1. PROYECTO
DE
ACUERDO
No.
154
de
2009
Por
medio
del
cual
se
formula
la
política
pública
de
prevención
y
atención
a
las
víctimas
de
la
trata
de
personas
EL
CONCEJO
DE
MEDELLIN,
En
uso
de
sus
facultades,
especialmente
las
conferidas
en
el
artículo
313
de
la
constitución
política,
la
ley
136
de
1994
y
las
normas
que
modifican
y
complementan,
así
como
las
demás
disposiciones
legales.
ACUERDA
ARTÍCULO
PRIMERO:
Formular
y
ejecutar
una
política
pública
de
prevención
del
delito
de
trata
de
personas
y
atención
de
las
víctimas.
Se
entenderá
por
trata
de
personas,
de
acuerdo
con
el
Protocolo
de
la
Naciones
Unidas,
la
acción
de
captar,
transportar,
trasladar,
acoger
o
recibir
personas,
recurriendo
a
la
amenaza
o
al
uso
de
la
fuerza
u
otras
formas
de
coacción,
al
rapto,
al
fraude,
al
engaño,
al
abuso
de
poder
o
de
una
situación
de
vulnerabilidad
o
a
la
concesión
o
recepción
de
pagos
o
beneficios
para
obtener
el
consentimiento
de
una
persona
que
tenga
autoridad
sobre
otra
con
fines
de
explotación.
ARTÍCULO
SEGUNDO:
La
Administración
Municipal
en
cabeza
de
la
Secretaría
de
Gobierno
y
con
el
apoyo
de
la
Policía
Metropolitana
establecerá
un
sistema
de
información
luego
de
una
exhaustiva
investigación,
de
manera
tal
que
sea
posible
establecer
el
número
aproximado
de
victimas,
población
en
riesgo,
rutas
utilizadas,
modalidades
del
delito
y
toda
la
información
necesaria
para
intervenir
de
manera
efectiva
tanto
la
población
en
riesgo
como
las
víctimas
del
delito.
ARTÍCULO
TERCERO:
Una
vez
obtenida
la
información
formular
una
serie
de
acciones
que
comprendan
la
prevención,
la
atención
y
el
control
en
todas
las
modalidades
de
trata
de
personas.
ARTÍCULO
CUARTO:
Desarrollar
una
estrategia
de
comunicación
pública
que
permita
conocer
a
los
ciudadanos
cuando
son
víctimas
del
delito
de
trata
de
personas
y
que
pueden
hacer
para
ser
atendidos.
ARTÍCULO
QUINTO:
La
Administración
Municipal
reglamentará
todo
lo
concerniente
a
la
ejecución
de
este
acuerdo
en
el
término
de
seis
meses
contados
a
partir
de
su
sanción.
ARTÍCULO
SEXTO:
La
Administración
Municipal
creará
una
línea
exclusiva
para
la
denuncia
y
atención
de
casos
de
trata
de
personas.
Federico
Gutiérrez
Zuluaga
Bernardo
Alejandro
Guerra
Serna
Concejal
de
Medellín
Concejal
de
Medellín
2. EXPOSICIÓN
DE
MOTIVOS
La
trata
de
personas
es
una
forma
moderna
de
esclavitud,
entre
las
víctimas
se
encuentran
niños
y
niñas,
adolescentes,
hombres
y
mujeres.
Estas
personas
se
ven
sometidas
por
medio
de
la
fuerza,
el
fraude
y
la
coerción
a
involucrarse
en
actividades
sexuales
con
fines
comerciales
o
a
realizar
trabajos
sin
su
consentimiento.
Según
la
Fiscalía
General
de
la
Nación,
Medellín
es
la
tercera
ciudad
en
el
país
con
mayor
índice
de
denuncias
e
investigaciones
sobre
trata
de
personas,
precedida
por
Pereira
y
Cali.
La
trata
de
personas
se
enmarca
entre
los
delitos
caracterizados
no
sólo
por
atentar
contra
valores
de
carácter
humanitario
considerados
esenciales
por
la
comunidad
internacional,
sino
también
por
la
impunidad.
Estamos
ante
un
tipo
de
criminalidad
transnacional
y
organizada
y
que
según
la
Oficina
de
las
Naciones
Unidas
Contra
la
Droga
y
el
Delito,
es
el
negocio
de
más
alto
crecimiento
del
crimen
organizado,
con
ingresos
que
oscilan
entre
los
7
y
los
12
billones
de
dólares
al
año
y
la
segunda
industria
criminal
del
mundo
actual.
De
acuerdo
a
la
Convención
de
las
Naciones
Unidas
en
contra
del
tráfico
de
seres
humanos
del
año
2000,
“El
tráfico
de
personas
debe
significar
el
reclutamiento,
transporte
y
transferencia
de
personas
por
medios
de
amenaza,
fuerza
u
otras
formas
de
coacción,
abducción
o
fraude
hacia
personas
que
se
encuentran
en
situación
de
vulnerabilidad.”.
La
trata
de
personas
es
una
forma
moderna
de
esclavitud,
entre
las
víctimas
se
encuentran
niños
y
niñas,
adolescentes,
hombres
y
mujeres.
Estas
personas
se
ven
sometidas
por
medio
de
la
fuerza,
el
fraude
y
la
coerción
a
involucrarse
en
actividades
sexuales
con
fines
comerciales
o
a
realizar
trabajos
sin
su
consentimiento.
Las
mayoría
de
las
víctimas
de
este
delito
no
acuden
a
las
autoridades
por
medio
a
represalias,
ser
encarceladas
o
deportadas
y
en
especial
por
que
no
se
consideran
como
víctimas.
Hace
falta
formular
estrategias
que
creen
conciencia
en
la
población
sobre
este
flagelo
que
a
veces
no
se
considera
como
tal
y
por
lo
tanto
no
es
reportado
frente
a
las
autoridades
competentes.
El
tratante
es
la
persona
o
la
red
que
se
aprovecha
de
las
necesidades
de
los
demás
y
explota
los
sueños
de
quienes
viven
en
la
pobreza
y
buscan
una
vida
mejor.
El
tratante
se
dedica
a
la
captación,
al
transporte
de
personas;
quienes
ejercen
control
sobre
las
víctimas;
quienes
las
trasladan
o
las
mantienen
en
situación
de
explotación
y
quienes
usan
la
amenaza,
la
intimidación
y
la
violencia
para
obtener
beneficios.
Los
tratantes
atraen
a
las
víctimas
con
la
promesa
de
que
en
otro
lugar,
dentro
de
Colombia
o
en
el
exterior,
recibirán
un
buen
salario
como
niñero,
vendedores
o
camareros,
pero
al
llegar
al
lugar
de
destino
les
quitan
sus
documentos,
los
maltratan,
las
obligan
a
prostituirse
y
a
pagar
deudas
enormes.
La
estrategia
de
los
tratantes
es
aislar
a
las
víctimas
de
su
familia
y
sus
amigos,
de
su
lengua
y
de
su
entorno
social
para
tener
mayor
control
sobre
ellas.
Emplean
avisos
en
los
periódicos
para
ofrecer
los
3. “trabajos”
y
reclutar
a
las
víctimas.
Incluso,
usan
a
miembros
de
la
familia,
a
amigos
o
líderes
de
la
comunidad
social
de
la
víctima.
También
hay
tratantes
que
secuestran
o
raptan
a
sus
víctimas
Colombia
es
uno
de
los
países
del
Hemisferio
Occidental
con
mayor
número
de
mujeres
y
niñas
trasladadas
al
extranjero
para
propósitos
de
explotación
sexual.
El
gobierno
estima
que
entre
45.000
y
50.000
ciudadanos
colombianos
trabajan
en
la
prostitución
en
países
extranjeros
y
que
muchos
de
ellos
han
sido
víctimas
de
la
trata
de
personas.
Mujeres
y
niñas
colombianas
víctimas
de
la
trata
son
llevadas
a
Sur
América,
Centroamérica,
Norte
América,
al
Caribe,
Europa
Occidental,
Japón,
Hong
Kong
y
al
Medio
Oriente.
Según
la
Fiscalía
General
de
la
Nación,
Medellín
es
la
tercera
ciudad
en
el
país
con
mayor
índice
de
denuncias
e
investigaciones
sobre
trata
de
personas,
precedida
por
Pereira
y
Cali.
(ACNUR,
2006)
De
acuerdo
a
un
informe
de
ACNUR
en
2006,
el
gobierno
colombiano
ha
mejorado
sus
esfuerzos
por
combatir
el
delito
de
la
trata
de
personas.
En
agosto
de
2005
el
gobierno
aprobó
legislación
adicional
para
fortalecer
los
esfuerzos
de
lucha
contra
este
delito,
en
especial
en
cuanto
a
la
protección
de
víctimas
y
prevención.
Dentro
de
este
informe
ACNUR
hace
una
serie
de
recomendaciones
dentro
de
las
que
se
destacan
la
asistencia
efectiva
a
víctimas
y
la
creación
de
conciencia
sobre
este
delito
y
sus
alcances
entre
las
poblaciones
más
vulnerables
a
padecerlo.
El
Estado
Colombiano
adquirió
compromisos
al
suscribir
mediante
la
Ley
800
de
2003
por
medio
de
la
cual
se
aprueban
la
Convención
de
las
Naciones
Unidas
contra
la
Delincuencia
Organizada
Transnacional
y
el
Protocolo
para
Prevenir,
Reprimir
y
sancionar
la
Trata
de
Personas,
especialmente
Mujeres
y
Niños,
que
complementa
la
Convención
de
las
Naciones
Unidas
contra
la
Delincuencia
Organizada
Transnacional,
adoptados
por
la
Asamblea
General
de
las
Naciones
Unidas.
Colombia
ocupa
el
segundo
lugar
después
de
Brasil,
como
el
país
con
el
mayor
número
de
personas,
particularmente
mujeres
y
niños,
enviados
con
estos
propósitos
delictivos
desde
su
territorio
hacia
Estados
Unidos
y
los
continentes
europeo
y
asiático.
Este
flagelo
también
se
da
al
interior
del
país,
donde
las
víctimas
son
trasladadas
a
otras
regiones,
obligadas
a
ejercer
la
prostitución
y,
en
algunos
casos,
vendidas
a
dueños
de
casa
de
lenocinio
y
otros
establecimientos
similares,
pasando
a
ser
propiedad
exclusiva
de
quienes
las
adquieren.
También
y
por
vía
de
ejemplo,
el
tráfico
interno
de
trabajos
forzados,
mendicidad
de
menores,
prostitución
y
pornografía
infantil.
Las
zonas
de
alto
riesgo
en
Colombia
para
la
trata
de
personas
son
el
Valle
del
Cauca,
el
eje
cafetero
y
Antioquia,
seguidas
por
Bolívar,
Atlántico,
Cundinamarca,
Norte
de
Santander,
Tolima,
Huila
y
Santander.
Y
los
destinos,
más
utilizados
desde
Colombia
hacia
el
exterior
son
Estados
Unidos,
Japón,
Alemania,
España
y
Holanda.
En
Colombia
el
fenómeno
representa
un
alto
riesgo
para
la
mujer.
De
acuerdo
con
informes
del
Departamento
Administrativo
de
Seguridad,
DAS,
se
estima
que
entre
35.000
y
50.000
mujeres
víctimas
de
trata
se
encuentran
en
el
exterior
y
que
cada
día
salen
de
nuestro
país,
entre
dos
y
diez
mujeres
víctimas
de
este
delito.
4. Día
a
día
se
incrementan
estas
cifras
en
Colombia,
debido
al
conflicto
armado
interno
y
a
la
crisis
económica
y
social,
que
traen
consigo
la
falta
de
oportunidades
y
modo
de
subsistencia,
lo
cual
hace
que
las
personas
sean
más
proclives
a
aceptar
propuestas
laborales
que
en
el
fondo,
son
un
engaño
para
engancharlas
a
redes
de
trata
de
personas.
Cada
año,
entre
600.000
y
800.000
víctimas
aproximadamente
son
víctimas
del
tráfico
ilegal
por
las
fronteras
internacionales
en
todo
el
mundo.
De
esta
cifra,
entre
14,500
y
17,500
víctimas
son
introducidas
en
los
Estados
Unidos,
según
el
Departamento
de
Estado
de
los
EE.UU.
Generalmente
estas
víctimas
proceden
de
Suramérica,
Centroamérica,
Asia
y
Europa
del
Este.
Gran
parte
de
las
víctimas
de
la
trata
de
personas
son
sometidas
a
explotación
con
propósitos
de
sexo
comercial,
como
prostitución,
desnudismo,
pornografía
y
representaciones
de
actos
sexuales
en
vivo.
Sin
embargo,
la
trata
de
personas
también
se
lleva
a
cabo
en
forma
de
explotación
laboral
como
servidumbre
doméstica,
trabajos
en
fábricas
o
faenas
agrícolas
migratorias.
Los
traficantes
hacen
uso
de
la
fuerza,
el
fraude
y
la
coerción
para
obligar
a
mujeres,
hombres
y
niños
a
participar
en
las
actividades
mencionadas.
Las
redes
internacionales
han
evolucionado
sus
métodos
desarrollando
diversos
medios
tanto
de
reclutamiento
como
de
las
formas
para
obligar
a
sus
víctimas
a
practicar
la
prostitución
y
otros
trabajos
de
carácter
forzado,
crueles
y
degradantes
como
la
servidumbre,
el
trabajo
doméstico
no
remunerado
y
la
mendicidad,
entre
los
más
comunes.
Cada
día
resulta
más
difícil
detectar
este
fenómeno
y
también
encontrar
las
pruebas
para
denunciarlos,
pues
el
único
contacto
que
tienen
las
víctimas
una
vez
vinculadas
con
la
sociedad
de
destino,
es
por
conducto
del
personal
de
las
redes
y
los
clientes,
que
aunque
son
parte
de
la
sociedad,
se
convierten
en
cómplices
del
delito.
En
Diciembre
de
2000,
la
Organización
de
las
Naciones
Unidas
adoptó
instrumentos
internacionales
para
luchar
contra
el
crimen
organizado
transnacional
y
acuerdos
o
protocolos
adicionales
para
combatir
la
trata
de
personas,
el
tráfico
de
migrantes
y
las
armas
de
fuego.
Los
diferentes
compromisos
adquiridos
por
gobiernos
en
cuanto
a
la
trata
de
personas
los
encontramos
en
la
Convención
de
las
Naciones
Unidas
Contra
la
Delincuencia
Organizada
Transnacional1,
el
Protocolo
para
Prevenir,
Reprimir
y
Sancionar
la
Trata
de
Personas,
Especialmente
Mujeres
y
Niños2,
y
las
Notas
Interpretativas
(
Travaux
Preparatoires)3
al
Protocolo
contra
la
Trata.
Juntos,
estos
tres
documentos
conforman
el
paquete
completo
de
obligaciones
internacionales
expresamente
dirigidas
a
la
trata
de
personas.
La
trata
de
personas
se
enmarca
entre
los
delitos
caracterizados
no
sólo
por
atentar
contra
valores
de
carácter
humanitario
considerados
esenciales
por
la
comunidad
internacional,
sino
también
por
la
impunidad.
Estamos
ante
un
tipo
de
criminalidad
transnacional
y
organizada
y
que
según
la
Oficina
5. de
las
Naciones
Unidas
Contra
la
Droga
y
el
Delito,
es
el
negocio
de
más
alto
crecimiento
del
crimen
organizado,
con
ingresos
que
oscilan
entre
los
7
y
los
12
billones
de
dólares
al
año.
"La
opinión
pública
está
tomando
conciencia
de
la
realidad
de
una
forma
moderna
de
esclavitud",
afirmó
el
Director
Ejecutivo
de
la
UNODC,
Antonio
Maria
Costa.
"Pero
muchos
gobiernos
siguen
negándose
a
reconocer
el
problema.
Incluso
se
dan
muestras
de
indiferencia
a
la
hora
de
informar
de
casos
de
trata
de
personas
o
de
llevarlos
a
juicio."
El
Estado
Colombiano
adquirió
compromisos
al
suscribir
mediante
la
Ley
800
de
2003
por
medio
de
la
cual
se
aprueban
la
Convención
de
las
Naciones
Unidas
contra
la
Delincuencia
Organizada
Transnacional
y
el
Protocolo
para
Prevenir,
Reprimir
y
sancionar
la
Trata
de
Personas,
especialmente
Mujeres
y
Niños,
que
complementa
la
Convención
de
las
Naciones
Unidas
contra
la
Delincuencia
Organizada
Transnacional,
adoptados
por
la
Asamblea
General
de
las
Naciones
Unidas.