El documento describe tres tipos de funcionalismo: funcionalismo absoluto, que considera que cada costumbre, objeto, idea o creencia desempeña una función vital para la sociedad; funcionalismo estructural, que estudia la sociedad en su conjunto para identificar las funciones esenciales desempeñadas por individuos e instituciones para formar y conservar la sociedad; y funcionalismo relativo, que acepta la funcionalidad en la sociedad pero no que todas las estructuras sociales cumplen funciones de manera armoniosa.