Panorama de riesgo del barrio la esperanza elaborado por sabely abello
Plan de prevencion y contingencia poblacion desplazada (1)
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Elaborado por: Herman Rolando Troncoso Ñungo
“Desarrollo Humano con Participación y Transparencia”
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“PLAN DE PREVENCION Y CONTINGENCIA”
PARA LA ATENCIÓN DE POBLACIÓN
DESPLAZADA VÍCTIMA DE LA VIOLENCIA.
JORGE ELIECER SIERRA ALARCON
ALCALDE MUNICIPAL
JORGE IVAN CASTILLO ROJAS
Secretario de Planeacion y Obras Publicas
LUIS EDGAR LEON GUTIERREZ
Personero Municipal
2014.
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CONTENIDO DEL PLAN DE CONTINGENCIA
PRESENTACIÓN
JUSTIFICACION
OBJETIVO GENERAL
OBJETIVOS ESPECIFICOS
MARCO NORMATIVO
MARCO CONCEPTUAL
Definición planes de contingencia
Porque es un plan
Concepto de contingencia
Concepto de emergencia
Concepto de Conflicto armado interno
CONTENIDO DEL PLAN DE CONTINGENCIA
Diagnóstico y caracterización de la dinámica del conflicto armado
LINEA DE TIEMPO
Concepto de amenaza
Concepto de riesgo
Capacidades institucionales y comunitarias
Identificación de escenarios y acciones frente al riesgo
Concepto de vulnerabilidad
Cuadro de identificación de responsabilidades
DIAGNOSTICO PLAN DE CONTINGENCIA
Características socio demográficas
Análisis de la dinámica de la confrontación armada y de hechos
victimizantes
Cartografía social
Convenciones
FASES PLAN DE CONTINGENCIA
Fase de sensibilización
Fase de preparación
Fase de formulación y aprobación del plan de contingencia
Alistamiento del plan de contingencia
Fase de activación del plan de contingencia
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Fase de seguimiento y monitoreo del plan de contingencia
PROTOCOLOS DE ATENCIÓN POR COMPONENTES
Componente de Registro
Componente de alojamiento
Componente de salud, saneamiento básico y atención psicosocial
Componente de Educación y uso del tiempo libre
Componente de alimentación
Componente de rutas
Componente de protección de personas y bienes
Componente de comunicaciones
Componente de retoños y reubicaciones
RUTAS
Ruta de Acto terrorista, Atentados, combates, Enfrentamientos y
Hostigamientos
Ruta de amenazas
Ruta de atención en caso de delitos sexuales en niños, niñas y
jóvenes asociados al conflicto armado
Ruta de atención en caso de delitos sexuales en Adultos asociados al
conflicto armado
Ruta de desaparición forzada
Ruta de desplazamiento forzado
Ruta de Homicidio o masacre
Ruta MAP, MUSE y AEI
Ruta de secuestro
Ruta de tortura
Ruta de vinculación de niños y niñas y adolescentes a actividades
relacionadas con grupos armados
Ruta de despojo y/o abandonos forzados de bienes muebles e
inmuebles
ANEXOS
Acta de aprobación
Acta de seguimiento y monitoreo
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PRESENTACIÓN
La problemática de la población victima en Colombia ha sido uno de los
grandes sucesos que ha marginado a muchas personas vulnerables, lo que
ha generado más pobreza, violencia y desintegración del tejido social.
Con la expedición de la Ley 1448 de 2011, se busca abordar la problemática
desde una perspectiva más amplia e integral que permite proteger, atender y
reparar a las víctimas del conflicto armado, mediante un trabajo coordinado
entre diferentes entidades tanto del nivel nacional, departamental y
municipal. También se implementó el Sistema Nacional de Atención Integral
a la Población Victima, el cual articula desde el nivel nacional hasta el
territorial todas las políticas que en el Marco de la Ley 1448 de 2011, se
necesitan para garantizar los derechos de la población víctima. En este
sentido las entidades territoriales y en especial los municipios cumplen un
papel fundamental en la implementación de las políticas, planes, programas y
proyectos para la atención de las víctimas, la Conformación de los Comités
Territoriales de Justicia Transicional y las Mesas de Trabajo con las Victimas.
El presente Plan de Contingencia se enmarca dentro de la planeación
estratégica como una parte importante para el desarrollo de las políticas
públicas enfocadas hacia la atención de las víctimas del conflicto armado,
que en desarrollo de la Ley 1448 de 2011 y demás normas constitucionales
es nuestro deber implementar las diferentes acciones, normas y mecanismos
que nos permitan atender a la población víctima del conflicto armado.
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JUSTIFICACIÓN.
El Municipio de Venadillo Tolima, ha sido escenario de la confrontación
armada suscitada por diferentes actores armados ilegales que se ubican en
áreas estratégicas y que ocasionan la violación a los Derechos Humanos e
Infracciones al Derecho Internacional Humanitario, en lo corrido de los
últimos años, se registra (177) personas desplazadas como núcleos
familiares, población receptora de venadillo (708) hogares (177) de poblacion
flotante, igualmente se ha presentado la ocurrencia de (65) homicidios, (2)
desaparición forzada, (10) secuestros, Lesiones No incapacidad permanente
(No se registra), Lesiones Si incapacidad permanente (no se registra),
reclutamiento de menores (no se registra).
Dentro de este escenario el CMJT tiene el deber legal de formular e
implementar el Plan de Contingencia para la atención de emergencias
humanitarias en el marco de conflicto armado, el cual se convierte en un
instrumento de planeación y evaluación del riesgo que busca prevenir,
atenuar o disminuir los impactos de la violación a los Derechos Humanos e
Infracciones al Derecho Internacional Humanitario.
Desde este punto de vista, el Plan de Contingencia del Municipio de
Venadillo Tolima es una herramienta técnica de orden Municipal y
Departamental que define procedimientos, acciones y estrategias, con
recursos financieros, humanos y físicos destinados por las entidades
territoriales, frente a escenarios de riesgo, que permite prevenir y atender
procesos de revictimización derivados de emergencias humanitarias
acaecidas en despliegue del conflicto armado interno.
Para ello, la administración municipal de Venadillo Tolima tiene el deber y la
obligación de financiar, poner en marcha y actualizar de forma anual el Plan
de Contingencia en el marco del CMJT, de acuerdo con lo establecido en la
Ley 1448 de 2011 y el Decreto 4800 de 2011, en sus artículos 196 y 203.
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En este orden, la formulación del plan de contingencia facilitara a las
instituciones y organizaciones responsables y/o competentes los medios
necesarios para brindar la atención oportuna a la población víctima durante la
urgencia y la emergencia.
El objetivo de contar con un Plan de Contingencia bien estructurado en el
municipio de Venadillo Tolima es, planificar y coordinar la intervención
articulada de las instituciones y organizaciones del Comité Municipal de
Justicia Transicional, para atenderlos con oportunidad e integralidad durante
la urgencia y emergencia. En la formulación del proyecto se tendrán en
cuenta los principios rectores de los Planes de Contingencia los cuales son:
Enfoque Diferencial: Dentro del Plan de Contingencia se deben contemplar
las necesidades diferenciales de los grupos poblacionales victimas o en
riesgo de serlo según género, edad y etnia. Enfoque de Derechos: El Plan de
Contingencia debe orientar sus esfuerzos a la reivindicación de los derechos
fundamentales de la población víctima, y al cumplimento de estos por parte
del Estado en su obligación por restablecerlos de manera integral.
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OBJETIVO GENERAL
El plan de contingencia del Municipio de Venadillo Tolima se constituye en
una herramienta técnica que les permita a los comités territoriales de justicia
transicional generar capacidad de respuesta institucional para prepararse
adecuada y eficazmente para la atención de las emergencias humanitarias
ocasionadas por el conflicto armado.
Para el logro de este objetivo los comités territoriales de justicia transicional
(CTJT) encontraran en este instrumento de trabajo una guía metodológica
que les permitirá:
Generar capacidades de respuesta institucional.
Propiciar la participación de la sociedad civil y de la cooperación internacional
para atender adecuadamente las emergencias derivadas del conflicto
Fortalecer la descentralización de la Atención a la población víctima del
conflicto armado logrando una mayor efectividad en las responsabilidades
que le compete a cada una de las entidades
Establecer mecanismos de respuesta rápida para atender las contingencias
humanitarias que se presenten por cada uno de los hechos victimizantes.
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MARCO NORMATIVO
Con fundamento en los dispuesto en la Ley 1448 y el Decreto 4800 de 2011
a continuación se relacionan las principales disposiciones que establecen la
obligatoriedad de los CTJT de formular los planes de contingencia así como
las diferentes competencias y responsabilidades de cada una de las
entidades atendiendo los diferentes componentes de la política pública:
OBLIGATORIEDAD DE LOS CTJT DE FORMULAR LOS PLANES DE
CONTINGENCIA
El Articulo 193 del Decreto 4800 de 2011 a dispuesto que “El Estado tiene la
obligación de adoptar medidas para evitar la ocurrencia de violaciones de
Derechos Humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario, y a
neutralizar o a superar las causas y circunstancias que generan riesgo en el
marco del conflicto armado interno, y la generación de imaginarios sociales
de solución pacífica de conflictos.”
Por su parte el artículo 203 del Decreto 4800 de 2011 a dispuesto que “Los
Comités de Justicia Transicional deberán asegurar la elaboración y puesta en
marcha de planes de contingencia para atender las emergencias producidas
en el marco del conflicto armado interno, con la asesoría y el
acompañamiento de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y
Reparación integral a las Víctimas. El plan de contingencia debe suministrar
a los comités las herramientas e instrumentos técnicos que les permitan
mejorar su capacidad de respuesta institucional para atender oportuna y
eficazmente a la población víctima con el fin de mitigar el impacto producido
por estas. Los planes deben ser actualizados anualmente.
Parágrafo. Los Planes de Contingencia se deberán actualizar cada año o
cuando el Comité de Justicia Transicional y la Unidad Administrativa Especial
lo considere pertinente.”
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El Decreto 4802 de 2011 por medio del cual se establece la estructura
administrativa ha señalado que corresponde a la subdirección de Prevención
y Atención de Emergencias elaborar la metodología para la elaboración de
planes de contingencia, capacitar y asesorar a los CTJT en la elaboración de
estos instrumentos de trabajo. Articulo 18 y 19.
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MARCO JURÍDICO DE COMPETENCIAS Y RESPONSABILIDADES
A continuación se relacionan las competencias y responsabilidades que
deben ejecutar las diferentes entidades que hacen parte de los CTJT,
atendiendo lo dispuesto para cada una de ellas en cada uno de los
componentes de asistencia y atención a las víctimas del conflicto armado:
REGISTRO ÚNICO DE VICTIMAS RUV
El decreto 4800 de 2011 ha dispuesto que el registro constituye la puerta de
entrada de las víctimas para ser atendidas por el SNARIV, de ahí que es
importante diferenciar el procedimiento que deben seguir las víctimas de
desplazamientos masivos y las víctimas de otros hechos victimizantes para
ser incluidas en el Registro Único de Víctimas RUV.
El artículo 27 a dispuesto que ”Quien se considere víctima en los términos
del artículo 3 de la Ley 1448 de 2011, deberá presentar ante el Ministerio
Público la solicitud de registro en los términos establecidos en el artículo 155
de la Ley 1448 de 2011.
La solicitud de registro permitirá la identificación de la víctima y la obtención
de los demás datos de información básica, que comprenderán como mínimo
los contenidos en el artículo 33 del presente Decreto. Adicionalmente, la
Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las
Víctimas definirá la información necesaria que deberá contener la declaración
según el hecho victimizante de que se trate.”
Para el trámite del registro de víctimas de otros hechos victimizante al
desplazamiento masivo los personeros deberán recepcionar la declaración a
través del formulario elaborado por la UARIV y enviarlo lo más pronto a esta
entidad.
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El artículo 33 de Decreto 4800 de 2011 a su vez dispone “Contenido mínimo
de la solicitud de registro. Para ser tramitada, la solicitud de registro deberá,
como mínimo, contar con la siguiente información:
1. Los datos de identificación de cada una de las personas relacionadas. En
caso que el declarante no disponga de los números de identificación,
deberán ser explícitos los motivos por los cuales no es posible aportar esta
información, sin que esto genere dificultades en el trámite de su solicitud.
2. Información sobre el género, edad, estrato socioeconómico, situación y tipo
de discapacidad si la hay y la conoce, raza y etnia.
3. Firma del funcionario de la entidad que recibe la solicitud de registro.
4. Huella dactilar de la persona que solicita el registro.
5. Firma de la persona que solicita el registro. En los casos que la persona
manifieste no poder o no saber firmar se tomará como válida la huella
dactilar.
6. Las circunstancias de modo, tiempo y lugar previas, durante y posteriores a
la ocurrencia de los hechos, por lo menos de manera sucinta, teniendo en
cuenta el tiempo en el que ocurrió la violación, y la situación de vulnerabilidad
de la víctima.
7. Datos de contacto de la persona que solicita el registro.
8. Información del parentesco con la víctima de conformidad con lo establecido
en el inciso 2 del artículo 3 de la Ley 1448 de 2011.
Tratándose del procedimiento que se debe seguir para permitir la inclusión
en el RUV de las víctimas de desplazamientos masivos el artículo 45 ha
dispuesto que “Desplazamientos masivos. Se entiende por desplazamiento
masivo, el desplazamiento forzado conjunto de diez (10) o más hogares, o de
cincuenta (50) o más personas.
Se entiende por hogar, el grupo de personas, parientes o no, que viven bajo
un mismo techo, comparten los alimentos y han sido afectadas por el
desplazamiento forzado.”
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De conformidad a lo dispuesto por el artículo 46 “para efectos del registro de
víctimas de desplazamientos masivos y de atentados terroristas que cumplan
con los requisitos del artículo 3 de la Ley 1448 de 2011, la Alcaldía Municipal,
a través de la Secretaría de Gobierno, dependencia, funcionario o autoridad
que corresponda, con el acompañamiento de la Personería Municipal, del
lugar de recepción deberá:
1. Realizar un acta con una descripción detallada de las circunstancias de
tiempo, modo y lugar del evento masivo, así como un informe de verificación
de las circunstancias que lo ocasionaron.
2. Elaborar el censo a que se refiere el artículo 48 de la Ley 1448 de 2011,
según el formato que para tal fin establezca la Unidad Administrativa
Especial para la Atención y Reparación de las Víctimas, garantizando que en
éste sean identificadas solamente las personas afectadas por el evento
masivo.
3. Enviar el acta y el censo del evento masivo a la Unidad Administrativa
Especial para la Atención y Reparación Integral de las Víctimas dentro de los
ocho (8) días siguientes a la ocurrencia del evento.
Parágrafo 2. El acta deberá señalar expresamente si en el censo está listada
la totalidad de las personas afectadas por el evento en caso de que se tenga
conocimiento de ello. De no ser así, ésta deberá explicar las razones por los
cuales la relación de las personas afectadas es parcial.”
ATENCIÓN HUMANITARIA DE EMERGENCIA
De acuerdo al artículo 47, las víctimas de que trata el artículo 3° de la ley
1448 de 2011, recibirán ayuda humanitaria de acuerdo a las necesidades
inmediatas que guarden relación directa con el hecho victimizante, con el
objetivo de socorrer, asistir, proteger y atender sus necesidades de
alimentación, aseo personal, manejo de abastecimientos, utensilios de
cocina, atención médica y psicológica de emergencia, transporte de
emergencia y alojamiento transitorio en condiciones dignas, y con enfoque
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diferencial, en el momento de la violación de los derechos o en el momento
en el que las autoridades tengan conocimiento de la misma.
Las víctimas de los delitos contra la libertad, integridad y formación sexual,
recibirán asistencia médica y psicológica especializada de emergencia.
El parágrafo 1° del artículo 47 establece que “Las entidades territoriales en
primera instancia, la Unidad Administrativa Especial de Atención y
Reparación a Víctimas, y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
subsidiariamente, deberán prestar el alojamiento y alimentación transitoria en
condiciones dignas y de manera inmediata a la violación de los derechos o
en el momento en que las autoridades tengan conocimiento de la misma.
Por su parte el parágrafo 2° del citado artículo establece que “las
instituciones hospitalarias, públicas o privadas, del territorio nacional, que
prestan servicios de salud, tienen la obligación de prestar atención de
emergencia de manera inmediata a las víctimas que la requieran, con
independencia de la capacidad socioeconómica de los demandantes de
estos servicios y sin exigir condición previa para su admisión, cuando estas
lo requieran en razón a una violación a las que se refiere el artículo 3° de la
presente Ley.”
“Artículo 48. CENSO. En el evento en que se presenten atentados terroristas
y desplazamientos masivos la Alcaldía Municipal a través de la Secretaría de
Gobierno, dependencia, funcionario o autoridad que corresponda, con el
acompañamiento de la Personería Municipal, deberá elaborar el censo de las
personas afectadas en sus derechos fundamentales a la vida, integridad
personal, libertad personal, libertad de domicilio, residencia, y bienes.
Dicho censo deberá contener como mínimo la identificación de la víctima, su
ubicación y la descripción del hecho, y remitirlo a la Unidad Administrativa
Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas en un término
no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir de la ocurrencia del
mismo.
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La información se consignará en un formato único de uso obligatorio, que
para tales efectos expedirá la Unidad Administrativa Especial para la
Atención y Reparación Integral a las Víctimas, y hará parte del Registro
Único de Víctimas, y reemplazará la declaración a la que hace referencia el
artículo 155 en lo que respecta a los hechos victimizantes registrados en el
censo.
Parágrafo. En el caso de los desplazamientos masivos, el censo procederá
conforme al artículo 13 del Decreto 3569 de 2000, en cuanto exime a las
personas que conforman el desplazamiento masivo de rendir una declaración
individual para solicitar su inscripción en el Registro Único de Víctimas.”
AYUDA HUMANITARIA INMEDIATA
En el artículo 108 del Decreto 4800 de 2011 ha establecido que “la entidad
territorial receptora de la población víctima de desplazamiento, debe
garantizar los componentes de alimentación, artículos de aseo, manejo de
abastecimientos, utensilios de cocina y alojamiento transitorio, mientras se
realiza el trámite de inscripción en el Registro Único de Víctimas.
Adicionalmente, en las ciudades y municipios que presenten altos índices de
recepción de población víctima del desplazamiento forzado, las entidades
territoriales deben implementar una estrategia masiva de alimentación y
alojamiento que garantice el acceso de la población a estos componentes,
según la vulnerabilidad derivada del desplazamiento forzado. Esta estrategia
debe contemplar, como mínimo, los siguientes mecanismos:
Asistencia Alimentaria: alimentación en especie, auxilios monetarios, medios
canjeables restringidos o estrategias de comida servida garantizando los
mínimos nutricionales de la totalidad de los miembros del hogar.
Alojamiento Digno: auxilios monetarios, convenios de alojamiento con
particulares o construcción de modalidades de alojamiento temporal con los
mínimos de habitabilidad y seguridad integral requeridos.”
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AYUDA HUMANITARIA DE EMERGENCIA.
El artículo 109 de Decreto 4800 de 2011 ha dispuesto que “la Unidad
Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a Víctimas, ya
sea directamente o a través de convenios que con ocasión a la entrega de
estos componentes se establezcan con organismos nacionales e
internacionales, brindará los componentes de alimentación, artículos de
aseo, manejo de abastecimientos, utensilios de cocina y alojamiento
transitorio a la población incluida en el Registro Único de Víctimas, cuyo
hecho victimizante haya ocurrido dentro del año previo a la declaración.”
“Artículo 110. Tasación de los componentes de la ayuda humanitaria de
emergencia y transición. Con el fin de establecer los componentes y montos
a entregar en cada una de las etapas descritas, se evaluará la situación
particular de cada víctima y su nivel de vulnerabilidad, producto de causas
endógenas y exógenas al desplazamiento forzado, según las siguientes
variables:
1. Carácter de la afectación: individual o colectiva.
2. Tipo de afectación: afectación médica y psicológica, riesgo alimentario,
riesgo habitacional.
3. Tiempo entre la ocurrencia del hecho victimizante y la solicitud de la ayuda.
4. Análisis integral de la composición del hogar, con enfoque diferencial.
5. Hechos victimizantes sufridos además del desplazamiento forzado.
Una vez analizadas estas variables, la Unidad Administrativa Especial para la
Atención y Reparación Integral a las Víctimas procederá a la programación y
entrega de los componentes de ayuda humanitaria, de acuerdo con las
estrategias diseñadas para este fin.”
“Artículo 111. Montos de la ayuda humanitaria de emergencia y transición por
grupo familiar. En atención al principio de proporcionalidad, la Unidad
Administrativa Especial para la Atención y Reparación a las Víctimas
destinará los recursos para cubrir esta ayuda, teniendo en cuenta la etapa de
atención, el tamaño y composición del grupo familiar y el resultado del
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análisis del nivel de vulnerabilidad producto del desplazamiento forzado,
según los siguientes montos:
Para alojamiento transitorio, asistencia alimentaria y elementos de aseo
personal hasta una suma máxima mensual equivalente a 1.5 salarios
mínimos legales mensuales vigentes al momento del pago.
Para utensilios de cocina, elementos de alojamiento, otorgados por una sola
vez, hasta una suma máxima mensual equivalente a 0.5 salarios mínimos
legales mensuales vigentes al momento del pago.”
“Artículo 112. Ayuda humanitaria de transición. La ayuda humanitaria de
transición se brinda a la población víctima de desplazamiento incluida en el
Registro Único de Víctimas, cuyo desplazamiento haya ocurrido en un
término superior a un año contado a partir de la declaración y que, previo
análisis de vulnerabilidad, evidencie la persistencia de carencias en los
componentes de alimentación y alojamiento como consecuencia del
desplazamiento forzado. Esta ayuda cubre los componentes de alimentación,
artículos de aseo y alojamiento temporal.”
ATENCIÓN HUMANITARIA A VÍCTIMAS DE DESPLAZAMIENTO
FORZADO
Las entidades territoriales del orden municipal, la Unidad Administrativa
Especial de Atención y Reparación Integral a las Víctimas y el Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar, en el marco de las competencias
asignadas por Ley, deben garantizar la entrega de ayuda humanitaria a las
víctimas de desplazamiento forzado, a través de la implementación de
parámetros de atención de acuerdo con las condiciones de vulnerabilidad
producto de la afectación del hecho victimizante y las circunstancias de
tiempo, modo y lugar del mismo, en las etapas de urgencia, emergencia y
transición.
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La población retornada o reubicada es sujeto de ayuda humanitaria una vez
verificadas las condiciones de vulnerabilidad con respecto al tiempo de arribo
a lugar de retorno y/o reubicación, determinando la etapa de atención
correspondiente y la asistencia a brindar.
“ARTÍCULO 53. ATENCIÓN DE EMERGENCIA EN SALUD. Las
instituciones hospitalarias, públicas o privadas, del territorio nacional, que
prestan servicios de salud, tienen la obligación de prestar atención de
emergencia de manera inmediata a las víctimas que la requieran, con
independencia de la capacidad socioeconómica de los demandantes de
estos servicios y sin exigir condición previa para su admisión.”
“ARTÍCULO 54. SERVICIOS DE ASISTENCIA EN SALUD. Los servicios de
asistencia médica, quirúrgica y hospitalaria consistirán en:
1. Hospitalización.
2. Material médico-quirúrgico, osteosíntesis, órtesis y prótesis, conforme con
los criterios técnicos que fije el Ministerio de la Protección Social.
3. Medicamentos.
4. Honorarios Médicos.
5. Servicios de apoyo tales como bancos de sangre, laboratorios, imágenes
diagnósticas.
6. Transporte.
7. Examen del VIH sida y de ETS, en los casos en que la persona haya sido
víctima de acceso carnal violento.
8. Servicios de interrupción voluntaria del embarazo en los casos permitidos
por la jurisprudencia de la Corte Constitucional y/o la ley, con absoluto
respeto de la voluntad de la víctima.
9. La atención para los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres
víctimas.”
“Parágrafo. El reconocimiento y pago de los servicios de asistencia médica,
quirúrgica y hospitalaria a que se refiere este capítulo, se hará por conducto
del Ministerio de la Protección Social con cargo a los recursos del Fosyga,
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subcuenta de Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito, únicamente en
los casos en que se deban prestar los servicios de asistencia para atender
lesiones transitorias permanentes y las demás afectaciones de la salud que
tengan relación causal directa con acciones violentas que produzcan un daño
en los términos del artículo 3° de la presente ley, salvo que estén cubiertos
por planes voluntarios de salud.”
“Articulo 55. REMISIONES. Los afiliados al Sistema General de Seguridad
Social en Salud, que resultaren víctimas de acuerdo a la presente ley, serán
atendidos por las instituciones prestadoras de salud y una vez se les preste
la atención de urgencias y se logre su estabilización, si estas instituciones no
contaren con disponibilidad o capacidad para continuar prestando el servicio,
serán remitidos a las instituciones hospitalarias que definan las entidades de
aseguramiento para que allí se continúe el tratamiento requerido. La
admisión y atención de las víctimas en tales instituciones hospitalarias es de
aceptación inmediata y obligatoria por parte de estas, en cualquier parte del
territorio nacional, y estas instituciones deberán notificar inmediatamente al
Fosyga sobre la admisión y atención prestada.
Parágrafo. Aquellas personas que se encuentren en la situación prevista en
la presente norma y que no se encontraren afiliados al régimen contributivo
de seguridad social en salud o a un régimen de excepción, accederán a los
beneficios contemplados en el artículo 158 de la Ley 100 de 1993 mientras
no se afilien al régimen contributivo en virtud de relación de contrato de
trabajo o deban estar afiliados a dicho régimen.”
Educación:
“ARTÍCULO 51. MEDIDAS EN MATERIA DE EDUCACIÓN. Las distintas
autoridades educativas adoptarán, en el ejercicio de sus competencias
respectivas, las medidas necesarias para asegurar el acceso y la exención
de todo tipo de costos académicos en los establecimientos educativos
oficiales en los niveles de preescolar, básica y media a las víctimas
señaladas en la presente ley, siempre y cuando estas no cuenten con los
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recursos para su pago. De no ser posible el acceso al sector oficial, se podrá
contratar el servicio educativo con instituciones privadas.”
Las secretarías de educación departamental y municipal deben gestionar
recursos, con el fin de promover estrategias de permanencia escolar, tales
como, entrega de útiles escolares, transporte, uniformes, entre otras, para
garantizar las condiciones dignas y promover la retención dentro del servicio
educativo de la población víctima, en los términos del artículo 3 de la ley
1448 de 2011
Las gobernaciones apoyarán a los municipios no certificados que no cuenten
con la capacidad de gestión técnica, operativa y financiera para la creación y
fortalecimiento de establecimientos educativos y formación de docentes y
directivos docente
Asistencia funeraria:
Los familiares de las víctimas que hayan muerto o estuvieren desaparecidos
a que se refiere el inciso 2º del artículo 3 de la Ley 1448 de 2011 para
quienes no cuenten con los recursos para sufragar estos gastos incluirán,
además de los gastos funerarios, los de desplazamiento, hospedaje y
alimentación de los familiares de las víctimas de desaparición forzada
durante el proceso de entrega de cuerpos o restos, para quienes no cuenten
con recursos para sufragar estos gastos de acuerdo con los criterios que
para el efecto fije la Unidad Administrativa Incluirán, además de los gastos
funerarios, los de desplazamiento, hospedaje y alimentación de los familiares
de las víctimas de desaparición forzada durante el proceso de entrega de
cuerpos o restos.
DECRETOS COMUNIDADES INDÍGENAS, PUEBLO ROM O GITANO,
COMUNIDADES NEGRAS, AFROCOLOMBIANAS, RAIZALES Y
PALENQUERAS
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DECRETO LEY No. 4633 DE 2011 “Por medio del cual se dictan medidas
de asistencia, atención, reparación integral y de restitución de derechos
territoriales a las víctimas pertenecientes a los Pueblos y Comunidades
indígenas”
ARTÍCULO 60. MEDIDAS DE PROTECCIÓN AL TERRITORIO INDÍGENA.
….. 4. Los pueblos indígenas gozarán de protección especial contra los
riesgos derivados de operaciones militares, así como medidas diferenciales
de prevención de violaciones de derechos humanos individuales y colectivos.
DECRETO LEY No. 4634 DE 2011 “Por el cual se dictan medidas de
asistencia, atención, reparación integral y restitución de tierras a las víctimas
pertenecientes al pueblo Rom o Gitano”
ARTÍCULO 90. GARANTÍAS DE NO REPETICIÓN. Las garantías de no
repetición han de incluir medidas internas de fortalecimiento propio y
medidas externas encaminadas a evitar que las violaciones de que trata el
presente decreto se vuelvan a producir.
Formulación de campañas nacionales de prevención y reprobación de la
violencia contra la mujer, niños, niñas y adolescentes pertenecientes a
grupos étnicos, por los hechos ocurridos en el marco de las violaciones
contempladas en Capítulo I del Título I de este decreto-ley.
DECRETO LEY No. 4635 DE 2011 “Por el cual se dictan medidas de
asistencia, atención, reparación integral y de restitución de tierras a las
víctimas pertenecientes a comunidades negras, afrocolombianas, raizales y
palenqueras”.
ARTÍCULO 1 OBJETO. Las medidas de prevención, atención, asistencia,
reparación integral y restitución de tierras y territorios para las comunidades,
como sujetos colectivos y para sus miembros individualmente considerados,
serán diseñadas conjuntamente y acordes con sus características étnicas y
culturales, garantizando así el derecho a la identidad cultural, la autonomía,
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el derecho propio, la igualdad material y la garantía de pervivencia física y
cultural.
MARCO CONCEPTUAL
A continuación se define el marco conceptual de los elementos básicos que
se deben comprender para formular el plan de contingencia, definición que
es importante comprenderla a efectos de ubicar a los integrantes de CTJT
sobre los siguientes conceptos a saber:
¿QUÉ ES EL PLAN DE CONTINGENCIA?
¿PARA QUÉ EL PLAN DE CONTINGENCIA?
¿CUALES CONCEPTOS CLAVES DEBEMOS CONOCER?
¿CUÁL ES EL FUNDAMENTO JURÍDICO?
¿QUIÉNES ELABORAN EL PLAN?
DEFINICIÓN PLANES DE CONTINGENCIA:
El plan de contingencia es una herramienta técnica de orden municipal y
departamental que define procedimientos, acciones y estrategias, con
recursos financieros, humanos y físicos destinados por las entidades
territoriales, frente a escenarios de riesgo, que permite prevenir y atender
procesos de re victimización derivados de emergencias humanitarias
acaecidas en desarrollo del conflicto armado interno.
Para ello, las administraciones municipales, distritales y departamentales
tienen el deber y la obligación de financiar, poner en marcha y actualizar de
forma anual los planes de contingencia en los GTJT, de acuerdo con lo
establecido en la Ley 1448 de 2011 y el Decreto 4800 de 2011, en sus
artículos 196 y 203.
La atención de emergencias humanitarias por parte de los gobiernos
departamentales, municipales y distritales está contemplada en la Ley 1448
de 2011
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La Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas tiene la
responsabilidad de asesorar y apoyar técnicamente éste proceso.
Brindamos lineamientos y procedimientos para responder oportunamente a
situaciones de emergencia humanitaria, en el marco del conflicto armado
interno.
Las diferentes manifestaciones del conflicto armado, exigen atención
oportuna y de calidad siendo necesario planear y destinar recursos, evitar la
revictimización de la población, favorecer la toma de decisiones, generar
capacidades de respuesta institucional y actuar de forma inmediata.
Es un proceso que requiere una actualización anual por parte de los Comités
Territoriales de Justicia Transicional (CTJT)
PORQUE ES UN PLAN:
Porque presenta un diagnostico sobre la dinámica del conflicto y los hechos
victimizantes que tienen ocurrencia en un contexto determinado, identifica
escenarios de riesgo y define un procedimiento que deben seguir las
instituciones y las comunidades para atender las emergencias ocasionadas
por la confrontación armada, estableciendo acciones, responsables, recursos
y tiempos.
Contingencia:
Evento que requiere una acción inmediata por la urgencia que se presenta.
“El concepto de contingencia implica redes de eventos interrelacionados
entre sí, que varían en razón de configuraciones funcionales dinámicas. No
es un acontecimiento aislado, ni se limita al reforzamiento, sino que es un
sistema o proceso de acontecimientos de causas y efectos recíprocos
estructurados en distintos niveles jerárquicos, y como tal debe analizarse,
aun cuando a nivel operativo siga siendo necesario fragmentar cada episodio
temporal-situacional”
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Emergencia:
Se entiende como emergencia humanitaria aquellos hechos provocados por
la acción violenta explícita o no de los actores armados en confrontación
abierta.
Conflicto armado interno:
Según el Derecho Internacional Humanitario “son enfrentamientos armados
prolongados que ocurren entre fuerzas armadas gubernamentales y las
fuerzas de uno o más grupos armados, o entre estos grupos, que surgen en
el territorio de un Estado (Parte en los Convenios de Ginebra). El
enfrentamiento armado debe alcanzar un nivel mínimo de intensidad y las
partes que participan en el conflicto deben poseer una organización mínima”
POR QUÉ ES IMPORTANTE FORMULAR UN PLAN DE CONTINGENCIA?
Para las autoridades públicas es prioritario contribuir en la construcción de
estrategias de prevención urgente a fin de mitigar los efectos del conflicto
armado, en los territorios históricamente afectados por la confrontación entre
actores armados.
Por la responsabilidad del SNARIV de salvaguardar los derechos
fundamentales de la población víctima del conflicto armado.
Por ser un mecanismo eficiente de protección a la población víctima.
Por la factibilidad en la ocurrencia de hechos victimizantes, por la ubicación
geoestratégica del territorio de cordillera, costa pacífica y pie de monte
costero nariñense, corredor de comunicación que conecta el centro con el sur
occidente del país y por ser un Departamento fronterizo, lo cual genera el
interés de grupos armados ilegales por controlar el territorio.
ADEMÁS ES IMPORTANTE
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Porque en la actualidad los contextos Municipales no están libres de
situaciones que ponen en riesgo y pueden afectar la vida, la integridad y
libertad de las personas; el plan de contingencia es un instrumento que nos
permite afrontar el riesgo de una manera adecuada, óptima y segura. Por
tanto el Municipio de Venadillo Tolima tiene el deber y la obligación de
financiar, poner en marcha y actualizar anualmente estos planes a través Los
Comités Territoriales de Justicia Transicional.
FASES DEL PLAN DE CONTINGENCIA
El proceso de construcción e implementación del plan de contingencia se
enmarca en el cumplimiento de seis fases de intervención que garantiza la
aplicación de la política pública para asistencia y atención a las víctimas del
conflicto, estas fases permiten asegurar la realización de un conjunto de
acciones y procedimiento que se ejecutan organizadamente por diferentes
actores y en diferentes momentos
FASE 1: SENSIBILIZACIÓN.
En esta fase los miembros del CTJT reconocen los conceptos básicos y
etapas de la prevención, identificando su rol en el proceso de prevención
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urgente y ubicando allí la importancia y sentido de la formulación del plan de
contingencia. En otras palabras, se conoce claramente el por qué y para qué.
Insumos para la sensibilización:
Para lograr la sensibilización de todos los actores se sugiere retomar el texto
de presentación de este documento así como la definición sobre los planes
de contingencia incluidas en esta guía metodológica; de igual forma podrán
apoyarse para la sensibilización en los anexos 1 y 2, relacionados con los
conceptos básicos y el marco normativo.
FASE 2: PREPARACIÓN
Los responsables de la formulación del plan de contingencia en esta fase
deberán garantizar recursos económicos, hacer la convocatoria del Comité
Territorial de Justicia Transicional, garantizar la participación efectiva y
conocimiento de la metodología, garantizar la presencia de representantes
de la mesa de participación de víctimas, garantizar elementos logísticos y
operativos y definir el cronograma completo
FASE 3: FORMULACIÓN Y APROBACIÓN DEL PLAN DE
CONTINGENCIA:
El Comité Territorial de Justicia Transicional una vez instalado y verificado el
Quórum de asistencia, cumple la ruta establecida para formulación,
desarrolla el proceso de compilación de información, análisis y diseño del
plan haciendo uso de las fichas técnicas y ayudas metodológicas
establecidas en la presente guía. Se mantiene la participación de los actores
institucionales y comunitarios, entre ellos la población víctima.
La secretaria técnica del Comité Territorial de Justicia Transicional
sistematiza el proceso y prepara el documento final para su aprobación
mediante Acuerdo por parte del Alcalde y/o Gobernador en el marco del
Comité.
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La formulación del plan de contingencia se inicia con la caracterización de la
zona e identificación de los escenarios de riesgo, continua con la
construcción mapas de riesgo a partir de un ejercicio colectivo, y la
construcción de protocolos de intervención por cada uno de los hechos
victimizantes, la cual nos permitirá conocer las responsabilidades y funciones
de cada entidad frente a la atención de emergencias humanitarias.
Para lograr cabal cumplimiento de la fase de formulación del plan de
contingencia se requiere contar con la presencia de los Directores,
Secretarios de despacho y de los líderes en general, de cada uno de los
grupos de trabajo.
FASE 4: ALISTAMIENTO DEL PLAN DE CONTINGENCIA
Durante esta fase el CTJT deberá poner a prueba el plan de contingencia
revisando avances y ajustes necesarios antes de la efectiva ocurrencia de
una emergencia humanitaria. Para lograr este propósito es importante
mantener un trabajo constante de los comités territoriales de justicia
transicional, de manera que, estos no se conviertan en el escenario que se
convoca de forma extraordinaria únicamente para la atención de
emergencias.
Para llevar a cabo la aprobación del plan de contingencia cada grupo de
trabajo deberá contar con los recursos humanos, financieros y técnicos para
operar en caso de una emergencia. Hacer simulacros de situaciones de
emergencia permitirá conocer la operatividad y pertinencia del plan, así como
lo acertado de su definición y los ajustes requeridos antes de la ocurrencia de
una emergencia.
Entre las acciones que se deben realizar en la fase de alistamiento se
encuentran: la construcción o adecuación de albergues, la dotación de
infraestructura comunitaria, la capacitación a funcionarios, el establecimiento
de convenios para la atención de servicios con los que no cuentan los
municipios entre otros.
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FASE 5: ACTIVACIÓN DEL PLAN DE CONTINGENCIA
El plan de contingencia podrá ser activado en el marco del Comité Territorial
de Justicia Transicional una vez valorado el riesgo para la población como
consecuencia de factores asociados al conflicto armado. Para el logro de
este propósito el comité de acuerdo con el diagnóstico elaborado, con los
escenarios de riesgo identificados y la focalización realizada podrá identificar
los principales hechos victimizantes de mayor ocurrencia en el territorio e
iniciar frente a estos la activación del plan de contingencia haciendo uso de
los protocolos de respuesta.
La Secretaria Técnica del Comité Territorial de Justicia Transicional deberá
convocar a los integrantes de este organismo para analizar las condiciones
de tempo modo y lugar de la ocurrencia de los hechos victimizantes, la
identificación de los escenarios de riesgo la implementación de los
protocolos de intervención, en igual forma realizará el seguimiento y
monitoreo a la emergencia humanitaria y desde la secretaria técnica se
deberá motivar la actualización del mismo cada año o una vez finalizada la
emergencia. El seguimiento deberá estar centrado en la condición de la (s)
persona(s) y/o familia (s) afectadas. La(s) víctima(s) estará (n) en el centro
de la atención integral.
FASE 6: SEGUIMIENTO Y MONITOREO
El CTJT deberá mantener el seguimiento y monitorea a las actualizaciones
de los Planes de Contingencia de forma semestral y su actualización de
manera anual, el CTJT debe realizar el seguimiento al cumplimiento de los
compromisos por las diferentes instituciones involucradas en el plan de
contingencia. (Ver diligenciamiento de acta).
CONTENIDO DEL PLAN DE CONTINGENCIA:
El CTJT en la fase de formulación del plan de contingencia deberá
concentrar todas sus acciones y esfuerzos para lograr que su contenido
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incorpore todos los elementos conceptuales metodológicos tendientes a
asegurar un conocimiento claro sobre la dinámica del conflicto armado, de
los hechos victimizantes y de la oferta pública con la que cuenta el ente
territorial para atender las emergencias ocasionadas por la confrontación
armada.
El Plan de Contingencia como se había manifestado anteriormente es un
instrumento técnico que contiene información efectiva y pertinente para
responder a las emergencias humanitarias, de ahí que mediante la utilización
de la presente cartilla metodológica la Administración Municipal y/o distrital a
través del Comité Territorial de Justicia Transicional concretara su labor a la
formulación los siguientes documentos:
1. Un documento Diagnóstico
2. Matriz de escenarios y mapa de riesgo
3. Protocolos de atención por grupos de trabajo frente a hechos victimizantes
4. Acuerdo de aprobación del plan de contingencia firmado por CTJT
5. Acta de seguimiento y monitoreo.
DOCUMENTO DIAGNÓSTICO CARACTERIZACIÓN DEL CONTEXTO
LOCAL, LA DINÁMICA DEL CONFLICTO Y HECHOS VICTIMIZANTES
La caracterización busca identificar la situación de la población víctima desde
el punto de vista de las necesidades específicas y elementos presentes en el
contexto local que permitan un conocimiento claro sobre la dinámica del
conflicto, los hechos victimizantes que se presentan y la situación de las
víctimas.
Caracterización Del Contexto Local, dinámica del conflicto y hechos
victimizantes
La caracterización permite identificar el escenario en el que se presenta la
dinámica del conflicto dentro de un contexto territorial y temporal, así como
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facilitar el análisis de la situación que presentan las víctimas y las
comunidades que han sido victimizadas por los actores armados,
Caracterización Del Contexto Local del Municipio de Venadillo Tolima.
El municipio de Venadillo está localizado al norte del Tolima, sobre la margen
izquierda del río Magdalena, se enclava en la cordillera Central entre los ríos
Totare y Recio, que nacen en la cordillera Central y desembocan al río
Magdalena.
POSICION ASTRONÓMICA.
Latitudinalmente:
·Extremo Sur 4º 36’ 34’’ LN
·Extremo Norte 4º 48’ 52’’ LN
Longitudinalmente
·Extremo Oriente 74º 47’ 00’’
·Extremo Occidente 75º 4’ 47’’
SUPERFICIE
El Municipio de Venadillo cubre un área total de 306 Km2
CLIMA
PISOS TERMICOS.
De los 306 Km2. que cuenta el Municipio, 274 Km2. están en la zona plana
con piso térmico cálido, y 32 Km2. en la vertiente de la cordillera Central con
piso térmico templado. La temperatura promedio en el sector plano es de
30°C y en la parte de la cordillera es de 24°C en promedio. La altura sobre el
nivel del mar (S.N.M.) de la cabecera Municipal de Venadillo es de 349 m y la
altura promedio de todo el municipio es de 600 metros S.N.M.
GEOMORFOLOGIA.
Toda la región pertenece al graben del Magdalena el cual es lógicamente
joven. Su formación se efectúa en la época de gran actividad volcánica de la
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cordillera Central, los factores dinámicos de la formación del graben desde
dicha época hasta la actual, ha sido el tectonismo y el vulcanismo. La parte
del Valle, conocida como Valle del Tolima, se extiende desde el pie de monte
de la cordillera Central hasta la orilla izquierda del río Magdalena, estos
llanos formados sobre el foso profundo, presenta pequeños Planos
Escalonados que se van abultando conforme se acercan a las montañas
presentándose en forma de terrazas o abanicos. Las Colinas de esta
formación aparecen aisladas en cadenas y/o cerros de poca altura.
FISIOGRAFIA
La mayor parte del territorio del Municipio es plano o ligeramente ondulados,
algunos de los accidentes topográficos son:
CERROS
Cerco de Piedra, Piloto, Gavilanes, Gallinazo, Cerro Gordo, Juan Rodríguez,
Purgatorio Sánchez, Ventanas y Banderas.
VEGETACION
El 80 % del municipio pertenece a una formación semiárida con Bosque seco
tropical. La vegetación original ha sido destruida casi en su totalidad para ser
aprovechada en la agricultura extensiva y tecnificada y en la ganadería,
reduciéndose la vegetación natural a pequeñas áreas de bosques
secundarios en algunas Microcuencas y quebradas.
HIDROGRAFIA
Los ríos que riegan el municipio son:
Totare, Venadillo, Palmar, Recio, Magdalena y algunas quebradas afluentes
de estos.
RÍO TOTARE
Nace en el Nevado del Tolima en su parte norte y sirve de límite natural en la
parte sur de Venadillo con los municipios de Anzoátegui, Alvarado y Piedras.
Sus aguas son utilizadas para surtir el acueducto Municipal y el distrito de
Riego para cultivos principalmente de arroz en las haciendas. Desembocan a
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este río la quebrada Guarapo y la Chicharra, que nacen el municipio de
Venadillo y el río la China; por último el Totare vierte sus aguas al río
Magdalena. Es famoso por sus balnearios la Cubana, La Argelia, Betania y
Bocas del Totare, donde los venadillunos en los días festivos y calurosos
disfrutamos de sus aguas cristalinas.
RÍO VENADILLO
Nace en el municipio de Sta. Isabel, en un Umbral rodeado de juncales y
otras especies nativas. Recibe su nombre debido a que atraviesa de
occidente a oriente todo el municipio desde los límites con Santa Isabel,
hasta su desembocadura en el río Magdalena. De sus aguas se surten
algunos sistemas de riego para cultivos de arroz, cercanos al poblado;
además sus aguas son aprovechadas para la represa de Violanta en la gran
hacienda de Pajonales del Municipio de Ambalema. Son afluentes de este
río, el río Palmar, y las quebradas de Manura, Agua Blanca, Monos y Galapo,
estas dos últimas son las de mayor contaminación por ser utilizadas para
verter las aguas negras del casco urbano del municipio. En la actualidad se
está adelantando un macro proyecto con Corpo Magdalena para
descontaminar este río y mejorar las demás fuentes hídricas. Además
desembocan en el río Venadillo las quebradas de Boluga, Calderón, Zanja
Honda, Palmarosa, Conchal y Tonoli.
RÍO PALMAR
Nace en el cerro San José en el municipio de Santa Isabel y de él se surten
los acueductos de diferentes veredas del sector de la cordillera. Es famoso
por su hermoso balneario, y desemboca en el río Venadillo.
RÍO RECIO
Nace en el Volcán Nevado del Ruiz y junto con el río la Yuca, que nace en el
nevado de Santa Isabel forman la microcuenca que abastece la hidroeléctrica
de la Sierra y el sistema de riego del mismo nombre, que da vida a
importantes cultivos en los Municipios de Lérida y Ambalema. Más abajo, la
hacienda Pajonales también toma buena cantidad de agua para la Laguna la
Violanta, que alimenta todo el sistema de riego de la hacienda.
Otras fuentes de agua que tiene alguna importancia por la función que
cumplen por donde corren, es el caso de la quebrada de Vile que sirve como
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fuente de agua, a esa vereda. La quebrada Tau tao, que es la única fuente
de aguas para consumo de las tierras cercanas a la laguna de Pajonales.
Por último, la quebrada de Galapo, que delimita el casco urbano, quebrada
muy contaminada donde son depositadas gran cantidad de basuras y aguas
negras. Además presenta constante peligro de inundaciones a los barrios
Turumana, Chircal y Pueblo Nuevo; en la actualidad para evitar esas
inundaciones se construyeron unos muros de contención en la parte del
barrio Pueblo Nuevo y se pretende continuarlo.
ASPECTOS ADMINISTRATIVOS
LIMITES
Venadillo limita así:
* Norte: con los municipios de Lérida y Ambalema
* Sur: con los municipios de Anzoátegui, Alvarado, Piedras
* Oriente: con el departamento de Cundinamarca
* Occidente: Santa Isabel y Líbano
DIVISIÓN POLITICO ADMINISTRATIVA
Venadillo cuenta con 29 veredas agrupadas en tres corregimientos según
acuerdo del 13 y 18 de marzo de 1998, en cumplimiento del artículo 117 de
la ley 136 de 1994. Donde se acuerda dividir el área real del municipio en
sectores, para mejorar la administración y la prestación de los servicios, a
través de las J.A.L (Juntas Administrativas Locales) las cuales serán elegidas
por primera vez en elección popular en el mes de mayo de 1999.
Los corregimientos son: Junín, Malabar, Palmarosa y cada uno cobija a las
siguientes veredas:
Corregimiento Nº 1 Junín
Comprende las veredas de:
1. Palmar Esperanza
2. Palmar Betulia
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3. San Antonio
4. Balcones
5. Rosa Cruz
6. Piloto de Gómez
7. La Planada
8. La Aguada
9. La Honda
10. El Placer
11. La Sierrita
12. El Rodeo
13. La Estrella
Corregimiento Nº 2 Malabar
Comprende las veredas de:
1. Malabar
2. Potrerito Totare
3. Palmillita
4. Puerto Boy
5. Agrado Buena Vista
6. El Salto
7. La Argentina
8. Piloto de Osorio
Corregimiento Nº 3 Palmarosa
Comprende las veredas de:
1. Palmarosa
2. La Cubana
3. Mesa de Río Recio
4. La Argelia
5. Limones
6. Buena Vista
7. Vile
8. Cofradía Gallego
EL CASCO URBANO DEL MUNICIPIO DE VENADILLO
El casco urbano habitado por 9.306 personas según censo SISBEN (93),
ocupan un espacio aproximado de 1km2, y está dividido en 12 barrios
legalmente constituidos así:
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E mail alcaldía@venadillo-tolima.gov.co
1. Helena Torres de Uribe
2. La Esperanza
3. Nuevo Armero
4. Protecho
5. Divino Niño
6. Los Pinos
7. Puerta del Área
8. Pueblo Nuevo
9. Santa Bárbara
10. Caracolí
11. Lorenzo Urueña
12. Turumana
RESEÑA HISTORICA.
Venadillo en su historia cuenta básicamente con tres fundaciones, desde
1560 hasta 1863, cuando se le da vida legal como Municipio. El caserío se
afianzó el 2 de septiembre de 1560, cuando recibió su título de Primera
Fundación por Bartolomé de Frías y Carvajal en las tierras de las tribus
Citirques, Guambaimas y Colombaimas de la familia lingüística Panche y la
tribu Chocarí de la familia Pijao.
El 29 de noviembre de 1596 se realiza la Segunda Fundación por don Juan
García de Herrera, quien fue el primer alcalde, Diego Antonez de Valenzuela,
caballero de la orden de Santiago, Martín Yañez Tafur (encomendero) y el
capitán Francisco de Prado. El caserío tiende a desaparecer por el mal uso
de la encomienda y el resguardo por parte del encomendero.
La Tercera Fundación ocurre en el año de 1710 a cargo de Manuel Antonio
Maldonado Martinez, quien se asoció con Manuel de los Santos Torrijos,
Anastasio Zuñiga, Angel María Cifuentes, Victoriano Avellaneda, Manuel J.
Recaman, Juan Antonio Reyes y Pablo Argüelles. Quedando terminada el 4
de diciembre de 1713 en la que Fray Diego Maldonado ofreció la primera
misa.
El 21 de febrero de 1863 fue erigido como municipio mediante ley y se
inauguró como tal el 1 de enero de 1864 y desde entonces ha venido
surgiendo lentamente.
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DEMOGRAFÍA
Venadillo contaba con 19.282 habitantes de los cuales 13.948 está
concentrada en el casco urbano en un área aproximado de 1 km2, mientras
que 5.334 habitantes es de la población total está habitando la zona rural,
en una extensión de 305 km2, entre los cuatro poblados de Junín, Malabar,
Vile, Palmarosa y población dispersa.
Lo anterior nos indica que existe un alto grado de concentración de la
población en el casco urbano, generado en parte en la concentración de la
tierra en pocas manos, pues de 782 predios rurales, 736 son fincas de
menos de 200 hectáreas, mientras que en solo 20 fincas se concentra la
mayor cantidad de tierras de nuestro municipio, de igual manera observamos
que las fincas y haciendas que pasan de 200 hectáreas están localizadas en
la parte plana, siendo de malas tierras mal utilizadas en cultivos tecnificados
como el arroz, algodón, sorgo, soya y en otros casos para la ganadería.
Al analizar la distribución desigual de la población y su relación con la
tenencia de la tierra donde resaltamos que las grandes haciendas de la parte
plana, los trabajadores no viven en la mayoría de los casos en ellas, pues es
común ver transportar a los obreros del agro en los carros de las haciendas
en las horas de la mañana y regresar al pueblo en las horas de la tarde
después de cumplir con su jornada laboral. Caso contrario ocurre en el sector
rural ubicado en la cordillera, pues allí, las dificultades del transporte y la
presencia del minifundio hacen que la mayoría de los campesinos
permanezcan en sus parcelas, notándose en esta parte del sector rural un
mayor número de habitantes.
Por lo anterior muchas familias que han logrado consolidar una estabilidad
económica han decidido emigran en busca de un mejor futuro para sus hijos.
POTENCIALMENTE
El Municipio de Venadillo por su ubicación cercana a la capital del
departamento del Tolima, y estar su casco Urbano sobre la Troncal del
Caribe, es paso obligado para muchos colombianos que se trasladan hacia el
centro, occidente y norte del país. Por su ubicación estrategia, sus recursos
hídricos, su clima y sus gentes. Las posibilidades de Venadillo son muchas,
particularmente para el desarrollo turístico, agrícola e industrial.
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APORTES ECONOMICOS DEL MUNICIPIO DE VENADILLO A LA REGION
Y AL PAIS
Venadillo, es un municipio esencialmente agrícola por la vocación de sus
suelos, y aporta en esta medida al departamento y al país básicamente por
su producción de arroz; pues a nivel departamental ocupa el primer puesto.
Por esta razón se dan a conocer los molinos como Totare, Palmar, Venadillo,
Boluga y Colombia, lo cual ha generado empleo en la industria arrocera.
En la producción de café ocupa a nivel Departamental el cuarto puesto.
Además se produce algodón, sorgo caña panelera etc.
Se están haciendo estudios para corroborar la existencia de petróleo en las
veredas Palmarosa y la Argelia.
Se cuenta con la ladrillera Chocarí, majestuosa obra que surte al Municipio y
al Departamento de ladrillos de excelente calidad.
Empresas de Aplicaciones Aéreas (APLA)
Piscícola los Venados o el Encanto, Chocarí y Vara Express.
POBLACIÓN
De acuerdo con la información recolectada a partir del último Censo realizado
en Colombia, Venadillo contaba en el año 2005 con un total de 18.769
habitantes, 1.861 más que lo encontrado en el Censo 1993. Entre los años
1964 y 1973 la población aumentó en 10,78% y entre 1993 y 2005 el
incremento correspondió al 11%. En promedio entre 1951 y 2005, la
variación fue del 4,72%.
POBLACIÓN SEGÚN SEXO.
A propósito de la información arrojada por los diferentes censos registrados
entre 1951 y 2005, con respecto a la distribución porcentual de la población,
según sexo, en el municipio de Venadillo el género ligeramente más
numeroso que el otro ha sido el masculino.
La participación porcentual de hombres y mujeres dentro del total de la
población ha presentado variaciones poco significativas, los primeros se han
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mantenido en el rango 50 - 51% mientras la contribución femenina ha
oscilado entre 48 y 49%. La mayor diferencia ocurrió en 1951, cuando hubo
444 hombres más que mujeres, mientras en 2005 se alcanzó un mínimo de
69.
La tabla 8 muestra la evolución de la población clasificada por sexo, según
los resultados de los censos desde 1951 hasta 2005. Población total,
hombres y mujeres, según Censos 1951, 1964, 1973, 1985, 1993, 2005.
Tabla No. 8 Población según sexo
Censos Total Hombres % Mujeres %
1951 15.340 7.892 51,45 7.448 48,55
1964 13.344 6.749 50,58 6.595 49,42
1973 15.004 7.537 50,23 7.467 49,77
1985 14.316 7.258 50,70 7.058 49,30
1993 16.908 8.507 50,31 8.401 49,69
2005 18.769 9.419 50,18 9.350 49,82
Fuente: DANE. Censos de población: 1951, 1964, 1973, 1985 1993 y 2005.
PRODUCCIÓN AGRÍCOLA.
La tabla 9 compila información relacionada con la producción agrícola en el
municipio de Venadillo, en primer lugar, aparece la evolución del área
sembrada de los cultivos semestrales, los cuales presentaron una tendencia
inestable, pero con tasas de variación relativamente bajas, aun cuando su
tasa de crecimiento en promedio anual correspondió a 3,78%, se destaca
2001 con el mayor incremento del periodo (20,94%).
La cantidad producida en toneladas a partir de esta misma categoría de
cultivos, mostró un comportamiento similar, puesto que el aumento más
significativo lo Experimento en 2001 con 21,25%, su tasa media de
crecimiento se situó en 5,39%, durante los siete años la producción a partir
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de cultivos semestrales fue de 36.362 toneladas anuales, frente a la cual, los
valores más altos figuran en 2003 (36.969), 2005 y 2006 proyectados (39.055
y 40.401, respectivamente).
El comportamiento del área sembrada de los cultivos semipermanentes fue
decreciente, a una tasa promedio de -5,98%, a excepción del año 2002
cuando creció en 10,32%, aumentando en términos absolutos en 70 Ha .
Sembradas de un año a otro, el detrimento más sobresaliente se presentó en
2001 con -22,87%. Cerró el año 2006 de acuerdo a lo proyectado, con 586
Ha. cuyo incremento fue de -5,99% frente al periodo anterior.
En lo referente a toneladas producidas, mientras los incrementos fueron muy
leves y no superaron el nivel de 1,3%, hubo descensos acelerados en los
años 2001, 2005 y 2006 de -30,9, -17,02 y -10,2%, respectivamente, que
marcaron la variación media del periodo, que se ubicó en -9,46%; el periodo
cerró con 3.710 Ton. Producidas, 3.402 menos que en 2000, lo cual implica
que en el transcurso de 7 años la producción de cultivos semipermanentes
se redujo a la mitad.
Por su parte, los cultivos permanentes registraron valores promedio
equivalentes a 1.650 Ha, cultivadas y 2.693 Ton., producidas. Este tipo de
cultivos presentó una dinámica estable, con variaciones poco significativas
entre un año y otro, lo cual se ve reflejado en sus tasas de crecimiento
anuales correspondientes a 0,21 y 1,21%, respectivamente.
Tabla Nº 9 Producción agrícola. 2000 – 2006.
Cultivos 2000 2001 2002 2003 2004 2005(p) 2006(p)
Semestrales Área
(Ha)
4.785 5.787 5.556 5.590 5.434 5.761 5.871
Prod.
(Ton)
29.952 36.317 35.482 36.969 36.358 39.055 40.401
Anuales Área
(Ha)
- - - - - -
Prod.
(Ton)
- - - - - -
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TURISMO.
El municipio de Venadillo presenta a los colombianos importantes sitios de
atracción turística, ubicados en la zona rural, entre los cuales sobresalen, La
Cascada, La Planta, La Palma y Charco Azul, entre otros.
Tabla Nº 10 Atrativos turísticos (Parques, gastronomia, reservas).
Atractivo Ubicación
Urbana Rural
La Cascada X
La Planta X
Rio Palmar X
Rio Recio X
La Cubana X
Vile X
Charco azul X
Parque los venados X
El municipio cuenta con tres (2) hoteles,(2)residencias y(1) estadero
ubicados en la zona urbana, y un estadero o piscícola en la zona rural, todos
con capacidad para alojar un aproximadamente 94 personas.
Tabla Nº 11 Infraestructura hotelera (Hoteles, estaderos, restaurantes).
Nombre Capacidad Ubicación
No.
Habitaciones
No. De
camas
Urbana Rural
Hotel Las Colinas 12 21 X
Estadero Chocari 4 8 X
Restaurante Doña Uva 10 15 X
Residencias el rosal 8 10 X
Piscícola El Encanto 6 24 X X
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Nombre Capacidad Ubicación
No.
Habitaciones
No. De
camas
Urbana Rural
Hotel Venadillo 13 16 X
Fuente: Secretaria de Planeación Municipal de Venadillo
Identificación de formulas para la vinculación de la población víctima a
las actividades productivas.
Líneas de producción.
Formación del trabajo cooperativo mediante las organizaciones de victimas,
creando apego a su campo de origen de esta manera teniendo sentido de
pertenencia por sus propiedades.
1. Que el estado invierta en las diferentes necesidades para mejorar las
posibilidades de vida.
2. Que se brinde la seguridad en todos los campos
3. Para hacer funcionar el centro de acopo hay que tener sentido de
pertenencia, la coca creo egoísmo individualistas en la comunidad.
4. Hay muchas organizaciones pero no están cumpliendo el papel de
trabajar unidos
En el Municipio es el sector agropecuario, ya que esta actividad económica
se identifica como la más representativa de las comunidades agrícolas;
“agricultores, jornaleros” son la población más indefensas ante los eventos
de desplazamiento. Sin embargo líderes, comerciantes, educadores,
constructores y en general toda la población que se ve afectada por la
presencia de grupos irregulares y la dinámica de los cultivos ilícitos.
La mayoría de las personas desplazadas se dedican a la agricultura a
continuación hay una breve descripción de las actividades que se llevan a
cabo en los corregimientos donde se encuentra asentada la población
desplazada.
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Corregimiento de Junín: Café, Yuca, Plátano, Caña, Maíz.
Corregimiento de Malabar: Café, Yuca, Plátano, Caña, Maíz, Cacao en
bajo porcentaje
Corregimiento especial Palmarosa: Arroz, Maíz,
Medios de Transporte.
En cuanto al transporte de pasajeros, el servicio se presta a través de
camperos, camionetas Toyota las que adecuan techado el plantón con
carpas y sobre se ubican dos bancas, también hay una que otra buseta y
carros escaleras o chivas como tradicionalmente se las conocen el servicio
no tiene condiciones óptimas que faciliten el acceso a la población, siendo
entonces un factor importante para mejorar las condiciones de conectividad
con el departamento y la nación.. En algunas Zonas la poblacion de se
desplaza en un medio de transporte que les garantizan comodidad (Rápido
Tolima)
RIEGOS NATURALES Y AMBIENTALES
INUNDACIONES Y AVALANCHAS.
Las inundaciones son sucesos que están relacionados con el déficit de
capacidad de retención de agua de las cuencas hidrográficas a causa de los
intensos procesos de deforestación. Estas se presentan como un incremento
en el nivel normal de las aguas, las cuales exceden los límites naturales del
cauce de las quebradas o ríos, abnegando zonas de pastoreo, cultivos u
otros usos.
Este fenómeno se presenta en las zonas bajas y planas, donde los
principales ríos al cambiar de pendiente amplían su curso, depositando gran
cantidad de material transportado de las partes altas. El daño provocado en
las cabeceras de las cuencas con la tala y quema de la vegetación en
general, hace que se produzcan procesos erosivos, con el consecuente
arrastre de sedimentos que son finalmente llevados por las corrientes,
generando desbordamientos en las áreas planas.
El óptimo pluviométrico de las partes altas de las cuencas de los ríos y
quebradas, interviene directamente en el desencadenamiento de las
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eventuales inundaciones, cuando la sobreacumulación de agua en las
corrientes desborda la capacidad hidráulica de los canales y cauces
naturales, no pudiendo ser evacuada, produciendo descargas de agua en las
llanuras y terrazas inundables adyacentes.
Durante las inundaciones repentinas, las cuales ocurren en períodos de
tiempo muy cortos, las aguas desarrollan grandes velocidades y grandes
caudales; suceden durante las lluvias extensas sobre las cuencas o
estribaciones montañosas de alta pendiente, donde los cauces de primero y
segundo orden presenta generalmente carácter torrencial, arrastrando
vegetación y otros materiales.
Los elementos de mayor riesgo a las inundaciones son la vida y la salud
humana, las construcciones y las áreas cultivadas en vegas de ríos.
La amenaza hídrica se asocia tanto al casco urbano del Municipio de
Venadillo, como a los asentamientos rurales ubicados en las zonas de
inundación de los ríos y quebradas. Ofrecen especial vulnerabilidad los
barrios y poblados localizados directamente frente a los sitios donde los ríos
y quebradas emergen de la zona montañosa y donde se dan las confluencias
de los sistemas hídricos.
Acorde con el registro geológico, se estableció que el área con mayor
amenaza por inundación en el casco urbano de Venadillo, se encuentra por
debajo de la cota 327 msnm, afectada principalmente por los afluentes del río
Venadillo (quebradas Galapo y Los Monos), que al aportar sus aguas al río
en mención durante las precipitaciones fuertes, encuentran una elevación del
nivel base (nivel de aguas del río Venadillo), generando un "represamiento"
de aguas en la confluencia de las corrientes, desencadenando la inundación
de las zonas bajas adyacentes. El registro geológico y los datos de los
pobladores indican un incremento del nivel de las aguas cercano a cuatro (4)
metros. Este fenómeno paralelamente con las crecientes del río Venadillo
tipifica una hidromorfodinámica con socavamiento de las orillas y un régimen
de inundación de las zonas bajas, función a su vez del comportamiento de
las variables climatológicas.
No se puede desconocer la relación existente en las crecientes y avalanchas
de los ríos Venadillo y El Palmar, con la existencia en la parte alta de las
cuencas de zonas de inestabilidad potencial que con la generación de
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fenómenos de remoción en masa podrían potencialmente ocasionar
represamientos de apreciables volúmenes de agua, los cuales
eventualmente podrían desencadenar en avalanchas o crecientes que
afectarían igualmente las zonas bajas inundables adyacentes al río Venadillo.
Este fenómeno no se descarta para los ríos Totare y Recio.
De acuerdo con la evaluación de los datos de caudales para la subcuenca
del río Venadillo, se estima que para las corrientes hídricas los máximos
caudales son: Los Monos 35 LPS, El Palmar 127,5 LPS y La Galapo 52 LPS.
En términos de seguridad para los asentamientos humanos, dado por el tipo
de fenomenología estudiado, se puede afirmar que los barrios con mayor
amenaza desde el punto de vista hidrológico son:
Barrió Turumaná, Sector Chircal, Barrió Santofimio, Barrió Pueblo Nuevo,
Lorenzo Urueña, Barrió Caracolí.
Estos Barrios cuentan con asentamientos por debajo de la cota de
inundación.
La Dirección Regional Ibagué de INGEOMINAS realizó en el año de 1989
una evaluación geológica preliminar del barrio El Chircal, con el fin de
conceptuar sobre las amenazas geológicas e hidrológicas en este sector,
localizado en las inmediaciones a la desembocadura de la quebrada Galapo
con el río Venadillo (Norte del casco urbano).
En el concepto técnico de la visita se indicó que esta zona presenta amenaza
por inundaciones y flujos de escombros. Las primeras pueden originarse por
represamientos de la quebrada, debido a un aumento en el caudal del río
Venadillo; mientras que los flujos de escombros pueden provenir de la parte
alta de la microcuenca de la quebrada Galapo, los cuales podrían estar
asociados con fenómenos de remoción en masa, debido a la presencia de
zonas potencialmente inestables hacia dicho sector.
De otra parte, las zonas ribereñas del río Magdalena localizadas en el
costado Oriental del Municipio, están expuestas a inundaciones por las
crecientes de este río, ocasionadas principalmente por fenómenos
hidrológicos o desborde de aguas represadas.
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La Dirección Regional Ibagué de INGEOMINAS (1989) también realizó una
evaluación de amenazas hidrológicas en la vereda Vile; en esta ocasión se
indicó en el concepto técnico que los habitantes de la vereda realizan
actividades agrícolas en las islas del río, sin considerar el riesgo que implican
las inundaciones, debidas a períodos de invierno y a la apertura de las
compuertas de las Centrales Hidroeléctricas de Prado (Tolima) y Betania
(Huila). Teniendo en cuenta que se trata de fenómenos completamente
incontrolables, se requiere tomar medidas preventivas, como por ejemplo la
concientización de la población con el fin de evitar la ocupación de las áreas
que presentan alto riesgo de inundación.
Según los registros de caudales mensuales y anuales, las crecientes
máximas normales del río Magdalena tienen recurrencia de
aproximadamente cinco (5) años y se presentan en los meses de Abril –
Mayo y Noviembre – Diciembre (Vergara, 1988).
En el año 2008 y 2009 se presentó la creciente del rio Venadillo y el
represamiento de la quebrada Calapo en cual dejo 224 familias afectadas, de
las cuales 167 de ellas serán reubicadas en el programa de vivienda del Lote
Pavimentos Colombia y las demás se incluirán en proyectos de viviendas de
interés social paralelos al de pavimentos
En los Sectores de los Barrios antes mencionados, 247 viviendas se
encuentran en el EOT, en Zona delimitada de alto riesgo por lo que se
requiere de su pronta reubicación, por encontrarse algunas de estas
construidas sobre rellenos y lechos que fueron cauce de la quebrada Calapo
y la Estancia.
Por lo anterior, no se puede permitir la construcción de Viviendas en zonas
de alto riesgo y darse estricto cumplimiento a las normas de ley impuestas
por el gobierno Nacional. Para evitar el crecimiento de nuevos
asentamientos Humanos y realizar una política seria de vivienda
DESLIZAMIENTOS (REMOCIÓN EN MASA).
Estos fenómenos no son más que desprendimientos, caídas de rocas, flujos
o avenidas torrenciales, flujos de lodo y escombros, hundimientos,
derrumbes y que la comunidad, con alguna frecuencia, denomina
erróneamente como “volcanes”.
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Aunque estos eventos se han presentado en el Municipio tradicionalmente,
no habían tenido tanta relevancia como los ha tenido últimamente, ya que
han provocado afectaciones muy graves en viviendas e infraestructura y han
contribuido a la presencia de avalanchas. En la zona rural los deslizamientos,
desprendimientos de rocas y suelos, las avenidas y flujos torrenciales son
procesos muy recurrentes, especialmente en temporada de lluvias.
Las pendientes topográficas entre moderadas y altas, el tipo de suelos son
los factores naturales o intrínsecos que contribuyen a que los procesos de
remoción en masa se presenten. De otra parte, la actividad humana,
entendida como prácticas agropecuarias inadecuadas, apertura de vías son
consideraciones técnicas y ausencia de medidas de protección como
revegetalización de taludes, construcción de cunetas y alcantarillas, malas
entregas de aguas lluvias y servidas, son factores que contribuyen a
generalizar los procesos de desestabilización.
Sectores de Mirolindo K23+600, Vía Venadillo – Santa Isabel. Problemas de
Remoción en Masa Asociado con Desestabilización por Apertura de Vía y
Malos Manejos de Aguas en Zonas Potencialmente Inestables.
Los días 14 y 15 de Noviembre de 2008 se presentaron Deslizamientos de
tierra (Remoción en Masa) Zona Rural, dejando afectadas más de 200
familias campesinas, que fueron reubicadas temporalmente en el
corregimiento de Junín, Malabar y casco urbano del Municipio de Venadillo.
El municipio fue receptor de población afectada de los Municipio de
Anzoátegui y Santa Isabel.
El 20 de Mayo de 2012, fueron afectadas 160 familias de acuerdo censo
realizado por el CMGRD del Municipio, con pérdidas de más de doscientas
(200) hectáreas de cultivos de plátano, café, yuca, maíz, cacao etc.
AMENAZA ANTRÓPICA.
En zonas de bosques secundarios, pastos y rastrojos, debido a la realización
de quemas con el fin de adecuar el terreno para las labores agropecuarias.
En el Municipio de Venadillo Tolima, existen 5 barrios del sector urbano (los
pinos, Santofimio, Protecho, La Esperanza y Pueblo Nuevo) y tres Veredas
de la Zona Rural (Mesa de Rio Recio, la Sierrita y la cubana) que están
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expuestas a amenazas Antrópicas por el Cruce de Poliducto y Gasoducto. La
población vulnerable de estos barrios y veredas son aproximadamente 1.000
personas.
INCENDIOS FORESTALES.
Un incendio forestal es cualquier fuego no justificado, que afecta
combustible, vegetales y se propaga rápidamente en un bosque. Estos
pueden ser de tres tipos:
De Superficie: Ocurren a ras del suelo quemando hierba, pastos, matorrales,
arbustos y demás vegetación.
De copa: Se propagan por la parte superior de los árboles.
Subterráneos: Se presentan bajo la superficie, quemando raíces y materia
orgánica.
El Municipio de Venadillo cuenta con 9 veredas ubicadas en la zona plana,
con una altura sobre el nivel del mar de 364 metros en promedio y una
temperatura de 28 grados aproximadamente y vegetación de bosque seco
tropical, que sumado a los fuertes veranos se convierte en una zona muy
susceptible a la presencia de incendios forestales, más aun cuando se
presenta el fenómeno conocido como “El Niño”. Esto ha conllevado a que en
cada verano se presenten muchos incendios en los bosques, potreros y
pastos causando problemas de sequía y afectación de los suelos y pérdida
de vegetación.
Es importante manifestar que en el Municipio se presentan quemas
provocadas con el fin de establecer cultivos y áreas de pastos para la
actividad ganadera; esto implica riesgo al no tener control total sobre el fuego
y se quemen grandes extensiones de rastrojos que posteriormente afectan
bosques.
Para la atención de este tipo de emergencia se requiere del fortalecimiento
de equipos modernos al Cuerpo de Bomberos Voluntarios o quien asuma el
mando de la emergencia en el momento cuando se presente.
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AMENAZA VOLCÁNICA.
Cada volcán presenta sus propios riesgos específicos, y cada riesgo puede
tener un significado diferente. Hay distintas maneras en que los gobiernos
pueden Minimizar estos riesgos o prepararse para enfrentarlos.
Aunque la mayoría piensa que es el flujo espectacular de lava lo que causa
la mayor devastación, en realidad los frentes de lava avanzan muy
lentamente, rara vez más de pocos metros por hora y generalmente no
constituyen un peligro significativo durante la actividad volcánica y, por lo
tanto, no son una prioridad esencial para la planificación sanitaria.
Un volcán activo puede despedir rocas y bloques enormes de magma, en
algunas ocasiones a una distancia de decenas de kilómetros del cráter. La
idea de ser golpeado por uno de estos proyectiles ardientes es aterradora,
pero en realidad la posibilidad de que esto ocurra es baja. Las rocas y
detritos tampoco constituyen una prioridad sanitaria durante una crisis
volcánica.
Durante una erupción volcánica, existe la posibilidad de ser cubierto por una
capa espesa de cenizas volcánicas. Un mito fomentado por la prensa es que
la lluvia de cenizas constituye un riesgo agudo importante para la salud de
las personas sanas. En realidad, las cenizas volcánicas plantean un riesgo
muy bajo. Pueden tener un efecto en aquellas personas que presentan
afecciones de las vías respiratorias, pero en la actualidad no hay pruebas
que indiquen mortalidad excesiva como resultado de problemas
cardiopulmonares causados por la inhalación de cenizas.
El agua proveniente de manantiales o ríos situados sobre un volcán puede
contaminarse como resultado de la actividad en el interior del volcán. Las
lluvias densas de cenizas también contaminan fuentes superficiales de agua
potable como ríos y reservorios. El flúor es un elemento tóxico que algunos
volcanes pueden emitir en grandes cantidades y la ceniza puede matar
animales que pacen en las inmediaciones, así como contaminar el agua
potable.
Es preciso efectuar análisis químicos de las cenizas y el agua a fin de excluir
esta posibilidad. La acumulación abundante de cenizas también puede
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obstruir drenajes y alcantarillas y dañar la maquinaria en las plantas de
tratamiento de agua.
En el municipio de Venadillo se encuentran en riesgo cinco (5) veredas de la
zona rural (la Honda, Planada, Sierrita, Mesa de rio Recio y Cofradía
Gallego) por posible amenaza de erupción volcánica del volcán Nevado del
Ruiz, por el rio Recio, de acuerdo al censo realizado por el CMGRD, solo 5
viviendas están en riesgo por amenaza volcánica en la cual viven 11
personas.
El Municipio se encuentra también en Área de amenaza volcánica por posible
actividad del volcán Nevado de Santa Isabel, que en el momento de una
erupción afectaría cultivos y viviendas en la margen cercanas al rio Totare,
las Veredas Agrado Buena Vista, Potrerito, la Cubana, la Argelia y Vile y por
el volcán Nevado del Tolima por la cuenca del río Recio serian afectadas las
Veredas Agrado Buena Vista, Potrerito, la Cubana, la Argelia, Vile, la Honda,
Planada, Sierrita, Mesa de rio Recio y Cofradía Gallego
SISMOS.
En el Municipio de Venadillo en el año 2012, se han presentado constantes
réplicas de sismicidad con epicentros en la zona rural y Urbana de acuerdo a
datos suministrados por el Observatorio Sismológico Colombiano, que
afectarían en gran proporción Viviendas de la Zona Urbana y Rural, por no
cumplir con las normas sismo resistentes y el 25% son viviendas construidas
en zonas de Alto Riesgo (rellenos, terrenos con fallas sediméntales)
Un sismo es un temblor del suelo causado por un movimiento brusco que se
produce en el interior de la Tierra. Es un fenómeno muy violento que dura
unos segundos o unos pocos minutos. En ese tiempo, el temblor puede
derribar edificios, tendidos eléctricos o destrozar carreteras y puentes.
Algunos terremotos solo producen un ligero temblor del suelo. Se notan
porque se mueven las lámparas colgadas del techo o las copas de cristal
colocadas sobre una mesa. ¡Pero hay terremotos capaces de tirar montañas.
En el momento de un sismo de gran magnitud en el Municipio el 60%, de las
viviendas colapsarían por no encontrarse construidas de acuerdo a las
normas sismo resistentes.
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Las Instituciones en donde mayormente existe una prevalencia de ser
afectados por esta actividad, y que no fueron construidas en cumplimiento a
la ley sismo resistente son las Instituciones Educativas: Luis Carlos Galán y
anexas, Camila Molano y Anexas, Francisco Hurtado y Anexas, Hospital
Santa Bárbara de Venadillo y puestos de salud de la zona rural, Alcaldia
Municipal, Iglesia Santa Bárbara y Viviendas del área Urbana y rural.
La administración Municipal debe exigir a través de la Secretaria de
Planeacion, que todas las Viviendas se deben construir en cumplimiento de
la ley Sismorresistente.
AMENAZA POR EXPLOTACIÓN MINERA.
La explotación minera a cielo abierto es otro de los factores de riesgos más
vulnerables en el Municipio, aunque Muchas Administraciones Locales y
Departamentales creen que es una de las fuentes Generadoras de empleo.
Esta también trae consigo Problemas sociales (prostitución, embarazo en
Adolescentes, delincuencia Común y grupos al margen de la ley) los últimos
por el poder económico.
La explotación minera también nos genera la destrucción de fuentes hídricas
y la desaparición de especies sedentarias de las zonas como de la misma
especie Vegetal y de grandes reservas Naturales generadoras de fuente de
vida (animal y Humana).
Esto nos generara también desplazamiento forzado, daño ambiental que nos
demorarían cientos de años en su recuperación y con un Municipio
convertido en Miseria y sin desarrollo, incluyendo la desbastadora corrupción
Administrativa de mandatarios locales y Regionales.
La explotación Ilegal Tiene Consecuencias por la generación de daños a la
Población en Áreas de Influencia por la Aplicación de “Cianuro, Mercurio y
Otros Químicos” que generan Malformaciones degenerativas a la Comunidad
de Influencias además por ocasionar daños al ecosistema, por ser el Rio
Venadillo Centro Turístico y Abastecedor de Agua para el Consumo Humano
y de Animal.
La minería es una actividad peligrosa para la cual los niños, adolescentes y
Adultos no están preparados ni física ni mentalmente. La realidad sin
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embargo, es que miles de niños, adolescentes y Adultos trabajan en la
minería Ilegal.
Proteger a estas Personas y apartarlos de esta actividad es no sólo una tarea
humanitaria, sino también un objetivo indesligable de la necesaria promoción
de la formalización y el desarrollo sostenible de las comunidades mineras
artesanales legales e Ilegales.
Esta Clase de Actividad es sumamente Peligrosa para la Población
Trabajadora porque el vapor de mercurio o polvo de plomo; a estas
sustancias se les considera Neurotóxicas porque causan daños
principalmente al sistema nervioso.
El mercurio se encuentra en la naturaleza en forma de sulfuro, uno de sus
usos es el tratamiento de los minerales de oro y plata. Es un metal altamente
tóxico para las Personas, ya que produce daños irreversibles en el sistema
nervioso central y puede producir la muerte.
El Ministerio de Minas y Energía, mediante Resolución Nº 180241 de Febrero
24 de 2012, entrego en Titulación y Concesión 691 hectáreas, para la
explotación minera a cielo abierto en el Municipio de Venadillo en sectores
considerados de Alto Riesgo y que han sido afectados por diferentes eventos
en el casco Rural del Municipio (deslizamientos en masa de los años 1998,
2005, 2009, 2010 y 2012) siendo entregadas a las multinacionales, Cerro
matoso, Drumont LTDA, AngloGold Ashanti, Cemex, Mineros S.A, Cerrejón
Zona Norte y otras.
Con relación a lo anterior quiero realizar el siguiente comentario:
El “boom” minero que venía desarrollándose en Colombia se hizo público con
el anuncio del presidente Juan Manuel Santos de hacer de la minería una de
las locomotoras del desarrollo que llevaría a la “prosperidad de todos, más
empleo, menos pobreza y más seguridad” (Plan Nacional de Desarrollo,
2011-2014).
El Gobierno insistió en la necesidad de consolidar la minería a cielo abierto y
a gran escala para el desarrollo del país, lo que ya se adelantaba en el “Plan
Nacional de Desarrollo Minero y Política ambiental Visión Colombia 2019” del
gobierno del presidente Álvaro Uribe.