Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Producción escrita sobre el Colegio de Ingenieros de Venezuela
1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA
EDUCACIÓN UNIVERSITARIA,
CIENCIA Y TECNOLOGIA
INSTITUTO UNIVERSITARIO POLITÉCNICO
“SANTIAGO MARIÑO”
EXTENSIÓN BARINAS
Bachiller:
Jailenin Elena Querales Mota
C.I V-20.240.881
Barinas, Noviembre 2019
2. INTRODUCCIÓN
Los ingenieros de la República Bolivariana de Venezuela al igual que los
médicos, abogados, contadores y demás profesionales de la nación, cuentan
con su propio organismo de carácter público que vela y respalda por el
cumplimiento de sus derechos y deberes en el ejercicio de su profesión.
Este cuerpo moral es el Colegio de Ingenieros de Venezuela, el cual por
ser de carácter público, tiene personalidad jurídica y patrimonio propio, con
todos los derechos, obligaciones, poderes y atribuciones que le señala la
Ley. De esta manera puede llegar a actuar no solo como un ente defensor de
los intereses morales y profesionales de sus agremiados, sino también como
un asesor del Gobierno en asuntos relacionados a estas profesiones;
promulgando así el desarrollo de la ciencia y de la tecnología en nuestro
país. Para lograr esto cuenta con el apoyo de varias fundaciones y con una
estructura administrativa que regula todas las actividades programadas en
beneficio de sus agremiados. Dichos aspectos se analizarán de manera
detallada durante el desarrollo del presente trabajo.
3. COLEGIO DE INGENIEROS DE VENEZUELA
Es un cuerpo gremial colegiado y moral de carácter público, con
personalidad jurídica y patrimonio propio, integrado por todos los
profesionales inscritos en el mismo, hállense o no en el ejercicio de su
profesión, regulado además por la Ley del Ejercicio de la Ingeniería,
Arquitectura y Profesiones Afines de Venezuela. Su propósito principal es
velar por el interés público y actuar como asesor del estado en asuntos
relacionados con áreas de la ingeniería. El CIV regula el ejercicio profesional
de los ingenieros venezolanos y atiende a los intereses generales de sus
agremiados.
El Colegio de Ingenieros de Venezuela se instala el 28 de Octubre de
1861, en virtud del Decreto del Presidente de la República Manuel Felipe
Tovar, de fecha 24 de Octubre de 1860, en el cual a la vez reglamenta a la
Academia de Matemáticas y se crea el Colegio de Ingenieros; en este acto
estaban presentes 22 ingenieros de los 61 que inicialmente habrían de
integrarlo. El Colegio de Ingenieros de Venezuela tiene una tradición gloriosa
que remonta a los años de la Independencia y cuyo más alto representante
es Antonio José de Sucre, el Gran Mariscal de Ayacucho, y el Cuerpo de
Ingenieros Militares que con él abrazaron la causa republicana
OBJETIVOS DEL COLEGIO DE INGENIEROS
Velar permanentemente por los intereses de la colectividad.
Gestionar la promulgación o reforma de disposiciones legales relativas
al ejercicio profesional, a la colegiación y a otras materias de interés
público, cuando así se justifique.
Actuar en los asuntos específicos de su competencia como asesor del
Estado.
4. Designar a petición de las autoridades administrativas o judiciales, los
profesionales que deban actuar en inspecciones oculares y en avalúos
y otras experticias en general.
Fomentar el progreso de la cultura, de la ciencia y de la técnica; en
especial, prestando su concurso para el mejoramiento de los planes
de estudio y el adecuado funcionamiento de facultades, escuelas y de
institutos de enseñanza especializada y de investigación y propiciando
su creación cuando responda a una legítima necesidad social.
Recibir y tramitar ante el órgano competente del Poder Público, las
denuncias por infracciones a las disposiciones que rigen el ejercicio
profesional sin perjuicio de la iniciativa que reconoce la Ley a otras
personas naturales o jurídicas.
Reconocer, mediante las distinciones que se establezcan, la actuación
profesional, gremial y de investigación destacada o meritoria y la
colaboración eficaz de los Colegiados para con la Institución.
FUNCIÓN DEL COLEGIO DE INGENIEROS
El Colegio de Ingenieros de Venezuela tendrá como funciones principales
los siguientes:
Servir como guardián de interés público y actuar como asesor del
Estado en los asuntos de su competencia.
Fomentar el progreso de la ciencia y de la técnica.
Vigilar el ejercicio profesional y velar por los intereses generales de las
profesiones que agrupa en su seno y en especial por la dignidad, los
derechos y el mejoramiento de sus miembros.
No podrá desarrollar actividades de carácter político, partidista o
religioso, ni asumir actitudes de la índole expresada.
5. ÓRGANOS
La Ley De Ejercicio De La Ingeniería Arquitectura Y Profesiones Afines
Decreto Número 444, establece en el Art. N° 24 los diferentes órganos que le
compete:
Artículo 24. El Colegio de Ingenieros de Venezuela tendrá los siguientes
órganos: La Asamblea Nacional, la Junta Directiva y el Tribunal
Disciplinario. La Asamblea es el órgano máximo deliberante del Colegio de
Ingenieros de Venezuela. La Junta Directiva es el órgano ejecutivo y
administrativo del Colegio de Ingenieros de Venezuela, y su 6 de 10
Presidente será al propio tiempo Presidente del Colegio y ejercerá la
representación jurídica del mismo, con facultad para delegarla previa
autorización de la Junta. El Tribunal Disciplinario es el órgano encargado de
conocer y decidir las causas de carácter profesional que se instauren contra
los miembros del Colegio de Ingenieros de Venezuela por infracciones a la
presente Ley y su Reglamento, salvo los casos de ejercicio ilegal, o por
violaciones a las normas de ética profesional. El Tribunal Disciplinario podrá
delegar en las Juntas Directivas del Colegio y de los Centros, la
sustanciación de las causas de que deba conocer, así como la ejecución de
sus sentencias.
FINES DEL COLEGIO DE INGENIEROS
Tiene como fin principal, servir como guardián del interés
público
Actuar como asesor del estado en asuntos de su competencia,
Fomentar el progreso de la ciencia y de la tecnología
Vigilar el ejercicio profesional
6. Velar por los intereses generales de los profesionales que
agrupan en su seno y en especial por la dignidad, los derechos y el
mejoramiento de sus agremiados.
7. CONCLUSIÓN
Después de haber analizado las la estructura y funcionamiento del
Colegio de Ingenieros de Venezuela y demás fundaciones afines se pueden
establecer las siguientes conclusiones al respecto:
El colegio de ingenieros es un cuerpo moral de carácter público,
con personalidad jurídica y patrimonio propio.
Su principal objetivo es servir como guardián de interés público
y actuar como asesor del Estado en los asuntos de su competencia.
El colegio de ingenieros cuenta en su estructura con una
Asamblea, una Junta Directiva, un Tribunal Disciplinario y un Consejo
Electoral.
Solo existe un solo Colegio de Ingenieros de Venezuela y su
sede se encuentra en la capital de la nación, los demás son sólo centros
de Ingenieros distribuidos por las principales ciudades del país.
Se rige a través de la Ley del Ejercicio de la Ingeniería,
Arquitectura y Profesiones Afines.