Este documento presenta lineamientos de política pública para la cooperación internacional descentralizada dirigidos a gobiernos autónomos descentralizados, mancomunidades y consorcios. Explica las competencias de estos actores subnacionales en la gestión de cooperación internacional no reembolsable de acuerdo con la Constitución ecuatoriana y la ley. También describe los principales aspectos de la cooperación internacional como modalidades, ciclo de gestión, socios estratégicos y marco normativo en Ecuador.
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05. Cooperación Internacional Descentralizada (Ministerio de Relaciones Exteriores)
1. Cooperación Internacional Descentralizada:
Lineamientos de política pública para Gobiernos Autónomos Descentralizados,
Mancomunidades y Consorcios.
SUBSECRETARÍA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL
Dirección de Estrategia, Política e Información de la Cooperación Internacional No
Reembolsable
Quito, 2018
2. OBJETIVO
Fortalecer las capacidades de mancomunidades y
consorcios mediante la socialización de los lineamientos
de política pública relacionada con la cooperación
internacional no reembolsable (CINR) para los actores
subnacionales, mancomunidades y consorcios.
3. ¿QUÉ ES LA COOPERACIÓN
INTERNACIONAL?
La cooperación es una
actividad que se da entre dos
o más personas o grupos
con un objetivo común y en
distintos niveles.
Intercambio de doble vía,
ético y soberano, y, un
aprendizaje mutuo, de dar y
recibir experiencias,
vivencias, recursos y
saberes.
En cada interacción hay
ganancia. Nuevo paradigma
de la cooperación que
convierte a los denominados
“beneficiarios” y “donantes”
en socios del desarrollo.
4. AYUDA OFICIAL AL DESARROLLO (AOD)
MARCO NORMATIVO INTERNACIONAL
Asignaciones de recursos financieros o técnicos de los
países miembros del Comité de Ayuda al Desarrollo (CAD),
de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económico (OCDE).
Recursos canalizados por organismos públicos o privados
hacia países con menor grado de desarrollo relativo
Financiamiento de intervenciones que permitan alcanzar el
Desarrollo Humano Sustentable.
Requisitos fundamentales:
• Recursos públicos( del presupuesto general del Estado donante)
• Promoción del desarrollo humano sustentable-carácter concesional,
• Elemento de donación 25% con tasa descuento de 9-10%
• El Receptor debe constar en las listas del CAD.
5. MARCO NORMATIVO ECUATORIANO
• Art. 261, declara que el Estado central tiene como una de sus competencias exclusivas
las relaciones internacionales.
CONSTITUCIÓN 2008
• 9 Objetivos nacionales de desarrollo
• 3 Ejes de Desarrollo
• Intervenciones Emblemáticas
• Plan Toda una Vida
PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2017 – 2021 “TODA
UNA VIDA”
• Art. 65 define a la CINR como el “mecanismo por el cual la República del Ecuador otorga, recibe,
transfiere o intercambia recursos, bienes, servicios, capitales, conocimientos y/o tecnología, con
el objeto de contribuir o complementar las iniciativas nacionales para el logro de los objetivos de
la planificación. La Cooperación Internacional No Reembolsable proviene de fuentes externas de
carácter público y/o privado de entidades y organismos que realicen ese tipo de actividades. (…)”
• Art. 67 establece que “La política nacional de Cooperación Internacional No Reembolsable se
adecuará a lo que establece el Plan Nacional de Desarrollo y la política exterior del Estado”
CÓDIGO ORGÁNICO DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS
PÚBLICAS
9. FUENTES DE LA COOPERACIÓN
INTERNACIONAL
• Conjunto de acciones ejecutadas por agentes públicos o privados
internacionales, provenientes de países considerados desarrollados,
en favor de los países con menor grado relativo de desarrollo.
Cooperación
Tradicional
• Conjunto de acciones que permite compartir conocimientos y experiencias
en un marco de colaboración y respeto a la autodeterminación de los
países, bajo principios de horizontalidad, consenso, equidad, respeto e
intercambio ético.
Cooperación
Sur-Sur
• Se trata de la cooperación que se realiza mediante un aporte de un país a
otro para que este último otorgue cooperación a un tercero.
Cooperación
Triangular
• Tiene como objetivo el desarrollo y/o la integración de una región (un
mínimo de tres países en desarrollo). Es cooperación recogida bajo un
mecanismo institucional formalizado al interior de los esquemas de
integración como MERCOSUR, UNASUR, ALBA, CAN, CELAC, etc.
Cooperación
Regional
10. MODALIDADES DE CINR
COOPERACIÓN FINANCIERA
APOYO PRESUPUESTARIO
PROGRAMAS Y PROYECTOS
DE CFNR
FINANCIAMIENTO DE
ESTUDIOS – CONSULTORÍAS
Transferencia monetaria real
de fondos al receptor.
Transferencia de técnicas,
tecnologías, conocimientos,
habilidades y experiencias, a
través de talentos humanos.
COOPERACIÓN FINANCIERA
NO REEMBOLSABLE
COOPERACIÓN TÉCNICA
COOPERACIÓN TECNICA
PROGRAMAS Y
PROYECTOS DE CT
EXPERTOS
VOLUNTARIOS
11. SOCIOS ESTRATÉGICOS DE LA CINR
Bilaterales
• Asia
• China
• Corea del
Sur
• Japón
• Europa
• Italia
• Alemania
• España
MultilateralesyBancaMultilateral
• ONU (13 agencias
en Ecuador)
• Unión Europea
• CAF
• OEA: Programa
Cuatrienal
• Banco Mundial*
• BID*
• *se anclan a las estrategias país
de Ministerio de Finanzas CooperaciónSur-Sur
• América
Latina y el
Caribe
• Argentina
• Brasil
• Colombia
• Costa Rica
• Chile
• México
• El Salvador
• Uruguay
EspaciosRegionalese
Iberoamericanos
• CELAC
• UNASUR
• CAN
• Secretaría
General
Iberoamerican
a
12. Gestión de la Cooperación Internacional
Descentralizada:
GAD, Mancomunidades y Consorcios
28. Marco Legal de soporte constitución de
mancomunidades y consorcios
29. Gestión de las competencias de la CINR: Territorios
En ámbito nacional, la Constitución de 2008 dispone, los GAD provinciales, municipales
y parroquiales ejercerán la competencia exclusiva de la gestión de CINR para
cumplimiento de sus competencias (art.263; 264; y, 267).
Según resolución 0009-CNC-2011 , corresponde al Gobierno Central, a través de
Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, el ejercicio de las
facultades de:
Rectoría, planificación, regulación, control y gestión a nivel nacional de la CINR.
Así mismo , corresponde a los GAD, en el ámbito de sus competencias y de su
circunscripción territorial, el ejercicio de:
Rectoría local, Planificación, Regulación, Control y Gestión de la CINR.
El ejercicio de competencia de CINR faculta a los GAD provinciales, municipales,
metropolitanos y parroquiales rurales a:
Captar recursos de CINR que no constituyen recursos fiscales.
Gestionar programas de CINR a partir de la identificación de actores, recursos,
oferta y demanda de la cooperación.
Suscripción de convenios e instrumentos de CINR-descentralizada con cooperantes
locales, nacionales e internacionales para la gestión directa de conformidad con sus
competencias.
33. RETOS PARA LOS PAÍSES DE LA REGIÓN
La pobreza y las brechas en la atención a la salud y la educación
requieren de agendas mas efectivas.
1000 millones de pobres residen en países de renta media. Para el 2025, entre el
40 y 60% de la población pobre, a escala mundial, seguirá residiendo en países
de renta media-Banco Mundial 2012.
Para escapar a la trampa de la Renta Media:
Definir operaciones de desarrollo que protejan el medio ambiente y combatan el
cambio climático de manera consensuada.
Encadenamientos productivos y fortalecimiento de los actores y capacidades
territoriales endógenas.
Democratizar la participación ciudadana en la discusión de las decisiones políticas
que afectan la vida de las personas.
Fortalecimiento del sector productivo y transformación de la dinámica productiva a
hacia mayor valor agregado.
35. Normativa de Registro de CINR
Constitució
n
• Constitución de la República del Ecuador, art. 226: “las instituciones del Estado… que actúen
en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les
sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el
cumplimiento de sus fines…”
COPLAFIP
• Código Orgánico Planificación y Finanzas Públicas, art 69: Entidades del sector público, que
ejecuten acciones, programas y proyectos con recursos provenientes de CINR, tienen
obligación de registrarlos ante organismo técnico competente(…)Registro obligatorio, para
fines de información, de acciones, programas y proyectos de cooperación internacional
ejecutados por el sector público.
DECRETO
EJECUTIVO
193
• Decreto Ejecutivo No. 193-23.10.2017, Reglamento para el Otorgamiento de Personalidad
Jurídica a las Organizaciones Sociales (deroga los Decretos Ejecutivos N° 739 y N° 16), art.
26: obligación de registrar en el MREMH.
CNC
• Resolución 0009-CNC-2011, Descentraliza competencia de CINR a los GAD, art. 8: el Gobierno
Central, mediante la entidad técnica de cooperación internacional, debe administrar el
sistema nacional de información de CINR, incluye normativa para el registro de convenios,
programas, actores, periodicidad, plazo de entrega, seguimiento y evaluación.