Se trata de una reforma que, en general, tiende a mejorar la lectura de los Estatutos, por lo que la mayor parte de las modificaciones son meramente estéticas. Además, se llenan vacíos y se eliminan inconsistencias internas. Existen, no obstante, 13 modificaciones sustantivas, las cuales serán plebiscitadas, en forma concurrente a las próximas elecciones de Directiva y Consejería Académica, a realizarse los días 6 y 7 de noviembre.
La presentación utilizada el día lunes en la Asamblea. Aquí se explican principalmente los motivos y contenido de la Reforma, en forma resumida.
Construyamos todos juntos un plan de desarrollo para nuestra facultad
Reforma Parcial Estatutos Ciencia Política.
1.
2. ¿Por qué una reforma parcial?
Principalmente, “reforma estética”, con el objeto de
mejorar la lectura de los Estatutos.
No se trata de una modificación puntual.
Es un “paquete de reformas” o, mejor dicho,
“reformitas”.
3. ¿Quién reforma?
La Directiva (art. 74).
¿Por qué no se hizo Comisión?
No sólo porque no está contemplado en los Estatutos,
sino porque no hay puntos lo suficientemente
contenciosos y no se requiere una “mentalidad
creadora”.
Casi es pretencioso hablar de una “reforma”.
No se trata de una “cirugía plástica”, sino de una
“manito de gato”.
4. ¿Cómo se reforma?
Principio de “máxima transparencia”, aunque los
Estatutos vigentes no lo contemplan.
En los próximos días, la Directiva enviará a la carrera
un documento público con TODAS las modificaciones
realizadas, aparte de un “resumen ejecutivo” para que
se voten informadamente.
¡¡No son tantos cambios como parecen!! No deben
asustarse. Si se revisa atentamente el detalle (o se
confía en el resumen ejecutivo), se entenderá el
sentido de la Reforma.
5. ¿Cómo se reforma?
Se realizó un BARRIDO COMPLETO desde el art. 1 al art.
75.
“Trabajo de orfebre”.
A medida que se avanzaba, se iban reparando: errores
ortográficos, de redacción y de tipeo; contradicciones
internas; “vacíos legales”.
Cada modificación, por mínima que fuera, se vinculó a un
comentario.
408 comentarios en total.
Cada cambio se cuidaba de que estuviera en el espíritu de la
Comisión del año pasado. Interpretación “de buena
voluntad”.
6. ¿Qué se reforma?
No se crea ningún cargo.
No se modifica ningún quórum (sólo se elimina uno ya
discutido para la creación de la Subonsejería; art. 72).
Nunca se va en contra de lo sentado por la Comisión. Al
contrario, en varios cambios se explicita su real voluntad.
Con una sola excepción, no se altera sustantivamente la
Declaración de Principios.
Sí se realizan modificaciones al proceso de Reforma de
Estatutos.
Estas últimas modificaciones necesitarán de quórum
calificado (art. 75).
7. ¿Qué se reforma?
Más del 75% de las revisiones son de tipo estético
(ortográficas, de redacción, de ordenamiento).
Cerca de un 15% se encarga de eliminar
contradicciones internas o “llenar vacíos” (esto
implica, a veces, añadir funciones a los cargos).
Lo que resta son cambios más o menos sustantivos.
8. Cambios sustantivos
En la Declaración de Principios, se intentan conciliar
los valores de “libertad, igualdad y autoridad”. Se
cambia “autoridad” por “fraternidad”.
Se prohíbe la reelección inmediata para el mismo
cargo de representación.
Se eliminan las referencias a quórums internos de la
Directiva.
Para Asambleas Extraordinarias, se da a la Directiva la
potestad de ordenar los puntos en tabla y a los
solicitantes de decidir qué puntos serán tratados.
9. Cambios sustantivos
El derecho de “clausura del debate” pasa desde la
Directiva a la Asamblea.
Se evita que las generaciones queden sin Delegado, a
través de un veto constructivo hacia el Vicepresidente.
Se distinguen efectos distintos, según momento de
vacancia de la Presidencia.
(Se deja al Secretario General como intérprete oficial,
no todopoderoso de los Estatutos).
Se deja al Secretario Ejecutivo como el ente que dirime
las contiendas de competencia.
10. Cambios sustantivos
(Se otorga mayor libertad a los procesos internos de las
generaciones).
En el Consejo de Delegados, se sustituye a uno de los
miembros de la Directiva por el Consejero Académico
(al igual que en la Comisión de Reforma de Estatutos).
Se prohíbe la postulación inmediata a cargos, a
aquellos representantes que sean destituidos (o
revocados, en el caso de la Directiva).
Se acorta el período de revocación de la Directiva.
11. Cambios sustantivos
Se rebajan los integrantes de la Comisión de Reforma
de Estatutos de 17 a 12.
Para la Reforma Parcial, se establece un nuevo proceso,
en que puede intervenir el Secretario General y el
TRICEL.
12. ¿Es suficiente esta reforma?
No, aunque los comentarios realizados brindan una
valiosa fuente de interpretación para seguir reparando
los Estatutos.
Nadie es perfecto. Si a la Comisión completa se le
pasaron cosas, se presume que a la Directiva también.
Es responsabilidad de todos mejorar nuestros
Estatutos.
13. ¿Qué queda por hacer?
Aparte de seguir ordenando, “llenando vacíos” y
eliminando inconsistencias…
Establecer un ente de “revisión judicial”.
Reparar el proceso de Reforma, especialmente Parcial.
Mejorar algunas cosas administrativas (quién recibe
los documentos, cómo, dónde se publican los cambios
en los Estatutos, etc.).
Establecer un Título relativo a los mecanismos de
difusión. ¿Cuál es el órgano oficial por el cual los
estudiantes se dan por enterados?
14. ¿Cómo se aprobarán los cambios?
Por Plebiscito (art. 74 y 75).
En los próximos días, se enviarán las mociones a votar
(hay alguna complicación con esto, a raíz de la
cantidad de los cambios y su heterogeneidad).
Se aceptan propuestas.