Este documento presenta el reglamento para el Segundo Congreso Nacional de Abogados del Perú, que se llevará a cabo en Lima los días 27 y 28 de septiembre de 2013. El tema central del congreso será "Abogacía y Globalización" y contará con cuatro temas específicos y un tema varios para su discusión. El reglamento describe el proceso de inscripción, la presentación y evaluación de ponencias, la organización de mesas de trabajo, y el funcionamiento general del congreso a través de sesiones plenari
1. FORO NACIONAL
DIRECTOR: Raúl Chanamé Orbe
ÓRGANO DE LA JUNTA NACIONAL DE DECANOS DE LOS COLEGIOS DE ABOGADOS DEL PERÚ
AFILIADO A LA UNIÓN IBEROAMERICANA DE COLEGIOS Y AGRUPACIONES DE ABOGADOS U.I.B.A.
Y LA FEDERACIÓN INTERAMERICANA DE ABOGADOS
PERÚ
AÑO 2 No. 3
II ABOGADOS
CONGRESO NACIONAL DE
REGLAMENTO
CAPÍTULO I:
exposición de la Ponencia ante la Mesa de Trabajo
correspondientes estará a cargo del Decano
respectivo o de quien él designe.
En las Mesas de Trabajo o Comisiones de Trabajo,
por cada uno de los cuatro (4) Temas específicos y
el Tema Varios establecidos en el Temario, se
podrán presentar y debatir mociones por parte de
los Miembros participantes en esa Mesa de
Trabajo, siempre que sean relativas a las
Ponencias presentadas y expuestas ante ellos.
En caso de presentarse Ponencias sobre el Tema
Central “Abogacía y Globalización”, en cantidad
que amerite otra Mesa de Trabajo, la Comisión
Organizadora conjuntamente con el Subcomité
Evaluador de Ponencias, tomarán la decisión que
corresponda.
OBJETO DEL REGLAMENTO
Artículo 1°.- Objeto del Reglamento
El presente Reglamento tiene por objeto regular el
desarrollo del Segundo Congreso Nacional de
Abogados del Perú, convocado por la Junta de
Decanos de los Colegio de Abogados del Perú, en
la ciudad del Cusco el 26 y 27 de Octubre del 2012
Artículo 2°.- Alcance del Reglamento
Todos los miembros de los Colegio de Abogados
del Perú que participen en el Segundo Congreso
Nacional de Abogados, deben sujetar sus
intervenciones, en cualquiera de las modalidades
o estructuración establecidas, de acuerdo a lo
dispuesto en el presente Reglamento, para cada
caso.
Artículo 3°.- Responsabilidad sobre el
Reglamento
El presente Reglamento ha sido elaborado por el
Consejo Directivo del Colegio de Abogados de
Lima, como Comisión Organizadora del
Congreso, siendo responsable de su contenido.
Cualquier consulta sobre las disposiciones que
contiene será dirigida a la Presidencia Ejecutiva
para la absolución pertinente.
CAPÍTULO II:
DEL CONGRESO
Artículo 4°.- Objetivo del Congreso
El objetivo general del Segundo Congreso
Nacional de Abogados del Perú, es constituirse en
el espacio de deliberación, reflexión y propuestas
sobre el tema central y los temas específicos que
se han planteado desarrollar, teniendo en
consideración la Convocatoria que se define como
pautas básicas orientadoras del Congreso y que
forman parte de este Reglamento.
El tema central del Congreso es “Abogacía y
Globalización”
El objetivo complementario del Congreso, es
motivar o incentivar a los señores Abogados para
que participen en las diferentes áreas del campo
profesional, en el quehacer nacional y otros temas
inherentes a la profesión y la defensa gremial.
Artículo 5º.- Temario del Congreso
De conformidad con la convocatoria, se ha
decidido como tema central del Segundo
Congreso Nacional es “ABOGACÍA Y
GLOBALIZACIÓN”, denominación propuesta por
el Comité Organizador del Colegio de Abogados
de Lima , que es la sede del evento y se han
establecido los siguientes cuatro temas
específicos y un tema varios:
* TEMA I : Los Abogados y la Reforma del modelo
Procesal Peruano.
* TEMA II : El Abogado, la Especialización
Profesional, la importancia de la
Facultad de Derecho, la Investigación
Jurídica y los Estudios de Postgrado
en el Perú.
* TEMA III: Las Actuales tendencias del Derecho y
la Globalización.
* TEMA IV: L a D e f e n s a T é c n i c a y e l
fortalecimiento gremial.
* TEMAS: Sobre diferentes areas del campo
VARIOS: profesional, en el quehacer nacional y
temas inherentes a la profesión y la
defensa gremial.
Artículo 6º.- Organización del Congreso
De conformidad con lo acordado en el Primer
Congreso Nacional de Abogados del Perú ,
realizado el 26 y 27 de Octubre del 2012 en la
Ciudad imperial del Cusco, el Segundo Congreso
Nacional de Abogados del Perú se realizará en la
Ciudad de Lima los días 27 y 28 de Setiembre, por
lo que corresponde al Colegio de Abogados de
Lima ser la sede anfitriona del certamen y
participar en su organización y desarrollo, con la
orientación de la Comisión de Dirección del
Congreso.
Artículo 7º.- La Comisión de Dirección del
Congreso.
La Comisión de Dirección del Congreso, que
también se constituirá en la Mesa Directiva del
Congreso, está conformada por:
Presidente: DR. RAÚL CHANAMÉ ORBE,
Decano del Colegio de Abogados de Lima y
Presidente de la Junta de Decanos de los
Colegios de Abogados del Perú.
Vicepresidente: Dr. JORGE LUIS CÁCERES
ARCE, Decano del Colegio de Abogados de
Arequipa y Vicepresidente de la Junta de Decanos
de los Colegios de Abogados del Perú.
S e c r e t a r i o : D r. V I C TO R A N A C L E TO ,
GUERRERO Decano del Colegio de Abogados de
Lambayeque
La Comisión de Dirección conformará los
Subcomités que considere necesarios para cubrir
los diversos aspectos técnicos, de logística,
administrativos y colaterales que se requieran para
la mejor organización y desarrollo del evento
nacional.
Artículo 8°.- El Comité Ejecutivo del Congreso
será designado por la Presidencia Ejecutiva del
Congreso Nacional.
Artículo 9°.- Atribuciones de los Miembros de
la Comisión de Dirección del Congreso.
a) Atribuciones del Presidente:
- Ejercer la representación y actuar en nombre del
Segundo Congreso Nacional de Abogados del
Perú.
- Convocar y presidir las sesiones plenarias y
someter a consideración del Congreso los
temas incluidos en el Orden del Día.
- Someter a aprobación del Congreso en sesión
Plenaria los acuerdos adoptados en las
Comisiones de Trabajo y anunciar los
resultados, conclusiones y recomendaciones en
cada uno de los temas debatidos.
- Cumplir y hacer cumplir el Reglamento y adoptar
las medidas necesarias para el eficiente
funcionamiento del Congreso.
b) Atribuciones del Vicepresidente:
- Representar y/o sustituir al Presidente, a su
solicitud, en toda acción relacionada al
Congreso.
c) Atribuciones del Secretario:
- Colaborar con el Presidente en todas las tareas
relativas a la realización del Congreso y suscribir
con el Presidente de la Comisión de Dirección y
el Presidente del Comité Organizador, todos los
documentos oficiales del Congreso,
refrendándolos con su firma.
- Supervisar la preparación y transcripción del
Orden del Día y Actas de sesiones realizadas y
su distribución entre los asistentes.
Artículo 10°.- Atribuciones del Comité
Ejecutivo
El Comité Ejecutivo del Segundo Congreso
Nacional de Abogados, es el encargado directo de
organizar el desarrollo del evento, teniendo en
cuenta la Convocatoria y el contenido del presente
Reglamento y los lineamientos establecidos por la
Comisión de Dirección del Congreso.
El Comité Ejecutivo podrá conformar los
subcomités que considere necesarios para
realizar la mejor labor en el encargo recibido.
Artículo 11º.- Convocatoria al Congreso
El Presidente de la Comisión de Dirección del
Congreso convocará al Congreso Nacional de
Abogados a realizarse en la Ciudad de Lima los
días 27 y 28 Setiembre del 2013.
Artículo 12º.- Publicación de la convocatoria
La convocatoria al Segundo Congreso Nacional de
Abogados, se publicará en el portal web de los
Colegios de Abogados de Lima y el Perú en el
Diario Oficial el PERUANO, con una anticipación
de 75 días naturales antes de la fecha programada
para la realización del certamen gremial de
abogados.
Artículo 13°.- Inscripciones
Para ser Miembro del Congreso se debe solicitar la
inscripción respectiva a la Comisión de Dirección
del Congreso a través de los Colegios de
Abogados del Perú, hasta el día 10 de setiembre
del 2013, para que los Colegios de Abogados del
Perú envíen al Colegio de Abogados de Lima la
ficha de inscripción hasta el 20 de setiembre del
2013.
Para presentar la ficha de inscripción se requiere
efectuar el pago de la cuota de inscripción
correspondiente en la cuenta bancaria del Ilustre
Colegio de Abogados de Lima.
Con posterioridad al 20 de setiembre del 2013, se
podrán efectuar el pago de la cuota de inscripción
correspondiente, para oficializar la inscripción en
el Congreso, hasta el día anterior al inicio del
Congreso, en Tesorería del Colegio de Abogados
de Lima.
Artículo 14º.- Cuota de inscripción
* Abogados
S/. 200 .00
* Estudiantes - Pre grado
S/. 150.00
Las cuotas de inscripción dan derechos a:
- Credencial
- Certificado de participación, según
estructuración establecida.
- Coffee break
- Material Acádemico
Artículo 15°,- Ponencias
Cada abogado hábil podrá presentar sólo una
Ponencia, relacionada con el tema central del
Congreso, o con alguno de los cuatro (4) temas
específicos, o en temas varios.
Las Ponencias que se presenten al Congreso
deberán ceñirse a la temática señalada y deberán
considerar también lo contenido en la
Convocatoria del Congreso y lo establecido en
este Reglamento.
Las Ponencias serán presentadas a título
personal, por cada miembro de la Orden inscrito en
el Congreso, pudiendo presentarse en equipo de
hasta un máximo de tres (3) estableciéndose quien
hará la exposición ante la Mesa de Trabajo
respectiva.
Se propiciará también la presentación de
Ponencias por parte de los Consejos Directivos de
los Colegios de Abogados del Perú, dentro de los
alcances expuestos en este artículo, y la
Artículo 16º.- Presentación de las Ponencias
Las Ponencias serán presentadas impresas en
papel Bond A4 blanco, a doble espacio, con letra
arial número 12, con un máximo de 10 páginas,
debiendo incluir un resumen de máximo 2 páginas.
Junto con la entrega del documento impreso por
duplicado, seentregará el archivo digital
correspondiente en Word .
Se admitirán todas las Ponencias que, de acuerdo
al Reglamento, presenten los abogados hábiles.
Las Ponencias se recibirán en la sede del Colegio
de Abogados de Lima, hasta el día 13 de setiembre
del 2013, fecha límite de entrega de Ponencias,
para que el Sub Comité Evaluador de Ponencias
pueda realizar su labor previa y la reproducción de
las mismas.
CAPÍTULO III:
FUNCIONAMIENTO DEL CONGRESO
Artículo 17º.- Dirección del Funcionamiento del
Congreso La Dirección General del
funcionamiento del Congreso está a cargo de la
Mesa Directiva del Congreso, integrada por la
Comisión de Dirección del Congreso.Tendrá a su
cargo el desarrollo de todas las reuniones
denominadas Sesiones Plenarias y la Sesión
preparatoria.
El conjunto de los miembros de la Orden inscritos y
registrados en el Congreso y reunidos en la Sesión
Plenaria establecida, constituye la máxima
instancia de toma de decisiones del Congreso.
Artículo 18º.- Sesión Preparatoria
Luego del proceso de inscripciones, registro y
entrega de credenciales a los participantes, el
Presidente de la Mesa Directiva convocará a la
Sesión Preparatoria, en la mañana de la primera
fecha, con la finalidad de revisar y definir las
Comisiones de Trabajo que por temas se deben
haber conformado durante la inscripción y registro,
con la orientación del Subcomité Evaluador de
Ponencias y el Comité Organizador, para que cada
Comisión que se constituirá en Mesa de Trabajo
tenga un número de participantes adecuado.
Se revisará y definirá también los cargos Directivos
de cada una de las cinco (5) Mesas de Trabajo, una
por cada tema específico, y eventualmente una
sexta para tratar el Tema Central, según se ha
señalado anteriormente.
Artículo 19º.- Comisiones de Trabajo o Mesas
de Trabajo.
Por cada uno de los cuatro (4) temas específicos
del Congreso y Temas Varios, se conformará una
Comisión o Mesa de Trabajo, que evaluará y
debatirá las Ponencias presentadas en el tema
correspondiente.
La conducción de cada Mesa de Trabajo está a
cargo de un Director – Moderador. Cada Mesa de
Trabajo tendrá también un Secretario y un Relator.
en la que se expondrán las conclusiones de los
cuatro temas específicos y del tema varios
acordadas, por mayoría simple y consenso en
cada Mesa de Trabajo, para su debate y
redacción final y la aprobación correspondiente,
por mayoría simple de los abogados hábiles
presentes.
Se levantará el acta del Congreso donde,
constatarán los acuerdos de la Sesión.
En las Sesiones Plenarias actuará como
Moderador uno de los Vocales de la Mesa
Directiva.
Artículo 21º.- Funcionamiento de las Mesas de
Trabajo
El segundo día del Congreso estará dedicado a
debatir las Ponencias presentadas en cada tema,
labor a cargo de la respectiva Mesa de Trabajo con
la conducción del Director Moderador y el
Secretario de la Mesa de Trabajo.
Al término de las sesiones de la Mesa de Trabajo, el
Secretario levantará el acta con las conclusiones a
que se hubieran llegado y las entregará al
Secretario de la Mesa Directiva del Congreso, para
su procesamiento administrativo.
Las conclusiones de cada Mesa de Trabajo serán
presentadas al Congreso en la Sesión Plenaria de
Conclusiones y Clausura, por medio del Relator
respectivo.
Los Miembros inscritos y acreditados en una Mesa
de Trabajo como Delegados Plenos, no podrán
abandonar las sesiones de trabajo antes de
concluidos los debates y emitidas las conclusiones.
Las conclusiones se obtendrán por votación,
pudiendo ser aprobadas por unanimidad, por
mayoría simple o por consenso.
Artículo 22º.- Acta del Congreso
El acta final del Congreso, redactada por el
Secretario de la Mesa Directiva incluirá:.
Breve descripción de los actos y acontecimientos
desarrollados durante los tres días del Congreso en
las diferentes sesiones de trabajo.
Los acuerdos, declaraciones, recomendaciones y
conclusiones adoptadas por las Mesas de Trabajo
que se presenten a la Sesión Plenaria de
Conclusiones.
Se pondrá de forma anexa la relación de todos los
participantes en el Congreso
CAPÍTULO IV:
PUBLICACIONES
Artículo 23º.- El Comité Ejecutivo entregará a
todos los participantes, al inicio del Congreso, la
publicación completa de las Ponencias
presentadas, en forma magnética.
Artículo 24º.- Se publicará diariamente la
información relevante del Congreso para ser
distribuido a todos los participantes.
Artículo 25º.- Las conclusiones y recomendaciones del Congreso serán publicadas y distribuidas
por el Colegio de Abogados de Lima en un plazo no
mayor de 30 días hábiles de realizado el certamen.
Artículo 26º.- El Colegio de Abogados de Lima se
reserva el derecho de edición de los trabajos
presentados.
Artículo 27º.- Cualquier circunstancia o hecho no
previsto será resuelto por la Presidencia Ejecutiva
del Congreso Nacional.
Aprobado por el Consejo Directivo del Ilustre
Abogados de Lima, en Sesión Extraordinaria del
28 de Mayo del 2013, en su condición de entidad
organizadora del certamen y ratificado por la
Presidencia de la Junta de Decanos de los
Colegios de Abogados del Perú.
Lima Agosto del 2013
PRESIDENCIA EJECUTIVA DEL CONGRESO
Artículo 20º.- Sesiones Plenarias
El Congreso tendrá las siguientes Sesiones
Plenarias:
1. Sesión Plenaria Inaugural: acto solemne e inicio
del Congreso y presentación resumida de las
Ponencias presentadas.
2.Sesión Plenaria de Conclusiones y Clausura:
Dr. RAUL CHANAMÉ ORBE
Decano del Colegio de Abogados de Lima
Presidente de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú
Dr. JORGE LUIS CÁCERES ARCE
Decano del Colegio de Abogados de Arequipa y Vicepresidente de
la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú
Dr. VICTOR ANACLETO GUERRERO
Decano del Colegio de Abogados de Lambayeque