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BUENOS AIRES, 22 DE JULIO DE 2013
Sr. Presidente Comisión de Acuerdos
Honorable Senado de la Nación
Senador MARCELO GUINLE
S / D
De nuestra mayor consideración:
Nos dirigimos a usted para ampliar nuestra respuesta a su consulta sobre el pliego
de ascenso militar correspondiente al mensaje del Poder Ejecutivo Nº 857
(Expediente PE-97/13), relativo a MILANI, César Santos Gerardo del Corazón de
Jesús (DNI: 11.114.169).
Tal como informamos a Ud. en nuestra carta del día 14/7/2013, el CELS no poseía
en sus archivos información fehaciente que diera cuenta de la participación de Milani
en delitos de lesa humanidad cometidos durante la pasada dictadura o en acciones
contra el orden democrático.
Para arribar a tal conclusión, el CELS siguió el procedimiento implementado desde
1984, que consiste en revisar los archivos propios. Éstos comprenden
documentación producida por las víctimas, sus familiares y los organismos de
derechos humanos; documentos elaborados por el Estado –como el Informe Nunca
Más-; documentación que surge del litigio de las causas que tramitamos en
instancias nacionales e internacionales; material de los medios de comunicación; y
bibliografía especializada en la temática.
Dada esta limitación siempre aclaramos que nuestra información es complementaria
de la que puedan producir los organismos estatales a partir de sus propias
investigaciones basadas en documentos oficiales, testimonios, legajos personales
de las Fuerzas Armadas, legajos CONADEP, causas judiciales, entre otros registros.
Por este motivo, le recomendamos en dicha carta que solicitara toda la información
producida por estas reparticiones administrativas y en causas que refiriera al oficial
Milani.
Con posterioridad a esa presentación hemos continuado la investigación más allá de
nuestros recursos propios. Así hemos podido reunir información que vincula a Milani
con hechos que se investigan en el marco de causas judiciales por crímenes de lesa
humanidad. Esta información obraba en expedientes judiciales y en actuaciones
administrativas provinciales y nacionales, de las que el Ministerio de Defensa nunca
fue informado, por lo cual en tres oportunidades anteriores solicitó el ascenso de
Milani a distintos grados como oficial superior.
En primer lugar tomamos conocimiento de un sumario por deserción instruido contra
el soldado Alberto Agapito Ledo – quien se encuentra desaparecido – en la provincia
de Tucumán. Este documento se encuentra agregado a la causa penal por la
desaparición forzada de Ledo que tramita en el juzgado federal de Tucumán Nº 1. El
sumario fue iniciado el día 28 de junio de 1976, a pedido del Capitán Esteban
Sanguinetti, a quien la familia de Ledo sindica como responsable de la desaparición
de su hijo en el legajo CONADEP y en la causa judicial. Desde el año 2008, el juez
Daniel Bejas, a cargo de la investigación, tiene pendiente resolver un pedido de
indagatoria solicitado por el fiscal. En aquel expediente, el oficial instructor fue el
entonces Subteniente Milani, cuyo nombre aparece reflejado en la carátula de la
actuación administrativa y su firma obra en varias de sus fojas.
El Estado argentino, en ocasión de responder a la denuncia presentada por la madre
de Ledo ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en el marco del
caso 3518, señaló que Ledo “… fue incorporado en el año 1976 al Batallón de
Ingenieros de Construcciones 141 para cumplir el Servicio Militar… Encontrándose
dicha Unidad en operaciones antiterroristas que se desarrollaban en la Provincia de
Tucumán, el soldado conscripto Alberto Agapito Ledo, el día 27/6/76, se fugó del
vivac del batallón, motivo por el cual y de conformidad a las prescripciones legales
aplicables en el ámbito castrense –Código de Justicia Militar- se iniciaron las
actuaciones pertinentes, procediéndose a dar de baja al nombrado con fecha
22/6/76 por encontrarse prima facie incurso en la grave falta militar de ‘deserción’”.
(Del legajo CONADEP, 2987, fojas 10).
Conviene recordar que los sumarios de deserción fueron el modo de encubrir la
desaparición de soldados durante el terrorismo de Estado. Así fue denunciado por el
CELS en el documento “Conscriptos detenidos desaparecidos”, publicado en
octubre de 1982, que lleva la firma de Augusto Conte Mac Donell (padre de uno de
esos soldados), Emilio Mignone, y Noemí Labrune. Esto ha sido confirmado por los
resultados del informe realizado por la Dirección Nacional de Derechos Humanos del
Ministerio de Defensa, a partir de la Resolución 420/2009. De acuerdo a este
Informe, son al menos 43 los conscriptos desaparecidos respecto de los que se
labró un acta falsa de deserción. Llamativamente, Alberto Ledo no aparece en aquel
listado de conscriptos desaparecidos.
En una entrevista periodística, Milani dijo que “En el Batallón de Ingenieros de La
Rioja nosotros teníamos unas 50 deserciones por año. Cuando un soldado no se
presentaba en cinco noches y cinco días, se hacían las actuaciones por deserción.
En Tucumán se informó en aquel momento que Ledo había desertado. Es obvio que
no era así”, lo que confirma la relevancia que tiene este caso, sobre todo, si quien lo
dice es el oficial instructor del sumario de deserción, al que no hizo referencia en la
entrevista (“No puedo creer las cosas que se dicen. El General Cesar Milani niega
las acusaciones que se le hacen, Página/12, 21 de julio de 2013).
En el Informe Nunca Más se señala, con relación a la desaparición de conscriptos:
“Las denuncias presentadas ante la Comisión y referidas a soldados
conscriptos desaparecidos revisten por su elevado número y sus
especiales características, una particular significación (…)
El denominador común de todas las respuestas oficiales: la deserción:
La respuesta sistemática a los familiares que inquirían sobre la suerte del
hijo desaparecido cuando prestaba servicio, fue que éste había
desertado. Es decir, que cada vez que se pedía por su paradero el
informe de las autoridades militares se limitaba a consignar: Que el
soldado había sido dado de baja de la Institución. 1) Por haber salido de
la dependencia en la que prestaba servicio para cumplir una comisión sin
haber regresado. 2) Por haber estado de franco sin haberse presentado
en tiempo debido a su destino. 3) Por haberse fugado.
En los ámbitos militares respectivos se instruyeron sumarios por
«deserción» cubriendo con ello una formalidad que no constituía sino una
excusa frágil tendiente al ocultamiento de los hechos. (Ver, Informe Nunca
Más, CONADEP, Septiembre de 1984, Capítulo II, Víctimas: F.
Conscriptos).
El ex capitán del Ejército José Luis D’Andrea Mohr realizó una investigación
exhaustiva titulada “El Escuadrón Perdido. La verdad sobre los 129 soldados
secuestrados y desaparecidos durante el gobierno militar”, que se publicó en 1998.
Allí sí consta el caso de Ledo. En su prólogo, Jaime Steimberg y Wenceslao Alberto
García, padres de dos soldados detenidos-desaparecidos sostienen que es “una
tremenda falacia, una gran mentira decir que fueron ‘desertores’ aquellos que fueran
asesinados”, ya que “la ‘deserción’ fue inventada por quienes aplicaron el más
salvaje y siniestro terrorismo de Estado”. En, la introducción, el capitán Federico
Eduardo Mittelbach se refiere a “las aberrantes actitudes de todos aquellos que
participaron (en todas las jerarquías y responsabilidades) en esta espantosa cacería
humana y exterminio de más de un centenar de soldaditos”. En el Epilogo, D’Andrea
Mohr escribe una carta “en el nombre de los padres” al jefe de aquel escuadrón que
da título a su libro. “Han pasado veinte años y no he cesado en la búsqueda de mi
hijo, su soldado desaparecido. ¿Y usted? ¿Se conformó con hacer un ‘acta de
investigación por deserción’ para legalizar la falsedad?” (Buenos Aires, editorial
Planeta, 1998, pp. 7, 11 y 283).
Por lo demás, como podrá advertirse, la demora de más de 5 años para citar a
declaración indagatoria al Capitán Esteban Sanguinetti, da cuenta del error de
considerar que las decisiones judiciales han de ser los únicos elementos a
considerar para la valoración de antecedentes en procedimientos de ascensos
militares.
En segundo lugar, se encuentra el acta del testimonio brindado el 21 de agosto de
1984 por Ramón Alfredo Olivera ante la Comisión de Derechos Humanos de la
provincia de La Rioja. En dicho documento Olivera denuncia que Milani participó en
un “allanamiento” que derivó en la detención de su padre, quien fue torturado en el
Batallón de Ingenieros 141 de la mencionada provincia. Por otra parte, señala que
Milani estuvo presente y lo “hostilizó” durante un interrogatorio judicial en el que el
testigo intentaba infructuosamente denunciar que había sido torturado en su lugar de
detención ilegal. De acuerdo al legajo de Milani, el día del secuestro del padre de
Olivera, él estaba cumpliendo una sanción de amonestación equivalente a arresto,
dentro del Batallón de Ingenieros 141.
El acta con la declaración de Olivera ha sido aportada al CELS por la organización
de derechos humanos ANDHES, que es una prestigiosa institución de la región NOA
con la que los organismos nacionales trabajamos desde hace más de diez años.
Hemos podido constatar que otra copia de esta acta obraba en poder de la
Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.
Adjuntamos a la presente copia del expediente de deserción de Alberto Agapito
Ledo con las firmas de Milani, del documento del CELS “Conscriptos detenidos
desaparecidos”, de la respuesta del Estado argentino a la CIDH en el marco del
caso 3518, del testimonio de Ramón Alfredo Olivera y de la foja correspondiente del
legajo de Milani.
Desde su fundación el CELS se trazó como objetivo principal la búsqueda de verdad
y justicia por los crímenes del terrorismo de Estado. Este objetivo define nuestra
identidad y determina todas nuestras acciones. Desde la finalización de la dictadura,
construir instituciones sólidas y fundadas en el respeto de los derechos humanos ha
sido una de nuestras preocupaciones centrales. Por eso, nos hemos ocupado de
exigir la separación de sus cargos de quienes se encuentren sospechados de haber
participado en graves violaciones a los derechos humanos.
Es por todo ello, y a partir de esta nueva información, que consideramos que el
ascenso del oficial César Santos Gerardo del Corazón de Jesús Milani debe ser
rechazado.
Sin otro particular lo saludo atentamente,
Horacio Verbitsky
Presidente
CELS

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Impugnación contra Milani

  • 1. BUENOS AIRES, 22 DE JULIO DE 2013 Sr. Presidente Comisión de Acuerdos Honorable Senado de la Nación Senador MARCELO GUINLE S / D De nuestra mayor consideración: Nos dirigimos a usted para ampliar nuestra respuesta a su consulta sobre el pliego de ascenso militar correspondiente al mensaje del Poder Ejecutivo Nº 857 (Expediente PE-97/13), relativo a MILANI, César Santos Gerardo del Corazón de Jesús (DNI: 11.114.169). Tal como informamos a Ud. en nuestra carta del día 14/7/2013, el CELS no poseía en sus archivos información fehaciente que diera cuenta de la participación de Milani en delitos de lesa humanidad cometidos durante la pasada dictadura o en acciones contra el orden democrático. Para arribar a tal conclusión, el CELS siguió el procedimiento implementado desde 1984, que consiste en revisar los archivos propios. Éstos comprenden documentación producida por las víctimas, sus familiares y los organismos de derechos humanos; documentos elaborados por el Estado –como el Informe Nunca Más-; documentación que surge del litigio de las causas que tramitamos en instancias nacionales e internacionales; material de los medios de comunicación; y bibliografía especializada en la temática. Dada esta limitación siempre aclaramos que nuestra información es complementaria de la que puedan producir los organismos estatales a partir de sus propias investigaciones basadas en documentos oficiales, testimonios, legajos personales de las Fuerzas Armadas, legajos CONADEP, causas judiciales, entre otros registros. Por este motivo, le recomendamos en dicha carta que solicitara toda la información producida por estas reparticiones administrativas y en causas que refiriera al oficial Milani. Con posterioridad a esa presentación hemos continuado la investigación más allá de nuestros recursos propios. Así hemos podido reunir información que vincula a Milani con hechos que se investigan en el marco de causas judiciales por crímenes de lesa humanidad. Esta información obraba en expedientes judiciales y en actuaciones administrativas provinciales y nacionales, de las que el Ministerio de Defensa nunca fue informado, por lo cual en tres oportunidades anteriores solicitó el ascenso de Milani a distintos grados como oficial superior.
  • 2. En primer lugar tomamos conocimiento de un sumario por deserción instruido contra el soldado Alberto Agapito Ledo – quien se encuentra desaparecido – en la provincia de Tucumán. Este documento se encuentra agregado a la causa penal por la desaparición forzada de Ledo que tramita en el juzgado federal de Tucumán Nº 1. El sumario fue iniciado el día 28 de junio de 1976, a pedido del Capitán Esteban Sanguinetti, a quien la familia de Ledo sindica como responsable de la desaparición de su hijo en el legajo CONADEP y en la causa judicial. Desde el año 2008, el juez Daniel Bejas, a cargo de la investigación, tiene pendiente resolver un pedido de indagatoria solicitado por el fiscal. En aquel expediente, el oficial instructor fue el entonces Subteniente Milani, cuyo nombre aparece reflejado en la carátula de la actuación administrativa y su firma obra en varias de sus fojas. El Estado argentino, en ocasión de responder a la denuncia presentada por la madre de Ledo ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en el marco del caso 3518, señaló que Ledo “… fue incorporado en el año 1976 al Batallón de Ingenieros de Construcciones 141 para cumplir el Servicio Militar… Encontrándose dicha Unidad en operaciones antiterroristas que se desarrollaban en la Provincia de Tucumán, el soldado conscripto Alberto Agapito Ledo, el día 27/6/76, se fugó del vivac del batallón, motivo por el cual y de conformidad a las prescripciones legales aplicables en el ámbito castrense –Código de Justicia Militar- se iniciaron las actuaciones pertinentes, procediéndose a dar de baja al nombrado con fecha 22/6/76 por encontrarse prima facie incurso en la grave falta militar de ‘deserción’”. (Del legajo CONADEP, 2987, fojas 10). Conviene recordar que los sumarios de deserción fueron el modo de encubrir la desaparición de soldados durante el terrorismo de Estado. Así fue denunciado por el CELS en el documento “Conscriptos detenidos desaparecidos”, publicado en octubre de 1982, que lleva la firma de Augusto Conte Mac Donell (padre de uno de esos soldados), Emilio Mignone, y Noemí Labrune. Esto ha sido confirmado por los resultados del informe realizado por la Dirección Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Defensa, a partir de la Resolución 420/2009. De acuerdo a este Informe, son al menos 43 los conscriptos desaparecidos respecto de los que se labró un acta falsa de deserción. Llamativamente, Alberto Ledo no aparece en aquel listado de conscriptos desaparecidos. En una entrevista periodística, Milani dijo que “En el Batallón de Ingenieros de La Rioja nosotros teníamos unas 50 deserciones por año. Cuando un soldado no se presentaba en cinco noches y cinco días, se hacían las actuaciones por deserción. En Tucumán se informó en aquel momento que Ledo había desertado. Es obvio que no era así”, lo que confirma la relevancia que tiene este caso, sobre todo, si quien lo dice es el oficial instructor del sumario de deserción, al que no hizo referencia en la entrevista (“No puedo creer las cosas que se dicen. El General Cesar Milani niega las acusaciones que se le hacen, Página/12, 21 de julio de 2013).
  • 3. En el Informe Nunca Más se señala, con relación a la desaparición de conscriptos: “Las denuncias presentadas ante la Comisión y referidas a soldados conscriptos desaparecidos revisten por su elevado número y sus especiales características, una particular significación (…) El denominador común de todas las respuestas oficiales: la deserción: La respuesta sistemática a los familiares que inquirían sobre la suerte del hijo desaparecido cuando prestaba servicio, fue que éste había desertado. Es decir, que cada vez que se pedía por su paradero el informe de las autoridades militares se limitaba a consignar: Que el soldado había sido dado de baja de la Institución. 1) Por haber salido de la dependencia en la que prestaba servicio para cumplir una comisión sin haber regresado. 2) Por haber estado de franco sin haberse presentado en tiempo debido a su destino. 3) Por haberse fugado. En los ámbitos militares respectivos se instruyeron sumarios por «deserción» cubriendo con ello una formalidad que no constituía sino una excusa frágil tendiente al ocultamiento de los hechos. (Ver, Informe Nunca Más, CONADEP, Septiembre de 1984, Capítulo II, Víctimas: F. Conscriptos). El ex capitán del Ejército José Luis D’Andrea Mohr realizó una investigación exhaustiva titulada “El Escuadrón Perdido. La verdad sobre los 129 soldados secuestrados y desaparecidos durante el gobierno militar”, que se publicó en 1998. Allí sí consta el caso de Ledo. En su prólogo, Jaime Steimberg y Wenceslao Alberto García, padres de dos soldados detenidos-desaparecidos sostienen que es “una tremenda falacia, una gran mentira decir que fueron ‘desertores’ aquellos que fueran asesinados”, ya que “la ‘deserción’ fue inventada por quienes aplicaron el más salvaje y siniestro terrorismo de Estado”. En, la introducción, el capitán Federico Eduardo Mittelbach se refiere a “las aberrantes actitudes de todos aquellos que participaron (en todas las jerarquías y responsabilidades) en esta espantosa cacería humana y exterminio de más de un centenar de soldaditos”. En el Epilogo, D’Andrea Mohr escribe una carta “en el nombre de los padres” al jefe de aquel escuadrón que da título a su libro. “Han pasado veinte años y no he cesado en la búsqueda de mi hijo, su soldado desaparecido. ¿Y usted? ¿Se conformó con hacer un ‘acta de investigación por deserción’ para legalizar la falsedad?” (Buenos Aires, editorial Planeta, 1998, pp. 7, 11 y 283). Por lo demás, como podrá advertirse, la demora de más de 5 años para citar a declaración indagatoria al Capitán Esteban Sanguinetti, da cuenta del error de considerar que las decisiones judiciales han de ser los únicos elementos a considerar para la valoración de antecedentes en procedimientos de ascensos militares. En segundo lugar, se encuentra el acta del testimonio brindado el 21 de agosto de 1984 por Ramón Alfredo Olivera ante la Comisión de Derechos Humanos de la provincia de La Rioja. En dicho documento Olivera denuncia que Milani participó en
  • 4. un “allanamiento” que derivó en la detención de su padre, quien fue torturado en el Batallón de Ingenieros 141 de la mencionada provincia. Por otra parte, señala que Milani estuvo presente y lo “hostilizó” durante un interrogatorio judicial en el que el testigo intentaba infructuosamente denunciar que había sido torturado en su lugar de detención ilegal. De acuerdo al legajo de Milani, el día del secuestro del padre de Olivera, él estaba cumpliendo una sanción de amonestación equivalente a arresto, dentro del Batallón de Ingenieros 141. El acta con la declaración de Olivera ha sido aportada al CELS por la organización de derechos humanos ANDHES, que es una prestigiosa institución de la región NOA con la que los organismos nacionales trabajamos desde hace más de diez años. Hemos podido constatar que otra copia de esta acta obraba en poder de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. Adjuntamos a la presente copia del expediente de deserción de Alberto Agapito Ledo con las firmas de Milani, del documento del CELS “Conscriptos detenidos desaparecidos”, de la respuesta del Estado argentino a la CIDH en el marco del caso 3518, del testimonio de Ramón Alfredo Olivera y de la foja correspondiente del legajo de Milani. Desde su fundación el CELS se trazó como objetivo principal la búsqueda de verdad y justicia por los crímenes del terrorismo de Estado. Este objetivo define nuestra identidad y determina todas nuestras acciones. Desde la finalización de la dictadura, construir instituciones sólidas y fundadas en el respeto de los derechos humanos ha sido una de nuestras preocupaciones centrales. Por eso, nos hemos ocupado de exigir la separación de sus cargos de quienes se encuentren sospechados de haber participado en graves violaciones a los derechos humanos. Es por todo ello, y a partir de esta nueva información, que consideramos que el ascenso del oficial César Santos Gerardo del Corazón de Jesús Milani debe ser rechazado. Sin otro particular lo saludo atentamente, Horacio Verbitsky Presidente CELS