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EMPRENDAMOS AVANZADO
¿ Qué cambios se han
producido en la sociedad,
gracias a los movimientos de
las mujeres?
▪ Belén Sárraga, española y reconocida feminista,
visitó Chile en 1913, pocos años después de la
matanza en la Escuela de Santa María, en donde
además de trabajadores, murieron muchos niños y
mujeres. Su llegada revolucionó a las mujeres de la
época que escucharon sus charlas sobre ser libre
pensadoras y no asumir como propio el catolicismo
y conservadurismo de la época. Sárraga motivó la
creación de los primeros centros feministas en
nuestro país.
Más tarde, durante el siglo XX, la abogada y jurista
Elena Caffarena dedicó su vida a la lucha por los
derechos sociales y la emancipación de las mujeres. Su
rol como abogada fue clave para conseguir el derecho
voto. Junto a Flor Heredia, redactó el proyecto de ley
que finalmente fue promulgado en 1949 por el
presidente Gabriel González Videla.
Dirigenta obrera chilena que creó los centros
femeninos Belén de Sárraga en 1913, en el norte
salitrero. Además, organizó la sección femenina en
el Partido Obrero Socialista y fue la primera mujer
que dirigió la Federación Obrera de Chile.
¿Es lo mismo que sexo?
¿Por qué es importante visibilizar las desigualdades
presentes en la sociedad respecto de las mujeres?
¿Quiénes han aportado a mejorar nuestras vidas?
▪ De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS), El género se
refiere a los conceptos sociales de las funciones, comportamientos,
actividades y atributos que cada sociedad considera apropiados para los
hombres y las mujeres.
▪ Sexo biológico o asignado al nacer se trata del cuerpo: la biología, la
anatomía y los cromosomas. Mientras que el género es el conjunto de
expectativas, estándares y creencias que tiene la sociedad sobre cómo
deben comportarse los hombres y las mujeres.
Fue adoptada el 18 de diciembre de 1979 por la
Asamblea General de las Naciones Unidas. Es
considerada como la Carta internacional de los
derechos humanos de las mujeres y consta de un
preámbulo y 30 artículos, en los que define el
concepto de discriminación contra la mujer y
establece una agenda para la acción nacional con el
objetivo de poner fin a tal discriminación.
La CEDAW fue ratificada por Chile el año 1989. Desde
entonces Chile ha progresado en el proceso de
eliminar, progresivamente, las formas de
discriminación en contra de la mujer persiguiendo
una plena igualdad, lo cual ha respondido a la
voluntad política interna de actuar de esta forma.
▪ Discriminación: Toda distinción, exclusión a restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado
menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, de los derechos humanos y las
libertades fundamentales en cualquier esfera de su vida.
▪
Legislación: Consagrar en las constituciones nacionales y en cualquier otra legislación el principio de la
igualdad del hombre; adoptar medidas legislativas que prohíban toda discriminación contra la mujer, y
modificar o derogar leyes y prácticas discriminatorias.
▪
Adelanto de la mujer: Tomar medidas particularmente en las esferas política, social, económica y cultural, para
asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer.
▪
Medidas temporales: Adopción de medidas especiales de carácter temporal encaminadas a acelerar la
igualdad de facto entre el hombre y la mujer .
▪
Patrones socioculturales: Garantizar que la educación familiar incluya la comprensión adecuada de la
maternidad como función social y el reconocimiento de la responsabilidad común de hombres y mujeres en la
educación y el desarrollo de sus hijos.
▪ Trata de mujeres y prostitución: Suprimir todas las formas de trata de mujeres
y explotación de la prostitución de la mujer.
▪
Participación política: Participación de la mujer en la formulación de políticas
gubernamentales y en la ejecución de éstas, ocupar cargos públicos en todos
los planos gubernamentales, en organizaciones y asociaciones no
gubernamentales.
▪
Participación política internacional: Garantizar a la mujer, en igualdad de
condiciones con el hombre y sin discriminación alguna, la oportunidad de
representar a su gobierno en el plano internacional y de participar en
organizaciones internacionales.
▪
Nacionalidad: Otorgar a las mujeres iguales derechos que a los hombres para
adquirir, cambiar o conservar su nacionalidad. Iguales derechos que los
hombres con respecto a la nacionalidad de sus hijos.
▪
Educación: Asegurarle a la mujer igualdad de derechos con el hombre en la esfera de la
educación.
▪
Trabajo: Asegurar condiciones de igualdad en el trabajo entre hombres y mujeres; impedir
la discriminación contra la mujer por razones de matrimonio o maternidad y asegurar la
efectividad de su derecho a trabajar.
▪
Salud: Eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera de la atención médica a fin de
asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, el acceso a servicios de
atención médica, inclusive los que se refieren a la planificación de la familia.
▪
Prestaciones: Asegurar los mismos derechos entre hombres y mujeres a prestaciones
sociales; a obtener cualquier forma de crédito financiero y a participar en actividades de
esparcimiento, deportes y en todos los aspectos de la vida cultural.
▪
▪ Mujer rural: Eliminar la discriminación contra la mujer en las zonas rurales
a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, su
participación en el desarrollo rural y en sus beneficios.
▪
Igualdad ante ley: Reconocer a la mujer una capacidad jurídica idéntica a
la del hombre y las mismas oportunidades para el ejercicio de esa
capacidad; derecho a circular libremente y a elegir su residencia y
domicilio.
▪
Familia: Eliminar la discriminación contra la mujer en todos los asuntos
relacionados con el matrimonio y las relaciones familiares; no tendrán
ningún efecto jurídico los esponsales y el matrimonio de niños; fijar una
edad mínima para el matrimonio.
Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer
La Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer se
celebró en Beijing, China, en septiembre de 1995.
El resultado fue la adopción de una Declaración y
una Plataforma de Acción (Plataforma de Acción de
Beijing) con 12 esferas de especial preocupación,
centradas en los temas de: pobreza, educación,
salud, violencia, economía, toma de decisiones,
mecanismos para el adelanto de las mujeres,
medios de difusión, medio ambiente y la niña.
Belém Do Pará
Convención Interamericana para Prevenir,
Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer
"Convención de Belém do Pará“
Tiene el propósito de proteger los derechos
humanos de las mujeres y eliminar las situaciones
de violencia que puedan afectarlas, ya que toda
mujer tiene derecho a una vida libre de violencia,
tanto en el ámbito público como en el privado.
Fue ratificada por Chile el 24 de octubre de 1996, y
publicada en el Diario Oficial el 11 de noviembre de
1998.
MinmujeryEG
▪ Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente o Presidenta de la
República en el diseño, coordinación y evaluación de las políticas, planes y programas
destinados a promover la equidad de género, la igualdad de derechos y de procurar
la eliminación de toda forma de discriminación arbitraria en contra de las
mujeres. Ley 20.820
Ley N°21.565 Establece un régimen de protección, y reparación integral en favor de las
víctimas de femicidio y sus familias.
Fecha de promulgación: 19 de abril 2023.
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Ley N°21.523 Modifica diversos cuerpos legales para mejorar las garantías procesales,
proteger los derechos de las víctimas de los delitos sexuales y evitar su revictimización.
Fecha de promulgación: 19 de diciembre de 2022.
Fecha de publicación: 31 de diciembre de 2022.
Ley N° 21.484 de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de
Alimentos.
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Fecha de publicación: 7 de septiembre de 2022.
Ley N°21.153 Modifica el Código Penal para tipificar el delito de acoso sexual en espacios
públicos.
Fecha de promulgación:
16 de abril 2019.
Fecha de publicación:
3 de mayo 2019.
▪ Un 38,0% de los emprendedores son mujeres:
▪ Un 40,8% de las emprendedoras son jefas de hogar
▪ Mujeres sin pareja emprenden más que los hombres
▪ Un 47,6% de las emprendedoras tiene entre 35-54 años
▪ No hay diferencias en educación: donde la educación media es el más común.
▪ Las emprendedoras nacen por necesidad: Un 57,9% de las mujeres que deciden emprender
lo hacen por necesidad.
▪ Mayoría de las mujeres trabaja en Comercio y Manufactura: Un 45,3% de las mujeres
trabaja en Comercio y un 18,1% en Manufactura.
▪ Emprendimientos femeninos son más informales:
▪ Más de la mitad de las mujeres gana el ingreso mínimo
Plataforma del BancoEstado apoya el
microemprendimiento Femenino.
Existe una oferta amplia de capacitación
virtual.
Además promueven los modelos de
negocio femenino a través de concursos
y su plataforma virtual.
PREGUNTASY REFLEXIONES FINALES

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  • 2. ¿ Qué cambios se han producido en la sociedad, gracias a los movimientos de las mujeres?
  • 3.
  • 4. ▪ Belén Sárraga, española y reconocida feminista, visitó Chile en 1913, pocos años después de la matanza en la Escuela de Santa María, en donde además de trabajadores, murieron muchos niños y mujeres. Su llegada revolucionó a las mujeres de la época que escucharon sus charlas sobre ser libre pensadoras y no asumir como propio el catolicismo y conservadurismo de la época. Sárraga motivó la creación de los primeros centros feministas en nuestro país.
  • 5. Más tarde, durante el siglo XX, la abogada y jurista Elena Caffarena dedicó su vida a la lucha por los derechos sociales y la emancipación de las mujeres. Su rol como abogada fue clave para conseguir el derecho voto. Junto a Flor Heredia, redactó el proyecto de ley que finalmente fue promulgado en 1949 por el presidente Gabriel González Videla.
  • 6. Dirigenta obrera chilena que creó los centros femeninos Belén de Sárraga en 1913, en el norte salitrero. Además, organizó la sección femenina en el Partido Obrero Socialista y fue la primera mujer que dirigió la Federación Obrera de Chile.
  • 7. ¿Es lo mismo que sexo? ¿Por qué es importante visibilizar las desigualdades presentes en la sociedad respecto de las mujeres? ¿Quiénes han aportado a mejorar nuestras vidas?
  • 8. ▪ De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS), El género se refiere a los conceptos sociales de las funciones, comportamientos, actividades y atributos que cada sociedad considera apropiados para los hombres y las mujeres.
  • 9.
  • 10. ▪ Sexo biológico o asignado al nacer se trata del cuerpo: la biología, la anatomía y los cromosomas. Mientras que el género es el conjunto de expectativas, estándares y creencias que tiene la sociedad sobre cómo deben comportarse los hombres y las mujeres.
  • 11. Fue adoptada el 18 de diciembre de 1979 por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Es considerada como la Carta internacional de los derechos humanos de las mujeres y consta de un preámbulo y 30 artículos, en los que define el concepto de discriminación contra la mujer y establece una agenda para la acción nacional con el objetivo de poner fin a tal discriminación. La CEDAW fue ratificada por Chile el año 1989. Desde entonces Chile ha progresado en el proceso de eliminar, progresivamente, las formas de discriminación en contra de la mujer persiguiendo una plena igualdad, lo cual ha respondido a la voluntad política interna de actuar de esta forma.
  • 12. ▪ Discriminación: Toda distinción, exclusión a restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en cualquier esfera de su vida. ▪ Legislación: Consagrar en las constituciones nacionales y en cualquier otra legislación el principio de la igualdad del hombre; adoptar medidas legislativas que prohíban toda discriminación contra la mujer, y modificar o derogar leyes y prácticas discriminatorias. ▪ Adelanto de la mujer: Tomar medidas particularmente en las esferas política, social, económica y cultural, para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer. ▪ Medidas temporales: Adopción de medidas especiales de carácter temporal encaminadas a acelerar la igualdad de facto entre el hombre y la mujer . ▪ Patrones socioculturales: Garantizar que la educación familiar incluya la comprensión adecuada de la maternidad como función social y el reconocimiento de la responsabilidad común de hombres y mujeres en la educación y el desarrollo de sus hijos.
  • 13. ▪ Trata de mujeres y prostitución: Suprimir todas las formas de trata de mujeres y explotación de la prostitución de la mujer. ▪ Participación política: Participación de la mujer en la formulación de políticas gubernamentales y en la ejecución de éstas, ocupar cargos públicos en todos los planos gubernamentales, en organizaciones y asociaciones no gubernamentales. ▪ Participación política internacional: Garantizar a la mujer, en igualdad de condiciones con el hombre y sin discriminación alguna, la oportunidad de representar a su gobierno en el plano internacional y de participar en organizaciones internacionales. ▪ Nacionalidad: Otorgar a las mujeres iguales derechos que a los hombres para adquirir, cambiar o conservar su nacionalidad. Iguales derechos que los hombres con respecto a la nacionalidad de sus hijos.
  • 14. ▪ Educación: Asegurarle a la mujer igualdad de derechos con el hombre en la esfera de la educación. ▪ Trabajo: Asegurar condiciones de igualdad en el trabajo entre hombres y mujeres; impedir la discriminación contra la mujer por razones de matrimonio o maternidad y asegurar la efectividad de su derecho a trabajar. ▪ Salud: Eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera de la atención médica a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, el acceso a servicios de atención médica, inclusive los que se refieren a la planificación de la familia. ▪ Prestaciones: Asegurar los mismos derechos entre hombres y mujeres a prestaciones sociales; a obtener cualquier forma de crédito financiero y a participar en actividades de esparcimiento, deportes y en todos los aspectos de la vida cultural. ▪
  • 15. ▪ Mujer rural: Eliminar la discriminación contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, su participación en el desarrollo rural y en sus beneficios. ▪ Igualdad ante ley: Reconocer a la mujer una capacidad jurídica idéntica a la del hombre y las mismas oportunidades para el ejercicio de esa capacidad; derecho a circular libremente y a elegir su residencia y domicilio. ▪ Familia: Eliminar la discriminación contra la mujer en todos los asuntos relacionados con el matrimonio y las relaciones familiares; no tendrán ningún efecto jurídico los esponsales y el matrimonio de niños; fijar una edad mínima para el matrimonio.
  • 16. Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer La Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer se celebró en Beijing, China, en septiembre de 1995. El resultado fue la adopción de una Declaración y una Plataforma de Acción (Plataforma de Acción de Beijing) con 12 esferas de especial preocupación, centradas en los temas de: pobreza, educación, salud, violencia, economía, toma de decisiones, mecanismos para el adelanto de las mujeres, medios de difusión, medio ambiente y la niña.
  • 17. Belém Do Pará Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "Convención de Belém do Pará“ Tiene el propósito de proteger los derechos humanos de las mujeres y eliminar las situaciones de violencia que puedan afectarlas, ya que toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado. Fue ratificada por Chile el 24 de octubre de 1996, y publicada en el Diario Oficial el 11 de noviembre de 1998.
  • 18.
  • 19. MinmujeryEG ▪ Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente o Presidenta de la República en el diseño, coordinación y evaluación de las políticas, planes y programas destinados a promover la equidad de género, la igualdad de derechos y de procurar la eliminación de toda forma de discriminación arbitraria en contra de las mujeres. Ley 20.820
  • 20. Ley N°21.565 Establece un régimen de protección, y reparación integral en favor de las víctimas de femicidio y sus familias. Fecha de promulgación: 19 de abril 2023. Fecha de publicación: 09 de mayo de 2023. Ley N°21.523 Modifica diversos cuerpos legales para mejorar las garantías procesales, proteger los derechos de las víctimas de los delitos sexuales y evitar su revictimización. Fecha de promulgación: 19 de diciembre de 2022. Fecha de publicación: 31 de diciembre de 2022.
  • 21. Ley N° 21.484 de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos. Fecha de promulgación: 31 de agosto de 2022. Fecha de publicación: 7 de septiembre de 2022. Ley N°21.153 Modifica el Código Penal para tipificar el delito de acoso sexual en espacios públicos. Fecha de promulgación: 16 de abril 2019. Fecha de publicación: 3 de mayo 2019.
  • 22. ▪ Un 38,0% de los emprendedores son mujeres: ▪ Un 40,8% de las emprendedoras son jefas de hogar ▪ Mujeres sin pareja emprenden más que los hombres ▪ Un 47,6% de las emprendedoras tiene entre 35-54 años ▪ No hay diferencias en educación: donde la educación media es el más común. ▪ Las emprendedoras nacen por necesidad: Un 57,9% de las mujeres que deciden emprender lo hacen por necesidad. ▪ Mayoría de las mujeres trabaja en Comercio y Manufactura: Un 45,3% de las mujeres trabaja en Comercio y un 18,1% en Manufactura. ▪ Emprendimientos femeninos son más informales: ▪ Más de la mitad de las mujeres gana el ingreso mínimo
  • 23.
  • 24. Plataforma del BancoEstado apoya el microemprendimiento Femenino. Existe una oferta amplia de capacitación virtual. Además promueven los modelos de negocio femenino a través de concursos y su plataforma virtual.
  • 25.