Ponencia presentada por Birgitte Feiring, experta invitada por ONU Bolivia a las Jornadas sobre el Derecho a la Consulta a los Pueblos Indígenas en el marco del Derecho Internacional, en el mes de abril de 2012. Esta ponencia fue presentada en la jornada de reunión con organizaciones sociales, el 11 de abril, en el Hotel Presidente.
Costing Violence against Women and Girls in Asia and the Pacific: A Snapshot
Condiciones y Elementos que fundamentan el Derecho a la Consulta de los Pueblos Indígenas
1. Condiciones y elementos
que fundamentan el
derecho a la consulta
de los pueblos indígenas
Bolivia 9-13 abril de 2012
2. Contexto de la consulta
Exclusión y marginalización
Asimilación
Desconfianza
3. No es derecho exclusivo
Principio general de
gobernanza
Consulta con pueblos
indígenas es una medida
especial
Consagrado en varios
instrumentos de dd.hh.
4. Instrumentos principales
Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de
buena fe con los pueblos indígenas interesados por
medio de sus instituciones representativas antes de
adoptar y aplicar medidas legislativas o
administrativas que los afecten, a fin de obtener su
consentimiento libre, previo e informado.
Los gobiernos deberán consultar a los pueblos
interesados, mediante procedimientos apropiados y
en particular a través de sus instituciones
representativas, cada vez que se prevean medidas
legislativas o administrativas susceptibles de
afectarles directamente. Las consultas deberán
efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a
las circunstancias, con la finalidad de llegar a un
acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las
medidas propuestas
5. Proceso y finalidad
Consulta y consentimiento
Objetivo y proceso son
inseparables
La calidad del proceso
determina la posibilidad de
lograr acuerdo o consentimiento
Consentimiento sin consulta?
6. Conflicto y consulta
La falta de consulta
lleva a conflictos
La consulta prevé y
resuelve conflictos
7. Gobernanza y entorno estratégico
Complementariedad de
consulta y participación
Consultas generales y
específicas
Logro de éxito en lo específico
depende del entorno
estratégico
10. Aplicación directa e complementaria
Obligación principal del Estado
Obligaciones complementarias del
SNU (art. 41 y 42 de la Declaración)
Políticas institucionales (PNUD,
UNREDD, Banco Mundial,
Dinamarca, Noruega, España etc)
Políticas de las organizaciones
financieras (IFC, por ejemplo.).