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1. INTRODUCCIÓN
1
PLAN DE MEJORA EEADV
CURSO 2023-24
ÍNDICE
1. Introducción 2
2. Datos generales del equipo 3
3. Organización del Proceso 4
4. Marco Legal 5
(Normativa relativa a la autoevaluación) 10
5. Plan de mejora 12
6. Incidencias significativas en el desarrollo del proyecto anual (EEADV) 20
7. Valoración del funcionamiento del equipo 21
7.1 Logros y Dificultades Encontradas 21
7.2 Propuestas de Mejora 22
1. INTRODUCCIÓN
2
1. Introducción
La inclusión de personas ciegas en el sistema educativo español es un proceso en constante evolución y mejora, que requiere de un
enfoque colaborativo y un compromiso conjunto para lograr una educación inclusiva y de calidad para todos (Servicios Sociales ONCE
Educación Inclusiva). Es importante seguir trabajando en la sensibilización y concienciación sobre la discapacidad visual y la importancia
de la inclusión y el respeto hacia todas las personas, independientemente de sus capacidades o limitaciones.
El objetivo principal es garantizar la igualdad de oportunidades y el acceso a una educación de calidad para todas las personas,
independientemente de su hándicap. Se han implementado medidas y recursos específicos, como materiales adaptados en braille, uso,
innovación y adaptación de las nuevas corrientes tecnológicas de acceso y apoyo, formación de profesionales especializados y
promoción de la participación activa de las personas ciegas en el proceso educativo como nos explican en el manual de atención a
personas con discapacidad visual y las Instrucciones de 8 de marzo de 2017 junto al Convenio Delegación-ONCE, octubre del 2022.
Es importante destacar que la preocupación existente por dotar de recursos a todos los niveles los EEADV y la formación continua de
estos profesionales para lograr una educación de calidad en la atención a las personas con discapacidad visual. La promoción de la
participación activa de todas las personas en el proceso educativo es crucial para fomentar su inclusión social y su desarrollo personal
(LOMLOE). Es necesario seguir trabajando en la sensibilización de la sociedad en general hacia la discapacidad en general y la
discapacidad visual en particular.
Así teniendo en cuenta la base Normativa descrita anteriormente en el Marco teórico, se dispone los siguiente en vista a garantizar la
atención del alumnado con DV. El objeto de atención viene recogido en el último Convenio firmado de 27 de octubre de 2022 en el que
se recoge lo siguiente:
coordinar las actuaciones y medidas en favor del alumnado con ceguera o discapacidad visual grave escolarizado en
nuestra Comunidad Autónoma, en cualquier enseñanza de régimen general y especial no universitaria sostenida con
1. INTRODUCCIÓN
3
fondos públicos, de cara a garantizar el derecho a la educación inclusiva, identificando y eliminando las barreras,
favoreciendo la participación y el aprendizaje para el alumnado con ceguera o discapacidad visual grave, de manera que
puedan alcanzar el máximo desarrollo de sus potencialidades y capacidades. (p. 4)
Dejando claro que el ámbito de aplicación se establece siguiendo las instrucciones de 8 de marzo de (2017) en la que se delimita la
actuación de los equipos específicos de atención al alumnado con discapacidad visual.
De esta forma la actuación conjunta entre ambas entidades supedita un firme compromiso a la hora de dotar a los equipos específicos,
tanto a nivel material como personal para garantizar la inclusión educativa en igualdad de condiciones. Actualmente, en el año presente
(2023), en nuestra Comunidad para cumplir con los objetivos propuestos de atención al alumnado con discapacidad visual lo conforman
un conjunto de 107 maestros y maestras itinerantes, que abarcan todas las etapas educativas. De este grueso, 43 docentes pertenecen
a la ONCE y 64 maestros/as y profesores/as dependen de la Junta de Andalucía.
2. Datos generales del equipo
- Curso Académico: 2023/24
- Denominación del Equipo: Equipo Específico de Atención Educativa al Alumnado con Discapacidad Visual (EEADV)
- Ámbito Geográfico: Provincia de Málaga
- Sedes/Subsedes: DZ
- Dirección: Calle Cuarteles 8
- Teléfono: 952341111
- Convenio Marco: Convenio de colaboración entre la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía
y la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) para la prestación de Servicios Educativos al alumnado con ceguera o
discapacidad visual grave. (Sevilla, 27 de octubre de 2022)
- Coordinador: MRC
1. INTRODUCCIÓN
4
3. Organización del proceso
La normativa establece que la autoevaluación debe implicar a todos los miembros de la Comunidad Educativa y, especialmente, a los
docentes del equipo. Además, genera una serie de órganos y equipos de trabajo que deben dinamizar y articular los procesos de
autoevaluación y de mejora en los centros, para lo que les confiere competencias con dicho fin.
Los miembros que conforman el equipo multidisciplinar (EEADV) son:
(Se obvian los nombres reales)
Profesional: Apellidos, Nombre (Tabla 1)
Relación y cargo compañeros/as
Ctg. Prof. Insti. Sede
”” Profesor Junta Málaga
“” Maestro Junta Axarquía
“” Maestra Junta Torremolinos
“” Maestra Junta Marbella
“” Maestro ONCE Málaga
“” Maestra Junta Málaga
“” Maestro Junta Málaga
“” Maestra Junta Fuengirola
“” Maestra Junta Málaga
“” Maestra Junta Málaga
“” Profesor Junta Alhaurín de la Torre
“” Maestra ONCE Málaga
“” Maestra Junta Ronda
“” Maestro ONCE Málaga
1. INTRODUCCIÓN
5
“” Maestro ONCE Antequera
“” Profesora Junta Torremolinos
TOTAL
“” EAE ONCE Málaga
“” C. soc. Cult. ONCE Málaga
“” C. depor. ONCE Málaga
“” ITB ONCE Málaga
“” ITB ONCE Málaga
“” ITB ONCE Málaga
“” TS ONCE Málaga
“” PSI ONCE Málaga
“” TR ONCE Málaga
“” TR ONCE Málaga
“” TR ONCE Málaga
“” TR ONCE Málaga
“” UAD ONCE Málaga
“” PESZ ONCE Málaga
4. Marco Legal (Normativa)
La Ley Orgánica de mejora de la Ley Orgánica de Educación (LOMLOE)1
, 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación. BOE núm. 340, de 30 de diciembre de 2020. Esta ley reconoce el derecho de los alumnos a recibir una educación inclusiva y de
1
LOMLOE. «BOE» núm. 340, de 30 de diciembre de 2020, páginas 122868 a 122953 (86 págs.) BOE-A-2020-17264. Artículos 4, 71-90, 121.
1. INTRODUCCIÓN
6
calidad. Otra referencia notable en la ley aparece en el punto 3 de su artículo 4, que señala que, “Sin perjuicio de que a lo largo de la
enseñanza básica se garantice una educación común para todo el alumnado, se adoptará la inclusión educativa como principio fundamental,
con el fin de atender a la diversidad de las necesidades de todo el alumnado, tanto del que tiene especiales dificultades de aprendizaje
como del que tiene mayor capacidad y motivación para aprender”.
Se produce la redefinición de necesidad educativa, pasando de NEE a NEAE. El cambio de paradigma de integración a inclusión. Todo lo
referido a atención a la diversidad está regulada en el Título II de la LOE/LOMCE, titulado «Equidad en la educación», artículos 71 a 90.
Pero hay que señalar que la LOE abandona el modelo de integración escolar, promulgado en la LOGSE, por el actual modelo de inclusión
escolar. Se revisa el término de NEE o ACNEE (necesidades especiales) y se incluye dentro de un concepto más amplio. De esta forma,
hablamos de alumno con necesidad específica de apoyo educativo, NEAE o ACNEAE. Es importante señalar que la LOMLOE, en su
disposición adicional cuarta, prevé que en un plazo de diez años la diferencia que hoy se constata entre los centros de educación ordinaria
(con inclusión de alumnos NEAE) y los centros de educación especial vaya desapareciendo paulatinamente.
El convulso movimiento legislativo en materia de educación acaecido en nuestro país, sobre todo en las últimas décadas, ha sido fruto de
una transformación a todos los niveles, derivada de las demandas sociales. Las Leyes en materia de educación, aprobadas en nuestro país,
siempre han venido acompañadas de crítica e incertidumbre. Estas dudas llegan hasta nuestros días por el hecho de encontrar nexos
homogéneos de atención ante una sociedad tan plural. El reto de la escuela, bajo los estamentos y directrices, es la de defender, atender y
buscar soluciones plausibles a todo el alumnado sin dejar nadie atrás. Cada una de lasgrandes leyes ha intentado mejorar la anterior en
materia relacionada con la atención a la diversidad. Ha buscado con su transformación; cambios de registros, tratos, conceptos,
terminología, derechos y obligaciones más ajustado a la realidad en todo loque compete a la educación en general y a la discapacidad en
particular. Cada una de estas leyes, establece como prioridad y eje fundamental, la búsqueda de mecanismos idóneos para la no exclusión
ni discriminación. La defensa hacia la atención a la diversidad se ha convertido en un paradigma de vital importancia, con la intencionalidad
de formar en la escuela a ciudadanos de pleno derecho con las mismas oportunidades. La escuela pretende educar en igualdad, visibilizar
y actuar en la atención a la diversidad con la intención de hacer partícipes a toda la comunidad educativa con la idea de no dar un paso
atrás, a sabiendas que, la riqueza de un pueblo es su gente en el que todo el mundo debe tener cabida, sin excepciones.
1. INTRODUCCIÓN
7
Con la LOMCE derogada, todo lo que la normativa autonómica contradiga lo recogido en la LOE/LOMLOE también queda anulada. Las
principales modificaciones que introduce la LOMLOE en medidas a la diversidad es que la discapacidad aparece como un principio clave de
la Ley Educativa en el artículo 1b y que especifica, “que no puede existir discriminación por motivo de Discapacidad”, basándose en la
convención sobre los derechos del niño y calidad educativa que están registrados en el artículo 1.a y 1.a.bis. Se mantiene la elección de
centro, lo que se conoce como libertad de enseñanza. Introduce el principio de educación inclusiva y del Diseño Universal del Aprendizaje
(DUA) en el artículo 4.3. El artículo 6.2 dice que hay que adaptar el currículum a cualquier alumno para que pueda ofrecerse garantía y
calidad en educación.
Exponer el entramado Normativo es la explicación teórica de la preocupación por atender en diversidad. Los avances a todos los niveles
han contemplado cualquier tipología susceptible de atención. Ha supuesto un avance de mejora, especialización, orientación. Los equipos
específicos determinados para atender a cualquier Discapacidad también han supuesto un salto cualitativo y cuantitativo en vista a
conseguir una educación inclusiva y de calidad.
El modelo de intervención que se lleva a cabo en nuestro país con el alumnado con baja visión, ceguera y/o sordoceguera es la pauta que
está posibilitando la inserción de los niños y niñas en centros ordinarios.
La educación en nuestro país está transferida a las Comunidades autónomas. Las diferentes delegaciones educativas de las distintas
comunidades autónomas junto con La Organización Nacional de Ciegos españoles firman convenios de colaboración en materia educativa.
A través de estos acuerdos (Se revisan y renuevan cada cuatro años), los alumnos/as cuentan con todos los recursos del sistema ordinario
y, además, los específicos de la ONCE a través de sus Centros de Recursos Educativos (CRE). En España los centros de recursos están
distribuidos por zonas de afluencias. Contamos con el de Alicante, Barcelona, Madrid, Pontevedra y Sevilla, que prestan servicios de
atención directa y servicios complementarios. Actualmente, más del 99% del alumnado con discapacidad visual se escolariza en colegios
ordinarios. El alumnado con DV recibe una atención complementaria en función de sus necesidades específicas relacionadas con la
discapacidad visual (enseñanza del sistema braille, nuevas tecnologías, autonomía personal, orientación y movilidad o competencia social,
entre otras), que es la que le proporcionan los profesionales especializados de los Equipos Específicos de atención educativa a la
1. INTRODUCCIÓN
8
discapacidad visual (EEADV). El objetivo es conseguir la mayor normalización e inclusión del estudiante en el entorno familiar, social y
educativo.
Transferidas las competencias en materia educativa, lo que respecta a nuestra Comunidad autónoma está dictada conforme el artículo 52.1
del Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Los diferentes acuerdos que firman las Delegaciones de Educación de las distintas Comunidades autónomas de nuestro país siguen
patrones muy similares a efectos de atención al alumnado con DV.
Hace algunas décadas, cuando el movimiento integrador se fue implantando en la escuela ordinaria, los centros se vieron inundados de
diversidad. El patrón de homogeneidad ha dado paso a un gigantesco corolario y abanico de perfiles heterogéneos. Esto en vez de enraizar
y poner dificultades al sistema no ha hecho más que enriquecer y poner en valor el derecho de igualdad de oportunidad, en vista a luchar
por la inclusión y atención a la diversidad.
Con respecto a la atención al alumnado con Discapacidad visual los avances se han visto incrementados de manera positiva gracias a la
asociación de ciegos españoles en su unidad de atención educativa y las Delegaciones de educación que de forma conjunta llevan
impulsando, desde hace ya algunas décadas procesos colaborativos. Fruto de estos convenios nacieron los equipos específicos de atención
al alumnado con Discapacidad visual.
A principios de la década de los 80 del siglo pasado como nos cuentan, varios autores (1994), se creó en Málaga el CAIDV, (Centros de
apoyo a deficientes visuales). El hecho y el por qué, hace referencia a que se vieron incrementados los esfuerzos de integración y
adaptación del alumnado a los centros ordinarios (p. 7) por ende se tuvo que producir una especialización por parte del profesorado
implicado, adquiriendo competencias y habilidades para poder atender al alumnado con baja visión, graves problemas visuales o ciegos
totales.
1. INTRODUCCIÓN
9
El CAIDV, en las publicaciones que fueron produciendo y publicando conforme avanzaban en sus estudios, formación y atención con el
alumnado con DV (1995) se recoge lo siguiente:
“Los Convenios para la Educación especial de los Deficientes visuales Graves de 24 de abril de 1987 y de 27 de julio
de 1992, entre la Consejería de Educación y Ciencia y la ONCE, se le confiere carácter de centro de recursos para la
atención de personas ciegas o con discapacidad visual grave” (p. 3)
La denominación de centro de recursos (equipo multidisciplinar) hizo que el CAIDV tomara impulso y renombre en materia de atención al
alumnado con Discapacidad visual.
En el año 1992, por el mes de julio, se produce el anhelado Convenio colaborativo entre ambas instituciones que enriquecerá de manera
cuantitativa y cualitativa la atención al alumnado con ceguera, baja visión cambiando la denominación a equipos específicos. Se produce
una expansión de los equipos especializados a lo largo y ancho del país. Los compromisos adquiridos en Andalucía llevan más de treinta
años ejecutándose con total garantía en pro de mejora y atención a todo el alumnado DV que se encuentran insertos en las aulas de
cualquier centro en nuestra comunidad.
Y así según el D. 154/2022 por la que se establece la estructura en el desarrollo educativo en nuestra comunidad referido al artículo 10. 8 y
se adecúan las actuaciones y programas para atender al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en la búsqueda de
inclusión y equidad partiendo de la Ley 17/2007 de Educación en Andalucía y la Ley 9/1999 de solidaridad en Educación.
El texto refundido de la Ley General de derechos de personas con discapacidad y de su inclusión social aprobado por RD 1/2013 y
modificado por la Ley 6/2022 en la que se habla de asegurar y garantizar un sistema equitativo, inclusivo y de calidad y prestando especial
atención a la diversidad.
Así queda registrado siguiendo el artículo 72. 5 de la LOE que en la nueva redacción dada por la Ley 3/2020, el artículo 183. 2 de la Ley
17/2007 y el artículo 19 de la Ley 4/2017 de Derechos y atención a personas con discapacidad que junto al RD 358/1991 de reordenación
1. INTRODUCCIÓN
10
de la Organización Nacional de Ciegos Españoles quedan establecidos los fines para la prevención, detección, diagnóstico y atención e
inclusión educativa en cualquier nivel educativo con la consiguiente colaboración entre las distintas administraciones.
Así teniendo en cuenta la base Normativa descrita anteriormente, se dispone los siguiente en vista a garantizar la atención del alumnado
con DV. El objeto de atención viene recogido en el Convenio de 27 de octubre de 2022.
Normativa relativa a la autoevaluación
La normativa relacionada con la autoevaluación es la siguiente:
-El artículo 145.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la
mejora de la calidad educativa (LOMCE), establece que “las Administraciones educativas apoyarán y facilitarán la
autoevaluación de los centros educativos.”
-El artículo 145.2 de la LOMLOE recoge que “las Administraciones educativas apoyarán y facilitarán la autoevaluación de los centros
educativos”. En este sentido, la Comunidad Autónoma de Andalucía ya venía implementando esta política evaluativa, recogiéndolo en el
artículo 130 1 y 2, de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre:
“Todos los centros docentes sostenidos con fondos públicos realizarán una autoevaluación de su propio funcionamiento, de los programas
que desarrollan, de los procesos de enseñanza y aprendizaje y de los resultados de su alumnado, así como de las medidas y actuaciones
dirigidas a la prevención de las dificultades de aprendizaje, que será supervisada por la inspección educativa“ y añade “El resultado de este pro
ceso se plasmará anualmente en una memoria, que incluirá, asimismo, las correspondientes propuestas de mejora, cuya aprobación correspon
derá al Consejo Escolar.”
Asimismo, en su apartado 3, expresa que “a tales efectos, en cada centro se creará un equipo de evaluación, que estará integrado, al menos,
por el equipo directivo y representantes de los distintos sectores de la comunidad educativa, elegidos por el Consejo Escolar de
entre sus miembros, de acuerdo con lo que se establezca. Asimismo, en su apartado 3, expresa que “a tales efectos, en cada centro,
se creará un equipo de evaluación que estará integrado, al menos, por el equipo directivo y representantes de los distintos sectores
de la Comunidad Educativa, elegidos por el Consejo Escolar de entre sus miembros, de acuerdo con lo que se establezca”.
1. INTRODUCCIÓN
11
La organización y el funcionamiento de los centros educativos se encuentra regulada en los Decretos sobre Reglamento Orgánicos. Dichos
Reglamentos posibilitan el ejercicio de la autonomía de los centros, autonomía que se encuentra estrechamente ligada a la responsabilidad y
al respeto de los derechos de todos los sectores de la comunidad educativa.
Son los centros los que deciden los criterios que aplicarán para la designación de los responsables de los órganos de gobierno y de
coordinación docente y las horas que dedicarán al desempeño de las tareas, siempre dentro de los márgenes que permite la normativa
vigente. Cada centro docente puede elegir la organización que mejor convenga a su contexto y promover estrategias eficaces y eficientes para
la mejora del clima escolar y el alcance del éxito educativo de todo su alumnado.
El Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de Educación Primaria, de los colegios de Educación
Infantil y Primaria y de los centros públicos específicos de Educación Especial, aprobado por el Decreto 328/2010, de 13 de julio, ha regulado
determinados aspectos relacionados con el alumnado y las familias, con el profesorado, con el personal de administración y servicios y con la
organización, el funcionamiento y la evaluación de dichos centros. La regulación establecida pretende impulsar la autonomía pedagógica,
organizativa y de gestión de estos centros, al tiempo que profundiza en la cultura de la evaluación permanente y la rendición de cuentas, con
el objetivo de alcanzar la excelencia educativa y procurar el éxito escolar de todo el alumnado.
-Decreto 327/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de losInstitutos de Educación Secundaria.
-Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamientode los Institutos de Educación Secundaria, así como el
horario de El centro, del alumnado y del profesorado.
-El Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del
Bachillerato, establece en su artículo 21 (Evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria) que: Página 17/55 “Los
centros docentes, de acuerdo con los resultados obtenidos por sus alumnos y en función del diagnóstico e información proporcionados por
1. INTRODUCCIÓN
12
dichos resultados, establecerán medidas ordinarias o extraordinarias en relación con sus propuestas curriculares y
práctica docente. Estas medidas se fijarán en planes de mejora de resultados colectivos o individuales que permitan, en colaboración con las
familias y empleando los recursos de apoyo educativo facilitados por las Administraciones educativas, incentivar
la motivación y el esfuerzo de los alumnos para solventar las dificultades”.
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE) modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (en adelante LOMLOE),
artículo 121. 2 ter. se establece que: “El proyecto educativo incorporará un plan de mejora,
que se revisará periódicamente, en el que, a partir del análisis de los diferentes procesos de evaluación del alumnado y del propio centro, se
planteen las estrategias y actuaciones necesarias para mejorar los resultados educativos y los procedimientos de coordinación y de
relación con las familias y el entorno”.
-Orden de 19 de julio de 2019, por la que se establece el Plan General de Actuación de la Inspección Educativa de Andalucía para el período
2019-2023.
5. Plan de mejora
Un Plan de Mejora se puede definir como una actuación intencional mediante la cual un centro articula un proceso que le permita reforzar
aquellos aspectos considerados positivos y modificar o eliminar aquellos que se juzgan negativos resultantes de su proceso deautoevaluación
previo. Debe ser sencillo y útil de cara a su puesta en práctica y seguimiento. Requiere, como tarea previa, la identificación de las áreas sobre
las que dirigir las actuaciones previstas, lo cual obliga a plantear la situación en la que estamos teniendo en cuenta diversas fuentes de
información, tanto internas como externas:
-Procedimientos de evaluación interna y medición y valoración de los indicadores decalidad a través de la Memoria de Autoevaluación.
-Resultados de evaluaciones externas.
-Resultados aportada por los indicadores homologados.
-Informes del Servicio Provincial de Inspección, fundamentalmente centrados en propuestas de mejora en torno a procesos vinculados a
1. INTRODUCCIÓN
13
factores clave. (Falta asignación Inspector de referencia).
La situación de partida del centro debe orientar la priorización de los objetivos reflejados en el Plan de Centro, siendo necesario que se ponga
el énfasis en lo fundamental, de la manera más objetiva y participada, permitiendo determinar cómo se encuentra, hacia dónde debe de ir y
qué hacer.
La identificación de buenas prácticas y de los ámbitos susceptibles de mejora y los objetivos priorizados del Plan de Centro, deben ser
referentes para la concreción de las propuestas de mejora.
El Plan de Mejora, en cualquier caso, está enmarcado dentro del Proyecto Educativo delCentro (Proyecto educativo EEADV anual). Por tanto,
es coherente con los objetivos del Plan de Centro. Las líneas pedagógicas vienen referidas por ámbito nacional ONCE España y se ajustan en
cada Comunidad atendiendo a la Normativa vigente por transferencia de competencias educativas.
Ámbito educativo: Impulsar la acción tutorial individual y de grupo como instrumento esencial para llevar a cabo la orientación educativa y
profesional, así como las diversificaciones y adaptaciones curriculares de los alumnos.
Objetivo 1 Establecer pautas de orientación dentro del equipo específico de atención al alumnado con Discapacidad
visual (Reglamento de funcionamiento/Plan de acción/Proyecto educativo) para posterior información en
los diferentes centros educativos donde tenemos y atendemos alumnado con Discapacidad visual.
TAREAS RESPONSABLES RECURSOS CALENDARIOS INDICADORES
1. Establecer unas
líneas claras de
actuación
explicando bien la
función de los
miembros del
EEADV
-Equipo Directivo centro
educativo
-Coordinador caso (maestro
asignado al centro donde está
inserto el alumno/a con DV)
-Los disponibles en el
centro
- Las medidas conforme a
Informe y Dictamen del
alumno (recursos
necesarios)
-Material específico,
ayudas puesto de estudio si
son requerido o necesario
-Principio de curso
-Durante el curso
-Propuestas de mejora y
ajustes conforme vayan
siendo necesarias.
-Se implanta calendario
conforme reuniones de los
equipos docentes.
2. Información
específica a nuevas
-Coordinador de caso
(maestro/a)
-Los que sean necesarios
en función de la DV.
- Durante todo el curso -Información al equipo
directivo, Departamento
1. INTRODUCCIÓN
14
tutorías sobre las
especificidades del
desarrollo del caso
de nueva
asignación
-Material informático.
Centro
educativo/Delegación de
educación.
-Material ayuda puesto
estudio (ONCE)
de orientación, maestros
de apoyo (PT)
3. Información
general del
alumnado censado
con
(Departamenteos
y EOEs)
-Coordinador de caso
-Médicos (oftalmólogos)
-Ópticos
-TR
-Psicólogo/a
-Otros
-Aplicativo necesario
donde reside información
del alumno (Adecuación y
actualización de datos en
censo).
-Informes
-Durante todo el curso -
4. Estudio de casos -Todo el equipo -Los necesarios (conocer
los cauces de petición y
formularios)
- Reunión mensual
(propuesta de estudio)
-Muestra del caso, estudio,
análisis, aportes y
conclusiones (revisión)
5. Profesionales de
nueva
incorporación
(Plan de acogida)
-Todo el equipo -Explicación de todo lo
relacionado con el
funcionamiento del equipo
(Plan Mentor)
-Reuniones periódicas.
-Dudas (a demanda)
Ámbito profesorado: Potenciar el trabajo en equipo de los profesores a través de los departamentos y la formación de equipos de ciclo y de etapa.
Objetivo 1 Aplicar estrategias de calidad en todo lo referente a la coordinación de los procesos de enseñanza-
aprendizaje de nuestro equipo, no solo referente a lo académico, sino también en materia organizativa, de
gestión de recursos, instalaciones; que favorezcan la innovación, calidad, formación atención y trabajo en
equipo para su posterior información e indicativos de los profesionales del equipo específico de atención al
alumnado con Discapacidad visual en los diferentes centros donde están insertos al alumnado a atender.
TAREAS RESPONSABLES RECURSOS CALENDARIOS INDICADORES
1. Implantar un
calendario para
optimizar el
trabajo de
Equipo directivo
Coordinador-enlace
Delegación-ONCE
-Soporte informático
-Calendario escolara
(organización de
reuniones)
-Reunión de equipo
primer miércoles de cada
mes
(Si surgen imprevistos
-Se implanta un
calendario inicial de
reuniones del equipo y se
proponen otras a efectos
1. INTRODUCCIÓN
15
coordinación de
los miembros del
equipo EEADV
-Potencial humano
(profesorado/equipo
multidisciplinar)
-Otras entidades
(Delegación/EOEs/otros)
convocatoria reunión no
presencial/se buscan
medios telemáticos)
de imprevistos (Demanda
de otras entidades). Este
calendario debe ser
expuesto al coordinador
Delegación-ONCE y
equipo directivo del
equipo
2. Incorporar al Proyecto
Educativo unas líneas de
actuación metodológicas
que doten al equipo de
una identidad pedagógica
sólida (visibilidad)
(Solicitud de
incorporación al equipo
especializado de la
Provincia)
Equipo educativo -Plan y proyecto
educativo
-Maestros/as, profesores
(Delegación-ONCE)
-Reuniones iniciales de
principio de curso.
-Reuniones mensuales
(primer miércoles de cada
mes)
-Aprobación del nuevo
Proyecto Educativo y
publicación en la web.
-Unificación de criterios
de las líneas
metodológicas marcadas
en el Proyecto
Educativo.
3. Analizar las
fortalezas y
debilidades
pedagógicas del
profesorado del equipo
para ver cuál es el
punto de partida desde
el que se puede
construir y ver las
necesidades de
formación.
-Equipo multidisciplinar Memoria de
autoevaluación y
propuestas de mejora.
Inicio de cada curso
escolar.
Número de actividades de
formación solicitadas por
el equipo, centro, ONCE,
Delegación
2. Llevar a cabo las
actividades de formación
Profesorado. Formación de centro
(CEP).
A partir de la mitad del
segundo trimestre
Porcentaje de profesorado
inscrito.
1. INTRODUCCIÓN
16
relacionadas con las
debilidades detectadas.
-Otras entidades
-Formación continua
CRE Sevilla
-Interés del profesorado
por la participación y
formación
3. Nombrar mentores
entre el profesorado del
Centro que guíen a los
nuevos compañeros/as
Equipo educativo Profesorado. Curso Porcentaje de profesorado
nuevo.
-Informe y evaluación del
profesorado y mentor
(reciprocidad)
Ámbito proceso enseñanza-aprendizaje: Hacer de la evaluación, tanto por parte del profesorado como del alumnado, un verdadero análisis
de todo proceso educativo en general y de cada alumno en particular y, a su vez, hacer de la evaluación un instrumento de motivación y autoestima.
Objetivo 1 Coordinar actuación de los maestros/as del EEADV con los diferentes equipos educativos de los centros
docentes donde atendemos alumnado con Discapacidad visual
TAREAS RESPONSABLES RECURSOS CALENDARIOS INDICADORES
1. Establecimiento
de un
procedimiento
para el desarrollo
de las sesiones de
evaluación
(intervención
para pautas y
mejoras del
alumnado con
DV)
-Equipo directivo
-Departamento de
Orientación.
-Coordinador de caso
(Maestros/as)
-Sesiones
-Reuniones periódicas
-Se informa del
seguimiento del caso y
conocer la coordinación
en vista a saber si se están
llevando a cabo medidas
de ajuste y metodológicas
que faciliten el acceso a
la información.
2. Desarrollo de
sesiones de
evaluación
alumno a alumno,
con participación
en los
-Los profesionales que
imparten clase al alumnado
con DV
-Durante el curso
-Sesiones de evaluación
-Se recoge información y
actas para evaluar los
avances y retrocesos.
Coordinación grupal
1. INTRODUCCIÓN
17
comentarios de
cualquier
profesional del
centro y recogida
de información.
3. Acción
tutorial/Tutoría
compartida
Tutores/maestros del
EEADV
Si son necesarios
materiales (solicitud o
adaptación)
-Durante el curso. -Se establecen medidas
de atención. Revisión
continua. Inquietudes del
profesorado
Ámbito organización del centro: Mantener relaciones de colaboración y apoyo con otras instituciones tanto educativas como sociales,
culturales, laborales, etc.
Objetivo 1 Marcar las líneas de actuación del EEADV con las diferentes entidades con las que trabajamos
TAREAS RESPONSABLES RECURSOS CALENDARIOS INDICADORES
1. Recibir y dar
formación específica
sobre atención a la
diversidad (alumnado
con discapacidad visual)
-Profesorado del EEADV -Los necesarios -Cuando se dé un caso
nuevo en un centro donde
no hay matriculado
alumnado con DV
Se ha llevado a cabo al
menos una formación de
centro relacionada con
esta temática.
2. Llevar a cabo
reuniones de equipo
docente para coordinar
las actuaciones del
alumnado con NEAE
(DV).
-Profesorado del EEADV -Explicación de los
materiales que se pueden
solicitar para facilitar el
proceso de enseñanza-
aprendizaje
-Prioridad: Principio de
curso.
-Reuniones periódicas
con equipos educativos.
-Sesiones de evaluación
Se produce intercambio
de información de forma
continuada
3.Realizar jornadas de
sensibilización
Equipo multidisciplinar -Muestreo de materiales -Durante el curso (a
demanda)
-Se realizan jornadas
durante el curso escolar
donde hay alumnado con
DV
4. Recepcionar centros
educativos al edificio
Equipo multidisciplinar -Muestra, exposición
-Visita educativa
-Durante el curso escolar -Se expone y explica los
diferentes ámbitos de
1. INTRODUCCIÓN
18
ONCE actuación de los distintos
profesionales del EEADV
Ámbito: Medidas de atención a la diversidad
Objetivo 1 Disponer, ofrecer, solicitar, coordinar todas las medidas y préstamos de material específico para el
alumnado con Discapacidad visual
TAREAS RESPONSABLES RECURSOS CALENDARIOS INDICADORES
1. Visibilizar y
explicar quiénes
somos, cuáles
nuestras funciones
y qué somos
-Coordinador-enlace
ONCE/Delegación
Recursos humanos -Durante todo el curso
(Prioridad principio de
curso)
-Reuniones entidades
(trimestral)
-Estudio y revisión del
Convenio Delegación-
ONCE (último 27/10/22)
2. Conocer la
Normativa
-Profesionales (maestros/as y
profesores)
Normativa en vigor -Durante el curso Se analiza, actualiza, se
expone y explica.
3. Saber el
funcionamiento
interno del equipo
Equipo multidisciplinar -Reglamento de
funcionamiento interno
-Proyecto de trabajo
-Memoria de trabajo.
A principio y final de
curso (Evaluación)
-Se incluye todos los
ámbitos de actuación y
áreas de intervención
4. Explicar el
funcionamiento
del equipo
Equipo multidisciplinar
Claustros docentes de
centros educativos
(CEIP/IES)
Material diverso Durante el curso -Se explica el
funcionamiento para
conocer las vías por las
cuales solicitar material
5. Hacer partícipes a
la familias
Profesionales
Familiares
Los necesarios Todo el curso
Incluso en periodos no
lectivos
-Se informa de
campamentos, talleres,
encuentros, actividades
para alumnos/as con DV
6. Difundir Todos/as (Delegación-
ONCE)
Lo necesario Todo el curso -Se da importancia vital a
la difusión del
funcionamiento del equipo
para que los familiares con
1. INTRODUCCIÓN
19
alumnos/as con DV sepan
que cuentan con un
servicio de atención
específico para sus
hijos/as
Ámbito: Adecuación servicios EEADV a la comunidad educativa. Planes de Trabajo
Objetivo 1 Planes de acción
TAREAS RESPONSABLES RECURSOS CALENDARIOS INDICADORES
1. Formación Delegación
ONCE
Equipo multidisciplinar
CEIP (Claustros)
EOEs
IES (Claustros)
Departamentos de Or.
CEP
Los necesarios A demanda -Se establece un plan de
formación tanto para los
miembros del equipo
como para los centros que
los soliciten
2. Grupos de
trabajo,
proyectos, Blogs,
otros
Equipo atención alumnado
con discapacidad visual
Demanda de material
necesario
Dotación de materiales
-Se hace lista para
solicitar material que
necesitamos para llevar a
cabo nuestra función con
calidad.
3. Plan de ajuste Psicóloga Recursos humanos Durante el curso -Si se produce un
desajuste emocional o de
rendimiento en alguno de
nuestros alumnos/as
-Salud mental/emocional
4. TIC (nuevas
tecnologías,
aplicaciones,
Responsable tiflotécnico
TR
Material de acceso a la
información y demás
elementos que faciliten el
Durante el curso -Se explican novedades
en cuanto a aplicaciones,
programas y periféricos
1. INTRODUCCIÓN
20
material
específico)
proceso de enseñanza-
aprendizaje de nuestro
alumnado
para poder ofrecerle una
adecuada respuesta a
nuestro alumnado
5. Sensibilización Todos Todo lo necesario Durante el curso escolar -Se expone y muestra
todo lo relacionado con el
mundo de la baja visión,
ceguera y sordoceguera
(materiales, nuevas
tecnologías, acceso,
perros, guías, sistemas de
comuncación
6. Braille Equipo docente Máquinas Perkins
Líneas Braille
Asistente de voz (Jaws)
Durante el curso
Curso de formación
(mayo)
-Dar visibilidad y dar a
conocer el sistema
dactilológico y táctil
Braille como referente de
sistema de lectura para la
comunidad ciega o de
baja visión susceptible de
uso de este sistema.
6. Incidencias significativas en el desarrollo del proyecto anual (EEADV)
- El Equipo Específico de Málaga atiende al alumnado con discapacidad visual de la provincia, zonificada en siete sedes: Málaga,
Axarquía, Antequera, Ronda, Torremolinos, Fuengirola, Guadalhorce y Marbella.
- Durante el presente curso (2022-23) no se han producido en incidencias en los recursos humanos del Equipo.
- Durante este curso, se han producido retrasos importantes en la dotación de material informático (portátiles y tabletas) que se pidieron
para los alumnos.
Sólo se están respondiendo a demandas de hace dos cursos. En algún caso puntual algún centro por propia iniciativa lo está cubriendo.
1. INTRODUCCIÓN
21
- Sería necesario que los ordenadores vinieran en sistema Windows solamente, con paquete office a partir de 2019 y con suficiente
memoria RAM para soportar los softwares de adaptación.
- La eliminación de ordenadores de mesa en los puestos de trabajo de la sala de maestros, quedando sólo dos, hace necesario la dotación
de una impresora wifi y en color, de esta manera los compañeros de Junta pueden hacer uso de ella ya que por VPN no pueden imprimir
en la impresora de red. La disminución de tomas de red en la sala dificulta imprimir en el centro.
- Se demanda a la Junta de Andalucía un listado de recursos pendientes de incluir en el catálogo de ayudas técnicas.
a. Monitor de ordenador con tamaño superior a 20”.
b. Mesa atril marca Minuja.
c. Atril de sobremesa marca Minuja.
d. Flexo luz fría.
e. Caja de luz.
f. Geoplano.
g. Teclado periférico para Tablet.
h. Balones sonoros y balones Goalball.
i. Barra direccional.
Partida económica para material fungible y de uso cotidiano-
Material propicio para adaptación de materiales.
7. Valoración del funcionamiento del equipo (Resumen curso 2022-23) (Propuestas para 2023-24 en
proceso)
7.1 Logros y Dificultades Encontradas
Ha sido un buen curso en el que han surgido una gran cantidad de iniciativas creativas en el seno del equipo tal y como se recoge en la
memoria y las nuevas incorporaciones se han adaptado muy bien a la dinámica de trabajo. El curso ha transcurrido con normalidad,
1. INTRODUCCIÓN
22
destacando como principal dificultad la incorporación de nuevo alumnado en el último trimestre que ha originado importantes cargas de
trabajo para algunos profesionales que habrá que equilibrar para septiembre (curso 2023-24). Sigue siendo un equipo con una ratio de
alumnos por maestro/a muy alto que esperamos poder paliar en parte en septiembre con la llegada de un nuevo maestro.
7.2 Propuestas de Mejora
Se propone poder incrementar la participación en los cursos de formación, especialmente en los cursos online.
Organización y funcionamiento más ajustado, con la idea de darle más visibilidad al equipo y la intención de pertenecer al equipo
especializado de la provincia.

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5.2. PLAN DE MEJORA EEADV.pdf

  • 1. 1. INTRODUCCIÓN 1 PLAN DE MEJORA EEADV CURSO 2023-24 ÍNDICE 1. Introducción 2 2. Datos generales del equipo 3 3. Organización del Proceso 4 4. Marco Legal 5 (Normativa relativa a la autoevaluación) 10 5. Plan de mejora 12 6. Incidencias significativas en el desarrollo del proyecto anual (EEADV) 20 7. Valoración del funcionamiento del equipo 21 7.1 Logros y Dificultades Encontradas 21 7.2 Propuestas de Mejora 22
  • 2. 1. INTRODUCCIÓN 2 1. Introducción La inclusión de personas ciegas en el sistema educativo español es un proceso en constante evolución y mejora, que requiere de un enfoque colaborativo y un compromiso conjunto para lograr una educación inclusiva y de calidad para todos (Servicios Sociales ONCE Educación Inclusiva). Es importante seguir trabajando en la sensibilización y concienciación sobre la discapacidad visual y la importancia de la inclusión y el respeto hacia todas las personas, independientemente de sus capacidades o limitaciones. El objetivo principal es garantizar la igualdad de oportunidades y el acceso a una educación de calidad para todas las personas, independientemente de su hándicap. Se han implementado medidas y recursos específicos, como materiales adaptados en braille, uso, innovación y adaptación de las nuevas corrientes tecnológicas de acceso y apoyo, formación de profesionales especializados y promoción de la participación activa de las personas ciegas en el proceso educativo como nos explican en el manual de atención a personas con discapacidad visual y las Instrucciones de 8 de marzo de 2017 junto al Convenio Delegación-ONCE, octubre del 2022. Es importante destacar que la preocupación existente por dotar de recursos a todos los niveles los EEADV y la formación continua de estos profesionales para lograr una educación de calidad en la atención a las personas con discapacidad visual. La promoción de la participación activa de todas las personas en el proceso educativo es crucial para fomentar su inclusión social y su desarrollo personal (LOMLOE). Es necesario seguir trabajando en la sensibilización de la sociedad en general hacia la discapacidad en general y la discapacidad visual en particular. Así teniendo en cuenta la base Normativa descrita anteriormente en el Marco teórico, se dispone los siguiente en vista a garantizar la atención del alumnado con DV. El objeto de atención viene recogido en el último Convenio firmado de 27 de octubre de 2022 en el que se recoge lo siguiente: coordinar las actuaciones y medidas en favor del alumnado con ceguera o discapacidad visual grave escolarizado en nuestra Comunidad Autónoma, en cualquier enseñanza de régimen general y especial no universitaria sostenida con
  • 3. 1. INTRODUCCIÓN 3 fondos públicos, de cara a garantizar el derecho a la educación inclusiva, identificando y eliminando las barreras, favoreciendo la participación y el aprendizaje para el alumnado con ceguera o discapacidad visual grave, de manera que puedan alcanzar el máximo desarrollo de sus potencialidades y capacidades. (p. 4) Dejando claro que el ámbito de aplicación se establece siguiendo las instrucciones de 8 de marzo de (2017) en la que se delimita la actuación de los equipos específicos de atención al alumnado con discapacidad visual. De esta forma la actuación conjunta entre ambas entidades supedita un firme compromiso a la hora de dotar a los equipos específicos, tanto a nivel material como personal para garantizar la inclusión educativa en igualdad de condiciones. Actualmente, en el año presente (2023), en nuestra Comunidad para cumplir con los objetivos propuestos de atención al alumnado con discapacidad visual lo conforman un conjunto de 107 maestros y maestras itinerantes, que abarcan todas las etapas educativas. De este grueso, 43 docentes pertenecen a la ONCE y 64 maestros/as y profesores/as dependen de la Junta de Andalucía. 2. Datos generales del equipo - Curso Académico: 2023/24 - Denominación del Equipo: Equipo Específico de Atención Educativa al Alumnado con Discapacidad Visual (EEADV) - Ámbito Geográfico: Provincia de Málaga - Sedes/Subsedes: DZ - Dirección: Calle Cuarteles 8 - Teléfono: 952341111 - Convenio Marco: Convenio de colaboración entre la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía y la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) para la prestación de Servicios Educativos al alumnado con ceguera o discapacidad visual grave. (Sevilla, 27 de octubre de 2022) - Coordinador: MRC
  • 4. 1. INTRODUCCIÓN 4 3. Organización del proceso La normativa establece que la autoevaluación debe implicar a todos los miembros de la Comunidad Educativa y, especialmente, a los docentes del equipo. Además, genera una serie de órganos y equipos de trabajo que deben dinamizar y articular los procesos de autoevaluación y de mejora en los centros, para lo que les confiere competencias con dicho fin. Los miembros que conforman el equipo multidisciplinar (EEADV) son: (Se obvian los nombres reales) Profesional: Apellidos, Nombre (Tabla 1) Relación y cargo compañeros/as Ctg. Prof. Insti. Sede ”” Profesor Junta Málaga “” Maestro Junta Axarquía “” Maestra Junta Torremolinos “” Maestra Junta Marbella “” Maestro ONCE Málaga “” Maestra Junta Málaga “” Maestro Junta Málaga “” Maestra Junta Fuengirola “” Maestra Junta Málaga “” Maestra Junta Málaga “” Profesor Junta Alhaurín de la Torre “” Maestra ONCE Málaga “” Maestra Junta Ronda “” Maestro ONCE Málaga
  • 5. 1. INTRODUCCIÓN 5 “” Maestro ONCE Antequera “” Profesora Junta Torremolinos TOTAL “” EAE ONCE Málaga “” C. soc. Cult. ONCE Málaga “” C. depor. ONCE Málaga “” ITB ONCE Málaga “” ITB ONCE Málaga “” ITB ONCE Málaga “” TS ONCE Málaga “” PSI ONCE Málaga “” TR ONCE Málaga “” TR ONCE Málaga “” TR ONCE Málaga “” TR ONCE Málaga “” UAD ONCE Málaga “” PESZ ONCE Málaga 4. Marco Legal (Normativa) La Ley Orgánica de mejora de la Ley Orgánica de Educación (LOMLOE)1 , 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. BOE núm. 340, de 30 de diciembre de 2020. Esta ley reconoce el derecho de los alumnos a recibir una educación inclusiva y de 1 LOMLOE. «BOE» núm. 340, de 30 de diciembre de 2020, páginas 122868 a 122953 (86 págs.) BOE-A-2020-17264. Artículos 4, 71-90, 121.
  • 6. 1. INTRODUCCIÓN 6 calidad. Otra referencia notable en la ley aparece en el punto 3 de su artículo 4, que señala que, “Sin perjuicio de que a lo largo de la enseñanza básica se garantice una educación común para todo el alumnado, se adoptará la inclusión educativa como principio fundamental, con el fin de atender a la diversidad de las necesidades de todo el alumnado, tanto del que tiene especiales dificultades de aprendizaje como del que tiene mayor capacidad y motivación para aprender”. Se produce la redefinición de necesidad educativa, pasando de NEE a NEAE. El cambio de paradigma de integración a inclusión. Todo lo referido a atención a la diversidad está regulada en el Título II de la LOE/LOMCE, titulado «Equidad en la educación», artículos 71 a 90. Pero hay que señalar que la LOE abandona el modelo de integración escolar, promulgado en la LOGSE, por el actual modelo de inclusión escolar. Se revisa el término de NEE o ACNEE (necesidades especiales) y se incluye dentro de un concepto más amplio. De esta forma, hablamos de alumno con necesidad específica de apoyo educativo, NEAE o ACNEAE. Es importante señalar que la LOMLOE, en su disposición adicional cuarta, prevé que en un plazo de diez años la diferencia que hoy se constata entre los centros de educación ordinaria (con inclusión de alumnos NEAE) y los centros de educación especial vaya desapareciendo paulatinamente. El convulso movimiento legislativo en materia de educación acaecido en nuestro país, sobre todo en las últimas décadas, ha sido fruto de una transformación a todos los niveles, derivada de las demandas sociales. Las Leyes en materia de educación, aprobadas en nuestro país, siempre han venido acompañadas de crítica e incertidumbre. Estas dudas llegan hasta nuestros días por el hecho de encontrar nexos homogéneos de atención ante una sociedad tan plural. El reto de la escuela, bajo los estamentos y directrices, es la de defender, atender y buscar soluciones plausibles a todo el alumnado sin dejar nadie atrás. Cada una de lasgrandes leyes ha intentado mejorar la anterior en materia relacionada con la atención a la diversidad. Ha buscado con su transformación; cambios de registros, tratos, conceptos, terminología, derechos y obligaciones más ajustado a la realidad en todo loque compete a la educación en general y a la discapacidad en particular. Cada una de estas leyes, establece como prioridad y eje fundamental, la búsqueda de mecanismos idóneos para la no exclusión ni discriminación. La defensa hacia la atención a la diversidad se ha convertido en un paradigma de vital importancia, con la intencionalidad de formar en la escuela a ciudadanos de pleno derecho con las mismas oportunidades. La escuela pretende educar en igualdad, visibilizar y actuar en la atención a la diversidad con la intención de hacer partícipes a toda la comunidad educativa con la idea de no dar un paso atrás, a sabiendas que, la riqueza de un pueblo es su gente en el que todo el mundo debe tener cabida, sin excepciones.
  • 7. 1. INTRODUCCIÓN 7 Con la LOMCE derogada, todo lo que la normativa autonómica contradiga lo recogido en la LOE/LOMLOE también queda anulada. Las principales modificaciones que introduce la LOMLOE en medidas a la diversidad es que la discapacidad aparece como un principio clave de la Ley Educativa en el artículo 1b y que especifica, “que no puede existir discriminación por motivo de Discapacidad”, basándose en la convención sobre los derechos del niño y calidad educativa que están registrados en el artículo 1.a y 1.a.bis. Se mantiene la elección de centro, lo que se conoce como libertad de enseñanza. Introduce el principio de educación inclusiva y del Diseño Universal del Aprendizaje (DUA) en el artículo 4.3. El artículo 6.2 dice que hay que adaptar el currículum a cualquier alumno para que pueda ofrecerse garantía y calidad en educación. Exponer el entramado Normativo es la explicación teórica de la preocupación por atender en diversidad. Los avances a todos los niveles han contemplado cualquier tipología susceptible de atención. Ha supuesto un avance de mejora, especialización, orientación. Los equipos específicos determinados para atender a cualquier Discapacidad también han supuesto un salto cualitativo y cuantitativo en vista a conseguir una educación inclusiva y de calidad. El modelo de intervención que se lleva a cabo en nuestro país con el alumnado con baja visión, ceguera y/o sordoceguera es la pauta que está posibilitando la inserción de los niños y niñas en centros ordinarios. La educación en nuestro país está transferida a las Comunidades autónomas. Las diferentes delegaciones educativas de las distintas comunidades autónomas junto con La Organización Nacional de Ciegos españoles firman convenios de colaboración en materia educativa. A través de estos acuerdos (Se revisan y renuevan cada cuatro años), los alumnos/as cuentan con todos los recursos del sistema ordinario y, además, los específicos de la ONCE a través de sus Centros de Recursos Educativos (CRE). En España los centros de recursos están distribuidos por zonas de afluencias. Contamos con el de Alicante, Barcelona, Madrid, Pontevedra y Sevilla, que prestan servicios de atención directa y servicios complementarios. Actualmente, más del 99% del alumnado con discapacidad visual se escolariza en colegios ordinarios. El alumnado con DV recibe una atención complementaria en función de sus necesidades específicas relacionadas con la discapacidad visual (enseñanza del sistema braille, nuevas tecnologías, autonomía personal, orientación y movilidad o competencia social, entre otras), que es la que le proporcionan los profesionales especializados de los Equipos Específicos de atención educativa a la
  • 8. 1. INTRODUCCIÓN 8 discapacidad visual (EEADV). El objetivo es conseguir la mayor normalización e inclusión del estudiante en el entorno familiar, social y educativo. Transferidas las competencias en materia educativa, lo que respecta a nuestra Comunidad autónoma está dictada conforme el artículo 52.1 del Estatuto de Autonomía de Andalucía. Los diferentes acuerdos que firman las Delegaciones de Educación de las distintas Comunidades autónomas de nuestro país siguen patrones muy similares a efectos de atención al alumnado con DV. Hace algunas décadas, cuando el movimiento integrador se fue implantando en la escuela ordinaria, los centros se vieron inundados de diversidad. El patrón de homogeneidad ha dado paso a un gigantesco corolario y abanico de perfiles heterogéneos. Esto en vez de enraizar y poner dificultades al sistema no ha hecho más que enriquecer y poner en valor el derecho de igualdad de oportunidad, en vista a luchar por la inclusión y atención a la diversidad. Con respecto a la atención al alumnado con Discapacidad visual los avances se han visto incrementados de manera positiva gracias a la asociación de ciegos españoles en su unidad de atención educativa y las Delegaciones de educación que de forma conjunta llevan impulsando, desde hace ya algunas décadas procesos colaborativos. Fruto de estos convenios nacieron los equipos específicos de atención al alumnado con Discapacidad visual. A principios de la década de los 80 del siglo pasado como nos cuentan, varios autores (1994), se creó en Málaga el CAIDV, (Centros de apoyo a deficientes visuales). El hecho y el por qué, hace referencia a que se vieron incrementados los esfuerzos de integración y adaptación del alumnado a los centros ordinarios (p. 7) por ende se tuvo que producir una especialización por parte del profesorado implicado, adquiriendo competencias y habilidades para poder atender al alumnado con baja visión, graves problemas visuales o ciegos totales.
  • 9. 1. INTRODUCCIÓN 9 El CAIDV, en las publicaciones que fueron produciendo y publicando conforme avanzaban en sus estudios, formación y atención con el alumnado con DV (1995) se recoge lo siguiente: “Los Convenios para la Educación especial de los Deficientes visuales Graves de 24 de abril de 1987 y de 27 de julio de 1992, entre la Consejería de Educación y Ciencia y la ONCE, se le confiere carácter de centro de recursos para la atención de personas ciegas o con discapacidad visual grave” (p. 3) La denominación de centro de recursos (equipo multidisciplinar) hizo que el CAIDV tomara impulso y renombre en materia de atención al alumnado con Discapacidad visual. En el año 1992, por el mes de julio, se produce el anhelado Convenio colaborativo entre ambas instituciones que enriquecerá de manera cuantitativa y cualitativa la atención al alumnado con ceguera, baja visión cambiando la denominación a equipos específicos. Se produce una expansión de los equipos especializados a lo largo y ancho del país. Los compromisos adquiridos en Andalucía llevan más de treinta años ejecutándose con total garantía en pro de mejora y atención a todo el alumnado DV que se encuentran insertos en las aulas de cualquier centro en nuestra comunidad. Y así según el D. 154/2022 por la que se establece la estructura en el desarrollo educativo en nuestra comunidad referido al artículo 10. 8 y se adecúan las actuaciones y programas para atender al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en la búsqueda de inclusión y equidad partiendo de la Ley 17/2007 de Educación en Andalucía y la Ley 9/1999 de solidaridad en Educación. El texto refundido de la Ley General de derechos de personas con discapacidad y de su inclusión social aprobado por RD 1/2013 y modificado por la Ley 6/2022 en la que se habla de asegurar y garantizar un sistema equitativo, inclusivo y de calidad y prestando especial atención a la diversidad. Así queda registrado siguiendo el artículo 72. 5 de la LOE que en la nueva redacción dada por la Ley 3/2020, el artículo 183. 2 de la Ley 17/2007 y el artículo 19 de la Ley 4/2017 de Derechos y atención a personas con discapacidad que junto al RD 358/1991 de reordenación
  • 10. 1. INTRODUCCIÓN 10 de la Organización Nacional de Ciegos Españoles quedan establecidos los fines para la prevención, detección, diagnóstico y atención e inclusión educativa en cualquier nivel educativo con la consiguiente colaboración entre las distintas administraciones. Así teniendo en cuenta la base Normativa descrita anteriormente, se dispone los siguiente en vista a garantizar la atención del alumnado con DV. El objeto de atención viene recogido en el Convenio de 27 de octubre de 2022. Normativa relativa a la autoevaluación La normativa relacionada con la autoevaluación es la siguiente: -El artículo 145.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE), establece que “las Administraciones educativas apoyarán y facilitarán la autoevaluación de los centros educativos.” -El artículo 145.2 de la LOMLOE recoge que “las Administraciones educativas apoyarán y facilitarán la autoevaluación de los centros educativos”. En este sentido, la Comunidad Autónoma de Andalucía ya venía implementando esta política evaluativa, recogiéndolo en el artículo 130 1 y 2, de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre: “Todos los centros docentes sostenidos con fondos públicos realizarán una autoevaluación de su propio funcionamiento, de los programas que desarrollan, de los procesos de enseñanza y aprendizaje y de los resultados de su alumnado, así como de las medidas y actuaciones dirigidas a la prevención de las dificultades de aprendizaje, que será supervisada por la inspección educativa“ y añade “El resultado de este pro ceso se plasmará anualmente en una memoria, que incluirá, asimismo, las correspondientes propuestas de mejora, cuya aprobación correspon derá al Consejo Escolar.” Asimismo, en su apartado 3, expresa que “a tales efectos, en cada centro se creará un equipo de evaluación, que estará integrado, al menos, por el equipo directivo y representantes de los distintos sectores de la comunidad educativa, elegidos por el Consejo Escolar de entre sus miembros, de acuerdo con lo que se establezca. Asimismo, en su apartado 3, expresa que “a tales efectos, en cada centro, se creará un equipo de evaluación que estará integrado, al menos, por el equipo directivo y representantes de los distintos sectores de la Comunidad Educativa, elegidos por el Consejo Escolar de entre sus miembros, de acuerdo con lo que se establezca”.
  • 11. 1. INTRODUCCIÓN 11 La organización y el funcionamiento de los centros educativos se encuentra regulada en los Decretos sobre Reglamento Orgánicos. Dichos Reglamentos posibilitan el ejercicio de la autonomía de los centros, autonomía que se encuentra estrechamente ligada a la responsabilidad y al respeto de los derechos de todos los sectores de la comunidad educativa. Son los centros los que deciden los criterios que aplicarán para la designación de los responsables de los órganos de gobierno y de coordinación docente y las horas que dedicarán al desempeño de las tareas, siempre dentro de los márgenes que permite la normativa vigente. Cada centro docente puede elegir la organización que mejor convenga a su contexto y promover estrategias eficaces y eficientes para la mejora del clima escolar y el alcance del éxito educativo de todo su alumnado. El Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de Educación Primaria, de los colegios de Educación Infantil y Primaria y de los centros públicos específicos de Educación Especial, aprobado por el Decreto 328/2010, de 13 de julio, ha regulado determinados aspectos relacionados con el alumnado y las familias, con el profesorado, con el personal de administración y servicios y con la organización, el funcionamiento y la evaluación de dichos centros. La regulación establecida pretende impulsar la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión de estos centros, al tiempo que profundiza en la cultura de la evaluación permanente y la rendición de cuentas, con el objetivo de alcanzar la excelencia educativa y procurar el éxito escolar de todo el alumnado. -Decreto 327/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de losInstitutos de Educación Secundaria. -Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamientode los Institutos de Educación Secundaria, así como el horario de El centro, del alumnado y del profesorado. -El Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, establece en su artículo 21 (Evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria) que: Página 17/55 “Los centros docentes, de acuerdo con los resultados obtenidos por sus alumnos y en función del diagnóstico e información proporcionados por
  • 12. 1. INTRODUCCIÓN 12 dichos resultados, establecerán medidas ordinarias o extraordinarias en relación con sus propuestas curriculares y práctica docente. Estas medidas se fijarán en planes de mejora de resultados colectivos o individuales que permitan, en colaboración con las familias y empleando los recursos de apoyo educativo facilitados por las Administraciones educativas, incentivar la motivación y el esfuerzo de los alumnos para solventar las dificultades”. Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE) modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (en adelante LOMLOE), artículo 121. 2 ter. se establece que: “El proyecto educativo incorporará un plan de mejora, que se revisará periódicamente, en el que, a partir del análisis de los diferentes procesos de evaluación del alumnado y del propio centro, se planteen las estrategias y actuaciones necesarias para mejorar los resultados educativos y los procedimientos de coordinación y de relación con las familias y el entorno”. -Orden de 19 de julio de 2019, por la que se establece el Plan General de Actuación de la Inspección Educativa de Andalucía para el período 2019-2023. 5. Plan de mejora Un Plan de Mejora se puede definir como una actuación intencional mediante la cual un centro articula un proceso que le permita reforzar aquellos aspectos considerados positivos y modificar o eliminar aquellos que se juzgan negativos resultantes de su proceso deautoevaluación previo. Debe ser sencillo y útil de cara a su puesta en práctica y seguimiento. Requiere, como tarea previa, la identificación de las áreas sobre las que dirigir las actuaciones previstas, lo cual obliga a plantear la situación en la que estamos teniendo en cuenta diversas fuentes de información, tanto internas como externas: -Procedimientos de evaluación interna y medición y valoración de los indicadores decalidad a través de la Memoria de Autoevaluación. -Resultados de evaluaciones externas. -Resultados aportada por los indicadores homologados. -Informes del Servicio Provincial de Inspección, fundamentalmente centrados en propuestas de mejora en torno a procesos vinculados a
  • 13. 1. INTRODUCCIÓN 13 factores clave. (Falta asignación Inspector de referencia). La situación de partida del centro debe orientar la priorización de los objetivos reflejados en el Plan de Centro, siendo necesario que se ponga el énfasis en lo fundamental, de la manera más objetiva y participada, permitiendo determinar cómo se encuentra, hacia dónde debe de ir y qué hacer. La identificación de buenas prácticas y de los ámbitos susceptibles de mejora y los objetivos priorizados del Plan de Centro, deben ser referentes para la concreción de las propuestas de mejora. El Plan de Mejora, en cualquier caso, está enmarcado dentro del Proyecto Educativo delCentro (Proyecto educativo EEADV anual). Por tanto, es coherente con los objetivos del Plan de Centro. Las líneas pedagógicas vienen referidas por ámbito nacional ONCE España y se ajustan en cada Comunidad atendiendo a la Normativa vigente por transferencia de competencias educativas. Ámbito educativo: Impulsar la acción tutorial individual y de grupo como instrumento esencial para llevar a cabo la orientación educativa y profesional, así como las diversificaciones y adaptaciones curriculares de los alumnos. Objetivo 1 Establecer pautas de orientación dentro del equipo específico de atención al alumnado con Discapacidad visual (Reglamento de funcionamiento/Plan de acción/Proyecto educativo) para posterior información en los diferentes centros educativos donde tenemos y atendemos alumnado con Discapacidad visual. TAREAS RESPONSABLES RECURSOS CALENDARIOS INDICADORES 1. Establecer unas líneas claras de actuación explicando bien la función de los miembros del EEADV -Equipo Directivo centro educativo -Coordinador caso (maestro asignado al centro donde está inserto el alumno/a con DV) -Los disponibles en el centro - Las medidas conforme a Informe y Dictamen del alumno (recursos necesarios) -Material específico, ayudas puesto de estudio si son requerido o necesario -Principio de curso -Durante el curso -Propuestas de mejora y ajustes conforme vayan siendo necesarias. -Se implanta calendario conforme reuniones de los equipos docentes. 2. Información específica a nuevas -Coordinador de caso (maestro/a) -Los que sean necesarios en función de la DV. - Durante todo el curso -Información al equipo directivo, Departamento
  • 14. 1. INTRODUCCIÓN 14 tutorías sobre las especificidades del desarrollo del caso de nueva asignación -Material informático. Centro educativo/Delegación de educación. -Material ayuda puesto estudio (ONCE) de orientación, maestros de apoyo (PT) 3. Información general del alumnado censado con (Departamenteos y EOEs) -Coordinador de caso -Médicos (oftalmólogos) -Ópticos -TR -Psicólogo/a -Otros -Aplicativo necesario donde reside información del alumno (Adecuación y actualización de datos en censo). -Informes -Durante todo el curso - 4. Estudio de casos -Todo el equipo -Los necesarios (conocer los cauces de petición y formularios) - Reunión mensual (propuesta de estudio) -Muestra del caso, estudio, análisis, aportes y conclusiones (revisión) 5. Profesionales de nueva incorporación (Plan de acogida) -Todo el equipo -Explicación de todo lo relacionado con el funcionamiento del equipo (Plan Mentor) -Reuniones periódicas. -Dudas (a demanda) Ámbito profesorado: Potenciar el trabajo en equipo de los profesores a través de los departamentos y la formación de equipos de ciclo y de etapa. Objetivo 1 Aplicar estrategias de calidad en todo lo referente a la coordinación de los procesos de enseñanza- aprendizaje de nuestro equipo, no solo referente a lo académico, sino también en materia organizativa, de gestión de recursos, instalaciones; que favorezcan la innovación, calidad, formación atención y trabajo en equipo para su posterior información e indicativos de los profesionales del equipo específico de atención al alumnado con Discapacidad visual en los diferentes centros donde están insertos al alumnado a atender. TAREAS RESPONSABLES RECURSOS CALENDARIOS INDICADORES 1. Implantar un calendario para optimizar el trabajo de Equipo directivo Coordinador-enlace Delegación-ONCE -Soporte informático -Calendario escolara (organización de reuniones) -Reunión de equipo primer miércoles de cada mes (Si surgen imprevistos -Se implanta un calendario inicial de reuniones del equipo y se proponen otras a efectos
  • 15. 1. INTRODUCCIÓN 15 coordinación de los miembros del equipo EEADV -Potencial humano (profesorado/equipo multidisciplinar) -Otras entidades (Delegación/EOEs/otros) convocatoria reunión no presencial/se buscan medios telemáticos) de imprevistos (Demanda de otras entidades). Este calendario debe ser expuesto al coordinador Delegación-ONCE y equipo directivo del equipo 2. Incorporar al Proyecto Educativo unas líneas de actuación metodológicas que doten al equipo de una identidad pedagógica sólida (visibilidad) (Solicitud de incorporación al equipo especializado de la Provincia) Equipo educativo -Plan y proyecto educativo -Maestros/as, profesores (Delegación-ONCE) -Reuniones iniciales de principio de curso. -Reuniones mensuales (primer miércoles de cada mes) -Aprobación del nuevo Proyecto Educativo y publicación en la web. -Unificación de criterios de las líneas metodológicas marcadas en el Proyecto Educativo. 3. Analizar las fortalezas y debilidades pedagógicas del profesorado del equipo para ver cuál es el punto de partida desde el que se puede construir y ver las necesidades de formación. -Equipo multidisciplinar Memoria de autoevaluación y propuestas de mejora. Inicio de cada curso escolar. Número de actividades de formación solicitadas por el equipo, centro, ONCE, Delegación 2. Llevar a cabo las actividades de formación Profesorado. Formación de centro (CEP). A partir de la mitad del segundo trimestre Porcentaje de profesorado inscrito.
  • 16. 1. INTRODUCCIÓN 16 relacionadas con las debilidades detectadas. -Otras entidades -Formación continua CRE Sevilla -Interés del profesorado por la participación y formación 3. Nombrar mentores entre el profesorado del Centro que guíen a los nuevos compañeros/as Equipo educativo Profesorado. Curso Porcentaje de profesorado nuevo. -Informe y evaluación del profesorado y mentor (reciprocidad) Ámbito proceso enseñanza-aprendizaje: Hacer de la evaluación, tanto por parte del profesorado como del alumnado, un verdadero análisis de todo proceso educativo en general y de cada alumno en particular y, a su vez, hacer de la evaluación un instrumento de motivación y autoestima. Objetivo 1 Coordinar actuación de los maestros/as del EEADV con los diferentes equipos educativos de los centros docentes donde atendemos alumnado con Discapacidad visual TAREAS RESPONSABLES RECURSOS CALENDARIOS INDICADORES 1. Establecimiento de un procedimiento para el desarrollo de las sesiones de evaluación (intervención para pautas y mejoras del alumnado con DV) -Equipo directivo -Departamento de Orientación. -Coordinador de caso (Maestros/as) -Sesiones -Reuniones periódicas -Se informa del seguimiento del caso y conocer la coordinación en vista a saber si se están llevando a cabo medidas de ajuste y metodológicas que faciliten el acceso a la información. 2. Desarrollo de sesiones de evaluación alumno a alumno, con participación en los -Los profesionales que imparten clase al alumnado con DV -Durante el curso -Sesiones de evaluación -Se recoge información y actas para evaluar los avances y retrocesos. Coordinación grupal
  • 17. 1. INTRODUCCIÓN 17 comentarios de cualquier profesional del centro y recogida de información. 3. Acción tutorial/Tutoría compartida Tutores/maestros del EEADV Si son necesarios materiales (solicitud o adaptación) -Durante el curso. -Se establecen medidas de atención. Revisión continua. Inquietudes del profesorado Ámbito organización del centro: Mantener relaciones de colaboración y apoyo con otras instituciones tanto educativas como sociales, culturales, laborales, etc. Objetivo 1 Marcar las líneas de actuación del EEADV con las diferentes entidades con las que trabajamos TAREAS RESPONSABLES RECURSOS CALENDARIOS INDICADORES 1. Recibir y dar formación específica sobre atención a la diversidad (alumnado con discapacidad visual) -Profesorado del EEADV -Los necesarios -Cuando se dé un caso nuevo en un centro donde no hay matriculado alumnado con DV Se ha llevado a cabo al menos una formación de centro relacionada con esta temática. 2. Llevar a cabo reuniones de equipo docente para coordinar las actuaciones del alumnado con NEAE (DV). -Profesorado del EEADV -Explicación de los materiales que se pueden solicitar para facilitar el proceso de enseñanza- aprendizaje -Prioridad: Principio de curso. -Reuniones periódicas con equipos educativos. -Sesiones de evaluación Se produce intercambio de información de forma continuada 3.Realizar jornadas de sensibilización Equipo multidisciplinar -Muestreo de materiales -Durante el curso (a demanda) -Se realizan jornadas durante el curso escolar donde hay alumnado con DV 4. Recepcionar centros educativos al edificio Equipo multidisciplinar -Muestra, exposición -Visita educativa -Durante el curso escolar -Se expone y explica los diferentes ámbitos de
  • 18. 1. INTRODUCCIÓN 18 ONCE actuación de los distintos profesionales del EEADV Ámbito: Medidas de atención a la diversidad Objetivo 1 Disponer, ofrecer, solicitar, coordinar todas las medidas y préstamos de material específico para el alumnado con Discapacidad visual TAREAS RESPONSABLES RECURSOS CALENDARIOS INDICADORES 1. Visibilizar y explicar quiénes somos, cuáles nuestras funciones y qué somos -Coordinador-enlace ONCE/Delegación Recursos humanos -Durante todo el curso (Prioridad principio de curso) -Reuniones entidades (trimestral) -Estudio y revisión del Convenio Delegación- ONCE (último 27/10/22) 2. Conocer la Normativa -Profesionales (maestros/as y profesores) Normativa en vigor -Durante el curso Se analiza, actualiza, se expone y explica. 3. Saber el funcionamiento interno del equipo Equipo multidisciplinar -Reglamento de funcionamiento interno -Proyecto de trabajo -Memoria de trabajo. A principio y final de curso (Evaluación) -Se incluye todos los ámbitos de actuación y áreas de intervención 4. Explicar el funcionamiento del equipo Equipo multidisciplinar Claustros docentes de centros educativos (CEIP/IES) Material diverso Durante el curso -Se explica el funcionamiento para conocer las vías por las cuales solicitar material 5. Hacer partícipes a la familias Profesionales Familiares Los necesarios Todo el curso Incluso en periodos no lectivos -Se informa de campamentos, talleres, encuentros, actividades para alumnos/as con DV 6. Difundir Todos/as (Delegación- ONCE) Lo necesario Todo el curso -Se da importancia vital a la difusión del funcionamiento del equipo para que los familiares con
  • 19. 1. INTRODUCCIÓN 19 alumnos/as con DV sepan que cuentan con un servicio de atención específico para sus hijos/as Ámbito: Adecuación servicios EEADV a la comunidad educativa. Planes de Trabajo Objetivo 1 Planes de acción TAREAS RESPONSABLES RECURSOS CALENDARIOS INDICADORES 1. Formación Delegación ONCE Equipo multidisciplinar CEIP (Claustros) EOEs IES (Claustros) Departamentos de Or. CEP Los necesarios A demanda -Se establece un plan de formación tanto para los miembros del equipo como para los centros que los soliciten 2. Grupos de trabajo, proyectos, Blogs, otros Equipo atención alumnado con discapacidad visual Demanda de material necesario Dotación de materiales -Se hace lista para solicitar material que necesitamos para llevar a cabo nuestra función con calidad. 3. Plan de ajuste Psicóloga Recursos humanos Durante el curso -Si se produce un desajuste emocional o de rendimiento en alguno de nuestros alumnos/as -Salud mental/emocional 4. TIC (nuevas tecnologías, aplicaciones, Responsable tiflotécnico TR Material de acceso a la información y demás elementos que faciliten el Durante el curso -Se explican novedades en cuanto a aplicaciones, programas y periféricos
  • 20. 1. INTRODUCCIÓN 20 material específico) proceso de enseñanza- aprendizaje de nuestro alumnado para poder ofrecerle una adecuada respuesta a nuestro alumnado 5. Sensibilización Todos Todo lo necesario Durante el curso escolar -Se expone y muestra todo lo relacionado con el mundo de la baja visión, ceguera y sordoceguera (materiales, nuevas tecnologías, acceso, perros, guías, sistemas de comuncación 6. Braille Equipo docente Máquinas Perkins Líneas Braille Asistente de voz (Jaws) Durante el curso Curso de formación (mayo) -Dar visibilidad y dar a conocer el sistema dactilológico y táctil Braille como referente de sistema de lectura para la comunidad ciega o de baja visión susceptible de uso de este sistema. 6. Incidencias significativas en el desarrollo del proyecto anual (EEADV) - El Equipo Específico de Málaga atiende al alumnado con discapacidad visual de la provincia, zonificada en siete sedes: Málaga, Axarquía, Antequera, Ronda, Torremolinos, Fuengirola, Guadalhorce y Marbella. - Durante el presente curso (2022-23) no se han producido en incidencias en los recursos humanos del Equipo. - Durante este curso, se han producido retrasos importantes en la dotación de material informático (portátiles y tabletas) que se pidieron para los alumnos. Sólo se están respondiendo a demandas de hace dos cursos. En algún caso puntual algún centro por propia iniciativa lo está cubriendo.
  • 21. 1. INTRODUCCIÓN 21 - Sería necesario que los ordenadores vinieran en sistema Windows solamente, con paquete office a partir de 2019 y con suficiente memoria RAM para soportar los softwares de adaptación. - La eliminación de ordenadores de mesa en los puestos de trabajo de la sala de maestros, quedando sólo dos, hace necesario la dotación de una impresora wifi y en color, de esta manera los compañeros de Junta pueden hacer uso de ella ya que por VPN no pueden imprimir en la impresora de red. La disminución de tomas de red en la sala dificulta imprimir en el centro. - Se demanda a la Junta de Andalucía un listado de recursos pendientes de incluir en el catálogo de ayudas técnicas. a. Monitor de ordenador con tamaño superior a 20”. b. Mesa atril marca Minuja. c. Atril de sobremesa marca Minuja. d. Flexo luz fría. e. Caja de luz. f. Geoplano. g. Teclado periférico para Tablet. h. Balones sonoros y balones Goalball. i. Barra direccional. Partida económica para material fungible y de uso cotidiano- Material propicio para adaptación de materiales. 7. Valoración del funcionamiento del equipo (Resumen curso 2022-23) (Propuestas para 2023-24 en proceso) 7.1 Logros y Dificultades Encontradas Ha sido un buen curso en el que han surgido una gran cantidad de iniciativas creativas en el seno del equipo tal y como se recoge en la memoria y las nuevas incorporaciones se han adaptado muy bien a la dinámica de trabajo. El curso ha transcurrido con normalidad,
  • 22. 1. INTRODUCCIÓN 22 destacando como principal dificultad la incorporación de nuevo alumnado en el último trimestre que ha originado importantes cargas de trabajo para algunos profesionales que habrá que equilibrar para septiembre (curso 2023-24). Sigue siendo un equipo con una ratio de alumnos por maestro/a muy alto que esperamos poder paliar en parte en septiembre con la llegada de un nuevo maestro. 7.2 Propuestas de Mejora Se propone poder incrementar la participación en los cursos de formación, especialmente en los cursos online. Organización y funcionamiento más ajustado, con la idea de darle más visibilidad al equipo y la intención de pertenecer al equipo especializado de la provincia.