2. Es un módulo profesional de formación
obligatorio que se cursa en todos los ciclos tanto
de grado medio como de grado superior y que se
desarrolla en la empresa.
Su regulación legal en Andalucía la
encontramos en la ORDEN de 28 de septiembre
de 2011 (BOJA núm. 206, de 20 de octubre).
3. ◦ Completar la adquisición de las competencias
profesionales,
◦ Adquirir conocimientos de la organización
productiva
◦ Evaluar la competencia profesional del
alumno, en especial aquellos aspectos que no
pueden comprobarse en el centro educativo
por exigir situaciones reales de trabajo.
4. Primer trimestre (septiembre a diciembre)
Ciclos LOGSE: 350 horas
Ciclos LOE: 410 horas
Tercer trimestre (marzo a junio)
Ciclos LOGSE: 350 horas
Ciclos LOE: 410 horas
Las prácticas se realizan en periodo lectivo. Quedan por
tanto, excluidos los periodos académicamente vacacionales
(meses de verano, Navidad y Semana Santa). Todo ello sin
perjuicio de posibles excepciones que, en cualquier caso,
deben estar autorizadas
5. Los alumnos estarán orientados y asesorados por
dos personas clave en su proceso formativo:
El profesor-tutor (del centro educativo).
El tutor, monitor o instructor (de la empresa o
entidad colaboradora).
6. Cumplir la programación de las actividades formativas,
que previamente se han consensuado
Nombrar un tutor de la empresa (tutor-laboral), para la
coordinación y seguimiento de las prácticas formativas de los
alumnos en el centro de trabajo
Facilitar el acceso a la empresa del profesor-tutor del
centro educativo para realizar el seguimiento, valoración y
supervisión de las actividades formativas que están
realizando los alumnos
Facilitar la realización de las actividades formativas
programadas, su seguimiento y la valoración de su progreso
7. Dirección de las actividades formativas de los
alumnos en el centro de trabajo
Orientación de los alumnos durante su estancia
en la empresa
Valoración del progreso de los alumnos,
contribuyendo así a la evaluación final de los
mismos
8. Firmaremos un Convenio de Colaboración a modo de
acuerdo formal de un año de duración. Estos
Convenios:
Pueden amparar uno o varios alumnos que cursen
estudios en el mismo centro educativo.
Pueden ser rescindidos a petición de cualquiera de las
partes.
No implican relación laboral entre alumnos y empresa.
Los alumnos están cubiertos de riesgos de accidentes
mediante el seguro escolar y de responsabilidad civil frente
a daños a terceros mediante una póliza de seguro adicional
que suscriben las Administraciones Educativas.
9. IES Pintor Pedro Gómez
Avda Manuel Siurot 40
Huelva 21002
Telf: 959540880
Fax: 959524856
Email: 21001922.edu@juntadeandalucia.es
Los Ciclos Formativos y sus correspondientes
ocupaciones, pueden ser consultadas en:
◦ http://bolsaempleoiesppg.wordpress.com/