SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 3
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
U.N.E. ¨ SIMÓN RODRÍGUEZ¨
NUCLEO-ARAURE


            ARTICULO 110
                RBV
                                                           INTEGRANTES:
                                              DAVIESKA PETIT CI: 20809137
                                               ELIECER YEPEZ CI:24319654
                                              MARLI GUARIN CI: 22098026
Artículo 110 de la Ley RBV

Artículo 110.
           El Estado reconocerá el interés público de la ciencia, la tecnología, el
conocimiento, la innovación y sus aplicaciones y los servicios de información
necesarios por ser instrumentos fundamentales para el desarrollo económico, social
y político del país, así como para la seguridad y soberanía nacional. Para el fomento y
desarrollo de esas actividades, el Estado destinará recursos suficientes y creará el
sistema nacional de ciencia y tecnología de acuerdo con la ley. El sector privado
deberá aportar recursos para las mismas. El Estado garantizará el cumplimiento de los
principios éticos y legales que deben regirlas actividades de investigación científica,
humanística y tecnológica. La ley determinará los modos y medios para dar
cumplimiento a esta garantía.
Análisis
          Los entes gubernamentales tienen el deber de apoyar a los ciudadanos
en el desarrollo científico, tecnológico y los instrumentos fundamentales para el
desarrollo de país. Así deberá apoyar los planes de seguridad que se les ofrezca
en todos los sentidos siempre y cuando sea beneficioso para el país, también
para aquel o aquella persona que tenga la capacidad de presentar proyectos
innovadores para el desarrollo económico, social, tecnológico entre otros, se les
dará por parte del estado y del sector privado los recursos suficientes para
llevar a cabo tales proyectos.

           Para aquellos que deseen desarrollar tales proyectos tienen que
realizar sus estudios o investigaciones bajo las normas o reglas que les manda
la ley, también se les dará formas o maneras para darle cumplimientos a sus
proyectos.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

La actualidad más candente (20)

Creación de la Universidad Nacional de Hurlingham bajo el régimen de la Ley d...
Creación de la Universidad Nacional de Hurlingham bajo el régimen de la Ley d...Creación de la Universidad Nacional de Hurlingham bajo el régimen de la Ley d...
Creación de la Universidad Nacional de Hurlingham bajo el régimen de la Ley d...
 
Comunicado 1440 2020
Comunicado 1440 2020Comunicado 1440 2020
Comunicado 1440 2020
 
Comunicado 804 2020
Comunicado 804 2020Comunicado 804 2020
Comunicado 804 2020
 
Comunicado 771 2020
Comunicado 771 2020Comunicado 771 2020
Comunicado 771 2020
 
Comunicado 140 2022
Comunicado 140 2022Comunicado 140 2022
Comunicado 140 2022
 
Comunicado 1066 2020
Comunicado 1066 2020Comunicado 1066 2020
Comunicado 1066 2020
 
Comunicado 135 2022
Comunicado 135 2022Comunicado 135 2022
Comunicado 135 2022
 
Comunicado 17 2022
Comunicado 17 2022Comunicado 17 2022
Comunicado 17 2022
 
Comunicado 30 2022
Comunicado 30 2022Comunicado 30 2022
Comunicado 30 2022
 
Comunicado 20 2022
Comunicado 20 2022Comunicado 20 2022
Comunicado 20 2022
 
Art. 115
Art. 115Art. 115
Art. 115
 
Enlace Ciudadano Nro. 258 - Artículo 115
Enlace Ciudadano Nro. 258 - Artículo 115Enlace Ciudadano Nro. 258 - Artículo 115
Enlace Ciudadano Nro. 258 - Artículo 115
 
Comunicado 691 2020
Comunicado 691 2020Comunicado 691 2020
Comunicado 691 2020
 
Comunicado 40 2021
Comunicado 40 2021Comunicado 40 2021
Comunicado 40 2021
 
Comunicado 142 2022
Comunicado 142 2022Comunicado 142 2022
Comunicado 142 2022
 
Comunicado 326 2022
Comunicado 326 2022Comunicado 326 2022
Comunicado 326 2022
 
Comunicado 276 2022
Comunicado 276 2022Comunicado 276 2022
Comunicado 276 2022
 
Comunicado 736 2020
Comunicado 736 2020Comunicado 736 2020
Comunicado 736 2020
 
Comunicado 1298 2020
Comunicado 1298 2020Comunicado 1298 2020
Comunicado 1298 2020
 
10 resolución suprema nº 001-2007-ed - resolución que aprueba el proyecto e...
10 resolución suprema nº  001-2007-ed - resolución que  aprueba el proyecto e...10 resolución suprema nº  001-2007-ed - resolución que  aprueba el proyecto e...
10 resolución suprema nº 001-2007-ed - resolución que aprueba el proyecto e...
 

Destacado

Articulo 110
Articulo 110Articulo 110
Articulo 110
karelisr
 
1. plan nacional de tecnologias de la informacion y telecomunicaciones
1. plan nacional de tecnologias de la informacion y telecomunicaciones1. plan nacional de tecnologias de la informacion y telecomunicaciones
1. plan nacional de tecnologias de la informacion y telecomunicaciones
josedavidsm
 
Nueva Constitución Politica del Estado Plurinacional de Bolivia
Nueva Constitución Politica del Estado Plurinacional de BoliviaNueva Constitución Politica del Estado Plurinacional de Bolivia
Nueva Constitución Politica del Estado Plurinacional de Bolivia
JJLIMACALZADILLA
 
Basamento legal de las tic en Venezuela
Basamento legal de las tic en VenezuelaBasamento legal de las tic en Venezuela
Basamento legal de las tic en Venezuela
MarolLugo
 
Bases Legales: uso de la tecnologia
Bases Legales: uso de la tecnologiaBases Legales: uso de la tecnologia
Bases Legales: uso de la tecnologia
zusneidys suarez
 

Destacado (7)

Presentaciones;
Presentaciones;Presentaciones;
Presentaciones;
 
Gestion de tec.
Gestion de tec.Gestion de tec.
Gestion de tec.
 
Articulo 110
Articulo 110Articulo 110
Articulo 110
 
1. plan nacional de tecnologias de la informacion y telecomunicaciones
1. plan nacional de tecnologias de la informacion y telecomunicaciones1. plan nacional de tecnologias de la informacion y telecomunicaciones
1. plan nacional de tecnologias de la informacion y telecomunicaciones
 
Nueva Constitución Politica del Estado Plurinacional de Bolivia
Nueva Constitución Politica del Estado Plurinacional de BoliviaNueva Constitución Politica del Estado Plurinacional de Bolivia
Nueva Constitución Politica del Estado Plurinacional de Bolivia
 
Basamento legal de las tic en Venezuela
Basamento legal de las tic en VenezuelaBasamento legal de las tic en Venezuela
Basamento legal de las tic en Venezuela
 
Bases Legales: uso de la tecnologia
Bases Legales: uso de la tecnologiaBases Legales: uso de la tecnologia
Bases Legales: uso de la tecnologia
 

Similar a Articulo 110

Transmision radio y television
Transmision radio y televisionTransmision radio y television
Transmision radio y television
greily271
 
Transmision radio y television
Transmision radio y televisionTransmision radio y television
Transmision radio y television
greily271
 
Transmision radio y television
Transmision radio y televisionTransmision radio y television
Transmision radio y television
greily271
 

Similar a Articulo 110 (20)

La Soberanía y la Independencia Tecnológica Informe
La Soberanía y la Independencia Tecnológica InformeLa Soberanía y la Independencia Tecnológica Informe
La Soberanía y la Independencia Tecnológica Informe
 
Ruta del conocimiento
Ruta del conocimientoRuta del conocimiento
Ruta del conocimiento
 
Las leyes y la tecnología
Las leyes y la tecnologíaLas leyes y la tecnología
Las leyes y la tecnología
 
BASES LEGALES SISTEMA EDUCATIVO VENEZOLANO
BASES LEGALES SISTEMA EDUCATIVO VENEZOLANOBASES LEGALES SISTEMA EDUCATIVO VENEZOLANO
BASES LEGALES SISTEMA EDUCATIVO VENEZOLANO
 
BASES LEGALES SISTEMA EDUCATIVO VENEZOLANO
BASES LEGALES SISTEMA EDUCATIVO VENEZOLANOBASES LEGALES SISTEMA EDUCATIVO VENEZOLANO
BASES LEGALES SISTEMA EDUCATIVO VENEZOLANO
 
Fundamentos legales para la educación en Venezuela
Fundamentos legales para la educación en VenezuelaFundamentos legales para la educación en Venezuela
Fundamentos legales para la educación en Venezuela
 
Transmision radio y television
Transmision radio y televisionTransmision radio y television
Transmision radio y television
 
Transmision radio y television
Transmision radio y televisionTransmision radio y television
Transmision radio y television
 
Transmision radio y television
Transmision radio y televisionTransmision radio y television
Transmision radio y television
 
Aspectos legales de la informatica..
Aspectos legales de la informatica..Aspectos legales de la informatica..
Aspectos legales de la informatica..
 
tema 2 dtic.pptx
tema 2 dtic.pptxtema 2 dtic.pptx
tema 2 dtic.pptx
 
Ley de infogobierno
Ley de infogobierno Ley de infogobierno
Ley de infogobierno
 
Ley de infogobierno g8 completo
Ley de infogobierno  g8 completoLey de infogobierno  g8 completo
Ley de infogobierno g8 completo
 
diapositiva de la Ley de-infogobierno-g8-completo
diapositiva de la Ley de-infogobierno-g8-completodiapositiva de la Ley de-infogobierno-g8-completo
diapositiva de la Ley de-infogobierno-g8-completo
 
Ley de Infogobierno Grupo 8
Ley de Infogobierno Grupo 8Ley de Infogobierno Grupo 8
Ley de Infogobierno Grupo 8
 
Ley de Infogobierno Diapositivas
Ley de Infogobierno DiapositivasLey de Infogobierno Diapositivas
Ley de Infogobierno Diapositivas
 
Informática Juridica
Informática Juridica Informática Juridica
Informática Juridica
 
BASES LEGALES DEL NUESTRO SISTEMA EDUCATIVO
BASES LEGALES DEL NUESTRO SISTEMA EDUCATIVOBASES LEGALES DEL NUESTRO SISTEMA EDUCATIVO
BASES LEGALES DEL NUESTRO SISTEMA EDUCATIVO
 
23046626 base-legal-tic-venezuela
23046626 base-legal-tic-venezuela23046626 base-legal-tic-venezuela
23046626 base-legal-tic-venezuela
 
TRABAJO DE INFOGRAFIA
TRABAJO DE INFOGRAFIATRABAJO DE INFOGRAFIA
TRABAJO DE INFOGRAFIA
 

Articulo 110

  • 1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR U.N.E. ¨ SIMÓN RODRÍGUEZ¨ NUCLEO-ARAURE ARTICULO 110 RBV INTEGRANTES: DAVIESKA PETIT CI: 20809137 ELIECER YEPEZ CI:24319654 MARLI GUARIN CI: 22098026
  • 2. Artículo 110 de la Ley RBV Artículo 110. El Estado reconocerá el interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aplicaciones y los servicios de información necesarios por ser instrumentos fundamentales para el desarrollo económico, social y político del país, así como para la seguridad y soberanía nacional. Para el fomento y desarrollo de esas actividades, el Estado destinará recursos suficientes y creará el sistema nacional de ciencia y tecnología de acuerdo con la ley. El sector privado deberá aportar recursos para las mismas. El Estado garantizará el cumplimiento de los principios éticos y legales que deben regirlas actividades de investigación científica, humanística y tecnológica. La ley determinará los modos y medios para dar cumplimiento a esta garantía.
  • 3. Análisis Los entes gubernamentales tienen el deber de apoyar a los ciudadanos en el desarrollo científico, tecnológico y los instrumentos fundamentales para el desarrollo de país. Así deberá apoyar los planes de seguridad que se les ofrezca en todos los sentidos siempre y cuando sea beneficioso para el país, también para aquel o aquella persona que tenga la capacidad de presentar proyectos innovadores para el desarrollo económico, social, tecnológico entre otros, se les dará por parte del estado y del sector privado los recursos suficientes para llevar a cabo tales proyectos. Para aquellos que deseen desarrollar tales proyectos tienen que realizar sus estudios o investigaciones bajo las normas o reglas que les manda la ley, también se les dará formas o maneras para darle cumplimientos a sus proyectos.