El documento describe el Sistema General de Regalías de Colombia. Explica que los Órganos Colegiados de Administración y Decisión (OCAD) son responsables de aprobar y priorizar proyectos de inversión financiados con recursos de regalías. También distribuye los recursos a través de fondos como Ciencia, Tecnología e Innovación, Desarrollo Regional, Compensación Regional y Ahorro y Estabilización.
1. RUTA TEMÁTICA III CORTE:
REGALÍAS & COMPENSACIONES.
MGA “METODOLOGÍA GENERAL AJUSTADA.
SUIFP “SISTEMA UNIFICADO DE FINANCIAS PÚBLICAS.
CONCEPTOS BÁSICOS, CACTERISTICAS Y,
OBJETIVOS DEL MARCO JURIDICO EN COLOMBIA
2021 - 2023
2.
3. ESQUEMA NUEVO DE COORDINACIÓN ENTRE LAS ENTIDADES TERRITORIALES Y EL GOBIERNO NACIONAL a través del cual se
determina LOS OBJETIVOS, LA DISTRIBUCIÓN, LOS FINES, LA ADMINISTRACIÓN, LA EJECUCIÓN, CONTROL Y EVALUACIÓN, el uso
eficiente y destinación de los ingresos provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables precisando las
condiciones de participación de sus beneficiarios.
OBJETIVOS o PROPÓSITOS.
CREAR condiciones de equidad en la distribución de los ingresos para generar ahorro para épocas de escasez.
DISTRIBUIR los recursos hacia la población más pobre generando mayor equidad social.
PROMOVER el desarrollo y la competitividad regional y la integración de las entidades territoriales en proyectos comunes.
INCENTIVAR proyectos micro energéticos (tanto para la pequeña y mediana industria y para la minería artesanal).
PROPICIAR la inversión en la restauración social y económica de los territorios donde se desarrollan actividades de explotación y
exploración.
Los recursos se distribuirán en todos los departamentos del país a través de Asignaciones Directas y de los Fondo de Ciencia, Tecnología e
Innovación - FCTI, Fondo de Desarrollo Regional - FDR y Fondo de Compensación Regional - FCR.
Adicionalmente se ahorrará a través del Fondo de Ahorro y Estabilización - FAE y del Fondo de Ahorro Pensional Territorial - FONPET.
Todos los recursos del SGR financiarán proyectos de inversión presentados por la entidades territoriales a los Órganos Colegiados de
Administración y Decisión - OCAD, quienes serán los encargados de viabilizar, priorizar, aprobar y designar el ejecutor de los mismos.
¿QUE ES EL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS? “SGR”
4.
5. CLASES DE REGALÍAS EN EL ACTUAL RÉGIMEN SGR
REGALÍAS DIRECTAS: La concepción de regalías directas se mantiene bajo la
actual normatividad (Aquellas que recibían las entidades territoriales en cuyos territorios se
exploten recursos naturales no renovables o por cuyos territorios se transporten.).
REGALÍAS ESPECÍFICAS: Son las que se giran a los municipios más pobres del
país, según el índice de necesidades básicas insatisfechas – INB --, el índice de
población – IP -y el índice de desempleo – ID -, con cargo al 40% de los recursos del
Fondo de Compensación Regional.
Colombia posee 1103 municipios registrados en el DANE (conteo que incluye los 8 distritos especiales que se cuentan
también como municipios). Además, de las 19 áreas no municipalizadas (incluye la isla de San Andrés), en total son 1122
entidades administrativas locales. El Departamento de Nariño tiene 64 municipios – 3 regiones fisiográficas Llanura
Pacífica, Andina, Vertiente Amazónica.
6. ESTRUCTURA FUNCIONAL BÁSICA
•Ciencia, Tecnología e Innovación.
•Desarrollo Regional.
•Compensación Regional.
•Ahorro y Estabilización.
•Asignaciones directas. *
•Asignaciones para la Paz.
SISTEMA GENERAL DE REGALIAS
COLOMBIA 2022
TIPOS DE ACTIVOS QUE GENERAN REGALÍAS,
ENTRE OTROS, SON LOS SIGUIENTES:
•Aplicaciones informáticas en forma de software.
•Marcas.
•Patentes.
•Registros auditivos.
•Registros visuales.
•Registros audiovisuales o cinematográficos.
7. IMPUESTOS
• La obligación es legal.
• Impuesta coercitivamente por el Estado.
• Son cargas económicas que se imponen a
los particulares con el fin de financiar los
gastos generales del Estado.
• Surgen del poder impositivo del Estado.
DIFERENCIAS CONCEPTUALES
REGALÍAS
Contraprestación económica que el
particular debe pagar por la obtención del
derecho que la Nación le concede de
explotar un recurso natural no renovable.
Son ingresos públicos pero carecen de
naturaleza tributaria.
No son imposiciones del Estado.
Referencia: C. Const., Sent. C-10, ene. 23/2013 M.P. Luis Ernesto Vargas Silva / C.E., S. Plena, Sent. S-632, abr. 15/97. M.P. Carlos Betancur Jaramillo.
8. COMPENSACIONES
• Son contraposiciones causadas a favor del Estado.
• Se derivan de un pacto, de un acuerdo de voluntades.
• Se compensa en el concurso del ente respectivo en la
totalidad o en alguna etapa del proceso que surge a
propósito de la exploración, explotación, transporte y
transformación de los recursos naturales no
renovables.
REGALÍAS
• Son una contraprestación directa por el agotamiento
gradual derivado de la explotación del recurso natural no
renovable que pertenece al Estado.
• Surgen del poder impositivo del Estado.
• La titularidad está en el Estado y su fuente, su
porcentaje, distribución, finalidad y su inversión está
regulada por la Ley 1530 de 2012.
DIFERENCIAS CONCEPTUALES
10. Los “OCAD” - ÓRGANOS COLEGIADOS DE ADMINISTRACIÓN Y DECISIÓN
son los responsables de DEFINIR LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN
sometidos a su consideración que se financiarán con recursos del SGR, así
como EVALUAR, VIABILIZAR, APROBAR Y PRIORIZAR LA CONVENIENCIA
Y OPORTUNIDAD DE FINANCIARLOS Y DESIGNARÁ SU EJECUTOR.
La participación en estos órganos colegiados será AD HONÓREM y asistirán
en calidad de invitados permanentes Dos (2) Senadores y Dos (2)
Representantes a la Cámara, esta representación se rotará cada año.
Habrá un representante de la Comisión Consultiva de Alto Nivel para
Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, así como un
representante de las Comunidades Indígenas, con voz y sin voto, en cada
OCAD de aquellos departamentos en que éstos tengan representación de
dichas comunidades.
PASEMOS AL PROCESO DE REFLEXIÓN, APROPIACIÓN DEL CONOCIMIENTO EN EL
MARCO DEL APRENDIZAJE SIGNIFICATIVO