1. TRABAJO COLABORATIVO 1
PARTE FINAL
ENSAYO: Será posible la aplicación o inserción de un PEC (Proyecto
Etnoeducativo Comunitario) como propuesta en los procesos de
enseñanza-aprendizaje para la comunidad étnica Embera Chami??
POR:
SONIA YADIRA GRISALES OSSA (21620108)
JHONATAN FERNANDO FLORES PACHECO (1115736435)
PROGRAMA:Lic. En Etnoeducación
CURSO: Multiculturalidad e Interculturalidad
CODIGO:551072
GRUPO: 11
TUTOR: Francisco Javier Portilla
UNAD
CCAV (Eje Cafetero) – Pereira
12/06/ 2016
2. INTRODUCCIÓN
Hemos querido hacer este trabajo, ya que en el marco del reconocimiento de la
diversidad cultural y las exigencias actuales de una educación multicultural y
pluriétnica, se hace necesario que los horizontes de posibilidades, en lo que
respecta a la construcción de alternativas educativas propias, contextuales pero
abiertas a las transformaciones del mundo, se amplíen, con la firme intención, de
acercar nuevas miradas y experiencias que permitan el enriquecimiento de las
perspectivas de mundo. Es por ello que desde la Licenciatura en Etnoeducación, y
propiamente en el curso de MULTICULTURALIDAD E INTERCULTURALIDAD se
construye esta propuesta, reconociendo que este programa de pregrado es
también un ente socializador y configurador de respuestas ante los cambios y las
exigencias actuales y en especial un espacio de reflexión que reconoce la
importancia de establecer nuevas alternativas educativas como la apropiación de
un PEC en los procesos de enseñanza-aprendizaje para la comunidad étnica
(EMBERA CHAMI : DACHI-JAMA de San Isidro, ANSERMA) objeto de nuestras
investigaciones y propuestas de trabajo como lo es la aplicación o inserción de un
PEC al PEI de la institución educativa: Normal Superior Rebeca Sierra Cardona .
Esta alternativa propende por la configuración de escenarios diversos y
divergentes, utilizando la contextualización y cultura y establecer desde ello ,
propuestas etnoeducativas, donde el quehacer en común, desde la diferencia,
permita establecer el respeto por las minorías étnicas, la inclusión y la pervivencia
de la cultura EMBERA CHAMI éxodo masivo de comunidades indígenas hacia los
centros urbanos a raíz del desplazamiento forzado, o de la migración económica,
agudiza más los problemas sociales que se registran en las ciudades. Los
indígenas demandan soluciones a sus necesidades básicas inmediatas, y al llegar
a la ciudad, en la mayoría de los casos se convierten en grupos marginales
urbanos. Estas recientes movilizaciones poblacionales implican no solo el
desarraigo ancestral sino que además exigen nuevas adaptaciones culturales.
Condenados por su propia riqueza, despojados en su propia tierra, reducidos por
una cultura dominante, y rota en pedazos su identidad, el pueblo Embera se
acaba. Vidas generaciones enteras, desde allí siempre se escuchara un grito de
resistencia autonomía y pervivencia.
.
3. CUERPO O DESARROLLO
RESEÑA HISTORICA ENBERA CHAMÍ
La comunidad indígena Embera Chamí de Risaralda y Caldas es perteneciente al
grupo Embera Chocó y desde la época de la conquista ha ocupado la cuenca alta
del río san Juan. El resguardo como concepto de territorio indígena, viene desde
el imperio de la colonización de España. Ante el exterminio de la población
indígena o aborigen por causa de la esclavitud española y al contagio de
enfermedades contraídas de los europeos, el gobierno español se vio en la
necesidad de asignar unos territorios, especie de reserva, para que habitaran la
población aborigen. El gobierno español señaló para esta familia Embera los
límites de su resguardo y le otorgó los títulos correspondientes, denominados
títulos reales. Su antiguo territorio comprendía los actuales municipios de Pueblo
Rico; Mistrató y parte del municipio de Bagadó Choco. A raíz del régimen tributario
a que fueron sometidos durante la colonia, los indígenas fueron emigrando
paulatinamente hacia regiones de mayor altura, siguiendo el curso de los ríos y
quebradas tributarios del San Juan. De los informes dejados por los visitadores
reales, así como de los corregidores, se puede concluir que los indígenas pagaban
su tributo, básicamente con maíz y con el trasporte de mercancías que se
conducían desde Anserma Caldas hasta la localidad chocoana de Lloró.
La mayor parte de su población, habita en el alto río San Juan en los municipios
de Pueblo Rico y Mistrató ubicados en el departamento de Risaralda y Caldas
El segundo núcleo de población Chamí se encuentra en los ríos Garrapatas y
Sanquininí, municipios de Dovio y Bolívar, departamento del Valle del Cauca y en
el resguardo de Cristianía, municipios de Jardín y Andes en el departamento de
Antioquia. También se encuentran asentamientos Chamí en los departamentos de
Quindío, Caldas, el Valle del Cauca y en el Caquetá.
Su población se estima
En 5.511 habitantes.
Economía Embera Chami
El sistema de producción se basa en la agricultura de selva tropical, en parcelas
donde cultivan café, cacao, chontaduro, maíz, fríjol y caña de azúcar, entre otros
productos. Además, practican la caza, la pesca, la recolección y en menor medida,
la extracción de madera y oro.
4. TESIS:
SERÁ POSIBLE LA APLICACIÓN O INSERCIÓN DE UN PEC (PROYECTO
ETNOEDUCATIVO COMUNITARIO) COMO PROPUESTA EN LOS PROCESOS
DE ENSEÑANZA-APRENDIZAJE PARA LA COMUNIDAD ÉTNICA EMBERA
CHAMI EN ANSERMA - CALDAS, DONDE HABITAN?
PROPUESTA:
Aplicar en cada PEI (Proyecto Educativo Institucional) de cada plantel educativo
de ANSERMA, la contextualización de un PEC para que haya una verdadera
inclusión de los grupos minoritarios en el sistema educativo de las instituciones,
especialmente del grupo étnico DACHI-JOMA – Embera Chami de San Isidro en
ANSERMA –CALDAS)
NORMATIVIDAD QUE AMPARA LA ACTIVIDAD:
El convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo OIT, es uno de los
primeros instrumentos jurídicos que permite el desarrollo de los derechos
educativos pertinentes para los pueblos indígenas y grupos étnicos, se resalta la
importancia del mencionado instrumento, porque consagra el derecho humano
fundamental a la Educación, de dichos pueblos indígenas y grupos étnicos
Fue ratificado a través de la Ley 21 de 1991, es una de las leyes que son de
obligatorio cumplimiento, pues es la que dio bases para que en la Constitución
Política de 1991, se asumiera el derecho a la Etnoeducación como un derecho
fundamental.
Otros:
- Art.26, Art. 27.1, Art. 28. Del conv 169 de la OIT
- Constitución política de 1991 artículos (7, 8, 10, 13, 26, 27,, 67, 68 Y 70).
Leyes; 21/91,115/94, 70/93, 375/97,397/97. Decretos: 1860/93,
804/95,2249/95,1122/98,1397/96. Directiva Ministerial: 08/2003 y 011/2004.
Convenio 169 de la OIT En el ámbito internacional se expresa el derecho a la
educación de los grupos étnicos; etnoeducación o educación intercultural
bilingüe se ampara bajo un marco jurídico amplio que permite la validación,
concertación e implementación y la articulación de los diferentes planes,
5. programas y proyectos concordantes a la vida y cultura de los pueblos de origen
étnico en América Latina y el mundo.
En Colombia el Convenio 169 fue ratificado a través de la Ley 21 de 1991, es una
de las leyes que son de obligatorio cumplimiento, pues es la que dio bases para
que en la Constitución Política de 1991, se asumiera el derecho a la
etnoeducación como un derecho fundamental.
Es así que en el Art.26 de este instrumento internacional, enfatiza que: “Deberán
adoptarse medidas para garantizar a los miembros de los pueblos interesados, la
posibilidad de adquirir una educación a todos los niveles, por lo menos en pie de
igualdad con el resto de la comunidad nacional”.
En el Art. 27.1 establece que: ―Los programas y los servicios de educación
destinados a los pueblos interesados, deberán desarrollarse y aplicarse en
cooperación con éstos, a fin de responder a sus necesidades particulares, y
deberán abarcar su historia, sus conocimientos y técnicas, sus sistemas de
valores y todas sus demás aspiraciones sociales, económicas y culturales.
Art. 28. Siempre que sea viable deberá enseñarse a los niños de los pueblos
interesados a leer y escribir en su propia lengua indígena o en la lengua que más
comúnmente se hable en el grupo al que pertenezcan
La Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU,
aprobada por su Asamblea General en el año 2007, es otro instrumento
fundamental para el diseño, la definición y la implementación de políticas y
programas que garanticen los derechos que les asisten a los más de 5.000
pueblos indígenas que perviven en el mundo.
Artículos Relevantes de la Constitución Política de 1991:
Art. 7 el Estado reconoce protege diversidad étnica y cultural de la nación
colombiana
Art. 10: “El castellano es el idioma oficial de Colombia. Las lenguas y dialectos de
los grupos étnicos son también oficiales en sus territorios. La enseñanza
que se imparta en las comunidades con tradiciones lingüísticas propias será
Art. 68 Los integrantes de los grupos étnicos tendrán derecho a una formación
que respete y desarrolle su identidad cultural.
Ley 115 de 1994 y los Decretos 1860 y 804 de 1995. Después de la Constitución
de 1991, surgió la Ley general de educación 115 de 1994, y los Decretos
reglamentarios 1860 y 804 de 1995.
La Ley General de Educación de 1994, el decreto 804 de 1995 dieron paso a la
elaboración de proyectos educativos para cada institución escolar construido de
manera reflexiva, fundamentada en principios y conceptos que guíen las prácticas
educativas para transformar las practicas pedagógicas homogéneas de las
instituciones hacia un modelo que incluye la diversidad, de igual manera para que
cada estamento de la comunidad participe en su formulación y desarrollo de la
6. misma de manera articulada, explicitó mecanismos para participar y ser parte del
espacio escolar, dándole protagonismo a relación individuo y sociedad, a la
concepción de la educación intercultural y el modelo de comunicación allí aplicado
Por otro lado el decreto 804 de 1995 señala, que para la materialización de los
derechos educativos de los grupos étnicos, el Estado colombiano debe desarrollar
la política a través de las instancias respectivas, crear estrategias para concretar
lo dispuesto en los principios y fundamentos de integralidad, diversidad
lingüística, autonomía, participación comunitaria, interculturalidad,
flexibilidad, progresividad, solidaridad, establecidos en los lineamientos
generales de la etnoeducación.
ARGUMENTACIÓN
JUSTIFICACIÓN
Partiendo de las cosmovisiones propias de algunas culturas como la EMBERA
CHAMI de Caldas ,surge la ETNOEDUCACION como proceso de formación
integral colectiva, cuya finalidad es el rescate y fortalecimiento de la identidad
cultural, territorialidad y la autonomía de los pueblos indígenas, representado entre
otros en los valores, lenguas nativas, saberes, conocimientos y prácticas propias y
en su relación con los saberes y conocimientos interculturales y universales y es
en este sentido cuando la implementación de los PEC, son asumidos como
estrategia de valoración y revitalización de cada cultura para el establecimiento
de una educación fundamentada en el reconocimiento de la diversidad y el
desarrollo de diálogos interculturales, reconocidos como Sistema Educativo
Indígena Propio que contribuye a la permanencia y pervivencia de los pueblos
indígenas.
RESUMEN:
Los Emberá, a través de su proceso histórico, han transformado una serie de
factores culturales sin perder por ello su identidad. Hoy en día se han congregado
en sus organizaciones para exigir su derecho a conservar una cultura diferente a
la de la sociedad mayor.
Los principales problemas que tienen los Emberá son: desconocimiento por parte
de la sociedad nacional de los derechos indígenas, falta de tierras, un derecho a
su propio desarrollo y organización, salud, educación y la participación en los
7. proyectos que se efectúen en sus territorios. Y el derecho a ser artífices de su
propia historia, esto es, el derecho que tienen a ser diferentes de los demás.
Se lleva a cabo un estudio sobre la comunidad indígena Embera que actualmente
reside en la Ciudad de Pereira, teniendo como factor primario el desplazamiento;
causante de la calidad y forma de vida de estos grupos. El objetivo es determinar
la situación socioeconómica y el nivel de desarrollo de los Embera a través del
logro de objetivos como: cuantificar las personas existentes en zonas marginales
de la ciudad, precisar niveles de desempleo, determinar porcentaje de población
con acceso a salud y educación, entre otros, buscando que dichas variables
hagan parte de un sistema de mejoramiento con calidad, igualdad y equidad.
CONCLUSIONES
Con la contextualizando el SEIP (Sistema Educativo Indígena Propio) y
aplicándolos a las instituciones educativas, la etnoeducacion quiere:
1. Impulsar y consolidar los procesos de educación propia de acuerdo con las
particularidades del pueblo EMBERA CHAMI de Anserma, Caldas
2. Construir y fortalecer espacios de saber desde la cosmovisión del pueblo
EMBERA CHAMI
3. Fortalecer la construcción de un Estado pluriétnico y multicultural.
4. Preservar y fortalecer las identidades étnicas y culturales de los pueblos
indígenas.
5. Preservar, revitalizar y recuperar las lenguas nativas y demás formas propias
de comunicación de los Embera Chami
6. Desarrollar procesos de investigación que contribuyan a la producción,
revitalización, valoración de los saberes, prácticas y conocimientos propios y a
su interacción con otros saberes y conocimientos.
7. Generar condiciones pertinentes y adecuadas para el establecimiento del
diálogo de saberes, prácticas y conocimientos, y para el reconocimiento y
protección de la diversidad étnica y cultural.
8. 8. Fortalecer el multilingüismo como estrategia para construir conocimiento.
9. Aportar al fortalecimiento de la autonomía y de las estructuras de gobierno
propio de los pueblos indígenas.
10. Fortalecer la consolidación e implementación de los planes de vida o sus
equivalentes, que defina al Embera Chami de acuerdo con la Ley de Origen,
Derecho Mayor o Derecho Propio.
BIBLIOGRAFÍA
-Ministerio de Educación Nacional. Reflexión Sobre los Proyectos Educativos
Institucionales y Guía para la Construcción de Planes Operativos por parte de la
Comunidades Educativas.1994.
-bf:UNADmoduloPEC2013.pdf