2. ETICA PROFESIONAL Y VALORES
• Comprende responsabilidad en los deberes, en la
solución de problemas y en la toma de decisiones
ante diversas situaciones
• La ética es una guía en la toma de decisiones
• La ética trasciende todo lo que hacemos, por lo que
sin duda incide también en cómo se llevan a cabo las
actividades en el área de la ingeniería
3. LA ETICA Y LA INGENIERÍA
Hacer Ingeniería no es lo mismo que ser Ingeniero y ser buenos
Ingenieros o Ingenieros buenos, no consiste solamente en
hacer buenos diseños, buenas construcciones, buenos
programas de computador o mejorar la eficiencia de una
máquina o un sistema, sino que implica entender la función de
la Ingeniería en la sociedad, en el mejoramiento de las
condiciones y calidad de vida de las personas y en el desarrollo
sostenible, y ejercer nuestra profesión en este contexto.
(GERMÁN NOGUERA CAMACHO Director Comisión de Ética colombiana ACIEM)
4. CONCIENCIA ÉTICA
(Por Germán Ignacio Urdaneta Hernández ingeniero civil)
Al elegir una profesión se asume una responsabilidad social que, al engranar con la
corresponsabilidad general, se constituye en una opción de vida que, asumida con carácter y
temple, señala el camino de quien ha elegido una meta y se propone alcanzarla
La vida se convierte en la instancia que pone a prueba la conciencia ética. Y muy fácilmente la
misma vida nos brinda la oportunidad de apartarnos de la senda correcta al impulsarnos a
pensar que trabajamos para vivir y vivimos para trabajar
Una vez que el ingeniero se gradúa queda a merced de su formación, su conciencia y su
personalidad. Se puede desviar e incurrir, por desgracia, en actos incorrectos. El ejercicio de su
libertad le permitiría olvidarse de su formación y ser uno más del grupo de aquellos cuya
conducta, desafortunadamente, esta desacreditando la profesión. Pero, ¿debe ser así?
5. ACTUAR DEL INGENIERO
Ser Ingenieros, va más
allá de hacer Ingeniería,
tiene que ver con
actuar en concordancia
con unos valores
superiores
los Principios Éticos de
los Ingenieros:
Veracidad, Integridad,
Responsabilidad y
Precisión. Son estos los
valores fundamentales
de la práctica de la
Ingeniería que debemos
incorporar en el día a
día de nuestra
actividad.
6. ALGUNOS CONCEPTOS
• Ética: Rama de la filosofía que
estudia los principios del recto
proceder
• Moral: Comportamientos que
pueden ser evaluados como
correctos o incorrectos según
ciertas reglas.
• Valores: Concepción del mundo
y de la vida según creencias
internalizadas.
7. LA ÉTICA DE BARUCH SPINOZA (1677)
• La ética no es un
conjunto de deberes sino
las consecuencias de una
acción racional.
• Nada escapa de la
relación causa – efecto.
• Nada es suficientemente
dañino si se conocen sus
consecuencias
8. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
La puesta en uso de sus
conocimientos y
habilidades para
mejorar el bienestar de
la humanidad
Siendo honestos e
imparciales y sirviendo
con fidelidad al público,
a sus empleados y a sus
clientes
Elevando
sostenidamente el
grado de competencia y
el prestigio de la
profesión
Proporcionando
soporte a las
asociaciones
profesionales y técnicas
de su disciplinas
9. CÁNONES FUNDAMENTALES
Mantener la preeminencia de seguridad, salud y bienestar del público en el
desarrollo de sus obligaciones profesionales
Solo deben ofrecer sus servicios profesionales en las áreas de su competencia
Deben emitir opiniones públicas solo de un modo veraz y objetivo
Deben actuar en asuntos profesionales frente a cada empleador o cliente como
agentes fidedignos y deben evitar los conflictos de interés
Deben construir su reputación profesional sobre la base de los méritos logrados a
través de los servicios profesionales
Deben actuar de un modo tal de mantener y mejorar el honor, la integridad y la
dignidad de la profesión
Deben continuar su desarrollo profesional a lo largo de su carrera
11. ETICA DE LA INGENIERÍA
La ética de la ingeniería es la rama de
la ética aplicada y el conjunto de
principios morales que se aplican a la
práctica de la ingeniería. Esta examina
y establece las obligaciones de los
ingenieros para con la sociedad, los
clientes y la profesión. Está muy
relacionado con la filosofía de la
ciencia y la filosofía de la ingeniería.
La filosofía de ingeniería es una
disciplina emergente que considera
que es la ingeniería, lo que
los ingenieros hacen, y cómo su
trabajo afecta a la sociedad, por lo
que incluye aspectos
de ética y estética, así como
de ontología, epistemología, etc.
Manual de ética ASCE.
12. PRINCIPIOS ETICOS UNIVERSALES DE LA INGENIERÍA
1.-Los ingenieros consideran la máxima
importancia a la seguridad, la salud y el
bienestar del público y se esforzarán por
cumplir con los principios del desarrollo
sustentable en el ejercicio de sus funciones
profesionales
2. Los ingenieros deben prestar servicios
sólo en las áreas de su competencia.
3. Los ingenieros deben emitir
declaraciones públicas sólo de manera
objetiva y veraz.
4. Los ingenieros deben actuar en asuntos
profesionales para cada empleador o
cliente como agentes o representantes
fieles, y deberán evitar conflictos de
intereses.
5. Los ingenieros deben construir su
reputación profesional sobre el mérito de
sus servicios y no podrán competir de
forma desleal con los demás.
6. Los ingenieros deben actuar de forma tal
de mantener y mejorar el honor, la
integridad y la dignidad de la profesión de
la ingeniería, y actuarán con tolerancia cero
con el soborno, el fraude y la corrupción.
7. Los ingenieros deben continuar su
desarrollo profesional a lo largo de su
carrera, y deberán ofrecer oportunidades
para el desarrollo profesional de los
ingenieros bajo su supervisión.
8. Los ingenieros deberán, en todos los
asuntos relacionados con su profesión,
tratar a todas las personas de manera justa
y alentar la participación equitativa sin
distinción de género o identidad de género,
raza, origen nacional, etnia, religión, edad,
orientación sexual, discapacidad, afiliación
política o familia, marital o estado
económico.
13. EN EL SIGLO XXI ¿CUAL ES LA ÉTICA A SEGUIR?
(ing. Jaime Duran García)
GENERACIONES DE LA ÉTICA
• Primera generación ética. Tuvo un marco de religiosidad, y por tanto, encontró su espacio en el marco
de la sociedad tradicional y sobre todo de las relaciones de proximidad de una sociedad centrada en las
oportunidades que ofrecía la tierra (el encuentro cara a cara con mi prójimo). Aquí la problemática fue
la de distinguir el Bien y el Mal
• La segunda generación ética se ubicó en la llamada época moderna, conocida como el siglo de las
Luces, donde se da el auge al hombre como Sujeto, se da espacio a la Ciudadanía y los Derechos
Humanos y se hace gala a la aparición de la máquina. Por tanto, de la perspectiva del Bien y el Mal es
acompañada de la Justicia y la Injusticia, como marco de las estructuras sociales del estado nación
• la entrada de la globalización en el siglo XXI permite hablar de la tercera generación de la ética. En ella
se ha hecho antesala a lo que corresponde a una época de interculturalidad, acuerdos económicos,
respeto por la naturaleza, soluciones frente a los cambios acelerados de la naturaleza, el
posicionamiento frente a la tecnología y la aparición del concepto de aldea global
14. LA ÉTICA DE LA RESPONSABILIDAD: 3RA GENERACIÓN(*)
Fundamentada
en la Ecología de
Acción de
Morin.
Afirmación en la vida
cotidiana y académica de
los valores de solidaridad
y desarrollo sostenible.
Está presente
por todas partes
y no precisa de
cursos
específicos.
Ética Global
Sostenible Insostenible
Ética Social
Justo Injusto
Ética Personal
Bien Mal
(*) Franços Valleys – OEA - UNESCO
15. ECOLOGÍA DE ACCIÓN SEGÚN EDGAR MORIN
Todos somos responsables de las consecuencias
de nuestras acciones u omisiones sobre nosotros
mismos y el entorno, independientemente de
nuestra intencionalidad.
http://blog.pucp.edu.pe/item/5227
16. LA ÉTICA DE LA RESPONSABILIDAD: 3RA GENERACIÓN
En consecuencia, a los principios del Bien y la
Justicia se le agrega aquel de la Sostenibilidad y
la Insostenibilidad. Es desde aquí, donde los
primeros llamados a responder son los
profesionales que con un amplio conocimiento
de la ciencia y la tecnología aportan con sus
contribuciones y entre ellos aquellos que con un
claro interés de compromiso social se han
dedicado a hacer visible su capacidad ingenieril.
Surge el interés de una ética que aporte
elementos y se da inicio al gran recorrido de la
bioética y sobre ella la bioética global
17. CÓDIGO DE ÉTICA DEL INGENIERO
En nuestro país se cuenta con un Código de ética para la ingeniería,
donde se establecen reglas generales de conducta para el ejercicio
profesional, que sirvan de guía para la evaluación de la moralidad de
nuestras actuaciones individuales y, por otro lado, declara intención de la
profesión el cumplir con la sociedad a la cual debe servir con lealtad y
diligencia, así como respetar la dignidad que la misma profesión merece.
En este código, entre otras directrices, se exige que los
ingenieros realicen un verdadero trabajo profesional
ajustándose a las normas de calidad, se reglamentan las
relaciones de trabajo con quien ha contratado sus servicios y
se obliga a guardar el secreto profesional.
18. Código de ética del
ingeniero (1996)
Es el conjunto de principios y normas
fundamentales que guían el deber y la
normalidad que deben cumplir los
profesionales colegiados en el ejercicio de la
profesión y en actos conexos a la misma
19. PRINCIPIOS Y NORMAS DEL CÓDIGO DE ÉTICA DEL
INGENIERO EN VENEZUELA
I. Virtudes: atentar contra la
honestidad, integridad y veracidad
II. Ilegalidad: violar o permitir que se
violen las leyes
III. Conocimiento: Descuidar, el
mantenimiento y mejora de sus
conocimientos
IV. Seriedad: ofrecerse sin tener
capacidad, preparación y experiencia
razonable
V. Dispensa: omitir por amistad o
conveniencia el cumplimiento de la
ley
VI. Remuneración: Prestar servicios con
sueldos por debajo de lo establecido
por el CIV
VII. honestidad: Elaborar proyectos o
informes con negligencia o ligereza
VIII. Firma: Firmar o hacerse
responsable de proyectos que no
están bajo su supervisión
IX. Obras: Encargarse de obras sin que
se hagan los estudios técnicos
adecuados
X. Licitaciones: concurrir o hacer
licitaciones sin preparación alguna
XI. Influencia: Ofrecer, dar o recibir
comisiones o remuneración
indebida
XII. Ventajas: Usar las ventajas de su
cargo para competir con la práctica
independiente de otro profesional.
20. XIII. Reputación: Atentar contra la
reputación o los legales intereses
de otros profesional.
XIV. Intereses: encargarse de trabajos
que colindan con la empresa para
beneficio propio
XV. Justicia: Vulnerar los principios
de justicia, lealtad, con sus
clientes, trabajadores a su cargo
XVI. Ambiente: Intervenir u omitir en
la destrucción de los recursos
naturales
XVII. Extranjeros: Contratar personal
profesional extranjero cuando
exista capacidad en Venezuela
para realizar el trabajo
XVIII. Autoría: Utilizar cualquier
documento que no sean
autorizados por sus autores
XIX. Secreto: Revelar datos reservados,
utilizar calves o códigos de otros,
sin autorización.
XX. Experimentación y servicios no
necesarios: someter al cliente a
procedimientos no necesarios
XXI. Publicidad indebida: Hacer o
permitir publicidad que atente
contra la dignidad y seriedad del
profesional
XXII. Actuación gremial: Incluir lo
dispuesto en las normas de
actuación gremial del CIV
PRINCIPIOS Y NORMAS DEL CÓDIGO DE ÉTICA DEL
INGENIERO EN VENEZUELA
21. CÓDIGO DE ÉTICA DEL ESTUDIANTE
El Código de Ética del estudiante de Ingeniería tiene
como finalidad contribuir al mejoramiento del
comportamiento de los integrantes de la comunidad
estudiantil dentro y fuera de la Universidad, para que
asuma responsabilidades que implican trabajar
arduamente con eficacia, mentalidad crítica,
pragmática, visionaria e investigativa
22. PRINCIPIOS ETICOS DEL
ESTUDIANTE DE INGENIERÍA
• Sensato. Para formar juicios, siendo prudente en la manera de expresarse
hacia los demás teniendo tacto para hablar y obrar.
Investigador. La formación académica que recibe debe ser aprovechada en
la búsqueda de nuevos conocimientos orientados al desarrollo personal y
profesional.
Persuasivo. No debe dudar de sus capacidades, ser convincente y en el
momento de asumir posiciones, éstas deben ser sustentadas.
Autónomo. Realizando las actividades que lo requieran, con
espontaneidad, independencia y firmeza de carácter.
Ordenado. Utilizando una metodología de estudio que simplifique las
tareas y agilice los resultados.
Cuestionador. En la medida que se interese por las clases y realice un
análisis crítico de ellas generando acciones de mejoramiento.
Líder. Dirigiendo a sus compañeros para alcanzar el beneficio común y
manejo del grupo hacia el cumplimiento de metas.
Perseverante. Llevando un ritmo de trabajo que no lo desvíe de sus
labores, siendo constante y sin desfallecer en los objetivos propuestos.
23. RESPONSABILIDAD SOCIAL DEL APRENDIZAJE
UNIVERSITARIO
Aspectos Formales • Participar en proyectos de
desarrollo social, más allá de
expresar solidaridad.
• Aprendizaje Basado en la
Resolución de Problemas
• Sensibilización hacia los
impactos de nuestras
acciones.
• Práctica ciudadana activa.
• Deontología profesional
24. LEYES QUE AMPARAN EL EJERCICIO PROFESIONAL
• Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
• Ley del Ejercicio de la Ingeniería, Arquitectura y Profesiones Afines.
• El Código de Ética Profesional.
• Colegio de Ingenieros de Venezuela (C.I.V). Reglamento Interno
• Colegio de Ingenieros de Venezuela. Reglamento OCEPRO “Oficina Coordinadora del
Ejercicio Profesional”.
• Código Civil de Venezuela.
• Código Penal de Venezuela.
• Ley de Carrera Administrativa.
• Ley Penal del Ambiente.
• Ley sobre el Derecho de Autor.
• Ley Orgánica de Ordenación Urbanística
• Ley para la Protección y Defensa del Patrimonio Cultural
• Ley Orgánica de Prevención en Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT)
25. DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE SE DESPRENDEN DE
ESTAS LEYES
• LA CONSTITUCIÓN DE LA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA en su Artículo 105,
establece:
• Artículo 105. “ La ley
determinará las profesiones
que requieren título y las
condiciones que deben
cumplirse para ejercerlas,
incluyendo la colegiación.”
26. LEY DEL EJERCICIO DE LA INGENIERÍA,
ARQUITECTURA Y PROFESIONES AFINES
• Gaceta oficial Nº 26.822, año 1958. Actualmente se
esta revisando en una segunda discusión en la
asamblea nacional.
• Objeto (artículo 1): esta ley rige el ejercicio de la
ingeniería, la arquitectura y profesiones afines, unido
al código de ética.
• Aplicación (artículo 6): Todas las actividades
profesionales para las cuales capacita el título
obtenido en estas especialidades y otorgadas por el
ejecutivo nacional, a través de universidades
acreditadas
27. DEL EJERCICIO PROFESIONAL
• Artículo 9 . “ Constituye ejercicio profesional, con
las responsabilidades, cualesquiera de las
actividades que requieran la capacitación
proporcionada por la educación superior y sean
propias de las profesiones a que se contrae esta
Ley, según se determine reglamentariamente”.
• Articulo 13 : “ Los profesionales a que se confiere
esta Ley que desempeñen cargos nacionales,
estadales o municipales, no podrán ejercer
actividades profesionales particulares en el
territorio de su jurisdicción ni tener vinculaciones
con intereses comerciales, cuando dichas
actividades o vinculaciones estén relacionadas con
las funciones propias de los cargos que
desempeñan”.
28. LEY DEL EJERCICIO DE LA INGENIERÍA, ARQUITECTURA Y
PROFESIONES AFINES
• Trabajos (artículos 14,15,16, 17): las empresa deberá
contratar, con términos claros a los profesionales que
necesite. Si es un trabajo para una entidad pública,
debe designar un profesional en ejercicio como
representante técnico. Durante la ejecución del
trabajo es obligatorio colocar en un sitio visible los
aspectos importantes de la obra
29. DEL EJERCICIO ILEGAL DE LA PROFESIÓN
EJERCICIO ILEGAL DE LA PROFESION (26,27)
• A) Ejercen ilegalmente las profesiones de que trata esta
Ley: Las personas que sin poseer el título respectivo se
ocupen en realizar actos o presten servicios públicos o
privados que la presente Ley reserva a los profesionales a
que la misma se contrae.
• b) Los titulares que sin haberse inscrito en el Colegio de
Ingenieros de Venezuela o haber sido autorizados por el
mismo, se anuncien como tales o realicen actos o presten
servicios propios de los profesionales a que se refiere la
presente Ley.
30. DEL EJERCICIO ILEGAL DE LA PROFESIÓN (continuación)
• C) Los titulares que habiendo sido contratados de acuerdo
con los artículos 19 y 20 de esta Ley, excedan los límites
señalados para su actuación.
• d) Los titulares colegiados que ejerzan especialidades
para las cuales no les autorice el título que posean. e) Los
títulos colegiados que presten su concurso profesional o
amparen con su nombre a personas que ejercen
ilegalmente, o encubran actividades de empresas que se
ofrezcan o actúen de manera ilegal en asuntos propios de
las profesiones a que refiere esta Ley, o ejerzan durante el
tiempo por el cual sean suspendidos.
31. LEY DEL EJERCICIO DE LA INGENIERÍA, ARQUITECTURA Y
PROFESIONES AFINES
• Sanciones (artículos 29, 30, 31, 32, 33): aplicables
apersonas que hayan usurpado un título, que hayan
incurrido en el ejercicio ilegal, que infrinja otras leyes
de carácter público administrativo.
• Las sanciones penales serán ejecutadas por los
organismos correspondientes. Las sanciones
disciplinarias consistirán en advertencia,
amonestación privada, censura pública y suspensión
del ejercicio de la profesión de un mes a un año.
32. RESPONSABILIDAD EN LA ACTIVIDAD PROFESIONAL
• SE CLASIFICA EN:
SOCIAL
GREMIAL
ADMINISTRATIVA
CIVIL
PENAL
33. LA RESPONSABILIDAD SOCIAL
• Exige del profesional competencia y
honestidad en sus actuaciones. Por
cuanto es difícil encontrar una rama de la
actividad humana en la que, por lo menos,
alguna de las profesiones de ingeniería no
intervenga; estos profesionales más que
cualquier otro, tienen gran responsabilidad
ante la sociedad. La sanción a la
irresponsabilidad social radica en
descrédito publico.
34. RESPONSABILIDAD GREMIAL
• Exige del profesional el cumplimiento de la
normativa gremial en su ejercicio profesional y lo
obliga a contribuir con el Colegio en el cumplimiento
de sus objetivos.
• La Ley de Ejercicio de la Ingeniería, Arquitectura y
Profesiones Afines,
• El Reglamento Interno del Colegio de Ingenieros de
Venezuela
• El Código de Ética Profesional.
• Las Normas de Actuación Gremial.
• Las sanciones a las responsabilidades Gremiales, las
establece el Tribunal Disciplinario del C.I.V
35. RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
• Artículo 139 de la Constitución
Nacional: “ El ejercicio del Poder
Público acarrea responsabilidad
Individual por abuso o desviación de
poder o por violación de esta
Constitución o de la Ley”.
• Las sanciones las impone el Tribunal de
Salvaguarda del Patrimonio Público y la
Contraloría General de la República y
las Salas Contenciosos Administrativas.
36. RESPONSABILIDAD CIVIL
• El Artículo 1637 del Código Civil : Establece la responsabilidad decenal. Si en
el curso de diez años, a contar desde el día en que se ha terminado la
construcción de un edificio o de una obra importante o considerable, uno u
otra se arruinaren en todo o en parte, o presentaren evidente peligro de
ruina por defectos de construcción o por vicio del suelo, el arquitecto y el
empresario son responsables. La acción de indemnización debe intentarse
dentro de dos años a contar desde el día en que se ha verificado uno de los
casos mencionados"
• El Artículo 1185 del Código Civil: Establece la responsabilidad contra
terceros.
• La responsabilidad civil se paga mediante indemnización o el resarcimiento
del daño y corresponde a los Tribunales Ordinarios su decisión.