1. Codigo de etica profesional
CONSEJO PROFESIONAL DE LA PROV. DE BUENOS AIRES
Brenda Velazquez, Rodrigo Vigo Juncal, Federico Schönfeld, Rocio Paulucci
2. General: se trata de la aplicación universal del código; dicho codigo es aplicado a todo profesional matriculado
en el consejo profesional de ciencias informáticas.
1-El código debe ser conocido por todos los profesionales y no se puede alegar su desconocimiento.
2-3-Los profesionales están obligados a regir su conducta según el código.
4-Los profesionales que además ejerzan otra profesión deben actuar estas conductas independientemente de
la otra.
5-Toda denuncia planteada ante el tribunal será tratada por este.
6-El consejo de profesionales promoverá el conocimiento de las normas
estipuladas en el código.
Título I: Alcance del código
3. El trabajo que realiza un profesional debe estar regulado por las distintas normativas del
código ético del colegio al cual pertenece. Gracias a este, el profesional debe tener una
respectiva responsabilidad sobre sus trabajos o servicios que brinda.
El mismo debe actuar con la intención, el cuidado y la diligencia de un profesional y
respetuoso de las leyes que rigen su vida ciudadana y profesional. Obviamente el
profesional debe tener en cuenta las distintas leyes que implican a una vida en sociedad y
las distintas normas que regula el colegio al cual está matriculado y en el caso de un
incumplimiento se debe encargar el organismo correspondiente,ya que las sanciones son
muy distintas dependiendo de quien lo aplique.
El Profesional en Informática aceptará la obligación de ser imparcial y para brindar sus
servicios deberá tener el entrenamiento técnico y la capacidad necesaria para realizar las
actividades profesionales satisfactoriamente y de conformidad con las reglamentaciones y
estipulaciones de contratación. Además el mismo no puede utilizar sus conocimientos
para ir contra la moral o contra las leyes actuales.
En resumen, un profesional tiene que cumplir las leyes y regulaciones existentes,además
de no realizar aquellos trabajos que no tiene conocimiento alguno y debe ser fiel a las
distintas normas/leyes vigentes hasta el momento.
TÍTULO II: responsabilidad
4. Título III: Responsabilidad hacia la profesión
Se refiere a la actitud del profesional informático con relación a sus colegas y a las instituciones que lo
patrocinan como así a la sociedad en general manteniendo un código de conducta en la cual no se
cuestione ni opine sobre el trabajo de sus compañeros y tenga espíritu de grupo.
En tal sentido:
Deberá abstenerse de:
· Aceptar tareas para las cuales no esté capacitado.
· Utilizar publicidad que menoscabe su dignidad profesional.
· Deberá imponer influencias indebidas u ofrecer comisiones u otras
prebendas para obtener trabajo profesional.
Promoverá:
· Un trato justo hacia sus colaboradores vigilando y promoviendo un adecuado entrenamiento y justa
retribución.
· Cimentar su reputación en la honradez, laboriosidad y capacidad profesional.
· Sus opiniones profesionales serán científicamente justificadas de acuerdo a sus fundamentos de
formación de su incumbencia.
5. Título IV: Responsabilidad hacia los usuarios
Basada en:
· Respeto mutuo y a la normativa vigente
· Sinceridad
· Justicia
Desde lo ético:
· No hacer afirmaciones falsas o exageradas acerca de lo esperado
de las herramientas informáticas.
· Respetar siempre los intereses legítimos de los usuarios y su poder de decisión.
Desde lo técnico:
· La consideración de las necesidades del usuario.
· Facilitar y brindar toda la información conducente al entendimiento total de los procedimientos
y cambios.
· Prevenir y dar rápida atención a los problemas de su competencia.
6. Título V: responsabilidad de los matriculados hacia el proveedor de
recursos para el ejercicio profesional
● El profesional tiene la obligación de:
1-Guardar el secreto profesional y no revelar nada a menos que sea autorizado
por los interesados.
2-Rechazar las tareas que no cumplan con las normas morales.
3-Abstenerse de aprovechar situaciones que puedan perjudicar a quien haya
contratado sus servicios.
● Ningún profesional podrá obtener ventajas económicas directas de venta al
patrocinador de su trabajo, excepto de aquellos que le sean propias a su actividad .
● El monto de la retribución económica que reciba el profesional debe considerar la
importancia de las labores a desarrollar y el tiempo que se le dedique a esa labor y el
grado requerido de especialización como también de la responsabilidad.
7. Título VI: Responsabilidad del Profesional como
vendedor o Comprador de productos
informáticos.
❖ Se debe tratar de encontrar el producto que mejor le
sirva a quien lo adquiere.
❖ El vendedor debe ser claro y cumplir con los plazos y
lugares de entrega, cantidades, condiciones de calidad
y de especificaciones técnicas de los productos que
ofrece.
8. Título VII: El profesional informático en la docencia
1.Se debe instruir a los alumnos para que
sigan las normas éticas
1.El profesional debe mantenerse actualizado
en el área en el cual ejerce.
1.El profesional debe dar un trato digno a
sus alumnos e instarlos a mejorar.
9. Tipo/clase del código
Luego de analizar los distintos tipos de códigos éticos existentes,
nosotros creemos se adecua mejor al estilo de código “Principista”.
Ya que él mismo, habla de casos muy generalizados y que no se
toma en cuenta los distintos aspectos de las situaciones. De esta
forma, puede intervenir en el desempeño del profesional de forma
negativa,como en la utilización del código ético para perjudicar al
profesional.