El documento expresa el acuerdo de la Secretaría de Comunicación con un grupo de organizaciones de la sociedad civil sobre la necesidad de una nueva ley de comunicación en Ecuador. La ley debe garantizar la libertad de expresión, el derecho a recibir información verificada y plural, y el derecho a la rectificación. Además, la ley debe establecer una distribución equitativa de frecuencias entre los sectores público, privado y comunitario, prohibir monopolios y oligopolios, y asegurar la diversidad cultural.
Monitoreo Ley de Comunicación del 23 al 06 noviembre
Comunicado publico acuerdo v3
1. Quito, 14 de diciembre de 2009
COMUNICADO PUBLICO
En relación a la Carta Abierta emitida por un grupo de organizaciones
de sociedad civil sobre el proceso de formulación de la ley de
comunicación, la Secretaría de Comunicación expresa su acuerdo con
los siguientes puntos:
a) La necesidad imperiosa e innegociable de que nuestro país
cuente con una ley de comunicación ampliamente debatida y
consensuada con la ciudadanía.
b) Para que la ley sea verdaderamente democrática, deberá incluir
los siguientes puntos:
1. El respeto irrestricto a la libertad de expresión. Esta libertad
comprende no solamente el derecho a estar informado, sino,
fundamentalmente, el derecho a informar y opinar a través de
todos los medios, tecnologías y ámbitos de la comunicación. Este
derecho no es privilegio de los empresarios de medios sino un
derecho universal y fundamental de todas las ciudadanas y
ciudadanos, que el Estado tiene el deber de garantizar.
2. El derecho a recibir información verificada y plural que garantice
la diversidad, la interculturalidad y el pluralismo de voces.
3. El derecho a la rectificación, réplica o respuesta frente a
información falsa e injuriosa con procedimientos y plazos justos,
claramente establecidos.
4. Distribución equitativa y progresiva de las frecuencias de radio y
televisión entre los sectores público, privado y comunitario,
estableciendo los criterios técnicos, políticos, económicos,
sociales y culturales para la concesión transparente de las
frecuencias. Un criterio fundamental para las concesiones será el
proyecto comunicacional de los solicitantes, asociado a régimen
de desarrollo de buen vivir. Para lograr este objetivo es
necesario revertir las frecuencias obtenidas ilegalmente, la no
renovación de concesiones que no cumplan los criterios por los
que fueron concedidas y la distribución equitativa de frecuencias
y señales que será posible a través la digitalización de
frecuencias de radio y televisión. La Ley de Comunicación debe
2. prevalecer sobre la actual Ley de Radio y Televisión en todo lo
que la contradiga.
5. Prohibición de monopolios, oligopolios, y en especial, de la
concentración. La ley deberá establecer claramente los límites a
la concentración de la propiedad de los medios, sea cual fuere su
formato, y a la dominancia de mercado.
6. Producción plurinacional y local. La ley debe asegurar la
diversidad cultural y de identidades de los contenidos de los
medios de comunicación. La ley debe asegurar cuotas de
producción nacional y local, así como de producción nacional
independiente.
7. Garantizar el acceso universal y de bajo costo a tecnologías de
información y comunicación. Los criterios de concesión de las
frecuencias deben considerar la digitalización como una
oportunidad para profundizar la democratización de la
comunicación.
8. Institucionalización de la Defensoría del Público como parte del
sistema de comunicación, para que cumpla cabalmente las
funciones de protección y tutela de la ciudadanía.
9. Que la publicidad estatal de contenidos publicitarios y el pautaje
de los mismos sea transparente y equitativa para los medios de
comunicación públicos, privados y comunitarios en todo el
territorio nacional.
10. La ley de comunicación debe incorporar como criterios
fundamentales la plurinacionalidad e interculturalidad, como
dispone la Constitución. En particular, se debe incluir la
representación de los pueblos y nacionalidades en el marco del
Consejo de Comunicación e Información; que en el marco de las
medidas de acción afirmativa, el Estado apoye el acceso a
frecuencias y la fundación de medios para las nacionalidades y
pueblos. Que en el tema de publicidad se incorporen criterios de
pertinencia e idoneidad cultural y lingüística. Que se impulsen
programas de formación de comunicadores en la propia visión de
las nacionalidades y pueblos.
3. c) Promover y sostener un gran debate nacional entre los diversos
actores sociales.