Un código para la clase privilegiada historia. Shirley Brice..pptx
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Un código para la
clase privilegiada
Español para los indios.
Shirley Brice.
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A mediados del siglo XVII la corona española ya mostraba interés en reconsiderar las políticas del
lenguaje.
A principios de siglo Felipe III le dio al español la categoría de idioma para gente virtuosa y cultivada.
En 1612 el virrey solicito que las “casas de recogimiento para indias doncellas” comenzara a funcionar
en las ciudades mas importantes de la Nueva España.
Las autoridades deberían encerrar a las doncellas para apartarlas de los vicios del mundo y encontrar
matronas de “buen ejemplo” estas deberían prestar especial atención en enseñarles la lengua española
con el fin de que pudieran aprender la doctrina española y leer obras religiosas y literarias en español.
Para asegurarse de que las muchachas aprendieran español se les tenia prohibido hablar en sus idiomas
originarios.
En 1634 Felipe IV promulgo un decreto que confirmaba con mayor claridad las ordenanzas para
las escuelas de enseñanza a los indios, este decreto respondía a los sentimientos de Isabel tal
como fueron expresados en las Leyes de Burgos y los puntos de vista de Carlos V cuando los
manifestó en las ordenanzas de 1550 para estas escuelas donde se impartía español a los
indios, el aprendizaje del castellano debía ir junto con la adquisición de “nuestra policía e
buenas costumbres”
Las leyes de Burgos había intentado dar a los indios el modelo del hombre cristiano y civilizado.
Los indios debían estar congregados cerca de los encomenderos para aprender mediante el
ejemplo y ser provistos de hamacas, ropas, alimentos y de la lengua y religión del español.
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Así se aseguraban de la salvación de estos y el
entendimiento de sus dogmas encerrados en la fe
cristiana, por otros lados si los indios aprendían español
los funcionarios administrativos podrían controlarlos con
mayor facilidad y eficacia que anteriormente.
Este intento del rey no era solamente para tener sometido
a los indios ante Dios y el rey, sino también de vincular el
español con sus hábitos y costumbres cotidianas.
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Carlos II Leyes inmediatas.
• Para fines del tercer
cuarto del siglo XVII,
Carlos II se estaba
impacientado porque los
funcionarios eclesiásticos
se mostraban remisos en
responder a la ordenanza
de Felipe IV en 1634 de
que los indios
aprendieran español
• Carlos II al revisar
la historia de la
historia del habla
llego a la
conclusión que
muchos lugares
del imperio, los
indios seguían
hablando su
lengua.
Teniendo como propósito que se estableciera el español como
idioma del imperio colonial.
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Las leyes inmediatas del rey Carlos II
Carlos II advertía a los funcionarios y eclesiásticos acerca de que ya había pasado el tiempo en que se
ignoraban las leyes de la Recopilación, dando a ver sus intenciones de que el español se estableciera
como idioma del imperio colonial.
Dando instrucciones apremiantes a todos los funcionarios de la iglesia y el estado que hicieran
inmediatas las leyes que promovían el español y dieran cuenta al rey sobre el progreso del programa de
enseñanza a los indios.
Los jefes religiosos del nuevo mundo respondieron al rey acerca de los graves problemas prácticos que
tenia el programa:
• Los indios eran demasiado pobre para pagar un maestro a sus hijos.
• Tendrían que obligarlos a enviarlos a la escuela.
• No mostraban interés en aprender español ya que no le encontraban uso.
• Los que sabían algo de español no lo hablaban.
El obispo de Valladolid expreso su descontento al acatar indirectamente “el cumplimiento de esta
orden, no obstante reconocer alguna dificultad”
Sin embargo Carlos II respondió que para saber y enseñar las materias de la fe cristiana, los
sacristanes debían saber el español y un idioma indio y por lo tanto aquellas estaban encargados de
la tarea de enseñar a sus hermanos indios el español así como la lectura y escritura, ya que esto
contribuiría a que “comprendieran mejor el cristianismo para la sociedad y comunicación con los
españoles”
• Juan de Solorzano
Pereira
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momoztlamoxtli
1686 el obispo de
Oaxaca escribe una
carta al rey.
Donde informaba que había
cumplido la ordenanza y que
había iniciado un proceso de
castellanización en su diócesis.
El obispo llevo un estudio
en su zona y por la costa
hacia el sur. En las aldeas
había encontrado unos
pocos muchachos indios
que, una vez examinados,
podían repetir parte de la
doctrina cristiana en
español, pero resultaba
evidente que no entendían
lo que estaban diciendo. Sin
embargo había tropezado
con un venturoso jefe indio
que hablaba mixteco y
español “con igual
perfección” y el obispo
estaba convencido de que
con la debida motivación
los indios aprenderían
español.
La motivación debía
encontrarse en la
tenencia de cargos y
puestos de dignidad local
en el gobierno de la
Nueva España, si el
español fuera un requisito
para ocupar cargos de
responsabilidad, los
indios comprenderían la
necesidad de aprender el
nuevo idioma.
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Carlos II promulgó otro decreto recapitulativo en 1691 reiteraba lo dicho en 1686 y especificaba sus planes para las
escuelas de las aldeas indias. Solicitaba que en las ciudades mas grandes hubieran dos escuelas :
Para: y otra para En las aldeas mas pequeñas se propuso que y fueran en horarios diferentes
y 10 años no podían asistir a la escuela.
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Después de 4 decretos en 5 años
no había dudas de que Carlos II
sentía: que no había servido a la
causa de dios ni a la corona.
1962 el arzobispo de Michoacán le informo al
rey acerca del incremento de inscripciones en
su región cuando las autoridades judiciales
contribuyeron al cumplimiento de las
ordenanzas, por lo cual si las autoridades civiles
se aseguraban de que los indios enviaran a sus
hijos, los eclesiásticos debían proporcionar
maestros.
1693 Carlos II mando a decir al virrey y
a las autoridades principales de la
Nueva España que de ahí en adelante
los funcionarios civiles deberían vigilar
el programa de implantación de
idioma.
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Los funcionarios españoles deseosos de asegurarse que de que ningún indio pudiera pretender ignorar las
nuevas ordenanzas, pusieron carteles de idioma náhuatl para hacer saber los reglamentos de confines y viajes.
No entendían la necesidad de que el indio aprendiera el español mientras existiera un suficiente numero de
escribanos e interpretes indios para ayudar a manejar los asuntos comerciales de la colonia.
Las masas indias no encontraban oportunidad ni incentivo alguno para aprender español, los frailes rechazaron
el español como idioma general para los indios, en cambio habían adiestrado a algunos pocos para que les
ayudaran como interpretes en los asuntos civiles de la colonia.
La hispanización de los indios no podía ser instituida eficazmente porque ese progreso dependía de la
evolución progresiva de las actitudes y costumbres de los pueblos que estaban directamente involucrados.
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Los indios que aprendían a hablar español amenazaban el sistema de estratificación social que suponía
superioridad del español y la inferioridad del indio.
En 1692 los funcionarios se preocuparon por el contacto entre indios y españoles en las zonas urbanas y
ordenaron que se cumpliera en la Ciudad de México la política de separación de las zonas de habitación.
La necesidad de evitar que los indios perdieran su “natural sencillez y humildad” era la justificación para pedir a
los funcionarios religiosos y civiles que cuidaran de que los indios siguieran confinados en sus propios barrios.
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Los borbones que sucederían en el trono,
especialmente Carlos III, tuvieron que hacer frente a
una lucha prolongada y difícil en sus esfuerzos
decididos para proporcionar a los indios la
oportunidad de aprender el español.
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