor en las Redes SocialesEl Derecho de Autor en las Redes Sociales
El Derecho de Autor en las Redes Sociales
 
Las tic y las ntci
Las tic y las ntciLas tic y las ntci
Las tic y las ntci
 
El Derecho Del Autor Y La Educacion[1]
El Derecho Del Autor Y La Educacion[1]El Derecho Del Autor Y La Educacion[1]
El Derecho Del Autor Y La Educacion[1]
 

Marketing móvil y derechos de autor

  • 1. WhatsApp Cápsula de Conocimiento de Acceso Abierto y masivo TelegramMarketingWhatsApp
  • 2. Aspectos éticos y legales del Marketing con Mensajería Multimedia Compartir y publicar contenidos para el Marketing con Mensajería Multimedia • Qué aspectos debo considerar • Temas sensibles –aspectos legales que involucran Dra. Elisabeth Benítez. Departamento de Comunicación Social. Escuela de Medios Audiovisuales. Centro de Innovación y Emprendimiento para el uso de Tecnologías en Educación. Universidad de Los Andes
  • 3. ¿Quétipodecontenidosseempleanenelmarketingmóvil? El marketing de contenidos multimedia a través de dispositivos móviles es un conjunto de técnicas y formatos para promocionar productos y servicios utilizando los dispositivos móviles como canal de comunicación. Los contenidos empleados son de TODO TIPO y los FORMATOS dependerán del tipo de contenido a presentar. @cieteula aulaciete.net
  • 4. ¿Quédebemosdestacarenloreferentealtipocontenidosenunacampañade marketingmóvil? Que independientemente del tipo de contenido y del formato empleado en los contenidos que se comparte a través de una campaña de marketing móvil TODO CONTENIDO INTERESA A LAS LEYES SOBRE DERECHO DE AUTOR , nacionales e internacionales. @cieteula aulaciete.net
  • 5. ¿PorquéesimportanteconocereltemadelosDerechosdeAutor? Por que en la producción de contenidos para una campaña de marketing, se PRODUCE para COMUNICAR lo que implica COMPARTIR contenidos, esto, independientemente del tipo de contenido o del o formato será de interés a los fines del Derecho de Autor y Derechos Conexos. @cieteula aulaciete.net
  • 6. ¿QuésonlosDerechosdeAutor? Se refiere al Derecho de Propiedad intelectual que posee el creador de una obra del ingenio sobre el resultado o producto de su creación. Se refiere a las creaciones de la mente: invenciones, obras literarias y artísticas, así como símbolos, nombres e imágenes utilizadas en el comercio y contempla: El Derecho de Autor y Derechos Conexos La Propiedad Industrial @cieteula aulaciete.net
  • 7. Identificamoselmarcolegal  En Venezuela tenemos  Normas Constitucionales = Constitución art. 98  Leyes= Ley sobre Derecho de Autor y Propiedad Industrial  Tratados internacionales=Reglamento de la Ley de Derecho de Autor y Decisión 351 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena contentiva del Régimen Común sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos, 1995. En otros países existen también estas normas. @cieteula aulaciete.net
  • 8. ¿Quédebemosconsideraralcompartircontenidosenelmarketingmóvil? Sí somos los creadores originales del contenido que compartimos Sí utilizamos contenido de un tercero ,deberemos verificar: • Origen del contenido • Existencia de una autorización del autor para utilizarlo • Libertades que contempla la autorización de uso • Si las libertades otorgadas son cónsonas con el uso que se le da al contenido Sí somos los creadores, al compartirlo ejercemos nuestro derecho de paternidad sobre la obra Sí el contenido ha sido creado por otro ( al que llamaremos TERCERO) @cieteula aulaciete.net
  • 9. ¿Paraelmarketingmóvilestoquéimplica? Determinar el tipo de formato del contenido que queremos utilizar. Efectuar la búsqueda del contenido y discernir sí está libre, si es de dominio público o se encuentra restringido Sí está liberado, debemos verificar el tipo de licencia empleada y las libertades otorgadas por el creador, citando siempre la autoría. Sí es del dominio público, puede utilizarse siempre respetando citar al autor. @cieteula aulaciete.net
  • 10. Pero, en la actualidad… ¿Existe alguna diferencia a la tutela de los Derechos de Autor cuando la comunicación o publicación se realiza mediante el uso de los llamados medios digitales o de la web? @cieteula aulaciete.net
  • 11. ¡La protección se mantiene igual! Los principios básicos del Derecho de Autor continúan aplicándose al entorno digital. El Convenio de Berna de 1886 para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas, los Tratados de Internet de 1996, es decir el Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor (Siglas en ingles TODA) y el Tratado de la OMPI sobre Interpretación, Ejecución y Fonogramas (TOIEF) consideran la singularidad de los derechos de autoría. @cieteula aulaciete.net
  • 12. Enlosentornosdigitales El autor es la persona natural que crea la obra. La originalidad y la protección automática se mantienen La protección va orientada a la tutela de las ideas en si mismas, no a su merito, relevancia o destino. Se reconoce los derechos de terceros y se permite la cesión de derechos por actos entre vivos o mediante herencia por causa de muerte Los derechos morales se mantienen y adquieren relevancia, el derecho a la paternidad de la obra, el cual debe garantizarse. Para garantizar la autenticidad de los contenidos debe asegurarse la identidad del autor de la obra y la integridad que se traduce en autenticidad de contenidos Todo acto de explotación: reproducción o comunicación (digitalización o almacenamiento) así como la distribución y transformación debe ser autorizado por el autor mediante un contrato de LICENCIA . Cada acto de explotación conserva su autonomía y la concesión de uno no afecta a los otros. @cieteula aulaciete.net
  • 13. Responsabilidad por el uso de contenidos en la web…preguntas… ¿Quién es el responsable cuando se violan los derechos de autor y derechos conexos por el uso inadecuado de contenidos mediando el uso de los contenidos a través de las TIC´s y en cuál de esos casos la responsabilidad es por hecho propio o hecho ajeno siempre partiendo del caso de que se trata de responsabilidades extra contractuales.? Es importante establecer: ¿Quién y en qué casos se incurre en responsabilidad por la utilización ilícita de obras? @cieteula aulaciete.net
  • 15. Responsables. 1. El Creador y el usuario o destinatario de la campaña a través de la mensajería multimedia para la web: Ambos son personas naturales o jurídicas que por el empleo de redes sociales o grupos para compartir contenidos poseen responsabilidad civil. 2. El usuario El usuario es el agente inmediato del daño por el uso del contenido ilícito, es el destinatario del contenido, no es responsable civilmente por recibir los contenidos, pero sí lo es por re- utilizarlos, responde por hecho propio. @cieteula aulaciete.net
  • 16. Responsables 3. Terceros No usuarios. Personas naturales o jurídicas que no son usuarias de las redes sociales, o mecanismos de transmisión de los contenidos, pero, que se podrían valer del uso de contenidos circulantes protegidos por derechos de autor lo que acarrea su responsabilidad civil y penal por el uso. @cieteula aulaciete.net
  • 17. 4. Prestadores del servicio de internet. (ISP): Intermediarios que hacen posible el alojamiento y circulación de contenidos disponibles a través de la red, llamados también HOSTING y enlaces o servicios de búsqueda. a. Servicios de alojamiento: Su responsabilidad depende del conocimiento efectivo que se tenga de que el contenido (actividad o información) es de naturaleza ilícita. Esto se basa en que el intermediario realiza una actividad de mero enlace técnico, por ello su responsabilidad es subjetiva. b. Enlaces o servicios de búsqueda: Los enlaces o links podrían dar lugar a problemas de responsabilidad por hecho ajeno y crea condiciones para que se formulen pretensiones resarcitorias en razón de enlaces no consentidos, las acciones irán contra los titulares de la publicación y contra los prestadores de servicios , pero con distintos grados de responsabilidad. @cieteula aulaciete.net Otrosresponsables
  • 18. ¿DequéformasseCOMUNICA,PUBLICAYCOMPARTEobrasatravésdelmarketingde contenidosmultimediaparalaweb? 1. Subir videos (youtube – instagram, snapchat, periscope) 2. Compartir archivos sonoros (música – radios internet) 3.Compartir imágenes fijas (fotografías) 4.Escribir (twits, blogs, wikis, sitios web, chats) Se comparte a través de whatsapp Telegram @cieteula aulaciete.net
  • 19. Desde el punto de vista del Derecho de Autor, la cuestión a dilucidar sería si el video es una obra original publicada por su autor Sí fue publicada por el autor, se requiere una autorización de los titulares del derecho, De modo que quien pretenda subir videos con atributos de obra protegida, ha de asegurarse que posee una licencia previa o que hace links desde los sitios que los han alojado lícitamente. Cuando la obra audiovisual ha sido tomada de una preexistente, protegida, el autor de la originaria queda equiparado a los autores de la obra nueva. @cieteula aulaciete.net 1.Subirunvideo
  • 20. Las obras musicales, con o sin palabras, están incorporadas dentro del catálogo enunciativo de obras protegidas previsto en las leyes sobre derecho de autor. Salvo que se trate de una limitación legal, en cualquier otro supuesto de utilización ha de contarse con una licencia previa y expresa de parte de los respectivos titulares de los derechos de explotación. @cieteula aulaciete.net 2.Escucharycompartircanciones
  • 21. Art. 38 LSDA. Las fotografías y las reproducciones e impresiones obtenidas por un procedimiento análogo, están protegidas en igual forma a las obras del ingenio señaladas en el artículo 1º de esta Ley. El derecho del fotógrafo y de sus derechohabientes se extingue a los sesenta años de la divulgación de la obra. @cieteula aulaciete.net Publicarfotografías
  • 22. Los blogs constituyen un espacio en el que podemos alojar contenidos propios o suministrados por terceros, en este último caso con la autorización correspondiente de parte del titular de los derechos sobre el material de que se trate. Si por el contrario son redacciones propias, las mismas podrían constituir, por su carácter de originalidad en la forma de expresar el pensamiento sobre temática diversa, una obra literaria. Bien sea un poema, un ensayo, un fragmento de novela, un cuento, etc, en este caso, se aplican las mismas consideraciones anteriores respecto a las obras protegidas por el derecho de autor. Las ediciones de obras literarias ajenas o de textos cuando representen el resultado de una labor científica están protegidas de modo análogo a las obras del ingenio indicadas en el artículo 1º LSDA. @cieteula aulaciete.net 4.EscribiryPublicarenunblogositioweb
  • 23. 4.Escribirypublicarentwitter,snapchat,instagramofacebook En twitter la originalidad de la producción por su propia naturaleza, está protegida por el Derecho de Autor. Lo mismo aplica para una publicación en Instagram o snapchat. Para determinar la tutela debe considerarse: Originalidad de la publicación: sea una imagen, aforismo, poema, cita, fragmento, etc. Que la publicación este dentro del lapso de duración de la protección legal, si es tomada con licencia de su autor original. Que no se encuentren dentro de los supuestos de limitación de las obras literarias ( cómo las citas) Que no se trate de referencias directas a personas. Que sí se refiriere al enlace a una página web, un blog u otra publicación electrónica el contenido al cual se dirige esté protegido @cieteula aulaciete.net
  • 24. DiferentesformasdeexplotacióndelasobrasconelusodelasTIC La conversión de contenidos del formato tradicional o análogo al sistema binario, el almacenamiento en soportes electrónicos adecuados para su transmisión al público, bien sea off-line (soporte material, diskettes, CD-ROMS, papel) u on-line (transmisión de datos en línea hasta un computador que se encuentre conectado a través de la Red); La fijación mediante soporte electrónico de contenidos en un servidor conectado a la red (uploading), desde donde son accesibles al público; la visualización de estos por el usuario en su computadora (downloading) La transmisión de obras en la red mediante acceso on-line, todos constituyen actos de reproducción y/o de comunicación pública, según proceda, y como tales deben ser previamente autorizados por su titular. Las bases de datos, también están protegidas. @cieteula aulaciete.net
  • 25. Baselegalparalaautorizacióndelaexplotacióndelasobrasatravésdelmarketing decontenidosmultimediaparalaweb Los derechos de reproducción: remite al artículo 9.1 del Convenio de Berna que consagra que el autor puede autorizar o no la reproducción de sus obras por cualquier medio o procedimiento conocido o por conocer. Y extiende su aplicación al entorno digital (…) En cuanto al derecho de comunicación al público en el entorno digital: el artículo 8 del Tratado establece que... “los autores de obras literarias y artísticas gozarán del derecho exclusivo de autorizar cualquier comunicación al público de sus obras por medios alámbricos o inalámbricos, comprendida la puesta a disposición del público de sus obras (…)” @cieteula aulaciete.net
  • 26. LICENCIADEUSO Este contenido ha sido creado con fines educativos, las libertades para utilizarlo están delimitados por las condiciones que se exponen a continuación: El contenido ha elaborado por la Dra. Elisabeth Benítez, para el Centro de Innovación y Emprendimiento para el uso de Tecnologías en Educación (CIETE) de la Facultad de Humanidades y Educación de la Ilustre Universidad de Los Andes. Su comunicación pública está permitida, siempre que se preserve y respete los derechos de autoría de su creadora. El uso y distribución con fines comerciales queda restringido. La reproducción o creación de obras derivadas está permitida. El uso con fines distintos a aquellos para los cuales fue creado queda restringido La licencia se concede a los 8 días de mes de Diciembre de 2016 para su distribución en cualquier formato de soporte. Mérida. Venezuela.