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II Encuentro de la minería navarra
Las Administraciones Públicas y el Aprovechamiento de los Recursos
Mineros
Guía Básica
II Encuentro de la minería navarra
ORIGEN DEL DOCUMENTO
• MESA DE LA MINERIA DE NAVARRA
• DISFUNCIONES ENTRE ADMINISTRACIONES SOBRE EL
APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS MINEROS
• ELABORAR Y CONSENSUAR UNA COMUNICACIÓN ENTRE ANEFA Y
AEMINA SOBRE OBLIGACIONES A CUMPLIR EN MATERIA DE MINERIA
• DIFUSION DE LA COMUNICACIÓN POR SERVICIO DE MINAS Y FNMC
II Encuentro de la minería navarra
OBJETO DE LA GUÍA BÁSICA
DOTAR A LAS ADMINISTRACIONES NO SECTORIALES DE UN MARCO
BÁSICO DE INFORMACIÓN SOBRE:
• La naturaleza del aprovechamiento de los recursos mineros.
• Las competencias de las administraciones en la tramitación de
expedientes para el desarrollo de la actividad minera.
• Responsabilidad de las administraciones en la gestión del
aprovechamiento de recursos calificados como de dominio público.
II Encuentro de la minería navarra
CONTENIDO de la GUIA
1.- Antecedentes
2.- Naturaleza de los recursos mineros
3.- Características singulares de las actividades de aprovechamiento de los
recursos mineros
4.- Trámites administrativos para los proyectos de actividades mineras
5.- Las actividades mineras y su entorno
6.- Anexo I. Documento de COMINROC. Orientaciones sobre potestades
locales y derechos mineros
7.- Anexo II. Documento de la Comisión Europea de Medioambiente.
Explotaciones mineras no energéticas y su compatibilidad con la Red
Natura 2000.
II Encuentro de la minería navarra
ANTECEDENTES
1.- Inicio del aprovechamiento de los recursos mineros
· Consustancial con el ser humano
. Fuente de Riqueza y Progreso Social
2.- Actividad Básica
· El derecho a su aprovechamiento corresponde al soberano
· Regulación del ejercicio del derecho al aprovechamiento
II Encuentro de la minería navarra
EVOLUCIÓN DEL MARCO NORMATIVO
DECRETO 4/7/1825
LEY MINAS 4/03/1868. REGLAMENTO 24/06/1868.
REGLAMENTO DECRETO LEY 29/12/1868
POLICIA MINERA 15/7/1897 BASES MINAS. REGLAMENTO INTERINO 17/04/1903.
REGLAMENTO 16/06/1905.
REGLAMENTO PROVISIONAL LEY MINAS 07/06/1938.
POLICIA MINERA 28/01/1910
LEY MINAS 19/07/1944. REGLAMENTO 09/08/1946.
REGLAMENTO DE POLICIA LEY MINAS 21/07/1973. REGLAMENTO 25/08/1978.
MINERA Y METALURGICA
23/08/1934
LEY MODIFICACION 05/11/1980.
MINAS.
REGLAMENTO GRAL. NORMAS
BASICAS DE SEG. MINERA
02/04/1985
ESTATUT0 DEL MINERO
21/12/83
NORMATIVA
SEGURIDAD
LEGISLACION
BASICA
DESARROLLO
REGLAMENTARIO
II Encuentro de la minería navarra
MARCO NORMATIVO. Normativa Básica
3.- LEY 22/1973 DE MINAS y R.D. 2857/1978
“ Establece el régimen jurídico de la investigación y
aprovechamiento de los yacimientos minerales y demás recursos
geológicos”
· Son BIENES DE DOMINIO PÚBLICO los yacimientos minerales
. Son CLASIFICADOS EN SECCIONES, conforme a su naturaleza, uso e
importancia.
· PILARES BÁSICOS en el desarrollo de la Actividad la SEGURIDAD
(Operarios, instalaciones y terceros) y la PROTECCIÓN DEL MEDIO
AMBIENTE.
II Encuentro de la minería navarra
Decreto-Ley de Bases de 29 de diciembre de 1868
“El antiguo derecho en materia de minas partía del principio regalista, así los
declaraba propiedad del soberano el decreto de 4 de julio de 1825. Transformada
la manera política de ser de la sociedad española, sustituida al antiguo Monarca de
derecho divino, que en su persona resumía la nación entera, la entidad colectiva
del Estado, natural era sustituir al derecho regalista el dominio público...”
Reglamento de Policía Minera de 15 de julio de 1897
“Las arriesgadas e insalubres condiciones en las minas; los peligros de todo género
que el laboreo de éstas entraña, la estabilidad de los edificios y de las obras
públicas y para la conservación de las tierras de cultivo, obligan al Estado a
intervenir de un modo activo en la minería, para evitar al menos aquellos
accidentes que pudieran ser ocasionados por la codicia, por la temeridad o por la
ignorancia, y de ahí nace la necesidad de los reglamentos de vigilancia.
II Encuentro de la minería navarra
NORMATIVA COMPLEMENTARIA A LA BÁSICA
- R.D. 2994/1982 de Restauración del Espacio Natural afectado por las actividades mineras
- R.D.L. 1302/1986 de Evaluación de Impacto Ambiental
- R.D. 1131/1988 que aprueba el Reglamento para la ejecución del RDL1302/1986
- R.D. 975/2009 que traspone la Directiva 2006/21/CE sobre Gestión de los Residuos de
las Industrias Extractivas y protección y rehabilitación del entorno natural afectado
- Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental.
- R.D. 863/1985 que aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad
Minera (RGNBSM)
- Ley 31/01995 de Prevención de Riesgos Laborales
- R.D. 1389/1997 por el que se aprueban las Disposiciones Mínimas destinadas a proteger
la Seguridad y la Salud de los trabajadores en las Actividades Mineras
II Encuentro de la minería navarra
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS IMPLICADAS
Administración Sectorial: Servicios de Minas de las CC.AA.
- Ordenación de los recursos mineros
- Control de la Seguridad minera de los centros de actividad, policía minera.
- Tramitaciones de expedientes de:
· Proyectos de Investigación; de Explotación; de Cierre y Abandono; de
Establecimientos de Beneficio; de Escombreras, Balsas y Vertederos de estériles y
residuos mineros; de Voladuras, de Restauración
· Planes de Labores Anuales, que sirven de desarrollo a los proyectos Generales
de Exlotación.
· Tramitaciones de Declaración de Utilidad Pública y de Expropiaciones y/o
Ocupaciones Temporales de terrenos afectados por actividades mineras, etc.
· Someter a Información Pública los expedientes de otorgamiento de
autorizaciones o concesiones de aprovechamiento.
II Encuentro de la minería navarra
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS IMPLICADAS
Al igual que el resto de las actividades el aprovechamiento de los
recursos mineros :
· Ocupa una superficie.
· Afecta al entorno ambiental donde se emplaza.
ASPECTOS GESTIONADOS POR LAS ADMINISTRACIONES LOCALES CON
LA INTERVENCIÓN DE LAS ADMINISTRACIONES SUPRAMUNICIPALES
SECTORIALES DE MEDIOAMBIENTE Y DE ORDENACIÓN DEL
TERRITORIO.
II Encuentro de la minería navarra
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS IMPLICADAS
Administración Medioambiental de las CC.AA.:
- Tramitan los expedientes de Evaluación de Impacto Ambiental,
sometiéndolos al procedimiento de Información Pública; Autorizaciones de
Afección Ambiental y Autorizaciones Ambientales Integradas.
Administración Local:
- Otorgan Licencias Municipales de Actividad Clasificada, como acto reglado
consecuencia de una solicitud al amparo de una Resolución favorable de
D.I.A..
- Otorgan Licencias de Obra, Licencia Urbanística.
- Elabora el Planeamiento urbanístico del municipio.
II Encuentro de la minería navarra
NATURALEZA DE LOS RECURSOS MINEROS
- El Reglamento General para el Régimen de la Minería regula el
aprovechamiento de:
· los minerales metálicos, las rocas industriales y las rocas
ornamentales
· las aguas minerales naturales y las termales
· los depósitos de estériles y las escombreras de antiguos
aprovechamientos
· el uso de las estructuras subterráneas
· los establecimientos de beneficio
II Encuentro de la minería navarra
CLASIFICACIÓN JURIDICA DE LOS RECURSOS MINEROS
Tres de ellas, A), B) y C) definidas y reguladas por la Ley de Minas.
· Sección A), en el RD 107/1995, quedan comprendidos los yacimientos minerales y
demás recursos geológicos en que se den cualquiera de las circunstancias siguientes:
a) Aprovechamiento único obtener fragmentos para su utilización directa en obras, y
otros usos que no exijan más operaciones que las de arranque, quebrantado y calibrado.
Se exceptúan aquellos yacimientos de recursos minerales en explotación no incluidos en
el párrafo b) cuya producción se destine a la fabricación de hormigones, morteros y
revoques, aglomerados asfálticos u otros productos análogos, o bien estén sometidos a un
proceso que exceda de lo fijado en el párrafo anterior.
b) Aquéllos que reúnan conjuntamente las condiciones:
- Valor anual en venta no superior a 100.000.000 de pesetas.
- Obreros empleados en la explotación no exceda de 10.
- Comercialización directa no exceda de 60 kilómetros de la explotación.
II Encuentro de la minería navarra
CLASIFICACIÓN JURIDICA DE LOS RECURSOS MINEROS
- Sección B), son tres tipos de recursos muy específicos:
· Subsección de Aguas Minerales y Termales
· Subsección de Yacimientos de Origen No Natural
· Subsección de Estructuras Subterráneas.
- Sección D), carbones, minerales radiactivos, recursos geotérmicos,
rocas bituminosas y yacimientos minerales o recursos geológicos de
interés energético que tienen su propia normativa reguladora, Ley
sobre Energía Nuclear y Ley de Hidrocarburos.
- Todos los demás recursos no incluidos en las secciones anteriores
serán clasificados como de la sección C).
II Encuentro de la minería navarra
SECTORES
Por tipo de mineral beneficiado distinguimos los sectores:
- Hidrocarburos, Gas y Petróleo
Pozos de perforación para grandes profundidades bien en suelo firme,
bien en plataformas flotantes, destinados a la exploración y/o
explotación de yacimientos de hidrocarburos.
Beneficiados en complejos petroquímicos normalmente no ubicados en
las inmediaciones del yacimiento.
- Carbones y rocas bituminosas
Explotaciones tanto a cielo abierto como subterráneas.
Antes de ser empleado debe ser tratado para eliminarle las impurezas
no deseables para sus usos posteriores, en plantas de lavado sitas en
las inmediaciones del centro de extracción.
II Encuentro de la minería navarra
SECTORES
- Minerales radiactivos
• Generalmente extraídos en explotaciones a cielo abierto en yacimientos con
bajas leyes, que requieren grandes movimientos de materiales.
• En su emplazamiento se localizan las instalaciones de beneficio del mineral, que
tienen por objeto obtener un concentrado del mismo apto para su posterior
tratamiento en plantas donde obtener el producto final para su uso.
- Minería metálica
• La más ancestral, obtenemos metales tan universalmente empleados como
hierro y su derivado el acero, zinc, níquel, aluminio, plomo, cobre, manganeso,
tugsteno, wolframio, oro, plata, platino, etc,.
• La explotación de sus yacimientos lo es tanto a cielo abierto, en grandes cortas,
como en subterráneo, requiriendo de plantas de concentrado a pie de
explotación.
• Dadas las bajas leyes en contenido de metal puro de los minerales, son precisos
emplazamientos próximos para el almacenamiento temporal o definitivo de
estériles mineros.
II Encuentro de la minería navarra
SECTORES
- Rocas industriales
• Son rocas ornamentales, sulfatos, caolín, arcillas y tierras de diatomeas,
feldespatos, fluorita, magnesita, talco, calcita, yeso, sal común, carbonatos,
sales potásicas, áridos, etc,.
• Yacimientos explotados tanto a cielo abierto como en subterráneo y en
sus inmediaciones se ubican los establecimientos de beneficio que
posibilitan la obtención de los productos finales comerciales.
- Tierras raras
• También llamados metales especiales, conjunto de 17 elementos químicos
metálicos que se encuentran dispersos en la corteza terrestre en
cantidades insignificantes.
• Explotación a cielo abierto con gran movimiento de tierras.
• En sus inmediaciones es preciso la implantación de instalaciones de
beneficio que proporcionen concentrados aptos para ser transportados.
II Encuentro de la minería navarra
La distribución de los sectores en España, según los últimos datos publicados y correspondientes al
AÑO 2011
Valor de la Producción Población empleada Centros activos
Recurso Minero Miles € % Personas % Número %
Productos Energéticos 418.250,00 13 4.180 17 44 1
Minerales Metálicos 492.632,00 15 1.159 5 7 0
Rocas y Minerales Industriales 1.882.222,00 58 12.973 53 2.715 80
Roca Ornamental 457.198,00 14 6.167 25 635 19
TOTALES 3.250.302,00 24.479 3.401
Fuente: Panorama Minero 2013 IGME
II Encuentro de la minería navarra
CARACTERÍSTICAS SINGULARES
• UBICACIÓN
- Las actividades básicas (agricultura, selvicultura, pesca, minería) no
eligen donde asentarse; es la abundancia o la calidad, o simplemente
la propia existencia del recurso natural a aprovechar, lo que posibilita
su asentamiento.
- Los yacimientos mineros susceptibles de aprovechamiento racional,
no obedecen a la voluntad de un individuo, de una comunidad o de
una administración en su deseo de progreso social y económico, sino
al “capricho” de la naturaleza, que en su constante y continua
evolución geológica, allí ha propiciado su ubicación.
II Encuentro de la minería navarra
CARACTERÍSTICAS SINGULARES
- Junto a las explotaciones se localizan los establecimientos de
beneficio de primera transformación (trituración, molienda y
clasificación) e incluso de segunda transformación (plantas de
concentrado) y tercera transformación (plantas de refino y obtención
del producto apto para la industria manufacturera), con lo que de
valor añadido se da al producto final comercial.
- El recurso minero más demandado tras el agua es el árido, que se
obtiene de yacimientos próximos a los centros de demanda por su
elevado consumo y la relativa abundancia de éstos.
II Encuentro de la minería navarra
CARACTERÍSTICAS SINGULARES
- Los restantes recursos minerales son menos abundantes, su
existencia en condiciones racionales de aprovechamiento requiere
de mayores inversiones, con rendimientos que generan gran
actividad de servicios en su entorno, y en consecuencia desarrollo
social y económico para el mismo.
- Propician en el lugar la implantación de un nuevo tejido económico,
social e industrial, creado con su propia evolución, y que en muchos de
los casos sobrevive al final de la actividad minera que lo genera.
II Encuentro de la minería navarra
CARACTERÍSTICAS SINGULARES
Diferencias con el resto de actividades industriales:
- Las actividades transformadoras pueden ser atraídas para su
implantación por todo municipio realice, una inversión en
infraestructuras que haga preferente, frente a otros posibles, ese
emplazamiento para su asentamiento.
- En ocasiones se llega a seleccionar el tipo de actividades
transformadoras que se desean desarrollar allí.
- Las actividades industriales pueden elegir el asentamiento de sus
centros de operación, contribuyendo en una relación recíproca con
su entorno, al desarrollo social y económico de un municipio, una
comarca, una región, etc., donde no necesariamente existan recursos
naturales para ello. Asumiendo estas comunidades el impacto de la
implantación de estas actividades.
II Encuentro de la minería navarra
ETAPAS EN EL APROVECHAMIENTO DE UN YACIMIENTO
• Investigación e identificación de los yacimientos susceptibles de
aprovechamiento racional.
• Aprovechamiento del mineral, comprende la explotación del
yacimiento y el procesado y tratamiento del todouno extraído para
obtener el producto final comercial.
• Abandono del emplazamiento, concluida la fase de
aprovechamiento se procede a desmantelar las instalaciones e
infraestructuras, y a concluir la rehabilitación del entorno afectado no
ejecutado durante la etapa anterior.
II Encuentro de la minería navarra
TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
ASPECTOS A CONSIDERAR
- Sector extremadamente regulado.
- Concurren diferentes Administraciones Públicas.
- Confluencia de competencias de los departamentos que intervienen en la
aprobación de proyectos mineros, (medio ambiente, ordenación del territorio,
seguridad industrial de los gobiernos autonómicos, entes locales), genera
complejidad de los trámites administrativos y una insostenible inseguridad
jurídica para los titulares de estos derechos.
- La actividad extractiva colisiona con las políticas municipales que sobre el
medio ambiente y la planificación urbanística y territorial.
- Las AA.PP. condicionan o limitan el ejercicio de intereses legítimos, por razones
de interés general.
- La Administración General del Estado y las Administraciones de las Comunidades
Autónomas utilizan los Reglamentos.
- La Administración Local utiliza los bandos, las ordenanzas, las licencias, etc.
II Encuentro de la minería navarra
TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
Las Dos son figuras administrativas empleadas:
- AUTORIZACIONES Y LICENCIAS
Actos administrativos que permiten una actividad privada en función de un
interés público. Se aplica cuando no hay limitación en el número de
beneficiarios del derecho o actividad ejercitada, ni discrecionalidad en el
otorgamiento.
Es un acto reglado que determina si se cumplen las exigencias legales
previstas en el ordenamiento jurídico.
- CONCESIÓN
Con la concesión no existe un derecho preexistente del particular, sino que
éste nace justamente del acto concesional.
Se permite la discrecionalidad en el otorgamiento o límite en el número de
beneficiarios del ejercicio del derecho o actividad en función de condiciones
legalmente definidas.
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TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
• Administración Sectorial. Servicios de Minas de las CC.AA.
- Permiso de Exploración para Recursos de la Sección C) o D).
· Permite seleccionar áreas de interés donde investigar.
· Solo empleo de técnicas no destructivas.
· Se concede por Cuadriculas mineras y por un Año prorrogable por otro.
- Permiso de Investigación para Recursos de la Sección C) o D).
· Permite trabajos para definir yacimientos minerales susceptibles de aprovechamiento racional.
· Presentación y Aprobación de un Proyecto de Investigación.
· Está sometido a tramitación medioambiental.
· Se concede por Cuadriculas mineras y por Tres Años prorrogable por otro periodo igual.
· Se presentan Planes Anuales de Labores para su aprobación.
II Encuentro de la minería navarra
TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
- Concesión de Explotación Directa para Recursos de la Sección C).
· Permite la extracción de un recurso minero, cuyo yacimiento ha sido
puesto de manifiesto, y es viable su aprovechamiento racional.
· Presentación y Aprobación de un Proyecto de Explotación, Plan de
Restauración, Estudio de Viabilidad.
· Está sometido a tramitación medioambiental.
· Se concede por Cuadriculas mineras y por Treinta Años prorrogable por
otros dos periodos iguales.
· Se presentan Planes Anuales de Labores para su aprobación.
- Concesión de Explotación derivadas de Permisos de Investigación para
Recursos de la Sección C) o D).
· Similar tramitación al anterior.
· El yacimiento es puesto de manifiesto a partir de un Permiso de
Investigación.
II Encuentro de la minería navarra
TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
- Autorizaciones de Explotación para Recursos de la Sección A)
· El derecho al aprovechamiento del recurso minero le corresponde al propietario del terreno
donde localiza el yacimiento.
· Se otorga para la superficie afectada, no por cuadrículas mineras, y para un periodo de tiempo
fijado.
· Presentación y Aprobación de un Proyecto de Explotación, Plan de Restauración, Estudio de
Viabilidad.
· Está sometido a tramitación medioambiental.
· Se presentan Planes Anuales de Labores para su aprobación.
II Encuentro de la minería navarra
TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
- Autorización de Aprovechamiento de Aguas Minerales y/o
Minerotermales de la Sección B)
· Requisito previo para obtener la autorización de su aprovechamiento
es necesario tramitar la declaración de la condición mineral de las
aguas.
· A partir de la fecha en que sea declarada la condición mineral, el
propietario o el promotor del expediente dispondrá de un año para
solicitar la oportuna Autorización de aprovechamiento.
· A la citada solicitud presentará un proyecto general de
aprovechamiento, designará un perímetro de protección y un programa
económico de inversiones, su financiación y garantías sobre su
viabilidad.
II Encuentro de la minería navarra
TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
- Autorización de Explotación de recursos de Origen No Natural de la
Sección B)
· Requisito previo para obtener la autorización de su aprovechamiento
es necesario tramitar la declaración como recurso minero del residuo
del yacimiento no natural.
· La prioridad en su aprovechamiento corresponde al titular de los
derechos mineros en que se han producido los residuos.
· Para obtener la autorización deberá presentar un programa de
explotación, un proyecto de las instalaciones, estudio económico con
plan de inversiones y garantías sobre su viabilidad y mejoras sociales
que se prevean.
II Encuentro de la minería navarra
TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
- Autorización para Utilizar Estructuras Geológicas Subterráneas de la
Sección B)
· Previamente a obtener la autorización de uso de la estructura
subterránea es preciso tramitar la solicitud de calificación de la
estructura subterránea como recurso de la sección B).
· Obtenida ésta, el interesado acreditará su capacidad técnica y
económica, presentará un proyecto de utilización y una memoria
justificativa de la conveniencia de su utilización y propuesta de
indemnización a terceros.
II Encuentro de la minería navarra
TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
- Autorización para la Formación de Coto Minero
· Finalidad un mejor aprovechamiento de los recursos mineros.
· Son agrupaciones de intereses de titulares de derechos de explotación.
· Podrán solicitar su formación los titulares de los derechos mineros
interesados presentando un proyecto técnico que lo justifique, un proyecto
de convenio entre los interesados y un plan de trabajos a realizar.
· La administración podrá obligar a la formación de cotos mineros cuando el
aprovechamiento de los recursos sea declarado de interés nacional, o
cuando la falta de unidad de sistema en aprovechamientos colindantes o
próximos puedan afectar a la seguridad de los trabajos, a la integridad de la
superficie, a la continuidad del recurso, a la protección del medio ambiente
o cuando resulte así un aprovechamiento más razonable de los recursos.
II Encuentro de la minería navarra
TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
- Autorización para la Instalación de Establecimiento de Beneficio de Recursos
Mineros
Previamente a la instalación de un establecimiento destinado a la preparación, la
concentración o el beneficio de los recursos mineros el interesado deberá obtener
autorización, presentando la solicitud acompañada del proyecto de las
instalaciones y del estudio económico y financiero.
a) Instalaciones de Preparación son las destinadas a la eliminación de elementos
sin valor, estéril de mina, con operaciones de trituración, molienda y clasificación.
b) Plantas de Concentración las destinadas a separar en el todo-uno la mena de la
ganga y obtener productos más apropiados para su tratamiento posterior.
c) Plantas de Beneficio su finalidad es someter los recursos minerales o los
productos obtenidos en las instalaciones anteriores, tratamientos con los que
obtener elementos o compuestos útiles.
Incluye las instalaciones que obtienen productos útiles para infraestructuras e
industrias de la construcción.
II Encuentro de la minería navarra
TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
- Instalaciones móviles
· Constituidas por uno o varios equipos móviles que a modo de
Instalación de Preparación procesan recurso minero procedente bien
de explotaciones mineras, bien de obras de desmonte o bien de
excavaciones.
· Requieren de sometimiento a Evaluación de Impacto Ambiental o
Autorización de Afecciones Ambientales en su caso.
· Precisan de licencia municipal de actividad, cuya obtención supone
automáticamente la obtención de la licencia urbanística o de obras.
· Son parte del aprovechamiento de los recursos mineros.
II Encuentro de la minería navarra
TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
- Instalaciones móviles
· Formarán parte de un otorgamiento de aprovechamiento minero
cuando sólo traten los recursos de esa determinada explotación y
siempre de la misma.
· Deben incluirse en los Planes de Labores de las explotaciones.
· Fuera de ello, deben contar con una autorización minera específica,
forma de que puedan ejercitarse las potestades de la autoridad minera
sobre tales plantas.
· Salvo las adscritas a una obra determinada, pública o privada, que
estén amparadas por la autorización o aprobación de la misma,
siempre que sólo traten los materiales procedentes de esa obra y se
hayan contemplado en los proyectos respectivos.
II Encuentro de la minería navarra
TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
• Administración Medioambiental de las CC.AA.
- Declaración de Impacto Ambiental (D.I.A.)
• Es tramitada y sancionada por el órgano administrativo de medio
ambiente, a la vista del contenido del Estudio de Impacto Ambiental
(E.I.A.) presentado por el promotor de una actividad minera, tanto
ante la administración sustantiva (junto con el Proyecto de
Explotación y Plan de Restauración) como ante la administración
municipal (junto al Proyecto de Actividad Clasificada).
• En distintas etapas de su tramitación estos expedientes se someten a
Información Pública
II Encuentro de la minería navarra
TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
• Administración Local.
- Licencia Urbanística
· Necesaria para cualquier aprovechamiento urbanístico del suelo.
· Máximo exponente de la actividad de policía urbanística de las
administraciones locales, permitiendo o autorizando de manera
expresa cualquier actividad.
· Sólo autoriza esta licencia lo que el plan urbanístico permite, ni se
puede denegar para aquello que el plan no prohíbe.
· Las Normas Urbanísticas donde expresamente se prohíbe de
manera genérica la implantación de Actividades Extractivas en suelos
no urbanizables son actos administrativos ilegales.
II Encuentro de la minería navarra
TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
- Licencia de Obra
· La licencia de apertura de una actividad ha de ser previa a la de
obras, para evitar que no se desarrolle una actividad que no está
autorizada, una vez ejecutada la obra.
· En la actividad extractiva “la obra” coincide con la actividad a realizar,
bastará con el otorgamiento de la licencia de apertura.
· No es exigible la licencia de obras ni para los movimientos de tierras,
ni para los trabajos de excavación que tienen por finalidad el
aprovechamiento del mineral subyacente a extraer, dado que ello
resultaría consustancial con la propia actividad.
II Encuentro de la minería navarra
TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
Conclusiones
• El otorgamiento de un título minero por el órgano competente no
excluye la necesidad del sometimiento previo de las explotaciones
mineras al control urbanístico.
• El otorgamiento de un aprovechamiento de yacimientos minerales se
entiende sin perjuicio de tercero y no excluye la necesidad de obtener
las demás autorizaciones y concesiones que con arreglo a las leyes
sean necesarias.
• Hay competencias concurrentes sobre la misma materia, en las que
se ha de procurar la coordinación entre las distintas administraciones,
pues las decisiones de una no tienen valor prevalente para las
restantes.
II Encuentro de la minería navarra
TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
Actividades mineras y las licencias municipales a que están sometidas
· Autorizaciones de Explotación para recursos de la sección A) o B):
· Licencia Urbanística.
· Permisos de Investigación para recursos de la sección C) o D):
· Licencia de Obra para calicatas, sondeos, etc.
· Concesiones de Explotación para recursos de la sección C) o D):
· Licencia Urbanística
· Establecimientos de Beneficio:
· Licencia de Obra que estará subsumida en la de la explotación.
· Plantas de embotellado de agua mineral:
· Licencias Urbanística y de Obra
II Encuentro de la minería navarra
TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
• Otras Administraciones.
Autorización de Préstamos de obra
· Para una obra pública concreta, está contemplada en la vigente
normativa sectorial minera.
· Sus proyectos de aprovechamiento, de diseño y ejecución, de
restauración/rehabilitación del espacio afectado, de instalaciones y
servicios que lo compongan, han de estar incluidos en el Proyecto
Constructivo de la Obra Pública.
· La actividad de aprovechamiento a que se refiere, estará cubierta por
la Declaración de Impacto Ambiental que se emita correspondiente al
Proyecto Constructivo de la Obra Pública.
II Encuentro de la minería navarra
TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
• Otras Administraciones.
Autorización de Préstamos de obra
· La autorización de aprovechamiento se considerará inherente a la
aprobación del proyecto constructivo de referencia y por cuenta de la
Administración de la que dependa la obra pública relacionada.
· El proyecto de la obra debe especificar el origen y las cantidades de
los áridos necesarios, teniendo que estar suficientemente previstos
estos suministros.
· Estos recursos mineros, préstamos, solamente podrán utilizarse para
la finalidad para la que se solicitaron.
II Encuentro de la minería navarra
TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
• Otras Administraciones.
Autorización de Préstamos de obra
· Los aprovechamientos para préstamos no incluidos en el Proyecto
constructivo de la obra a la que se destinan, requerirán la Autorización
de Explotación de recursos de la sección A), solicitada por el promotor
de los aprovechamientos.
· Sólo podrán utilizarse para la finalidad para la que se solicitaron. Si se
pretendieran usar también con otras finalidades no recogidas en el
proyecto, ajenas a la propia obra, se estaría infringiendo el
ordenamiento jurídico, y conllevará la apertura de un procedimiento
sancionador.
II Encuentro de la minería navarra
Documentación Técnica. Actos Administrativos
• La normativa que regula el aprovechamiento de los recursos
minerales da especial importancia a la seguridad en el desarrollo de
las labores.
• Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera (R.D.
863/1985) establece que la normas de seguridad deben servir para:
- proteger las personas ocupadas en estos trabajos contra los
peligros que amenacen su vida o su salud
- la seguridad de todas las actividades específicas descritas en el
propio reglamento
- el mejor aprovechamiento del recurso geológico
- la protección del suelo cuando las explotaciones o los trabajos
puedan afectar a terceros
II Encuentro de la minería navarra
Documentación Técnica. Actos Administrativos
Para el ejercicio del aprovechamiento minero, el promotor debe
presentar, para su aprobación por la Administración Sectorial-Servicios
de Minas:
· Proyecto de Explotación de Trabajos a Cielo Abierto
· Proyecto de Explotación de Trabajos Subterráneos
· Proyecto de Investigación
· Plan de Restauración
· Proyecto de Instalaciones Mineras
· Proyecto de Escombreras, Balsas y Diques de Estériles o Depósitos de
Residuos Mineros
II Encuentro de la minería navarra
Documentación Técnica. Actos Administrativos
· Proyecto de Sondeos Terrestres o Marítimos
· Proyecto de Aprovechamiento de Aguas Minerales o Termales
· Proyecto de Aprovechamiento de Estructuras Subterráneas
· Proyecto de Aprovechamiento de Recursos Mineros de Origen No Natural
· Proyecto de Suspensión Temporal de Trabajos
· Proyecto de Abandono
· Proyecto de Voladuras Especiales
Anualmente:
· Plan de Labores, que desarrolla los trabajos definidos en el Proyecto
General de Explotación. Requiere aprobación.
· Documento de Seguridad y Salud. Plan de Prevención de Riesgos Laborales.
II Encuentro de la minería navarra
Documentación Técnica. Actos Administrativos
Los trámites de aprobación de proyectos de actividades de
aprovechamientos de recursos mineros están sometidos al
procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, y por tanto deben
presentar ante el Organismo Autonómico de Medio Ambiente, junto al
Proyecto correspondiente, el Estudio de Impacto Ambiental.
Su tramitación concluirá con la emisión por dicho organismo de los
actos siguientes, según proceda:
· Autorización Ambiental Integrada
· Declaración de Impacto Ambiental
· Autorización de Afección Ambiental
II Encuentro de la minería navarra
Documentación Técnica. Actos Administrativos
En administración local se tramitarán básicamente estos mismos
documentos técnicos bajo el formato específico de la norma que lo
requiere.
Con objeto ser sancionados desde la óptica urbanística y como
actividades clasificadas, concluyendo los expedientes con la emisión de
la Resolución de Alcaldía, acto reglado, que promulga según el caso:
· Licencia Urbanística
· Licencia de Actividad Clasificada
· Licencia de Obra
II Encuentro de la minería navarra
Documentación Técnica. Actos Administrativos
Declaración de Utilidad Pública. Expropiaciones
La Ley de Minas establece que llevan implícita la Declaración de
Utilidad Pública los aprovechamientos de recursos mineros
correspondientes a las clases:
- Sección B) aguas, yacimientos de origen no natural, estructuras
subterráneas
- Sección D) minerales energéticos y radioactivos
- Sección C), todos los restantes que no estén clasificados como
pertenecientes a la sección A).
II Encuentro de la minería navarra
Documentación Técnica. Actos Administrativos
Declaración de Utilidad Pública. Expropiaciones
La necesidad de ocupación devendrá de las previsiones contenidas en
los proyectos de investigación o explotación, desarrollados en los
planes anuales de labores.
Si en los mismos se ha incluido una identificación clara y concisa de los
bienes y derechos a afectar, estos expedientes se tramitarán y
resolverán bajo lo previsto en la Ley de expropiación forzosa, del 16 de
diciembre de 1954 , que establece que la necesidad concreta de ocupar
los bienes o adquirir los derechos serán los que resulten estrictamente
indispensables.
II Encuentro de la minería navarra
Las Actividades Mineras y su entorno
• Afecciones al Medio Natural
• Las actividades de aprovechamiento de los recursos mineros, en su
afección el medio natural donde se asientan, no suponen una
excepción dentro del conjunto de las actividades desarrolladas por el
ser humano.
• Conlleva impactos sobre: Aire; Medio Hídrico; Paisaje; etc,.
• Impactos consustanciales en el hábitat habitual del ser humano, el
medio urbano, en cualquiera de sus variantes, incluidas las
infraestructuras.
• El aprendizaje con los problemas y los perjuicios generados en su
entorno por las actividades humanas, por falta de experiencia, ha
propiciado un continuo desarrollo tecnológico de mejora de procesos.
II Encuentro de la minería navarra
Las Actividades Mineras y su entorno
• Afecciones al Medio Natural
• El objeto de la actividad es el aprovechamiento de un recurso natural
no desplazable o movible, por lo que el desarrollo de la misma,
cuando menos en sus dos primeras etapas (extracción y preparación)
ha de hacerse “in situ”.
• Generalmente en un entorno natural, alejado a mayor o menor
distancia de núcleos de población, y de emplazamientos urbanísticos
destinados a las actividades transformadoras.
• Las variaciones que en los procesos productivos se dan según el tipo
de recurso mineral que se aproveche aconseja no identificar ni valorar
de la misma manera a todas las actividades mineras por la afección
provocada en su entorno.
II Encuentro de la minería navarra
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  • 1. II Encuentro de la minería navarra Las Administraciones Públicas y el Aprovechamiento de los Recursos Mineros Guía Básica
  • 2. II Encuentro de la minería navarra ORIGEN DEL DOCUMENTO • MESA DE LA MINERIA DE NAVARRA • DISFUNCIONES ENTRE ADMINISTRACIONES SOBRE EL APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS MINEROS • ELABORAR Y CONSENSUAR UNA COMUNICACIÓN ENTRE ANEFA Y AEMINA SOBRE OBLIGACIONES A CUMPLIR EN MATERIA DE MINERIA • DIFUSION DE LA COMUNICACIÓN POR SERVICIO DE MINAS Y FNMC
  • 3. II Encuentro de la minería navarra OBJETO DE LA GUÍA BÁSICA DOTAR A LAS ADMINISTRACIONES NO SECTORIALES DE UN MARCO BÁSICO DE INFORMACIÓN SOBRE: • La naturaleza del aprovechamiento de los recursos mineros. • Las competencias de las administraciones en la tramitación de expedientes para el desarrollo de la actividad minera. • Responsabilidad de las administraciones en la gestión del aprovechamiento de recursos calificados como de dominio público.
  • 4. II Encuentro de la minería navarra CONTENIDO de la GUIA 1.- Antecedentes 2.- Naturaleza de los recursos mineros 3.- Características singulares de las actividades de aprovechamiento de los recursos mineros 4.- Trámites administrativos para los proyectos de actividades mineras 5.- Las actividades mineras y su entorno 6.- Anexo I. Documento de COMINROC. Orientaciones sobre potestades locales y derechos mineros 7.- Anexo II. Documento de la Comisión Europea de Medioambiente. Explotaciones mineras no energéticas y su compatibilidad con la Red Natura 2000.
  • 5. II Encuentro de la minería navarra ANTECEDENTES 1.- Inicio del aprovechamiento de los recursos mineros · Consustancial con el ser humano . Fuente de Riqueza y Progreso Social 2.- Actividad Básica · El derecho a su aprovechamiento corresponde al soberano · Regulación del ejercicio del derecho al aprovechamiento
  • 6. II Encuentro de la minería navarra EVOLUCIÓN DEL MARCO NORMATIVO DECRETO 4/7/1825 LEY MINAS 4/03/1868. REGLAMENTO 24/06/1868. REGLAMENTO DECRETO LEY 29/12/1868 POLICIA MINERA 15/7/1897 BASES MINAS. REGLAMENTO INTERINO 17/04/1903. REGLAMENTO 16/06/1905. REGLAMENTO PROVISIONAL LEY MINAS 07/06/1938. POLICIA MINERA 28/01/1910 LEY MINAS 19/07/1944. REGLAMENTO 09/08/1946. REGLAMENTO DE POLICIA LEY MINAS 21/07/1973. REGLAMENTO 25/08/1978. MINERA Y METALURGICA 23/08/1934 LEY MODIFICACION 05/11/1980. MINAS. REGLAMENTO GRAL. NORMAS BASICAS DE SEG. MINERA 02/04/1985 ESTATUT0 DEL MINERO 21/12/83 NORMATIVA SEGURIDAD LEGISLACION BASICA DESARROLLO REGLAMENTARIO
  • 7. II Encuentro de la minería navarra MARCO NORMATIVO. Normativa Básica 3.- LEY 22/1973 DE MINAS y R.D. 2857/1978 “ Establece el régimen jurídico de la investigación y aprovechamiento de los yacimientos minerales y demás recursos geológicos” · Son BIENES DE DOMINIO PÚBLICO los yacimientos minerales . Son CLASIFICADOS EN SECCIONES, conforme a su naturaleza, uso e importancia. · PILARES BÁSICOS en el desarrollo de la Actividad la SEGURIDAD (Operarios, instalaciones y terceros) y la PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE.
  • 8. II Encuentro de la minería navarra Decreto-Ley de Bases de 29 de diciembre de 1868 “El antiguo derecho en materia de minas partía del principio regalista, así los declaraba propiedad del soberano el decreto de 4 de julio de 1825. Transformada la manera política de ser de la sociedad española, sustituida al antiguo Monarca de derecho divino, que en su persona resumía la nación entera, la entidad colectiva del Estado, natural era sustituir al derecho regalista el dominio público...” Reglamento de Policía Minera de 15 de julio de 1897 “Las arriesgadas e insalubres condiciones en las minas; los peligros de todo género que el laboreo de éstas entraña, la estabilidad de los edificios y de las obras públicas y para la conservación de las tierras de cultivo, obligan al Estado a intervenir de un modo activo en la minería, para evitar al menos aquellos accidentes que pudieran ser ocasionados por la codicia, por la temeridad o por la ignorancia, y de ahí nace la necesidad de los reglamentos de vigilancia.
  • 9. II Encuentro de la minería navarra NORMATIVA COMPLEMENTARIA A LA BÁSICA - R.D. 2994/1982 de Restauración del Espacio Natural afectado por las actividades mineras - R.D.L. 1302/1986 de Evaluación de Impacto Ambiental - R.D. 1131/1988 que aprueba el Reglamento para la ejecución del RDL1302/1986 - R.D. 975/2009 que traspone la Directiva 2006/21/CE sobre Gestión de los Residuos de las Industrias Extractivas y protección y rehabilitación del entorno natural afectado - Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental. - R.D. 863/1985 que aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera (RGNBSM) - Ley 31/01995 de Prevención de Riesgos Laborales - R.D. 1389/1997 por el que se aprueban las Disposiciones Mínimas destinadas a proteger la Seguridad y la Salud de los trabajadores en las Actividades Mineras
  • 10. II Encuentro de la minería navarra ADMINISTRACIONES PÚBLICAS IMPLICADAS Administración Sectorial: Servicios de Minas de las CC.AA. - Ordenación de los recursos mineros - Control de la Seguridad minera de los centros de actividad, policía minera. - Tramitaciones de expedientes de: · Proyectos de Investigación; de Explotación; de Cierre y Abandono; de Establecimientos de Beneficio; de Escombreras, Balsas y Vertederos de estériles y residuos mineros; de Voladuras, de Restauración · Planes de Labores Anuales, que sirven de desarrollo a los proyectos Generales de Exlotación. · Tramitaciones de Declaración de Utilidad Pública y de Expropiaciones y/o Ocupaciones Temporales de terrenos afectados por actividades mineras, etc. · Someter a Información Pública los expedientes de otorgamiento de autorizaciones o concesiones de aprovechamiento.
  • 11. II Encuentro de la minería navarra ADMINISTRACIONES PÚBLICAS IMPLICADAS Al igual que el resto de las actividades el aprovechamiento de los recursos mineros : · Ocupa una superficie. · Afecta al entorno ambiental donde se emplaza. ASPECTOS GESTIONADOS POR LAS ADMINISTRACIONES LOCALES CON LA INTERVENCIÓN DE LAS ADMINISTRACIONES SUPRAMUNICIPALES SECTORIALES DE MEDIOAMBIENTE Y DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO.
  • 12. II Encuentro de la minería navarra ADMINISTRACIONES PÚBLICAS IMPLICADAS Administración Medioambiental de las CC.AA.: - Tramitan los expedientes de Evaluación de Impacto Ambiental, sometiéndolos al procedimiento de Información Pública; Autorizaciones de Afección Ambiental y Autorizaciones Ambientales Integradas. Administración Local: - Otorgan Licencias Municipales de Actividad Clasificada, como acto reglado consecuencia de una solicitud al amparo de una Resolución favorable de D.I.A.. - Otorgan Licencias de Obra, Licencia Urbanística. - Elabora el Planeamiento urbanístico del municipio.
  • 13. II Encuentro de la minería navarra NATURALEZA DE LOS RECURSOS MINEROS - El Reglamento General para el Régimen de la Minería regula el aprovechamiento de: · los minerales metálicos, las rocas industriales y las rocas ornamentales · las aguas minerales naturales y las termales · los depósitos de estériles y las escombreras de antiguos aprovechamientos · el uso de las estructuras subterráneas · los establecimientos de beneficio
  • 14. II Encuentro de la minería navarra CLASIFICACIÓN JURIDICA DE LOS RECURSOS MINEROS Tres de ellas, A), B) y C) definidas y reguladas por la Ley de Minas. · Sección A), en el RD 107/1995, quedan comprendidos los yacimientos minerales y demás recursos geológicos en que se den cualquiera de las circunstancias siguientes: a) Aprovechamiento único obtener fragmentos para su utilización directa en obras, y otros usos que no exijan más operaciones que las de arranque, quebrantado y calibrado. Se exceptúan aquellos yacimientos de recursos minerales en explotación no incluidos en el párrafo b) cuya producción se destine a la fabricación de hormigones, morteros y revoques, aglomerados asfálticos u otros productos análogos, o bien estén sometidos a un proceso que exceda de lo fijado en el párrafo anterior. b) Aquéllos que reúnan conjuntamente las condiciones: - Valor anual en venta no superior a 100.000.000 de pesetas. - Obreros empleados en la explotación no exceda de 10. - Comercialización directa no exceda de 60 kilómetros de la explotación.
  • 15. II Encuentro de la minería navarra CLASIFICACIÓN JURIDICA DE LOS RECURSOS MINEROS - Sección B), son tres tipos de recursos muy específicos: · Subsección de Aguas Minerales y Termales · Subsección de Yacimientos de Origen No Natural · Subsección de Estructuras Subterráneas. - Sección D), carbones, minerales radiactivos, recursos geotérmicos, rocas bituminosas y yacimientos minerales o recursos geológicos de interés energético que tienen su propia normativa reguladora, Ley sobre Energía Nuclear y Ley de Hidrocarburos. - Todos los demás recursos no incluidos en las secciones anteriores serán clasificados como de la sección C).
  • 16. II Encuentro de la minería navarra SECTORES Por tipo de mineral beneficiado distinguimos los sectores: - Hidrocarburos, Gas y Petróleo Pozos de perforación para grandes profundidades bien en suelo firme, bien en plataformas flotantes, destinados a la exploración y/o explotación de yacimientos de hidrocarburos. Beneficiados en complejos petroquímicos normalmente no ubicados en las inmediaciones del yacimiento. - Carbones y rocas bituminosas Explotaciones tanto a cielo abierto como subterráneas. Antes de ser empleado debe ser tratado para eliminarle las impurezas no deseables para sus usos posteriores, en plantas de lavado sitas en las inmediaciones del centro de extracción.
  • 17. II Encuentro de la minería navarra SECTORES - Minerales radiactivos • Generalmente extraídos en explotaciones a cielo abierto en yacimientos con bajas leyes, que requieren grandes movimientos de materiales. • En su emplazamiento se localizan las instalaciones de beneficio del mineral, que tienen por objeto obtener un concentrado del mismo apto para su posterior tratamiento en plantas donde obtener el producto final para su uso. - Minería metálica • La más ancestral, obtenemos metales tan universalmente empleados como hierro y su derivado el acero, zinc, níquel, aluminio, plomo, cobre, manganeso, tugsteno, wolframio, oro, plata, platino, etc,. • La explotación de sus yacimientos lo es tanto a cielo abierto, en grandes cortas, como en subterráneo, requiriendo de plantas de concentrado a pie de explotación. • Dadas las bajas leyes en contenido de metal puro de los minerales, son precisos emplazamientos próximos para el almacenamiento temporal o definitivo de estériles mineros.
  • 18. II Encuentro de la minería navarra SECTORES - Rocas industriales • Son rocas ornamentales, sulfatos, caolín, arcillas y tierras de diatomeas, feldespatos, fluorita, magnesita, talco, calcita, yeso, sal común, carbonatos, sales potásicas, áridos, etc,. • Yacimientos explotados tanto a cielo abierto como en subterráneo y en sus inmediaciones se ubican los establecimientos de beneficio que posibilitan la obtención de los productos finales comerciales. - Tierras raras • También llamados metales especiales, conjunto de 17 elementos químicos metálicos que se encuentran dispersos en la corteza terrestre en cantidades insignificantes. • Explotación a cielo abierto con gran movimiento de tierras. • En sus inmediaciones es preciso la implantación de instalaciones de beneficio que proporcionen concentrados aptos para ser transportados.
  • 19. II Encuentro de la minería navarra La distribución de los sectores en España, según los últimos datos publicados y correspondientes al AÑO 2011 Valor de la Producción Población empleada Centros activos Recurso Minero Miles € % Personas % Número % Productos Energéticos 418.250,00 13 4.180 17 44 1 Minerales Metálicos 492.632,00 15 1.159 5 7 0 Rocas y Minerales Industriales 1.882.222,00 58 12.973 53 2.715 80 Roca Ornamental 457.198,00 14 6.167 25 635 19 TOTALES 3.250.302,00 24.479 3.401 Fuente: Panorama Minero 2013 IGME
  • 20. II Encuentro de la minería navarra CARACTERÍSTICAS SINGULARES • UBICACIÓN - Las actividades básicas (agricultura, selvicultura, pesca, minería) no eligen donde asentarse; es la abundancia o la calidad, o simplemente la propia existencia del recurso natural a aprovechar, lo que posibilita su asentamiento. - Los yacimientos mineros susceptibles de aprovechamiento racional, no obedecen a la voluntad de un individuo, de una comunidad o de una administración en su deseo de progreso social y económico, sino al “capricho” de la naturaleza, que en su constante y continua evolución geológica, allí ha propiciado su ubicación.
  • 21. II Encuentro de la minería navarra CARACTERÍSTICAS SINGULARES - Junto a las explotaciones se localizan los establecimientos de beneficio de primera transformación (trituración, molienda y clasificación) e incluso de segunda transformación (plantas de concentrado) y tercera transformación (plantas de refino y obtención del producto apto para la industria manufacturera), con lo que de valor añadido se da al producto final comercial. - El recurso minero más demandado tras el agua es el árido, que se obtiene de yacimientos próximos a los centros de demanda por su elevado consumo y la relativa abundancia de éstos.
  • 22. II Encuentro de la minería navarra CARACTERÍSTICAS SINGULARES - Los restantes recursos minerales son menos abundantes, su existencia en condiciones racionales de aprovechamiento requiere de mayores inversiones, con rendimientos que generan gran actividad de servicios en su entorno, y en consecuencia desarrollo social y económico para el mismo. - Propician en el lugar la implantación de un nuevo tejido económico, social e industrial, creado con su propia evolución, y que en muchos de los casos sobrevive al final de la actividad minera que lo genera.
  • 23. II Encuentro de la minería navarra CARACTERÍSTICAS SINGULARES Diferencias con el resto de actividades industriales: - Las actividades transformadoras pueden ser atraídas para su implantación por todo municipio realice, una inversión en infraestructuras que haga preferente, frente a otros posibles, ese emplazamiento para su asentamiento. - En ocasiones se llega a seleccionar el tipo de actividades transformadoras que se desean desarrollar allí. - Las actividades industriales pueden elegir el asentamiento de sus centros de operación, contribuyendo en una relación recíproca con su entorno, al desarrollo social y económico de un municipio, una comarca, una región, etc., donde no necesariamente existan recursos naturales para ello. Asumiendo estas comunidades el impacto de la implantación de estas actividades.
  • 24. II Encuentro de la minería navarra ETAPAS EN EL APROVECHAMIENTO DE UN YACIMIENTO • Investigación e identificación de los yacimientos susceptibles de aprovechamiento racional. • Aprovechamiento del mineral, comprende la explotación del yacimiento y el procesado y tratamiento del todouno extraído para obtener el producto final comercial. • Abandono del emplazamiento, concluida la fase de aprovechamiento se procede a desmantelar las instalaciones e infraestructuras, y a concluir la rehabilitación del entorno afectado no ejecutado durante la etapa anterior.
  • 25. II Encuentro de la minería navarra TRÁMITES ADMINISTRATIVOS ASPECTOS A CONSIDERAR - Sector extremadamente regulado. - Concurren diferentes Administraciones Públicas. - Confluencia de competencias de los departamentos que intervienen en la aprobación de proyectos mineros, (medio ambiente, ordenación del territorio, seguridad industrial de los gobiernos autonómicos, entes locales), genera complejidad de los trámites administrativos y una insostenible inseguridad jurídica para los titulares de estos derechos. - La actividad extractiva colisiona con las políticas municipales que sobre el medio ambiente y la planificación urbanística y territorial. - Las AA.PP. condicionan o limitan el ejercicio de intereses legítimos, por razones de interés general. - La Administración General del Estado y las Administraciones de las Comunidades Autónomas utilizan los Reglamentos. - La Administración Local utiliza los bandos, las ordenanzas, las licencias, etc.
  • 26. II Encuentro de la minería navarra TRÁMITES ADMINISTRATIVOS Las Dos son figuras administrativas empleadas: - AUTORIZACIONES Y LICENCIAS Actos administrativos que permiten una actividad privada en función de un interés público. Se aplica cuando no hay limitación en el número de beneficiarios del derecho o actividad ejercitada, ni discrecionalidad en el otorgamiento. Es un acto reglado que determina si se cumplen las exigencias legales previstas en el ordenamiento jurídico. - CONCESIÓN Con la concesión no existe un derecho preexistente del particular, sino que éste nace justamente del acto concesional. Se permite la discrecionalidad en el otorgamiento o límite en el número de beneficiarios del ejercicio del derecho o actividad en función de condiciones legalmente definidas.
  • 27. II Encuentro de la minería navarra TRÁMITES ADMINISTRATIVOS • Administración Sectorial. Servicios de Minas de las CC.AA. - Permiso de Exploración para Recursos de la Sección C) o D). · Permite seleccionar áreas de interés donde investigar. · Solo empleo de técnicas no destructivas. · Se concede por Cuadriculas mineras y por un Año prorrogable por otro. - Permiso de Investigación para Recursos de la Sección C) o D). · Permite trabajos para definir yacimientos minerales susceptibles de aprovechamiento racional. · Presentación y Aprobación de un Proyecto de Investigación. · Está sometido a tramitación medioambiental. · Se concede por Cuadriculas mineras y por Tres Años prorrogable por otro periodo igual. · Se presentan Planes Anuales de Labores para su aprobación.
  • 28. II Encuentro de la minería navarra TRÁMITES ADMINISTRATIVOS - Concesión de Explotación Directa para Recursos de la Sección C). · Permite la extracción de un recurso minero, cuyo yacimiento ha sido puesto de manifiesto, y es viable su aprovechamiento racional. · Presentación y Aprobación de un Proyecto de Explotación, Plan de Restauración, Estudio de Viabilidad. · Está sometido a tramitación medioambiental. · Se concede por Cuadriculas mineras y por Treinta Años prorrogable por otros dos periodos iguales. · Se presentan Planes Anuales de Labores para su aprobación. - Concesión de Explotación derivadas de Permisos de Investigación para Recursos de la Sección C) o D). · Similar tramitación al anterior. · El yacimiento es puesto de manifiesto a partir de un Permiso de Investigación.
  • 29. II Encuentro de la minería navarra TRÁMITES ADMINISTRATIVOS - Autorizaciones de Explotación para Recursos de la Sección A) · El derecho al aprovechamiento del recurso minero le corresponde al propietario del terreno donde localiza el yacimiento. · Se otorga para la superficie afectada, no por cuadrículas mineras, y para un periodo de tiempo fijado. · Presentación y Aprobación de un Proyecto de Explotación, Plan de Restauración, Estudio de Viabilidad. · Está sometido a tramitación medioambiental. · Se presentan Planes Anuales de Labores para su aprobación.
  • 30. II Encuentro de la minería navarra TRÁMITES ADMINISTRATIVOS - Autorización de Aprovechamiento de Aguas Minerales y/o Minerotermales de la Sección B) · Requisito previo para obtener la autorización de su aprovechamiento es necesario tramitar la declaración de la condición mineral de las aguas. · A partir de la fecha en que sea declarada la condición mineral, el propietario o el promotor del expediente dispondrá de un año para solicitar la oportuna Autorización de aprovechamiento. · A la citada solicitud presentará un proyecto general de aprovechamiento, designará un perímetro de protección y un programa económico de inversiones, su financiación y garantías sobre su viabilidad.
  • 31. II Encuentro de la minería navarra TRÁMITES ADMINISTRATIVOS - Autorización de Explotación de recursos de Origen No Natural de la Sección B) · Requisito previo para obtener la autorización de su aprovechamiento es necesario tramitar la declaración como recurso minero del residuo del yacimiento no natural. · La prioridad en su aprovechamiento corresponde al titular de los derechos mineros en que se han producido los residuos. · Para obtener la autorización deberá presentar un programa de explotación, un proyecto de las instalaciones, estudio económico con plan de inversiones y garantías sobre su viabilidad y mejoras sociales que se prevean.
  • 32. II Encuentro de la minería navarra TRÁMITES ADMINISTRATIVOS - Autorización para Utilizar Estructuras Geológicas Subterráneas de la Sección B) · Previamente a obtener la autorización de uso de la estructura subterránea es preciso tramitar la solicitud de calificación de la estructura subterránea como recurso de la sección B). · Obtenida ésta, el interesado acreditará su capacidad técnica y económica, presentará un proyecto de utilización y una memoria justificativa de la conveniencia de su utilización y propuesta de indemnización a terceros.
  • 33. II Encuentro de la minería navarra TRÁMITES ADMINISTRATIVOS - Autorización para la Formación de Coto Minero · Finalidad un mejor aprovechamiento de los recursos mineros. · Son agrupaciones de intereses de titulares de derechos de explotación. · Podrán solicitar su formación los titulares de los derechos mineros interesados presentando un proyecto técnico que lo justifique, un proyecto de convenio entre los interesados y un plan de trabajos a realizar. · La administración podrá obligar a la formación de cotos mineros cuando el aprovechamiento de los recursos sea declarado de interés nacional, o cuando la falta de unidad de sistema en aprovechamientos colindantes o próximos puedan afectar a la seguridad de los trabajos, a la integridad de la superficie, a la continuidad del recurso, a la protección del medio ambiente o cuando resulte así un aprovechamiento más razonable de los recursos.
  • 34. II Encuentro de la minería navarra TRÁMITES ADMINISTRATIVOS - Autorización para la Instalación de Establecimiento de Beneficio de Recursos Mineros Previamente a la instalación de un establecimiento destinado a la preparación, la concentración o el beneficio de los recursos mineros el interesado deberá obtener autorización, presentando la solicitud acompañada del proyecto de las instalaciones y del estudio económico y financiero. a) Instalaciones de Preparación son las destinadas a la eliminación de elementos sin valor, estéril de mina, con operaciones de trituración, molienda y clasificación. b) Plantas de Concentración las destinadas a separar en el todo-uno la mena de la ganga y obtener productos más apropiados para su tratamiento posterior. c) Plantas de Beneficio su finalidad es someter los recursos minerales o los productos obtenidos en las instalaciones anteriores, tratamientos con los que obtener elementos o compuestos útiles. Incluye las instalaciones que obtienen productos útiles para infraestructuras e industrias de la construcción.
  • 35. II Encuentro de la minería navarra TRÁMITES ADMINISTRATIVOS - Instalaciones móviles · Constituidas por uno o varios equipos móviles que a modo de Instalación de Preparación procesan recurso minero procedente bien de explotaciones mineras, bien de obras de desmonte o bien de excavaciones. · Requieren de sometimiento a Evaluación de Impacto Ambiental o Autorización de Afecciones Ambientales en su caso. · Precisan de licencia municipal de actividad, cuya obtención supone automáticamente la obtención de la licencia urbanística o de obras. · Son parte del aprovechamiento de los recursos mineros.
  • 36. II Encuentro de la minería navarra TRÁMITES ADMINISTRATIVOS - Instalaciones móviles · Formarán parte de un otorgamiento de aprovechamiento minero cuando sólo traten los recursos de esa determinada explotación y siempre de la misma. · Deben incluirse en los Planes de Labores de las explotaciones. · Fuera de ello, deben contar con una autorización minera específica, forma de que puedan ejercitarse las potestades de la autoridad minera sobre tales plantas. · Salvo las adscritas a una obra determinada, pública o privada, que estén amparadas por la autorización o aprobación de la misma, siempre que sólo traten los materiales procedentes de esa obra y se hayan contemplado en los proyectos respectivos.
  • 37. II Encuentro de la minería navarra TRÁMITES ADMINISTRATIVOS • Administración Medioambiental de las CC.AA. - Declaración de Impacto Ambiental (D.I.A.) • Es tramitada y sancionada por el órgano administrativo de medio ambiente, a la vista del contenido del Estudio de Impacto Ambiental (E.I.A.) presentado por el promotor de una actividad minera, tanto ante la administración sustantiva (junto con el Proyecto de Explotación y Plan de Restauración) como ante la administración municipal (junto al Proyecto de Actividad Clasificada). • En distintas etapas de su tramitación estos expedientes se someten a Información Pública
  • 38. II Encuentro de la minería navarra TRÁMITES ADMINISTRATIVOS • Administración Local. - Licencia Urbanística · Necesaria para cualquier aprovechamiento urbanístico del suelo. · Máximo exponente de la actividad de policía urbanística de las administraciones locales, permitiendo o autorizando de manera expresa cualquier actividad. · Sólo autoriza esta licencia lo que el plan urbanístico permite, ni se puede denegar para aquello que el plan no prohíbe. · Las Normas Urbanísticas donde expresamente se prohíbe de manera genérica la implantación de Actividades Extractivas en suelos no urbanizables son actos administrativos ilegales.
  • 39. II Encuentro de la minería navarra TRÁMITES ADMINISTRATIVOS - Licencia de Obra · La licencia de apertura de una actividad ha de ser previa a la de obras, para evitar que no se desarrolle una actividad que no está autorizada, una vez ejecutada la obra. · En la actividad extractiva “la obra” coincide con la actividad a realizar, bastará con el otorgamiento de la licencia de apertura. · No es exigible la licencia de obras ni para los movimientos de tierras, ni para los trabajos de excavación que tienen por finalidad el aprovechamiento del mineral subyacente a extraer, dado que ello resultaría consustancial con la propia actividad.
  • 40. II Encuentro de la minería navarra TRÁMITES ADMINISTRATIVOS Conclusiones • El otorgamiento de un título minero por el órgano competente no excluye la necesidad del sometimiento previo de las explotaciones mineras al control urbanístico. • El otorgamiento de un aprovechamiento de yacimientos minerales se entiende sin perjuicio de tercero y no excluye la necesidad de obtener las demás autorizaciones y concesiones que con arreglo a las leyes sean necesarias. • Hay competencias concurrentes sobre la misma materia, en las que se ha de procurar la coordinación entre las distintas administraciones, pues las decisiones de una no tienen valor prevalente para las restantes.
  • 41. II Encuentro de la minería navarra TRÁMITES ADMINISTRATIVOS Actividades mineras y las licencias municipales a que están sometidas · Autorizaciones de Explotación para recursos de la sección A) o B): · Licencia Urbanística. · Permisos de Investigación para recursos de la sección C) o D): · Licencia de Obra para calicatas, sondeos, etc. · Concesiones de Explotación para recursos de la sección C) o D): · Licencia Urbanística · Establecimientos de Beneficio: · Licencia de Obra que estará subsumida en la de la explotación. · Plantas de embotellado de agua mineral: · Licencias Urbanística y de Obra
  • 42. II Encuentro de la minería navarra TRÁMITES ADMINISTRATIVOS • Otras Administraciones. Autorización de Préstamos de obra · Para una obra pública concreta, está contemplada en la vigente normativa sectorial minera. · Sus proyectos de aprovechamiento, de diseño y ejecución, de restauración/rehabilitación del espacio afectado, de instalaciones y servicios que lo compongan, han de estar incluidos en el Proyecto Constructivo de la Obra Pública. · La actividad de aprovechamiento a que se refiere, estará cubierta por la Declaración de Impacto Ambiental que se emita correspondiente al Proyecto Constructivo de la Obra Pública.
  • 43. II Encuentro de la minería navarra TRÁMITES ADMINISTRATIVOS • Otras Administraciones. Autorización de Préstamos de obra · La autorización de aprovechamiento se considerará inherente a la aprobación del proyecto constructivo de referencia y por cuenta de la Administración de la que dependa la obra pública relacionada. · El proyecto de la obra debe especificar el origen y las cantidades de los áridos necesarios, teniendo que estar suficientemente previstos estos suministros. · Estos recursos mineros, préstamos, solamente podrán utilizarse para la finalidad para la que se solicitaron.
  • 44. II Encuentro de la minería navarra TRÁMITES ADMINISTRATIVOS • Otras Administraciones. Autorización de Préstamos de obra · Los aprovechamientos para préstamos no incluidos en el Proyecto constructivo de la obra a la que se destinan, requerirán la Autorización de Explotación de recursos de la sección A), solicitada por el promotor de los aprovechamientos. · Sólo podrán utilizarse para la finalidad para la que se solicitaron. Si se pretendieran usar también con otras finalidades no recogidas en el proyecto, ajenas a la propia obra, se estaría infringiendo el ordenamiento jurídico, y conllevará la apertura de un procedimiento sancionador.
  • 45. II Encuentro de la minería navarra Documentación Técnica. Actos Administrativos • La normativa que regula el aprovechamiento de los recursos minerales da especial importancia a la seguridad en el desarrollo de las labores. • Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera (R.D. 863/1985) establece que la normas de seguridad deben servir para: - proteger las personas ocupadas en estos trabajos contra los peligros que amenacen su vida o su salud - la seguridad de todas las actividades específicas descritas en el propio reglamento - el mejor aprovechamiento del recurso geológico - la protección del suelo cuando las explotaciones o los trabajos puedan afectar a terceros
  • 46. II Encuentro de la minería navarra Documentación Técnica. Actos Administrativos Para el ejercicio del aprovechamiento minero, el promotor debe presentar, para su aprobación por la Administración Sectorial-Servicios de Minas: · Proyecto de Explotación de Trabajos a Cielo Abierto · Proyecto de Explotación de Trabajos Subterráneos · Proyecto de Investigación · Plan de Restauración · Proyecto de Instalaciones Mineras · Proyecto de Escombreras, Balsas y Diques de Estériles o Depósitos de Residuos Mineros
  • 47. II Encuentro de la minería navarra Documentación Técnica. Actos Administrativos · Proyecto de Sondeos Terrestres o Marítimos · Proyecto de Aprovechamiento de Aguas Minerales o Termales · Proyecto de Aprovechamiento de Estructuras Subterráneas · Proyecto de Aprovechamiento de Recursos Mineros de Origen No Natural · Proyecto de Suspensión Temporal de Trabajos · Proyecto de Abandono · Proyecto de Voladuras Especiales Anualmente: · Plan de Labores, que desarrolla los trabajos definidos en el Proyecto General de Explotación. Requiere aprobación. · Documento de Seguridad y Salud. Plan de Prevención de Riesgos Laborales.
  • 48. II Encuentro de la minería navarra Documentación Técnica. Actos Administrativos Los trámites de aprobación de proyectos de actividades de aprovechamientos de recursos mineros están sometidos al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, y por tanto deben presentar ante el Organismo Autonómico de Medio Ambiente, junto al Proyecto correspondiente, el Estudio de Impacto Ambiental. Su tramitación concluirá con la emisión por dicho organismo de los actos siguientes, según proceda: · Autorización Ambiental Integrada · Declaración de Impacto Ambiental · Autorización de Afección Ambiental
  • 49. II Encuentro de la minería navarra Documentación Técnica. Actos Administrativos En administración local se tramitarán básicamente estos mismos documentos técnicos bajo el formato específico de la norma que lo requiere. Con objeto ser sancionados desde la óptica urbanística y como actividades clasificadas, concluyendo los expedientes con la emisión de la Resolución de Alcaldía, acto reglado, que promulga según el caso: · Licencia Urbanística · Licencia de Actividad Clasificada · Licencia de Obra
  • 50. II Encuentro de la minería navarra Documentación Técnica. Actos Administrativos Declaración de Utilidad Pública. Expropiaciones La Ley de Minas establece que llevan implícita la Declaración de Utilidad Pública los aprovechamientos de recursos mineros correspondientes a las clases: - Sección B) aguas, yacimientos de origen no natural, estructuras subterráneas - Sección D) minerales energéticos y radioactivos - Sección C), todos los restantes que no estén clasificados como pertenecientes a la sección A).
  • 51. II Encuentro de la minería navarra Documentación Técnica. Actos Administrativos Declaración de Utilidad Pública. Expropiaciones La necesidad de ocupación devendrá de las previsiones contenidas en los proyectos de investigación o explotación, desarrollados en los planes anuales de labores. Si en los mismos se ha incluido una identificación clara y concisa de los bienes y derechos a afectar, estos expedientes se tramitarán y resolverán bajo lo previsto en la Ley de expropiación forzosa, del 16 de diciembre de 1954 , que establece que la necesidad concreta de ocupar los bienes o adquirir los derechos serán los que resulten estrictamente indispensables.
  • 52. II Encuentro de la minería navarra Las Actividades Mineras y su entorno • Afecciones al Medio Natural • Las actividades de aprovechamiento de los recursos mineros, en su afección el medio natural donde se asientan, no suponen una excepción dentro del conjunto de las actividades desarrolladas por el ser humano. • Conlleva impactos sobre: Aire; Medio Hídrico; Paisaje; etc,. • Impactos consustanciales en el hábitat habitual del ser humano, el medio urbano, en cualquiera de sus variantes, incluidas las infraestructuras. • El aprendizaje con los problemas y los perjuicios generados en su entorno por las actividades humanas, por falta de experiencia, ha propiciado un continuo desarrollo tecnológico de mejora de procesos.
  • 53. II Encuentro de la minería navarra Las Actividades Mineras y su entorno • Afecciones al Medio Natural • El objeto de la actividad es el aprovechamiento de un recurso natural no desplazable o movible, por lo que el desarrollo de la misma, cuando menos en sus dos primeras etapas (extracción y preparación) ha de hacerse “in situ”. • Generalmente en un entorno natural, alejado a mayor o menor distancia de núcleos de población, y de emplazamientos urbanísticos destinados a las actividades transformadoras. • Las variaciones que en los procesos productivos se dan según el tipo de recurso mineral que se aproveche aconseja no identificar ni valorar de la misma manera a todas las actividades mineras por la afección provocada en su entorno. II Encuentro de la minería navarra
  • 54. II Encuentro de la minería navarra GRACIAS POR SU ATENCIÓN