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REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA CONECTANDO
A ASUNCIÓN IXTALTEPEC - CMT
nivel mundial de acuerdo a la UNESCO (2020) más de 826 millones de estudiantes no pudieron acceder a la educación
en línea, modalidad implementada a causa de la pandemia de COVID-19, porque no contaba con acceso a una compu-
tadora y alrededor de 706 millones de estudiantes no tenían acceso a internet en casa, situación que agrava e impacta
negativamente en los índices de rezago educativo, abandono escolar y aumenta los ciclos de pobreza de la población.
La situación de falta de acceso a las tecnologías y conectividad es una problemática a nivel mundial, y afecta directa-
mente a los más desfavorecidos, mostrando disparidades entre las naciones con menor y mayores ingresos, un ejemplo
de esto es en el Estado Mexicano, donde de acuerdo al INEGI (2021) a nivel Estatal 54.3 millones de personas tenían la
edad para cursos algún grado escolar, de los cuales solo 33.6 millones estuvieron inscritos en el ciclo escolar 2019-2020.
Ante la situación de confinamiento el sector educativo tuvo que dar respuesta a implementar la educación en línea,
esto solo se pudo realizar mediante el uso de las herramientas de tecnologías de la información y comunicación, sin
embargo, del total de la población que se inscribió en el ciclo escolar 2019-2020 una población importante de 738.4
mil personas no pudieron concluir el ciclo escolar.
En su párrafo primero del artículo tercero de la de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM)
reza que toda persona tiene derecho a la educación, en su párrafo cuarto del artículo cuarto de la misma, se establece
la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud, así mismo en el párrafo primero se esta-
blece que toda persona tiene derecho a tener un trabajo digno y socialmente útil, refiriendo así obligación Estado de
garantizar estos derechos humanos fundamentales, estableciendo así la participación de la Federación, las entidades
federativas, municipios y de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.
Antecedentes / Diagnóstico
I.
Programa Conectando a Asunción
Ixtaltepec - CMT
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REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA CONECTANDO
A ASUNCIÓN IXTALTEPEC - CMT
Por lo anterior, se reconoce la obligación del Estado Mexicano
de garantizar el pleno acceso a este (os) derecho (os) funda-
mental (es), además de comprometerse en 2015 a tomar ac-
ciones para enfrentar grandes retos mundiales, establecidos en
la agenda 2030; en materia del derecho a la educación en su
ODS 4. Educación de calidad, en materia del derecho a la salud
al ODS 3. Salud y bienestar, respecto al derecho al trabajo al
ODS 8. Trabajo decente y crecimiento económico, encaminan-
do, así, a los países al logro del acceso universal y equitativo de
mencionados derechos.
Para garantizar que estos derechos fundamentales derivado de
la pandemia se deben de garantizar el pleno acceso a los mismos
en internet, por lo cual es importante garantizar el acceso a las
tecnologías y al internet que se establece en el párrafo cuarto
del artículo sexto de la CPEUM, alineados a la meta 9C del ODS
9. Industria, Innovación e infraestructura.
El Plan Nacional de Desarrollo 2020-2024 se alinea con estos
objetivos en su Eje 2. Política Social, para Construir un país con
bienestar, al Plan Estatal de Desarrollo del Estado de Oaxaca al
eje I. Oaxaca incluyente con desarrollo social, que se establece
ante el objetivo de generar las condiciones necesarias para el
aumento de la calidad de vida de la población oaxaqueña, para
lo anterior es de suma importancia revertir los indicadores de
pobreza en la entidad; lo anterior, mediante políticas públicas que promuevan el desarrollo integral de las personas,
las familias y los grupos vulnerables, garantizando los derechos sociales para la construcción de una sociedad más
justa. Para el tema que nos compete. La transversalidad, complementariedad y las relaciones intergubernamentales
permiten que las instancias de gobierno, lleven a cabo acciones que coadyuven al logro de los objetivos en el nivel y
esfera de gobierno que compete.
Alineado a los órdenes estatales y objetivos citados en líneas que anteceden, Congregación Mariana Trinitaria Aso-
ciación Civil (en adelante CONGREGACIÓN o CMT) de origen oaxaqueño, donataria autorizada por la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, con presencia a nivel nacional e internacional, con más de 24 años generando acciones
en pro del bienestar de las familias mexicanas; impulsa programas sociales en coordinación con otros sectores, con el
firme objetivo de mitigar los retos que la población presenta, convirtiéndose en un gran aliado para la Instancia Muni-
cipal de la Juventud del H. Ayuntamiento Municipal Constitucional de Asunción Ixtaltepec, Oaxaca.
La Instancia Municipal de la Juventud de Asunción Ixtaltepec, Oaxaca , por las atribuciones que la Ley Orgánica Municipal
del Estado de Oaxaca en su Artículo 43, Fracción LXVII, referente a las Competencias del Ayuntamiento, en coordina-
ción con CONGREGACIÓN han generado sinergias para decretar el Programa Conectando Asunción a Ixtaltepec (en
adelante PROGRAMA) con el objetivo de Mejorar las condiciones y oportunidades de educación y desarrollo del muni-
cipio de Asunción Ixtaltepec, por medio del acceso a una mejor conexión y herramientas que les faciliten este proceso.
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REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA CONECTANDO
A ASUNCIÓN IXTALTEPEC - CMT
1. Agenda 2030: Agenda para el desarrollo sostenible que en
2015 adoptaron los países miembros de las Naciones Unidas,
la cual incluye 17 objetivos y 169 metas, cuya finalidad es
guiar los programas mundiales para poner fin a la pobreza,
luchar contra la desigualdad y la injusticia, y hacer frente al
cambio climático sin que nadie quede rezagado;
2. CONGREGACIÓN O CMT: es una institución privada no
lucrativa de asistencia social, sin fines políticos ni religiosos.
Este programa está abierto todo el año, no tiene vigencia.
Al momento no se han completado pedidos, cualquier inte-
resando puede acudir a nuestras oficinas.
3. Evaluación: Valoración de conocimientos, actitud y rendi-
miento de una persona o de un servicio.
4. INEGI: Organismo público autónomo responsable de normar y coordinar el Sistema Nacional de Información Es-
tadística y Geográfica, así como de captar y difundir información de México en cuanto al territorio, los recursos, la
población y economía, que permita dar a conocer las características de nuestro país y ayudar a la toma de decisiones
5. Instancias Ejecutora: Es la unidad administrativa encargada de realizar las acciones específicas para la ejecución de
las acciones institucionales;
6. Instancia Normativa: “CONGREGACIÓN” es la responsable de establecer y definir los lineamientos, reglas y/o cri-
terios operativos del Modelo de Ecosistema de Bienestar CMT;
7. Montos de Apoyo: Suma final de varias partidas o cantidades.
8. Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS): Los Objetivos de Desarrollo Sostenible, también conocidos como Obje-
tivos Mundiales, se adoptaron por todos los Estados Miembros en 2015 como un llamado universal para poner fin a la
pobreza, proteger el planeta y garantizar que todas las personas gocen de paz y prosperidad para 2030.
9. Población objetivo: Población que el programa tiene planeado atender para cubrir la población potencial y que
cumple con los criterios de elegibilidad;
10. Población potencial: Población total que presenta la necesidad o problema que justifica la existencia del programa
y que, por lo tanto, pudiera ser elegible para su atención;
11. Proceso electoral: Es el conjunto de actos realizados en fases y que la Constitución y la Ley General de Institucio-
nes y Procedimientos Electorales mandatan a las autoridades electorales, los partidos políticos y los ciudadanos para
renovar periódicamente a los integrantes de los Poderes Legislativos y Ejecutivo federal.
12. Reglas de Operación: Son un conjunto de disposiciones que precisan la forma de operar un programa, con el pro-
pósito de lograr los niveles esperados de eficacia, eficiencia, equidad y transparencia.
II. Glosario de términos
y deFIniciones
5. PÁG.5
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA CONECTANDO
A ASUNCIÓN IXTALTEPEC - CMT
La población potencial para el presente PROGRAMA serán aquellas personas que se encuentren con carencias de
acceso a la educación, trabajo, salud.
Se considera población objetivo aquellas personas o familias con algún grado de marginación, rezago educativo,
laboral o de salud, con dificultades de conectividad preferentemente, se atenderá a familias con niños, niñas, jóve-
nes, en edad escolar, adultos mayores, jefas de familia, que habiten en la cabecera municipal o en cualquiera de sus
13 agencias municipales.
El presente programa tiene cobertura a nivel Municipal, preferentemente, en aquellas localidades ubicadas en Zonas de
atención Prioritaria o con altos índices de marginación y rezago social.
II. Objetivos del programa
Garantizarle a las y los habitantes del municipio de Asunción
Ixtaltepec y sus 13 agencias municipales, el acceso a la educa-
ción, trabajo y salud a través de herramientas que les permitan
el acceso a una mejor calidad de vida.
I. Disminuir el índice de deserción escolar en localidades que presenten algún grado de rezago Educativo en el pe-
riodo 2022-2024.
II. Beneficiar a estudiantes, preferentemente, de localidades con rezago social mediante la entrega de apoyos tec-
nológicos y de conectividad en el periodo 2022-2024.
III. Beneficiar a docentes, preferentemente, de localidades con rezago social mediante la entrega de apoyos tecno-
lógicos y de conectividad en el periodo 2022-2024.
▸Objetivo General
▸Objetivo Específico
IV. Cobertura
V. Población Potencial
VI. Población Objetivo
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REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA CONECTANDO
A ASUNCIÓN IXTALTEPEC - CMT
Para que las personas tengan acceso a los apoyos derivados del PROGRAMA deberán cumplir con los siguientes
requisitos:
Tipo de beneficiario Criterios Requisitos (Documentos requeridos)
Boleta de calificaciones*
1.- Copia de la boleta de calificaciones
del alumno, emitida por una institución
pública.
Alumno
1.- Copia de la identificación oficial con
fotografía que acredite ser alumno de
la escuela.
1.- Copia de la CURP emitida por la
institución oficial
Identificación oficial emitida
por la escuela publica*
Clave Única de Registro de
Población (CURP)
Capítulo 1 Del componente tecnológico
*Nota: Esta documentación queda a criterio opcional para su entrega.
Fuente: Elaboración propia con datos de CMT.
I. Requisitos
7. PÁG.7
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA CONECTANDO
A ASUNCIÓN IXTALTEPEC - CMT
Alumno
Docente
Ciudadano
Comprobante de domicilio
Identificación oficial
Clave Única de Registro de
Población (CURP)
1.- Copia de la CURP emitida por la
institución oficial
1.- Copia de su identificación oficial
1.- Copia del comprobante de domicilio
no mayor a un periodo de tres meses.
Tipo de beneficiario
Tipo de beneficiario
Tipo de beneficiario
Criterios
Criterios
Criterios
Requisitos (Documentos requeridos)
Requisitos (Documentos requeridos)
Requisitos (Documentos requeridos)
Identificación oficial del Tutor
Documento que acredite que
se encuentra adscrito a un
plantel educativo del sector
Público*
Comprobante de domicilio 1.- Copia del comprobante de domicilio
no mayor a un periodo de tres meses.
1.- Copia del documento u oficio que
acredite encontrarse adscrito a un
plantel educativo del sector publico
RFC en caso de que sea mayor
de edad (sin homoclave)
1.- Copia de su identificación oficial
1.- Copia del RFC emitida por la
institución correspondiente
Cedula profesional o
certificado*
Identificación oficial
1.- Copia de la cedula profesional
Registro Federal del
Contribuyente (RFC)
Registro Federal del
Contribuyente (RFC)
1.- Copia de su identificación oficial
1.- Copia del RFC emitido por la
institución correspondiente
1.- Copia del RFC emitido por la
institución correspondiente
*Nota: Esta documentación queda a criterio opcional para su entrega.
Fuente: Elaboración propia con datos de CMT.
8. PÁG.8
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA CONECTANDO
A ASUNCIÓN IXTALTEPEC - CMT
II.
III.
Las personas que podrán acceder al PROGRAMA serán aquellas que cumplan con los requisitos establecidos en
numerales anteriores.
Con el fin de lograr los objetivos por los cuales nace el presente PROGRAMA, se ha determinado los siguientes tipos
y montos de apoyo:
Proceso de Selección
Características de los apoyos
Aportación solidaria
de CMT
30% del valor del
equipo tecnológico
Aportación del
beneficiario
70% del valor del
equipo tecnológico
Laptop
Computadora de escritorio
Teléfono celular
Tableta electrónica
Monto de apoyo
Tipo de apoyo
9. PÁG.9
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA CONECTANDO
A ASUNCIÓN IXTALTEPEC - CMT
Para efectos del PROGRAMA el proceso se definirá de la siguiente manera:
1.- La “INSTANCIA MUNICIPAL DE LA JUVENTUD” realiza la convocatoria (que deberá cumplir con los requisi-
tos que establece “CONGREGACIÓN”) y organiza a la ciudadanía para la conformación de Grupos Comunitarios;
2.- La “INSTANCIA MUNICIPAL DE LA JUVENTUD” coordina la celebración de asambleas para la conformación de
Grupos Comunitarios, la elección de su mesa directiva, definir los insumos a solicitar y la definición del mecanismo
a través del cual los beneficiarios finales realizarán su aportación correspondiente;
3.- La “INSTANCIA MUNICIPAL DE LA JUVENTUD” integra el expediente de gestión conforme a los requisitos
establecidos por “CONGREGACIÓN”;
4.- “CONGREGACIÓN” revisa el expediente de gestión, en caso de estar requisitado adecuadamente, lo turna al
Consejo de Administración para su dictamen. De lo contrario, solicita al “AYUNTAMIENTO” solventar las obser-
vaciones;
5.- El Consejo de Administración dictamina la solicitud, en un plazo no mayor a tres días hábiles, y notifica a la
“INSTANCIA MUNICIPAL DE LA JUVENTUD” su resolución; en caso de ser positiva, informa la vigencia de la Ficha
técnica simplificada, la cual en todos los casos no será mayor a un día hábil. Estos plazos podrán variar de acuerdo
a la disposición física de los equipos solicitados dentro del componente PROGRAMA;
6.- La “INSTANCIA MUNICIPAL DE LA JUVENTUD” notifica al Grupo Comunitario la resolución de “CONGREGA-
CIÓN” y solicita a los integrantes del Grupo Comunitario que realicen su aportación dentro del plazo establecido
en la vigencia de la Ficha técnica simplificada aprobada por el Consejo de Administración (no mayor a un día hábil),
de acuerdo con el mecanismo establecido en la asamblea;
6Bis.- La aportación del beneficiario final se realizará a través de depósito bancario a la instancia concentradora
del recurso, misma que a su vez, efectuará la adquisición del equipo tecnológico que haya sido especificado en la
documentación correspondiente (ficha técnica);
7.- La “INSTANCIA MUNICIPAL DE LA JUVENTUD” envía a “CONGREGACIÓN” el comprobante de pago equiva-
lente a la aportación correspondiente del Grupo Comunitario;
8.- “CONGREGACIÓN” realiza su aportación solidaria y se ejecuta la compra consolidada;
9.- Área de Logística de “CONGREGACIÓN” se coordina con la “INSTANCIA MUNICIPAL DE LA JUVENTUD” para
la entrega del presente componente;
10.- La “INSTANCIA MUNICIPAL DE LA JUVENTUD” recibe los insumos del PROGRAMA en su respectivo compo-
nente y firma acta de entrega-recepción y certificado de entrega donde manifiesta que recibe a entera satisfacción;
11.- La “INSTANCIA MUNICIPAL DE LA JUVENTUD” organiza evento de entrega del PROGRAMA en su respectivo
componente a los beneficiarios finales;
12.- La “INSTANCIA MUNICIPAL DE LA JUVENTUD”, en colaboración con la Mesa directiva, integra el Expediente
de comprobación de acuerdo a lo que se establezca por “CONGREGACIÓN” y;
13.- La “INSTANCIA MUNICIPAL DE LA JUVENTUD” y el Grupo Comunitario coadyuvan con “CONGREGACIÓN”,
para que, en colaboración con aliados estratégicos, realicen la evaluación del PROGRAMA.
VI. Mecánica Operativa
10. PÁG.10
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA CONECTANDO
A ASUNCIÓN IXTALTEPEC - CMT
Para que las personas tengan acceso a los apoyos derivados del PROGRAMA deberán cumplir con los siguientes
requisitos:
Tipo de beneficiario Criterios Requisitos (Documentos requeridos)
Boleta de calificaciones*
1.- Copia de la boleta de calificaciones
del alumno, emitida por una institución
pública.
Alumno
1.- Copia de la identificación oficial con
fotografía que acredite ser alumno de
la escuela.
1.- Copia de la CURP emitida por la
institución oficial
Identificación oficial emitida
por la escuela pública*
Clave Única de Registro de
Población (CURP)
Del componente de conectividad
*Nota: Esta documentación queda a criterio opcional para su entrega.
Fuente: Elaboración propia con datos de CMT.
Capítulo 2
I. Requisitos
11. PÁG.11
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA CONECTANDO
A ASUNCIÓN IXTALTEPEC - CMT
Alumno
Comprobante de domicilio
1.- Copia del comprobante de domicilio
no mayor a un periodo de tres meses.
Tipo de beneficiario Criterios Requisitos (Documentos requeridos)
Identificación oficial (en caso
de ser mayor de edad) RFC
en caso de que sea mayor de
edad (sin homoclave)
1.- Copia de su identificación oficial
1.- Copia del RFC emitida por la
institución correspondiente
Docente
Identificación oficial 1.- Copia de su identificación oficial
Tipo de beneficiario Criterios Requisitos (Documentos requeridos)
Documento que acredite que
se encuentra adscrito a un
plantel educativo del sector
Público*
1.- Copia del documento u oficio que
acredite encontrarse adscrito a un
plantel educativo del sector publico
Cedula profesional o
certificado*
Comprobante de domicilio
1.- Copia de la cedula profesional
1.- Copia del comprobante de domicilio
no mayor a un periodo de tres meses
Registro Federal del
Contribuyente (RFC)
Clave Única de Registro de
Población (CURP)
1.- Copia del RFC emitido por la
institución correspondiente
1.- Copia de la CURP emitida por la
institución oficial
Ciudadano
Clave Única de Registro de
Población (CURP)
1.- Copia de la CURP emitida por la
institución oficial
Tipo de beneficiario Criterios Requisitos (Documentos requeridos)
Comprobante de domicilio 1.- Copia del comprobante de domicilio
no mayor a un periodo de tres meses.
Identificación oficial
Registro Federal del
Contribuyente (RFC)
1.- Copia de su identificación oficial
1.- Copia del RFC emitido por la
institución correspondiente
*Nota: Esta documentación queda a criterio opcional para su entrega.
Fuente: Elaboración propia con datos de CMT.
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REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA CONECTANDO
A ASUNCIÓN IXTALTEPEC - CMT
Las personas que podrán acceder al PROGRAMA serán aquellas que cumplan con los requisitos establecidos en
numerales anteriores.
Con el fin de lograr los objetivos por los cuales nace el presente PROGRAMA, se ha determinado los siguientes tipos
y montos de apoyo:
II. Proceso de Selección
III. Características de los apoyos
Llamadas: 1,500 min
Mensajes: 1,000 SMS
Monto anual sin subsidio
Plan 40 GB
Nota 1: Le son aplicables las políticas de uso justo.
Nota 2: Le son aplicables las políticas de uso justo.
Nota 3: Sujeto a modificaciones de costos, alcances del servicio y
coberturas por parte del proveedor y/o regulaciones arancelarias, de
telecomunicaciones y radioeléctricas.
*Dicha información será validada a través del IMEI del equipo móvil en:
https://cmt-global.org/es/programas/conectividad/compatibilidad
Nota 4: El plan Telefónico SOLO ES COMPATIBLE con equipos móviles
que:
Operen en la banda 28 del 3GPP (banda 700 MHZ)
Tenga terminal compatible con tecnología VoLTE
Nota 5: En la primera etapa del impulso del programa en el presente
componente el plan de conectividad no permitirá compartir datos
moviles.
1. Plan anual
(Contratado por 12 meses)
5. Tarjeta SIM
2. 40 GB mensuales
77.4%
6. Aportación solidaria CMT
(Monto aproximado mensual sin subsidio $ 516. 66)
7. Monto anual con Aportación
solidaria de CMT
$ 1, 400.00
(Monto a aportar en una sola exhibición)
3. Servicios telefónicos
4. Redes Sociales
$ 6,200.00
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REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA CONECTANDO
A ASUNCIÓN IXTALTEPEC - CMT
Para efectos del PROGRAMA el proceso se definirá de la siguiente manera:
1. La “INSTANCIA MUNICIPAL DE LA JUVENTUD” realiza la convocatoria y organiza a la ciudadanía para la con-
formación de Grupos Comunitarios.
2. La “INSTANCIA MUNICIPAL DE LA JUVENTUD” coordina la celebración de asambleas para la conformación
de Grupos Comunitarios; la elección de su mesa directiva y de la solución integral a gestionar; y, definición del
mecanismo a través del cual los beneficiarios finales realizarán su aportación correspondiente.
3. La “INSTANCIA MUNICIPAL DE LA JUVENTUD” integra el expediente de gestión digital en apego a lo dispuesto
por el Manual de Gestión de Soluciones Integrales de “CONGREGACIÓN”.
4. “CONGREGACIÓN” revisa el expediente de gestión, en caso de estar requisitado adecuadamente lo turna al
Consejo de Administración para su dictamen. De lo contrario, solicita a la “INSTANCIA MUNICIPAL DE LA JUVEN-
TUD” solventar las observaciones.
5. Consejo de Administración dictamina el Expediente de gestión, en un plazo no mayor a tres días hábiles, y no-
tifica a la “INSTANCIA MUNICIPAL DE LA JUVENTUD” su resolución.
6. De ser positiva la dictaminación por parte del Consejo de Administración “CONGREGACIÓN” notifica a la “INS-
TANCIA MUNICIPAL DE LA JUVENTUD” la vigencia de la Ficha técnica simplificada (en todos los casos no será
mayor a tres días hábiles) para continuar con el proceso administrativo (esquema de pago a Proveedor). En caso
de que el dictamen sea negativo, “CONGREGACIÓN” notifica a la “INSTANCIA MUNICIPAL DE LA JUVENTUD”
las causas de la improcedencia.
7. La “INSTANCIA MUNICIPAL DE LA JUVENTUD” notifica al Grupo Comunitario la resolución de “CONGREGACIÓN”
y solicita a los integrantes del Grupo Comunitario que realicen su aportación, dentro del plazo establecido en la
vigencia de la Ficha técnica simplificada de acuerdo con el mecanismo establecido en la asamblea comunitaria.
8. La “INSTANCIA MUNICIPAL DE LA JUVENTUD” envía a “CONGREGACIÓN” el comprobante de pago equivalente
a la aportación correspondiente del Grupo Comunitario.
9. “CONGREGACIÓN” realiza su aportación solidaria y se ejecuta la compra consolidada con el proveedor.
10. Área de Logística de “CONGREGACIÓN” se coordina con el proveedor y la “INSTANCIA MUNICIPAL DE LA
JUVENTUD” para la entrega de las soluciones integrales gestionadas.
11. La “INSTANCIA MUNICIPAL DE LA JUVENTUD” recibe del proveedor las soluciones integrales gestionadas y
firma de certificado de entrega donde manifiesta que recibe a entera satisfacción.
12. La “INSTANCIA MUNICIPAL DE LA JUVENTUD” organiza entrega de soluciones integrales a beneficiarios finales.
13. La “INSTANCIA MUNICIPAL DE LA JUVENTUD”, en colaboración con la Mesa directiva, integra el Expediente
de comprobación y lo envía a “CONGREGACIÓN”.
14. “LAS PARTES”, en colaboración con el Grupo Comunitario, construyen una agenda para la continuidad y/o
adopción de otras soluciones integrales de las Cadenas que conforman al Modelo de Ecosistema de Bienestar CMT.
VI. Mecánica Operativa
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REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA CONECTANDO
A ASUNCIÓN IXTALTEPEC - CMT
1.- Los beneficiarios tienen derecho a recibir un trato digno con forme a derechos humanos que reconoce la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), tratados internacionales y demás disposiciones.
2.- Recibir información en cuanto al estatus de las gestiones.
3.- Recibir asesoría durante cada uno de los procesos de la gestión por parte de la Instancia Municipal de la Juventud.
4.- Recibir los apoyos con forme a las disposiciones establecidas en las presentes Reglas de Operación.
1.-
2.-
1.-
2.-
Derechos:
Obligaciones y sanciones:
Lineamientos generales
Capítulo 3
I. Derechos, Obligaciones y Sanciones
de los beneFIciarios
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REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA CONECTANDO
A ASUNCIÓN IXTALTEPEC - CMT
3.- Utilizar la solución integral únicamente para el fin que
fue autorizado.
4.- Otorgar las facilidades a las instancias participantes para
llevar a cabo la evaluación del PROGRAMA.
Para efectos del presente PROGRAMA, el papel de instancia normativa lo desempeñará CONGREGACIÓN, la cual
tendrá las siguientes atribuciones:
1.- Se encargará de la planeación y comunicación de la operación del PROGRAMA a la instancia ejecutora;
2.- Vigilará el cumplimiento de los procesos con el fin de lograr los objetivos por los cuales nace el del PROGRAMA y;
3.- Las demás que sean autorizadas por el Consejo de Administración de Congregación Mariana Trinitaria, A.C.
Como instancia coordinadora, CMT tendrá las siguientes atribuciones:
1.- Proporcionar la información a la instancia ejecutora la para correcta implementación del PROGRAMA;
2.- Proponer a la instancia ejecutora reuniones de trabajo con la finalidad de la correcta ejecución del PROGRAMA
en sus diferentes etapas;
3.- Notificar a la instancia ejecutora sobre el estatus de los procesos de las acciones;
4.- Realizar con las facilidades y en coordinación con la instancia ejecutora las tareas de comprobación, verifica-
ción, seguimiento y evaluación de los resultados del PROGRAMA;
5.- Las demás que sean autorizadas por el Consejo de Administración de CMT.
Para el PROGRAMA la Instancia Municipal de la Juventud de Asunción Ixtaltepec, Oaxaca, tendrá el papel de Ins-
tancia ejecutora, teniendo como atribuciones las siguientes:
1.- Proporcionar a la instancia coordinadora la información necesaria en tiempo y forma que le sea solicitada;
2.- Realizar cada uno de los procesos debidamente a las disipaciones que establezca la instancia Normativa;
3.- Presentar a la Instancia Coordinadora las propuestas de proyecto para su validación y aprobación;
4.- Revisar que los proyectos y procedimientos cumplan con la normatividad correspondiente;
Instancia Normativa
Instancia Coordinadora:
Instancia Ejecutora:
II. Instancias Participantes
16. PÁG.16
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA CONECTANDO
A ASUNCIÓN IXTALTEPEC - CMT
5.- Dar seguimiento al acompañamiento brindado por la Instancia Coordinadora;
6.- Proponer a la Instancia Coordinadora propuestas de proyectos de acuerdo a las necesidades de la población
de su jurisdicción y;
7.- Proporcionar las facilidades para la correcta evaluación del programa que sea solicitada por la Instancia Normativa
En materia de acceso a la educación, salud y trabajo digno la Instancia Municipal de la Juventud del H. Ayuntamien-
to Municipal Constitucional de Asunción Ixtaltepec. promoverá los mecanismos necesarios de coordinación insti-
tucional con las diversas instancias de la administración pública federal, estatal y municipal; así con los miembros
del sector privado y de la sociedad civil. De acuerdo a la normatividad aplicable y a los convenios celebrados con
CONGREGACIÓN.
Con el objeto de orientar el PROGRAMA al logro de los objetivos y resultados previstos en las presentes Reglas de
Operación, queda sujeto a evaluaciones de resultados por parte de CONGREGACIÓN y de la Instancia Municipal de
la Juventud del H. Ayuntamiento Municipal Constitucional de Asunción Ixtaltepec, Oaxaca.
La medición de los resultados, al ser la parte nodal del proceso de intervención social, ya que nos permite ubicar los
cambios o logros y metas obtenidas derivadas del PROGRAMA mediante cada una de sus etapas y procesos; para
el presente, se tendrá como referencia los indicadores establecidos por CONGREGACIÓN derivados del diseño de
sus Ecosistema de Bienestar- CMT.
A fin de cumplir con los objetivos por los cuales nace el presente PROGRAMA la Instancia Municipal de la Juventud
del h. Ayuntamiento Municipal Constitucional de Asunción Ixtaltepec, Oaxaca; llevará a cabo la tarea de control en
cada uno de los procesos establecidos en las presentes Reglas de Operación.
El origen de los recursos emanados por las acciones con CONGREGACIÓN, estará sujeto de ser auditado por CON-
GREGACIÓN, de acuerdo a la legislación aplicable.
Evaluación
Control
Auditoría
III. Coordinación Institucional
IV. Evaluación, Control y Auditoria
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REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA CONECTANDO
A ASUNCIÓN IXTALTEPEC - CMT
A fin de garantizar la transparencia en el ejercicio de los recursos la Instancia Municipal de la Juventud del H. Ayun-
tamiento Municipal Constitucional de Asunción Ixtaltepec, Oaxaca; llevará a cabo la difusión del PROGRAMA en el
municipio de Asunción Ixtaltepec, Oaxaca, a través de:
Pagina Oficial: https://asuncionixtaltepec.gob.mx/
Red Social: https://www.facebook.com/ImjuveProgresandoJuntos/
Red Social: https://www.facebook.com/H-Ayuntamiento-Asunci%C3%B3n-Ixtaltepec-Oaxa-
ca-2022-2024-104135312151074/
Las instancias normativa y ejecutora definirán los mecanismos para promover y difundir el PROGRAMA entre la
población objetivo con la finalidad de dar a conocer los resultados del mismo. La instancia ejecutora se encargará
de realizar la promoción y difusión del mismo en su área de jurisdicción aplicable.
La papelería, documentación oficial, la publicación y promoción del PROGRAMA deberá de incluir los logotipos de
las instancias participantes, así como de incluir las leyendas que se requieran de acuerdo a la normatividad aplica-
ble de la Instancia Municipal de la Juventud del H. Ayuntamiento Municipal Constitucional de Asunción Ixtaltepec.
La instancia responsable de la difusión del programa estará sujeta al marco jurídico por parte de la Instancia Munici-
pal de la Juventud del H. Ayuntamiento Municipal Constitucional de Asunción Ixtaltepec.de acuerdo a su naturaleza
y a los Lineamientos Generales de Operación de la Vertiente de Impulso a Grupos Comunitarios de CMT, al Manual
de Comunicación de Impulso a Grupos Comunitarios CMT y demás documentos normativos emitidos por Congre-
gación Mariana Trinitaria Asociación Civil.
Cualquier persona podrá presentar quejas y denuncias ante las instancias correspondientes en caso de observar
cualquier hecho, acto u omisión que produzca consecuencias o daños al pleno ejercicio del PROGRAMA, o que con-
travenga con las presentes Reglas de Operación y demás lineamientos normativos correspondientes.
Las quejas y denuncias serán remitidas a:
O a Congregación Mariana Trinitaria A.C., al siguiente correo:
cmt@cmt.org.mx
imjuve.ixtaltepec@gmail.com
V. TRANSPARENCIA
VI. DIFUSIÓN
VII. Quejas y denuncias
(951) 119 44 31 https://www.facebook.com/ImjuveProgresandoJuntos/
18. PÁG.18
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA CONECTANDO
A ASUNCIÓN IXTALTEPEC - CMT
Los datos personales de los beneficiarios del PROGRAMA que
sean recabados en cada una de las etapas serán utilizados con
la finalidad de validar la información proporcionada son base
en los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Ope-
ración, por lo tanto, las instancias participantes garantizarán
la protección de los mencionados datos, en cumplimiento a
la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, su
reglamento, Ley Federal de Protección de Datos Personales en
Posesión de Particulares y demás normatividad aplicable para
el tratamiento, resguardo y transmisión de datos personales.
Para la Protección y ejecución de los recursos emanados del PROGRAMA se atenderán las medidas de carácter
permanente, contenidas en las Leyes Federales y locales que sean aplicables, así como los lineamientos y marco
normativo emitido previamente a los procesos electorales federales, estatales y municipales, con el objetivo de
que los recursos emanados del PROGRAMA no sean utilizados sean destinados a fines particulares, partidistas y/o
político-electorales.
Lo expresado en líneas anteriores con la finalidad de promover acciones con enfoque a los principios de legalidad,
honradez, lealtad, imparcialidad, eficacia y eficiencia que rigen las acciones entre las instancias participantes.
VIII. Aviso de Privacidad
IX. Protección de recursos en época
electoral y combate a la corrupción