El documento resume varios convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) relacionados con la libertad sindical y el derecho de negociación colectiva. Entre los convenios discutidos se encuentran el Convenio 87 sobre la Libertad Sindical y Protección del Derecho de Sindicación, el Convenio 98 sobre el Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva, y el Convenio sobre el Derecho de Asociación (Agricultura) de 1921. El documento también brinda detalles sobre el proceso de ratificación de estos conven
1. WILLIAN DARIO BURBANO MALLAMA
DIEGO MAURICIO DUEÑAS VILLOTA
TANIA GABRIELA GONZALEZ VALLEJO
ALEX GABRIEL OVIEDO MESIAS
UNIVERSIDAD DE NARIÑO
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS
2. CONVENIO OIT 87
CONVENIO SOBRE LA LIBERTAD SINDICAL Y LA
PROTECCIÓN DEL DERECHO DE SINDICACIÓN
Libre organización de El amparo del El tiempo y el
trabajadores y derecho de espacio
empleadores sindicación (jurisdicción)
Artículos 1- 10 Artículo 11 Artículos 12-21
proteger el derecho subjetivo de los trabajadores y empleadores de
organizarse, sin autorización y autonomía atendiendo a la jurisdicción
que el Estado disponga en su territorio.
ley 26 de 1976 : T-568-99 MP: Carlos Gaviria Díaz.
Categoría
3. •Relaciones entre empleadores y trabajadores asociados
C98
CONVENIO SOBRE EL
DERECHO DE
SINDICACIÓN Y DE
NEGOCIACIÓN
Relaciones Garantizar la
entre Protección reglamentación,
a la por medio de
empleadores y Libertad contratos
trabajadores sindical colectivos, las
asociados condiciones de
empleo.
ley 27 de 1976 : T-568-99 MP: Carlos Gaviria Díaz
categoría
4. CONVENIO SOBRE EL DERECHO DE
ASOCIACIÓN (AGRICULTURA), 1921
Aspectos Proceso de Camino de
objeto Tipo de ley ley interna
relevantes aprobación
Asegurar a
los
trabajadores Teoría
las ratificaciones
bloque de
de la dualista
del convenio programática legalidad
agricultura los
mismo serán notificadas
para su registro al
derechos
director general de
sindicales y la OIT.
coalición que Este convenio
los entrara en vigor en
trabajadores la fecha en que Este convenio fue
industriales. las ratificaciones aprobado por la ley
hayan sido 129 de 1931, la cual El articulo 5
registradas por el dispuso en el establece en un
director general de Art. 53 de C.P.
articulo único: aparte que todo
la OIT. Los convenios
«Apruébense las miembro que
Posteriormente internacionale
siguientes ratifique el
este convenio s del trabajo
convenciones, convenio se
entrara en vigor en debidamente
adoptadas por la obliga a tomar
la fecha en que se ratificados,
haya hecho su Conferencia las medidas
hacen parte de
ratificación en la Internacional del necesarias para
la legislación
OIT. Trabajo en las el cumplimiento,
interna.
sesiones que se de las
expresan a disposiciones.
continuación»