El documento resume las principales expectativas de las reformas fiscales para 2014 en México. Se espera aumentar la recaudación tributaria mediante la eliminación de estímulos fiscales y cambios en los regímenes fiscales, así como mediante la simplificación de las disposiciones fiscales para mejorar el cumplimiento voluntario. Algunos cambios clave incluyen aumentar las tasas del ISR, eliminar deducciones, simplificar regímenes especiales y limitar exenciones.
2. 2
¿Ycuáleslaexpectativa delasreformasfiscalesen
2014?
Derivado de que las necesidades de gasto del Estado sobrepasan
los recursos
Y estas necesidades limitan la capacidad del Estado para atender
las necesidades más urgentes de la población.
Se espera aumentar la generación de recursos
(Mayor recaudación tributaria principalmente en ISR)
Principalmente con la eliminación de estímulos, y cambios en los
Regímenes Fiscales
Mediante la simplificación de las disposiciones fiscales para
mejorar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales
Y facilitar la incorporación de un mayor número de contribuyentes
al padrón fiscal
5. Disposiciones Generales
• Los vales de despensa solo podrán ser deducibles cuando para su forma de
pago se utilicen monederos electrónicos autorizados por el SAT.
• Aportaciones a planes de pensiones y jubilaciones, adicionales a los
proporcionados por el IMSS, podrán ser deducibles hasta que se paguen al
beneficiario.
• No deducibles, cuotas de seguridad social del trabajador pagadas por el
patrón.
• Disminución de límite para automóviles:
• De 175 mil a 130 mil pesos para depreciación
• De 250 a 200 pesos diarios para arrendamiento
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Deducciones
6. Disposiciones Generales
• Se elimina la deducción de consumos en restaurantes (antes era el 12.5%).
• Deducción limitada al 41% de los pagos que sean exentos para el trabajador
- Previsión social, fondo de ahorro, horas extras, PTU, prima vacacional, etc.
• Donativos en especie únicamente de productos básicos
• Subsistencia humana (alimentación, vestido, vivienda y salud).
6
Deducciones
7. Disposiciones Generales
Regímenes especiales
• Se eliminan:
• Régimen general para Sociedades Cooperativas de Producción.
• Opción de acumulación al cobro en ventas a plazo
• Reglas de transición para ventas anteriores
• Enajenación de documentos pendiente de cobro – Acumulación
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8. Disposiciones Generales
Otras
• Nuevo régimen de gravamen a pago de dividendos - 10%
• Aplica a personas físicas nacionales y residentes en el extranjero (PF o PM)
• Impuesto a cargo de la empresa
• Impuesto definitivo
• Se enteraría a más tardar el día 17 del mes siguiente
• PTU
• Desaparece el cálculo especial (art. 16 LISR hasta 2013)
• La base se determina disminuyendo de los ingresos acumulables las
deducciones autorizadas sin considerar la PTU pagada del ejercicio ni
tampoco las pérdidas de ejercicios anteriores
• La PTU pagada en el ejercicio disminuye la base de ISR
• Costo Fiscal de Acciones en tenencia de hasta 12 meses
• Regla general de cálculo aplicable a todos los casos
• Opcional considerar para el monto original ajustado, el costo comprobado de
adquisición, los re embolsos y los dividendos o utilidades pagados
• La opción no incluye pérdidas fiscales pendientes de amortizar, diferencias de
CUFIN, UFIN negativa y pérdidas fiscales anteriores a la entrada.
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10. TRAJESELBUENVESTIR,S.A.DEC.V.
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Ingresos por venta de trajes 200,000 200,000
Ingresos por venta de camisas 100,000 1000,000
Ingresos por venta de corbatas 50,000 50,000
INGRESOS TOTALES $350,000 $350,000
DEDUCCIONES
Vales de despensa (entregados en efectivo) 42,000 0 $700 por mes a 5 empleados
Vales de despensa (monedero electrónico) 60,000 24,600 $1,000 mensual a 5 empleados.
Cuotas de IMSS patronal 6,500 6,500
Cuotas de IMSS obrera (pagadas por patrón) 6,500 0
Compra automóvil con valor $200,000 43,750 32,500 2013 (175,000 x 25% ) y 2014 (130,000 x 25%)
Consumo de restaurants (20,000 x 12.5%) 2,500 0
Pago de luz, agua y teléfono 36,000 36,000
Sueldos 100,000 100,000
DEDUCCIONES TOTALES $297,250 $199,600
UTILIDAD DEL EJERCICIO $52,750 $150,400
2013 2014
11. 11
Concepto 2013 2014
Utilidad del ejercicio 52,750 150,400
Tasa de impuesto 30% 30%
ISR del ejercicio 15,825 45,120
Impuestodelejercicio-
13. Ingresos exentos
• Reducción exención en venta de casa-habitación de un monto equivalente a
1,500,000 UDIS a 250 mil UDIS (aprox. De 7 .5 millones a 1.2 millones de
pesos), gravando el excedente.
• Eliminación de exención a ganancia por enajenación de acciones a través de
Bolsa de Valores, está sujeta a una tasa del 10%.
• Eliminación de exención parcial para actividades primarias (agricultura,
ganadería y pesca) estas actividades adoptaran la tasa del 30%.
Anteriormente:
La exención en el ISR para las personas morales hasta por 20 SMAAG por
cada uno de sus socios o asociados, siempre que no exceda de 200 veces el
SMAGDF.
La exención en el ISR para personas físicas hasta por un nivel de ingresos de
40 SMAAG. 13
14. Actividades empresariales
• Se elimina:
• La deducción de la cuota obrera al IMSS que absorbe el patrón.
• La deducción inmediata para contribuyentes que presten servicios profesionales
con ingresos inferiores a 840 mil pesos (anteriormente no había condicionante).
• La posibilidad de llevar contabilidad simplificada.
• La opción de acumular los ingresos por ventas en parcialidades.
• La obligación de presentar declaración informativa de clientes y proveedores
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15. Actividades empresariales
RegímenesdeIncorporaciónFiscal
• Desaparece el Régimen Intermedio y Régimen de Pequeños Contribuyentes
• Nuevo régimen de transición denominado Régimen de Incorporación Fiscal
con las siguientes características:
• Aplicable personas físicas con actividad empresarial, enajenación de bienes
o presten servicios para los que no se requiera para su realización titulo
profesional.
• Aplicable a contribuyentes con ingresos que no excedan de 1 millón de
pesos.
• Esquema bajo flujo de efectivo y con pagos bimestrales definitivos.
• Régimen cedular y de aplicación temporal por un periodo de hasta 6 años.
• Descuentos en el ISR del 100% del pago, durante el primer año, que irá
disminuyendo a lo largo de los seis años.
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Reducción del impuesto sobre la renta a pagar en el Régimen de Incorporación
Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Año 6
Por la presentación de
información de ingresos,
erogaciones y proveedores: 100% 90% 70% 50% 30% 10%
16. Ingresos de otros capítulos
• Se amplia tarifa del ISR para ingresos gravables superiores a 500 mil
pesos anuales con una tasa marginal de 32%.
• Ingresos por arrendamiento:
• Desaparece la opción de no presentar pagos provisionales para los contribuyentes con
ingresos por arrendamiento cuando el monto sea inferior a 10 salarios mínimos
mensuales.
• Ingresos por venta de acciones en Bolsa:
• Se grava con el 10% las ganancias por venta de acciones realizadas a través de bolsa de
valores.
• Es un régimen cedular.
• Las pérdidas se aplican contra ganancias de la misma naturaleza.
• Demás ingresos:
• Por los dividendos percibidos de sociedades residentes en el extranjero, además de
acumularse a los demás ingresos, se enterará adicionalmente el equivalente al 10% del
dividendo con carácter definitivo. 16
17. Declaración anual
• Se elimina la opción de presentar la declaración anual a través del dictamen
fiscal.
• Las deducciones personales deberán pagarse a través del sistema financiero,
tarjeta de crédito, cheque nominativo o transferencia electrónica.
• Tratándose de los donativos efectuados a favor del Estado el monto deducible no
excederá del 4% de los ingresos acumulables.
• Se limita la deducción de los intereses reales por créditos hipotecarios a los que
se generen por créditos no mayores a 250 mil UDI’s equivalente a $1,200,000
pesos. (antes 1,500,000 UDI’s que equivale a $7,500,000 pesos)
• El monto de las deducciones personales se limita al importe menor entre:
• el 10% del ingreso anual total del contribuyente, incluyendo ingresos exentos, y
• dos salarios mínimos anuales correspondientes al área geográfica del contribuyente (con salario
mínimo actual del Distrito Federal de $64.76, sería de $47,274.80).
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19. Impuesto Empresarial a Tasa Única
(IETU)/ Ley de los Depósitos en
Efectivo (IDE)
Anteriormente
Impuestos Empresarial a Tasa Única
• Se pagaba por flujo
• Tasa de 17,5%
•Ley de los Depósitos en efectivo
• Se retenía 3% sobre el excedente a $15,000 sobre los depósitos en
efectivo.
•De acuerdo a la propuesta de Reforma estos dos impuestos están
abrogados. 19
21. Eliminación de tratamientos
preferenciales
- Aplicación uniforme en todo el país la tasa general del 16%
- Eliminación de tasa del 11% en Región Fronteriza
- Eliminación de exenciones:
• En la venta, renta y pagos de hipoteca, de casa habitación
• En los servicios de enseñanza
• En materia de transporte público terrestre de personas
• Se mantiene únicamente al servicio de transporte prestado en áreas
urbanas, suburbanas o zonas metropolitanas
• En espectáculos públicos
• Excepto teatro y circo
• Facultad a entidades federativas para establecer gravámenes hasta
un 8% sobre el ingreso total
21
22. Eliminación de actos al 0%
• Chicles o gomas de mascar
• Mascotas y productos procesados para su alimentación
• Oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes.
22
LIVA
23. Disposiciones transitorias
• Pagos realizados dentro de los primeros 10 días naturales de
2014, se podría considerar la tasa o exención vigente en 2013.
• Pagos posteriores a este periodo quedarán afectos a las nuevas
tasas o pagos de dicho impuesto para 2014.
23
LIVA
25. Disposiciones generales
Objetivo de la reforma
Cláusula anti-elusiva
• Las autoridades fiscales estarán facultadas para determinar un crédito fiscal
cuando detecten operaciones que no tengan una razón de negocio, y se haya
eludido el pago de impuestos.
• Razón de negocios = Utilidad o beneficio económico distinto de elusión, diferimiento o
devolución del pago realizado.
• Domicilio fiscal
• En ciertos casos, el domicilio fiscal de la persona física podrá ser el manifestado a
la entidades del sistema financiero.
• Obligación de inscribirse en el RFC cuando se abre una cuenta
bancaria
25
“Aclarar el sentido
de las disposiciones
fiscales para
facilitar su
comprensión.”
26. De los Medios Electrónicos
• Medidas contra contribuyentes defraudadores
• Se dejan sin efectos los certificados de sellos o firmas digitales
emitidos por contribuyentes defraudadores.
• Buzón Tributario
• Creación de un sistema de comunicación electrónico entre
autoridades y contribuyentes (única vía para presentar
devoluciones, recurso de revocación, etc.).
• Fiscalización por vía electrónica
• Ejercicio de facultades de comprobación mediante el buzón
tributario.
26
27. De los Derechos y Obligaciones de los
Contribuyentes
• Devolución de cantidades a favor
• Se suprime el plazo de 25 días hábiles a favor de contribuyentes
“dictaminados” , por la eliminación del dictamen fiscal .
• Responsabilidad solidaria
• El albacea o representante de una sucesión será responsable solidario.
• La responsabilidad de los socios o accionistas no excederá de su
participación en el capital social.
• Obligaciones para entidades financieras
• Proporcionar información a las autoridades fiscales sobre sus
cuentahabientes y verificar que éstos estén dados de alta en el RFC. 27
28. De los Derechos y Obligaciones de los
Contribuyentes
• Contabilidad
• Se define ampliamente el concepto de “contabilidad”. Se introduce la
contabilidad estandarizada electrónica. Incluye los asientos contables
digitales, que deberán proporcionarse mensualmente al SAT.
• Comprobantes fiscales
• Se elimina el “comprobante simplificado”, así como el estado de cuenta
bancario como medio de comprobación fiscal. Sólo es válido el
“comprobante fiscal digital”.
• Eliminación de dictámenes
• Se crean nuevas formas oficiales para que contribuyentes proporcionen
información sobre su situación fiscal, en sustitución del “dictamen de
estados financieros”.
• El dictamen fiscal correspondiente al ejercicio 2013 se presentará en el
plazo normal 28
29. De las Facultades de las Autoridades
Fiscales
• Publicación de contribuyentes incumplidos
• Publicación en la página de Internet del nombre, denominación o razón
social y la clave del RFC; de quienes no cumplan con sus obligaciones
fiscales.
• Acuerdos Conclusivos
• Opción para el contribuyente de solicitarle a la autoridad fiscal llegar a
un acuerdo
• Posible beneficio de condonación del 100% de las multas (PRODECON).
• Autocorrección
• Acceso a pago a plazos en supuestos más benéficos.
• Embargos de depósitos y seguros
• Procederá también respecto de depósitos y seguros, únicamente por el
importe del crédito fiscal y sus accesorios. 29
30. De las Facultades de las Autoridades
Fiscales
• Congelamiento de cuentas bancarias
• Procede cuando no se localice al contribuyente
• Plazos expeditos para el congelamiento y el levantamiento del mismo.
• Aseguramiento de bienes a comercio informal
• A contribuyentes con locales, puestos fijos o semifijos en la vía pública, que no
demuestren estar inscritos en el RFC o amparen la propiedad de la mercancía.
• Embargo en domicilio diferente al fiscal
• Facultad para embargar bienes propiedad del deudor, aunque no se encuentren
en su domicilio fiscal.
• Embargo a terceros compulsados
• Se prevé el aseguramiento de sus bienes en aquellos casos en que accionistas se
nieguen a proporcionar la información y documentación solicitada en la
compulsa.
30
31. De las Facultades de las Autoridades
Fiscales
• Notificación a órganos de dirección sobre auditorías
• Obligación de las autoridades de informar a los órganos de dirección de
las PM revisadas, de todos los procedimientos de fiscalización seguidos a
su cargo.
• Auditorías sobre contribuciones y periodos ya revisados
• Sólo cuando se trata de hechos nuevos, entendidos éstos como aquellos
se conozcan de datos proporcionados por terceros o por los
contribuyentes (inclusive en medios de defensa).
• Secreto fiscal
• No aplica el secreto fiscal tratándose de contribuyentes que no estén
localizables o no emitan comprantes fiscales válidos. Las autoridades
publicarán los nombres de los contribuyentes en esta situación 31
32. Ley de Pensión Universal
y Seguro de Desempleo
32 Footer
33. NuevoSistemadeSeguridadSocialUniversal
• Se propone elevar a rango constitucional el derecho de los adultos mayores a
contar con una pensión universal y el derecho de los trabajadores a contar con
un seguro de desempleo al reformar el artículo 123, Apartado A, fracción XXIX y
adicionar los artículos 4o. y 73 de nuestra Constitución. Se presenta de manera
paralela, una iniciativa con las respectivas Leyes reglamentarias:
• Ley de la Pensión Universal y,
• Ley del Seguro de Desempleo
Adicionalmente, se reforman, adicionan y derogan disposiciones de las siguientes
Leyes:
• Ley del Seguro Social
• Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
• Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
• Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y,
• Ley Federal del Trabajo
33
34. Principales propuestas
• Establecer una pensión universal de $1,092 mensuales, actualizables anualmente con la
inflación, para quienes al llegar a la edad de 65 años y no sean pensionados, residan en
territorio nacional, los extranjeros que hayan residido por lo menos 25 años en el mismo,
estén inscritos en el Registro Nacional de Población y tengan un ingreso mensual igual o
inferior a 15 SMG
• Establecer una aportación obligatoria a cargo de los patrones para el seguro de desempleo
que consistirá en el equivalente al 3% sobre el salario de los trabajadores para los
desempleados que hayan tenido una relación laboral formal conforme a la LFT y cumplan
con diversos requisitos
• Este nuevo Sistema no representaría un incremento a los costos laborales y sociales de
los patrones ni de los trabajadores, toda vez que la pensión universal será al 100% a cargo
del Gobierno Federal y el Seguro de Desempleo se financiaría de las reducciones de:
• Las aportaciones al Infonavit del 5% al 2%
• Las aportaciones al Fovissste del 5% al 2%
• El Seguro de desempleo formaría parte del régimen obligatorio del Seguro Social 34
36. Entorno global:
• Se crea con el fin de evitar la evasión
fiscal
• Se obliga a las instituciones financieras
ubicadas fuera de Estados Unidos a
reportar los rendimientos de los
ciudadanos o residentes
norteamericanos al IRS
• En caso de incumplimiento, la
penalización consistirá en una retención
del 30% sobre dichos rendimientos
36
FATCA
37. Medidas de fiscalización vía
acuerdos de intercambio de
información automáticos:
37
FATCA
INTERCAMBIO
AUTOMÁTICO DE
INFORMACIÓN
INICIATIVA
MULTILATERAL
MEX CON
EUROPA
38. IGA’s EU con otros Países
38
Acuerdo de intercambio automático de información que EUA
tiene celebrados
IGAs (Acuerdos Interguvernamentales)
Dinamarca Suiza
Irlanda España
México Noruega
UK Alemania
39. Acuerdosdeintercambioautomáticode
informaciónqueEUAcelebrará enlos
próximosmeses
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Acuerdo de intercambio automático de información que EUA celebrará en los próximos
meses
Argentina Estonia Guernsey Jersey Nueva Zelanda
Australia Italia Hungría Liechtenstein Países Bajos
Bélgica Korea Islas Caimán Malasia República Eslovaca
Canadá Finlandia Isla del Hombre Malta Singapur
Chipre Francia Israel Noruega Suecia
40. IntercambioautomáticodeInformación
México/EstadosUnidos
• En abril del año pasado, el Departamento del Tesoro de
EUA emitió reglas respecto de la obligación que tendrán
las instituciones financieras de ese país de reportar al IRS,
los intereses pagados a personas físicas extranjeras
• En noviembre de 2012, el IRS y la SHCP firmaron un
acuerdo para implementar el intercambio automático de
información entre ambos países.
• En términos del acuerdo, los bancos de EUA tienen la
obligación de reportar a la SHCP, las cuentas de depósito
de mexicanos que generen más de USD$10 de intereses al
año
• En el caso de otras cuentas, deben reportarse aquéllas
que tengan fuente de riqueza en EUA 40
Reglas finales
FATCA inverso
Implementación
intercambio
información
41. IntercambioautomáticodeInformación
México/EstadosUnidos
• Respecto de las cuentas reportables debe informarse:
a. Nombre, domicilio y RFC del residente en México
b. Número de cuenta del titular
c. Montos brutos de intereses pagados a mexicanos
d. Montos brutos de dividendos y otros ingresos con fuente de
riqueza en EUA
• El intercambio automático implica que la información
ya no tendrá que ser solicitada por las autoridades
competentes en cada caso específico.
• El acuerdo para el intercambio automático entró en vigor
el 1º de enero de 2013 y únicamente aplica para los
intereses o dividendos.
• Respecto de la información de 2013, ésta se compartirá a
más tardar en septiembre de 2015 41
Intercambio
AUTOMÁTICO
Entrada en
vigor
Información
reportable