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CUESTIONARIO

   1. ¿Cuáles son los elementos del Comercio?

Cambio.- Intercambio de productos

 Aproximación.- Poner en comunicación a zonas lejanas, lugares de producción y
consumo

 Intermediación.- Entre los productores y consumidores en una gran actividad
comercial

4.- Lucro.- Fin último del comerciante



   2. ¿Cuál es la clasificación del Comercio

       Clasificación del Comercio

       1.- Por el volumen de sus operaciones

       a) Comercio Minorista: Venta de artículos al por menor

       b) Comercio Mayorista: Comercio en grandes cantidades

       2.- Por el medio de transporte que utiliza

       a) Comercio terrestre

       b) Comercio acuático

       c) Comercio aéreo

       3.- Por el lugar donde se realiza

       a) Comercio local

       b) Comercio regional

       c) Comercio Interno o Nacional

       d) Comercio Internacional

       4.- Por las operaciones que realiza

       a) Comercio de transporte

       b) Comercio de Banca
c) Comercio de compraventa

       d) Comercio de seguros



5.- Por la forma de pago

   a) Comercio al contado

   b) Comercio al crédito.- Promesa de pago

   c) Comercio de consignación.- Comercio que se realiza en forma condicionada



   3. Definición del Derecho Mercantil:

El conjunto de normas recogidas en el Código de Comercio como en las demás Leyes
Mercantiles que regulan los actos, contratos y efectos calificados como mercantiles
por el legislador, que establece el estatuto legal para el comerciante, sea esta personas
natural o jurídica

También, es el conjunto de normas que regulan las relaciones de las personas entre si
y éstas con las cosas que están en el comercio humano o es el conjunto de normas
obligatorias que regulan los actos mercantiles o comerciales

Es el conjunto de principios doctrinales, legislación y usos que regulan las relaciones
jurídicas particulares que surgen de los actos y contratos de cambio, realizados con el
ánimo de lucro por las personas que el comercio hacen su profesión

Comprende lo relativo a los comerciantes individuales, y comerciantes sociales,
compañías o sociedades lucrativas

   4. ¿Cuál es el ámbito de aplicación del Código de Comercio?



El Código de Comercio determina explícitamente los actos y los contratos y las
instituciones jurídicas que son su objeto de regulación señalando inicialmente los
actos y los contratos que se deben considerar como mercantiles, sin embargo de que
en sus apartados incluye otras instituciones agregadas por reformas legales
específicas

El Código de Comercio además de regular los elementos objetivos del derecho
mercantil, se refiere específicamente a los subjetivos determinando la capacidad
necesaria y los requisitos de la persona que hace del comercio su forma de vida y
determina sus obligaciones y derechos, así como los que corresponden a sus
dependientes y contiene instituciones propias de los comerciantes como la suspensión
de    pagos     o   la     venta    de    los    establecimientos    de    comercio.

Entre las instituciones jurídicas que se han independizado del Código de Comercio y
que en la actualidad son parte del ordenamiento jurídico con leyes autónomas se
pueden referir las del sistema financiero, la Ley de Compañías, la Ley de Cheques y la
Ley General de Seguros, empero de que el contrato de seguro continúa siendo parte
del código.



   5. ¿Cuáles son los actos de comercio?:



El artículo 3 del Código de Comercio determina los actos de comercio, ya sea de parte
de todos los contratantes o de uno de ellos solamente y son los siguientes:

- La compra y la permuta de cosas muebles, con ánimo de revenderlas o permutarlas
de la misma forma u otra distinta, y la reventa o permuta de las mismas (excluyendo
por lo tanto las adquisiciones de los comerciantes para consumo particular o familiar).
De igual forma la venta de cosechas y ganados por parte de agricultores y criadores;

- La compraventa de un establecimiento de comercio y de las acciones de una
compañía;


- La comisión o mandato mercantil;

- Las empresas de almacenes, tiendas, bazares, fondas, cafés y otros establecimientos
semejantes;

- El transporte terrestre y fluvial de mercaderías, comerciantes o personas que viajen
por alguna operación de tráfico;

- El depósito de mercaderías y los actos ejecutados por las agencias de negocios
mercantiles y las empresas de martillo;

- El seguro;

- Los referidos a letras de cambio y pagarés;
- Las operaciones de bancos;

- Las operaciones de correduría;

- Las operaciones de bolsa;

- Las operaciones de construcción y carena de naves, y la compraventa de naves,
aparejos y vituallas;

- Las asociaciones de armadores;

-   Las     expediciones,    transportes,   depósitos    y   consignaciones    marítimas;


- Los contratos referidos al comercio marítimo como los fletamientos y préstamos a la
gruesa; y,

- Los hechos que producen obligación en los casos de averías, naufragios y
salvamento.

Respecto del carácter de la enumeración precedente de los actos de comercio no se
encuentra en la doctrina y tampoco en la jurisprudencia un criterio uniforme,
manteniéndose por lo tanto en ambos ámbitos tesis contradictorias: unas que afirman
que la enumeración es taxativa y otras que es ejemplificativa.



    6. Cuáles son los actos de comercio no enunciados en el Código de Comercio

          Sin embargo, podemos encontrar ejemplos de actos y de contratos que no
          siendo enunciados en el artículo 3 del Código de Comercio, constan regulados
          en este cuerpo legal, así por ejemplo: la cesión, la prenda comercial, la venta
          con reserva de dominio, el préstamo, la fianza, la cuenta corriente.

          De igual forma, otros textos legales incluyen ciertos actos entre comerciales y
          contratos mercantiles, así por ejemplo el depósito en almacenes generales de
          depósito, el arrendamiento mercantil, la venta de electricidad, la asociación o
          cuentas en participación.

          Finalmente, debemos hacer manifiesta la imposibilidad contenida en nuestro
          sistema, respecto de la existencia de actos mixtos, es decir, civiles para uno de
          los sujetos de la relación y comerciales para otro, por cuanto de conformidad
          con la normativa aplicable, si concurren las circunstancias, subjetivas u
objetivas, que configuran como mercantil al acto o al contrato, este se torna
         comercial.




   7. De conformidad con la Constitución a quiénes                         corresponde
      concurrentemente administrar el Registro de la Propiedad

         Conforme a la Constitución el sistema público de registro de la propiedad será
         administrado de manera concurrente entre el Ejecutivo y las municipalidades.

   8. ¿Cuáles son los requisitos para ser Registrador Mercantil?

         Para ser registrador mercantil, se requiere ser de nacionalidad ecuatoriana,

         abogadas o abogados y acreditar ejercicio profesional por un período

         mínimo de 3 años y los demás requisitos que la ley prevé para el ejercicio

         del servicio público y Ley del Registro. La designación se realizará para un

         período fijo de 4 años, con una sola reelección, mediante concurso de

         méritos y oposición será organizado y ejecutado por la Directora o Director

         Nacional de Registro de Datos Públicos.

   9. ¿Cuáles son los documentos que deben registrarse según el Código de
      Comercio?

a. Las matrículas de los comerciantes y de las compañías anónimas, comerciales,

industriales y agrícolas;

b. La autorización del curador que habilite a los menores para comerciar;



c. La autorización para comerciar, dada a la mujer casada por el marido, o por el

Juez según el caso, y la escritura en que el marido limite la responsabilidad de los

bienes       que      la    mujer     pueda      afectar     con      su     comercio;



d. La revocación de la autorización para comerciar dada a la mujer casada o al
menor;



e.   Las   capitulaciones   matrimoniales,   inventarios   solemnes,   testamentos,

particiones, sentencias ejecutoriadas, o actos de adjudicación; y las escrituras

públicas que impongan al cónyuge comerciante responsabilidad en favor del otro

cónyuge;



f. Las demandas de separación conyugal o de separación de bienes, las

sentencias ejecutoriadas que declaren una u otra, las escrituras públicas de

exclusión de bienes y las liquidaciones practicadas para determinar lo que el

cónyuge comerciante deba entregar al otro cónyuge.

g. Los documentos justificativos de los haberes del que está bajo la patria

potestad, o del menor o del incapaz que está bajo tutela o curatela de un

comerciante.



h. Las escrituras en que se forme, prorrogue o disuelva una sociedad; las que en

una sociedad introduzcan alteración que interese a terceros, y aquéllas en que se

nombren liquidadores.

i. Los poderes que los comerciantes otorgan a sus factores y dependientes para

administrar negocios.

j. La autorización que el Juez Provincial concede a los corredores y martilladores

para el ejercicio de sus cargos;

k. El permiso concedido a las sociedades extranjeras que quieran establecer

sucursales o agencias en el país;

l. Las patentes de navegación de buques;
m. Los autos de quiebra y rehabilitación; y,

n. Los nombramientos otorgados a administradores de compañías mercantiles.



   10.¿Cuál es la sanción en caso de omisión del registro de documentos de
      comercio?




      Si los comerciantes omitieren hacer el registro de los documentos

      enunciados sufrirán una multa por cada caso de omisión, e indemnizarán,

      además, los daños y perjuicios que con ella causaren (Art. 36 CCo).

   11.¿Qué es la costumbre mercantil?



En general la costumbre constituye derecho únicamente si la ley se remite a ella.

En el presente caso, el Código de Comercio, en su artículo cuarto expresamente

señala: “las costumbres mercantiles suplen el silencio de la Ley,

cuando los hechos que las constituyen son uniformes, públicos,
generalmente ejecutados en la República, o en una determinada
localidad y reiterados por más de diez años.”



   12.¿A quién o quiénes se considera comerciantes?:

      Comerciante es la persona que, teniendo capacidad para contratar, hace

      del comercio su profesión habitual. Puede ser comerciante tanto la persona

      natural como la jurídica (Art. 2 CCo).



   13.¿Qué es la capacidad para contratar y qué tipo de incapacidades existen?
Para que surja la obligación mutua de las partes que intervienen en un

   contrato (o en cualquier otro acto o declaración de voluntad), uno de los

   requisitos esenciales es la capacidad legal.

   Según las normas del Código Civil, la capacidad legal consiste en la

   facultad que tiene una persona de adquirir derechos y contraer obligaciones

   por su propio ejercicio, sin que necesite de la autorización o intervención de

   otra                     (Art.                     1461                  CC).



   Toda persona es capaz, excepto aquellas a quienes la ley considera

   incapaces (Art. 1462 CC).

   INCAPACIDADES

   Hay tres clases de incapacidades:

   a) Incapacidad absoluta:



En este grupo se incluyen las personas que por causas naturales carecen de

voluntad o no pueden expresarla: los dementes, los menores impúberes (varón

que no ha cumplido 14 años; y la mujer que no ha cumplido 12 años) y los

sordomudos     que     no     pueden    darse     a     entender   por   escrito.



Los actos de los incapaces absolutos no generan ni aún obligaciones

naturales, y no admiten caución (Art. 1463 CC).

   b) Incapacidad relativa:

   Es aquella que tienen ciertas personas en razón de su edad o en virtud de

   determinadas circunstancias legales: menores adultos (mujeres entre 12 y
18 años; hombres entre 14 y 18 años), quienes se hallan en interdicción de

   administrar sus bienes (ebrios consuetudinarios, toxicómanos, disipadores)

   y las personas jurídicas.

   Los actos realizados por estas personas pueden tener valor bajo ciertos

   aspectos establecidos en las leyes, por ejemplo el menor adulto puede

   celebrar válidamente un contrato de trabajo (Art. 1463 CC).

   c) Incapacidades especiales:

   Se produce en virtud de la prohibición que la ley impone a ciertas personas

   para ejecutar ciertos actos en ciertas circunstancias (por ejemplo, es nulo el

   contrato de compraventa otorgado entre cónyuges).

   Toda persona que según las disposiciones del Código Civil, tiene capacidad

   para contratar, la tiene también para ejercer el comercio (Art. 6 CCo).



14.¿Cuáles son capacidades especiales de los comerciantes

   -   El   menor   emancipado    puede    ejercer   el   comercio,   y   ejecutar

   eventualmente actos de comercio, siempre que para ello fuere autorizado
   por su curador, en cada caso o de forma general. Para esto último es

   necesario que la autorización conste por escritura pública, registrada en la

   oficina de inscripciones del domicilio del menor y publicada en la prensa.

   Sin embargo, existe la presunción legal de esta autorización cuando el

   menor ejerce públicamente el comercio, aunque no se hubiere otorgado

   escritura, salvo que su curador manifieste su protesta pública o ante el que

   contrato con el menor, de forma previa al contrato (Art. 9 CCo).
- A los menores con autorización para comerciar se los reputa mayores

   (capaces absolutos) en el uso que hagan de esta autorización, pudiendo

   comparecer a juicio por sí solos e hipotecar sus bienes inmuebles por los

   negocios de su comercio. (Art. 10 CCo).

   - Los menores que administran su peculio profesional, ejecutaren algún

   acto de comercio, quedarán obligados hasta concurrencia de su peculio y

   sometidos a las leyes de comercio (ver concordancia con el artículo 288 del

   Código Civil).



15.¿Cuáles son las incapacidades especiales de los comerciantes?

   No pueden ser comerciantes:

   - Las corporaciones eclesiásticas, los religiosos y los clérigos;

   - Los funcionarios públicos a quienes está prohibido ejercer el comercio: el

   Presidente    de   la   República,    ministros   de   estado,   gobernadores,

   comandantes generales, jefes de zona militar y magistrados de los

   tribunales (estos funcionarios podrán vender el producto de sus bienes
   propios y les es lícito poner sus fondos en acciones de banco o de cualquier

   empresa o compañía, siempre que no intervengan en ellas directamente en

   su administración); jueces de lo penal, tesoreros, administradores y demás

   empleados de Aduana dentro del distrito donde desempeñan sus funciones,

   sea          abiertamente         o        por         actos        simulados;



   - Los quebrados que no hayan obtenido rehabilitación (Art. 7 CCo).
- Adicionalmente, las personas naturales no pueden ser titulares de ciertos

     negocios, los que necesariamente se reservan a personas jurídicas, tales

     como:



     Instituciones financieras.

     Actividades de Seguros y Reaseguros.

     Almacenes Generales de Depósito.

     Administradoras de Fondos y Fideicomisos Mercantiles.



  16.¿Cuáles son las obligaciones del comerciante?

     1. MATRÍCULA DE COMERCIO

  Quien quiera ejercer el comercio con un capital mayor a mil sucres

  (actualmente USD $0,04), deberá inscribir su matrícula en la oficina del

  Registrador correspondiente (Art. 22 CCo).




PERSONA JURÍDICA




CONTABILIDAD

  Es el registro que en forma obligatoria debe llevar el comerciante sobre su

  movimiento económico, para determinar los resultados imputables al respectivo

  año fiscal. La Ley de Régimen Tributario Interno establece que la contabilidad
debe llevarse por el sistema de partida doble, en idioma castellano y expresada

en dólares de los Estados Unidos de América. (Arts. 19 y 20 LORTI) (Art. 37

CCo).



17.¿Cuáles son los beneficios que otorgan las Cámaras de Comercio a sus
   afiliados?




18.¿Definición del contrato civil y generalidades del contrato mercantil?



19.¿Cuáles son las normativas que regulan el contrato mercantil?




20.¿Cuáles son los elementos del contrato mercantil?

   ELEMENTOS DEL CONTRATO MERCANTIL

   Para identificar un contrato como mercantil se deben tomar en cuenta los

   siguientes elementos:

   a) Intencionalidad

   Es el ánimo que tienen los contratantes y que ayuda a la tipificación del

   contrato. Por ejemplo, para que la compraventa sea mercantil y no civil se

   tendrá en cuenta el ánimo de revender.

   b) Elemento personal
El contrato es mercantil desde el momento en que se celebra con un

comerciante (Art. 140 CCo). Por ejemplo, el contrato de depósito no es

considerado mercantil si no reúne las circunstancias siguientes:

- Que tanto el depositante como el depositario tengan la calidad de

comerciantes;                                                              y,



- Que se haga el depósito a consecuencia de una operación mercantil (Art.

564 CCo).

c) Elemento objetivo



El elemento objetivo consiste en la materia sobre la cual trata el contrato,

por tanto el contrato es mercantil si su objeto consiste en cualquier acto de

comercio establecido en la Ley, incluso aún cuando las partes no sean

comerciantes (Art. 3 CCo).

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Cuestionario aspesctos jurídicos empresariales tercer parcial

  • 1. CUESTIONARIO 1. ¿Cuáles son los elementos del Comercio? Cambio.- Intercambio de productos Aproximación.- Poner en comunicación a zonas lejanas, lugares de producción y consumo Intermediación.- Entre los productores y consumidores en una gran actividad comercial 4.- Lucro.- Fin último del comerciante 2. ¿Cuál es la clasificación del Comercio Clasificación del Comercio 1.- Por el volumen de sus operaciones a) Comercio Minorista: Venta de artículos al por menor b) Comercio Mayorista: Comercio en grandes cantidades 2.- Por el medio de transporte que utiliza a) Comercio terrestre b) Comercio acuático c) Comercio aéreo 3.- Por el lugar donde se realiza a) Comercio local b) Comercio regional c) Comercio Interno o Nacional d) Comercio Internacional 4.- Por las operaciones que realiza a) Comercio de transporte b) Comercio de Banca
  • 2. c) Comercio de compraventa d) Comercio de seguros 5.- Por la forma de pago a) Comercio al contado b) Comercio al crédito.- Promesa de pago c) Comercio de consignación.- Comercio que se realiza en forma condicionada 3. Definición del Derecho Mercantil: El conjunto de normas recogidas en el Código de Comercio como en las demás Leyes Mercantiles que regulan los actos, contratos y efectos calificados como mercantiles por el legislador, que establece el estatuto legal para el comerciante, sea esta personas natural o jurídica También, es el conjunto de normas que regulan las relaciones de las personas entre si y éstas con las cosas que están en el comercio humano o es el conjunto de normas obligatorias que regulan los actos mercantiles o comerciales Es el conjunto de principios doctrinales, legislación y usos que regulan las relaciones jurídicas particulares que surgen de los actos y contratos de cambio, realizados con el ánimo de lucro por las personas que el comercio hacen su profesión Comprende lo relativo a los comerciantes individuales, y comerciantes sociales, compañías o sociedades lucrativas 4. ¿Cuál es el ámbito de aplicación del Código de Comercio? El Código de Comercio determina explícitamente los actos y los contratos y las instituciones jurídicas que son su objeto de regulación señalando inicialmente los actos y los contratos que se deben considerar como mercantiles, sin embargo de que en sus apartados incluye otras instituciones agregadas por reformas legales específicas El Código de Comercio además de regular los elementos objetivos del derecho mercantil, se refiere específicamente a los subjetivos determinando la capacidad
  • 3. necesaria y los requisitos de la persona que hace del comercio su forma de vida y determina sus obligaciones y derechos, así como los que corresponden a sus dependientes y contiene instituciones propias de los comerciantes como la suspensión de pagos o la venta de los establecimientos de comercio. Entre las instituciones jurídicas que se han independizado del Código de Comercio y que en la actualidad son parte del ordenamiento jurídico con leyes autónomas se pueden referir las del sistema financiero, la Ley de Compañías, la Ley de Cheques y la Ley General de Seguros, empero de que el contrato de seguro continúa siendo parte del código. 5. ¿Cuáles son los actos de comercio?: El artículo 3 del Código de Comercio determina los actos de comercio, ya sea de parte de todos los contratantes o de uno de ellos solamente y son los siguientes: - La compra y la permuta de cosas muebles, con ánimo de revenderlas o permutarlas de la misma forma u otra distinta, y la reventa o permuta de las mismas (excluyendo por lo tanto las adquisiciones de los comerciantes para consumo particular o familiar). De igual forma la venta de cosechas y ganados por parte de agricultores y criadores; - La compraventa de un establecimiento de comercio y de las acciones de una compañía; - La comisión o mandato mercantil; - Las empresas de almacenes, tiendas, bazares, fondas, cafés y otros establecimientos semejantes; - El transporte terrestre y fluvial de mercaderías, comerciantes o personas que viajen por alguna operación de tráfico; - El depósito de mercaderías y los actos ejecutados por las agencias de negocios mercantiles y las empresas de martillo; - El seguro; - Los referidos a letras de cambio y pagarés;
  • 4. - Las operaciones de bancos; - Las operaciones de correduría; - Las operaciones de bolsa; - Las operaciones de construcción y carena de naves, y la compraventa de naves, aparejos y vituallas; - Las asociaciones de armadores; - Las expediciones, transportes, depósitos y consignaciones marítimas; - Los contratos referidos al comercio marítimo como los fletamientos y préstamos a la gruesa; y, - Los hechos que producen obligación en los casos de averías, naufragios y salvamento. Respecto del carácter de la enumeración precedente de los actos de comercio no se encuentra en la doctrina y tampoco en la jurisprudencia un criterio uniforme, manteniéndose por lo tanto en ambos ámbitos tesis contradictorias: unas que afirman que la enumeración es taxativa y otras que es ejemplificativa. 6. Cuáles son los actos de comercio no enunciados en el Código de Comercio Sin embargo, podemos encontrar ejemplos de actos y de contratos que no siendo enunciados en el artículo 3 del Código de Comercio, constan regulados en este cuerpo legal, así por ejemplo: la cesión, la prenda comercial, la venta con reserva de dominio, el préstamo, la fianza, la cuenta corriente. De igual forma, otros textos legales incluyen ciertos actos entre comerciales y contratos mercantiles, así por ejemplo el depósito en almacenes generales de depósito, el arrendamiento mercantil, la venta de electricidad, la asociación o cuentas en participación. Finalmente, debemos hacer manifiesta la imposibilidad contenida en nuestro sistema, respecto de la existencia de actos mixtos, es decir, civiles para uno de los sujetos de la relación y comerciales para otro, por cuanto de conformidad con la normativa aplicable, si concurren las circunstancias, subjetivas u
  • 5. objetivas, que configuran como mercantil al acto o al contrato, este se torna comercial. 7. De conformidad con la Constitución a quiénes corresponde concurrentemente administrar el Registro de la Propiedad Conforme a la Constitución el sistema público de registro de la propiedad será administrado de manera concurrente entre el Ejecutivo y las municipalidades. 8. ¿Cuáles son los requisitos para ser Registrador Mercantil? Para ser registrador mercantil, se requiere ser de nacionalidad ecuatoriana, abogadas o abogados y acreditar ejercicio profesional por un período mínimo de 3 años y los demás requisitos que la ley prevé para el ejercicio del servicio público y Ley del Registro. La designación se realizará para un período fijo de 4 años, con una sola reelección, mediante concurso de méritos y oposición será organizado y ejecutado por la Directora o Director Nacional de Registro de Datos Públicos. 9. ¿Cuáles son los documentos que deben registrarse según el Código de Comercio? a. Las matrículas de los comerciantes y de las compañías anónimas, comerciales, industriales y agrícolas; b. La autorización del curador que habilite a los menores para comerciar; c. La autorización para comerciar, dada a la mujer casada por el marido, o por el Juez según el caso, y la escritura en que el marido limite la responsabilidad de los bienes que la mujer pueda afectar con su comercio; d. La revocación de la autorización para comerciar dada a la mujer casada o al
  • 6. menor; e. Las capitulaciones matrimoniales, inventarios solemnes, testamentos, particiones, sentencias ejecutoriadas, o actos de adjudicación; y las escrituras públicas que impongan al cónyuge comerciante responsabilidad en favor del otro cónyuge; f. Las demandas de separación conyugal o de separación de bienes, las sentencias ejecutoriadas que declaren una u otra, las escrituras públicas de exclusión de bienes y las liquidaciones practicadas para determinar lo que el cónyuge comerciante deba entregar al otro cónyuge. g. Los documentos justificativos de los haberes del que está bajo la patria potestad, o del menor o del incapaz que está bajo tutela o curatela de un comerciante. h. Las escrituras en que se forme, prorrogue o disuelva una sociedad; las que en una sociedad introduzcan alteración que interese a terceros, y aquéllas en que se nombren liquidadores. i. Los poderes que los comerciantes otorgan a sus factores y dependientes para administrar negocios. j. La autorización que el Juez Provincial concede a los corredores y martilladores para el ejercicio de sus cargos; k. El permiso concedido a las sociedades extranjeras que quieran establecer sucursales o agencias en el país; l. Las patentes de navegación de buques;
  • 7. m. Los autos de quiebra y rehabilitación; y, n. Los nombramientos otorgados a administradores de compañías mercantiles. 10.¿Cuál es la sanción en caso de omisión del registro de documentos de comercio? Si los comerciantes omitieren hacer el registro de los documentos enunciados sufrirán una multa por cada caso de omisión, e indemnizarán, además, los daños y perjuicios que con ella causaren (Art. 36 CCo). 11.¿Qué es la costumbre mercantil? En general la costumbre constituye derecho únicamente si la ley se remite a ella. En el presente caso, el Código de Comercio, en su artículo cuarto expresamente señala: “las costumbres mercantiles suplen el silencio de la Ley, cuando los hechos que las constituyen son uniformes, públicos, generalmente ejecutados en la República, o en una determinada localidad y reiterados por más de diez años.” 12.¿A quién o quiénes se considera comerciantes?: Comerciante es la persona que, teniendo capacidad para contratar, hace del comercio su profesión habitual. Puede ser comerciante tanto la persona natural como la jurídica (Art. 2 CCo). 13.¿Qué es la capacidad para contratar y qué tipo de incapacidades existen?
  • 8. Para que surja la obligación mutua de las partes que intervienen en un contrato (o en cualquier otro acto o declaración de voluntad), uno de los requisitos esenciales es la capacidad legal. Según las normas del Código Civil, la capacidad legal consiste en la facultad que tiene una persona de adquirir derechos y contraer obligaciones por su propio ejercicio, sin que necesite de la autorización o intervención de otra (Art. 1461 CC). Toda persona es capaz, excepto aquellas a quienes la ley considera incapaces (Art. 1462 CC). INCAPACIDADES Hay tres clases de incapacidades: a) Incapacidad absoluta: En este grupo se incluyen las personas que por causas naturales carecen de voluntad o no pueden expresarla: los dementes, los menores impúberes (varón que no ha cumplido 14 años; y la mujer que no ha cumplido 12 años) y los sordomudos que no pueden darse a entender por escrito. Los actos de los incapaces absolutos no generan ni aún obligaciones naturales, y no admiten caución (Art. 1463 CC). b) Incapacidad relativa: Es aquella que tienen ciertas personas en razón de su edad o en virtud de determinadas circunstancias legales: menores adultos (mujeres entre 12 y
  • 9. 18 años; hombres entre 14 y 18 años), quienes se hallan en interdicción de administrar sus bienes (ebrios consuetudinarios, toxicómanos, disipadores) y las personas jurídicas. Los actos realizados por estas personas pueden tener valor bajo ciertos aspectos establecidos en las leyes, por ejemplo el menor adulto puede celebrar válidamente un contrato de trabajo (Art. 1463 CC). c) Incapacidades especiales: Se produce en virtud de la prohibición que la ley impone a ciertas personas para ejecutar ciertos actos en ciertas circunstancias (por ejemplo, es nulo el contrato de compraventa otorgado entre cónyuges). Toda persona que según las disposiciones del Código Civil, tiene capacidad para contratar, la tiene también para ejercer el comercio (Art. 6 CCo). 14.¿Cuáles son capacidades especiales de los comerciantes - El menor emancipado puede ejercer el comercio, y ejecutar eventualmente actos de comercio, siempre que para ello fuere autorizado por su curador, en cada caso o de forma general. Para esto último es necesario que la autorización conste por escritura pública, registrada en la oficina de inscripciones del domicilio del menor y publicada en la prensa. Sin embargo, existe la presunción legal de esta autorización cuando el menor ejerce públicamente el comercio, aunque no se hubiere otorgado escritura, salvo que su curador manifieste su protesta pública o ante el que contrato con el menor, de forma previa al contrato (Art. 9 CCo).
  • 10. - A los menores con autorización para comerciar se los reputa mayores (capaces absolutos) en el uso que hagan de esta autorización, pudiendo comparecer a juicio por sí solos e hipotecar sus bienes inmuebles por los negocios de su comercio. (Art. 10 CCo). - Los menores que administran su peculio profesional, ejecutaren algún acto de comercio, quedarán obligados hasta concurrencia de su peculio y sometidos a las leyes de comercio (ver concordancia con el artículo 288 del Código Civil). 15.¿Cuáles son las incapacidades especiales de los comerciantes? No pueden ser comerciantes: - Las corporaciones eclesiásticas, los religiosos y los clérigos; - Los funcionarios públicos a quienes está prohibido ejercer el comercio: el Presidente de la República, ministros de estado, gobernadores, comandantes generales, jefes de zona militar y magistrados de los tribunales (estos funcionarios podrán vender el producto de sus bienes propios y les es lícito poner sus fondos en acciones de banco o de cualquier empresa o compañía, siempre que no intervengan en ellas directamente en su administración); jueces de lo penal, tesoreros, administradores y demás empleados de Aduana dentro del distrito donde desempeñan sus funciones, sea abiertamente o por actos simulados; - Los quebrados que no hayan obtenido rehabilitación (Art. 7 CCo).
  • 11. - Adicionalmente, las personas naturales no pueden ser titulares de ciertos negocios, los que necesariamente se reservan a personas jurídicas, tales como: Instituciones financieras. Actividades de Seguros y Reaseguros. Almacenes Generales de Depósito. Administradoras de Fondos y Fideicomisos Mercantiles. 16.¿Cuáles son las obligaciones del comerciante? 1. MATRÍCULA DE COMERCIO Quien quiera ejercer el comercio con un capital mayor a mil sucres (actualmente USD $0,04), deberá inscribir su matrícula en la oficina del Registrador correspondiente (Art. 22 CCo). PERSONA JURÍDICA CONTABILIDAD Es el registro que en forma obligatoria debe llevar el comerciante sobre su movimiento económico, para determinar los resultados imputables al respectivo año fiscal. La Ley de Régimen Tributario Interno establece que la contabilidad
  • 12. debe llevarse por el sistema de partida doble, en idioma castellano y expresada en dólares de los Estados Unidos de América. (Arts. 19 y 20 LORTI) (Art. 37 CCo). 17.¿Cuáles son los beneficios que otorgan las Cámaras de Comercio a sus afiliados? 18.¿Definición del contrato civil y generalidades del contrato mercantil? 19.¿Cuáles son las normativas que regulan el contrato mercantil? 20.¿Cuáles son los elementos del contrato mercantil? ELEMENTOS DEL CONTRATO MERCANTIL Para identificar un contrato como mercantil se deben tomar en cuenta los siguientes elementos: a) Intencionalidad Es el ánimo que tienen los contratantes y que ayuda a la tipificación del contrato. Por ejemplo, para que la compraventa sea mercantil y no civil se tendrá en cuenta el ánimo de revender. b) Elemento personal
  • 13. El contrato es mercantil desde el momento en que se celebra con un comerciante (Art. 140 CCo). Por ejemplo, el contrato de depósito no es considerado mercantil si no reúne las circunstancias siguientes: - Que tanto el depositante como el depositario tengan la calidad de comerciantes; y, - Que se haga el depósito a consecuencia de una operación mercantil (Art. 564 CCo). c) Elemento objetivo El elemento objetivo consiste en la materia sobre la cual trata el contrato, por tanto el contrato es mercantil si su objeto consiste en cualquier acto de comercio establecido en la Ley, incluso aún cuando las partes no sean comerciantes (Art. 3 CCo).