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Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
El Estado es la forma
moderna de organizar
políticamente a la sociedad.
Reúne un conjunto de instituciones
mediante las cuáles ejerce la autoridad
pública
Estas instituciones se clasifican en :
Ejecutivo ( gobierno)
Legislativo (Congreso)
Judicial (administración de justicia)
Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
CONCEPTOS
Nación Soberanía Gobierno
Es un grupo de
humanos cuyos
integrantes comparten
una historia y una
tradición cultural.
Es la capacidad que
posee el Estado para
ejercer el poder dentro
de las fronteras de su
territorio.
Es la acción que
cumple el estado de
ordenar, dirigir y regir a
la comunidad nacional
a través de sus leyes,
autoridades e
instituciones.
Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
deben de ser obedecidas por
todos los ciudadanos , así como
las instituciones de la sociedad
civil(empresas , partidos
políticos, sindicatos, ONG,
iglesias, asociaciones culturales,
etc)
cuya misión es hacer efectivas sus
decisiones: una policía para
mantener el orden público, un
ejército para defender su soberanía
territorial, diplomáticos que se ocupe
de relaciones internacionales, etc
Un conjunto de leyes Un conjunto de instituciones
mecanismos
En los estados
democráticos el
poder esta repartido
entre el congreso , el
ejecutivo y los jueces
el estado la promueve de
varias formas:
estableciendo normas de
transparencia y acceso a
la información pública.
Separacion de poderes Participación ciudadana
que las leyes sean
respetadas por todos
sobre todo por las
personas que están e
posiciones de poder.
Estado de derecho
características
Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
Es la facultad que permite al
Estado promulgar sus propias
leyes, establecer el orden social,
unificar la política del país entre
otros.
Es la facultad que permite al Estado
participar dentro de la comunidad
internacional y manejar sus
relaciones diplomáticas en un plano
de igualdad entre los demás estado
Soberanía Interna Soberanía externa
todo el poder está en
manos de un solo
órgano , cuya
autoridad es
ilimitada.
se reconoce que el poder reside del
pueblo. La república es el régimen
democrático por excelencia y se
caracteriza por la división de poderes
Gobierno autocrático Gobierno democrático
Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
La autonomía de los poderes es una
garantía del equilibrio del poder.
Poder
Ejecutivo
Poder
Legislativo
Poder
Judicial
Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
• Encabezado por el
Presidente de la
República.
• Cumple y hace
cumplir la
Constitución y las
leyes.
• Representa al
Estado fuera y
dentro del país.
• Dirige el gobierno.
Ollanta HUMALA TASSO
Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
• Representa a los ciudadanos.
• Crea leyes y ejerce control político sobre el
Ejecutivo y la administración pública.
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Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
Tiene la facultad de
administrar justicia de
acuerdo con las leyes
y la Constitución del
Perú.
Víctor Ticona Postigo
Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
Han sido creados para dinamizar el trabajo
del Estado. Algunos de ellos son:
Tribunal Constitucional
La Contraloría
La Defensoría del
Pueblo
Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE
MINISTROS
PEDRO CATERIANO BELLIDO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
ANA MARÍA SÁNCHEZ VARGAS DE RÍOS
MINISTERIO DE DEFENSA
JAKKE RAIMO VALAKIVI ÁLVAREZ
Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
ALONSO SEGURA VASI
MINISTERIO DEL INTERIOR
JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE
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DE JUSTICIA
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MINISTERIO DE EDUCACIÓN
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
MINISTERIO DE AGRICULTURA
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PROMOCIÓN DEL EMPLEO
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PRODUCCIÓN
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BLANCA SILVA VELARDE-ÁLVAREZ
Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
ROSA MARÍA SOLEDAD ORTIZ RÍOS
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y
COMUNICACIONES
JOSÉ GALLARDO KU
MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN
Y SANEAMIENTO -- MILTON VON HESSE
MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
MARCELA HUAITA ALEGRE
Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
MINISTERIO DEL AMBIENTE
MANUEL PULGAR-VIDAL
MINISTERIO DE CULTURA
DIANA ÁLVAREZ CALDERÓN GALLO
MINISTERIO DE DESARROLLO E
INCLUSIÓN SOCIAL -- PAOLA
BUSTAMANTE SUÁREZ
MINISTERIO DE SALUD
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
Hace alusión a los organismos constitucionales autónomos que son aquellos
órganos a los cuales está confiada la actividad directa e inmediata del Estado, y
que, en los límites del derecho objetivo, que los coordina entre sí, pero no los
subordina unos a otros, gozan de una completa independencia y paridad
recíproca, se encuentran en el vértice de la organización estatal, no tiene
superiores y son sustancialmente iguales entre sí.
ORGANISMOS CONSTITUCIONALMENTE
AUTÓNOMOS
Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
JURADO NACIONAL DE ELECCIONES (JNE)
Es un organismo constitucionalmente autónomo de
competencia a nivel nacional, cuya máxima autoridad
es el Pleno, integrado por cinco miembros.
1.Fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de
la realización de los procesos electorales, del
referéndum y de otras consultas populares, así como
también la elaboración de los padrones electorales.
2. Mantener y custodiar el registro de organizaciones
políticas.
3. Velar por el cumplimiento de las normas sobre
organizaciones políticas y demás disposiciones
referidas a materia electoral y otros que considera la
Constitución.
Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
OFICINA NACIONAL DE PROCESOS
ELECTORALES
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE),
es el organismo especializado en organizar y ejecutar
los procesos electorales en el Perú. Junto al Jurado
Nacional de Elecciones (JNE) y al Registro Nacional
de Identificación y Estado Civil (RENIEC), constituye el
sistema electoral peruano.
La ONPE garantiza a todos los ciudadanos sin
distinción, el derecho al voto y que el escrutinio sea el
reflejo exacto de la voluntad popular. En época
electoral diseña y distribuye la cédula de sufragio,
actas electorales y todos los materiales necesarios
para las elecciones; asimismo capacita a los miembros
de mesa y demás actores electorales.
Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO
CIVIL
El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC,
se crea mediante Ley N° 26497, en concordancia con los
Artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú, como
un organismo autónomo con personería jurídica de derecho
público interno.
tiene a su cargo la inscripción de los nacimientos, matrimonios,
divorcios, defunciones, y otros actos que modifican el estado
civil.
Emite las constancias correspondientes. Prepara y mantiene
actualizado el padrón electoral.
Proporciona al Jurado Nacional de Elecciones y a la Oficina
Nacional de Procesos Electorales la
información necesaria para el cumplimiento de sus funciones.
Mantiene el registro de identificación de los ciudadanos y emite
los documentos que acreditan su identidad.
Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
El Consejo Nacional de la Magistratura, Se rige por la
Constitución Política y su propia Ley Orgánica, Ley N°
26397, publicada el 12 de diciembre de 1994.
Este Organismo, independiente por mandato
constitucional, tiene la muy alta y delicada misión de
seleccionar, nombrar y periódicamente ratificar a
jueces y fiscales sólidamente probos, independientes,
provistos de irreductibles valores éticos y morales,
idóneos para garantizar la plena vigencia de los
derechos de la persona y el respeto a su dignidad, a
través de una correcta administración de justicia.
También el CNM tiene como función, procesar
disciplinariamente, a jueces y fiscales que, investidos
de cualquier jerarquía, incurren en faltas contra los
deberes de función, desmereciendo en el concepto
público la imagen de probidad, idoneidad e
imparcialidad que todo buen juez o fiscal deben
observar.
Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
El Tribunal Constitucional es el órgano supremo
de interpretación y control de la
constitucionalidad. Es autónomo e independiente,
porque en el ejercicio de sus atribuciones no
depende de ningún órgano constitucional; se
encuentra sometido sólo a la Constitución y a su
Ley Orgánica - Ley Nº 28301.
Al Tribunal Constitucional se le ha confiado la
defensa del principio de supremacía
constitucional, es decir, que como supremo
intérprete de la Constitución, cuida que las leyes o
actos de los órganos del Estado no socaven lo
dispuesto por ella. Interviene para restablecer el
respeto a la Constitución en general y de los
derechos constitucionales en particular.
El Tribunal se compone de siete miembros
elegidos por el Congreso de la República por un
período de cinco años. No hay reelección
inmediata.
Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
MINISTERIO PÚBLICO FISCALIA DE LA NACIÓN
Es el organismo constitucional autónomo creado por la
Constitución Política del Perú en 1979, con la misión
fundamental de defender la legalidad y los Derechos
Humanos.
Sus actividades al servicio de la ciudadanía las inició
formalmente el 12 de mayo de 1981.
Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
DEFENSORIA DEL PUEBLO
La Defensoría del Pueblo en el Perú fue
creada por la Constitución Política de 1993,
como un organismo constitucionalmente
autónomo, para defender los derechos
fundamentales, supervisar el cumplimiento
de los deberes de la administración estatal,
así como la eficiente prestación de los
servicios públicos en todo el territorio
nacional.
La Defensoría atiende -en todo el país-
quejas, consultas y pedidos de ciudadanos
que, por alguna causa, han experimentado la
vulneración de sus derechos. No desempeña
funciones de juez o fiscal ni sustituye a
autoridad alguna. No dicta sentencias, no
impone multas ni sanciones. Elabora
informes con recomendaciones o
exhortaciones a las autoridades, cuyo
cumplimiento encuentra sustento en su poder
de persuasión y en la fortaleza de
argumentos técnicos, éticos y jurídicos.
Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
La Contraloría General de la República del Perú es
un organismo constitucional autónomo del Estado
Peruano encargado de controlar los bienes y
recursos públicos del país. Tiene su sede central en
Jesús María, Lima, Perú, y cuenta con 18 oficinas
regionales de control a nivel nacional, ubicadas en
Abancay,Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Chiclayo,
Cusco,Huancayo, Huánuco, Huaraz, Ica, Iquitos,
Lima Callao,Moquegua, Moyobamba, Piura, Puno,
Trujillo y Tacna. Es el órgano superior del Sistema
Nacional de Control, que cautela el uso eficiente,
eficaz y económico de los recursos del Perú, la
correcta gestión de la deuda pública, así como la
legalidad de la ejecución del presupuesto del sector
público y de los actos de las instituciones sujetas a
control; coadyuvando al logro de los objetivos del
Estado en el desarrollo nacional y bienestar de la
sociedad peruana”.
La Contraloría General tiene por misión dirigir y
supervisar con eficiencia y eficacia el control
gubernamental, orientando su accionar al
fortalecimiento y transparencia de la gestión de las
entidades, la promoción de valores y la
responsabilidad de los funcionarios y servidores
públicos, así como, contribuir con los Poderes del
Estado en la toma de decisiones y con la ciudadanía
para su adecuada participación en el control social".
Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y
SEGUROS
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP es el
organismo encargado de la regulación y supervisión
de los Sistemas Financiero, de Seguros y del
Sistema Privado de Pensiones, así como de
prevenir y detectar el lavado de activos y
financiamiento del terrorismo. Su objetivo primordial
es preservar los intereses de los depositantes, de
los asegurados y de los afiliados al SPP.
La SBS es una institución de derecho público cuya
autonomía funcional está reconocida por la
Constitución Política del Perú. Sus objetivos,
funciones y atribuciones están establecidos en la
Ley General del Sistema Financiero y del Sistema
de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca, Seguros y AFP (Ley 26702).
BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL
PERÚ
El Banco Central de Reserva del Perú o BCRP es el
organismo constitucional autónomo del Estado
Peruano. Tiene sede en el distrito de Lima, Lima-
Perú. El Banco Central fue creado durante la
gestión del gobierno del Presidente Augusto B.
Leguía, inspirado en su política de bancarización de
la economía del Perú.
Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ
- BCR
De acuerdo con la Constitución, son funciones
del Banco central de reserva del Perú regular la
moneda y el crédito del sistema financiero,
administrar las reservas internacionales a su
cargo y las demás funciones que señala su Ley
Orgánica. Asimismo, la Constitución encarga al
Banco Central la emisión de billetes y monedas
e informar exacta y periódicamente al país
sobre el estado de las finanzas nacionales. Por
otro lado las acciones del Instituto Emisor se
deben orientar a mantener la estabilidad
monetaria evitando cualquier presión
inflacionaria o deflacionaria sobre la economía.
Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA

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El estado peruano

  • 1. Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
  • 2. El Estado es la forma moderna de organizar políticamente a la sociedad. Reúne un conjunto de instituciones mediante las cuáles ejerce la autoridad pública Estas instituciones se clasifican en : Ejecutivo ( gobierno) Legislativo (Congreso) Judicial (administración de justicia) Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
  • 3. CONCEPTOS Nación Soberanía Gobierno Es un grupo de humanos cuyos integrantes comparten una historia y una tradición cultural. Es la capacidad que posee el Estado para ejercer el poder dentro de las fronteras de su territorio. Es la acción que cumple el estado de ordenar, dirigir y regir a la comunidad nacional a través de sus leyes, autoridades e instituciones. Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
  • 4. deben de ser obedecidas por todos los ciudadanos , así como las instituciones de la sociedad civil(empresas , partidos políticos, sindicatos, ONG, iglesias, asociaciones culturales, etc) cuya misión es hacer efectivas sus decisiones: una policía para mantener el orden público, un ejército para defender su soberanía territorial, diplomáticos que se ocupe de relaciones internacionales, etc Un conjunto de leyes Un conjunto de instituciones mecanismos En los estados democráticos el poder esta repartido entre el congreso , el ejecutivo y los jueces el estado la promueve de varias formas: estableciendo normas de transparencia y acceso a la información pública. Separacion de poderes Participación ciudadana que las leyes sean respetadas por todos sobre todo por las personas que están e posiciones de poder. Estado de derecho características Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
  • 5. Es la facultad que permite al Estado promulgar sus propias leyes, establecer el orden social, unificar la política del país entre otros. Es la facultad que permite al Estado participar dentro de la comunidad internacional y manejar sus relaciones diplomáticas en un plano de igualdad entre los demás estado Soberanía Interna Soberanía externa todo el poder está en manos de un solo órgano , cuya autoridad es ilimitada. se reconoce que el poder reside del pueblo. La república es el régimen democrático por excelencia y se caracteriza por la división de poderes Gobierno autocrático Gobierno democrático Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
  • 6. La autonomía de los poderes es una garantía del equilibrio del poder. Poder Ejecutivo Poder Legislativo Poder Judicial Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
  • 7. • Encabezado por el Presidente de la República. • Cumple y hace cumplir la Constitución y las leyes. • Representa al Estado fuera y dentro del país. • Dirige el gobierno. Ollanta HUMALA TASSO Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
  • 8. • Representa a los ciudadanos. • Crea leyes y ejerce control político sobre el Ejecutivo y la administración pública. Ana María Solórzano Flores Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
  • 9. Tiene la facultad de administrar justicia de acuerdo con las leyes y la Constitución del Perú. Víctor Ticona Postigo Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
  • 10. Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
  • 11.
  • 12. Han sido creados para dinamizar el trabajo del Estado. Algunos de ellos son: Tribunal Constitucional La Contraloría La Defensoría del Pueblo Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
  • 13. PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS PEDRO CATERIANO BELLIDO MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES ANA MARÍA SÁNCHEZ VARGAS DE RÍOS MINISTERIO DE DEFENSA JAKKE RAIMO VALAKIVI ÁLVAREZ Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
  • 14. MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS ALONSO SEGURA VASI MINISTERIO DEL INTERIOR JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE MINISTERIO DE JUSTICIA GUSTAVO ADRIANZÉN OLAYA MINISTERIO DE EDUCACIÓN JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
  • 15. MINISTERIO DE AGRICULTURA JUAN BENITES RAMOS MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO DANIEL MAURATE ROMERO MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN PIERO GHEZZI SOLÍS MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO BLANCA SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
  • 16. MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS ROSA MARÍA SOLEDAD ORTIZ RÍOS MINISTERIO DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES JOSÉ GALLARDO KU MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO -- MILTON VON HESSE MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES MARCELA HUAITA ALEGRE Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
  • 17. MINISTERIO DEL AMBIENTE MANUEL PULGAR-VIDAL MINISTERIO DE CULTURA DIANA ÁLVAREZ CALDERÓN GALLO MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL -- PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ MINISTERIO DE SALUD ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
  • 18.
  • 19. Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
  • 20. Hace alusión a los organismos constitucionales autónomos que son aquellos órganos a los cuales está confiada la actividad directa e inmediata del Estado, y que, en los límites del derecho objetivo, que los coordina entre sí, pero no los subordina unos a otros, gozan de una completa independencia y paridad recíproca, se encuentran en el vértice de la organización estatal, no tiene superiores y son sustancialmente iguales entre sí. ORGANISMOS CONSTITUCIONALMENTE AUTÓNOMOS Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
  • 21. JURADO NACIONAL DE ELECCIONES (JNE) Es un organismo constitucionalmente autónomo de competencia a nivel nacional, cuya máxima autoridad es el Pleno, integrado por cinco miembros. 1.Fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realización de los procesos electorales, del referéndum y de otras consultas populares, así como también la elaboración de los padrones electorales. 2. Mantener y custodiar el registro de organizaciones políticas. 3. Velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones políticas y demás disposiciones referidas a materia electoral y otros que considera la Constitución. Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
  • 22. OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), es el organismo especializado en organizar y ejecutar los procesos electorales en el Perú. Junto al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), constituye el sistema electoral peruano. La ONPE garantiza a todos los ciudadanos sin distinción, el derecho al voto y que el escrutinio sea el reflejo exacto de la voluntad popular. En época electoral diseña y distribuye la cédula de sufragio, actas electorales y todos los materiales necesarios para las elecciones; asimismo capacita a los miembros de mesa y demás actores electorales. Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
  • 23. REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, se crea mediante Ley N° 26497, en concordancia con los Artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú, como un organismo autónomo con personería jurídica de derecho público interno. tiene a su cargo la inscripción de los nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones, y otros actos que modifican el estado civil. Emite las constancias correspondientes. Prepara y mantiene actualizado el padrón electoral. Proporciona al Jurado Nacional de Elecciones y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones. Mantiene el registro de identificación de los ciudadanos y emite los documentos que acreditan su identidad. Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
  • 24. CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA El Consejo Nacional de la Magistratura, Se rige por la Constitución Política y su propia Ley Orgánica, Ley N° 26397, publicada el 12 de diciembre de 1994. Este Organismo, independiente por mandato constitucional, tiene la muy alta y delicada misión de seleccionar, nombrar y periódicamente ratificar a jueces y fiscales sólidamente probos, independientes, provistos de irreductibles valores éticos y morales, idóneos para garantizar la plena vigencia de los derechos de la persona y el respeto a su dignidad, a través de una correcta administración de justicia. También el CNM tiene como función, procesar disciplinariamente, a jueces y fiscales que, investidos de cualquier jerarquía, incurren en faltas contra los deberes de función, desmereciendo en el concepto público la imagen de probidad, idoneidad e imparcialidad que todo buen juez o fiscal deben observar. Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
  • 25. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL El Tribunal Constitucional es el órgano supremo de interpretación y control de la constitucionalidad. Es autónomo e independiente, porque en el ejercicio de sus atribuciones no depende de ningún órgano constitucional; se encuentra sometido sólo a la Constitución y a su Ley Orgánica - Ley Nº 28301. Al Tribunal Constitucional se le ha confiado la defensa del principio de supremacía constitucional, es decir, que como supremo intérprete de la Constitución, cuida que las leyes o actos de los órganos del Estado no socaven lo dispuesto por ella. Interviene para restablecer el respeto a la Constitución en general y de los derechos constitucionales en particular. El Tribunal se compone de siete miembros elegidos por el Congreso de la República por un período de cinco años. No hay reelección inmediata. Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
  • 26. MINISTERIO PÚBLICO FISCALIA DE LA NACIÓN Es el organismo constitucional autónomo creado por la Constitución Política del Perú en 1979, con la misión fundamental de defender la legalidad y los Derechos Humanos. Sus actividades al servicio de la ciudadanía las inició formalmente el 12 de mayo de 1981. Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
  • 27. DEFENSORIA DEL PUEBLO La Defensoría del Pueblo en el Perú fue creada por la Constitución Política de 1993, como un organismo constitucionalmente autónomo, para defender los derechos fundamentales, supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal, así como la eficiente prestación de los servicios públicos en todo el territorio nacional. La Defensoría atiende -en todo el país- quejas, consultas y pedidos de ciudadanos que, por alguna causa, han experimentado la vulneración de sus derechos. No desempeña funciones de juez o fiscal ni sustituye a autoridad alguna. No dicta sentencias, no impone multas ni sanciones. Elabora informes con recomendaciones o exhortaciones a las autoridades, cuyo cumplimiento encuentra sustento en su poder de persuasión y en la fortaleza de argumentos técnicos, éticos y jurídicos. Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
  • 28. CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA La Contraloría General de la República del Perú es un organismo constitucional autónomo del Estado Peruano encargado de controlar los bienes y recursos públicos del país. Tiene su sede central en Jesús María, Lima, Perú, y cuenta con 18 oficinas regionales de control a nivel nacional, ubicadas en Abancay,Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Chiclayo, Cusco,Huancayo, Huánuco, Huaraz, Ica, Iquitos, Lima Callao,Moquegua, Moyobamba, Piura, Puno, Trujillo y Tacna. Es el órgano superior del Sistema Nacional de Control, que cautela el uso eficiente, eficaz y económico de los recursos del Perú, la correcta gestión de la deuda pública, así como la legalidad de la ejecución del presupuesto del sector público y de los actos de las instituciones sujetas a control; coadyuvando al logro de los objetivos del Estado en el desarrollo nacional y bienestar de la sociedad peruana”. La Contraloría General tiene por misión dirigir y supervisar con eficiencia y eficacia el control gubernamental, orientando su accionar al fortalecimiento y transparencia de la gestión de las entidades, la promoción de valores y la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos, así como, contribuir con los Poderes del Estado en la toma de decisiones y con la ciudadanía para su adecuada participación en el control social". Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
  • 29. SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP es el organismo encargado de la regulación y supervisión de los Sistemas Financiero, de Seguros y del Sistema Privado de Pensiones, así como de prevenir y detectar el lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Su objetivo primordial es preservar los intereses de los depositantes, de los asegurados y de los afiliados al SPP. La SBS es una institución de derecho público cuya autonomía funcional está reconocida por la Constitución Política del Perú. Sus objetivos, funciones y atribuciones están establecidos en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (Ley 26702). BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ El Banco Central de Reserva del Perú o BCRP es el organismo constitucional autónomo del Estado Peruano. Tiene sede en el distrito de Lima, Lima- Perú. El Banco Central fue creado durante la gestión del gobierno del Presidente Augusto B. Leguía, inspirado en su política de bancarización de la economía del Perú. Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA
  • 30. BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ - BCR De acuerdo con la Constitución, son funciones del Banco central de reserva del Perú regular la moneda y el crédito del sistema financiero, administrar las reservas internacionales a su cargo y las demás funciones que señala su Ley Orgánica. Asimismo, la Constitución encarga al Banco Central la emisión de billetes y monedas e informar exacta y periódicamente al país sobre el estado de las finanzas nacionales. Por otro lado las acciones del Instituto Emisor se deben orientar a mantener la estabilidad monetaria evitando cualquier presión inflacionaria o deflacionaria sobre la economía. Lic. Jesús Nelson HUAMÁN PURIZACA