Este convenio establece el derecho a la libertad sindical y de asociación para los trabajadores de la administración pública. Regula aspectos como la protección a la sindicalización, las facilidades que deben otorgarse a los sindicatos de empleados públicos, y los procesos para determinar condiciones laborales y resolver conflictos de manera imparcial e individual. Fue aprobado en Colombia mediante el bloque de constitucionalidad bajo la teoría monista.
2. Convenio 87. Convenio Sobre La Libertad Sindical Y La
Protección Del Derecho De Sindicación, 1948, Ratificado
16.11.1976
Teoría Aplicada Tipo de Norma
Forma De Ingreso A La Que Regula
Legislación Interna
Teoría Dualista Auto- Ejecutiva
Libertad Sindical Y Derecho
Bloque De Constitucionalidad De Asociación
EXcepto El Articulo 9
Que Es Norma
Programática
3. Referido a la aplicación del derecho
de negociación y libertad
sindical, adoptando
medidas, alcances de los mismos y su
proceso de ratificación en cada país.
Dicho convenio
•Deben haber unas garantías para protección entra por BLOQUE
para evitar discriminación , actos de injerencia CONSTITUCIONAL
respecto diversas organizaciones. OBJETO DE pues versa en un
•También garantías para fomentar , el REGULACION
derechos
desarrollo y uso de procedimientos de fundamentales
negociación voluntaria.
•Cada miembro Este convenio fue
puede aplicar todo en el 16 de
CONVENIO 098
el convenio o noviembre de 1977
ASPECTOS SOBRE EL DERECHO PROCESO DE
reservándose bajo la teoría
RELEVANTES DE NEGOCIACION Y APROVACION
artículos, así como DUALISTA
LIBERTAD SINDICAL
también la
modificación y
denuncia del mismo
•La legislación de cada país determina el La ley la cual
alcance del convenio con respeto a las FFMM y aprueba dicho
policía. Y no tratara con empleados públicos. ANALIZIS convenio es la LEY
•Cada ratificación será registrada por el director ARTICULOS 27 DE 1976
y solo tendrá vigencia para miembros con
registro de ratificación.
AUTOEJECUTIVAS
• ARTICULOS
1-2-6
PROGRAMATICAS
• ARTICULOS 3-4-5
4. CONVENIO OIT 11
Aspectos importantes Convenio sobre el derecho de asociación Tipos de normas
de regulación (agricultura), 1921
Convenio relativo a los
los aspectos que regula derechos de asociación y de Los Art.1, 2, 3, 4
el tratado, son respecto coalición de los trabajadores , 5, 6, 7, 8, 9 son de
a que los agricultores del agrícolas carácter auto
país que ratifique el ejecutiva pues son
tratado tendrán los claros respecto a sus
mismos derechos de Este convenio llega a Colombia pretensiones y lo
asociación, la forma de por la teoría dualista pues en hacen de manera
ratificación, el tiempo en principio entra antes de la expresa y no
el que entra en vigencia constitución de 1991, y el necesitan norma
el tratado, la fecha de formato en el que se propone es posterior para entrar
expiración del convenio. la aceptación del tratado y la en vigencia.
creación de una ley que
transcribe el texto del mismo
tratado la cual es la ley 129 de
1931
Bajo la perspectiva del tiempo no se puede hablar de que el convenio entra por bloque de
constitucionalidad, pues toda norma antes de la constitución de 1991 entraba en vigencia por
medio de una norma nacional dictada por el congreso de la republica y con control
constitucional por parte de de la corte suprema de justicia
5. Art 1.
especifica
Auto ejecutivas en monista
que el Referente a las su mayoría
presente relaciones
convenio se Referente a
laborales en la
aplica a
quienes son
administración
trabajadore publica Tipo de teoria
s en la norma
administrac
ión publica
Que Análisis del
proceso de
regula aprobación
Convenio 151. Convenio sobre las
relaciones de trabajo en la
Regulaciones en administración pública, 1978
Vía de
cuanto a derechos aprobació
, facilidades, y n
procesos , para las Art 4. : protección al derecho de sindicalización
relaciones laborales
en la administración Bloque de
Art 6: facilidades que deben concederse a las
publica constitucionalidad
organizaciones de empleados públicos
Art 7. : procesos para la determinación de
condiciones de empleo
Art 8 : establece que los procesos para solución de
conflictos deben ser individuales e imparciales