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INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR
“MARIANO SAMANIEGO”
COMPORTAMIENTO PROFESIONAL
Y ORGANIZACIONAL
CÓDIGO DE ÉTICA DEL
ANALISTA DE SISTEMAS
CARIAMANGA – LOJA – ECUADOR
CÓDIGO DE ÉTICA DEL ANALISTA DE SISTEMAS
Normas generales:
1. Los profesionales tienen la ineludible obligación de regir su conducta de acuerdo a
un código de ética previamente establecido; este código deberá considerarse
como mínimo, pues se reconoce la existencia de otras normas de carácter moral y
legal, cuyo espíritu amplia los preceptos del código ético.
2. El código rige la conducta del profesional en sus relaciones con el publico en
general, con quien patrocine sus servicios (clientes) y sus compañeros de
profesión y le será aplicable cual quiera sea la forma que revista su actividad,
especialidad que cultiva o la naturaleza de la retribución que perciba por sus
servicios.
3. Los profesionales que además ejerzan otra profesión distinta a una tradicional
deberán acatar estas reglas de conducta independientemente de las que señale la
otra profesión para sus miembros.
4. En los casos en que exista duda acerca de la interpretación del código de
Ética deberán someterse a una junta de honor de la asociación, cuerpo colegiado u
otra a la cual este afiliado y pertenezca como socio.
Normas generales:
1. Los profesionales tienen la ineludible obligación de regir su conducta de
acuerdo a
un código de ética previamente establecido; este código deberá considerarse
como mínimo, pues se reconoce la existencia de otras normas de carácter moral y
legal, cuyo espíritu amplia los preceptos del código ético.
2. El código rige la conducta del profesional en sus relaciones con el publico en
general, con quien patrocine sus servicios (clientes) y sus compañeros de
profesión y le será aplicable cual quiera sea la forma que revista su actividad,
especialidad que cultiva o la naturaleza de la retribución que perciba por sus
servicios.
3. Los profesionales que además ejerzan otra profesión distinta a una tradicional
deberán acatar estas reglas de conducta independientemente de las que señale la
otra profesión para sus miembros.
4. En los casos en que exista duda acerca de la interpretación del código de
Ética deberán someterse a una junta de honor de la asociación, cuerpo colegiado
u
otra a la cual este afiliado y pertenezca como socio.
COMPORTAMIENTO PROFESIONAL ORGANIZADO.
9. El profesional, al momento de firmar informes o criterios de cualquier
tipo, será el
único responsable y cualquier situación favorable o desfavorable recaerá
en forma
individual.
10. El profesional podrá consultar o cambiar impresiones con otros
colegas en
cuestiones de criterio o doctrina, pero nunca deberá proporcionar datos
que
identifiquen a las personas o negocios de que se trate, a menos que sea
con el
acontecimiento de los interesados (criterio = sabe. Doctrina = cree).
11. El profesional no deberá utilizar sus conocimientos en trabajos que no
cumplan
con su aspecto moral, y más aun que tenga prohibiciones expresas de la
ley.
12. El profesional deberá analizar cuidadosamente las verdaderas
profesional, en cuanto al monto de su retribucióneconómicadeberá equilibrarle
de acuerdo a la importancia de las labores que ha de desarrollar, el tiempo que a
esa labor destine y el grado de especialización requerida.
14. El profesional se abstendrá de hacer comentarios de otro profesional, cuando
dichos comentarios perjudiquen su reputación o el prestigio de la profesión en
general, a menos que le solicite a alguien que tenga interés legitimo en estas
referencias.
15. El profesional deberá dar a sus colaboradores el trato que les corresponde
como
profesionales y vigilará su adecuado entrenamientocomo superación y justa
retribucióneconómica.
16. El profesional no deberá ofrecer trabajo directa o indirectamente a empleados
o
socios de otros profesionales, si no es con previo conocimiento de estas, pero
podrá contratar libremente aquellas personas que por iniciativa propia o mediante
anuncio le soliciten empleo.
17. El profesional deberá cimentar su reputación, en la honradez, laboriosidad y
capacidad profesional, observando las reglas de ética más elevadas en sus actas.
EL PROFESIONAL INDEPENDIENTE
1. El profesional expresará opinión en los asuntos que le hayan
encomendado, teniendo
en cuenta los lineamientos expresados en el código de ética y una vez
que se haya
dado cumplimiento a las normas profesionales emitidos por el cuerpo
colegiado, los
mismos que sean aplicables para la realización del trabajo.
Cuando el profesional permita que aparezca su nombre en un
documento deberá
considerar:
1.1 Indicar que debe leerse en relación a otra información que si
cumple con los
términos de esta regla.
1.2 Señalar claramente que no se ha dado cumplimiento a esta regla y
la forma
que ello limita su opinión profesional por alcance de la norma técnica.
2 Ningún profesional que actué de forma independiente permitirá que se utilice su
nombre en relación a proyectos, informaciones o estimaciones de cualquier
índole,
cuya realización dependa de hechos futuros y de tal forma que induzca a creer que
el
profesional asuma la responsabilidad de que se realicen dichas estimaciones o
proyectos.
3 El profesional podrá asociar con otros colegas o inducir con miembros de otras
profesiones con la finalidad de prestar un mejor servicio a quien lo solicite. Esta
asociación solo podrá formarse si el profesional ostenta su responsabilidad
personal e
ilimitada. Cuando la naturaleza del trabajo del profesional deba recurrir a la
asistencia
de un especialista y la participación de este en el trabajo sea fundamental para
alcanzar los resultados previstos, el profesional asumirá la responsabilidad
respecto a
la capacidad y competencia del especialista; y deberá informar claramente a su
cliente las actividades de esta situación.
4 El profesional no deberá aceptar responsabilidades en las que se requiera su
independencia de hecho y apariencia si está se encuentra limitada.
PRINCIPIOS:
Principio 1. Sociedad.
Los analistas de sistemas actuarán de forma congruente con el interés social.
Particularmente, los analistas de sistemas deberán, cuando sea apropiado:
1. Moderar los intereses del analista de sistemas, el empresario, el cliente y los
usuarios con el bienestar social.
2. Aprobar software sólo si se tiene una creencia bien fundamentada de que es seguro,
cumple las especificaciones, pasa las pruebas apropiadas y no reduce la calidad de
vida, la privacidad o daña el medio ambiente. El efecto último del trabajo deberá ser
el bien social.
3. Exponer a las personas o autoridades apropiadas cualquier daño real o potencial al
usuario, a la sociedad o el medio ambiente, que razonablemente se cree que está
asociado con el software o documentos relacionados.
4. Cooperar en los esfuerzos para solucionar asuntos importantes de interés social
causados por el software, su instalación, mantenimiento, soporte o
documentación.
5. Ser justo y veraz en todas las afirmaciones, particularmente las públicas, relativas al
software o documentos asociados, métodos y herramientas.
6. Considerar incapacidad física, distribución de recursos, desventajas económicas y
otros factores que pueden reducir el acceso a los beneficios del software.
7. Estar motivado a ofrecer voluntariamente asistencia técnica a buenas causas y
contribuir a la educación pública relacionada con esta profesión.
Los analistas de sistemas actuarán de manera que se concilien lo mejores intereses de
sus clientes y empresarios, congruentemente con el interés social.
Particularmente, los analistas de sistemas deberán, cuando sea apropiado:
1. Prestar sus servicios siendo honestos y francos acerca de sus limitaciones en su
experiencia y educación.
2. No usar conscientemente software que se obtiene o retiene ya sea ilegalmente o sin
ética.
3. Usar la propiedad de un cliente o empresario sólo en forma propiamente autorizada
y con el conocimiento y consentimiento del cliente o empresario.
4. Cuando se requiera, asegurar que cualquier documento en el que se confía ha sido
aprobado por alguien autorizado para aprobarlo.
5. Mantener secreta cualquier información confidencial obtenida en su labor
profesional, donde tal confidencialidad es congruente con el interés social y
congruente con la ley.
6. Identificar, documentar, reunir evidencia y reportar oportunamente al cliente o al
empresario si, en su opinión, un proyecto tiene probabilidades de fracasar, de ser
muy costoso, de violar la ley de propiedad intelectual o ser problemático de
cualquier otro modo.
7. Identificar, documentar y reportar al cliente o empresario asuntos significativos de
interés social, de los cuales se tiene conocimiento, acerca del software o
documentos relacionados.
8. Rechazar trabajos externos que vayan en detrimento del trabajo que se realiza para
su patrón primario.
9. No promover intereses adversos a su empresario o cliente, a menos que se
comprometa un interés ético más alto; en ese caso, informar al empresario u otra
autoridad apropiada del interés ético en cuestión.
Principio 3. Producto.
Los analistas de sistemas asegurarán que sus productos y sus
modificaciones correspondientes cumplen los estándares
profesionales más altos posibles. Particularmente, los
analistas de sistemas deberán, cuando sea apropiado:
1. Procurar la alta calidad, costos aceptables y una agenda
razonable asegurando que los costos y beneficios
significativos son claros y aceptados por el empresario y el
cliente, y están disponibles para consideración del usuario y de
la sociedad.
2. Asegurar que las metas y objetivos para cualquier proyecto que
se propone o en el que se trabaja sean adecuados y
alcanzables.
3. Identificar, definir y atender asuntos éticos, económicos,
culturales, legales y ambientales relacionados a los proyectos
de trabajo.
4. Asegurar que se está calificado, con una combinación
apropiada de educación, adiestramiento, experiencia y que se
usen los métodos apropiados para cualquier proyecto en que
se trabaje o se propone trabajar.
5. Tratar de seguir los estándares profesionales más
adecuados, siempre que estén disponibles, para el
proyecto en que se trabaja. Sólo en caso de que
hubiera una justificación ética o técnica mayor, se
permitiría alterar dichos estándares.
6. Esforzarse por entender completamente las
especificaciones del software en el que se trabaja.
7. Asegurar que las especificaciones del software en el
que se trabaja están bien documentadas, satisfacen
los requerimientos del usuario y cuentan con las
aprobaciones adecuadas.
8. Asegurar estimaciones cuantitativas realistas de
costos, agenda, personal, calidad y resultados de
cualquier proyecto en el que se trabaja o se propone
trabajar, proporcionando una evaluación de la
incertidumbre de esas estimaciones.
9. Asegurar que las pruebas, depuración, revisión del software y
documentos relacionados con los que se trabaja sean
adecuados.
10. Asegurar que la documentación sea adecuada, incluyendo
problemas significativos encontrados y soluciones adoptadas,
para cualquier proyecto en el que se trabaja.
11. Trabajar para desarrollar software y documentos relacionados
que respeten la privacidad de aquellos a quienes está dirigido
este software.
12. Ser cuidadoso para usar sólo datos precisos derivados por
medios éticos y legales, y usarlos sólo de las maneras
propiamente autorizadas.
13. Mantener la integridad de los datos siendo sensible a aquellos
inexactos u obsoletos.
14. Tratar todas las formas de mantenimiento de software con el
mismo profesionalismo que los desarrollos nuevos.
Principio 4. Juicio.
Los analistas de sistemas mantendrán integridad e independencia
en su juicio profesional. Particularmente, los analistas de
sistemas deberán, cuando sea apropiado:
1. Moderar todos los juicios técnicos por la necesidad de apoyar y
mantener los valores humanos.
2. Mantener objetividad profesional con respecto a cualquier
software o documento relacionado del cual se le pidió una
evaluación.
3. No involucrarse en prácticas financieras fraudulentas tal como
corrupción, facturación doble u otras prácticas financieras
impropias.
4. Exponer a todas las partes involucradas aquellos conflictos de
interés que no puedan evitarse o evadirse razonablemente.
5. Negarse a participar como miembro o asesor en organismos
profesionales, privados o gubernamentales vinculados en
asuntos relacionados con software donde sus empresarios o
clientes pudieran tener conflictos de intereses no declarados
todavía.
Principio 5. Administración.
Los analistas de sistemas que sean gerentes o líderes
promoverán y se suscribirán a un enfoque ético en la
administración del desarrollo y mantenimiento de software.
Particularmente, los analistas de sistemas administrando o
dirigiendo deberán, cuando sea apropiado:
1. Asegurar una buena administración para cualquier proyecto en
el cual trabaje, incluyendo procedimientos efectivos para
promover la calidad y reducir riesgos.
2. Asegurar que los analistas de sistemas estén informados de los
estándares antes de sujetarse a ellos.
3. Asegurar que los analistas de sistemas conozcan las políticas y
procedimientos del empresario para proteger las contraseñas,
archivo e información que es confidencial al empresario o
confidencial a otros.
4. Asignar trabajo sólo después de tomar en cuenta
contribuciones adecuadas de educación y experiencia
moderadas con un deseo de continuar esa educación y
experiencia.
5. Asegurar estimaciones de costos, agendas, personal, calidad y
resultados cuantitativamente realistas en cualquier proyecto
que trabaje o se propone trabajar, proporcionando una
evaluación de la incertidumbre de esas estimaciones.
6. Atraer analistas de sistemas potenciales sólo bajo una
descripción completa y precisa de las condiciones del empleo.
7. No impedir injustamente que alguna persona ocupe una
posición para la cual está perfectamente calificada.
8. Asegurar que exista un acuerdo equitativo en lo referente a la
propiedad de cualquier software, proceso, investigación,
documentación u otra propiedad intelectual a la cual el analista
de sistemas ha contribuido.
9. Tomar medidas prudentes en procesos legales vinculados a la
violación de la política de un empresario o de este código.
10. No pedir a un analista de sistemas hacer algo incongruente
con este código.
11. No castigar a nadie por expresar temas éticos relativos a
cualquier proyecto.
Principio 6. Profesión.
Los analistas de sistemas que incrementaren la integridad y reputación de la profesión
congruentemente con el interés social deberán, cuando sea apropiado:
1. Ayudar a desarrollar un ambiente organizacional favorable para actuar éticamente.
2. Promover el conocimiento público del análisis de software.
3. Extender el conocimiento del análisis de software participando apropiadamente en
organizaciones, reuniones y publicaciones profesionales.
4. Apoyar, como miembros de una profesión, a otros analistas de sistemas que se
esfuercen por seguir este código.
5. No promover el interés propio a costa de la profesión, cliente o empresario.
6. Obedecer todas las leyes que gobiernan su trabajo, salvo en circunstancias
excepcionales, donde tal obediencia es incongruente con el interés social.
7. Ser preciso en la descripción de las características del software en el que trabaja,
evitando no sólo declaraciones falsas, sino también declaraciones que podrían ser
razonablemente asumidas como especulativas, vacías, fraudulentas, engañosas o
dudosas.
8. Tomar la responsabilidad de detectar, corregir y reportar errores en el
software y documentos asociados en los que se trabaja.
9. Asegurar que los clientes, empresarios y supervisores conozcan el
compromiso de los analistas de sistemas con este código de ética, y
las subsecuentes ramificaciones de tal compromiso.
10. Evitar asociaciones con negocios y organizaciones que estén en
conflicto con este código.
11. Reconocer que las violaciones de este código son incongruentes con
ser un analista de sistemas profesional.
12. Hablar seriamente con la gente involucrada cuando se detecten
violaciones significativas de este código, a menos que sea imposible,
contra productivo o peligroso.
13. Reportar las violaciones significativas de este código a las
autoridades correspondientes cuando está claro que consultar con la
gente involucrada en estas violaciones es imposible, contra
productivo o peligroso
Principio 7. Colegas.
Los analistas de sistemas apoyarán y serán justos con sus colegas.
Particularmente, los analistas de sistemas deberán, cuando sea
apropiado:
1. Motivar a sus colegas a sujetarse a este código.
2. Ayudar a sus colegas en el desarrollo profesional.
3. Reconocer completamente el trabajo de otros y abstenerse de atribuirse
méritos indebidos.
4. Revisar el trabajo de otros en forma objetiva, sincera y propiamente
documentada.
5. Escuchar equitativamente las opiniones, preocupaciones y quejas de un
colega.
6. Ayudar a sus colegas a que estén totalmente alertas a los actuales
estándares incluyendo políticas y procedimientos de protección de
contraseñas, archivos, información confidencial y las medidas de
seguridad en general.
7. No intervenir injustamente en la carrera de algún colega; sin embargo, el
interés del empresario, del cliente o el interés social puede conducir a
analistas de sistemas, de buena fe, a cuestionar la competencia de un
colega.
Principio 8. Personal.
Los analistas de sistemas participarán toda su vida en el aprendizaje
relacionado con la práctica de su profesión y promoverán un enfoque ético
en la práctica de la profesión. Particularmente, los analistas de sistemas
deberán, cuando sea apropiado:
1. Mejorar su conocimiento de los avances en el análisis, especificación,
diseño, desarrollo, mantenimiento, pruebas del software y documentos
relacionados, junto con la administración del proceso de desarrollo.
2. Mejorar su habilidad para crear software seguro, confiable, útil y de calidad
a costos razonables y en un tiempo razonable.
3. Mejorar su habilidad para producir documentación precisa, informativa y
bien redactada.
4. Mejorar su comprensión del software de los documentos con que se trabaja
y del medio donde serán usados.
5. Mejorar su conocimiento de los estándares relevantes y de las leyes que
gobiernan el software y los documentos con que se trabaja.
6. Mejorar su conocimiento de este código, su interpretación y su aplicación al
trabajo.
7. No tratar injustamente a nadie debido a prejuicios irrelevantes.
8. No influenciar a otros a emprender alguna acción que involucre una
violación de este código.
Principio 9.
Medio Ambiente.
Los Profesionales en Informática debemos preocuparnos no solo
por optimizar y estandarizar procesos o por disminuir los
costes operativos (administrativos y/o de producción),
debemos o mejor TENEMOS que asegurarnos de trabajar con
CALIDAD (según los estándares propuestos por la ISO u
Organización Internacional para la Normalización) y al mismo
tiempo PROTEGER y CUIDAR EL MEDIO AMBIENTE. Por ende,
es OBLIGACIÓN de nosotros los Profesionales en Informática,
sin importar el grande de la empresa, el tipo, el sector y el
cargo o área en la que nos desempeñamos, SUGERIR,
APOYAR, FOMENTAR, IMPLANTAR y SOCIALIZAR todos los
programas que conlleven a la normalización de los procesos
administrativos y/o productivos, de cuidado y protección
ambiental, según lo establecido por la ISO, en pro de respetar
nuestro código ético profesional y de prestar un excelente
servicio y/o producto, tanto a nuestros clientes internos, como
a los externos, cuidando el medio ambiente.
Los 10 mandamientos del analista de sistemas:
1. No usarás una computadora para dañar a otros.
2. No interferirás con el trabajo ajeno.
3. No indagarás en los archivos ajenos.
4. No utilizarás una computadora para robar.
5. No utilizarás la informática para realizar fraudes.
6. No copiarás o utilizarás software que no hayas comprado.
7. No utilizarás los recursos informáticos ajenos sin la debida
autorización.
8. No te apropiarás de los derechos intelectuales de otros.
9. Deberás evaluar las consecuencias sociales de cualquier
código que desarrolles.
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  • 1. INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR “MARIANO SAMANIEGO” COMPORTAMIENTO PROFESIONAL Y ORGANIZACIONAL CÓDIGO DE ÉTICA DEL ANALISTA DE SISTEMAS CARIAMANGA – LOJA – ECUADOR
  • 2. CÓDIGO DE ÉTICA DEL ANALISTA DE SISTEMAS Normas generales: 1. Los profesionales tienen la ineludible obligación de regir su conducta de acuerdo a un código de ética previamente establecido; este código deberá considerarse como mínimo, pues se reconoce la existencia de otras normas de carácter moral y legal, cuyo espíritu amplia los preceptos del código ético. 2. El código rige la conducta del profesional en sus relaciones con el publico en general, con quien patrocine sus servicios (clientes) y sus compañeros de profesión y le será aplicable cual quiera sea la forma que revista su actividad, especialidad que cultiva o la naturaleza de la retribución que perciba por sus servicios. 3. Los profesionales que además ejerzan otra profesión distinta a una tradicional deberán acatar estas reglas de conducta independientemente de las que señale la otra profesión para sus miembros. 4. En los casos en que exista duda acerca de la interpretación del código de Ética deberán someterse a una junta de honor de la asociación, cuerpo colegiado u otra a la cual este afiliado y pertenezca como socio.
  • 3. Normas generales: 1. Los profesionales tienen la ineludible obligación de regir su conducta de acuerdo a un código de ética previamente establecido; este código deberá considerarse como mínimo, pues se reconoce la existencia de otras normas de carácter moral y legal, cuyo espíritu amplia los preceptos del código ético. 2. El código rige la conducta del profesional en sus relaciones con el publico en general, con quien patrocine sus servicios (clientes) y sus compañeros de profesión y le será aplicable cual quiera sea la forma que revista su actividad, especialidad que cultiva o la naturaleza de la retribución que perciba por sus servicios. 3. Los profesionales que además ejerzan otra profesión distinta a una tradicional deberán acatar estas reglas de conducta independientemente de las que señale la otra profesión para sus miembros. 4. En los casos en que exista duda acerca de la interpretación del código de Ética deberán someterse a una junta de honor de la asociación, cuerpo colegiado u otra a la cual este afiliado y pertenezca como socio.
  • 4. COMPORTAMIENTO PROFESIONAL ORGANIZADO. 9. El profesional, al momento de firmar informes o criterios de cualquier tipo, será el único responsable y cualquier situación favorable o desfavorable recaerá en forma individual. 10. El profesional podrá consultar o cambiar impresiones con otros colegas en cuestiones de criterio o doctrina, pero nunca deberá proporcionar datos que identifiquen a las personas o negocios de que se trate, a menos que sea con el acontecimiento de los interesados (criterio = sabe. Doctrina = cree). 11. El profesional no deberá utilizar sus conocimientos en trabajos que no cumplan con su aspecto moral, y más aun que tenga prohibiciones expresas de la ley. 12. El profesional deberá analizar cuidadosamente las verdaderas
  • 5. profesional, en cuanto al monto de su retribucióneconómicadeberá equilibrarle de acuerdo a la importancia de las labores que ha de desarrollar, el tiempo que a esa labor destine y el grado de especialización requerida. 14. El profesional se abstendrá de hacer comentarios de otro profesional, cuando dichos comentarios perjudiquen su reputación o el prestigio de la profesión en general, a menos que le solicite a alguien que tenga interés legitimo en estas referencias. 15. El profesional deberá dar a sus colaboradores el trato que les corresponde como profesionales y vigilará su adecuado entrenamientocomo superación y justa retribucióneconómica. 16. El profesional no deberá ofrecer trabajo directa o indirectamente a empleados o socios de otros profesionales, si no es con previo conocimiento de estas, pero podrá contratar libremente aquellas personas que por iniciativa propia o mediante anuncio le soliciten empleo. 17. El profesional deberá cimentar su reputación, en la honradez, laboriosidad y capacidad profesional, observando las reglas de ética más elevadas en sus actas.
  • 6. EL PROFESIONAL INDEPENDIENTE 1. El profesional expresará opinión en los asuntos que le hayan encomendado, teniendo en cuenta los lineamientos expresados en el código de ética y una vez que se haya dado cumplimiento a las normas profesionales emitidos por el cuerpo colegiado, los mismos que sean aplicables para la realización del trabajo. Cuando el profesional permita que aparezca su nombre en un documento deberá considerar: 1.1 Indicar que debe leerse en relación a otra información que si cumple con los términos de esta regla. 1.2 Señalar claramente que no se ha dado cumplimiento a esta regla y la forma que ello limita su opinión profesional por alcance de la norma técnica.
  • 7. 2 Ningún profesional que actué de forma independiente permitirá que se utilice su nombre en relación a proyectos, informaciones o estimaciones de cualquier índole, cuya realización dependa de hechos futuros y de tal forma que induzca a creer que el profesional asuma la responsabilidad de que se realicen dichas estimaciones o proyectos. 3 El profesional podrá asociar con otros colegas o inducir con miembros de otras profesiones con la finalidad de prestar un mejor servicio a quien lo solicite. Esta asociación solo podrá formarse si el profesional ostenta su responsabilidad personal e ilimitada. Cuando la naturaleza del trabajo del profesional deba recurrir a la asistencia de un especialista y la participación de este en el trabajo sea fundamental para alcanzar los resultados previstos, el profesional asumirá la responsabilidad respecto a la capacidad y competencia del especialista; y deberá informar claramente a su cliente las actividades de esta situación. 4 El profesional no deberá aceptar responsabilidades en las que se requiera su independencia de hecho y apariencia si está se encuentra limitada.
  • 8. PRINCIPIOS: Principio 1. Sociedad. Los analistas de sistemas actuarán de forma congruente con el interés social. Particularmente, los analistas de sistemas deberán, cuando sea apropiado: 1. Moderar los intereses del analista de sistemas, el empresario, el cliente y los usuarios con el bienestar social. 2. Aprobar software sólo si se tiene una creencia bien fundamentada de que es seguro, cumple las especificaciones, pasa las pruebas apropiadas y no reduce la calidad de vida, la privacidad o daña el medio ambiente. El efecto último del trabajo deberá ser el bien social. 3. Exponer a las personas o autoridades apropiadas cualquier daño real o potencial al usuario, a la sociedad o el medio ambiente, que razonablemente se cree que está asociado con el software o documentos relacionados. 4. Cooperar en los esfuerzos para solucionar asuntos importantes de interés social causados por el software, su instalación, mantenimiento, soporte o documentación. 5. Ser justo y veraz en todas las afirmaciones, particularmente las públicas, relativas al software o documentos asociados, métodos y herramientas. 6. Considerar incapacidad física, distribución de recursos, desventajas económicas y otros factores que pueden reducir el acceso a los beneficios del software. 7. Estar motivado a ofrecer voluntariamente asistencia técnica a buenas causas y contribuir a la educación pública relacionada con esta profesión.
  • 9. Los analistas de sistemas actuarán de manera que se concilien lo mejores intereses de sus clientes y empresarios, congruentemente con el interés social. Particularmente, los analistas de sistemas deberán, cuando sea apropiado: 1. Prestar sus servicios siendo honestos y francos acerca de sus limitaciones en su experiencia y educación. 2. No usar conscientemente software que se obtiene o retiene ya sea ilegalmente o sin ética. 3. Usar la propiedad de un cliente o empresario sólo en forma propiamente autorizada y con el conocimiento y consentimiento del cliente o empresario. 4. Cuando se requiera, asegurar que cualquier documento en el que se confía ha sido aprobado por alguien autorizado para aprobarlo. 5. Mantener secreta cualquier información confidencial obtenida en su labor profesional, donde tal confidencialidad es congruente con el interés social y congruente con la ley. 6. Identificar, documentar, reunir evidencia y reportar oportunamente al cliente o al empresario si, en su opinión, un proyecto tiene probabilidades de fracasar, de ser muy costoso, de violar la ley de propiedad intelectual o ser problemático de cualquier otro modo. 7. Identificar, documentar y reportar al cliente o empresario asuntos significativos de interés social, de los cuales se tiene conocimiento, acerca del software o documentos relacionados. 8. Rechazar trabajos externos que vayan en detrimento del trabajo que se realiza para su patrón primario. 9. No promover intereses adversos a su empresario o cliente, a menos que se comprometa un interés ético más alto; en ese caso, informar al empresario u otra autoridad apropiada del interés ético en cuestión.
  • 10. Principio 3. Producto. Los analistas de sistemas asegurarán que sus productos y sus modificaciones correspondientes cumplen los estándares profesionales más altos posibles. Particularmente, los analistas de sistemas deberán, cuando sea apropiado: 1. Procurar la alta calidad, costos aceptables y una agenda razonable asegurando que los costos y beneficios significativos son claros y aceptados por el empresario y el cliente, y están disponibles para consideración del usuario y de la sociedad. 2. Asegurar que las metas y objetivos para cualquier proyecto que se propone o en el que se trabaja sean adecuados y alcanzables. 3. Identificar, definir y atender asuntos éticos, económicos, culturales, legales y ambientales relacionados a los proyectos de trabajo. 4. Asegurar que se está calificado, con una combinación apropiada de educación, adiestramiento, experiencia y que se usen los métodos apropiados para cualquier proyecto en que se trabaje o se propone trabajar.
  • 11. 5. Tratar de seguir los estándares profesionales más adecuados, siempre que estén disponibles, para el proyecto en que se trabaja. Sólo en caso de que hubiera una justificación ética o técnica mayor, se permitiría alterar dichos estándares. 6. Esforzarse por entender completamente las especificaciones del software en el que se trabaja. 7. Asegurar que las especificaciones del software en el que se trabaja están bien documentadas, satisfacen los requerimientos del usuario y cuentan con las aprobaciones adecuadas. 8. Asegurar estimaciones cuantitativas realistas de costos, agenda, personal, calidad y resultados de cualquier proyecto en el que se trabaja o se propone trabajar, proporcionando una evaluación de la incertidumbre de esas estimaciones.
  • 12. 9. Asegurar que las pruebas, depuración, revisión del software y documentos relacionados con los que se trabaja sean adecuados. 10. Asegurar que la documentación sea adecuada, incluyendo problemas significativos encontrados y soluciones adoptadas, para cualquier proyecto en el que se trabaja. 11. Trabajar para desarrollar software y documentos relacionados que respeten la privacidad de aquellos a quienes está dirigido este software. 12. Ser cuidadoso para usar sólo datos precisos derivados por medios éticos y legales, y usarlos sólo de las maneras propiamente autorizadas. 13. Mantener la integridad de los datos siendo sensible a aquellos inexactos u obsoletos. 14. Tratar todas las formas de mantenimiento de software con el mismo profesionalismo que los desarrollos nuevos.
  • 13. Principio 4. Juicio. Los analistas de sistemas mantendrán integridad e independencia en su juicio profesional. Particularmente, los analistas de sistemas deberán, cuando sea apropiado: 1. Moderar todos los juicios técnicos por la necesidad de apoyar y mantener los valores humanos. 2. Mantener objetividad profesional con respecto a cualquier software o documento relacionado del cual se le pidió una evaluación. 3. No involucrarse en prácticas financieras fraudulentas tal como corrupción, facturación doble u otras prácticas financieras impropias. 4. Exponer a todas las partes involucradas aquellos conflictos de interés que no puedan evitarse o evadirse razonablemente. 5. Negarse a participar como miembro o asesor en organismos profesionales, privados o gubernamentales vinculados en asuntos relacionados con software donde sus empresarios o clientes pudieran tener conflictos de intereses no declarados todavía.
  • 14. Principio 5. Administración. Los analistas de sistemas que sean gerentes o líderes promoverán y se suscribirán a un enfoque ético en la administración del desarrollo y mantenimiento de software. Particularmente, los analistas de sistemas administrando o dirigiendo deberán, cuando sea apropiado: 1. Asegurar una buena administración para cualquier proyecto en el cual trabaje, incluyendo procedimientos efectivos para promover la calidad y reducir riesgos. 2. Asegurar que los analistas de sistemas estén informados de los estándares antes de sujetarse a ellos. 3. Asegurar que los analistas de sistemas conozcan las políticas y procedimientos del empresario para proteger las contraseñas, archivo e información que es confidencial al empresario o confidencial a otros. 4. Asignar trabajo sólo después de tomar en cuenta contribuciones adecuadas de educación y experiencia moderadas con un deseo de continuar esa educación y experiencia.
  • 15. 5. Asegurar estimaciones de costos, agendas, personal, calidad y resultados cuantitativamente realistas en cualquier proyecto que trabaje o se propone trabajar, proporcionando una evaluación de la incertidumbre de esas estimaciones. 6. Atraer analistas de sistemas potenciales sólo bajo una descripción completa y precisa de las condiciones del empleo. 7. No impedir injustamente que alguna persona ocupe una posición para la cual está perfectamente calificada. 8. Asegurar que exista un acuerdo equitativo en lo referente a la propiedad de cualquier software, proceso, investigación, documentación u otra propiedad intelectual a la cual el analista de sistemas ha contribuido. 9. Tomar medidas prudentes en procesos legales vinculados a la violación de la política de un empresario o de este código. 10. No pedir a un analista de sistemas hacer algo incongruente con este código. 11. No castigar a nadie por expresar temas éticos relativos a cualquier proyecto.
  • 16. Principio 6. Profesión. Los analistas de sistemas que incrementaren la integridad y reputación de la profesión congruentemente con el interés social deberán, cuando sea apropiado: 1. Ayudar a desarrollar un ambiente organizacional favorable para actuar éticamente. 2. Promover el conocimiento público del análisis de software. 3. Extender el conocimiento del análisis de software participando apropiadamente en organizaciones, reuniones y publicaciones profesionales. 4. Apoyar, como miembros de una profesión, a otros analistas de sistemas que se esfuercen por seguir este código. 5. No promover el interés propio a costa de la profesión, cliente o empresario. 6. Obedecer todas las leyes que gobiernan su trabajo, salvo en circunstancias excepcionales, donde tal obediencia es incongruente con el interés social. 7. Ser preciso en la descripción de las características del software en el que trabaja, evitando no sólo declaraciones falsas, sino también declaraciones que podrían ser razonablemente asumidas como especulativas, vacías, fraudulentas, engañosas o dudosas.
  • 17. 8. Tomar la responsabilidad de detectar, corregir y reportar errores en el software y documentos asociados en los que se trabaja. 9. Asegurar que los clientes, empresarios y supervisores conozcan el compromiso de los analistas de sistemas con este código de ética, y las subsecuentes ramificaciones de tal compromiso. 10. Evitar asociaciones con negocios y organizaciones que estén en conflicto con este código. 11. Reconocer que las violaciones de este código son incongruentes con ser un analista de sistemas profesional. 12. Hablar seriamente con la gente involucrada cuando se detecten violaciones significativas de este código, a menos que sea imposible, contra productivo o peligroso. 13. Reportar las violaciones significativas de este código a las autoridades correspondientes cuando está claro que consultar con la gente involucrada en estas violaciones es imposible, contra productivo o peligroso
  • 18. Principio 7. Colegas. Los analistas de sistemas apoyarán y serán justos con sus colegas. Particularmente, los analistas de sistemas deberán, cuando sea apropiado: 1. Motivar a sus colegas a sujetarse a este código. 2. Ayudar a sus colegas en el desarrollo profesional. 3. Reconocer completamente el trabajo de otros y abstenerse de atribuirse méritos indebidos. 4. Revisar el trabajo de otros en forma objetiva, sincera y propiamente documentada. 5. Escuchar equitativamente las opiniones, preocupaciones y quejas de un colega. 6. Ayudar a sus colegas a que estén totalmente alertas a los actuales estándares incluyendo políticas y procedimientos de protección de contraseñas, archivos, información confidencial y las medidas de seguridad en general. 7. No intervenir injustamente en la carrera de algún colega; sin embargo, el interés del empresario, del cliente o el interés social puede conducir a analistas de sistemas, de buena fe, a cuestionar la competencia de un colega.
  • 19. Principio 8. Personal. Los analistas de sistemas participarán toda su vida en el aprendizaje relacionado con la práctica de su profesión y promoverán un enfoque ético en la práctica de la profesión. Particularmente, los analistas de sistemas deberán, cuando sea apropiado: 1. Mejorar su conocimiento de los avances en el análisis, especificación, diseño, desarrollo, mantenimiento, pruebas del software y documentos relacionados, junto con la administración del proceso de desarrollo. 2. Mejorar su habilidad para crear software seguro, confiable, útil y de calidad a costos razonables y en un tiempo razonable. 3. Mejorar su habilidad para producir documentación precisa, informativa y bien redactada. 4. Mejorar su comprensión del software de los documentos con que se trabaja y del medio donde serán usados. 5. Mejorar su conocimiento de los estándares relevantes y de las leyes que gobiernan el software y los documentos con que se trabaja. 6. Mejorar su conocimiento de este código, su interpretación y su aplicación al trabajo. 7. No tratar injustamente a nadie debido a prejuicios irrelevantes. 8. No influenciar a otros a emprender alguna acción que involucre una violación de este código.
  • 20. Principio 9. Medio Ambiente. Los Profesionales en Informática debemos preocuparnos no solo por optimizar y estandarizar procesos o por disminuir los costes operativos (administrativos y/o de producción), debemos o mejor TENEMOS que asegurarnos de trabajar con CALIDAD (según los estándares propuestos por la ISO u Organización Internacional para la Normalización) y al mismo tiempo PROTEGER y CUIDAR EL MEDIO AMBIENTE. Por ende, es OBLIGACIÓN de nosotros los Profesionales en Informática, sin importar el grande de la empresa, el tipo, el sector y el cargo o área en la que nos desempeñamos, SUGERIR, APOYAR, FOMENTAR, IMPLANTAR y SOCIALIZAR todos los programas que conlleven a la normalización de los procesos administrativos y/o productivos, de cuidado y protección ambiental, según lo establecido por la ISO, en pro de respetar nuestro código ético profesional y de prestar un excelente servicio y/o producto, tanto a nuestros clientes internos, como a los externos, cuidando el medio ambiente.
  • 21. Los 10 mandamientos del analista de sistemas: 1. No usarás una computadora para dañar a otros. 2. No interferirás con el trabajo ajeno. 3. No indagarás en los archivos ajenos. 4. No utilizarás una computadora para robar. 5. No utilizarás la informática para realizar fraudes. 6. No copiarás o utilizarás software que no hayas comprado. 7. No utilizarás los recursos informáticos ajenos sin la debida autorización. 8. No te apropiarás de los derechos intelectuales de otros. 9. Deberás evaluar las consecuencias sociales de cualquier código que desarrolles. 10. Siempre utilizarás las computadoras de tal manera que se respeten los derechos de los demás.