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TALLER ÉTICA CÍVICA
TEMA: “SERES NO HUMANOS”
INTEGRANTES:
Oliver Andonaegui
Pablo Guzmán
Rafael Jiménez
Erick Silva
Juan Luis Leiva
Sandra García
Ética Profesional
Marcelo Sandoval
Fonoaudiología
Universidad de Valparaíso
Derechos seres no humanos
I.- La exposición tiene como finalidad dar a entender a lo que refiere el concepto
“seres vivos no humanos” enfatizando en que no hacemos mención a seres
extraterrestres como uno pensaría en primera instancia al oír este concepto, sino
que hablamos de los animales. Además dar a conocer las leyes y derechos que
los avalan como seres vivientes y las consecuencias que conlleva el desacato de
estas leyes.
II.- Seres vivos no humanos: refiere a los animales, como un ser vivo que puede
moverse por sus propios medios. Por lo general, dentro de la denominación se
incluye a los integrantes del reino conocido como Animalia. A este reino también
pertenece el ser humano (homo sapiens), pero la distinción recae en el aspecto
que al animal se le denomina como un ser irracional.
La Declaración Universal de los Derechos de los Animales fue proclamada
solemnemente el 15 octubre de 1978, en la casa de la UNESCO en París. La
declaración constituye una postura filosófica en la relación que debe establecerse
ahora entre la especie humana y las otras especies. La filosofía se funda en
conocimiento científico moderno y expreso el principio de la igualdad de la especie
con respecto a la vida.
Algunas organizaciones no gubernamentales que defienden los derechos de los
animales son:
- Personas por el Trato Ético de los Animales (PETA),cuyo lema es “Los
animales no son nuestros para comer, vestir, experimentar o usar para
entretenimiento"
- AnimaNaturalis.
- Equanimal.
Algunas organizaciones políticas que defienden los derechos de los animales son:
- Animal WelfareBoard of India (India), primer partido que hubo de este tipo,
fundado en 1962.
- Animal Alliance Environment Voters Party of Canada (Canadá)
- Animals Count (Inglaterra)
- Animals First (Nueva Zelanda)
- Green Liberals (Australia)
- Los Verdes Velez Málaga (Vélez-Málaga (Málaga), España)
- MenschUmweltTierschutz (en español, "Bienestar Humano del Ambiente
Animal", Alemania)
- Partido Antitaurino Contra el Maltrato Animal (España)
- Partijvoor de Dieren (en español, "Partido por los animales", de los Países
Bajos)
- Partito Animalista Italiano (Italia)
PETA es una organización presente en EEUU, que además tiene oficinas afiliadas
en Canadá, Francia, Alemania, India, Italia, los Países Bajos, España, Sudáfrica,
República de China (Taiwán), y el Reino Unido.Países bajos, Nueva Zelanda y
Australia, además de los países que forman parte de la UNESCO, la cual avalo la
aprobación de los derechos de los animales (193); son algunos de los países que
aplican los derechos a los animales.
PETA se enfoca en las cuatro áreas en las que el mayor número de animales
sufre más durante largos periodos: en las granjas industriales, en la industria de la
confección, en los laboratorios y en la industria del entretenimiento. También
trabajamos sobre otros temas como la cruel matanza de ratones, ratas, aves y
otras “plagas”, así como la crueldad contra animales domesticados.
PETA trabaja a través de la educación pública, investigaciones sobre crueldad,
investigación, rescate de animales, legislación, eventos especiales, participación
de celebridades y campañas de protesta. Sin embargo la organización ha sido
criticada por algunas de sus campañas y por el número de animales a los que ha
practicado la eutanasia.
Declaración Universal
de los Derechos de los Animales
Esta declaración fue adoptada por La Liga Internacional de los Derechos del
Animal en 1977, que la proclamó al año siguiente. Posteriormente, fue aprobada
por la Organización de Naciones Unidas (ONU) y por la Organización de las
Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).
Considerando que todo animal posee derechos y que el desconocimiento y
desprecio de dichos derechos han conducido y siguen conduciendo al hombre a
cometer crímenes contra la naturaleza y los animales, se proclama lo siguiente:
Artículo No. 1
Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la
existencia.
Artículo No. 2
a) Todo animal tiene derecho al respeto.
b) El hombre, como especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar
a los otros animales o de explotarlos, violando ese derecho. Tiene la obligación de
poner sus conocimientos al servicio de los animales.
c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la
protección del hombre.
Artículo No. 3
a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos crueles.
b) Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no
generadora de angustia.
Artículo No. 4
a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libre en
su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse.
b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es
contraria a este derecho.
Artículo No. 5
a) Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el
entorno del hombre tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de
vida y de libertad que sean propias de su especie.
b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por
el hombre con fines mercantiles es contraria a dicho derecho.
Artículo No. 6
a) Todo animal que el hombre haya escogido como compañero tiene derecho a
que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.
b) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.
Artículo No. 7
Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e
intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.
Artículo No. 8
a) La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es
incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos
médicos, científicos, comerciales, como de otra forma de experimentación.
b) Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.
Artículo No. 9
Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y
transportado, así como sacrificado, sin que ello resulte para él motivo de ansiedad
o dolor.
Artículo No. 10
a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.
b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son
incompatibles con la dignidad del animal.
Artículo No. 11
Todo acto que implique la muerte de un animal sin necesidad es un biocidio, es
decir, un crimen contra la vida.
Artículo No. 12
a) Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes es
un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.
b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.
Artículo No. 13
a) Un animal muerto debe ser tratado con respeto.
b) Las escenas de violencia, en las cuales los animales son víctimas, deben ser
prohibidas en el cine y en la televisión, salvo si ellas tienen como fin dar muestra
de los atentados contra los derechos del animal.
Artículo No. 14
a) Los organismos de protección y salvaguarda de los animales deben ser
representados a nivel gubernamental.
b) Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley, como lo son los
derechos del hombre.
Con respecto a la valoración social antes que todo hay que pensar que al no ser
seres humanos no significa que no sean seres vivos. Por lo que como deberían
tener los mismos derechos que los humanos como seres vivos. Esto es, el respeto
a la vida propia y ajena, por esto no se debe atentar contra ella, ya sea por
maltrato físico o psicológico.
III.- Con respecto al tema de los seres no humanos, como profesionales se debe
tener en claro los conflictos que atentan contra lo que se considera como ético, ya
que esto va construyendo a un ser humano más integro al estar involucrado en
temas de contingencia social, como lo son los derechos de los animales y la
violación que hay sobre estos.

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  • 1. TALLER ÉTICA CÍVICA TEMA: “SERES NO HUMANOS” INTEGRANTES: Oliver Andonaegui Pablo Guzmán Rafael Jiménez Erick Silva Juan Luis Leiva Sandra García Ética Profesional Marcelo Sandoval Fonoaudiología Universidad de Valparaíso
  • 2. Derechos seres no humanos I.- La exposición tiene como finalidad dar a entender a lo que refiere el concepto “seres vivos no humanos” enfatizando en que no hacemos mención a seres extraterrestres como uno pensaría en primera instancia al oír este concepto, sino que hablamos de los animales. Además dar a conocer las leyes y derechos que los avalan como seres vivientes y las consecuencias que conlleva el desacato de estas leyes. II.- Seres vivos no humanos: refiere a los animales, como un ser vivo que puede moverse por sus propios medios. Por lo general, dentro de la denominación se incluye a los integrantes del reino conocido como Animalia. A este reino también pertenece el ser humano (homo sapiens), pero la distinción recae en el aspecto que al animal se le denomina como un ser irracional. La Declaración Universal de los Derechos de los Animales fue proclamada solemnemente el 15 octubre de 1978, en la casa de la UNESCO en París. La declaración constituye una postura filosófica en la relación que debe establecerse ahora entre la especie humana y las otras especies. La filosofía se funda en conocimiento científico moderno y expreso el principio de la igualdad de la especie con respecto a la vida. Algunas organizaciones no gubernamentales que defienden los derechos de los animales son: - Personas por el Trato Ético de los Animales (PETA),cuyo lema es “Los animales no son nuestros para comer, vestir, experimentar o usar para entretenimiento" - AnimaNaturalis. - Equanimal. Algunas organizaciones políticas que defienden los derechos de los animales son: - Animal WelfareBoard of India (India), primer partido que hubo de este tipo, fundado en 1962. - Animal Alliance Environment Voters Party of Canada (Canadá) - Animals Count (Inglaterra) - Animals First (Nueva Zelanda) - Green Liberals (Australia) - Los Verdes Velez Málaga (Vélez-Málaga (Málaga), España)
  • 3. - MenschUmweltTierschutz (en español, "Bienestar Humano del Ambiente Animal", Alemania) - Partido Antitaurino Contra el Maltrato Animal (España) - Partijvoor de Dieren (en español, "Partido por los animales", de los Países Bajos) - Partito Animalista Italiano (Italia) PETA es una organización presente en EEUU, que además tiene oficinas afiliadas en Canadá, Francia, Alemania, India, Italia, los Países Bajos, España, Sudáfrica, República de China (Taiwán), y el Reino Unido.Países bajos, Nueva Zelanda y Australia, además de los países que forman parte de la UNESCO, la cual avalo la aprobación de los derechos de los animales (193); son algunos de los países que aplican los derechos a los animales. PETA se enfoca en las cuatro áreas en las que el mayor número de animales sufre más durante largos periodos: en las granjas industriales, en la industria de la confección, en los laboratorios y en la industria del entretenimiento. También trabajamos sobre otros temas como la cruel matanza de ratones, ratas, aves y otras “plagas”, así como la crueldad contra animales domesticados. PETA trabaja a través de la educación pública, investigaciones sobre crueldad, investigación, rescate de animales, legislación, eventos especiales, participación de celebridades y campañas de protesta. Sin embargo la organización ha sido criticada por algunas de sus campañas y por el número de animales a los que ha practicado la eutanasia. Declaración Universal de los Derechos de los Animales Esta declaración fue adoptada por La Liga Internacional de los Derechos del Animal en 1977, que la proclamó al año siguiente. Posteriormente, fue aprobada por la Organización de Naciones Unidas (ONU) y por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). Considerando que todo animal posee derechos y que el desconocimiento y desprecio de dichos derechos han conducido y siguen conduciendo al hombre a cometer crímenes contra la naturaleza y los animales, se proclama lo siguiente: Artículo No. 1 Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia. Artículo No. 2 a) Todo animal tiene derecho al respeto.
  • 4. b) El hombre, como especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales o de explotarlos, violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales. c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre. Artículo No. 3 a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos crueles. b) Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia. Artículo No. 4 a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse. b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho. Artículo No. 5 a) Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie. b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles es contraria a dicho derecho. Artículo No. 6 a) Todo animal que el hombre haya escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural. b) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante. Artículo No. 7 Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo. Artículo No. 8 a) La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, como de otra forma de experimentación. b) Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas. Artículo No. 9 Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor. Artículo No. 10 a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.
  • 5. b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal. Artículo No. 11 Todo acto que implique la muerte de un animal sin necesidad es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida. Artículo No. 12 a) Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie. b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio. Artículo No. 13 a) Un animal muerto debe ser tratado con respeto. b) Las escenas de violencia, en las cuales los animales son víctimas, deben ser prohibidas en el cine y en la televisión, salvo si ellas tienen como fin dar muestra de los atentados contra los derechos del animal. Artículo No. 14 a) Los organismos de protección y salvaguarda de los animales deben ser representados a nivel gubernamental. b) Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley, como lo son los derechos del hombre. Con respecto a la valoración social antes que todo hay que pensar que al no ser seres humanos no significa que no sean seres vivos. Por lo que como deberían tener los mismos derechos que los humanos como seres vivos. Esto es, el respeto a la vida propia y ajena, por esto no se debe atentar contra ella, ya sea por maltrato físico o psicológico. III.- Con respecto al tema de los seres no humanos, como profesionales se debe tener en claro los conflictos que atentan contra lo que se considera como ético, ya que esto va construyendo a un ser humano más integro al estar involucrado en temas de contingencia social, como lo son los derechos de los animales y la violación que hay sobre estos.