1. En nuestro mundo globalizado es de mucha importancia estar conectados
diariamente con lo que sucede y que mejor manera de hacerlo que a través del
internet, que hoy por hoy hace la vida de los estudiantes e investigadores un poco
más sencilla. Son enormes las ventajas que tenemos los usuarios de la Red a
diferencia de los años que dejamos atrás en donde no podíamos encontrar
información para nuestros trabajos de la escuela sino era visitando una biblioteca
personalmente, obligando a trasladarse sin saber si encontraría lo que se
buscaba, invirtiendo tiempo, dinero y esfuerzos, en ocasiones infructuosamente.
Es por eso que las nuevas generaciones y otras de atrás, siguen involucrándose
con estas formas de llegar al conocimiento, simplificando nuestros esfuerzos e
indagando en las diferentes fuentes y recursos que nos brinda la tecnología. Por lo
tanto es de mucho interés para las personas que diariamente necesitan en esta
medida, el servicio de internet, como una biblioteca abierta las veinticuatro horas
del día en casa.
Actualmente escuchamos en las noticias sobre los derechos de autor y la gran
polémica que esto ha generado. ¿Pero hacia dónde vamos? ¿Hacia aquellos días
de sólo bibliotecas?
Los adelantos tecnológicos van en aumento y la preocupación que ocupa a
muchos es a donde van a parar sus producciones. Es este el tema que nos ocupa
ahora a los beneficiarios de dichas producciones, sin fines comerciales, claro está.
2. Entonces, si un estudiante necesita hacer un trabajo escrito sobre cualquier tema,
buscará la información en Internet, descargará, copiará y pegará lo que necesite
para la realización de este. Pero como debe respetar los derechos de autor, no
debe olvidar incluir en su trabajo de donde obtuvo la información.
Los derechos de autor o copyright es el mecanismo que existe para proteger
únicamente la expresión de una idea, de un concepto o de un hecho, es decir la
forma en que están expresados.
Por tanto, todo escrito que se lea y se quiera incluir en un trabajo, se debe
fundamentar con las citas o referencias pertinentes de este, nunca se debe copiar
literalmente sin citar el texto de donde se obtuvo la información como si se trataran
de palabras propias. Es necesario escribir de donde se obtuvo la información y
quien lo dijo, su autor.
Existe una figura que beneficia a los usuarios de la Red, el conocido como fair use
que traduce uso justo o de buena fe, nos da la facultad de citar textos protegidos
por copyright sin permiso expreso del autor. Puesto que la mayoría de los
estatutos o leyes que gobiernan los copyright contienen disposiciones que
permiten al público copiar y utilizar porciones de los documentos para uso
personal a corto plazo, permitiendo hacer copias de porciones de una obra para
fines críticos, investigativos, noticiosos, educativos, entre otros. Todo esto con el
objetivo de evitar que la ley propiedad intelectual inhiba la creatividad.
3. La doctrina del uso justo, provee directrices tales como el uso para fines
educativos, sin ánimo de lucro y si el producto final no compite con el trabajo
original utilizado.
Es así como describe el fair use Fernando Zapata López, Abogado y Director
General de la Unidad Administrativa Dirección Nacional de Derecho de Autor en
Colombia en un artículo de EDUTEKA sobre el derecho de autor y la educación:
“lo que se debe entender es que un uso honrado de la obras, un uso adecuado,
justo, significa que yo utilice la obra aún en ese entorno, en el cual yo estaría
haciendo un acto de comunicación, pero sin hacer una exploración económica de
ellas. Esto es lo que el autor le interesa y eso es lo que las leyes deben
salvaguardar, que no se hagan actos de explotación de las obras en un entorno
digital sin que se beneficie al autor”. Los Derechos de Autor en Colombia están
regulados por la Ley 23 de 1982 y la Decisión Andina 351, lo sujeta al uso
honrado.
Este abogado explica las actuaciones con respecto al tema de los estudiantes y
docente a la hora de utilizar la información de internet y para preservar los
derechos de autor. El explica que las citas de autor no deben ser tantos ni tan
seguidos que parezcan una reproducción simulada de la obra o el estudiante que desea
hacer una presentación en clase podrá usar material grafico, siempre y cuando no esté
explícitamente prohibido su uso, acceder a un galerías de arte o banco de imágenes por
el cual deben pagar.
4. Pero para entender cuál es el problema esencial sobre los derechos de autor Fernando
Zapata plantea un ejemplo: las imágenes de la Mona Lisa, la cual se encuentra en el
dominio público y cualquiera puede reproducirla si así lo desea. Lo que si vale la pena
aclarar es que la obra como tal está en el dominio público, pero la mayoría de las
fotografías que existen de ella, son del dominio privado y a los fotógrafos que las han
tomado, les asiste un Derecho de Autor sobre esas imágenes fruto de su trabajo.
Por otro lado, a pesar que esos trabajos fotográficos no sean imágenes del dominio
público, quien lo pública en Internet sin ningún tipo de protección técnica está expuesto a
que se los copien. También puede darse el caso de que quien ha publicado una fotografía
en Internet no sea el titular de los derechos y por consiguiente está violando el Derecho
del Autor al permitir que muchas personas lleguen y la tomen de allí. Con toda seguridad
habrá un fotógrafo afectado en cualquier parte del mundo, por esa práctica irregular.
¿Contra quién reacciona ese fotógrafo? ¿Contra las miles de personas que han usado la
imagen? ¿Contra la persona que la hizo pública en Internet? ¿Quién es responsable: el
proveedor de servicio o el proveedor de contenido? Continua explicando que es algo que
se encuentra actualmente en discusión y en donde este aspecto se ha legislado (Estados
Unidos y la Unión Europea), hacen responsable al proveedor de servicios ya que este
será responsable, bien porque alojó la obra o porque permite que otros lo hagan. Dicen
tales normas que los proveedores de servicios serán responsables cuando siendo
advertidos, no toman las previsiones del caso para desalojar el material en cuestión.
Este es un ejemplo que ilustra claramente la situación que ha generado polémica, que sea
el usuario o sea el proveedor del servicio el que deba asumirlo.
Conclusión
5. Es una realidad que el uso de la internet presenta múltiples ventajas y es necesario que
estemos consiente de loa leyes estipuladas sobre los derechos de autor para saber
cuáles son los límites en el uso adecuado de la información que allí se aloja
http://www.calameo.com/read/000060823fc3a5ddd5107
http://www.eduteka.org/reportaje.php3?ReportID=0016