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Un grupo de investigadores plantea como
problema de investigación la evolución
histórica de la normatividad colombiana
sobre procesos de inclusión de niños con
discapacidad mental en las instituciones
educativas.
Un objetivo general pertinente para ese
problema de investigación sociojurídica sería:
A. Identificar la legislación internacional que protege a la
población con discapacidad mental.
B. Analizar los programas educativos que pretenden establecer
una política de inclusión social a personas discapacitadas.
C. Identificar y valorar las diversas formas de discapacidad
mental que contempla la normatividad colombiana.
D. Describir y analizar la naturaleza de la legislación colombiana
sobre inclusión educativa de niños con discapacidad mental.
D. Describir y analizar la naturaleza de
la legislación colombiana sobre
inclusión educativa de niños con
discapacidad mental.
Uno de los resultados de un trabajo de investigación
es que con los nuevos sistemas de transporte masivo
el Estado colombiano afectó derechos
fundamentales de los pequeños y medianos
propietarios de vehículos del servicio de transporte
tradicional.
La conclusión que se puede derivar de los hallazgos
de la investigación es:
A. El Estado puede ejercer una serie de actividades para
mejorar el sistema de transporte masivo.
B. Existe responsabilidad extracontractual del Estado por el
daño especial causado al sector directamente afectado.
C. La población en general puede exigir que se le reparen todos
los daños ya que se afectaron derechos fundamentales.
D. Hay acción de reparación directa por parte de la población
por la falla del servicio que vulnera derechos fundamentales.
B. Existe responsabilidad
extracontractual del Estado por el daño
especial causado al sector
directamente afectado.
Gina es abogada investigadora y está realizando un trabajo de campo
en una Fiscalía. Su propósito es encontrar si existe relación entre la
violencia intrafamiliar y el alcoholismo. Una mañana, al ingresar en la
Fiscalía para realizar su trabajo de campo, fue abordada por una mujer
recién golpeada por su marido y quien se dirigía a denunciar el hecho a
la Fiscalía. La mujer, creyendo erróneamente que Gina era
empleada de la entidad, decidió contarle aspectos íntimos de su vida y
de la relación que había sostenido con su pareja y actual agresor y le
pidió su orientación profesional como abogada.
De acuerdo con lo anterior, ¿Qué acción de Gina resultaría éticamente
apropiada con su actuación como investigadora?
A. Gina atiende la consulta de la mujer al considerar que su
función como abogada le permite ejercer las dos funciones
paralelamente.
B. Gina atiende la consulta de la mujer al considerar que su
función como investigadora sociojurídica supera su función
como abogada.
C. Gina le informa a la mujer que, pese a ser abogada, su rol de
investigadora en ese momento no le permite ejercer ninguna
acción en su caso.
Gina le informa a la mujer que, D. dado que es abogada e
investigadora, le ofrecerá ayuda profesional a cambio de utilizar
su caso como objeto de estudio.
C. Gina le informa a la mujer que, pese
a ser abogada, su rol de investigadora
en ese momento no le permite ejercer
ninguna acción en su caso.
Carlos suscribe un acta de constitución de una
sociedad anónima y paga el 50 % del valor de las
acciones el mismo día, con el compromiso de cancelar
el saldo seis (6) meses más tarde. Vencido el plazo,
Carlos no paga el valor pertinente.
El representante legal de la sociedad busca asesoría
para evitar un conflicto jurídico. En este caso, el
abogado debería sugerirle
A. proceder a demandar judicialmente al accionista deudor.
B. imputar el pago efectivo a las acciones respectivas que alcance.
C. cancelar el registro del accionista deudor en el respectivo libro.
D. convocar a un acuerdo conciliatorio a fin de obtener el pago.
D. convocar a un acuerdo conciliatorio
a fin de obtener el pago.
Una persona fue atropellada por un vehículo oficial que transportaba al personero
municipal. La persona sintió que no había sufrido ningún daño y decidió no
judicializar este conflicto. Ocho meses después del incidente, el afectado empezó a
sentir una serie de molestias en su visión. Inició consultas médicas, y le
prescribieron resonancias magnéticas y otra serie de exámenes que inicialmente no
fueron autorizados por la EPS del afectado.
Por este motivo, el afectado debió recurrir a la acción de tutela para lograr que le
practicaran estos exámenes. Luego de seis meses en este proceso de diagnóstico,
los médicos determinaron que tenía un daño ocular irreversible producido por un
golpe severo. Tan pronto conoce el diagnóstico, la persona decide judicializar el
conflicto y consulta un abogado para que le asesore en la determinación de acción
que le permitiría reclamar la responsabilidad extracontractual de quien ocasionó
el daño.
Un hecho que el abogado que atiende la consulta no debe considerar como
relevante en este caso es:
A. que el vehículo que atropelló el afectado era oficial.
B. que el afectado tardó 8 meses en sentir molestias en su
visión.
C. que los médicos le diagnosticaron al afectado un daño
ocular irreversible.
D. que la EPS autorizó los exámenes médicos en virtud de una
acción de tutela.
D. que la EPS autorizó los exámenes
médicos en virtud de una acción de
tutela.
Mariela vendió un carro a Jorge por 20 millones de pesos. Acordaron un pago de 10
millones a la firma de la promesa de compraventa y el saldo a la entrega del
vehículo y formalización del traspaso, lo que se comprometieron realizar al
siguiente mes. Mariela no cumplió pues cuando se acercó a la entidad pública para
realizar el traspaso se enteró de que el vehículo era objeto de una medida de
embargo en un juzgado penal por haberse comprobado que el automotor había
servido como medio para la comisión de un delito.
Mariela, que había recibido el carro años antes como regalo de su exnovio, decidió,
por temor a no saber qué hacer con esa situación, no volver a responder las
llamadas de Jorge. Jorge acude a un consultorio jurídico para saber a qué
jurisdicción y la clase de proceso a los que puede acudir.
¿Cuál de los siguientes mecanismos no resulta jurídicamente procedente para
solucionar eficazmente el conflicto descrito?
A. Acudir a la Personería Distrital a fin de intentar un acuerdo
conciliatorio extrajudicial.
B. Presentar una denuncia contra Mariela por el delito de
estafa.
C. Acudir ante un juez civil a fin de presentar una demanda
civil por incumplimiento contractual.
D. Acudir a un consultorio jurídico de una universidad para
que ante los estudiantes de consultorio se suscriba un
acuerdo de pago.
A. citar a la EPS a una conciliación
para resolver su problema.
María Pérez presenta una petición ante la EPS para la reducción de sus senos. La
paciente argumenta que el peso excesivo de sus senos le provoca graves problemas
de espalda y por ello no se le está garantizando su pleno derecho a la salud; dice
tener exámenes médicos que así lo demuestran. La EPS niega la petición
argumentando que la paciente no sufre de ninguna enfermedad asociada a sus
senos.
Para resolver el problema de manera ágil, idónea y sin tener que acudir ante un juez,
María debe:
A. citar a la EPS a una conciliación para resolver su problema.
B. presentar una solicitud de amigable composición.
C. acudir a la Superintendencia de Salud.
D. interponer una acción de tutela.
A. citar a la EPS a una conciliación
para resolver su problema.
Ante un juez de familia, se presentó una demanda de nulidad de una unión
marital de hecho, alegando que la compañera permanente tenía 13 años de
edad al momento de su conformación. En la sentencia, el juez negó la
declaratoria de nulidad, indicando que esta causal operaba para el
matrimonio y no para la unión marital de hecho. Todo ello se sustentó en el
artículo 140 del Código Civil, que establece: “El matrimonio es nulo y sin
efecto en los siguientes casos: ...2. Cuando se ha contraído entre un varón
menor de catorce años, y una mujer menor de catorce, o cuando cualquiera
de los dos sea respectivamente menor de aquella edad”.
El tipo de interpretación que realizó el juez sobre el texto citado fue:
A. sistemática, porque tuvo que acudir a las normas que
regulan la unión marital de hecho para establecer la posible
nulidad.
B. teleológica, porque entendió que el pensamiento del
legislador cuando se reconoció la unión marital de hecho no
era la de equipararla al matrimonio.
C. gramatical, porque se puede deducir del enunciado del
artículo citado que la declaratoria de nulidad solo opera para el
matrimonio.
D. histórica, porque tuvo en cuenta aquellas sentencias de la
Corte Constitucional que se han dictado desde que se
reconoció la unión marital de hecho.
C. gramatical, porque se puede deducir
del enunciado del artículo citado que la
declaratoria de nulidad solo opera para
el matrimonio.
Pedro ve a Juan sentado en la banca de un parque y le dispara cinco veces. En el
proceso penal contra Pedro por el delito de homicidio pudo establecerse, a
través de la necropsia practicada al cadáver, que Juan había muerto dos horas
antes por un infarto. El juez que conoció del caso declaró inocente a Pedro,
utilizando como argumento normativo el artículo 9 del Código Penal que indica:
“Para que la conducta sea punible se requiere que sea típica, antijurídica y
culpable. La causalidad por sí sola no basta para la imputación jurídica del
resultado [...]”. Dedujo, por tanto, que el objeto material del delito, la vida de
Juan, no existía al momento de los hechos y, por ello, ante la ausencia de un
elemento esencial del tipo objetivo, la conducta resultaba atípica.
El método de interpretación de la ley que utilizó el juez, para aplicar el artículo 9
del Código Penal, fue:
A. gramatical.
B. sistemático.
C. teleológico.
D. histórico.
B. sistemático.
Siendo Oliver Wendell Holmes magistrado del Tribunal Supremo, en
una ocasión de camino al Tribunal llevó a un joven Learned Hand en su
carruaje. Al llegar a su destino, Hand se bajó, saludó en dirección al
carruaje que se alejaba y dijo alegremente: “¡Haga justicia,
magistrado!”. Holmes paró el carruaje, hizo que el conductor girara, se
dirigió hacia el asombrado Hand y, sacando la cabeza por la ventana, le
dijo:
“¡Ése no es mi trabajo!” (Dworkin, Ronald. La justicia con toga, 2007).
Este texto pone de presente la problemática de una de las fuentes
formales del derecho, en donde los argumentos de los magistrados de
las Altas Cortes, involucren o no el argumento moral de la justicia en
sus fallos, coadyuvan en la comprensión del derecho. En esa medida, la
fuente formal que se discute es la:
A. ley, porque los magistrados están siempre creando normas
y, por tanto, instituyendo legislación en cada uno de sus
pronunciamientos.
B. jurisprudencia, porque las decisiones de los magistrados,
más allá de la discusión del contenido moral de la justicia, son
esenciales en la interpretación del derecho.
C. costumbre, porque esta surge a partir de los precedentes o
con los fallos tradicionales de los jueces en los mismos casos.
D. doctrina, como quiera que los argumentos de los jueces se
constituyen en la teoría jurídica o científica del derecho.
B. jurisprudencia, porque las decisiones de
los magistrados, más allá de la discusión del
contenido moral de la justicia, son esenciales
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  • 1.
  • 2. 1. Lee los enunciados de cada pregunta 2. Selecciona la respuesta que consideres CORRECTA 3. ¡Acumula la mayor cantidad de puntos que puedas! 4. Cada pregunta vale 1 punto 5. Tienen 1 minuto para leer el enunciado y seleccionar la respuesta correcta de cada pregunta
  • 3. Deficiente: 1 – 4 puntos Regular: 5-6 puntos Bueno: 7 – 8 puntos Sobresaliente: 9 puntos Excelente: 10 puntos
  • 4.
  • 5.
  • 6. Un grupo de investigadores plantea como problema de investigación la evolución histórica de la normatividad colombiana sobre procesos de inclusión de niños con discapacidad mental en las instituciones educativas. Un objetivo general pertinente para ese problema de investigación sociojurídica sería:
  • 7. A. Identificar la legislación internacional que protege a la población con discapacidad mental. B. Analizar los programas educativos que pretenden establecer una política de inclusión social a personas discapacitadas. C. Identificar y valorar las diversas formas de discapacidad mental que contempla la normatividad colombiana. D. Describir y analizar la naturaleza de la legislación colombiana sobre inclusión educativa de niños con discapacidad mental.
  • 8. D. Describir y analizar la naturaleza de la legislación colombiana sobre inclusión educativa de niños con discapacidad mental.
  • 9. Uno de los resultados de un trabajo de investigación es que con los nuevos sistemas de transporte masivo el Estado colombiano afectó derechos fundamentales de los pequeños y medianos propietarios de vehículos del servicio de transporte tradicional. La conclusión que se puede derivar de los hallazgos de la investigación es:
  • 10. A. El Estado puede ejercer una serie de actividades para mejorar el sistema de transporte masivo. B. Existe responsabilidad extracontractual del Estado por el daño especial causado al sector directamente afectado. C. La población en general puede exigir que se le reparen todos los daños ya que se afectaron derechos fundamentales. D. Hay acción de reparación directa por parte de la población por la falla del servicio que vulnera derechos fundamentales.
  • 11. B. Existe responsabilidad extracontractual del Estado por el daño especial causado al sector directamente afectado.
  • 12. Gina es abogada investigadora y está realizando un trabajo de campo en una Fiscalía. Su propósito es encontrar si existe relación entre la violencia intrafamiliar y el alcoholismo. Una mañana, al ingresar en la Fiscalía para realizar su trabajo de campo, fue abordada por una mujer recién golpeada por su marido y quien se dirigía a denunciar el hecho a la Fiscalía. La mujer, creyendo erróneamente que Gina era empleada de la entidad, decidió contarle aspectos íntimos de su vida y de la relación que había sostenido con su pareja y actual agresor y le pidió su orientación profesional como abogada. De acuerdo con lo anterior, ¿Qué acción de Gina resultaría éticamente apropiada con su actuación como investigadora?
  • 13. A. Gina atiende la consulta de la mujer al considerar que su función como abogada le permite ejercer las dos funciones paralelamente. B. Gina atiende la consulta de la mujer al considerar que su función como investigadora sociojurídica supera su función como abogada. C. Gina le informa a la mujer que, pese a ser abogada, su rol de investigadora en ese momento no le permite ejercer ninguna acción en su caso. Gina le informa a la mujer que, D. dado que es abogada e investigadora, le ofrecerá ayuda profesional a cambio de utilizar su caso como objeto de estudio.
  • 14. C. Gina le informa a la mujer que, pese a ser abogada, su rol de investigadora en ese momento no le permite ejercer ninguna acción en su caso.
  • 15.
  • 16.
  • 17.
  • 18. Carlos suscribe un acta de constitución de una sociedad anónima y paga el 50 % del valor de las acciones el mismo día, con el compromiso de cancelar el saldo seis (6) meses más tarde. Vencido el plazo, Carlos no paga el valor pertinente. El representante legal de la sociedad busca asesoría para evitar un conflicto jurídico. En este caso, el abogado debería sugerirle
  • 19. A. proceder a demandar judicialmente al accionista deudor. B. imputar el pago efectivo a las acciones respectivas que alcance. C. cancelar el registro del accionista deudor en el respectivo libro. D. convocar a un acuerdo conciliatorio a fin de obtener el pago.
  • 20. D. convocar a un acuerdo conciliatorio a fin de obtener el pago.
  • 21. Una persona fue atropellada por un vehículo oficial que transportaba al personero municipal. La persona sintió que no había sufrido ningún daño y decidió no judicializar este conflicto. Ocho meses después del incidente, el afectado empezó a sentir una serie de molestias en su visión. Inició consultas médicas, y le prescribieron resonancias magnéticas y otra serie de exámenes que inicialmente no fueron autorizados por la EPS del afectado. Por este motivo, el afectado debió recurrir a la acción de tutela para lograr que le practicaran estos exámenes. Luego de seis meses en este proceso de diagnóstico, los médicos determinaron que tenía un daño ocular irreversible producido por un golpe severo. Tan pronto conoce el diagnóstico, la persona decide judicializar el conflicto y consulta un abogado para que le asesore en la determinación de acción que le permitiría reclamar la responsabilidad extracontractual de quien ocasionó el daño. Un hecho que el abogado que atiende la consulta no debe considerar como relevante en este caso es:
  • 22. A. que el vehículo que atropelló el afectado era oficial. B. que el afectado tardó 8 meses en sentir molestias en su visión. C. que los médicos le diagnosticaron al afectado un daño ocular irreversible. D. que la EPS autorizó los exámenes médicos en virtud de una acción de tutela.
  • 23. D. que la EPS autorizó los exámenes médicos en virtud de una acción de tutela.
  • 24. Mariela vendió un carro a Jorge por 20 millones de pesos. Acordaron un pago de 10 millones a la firma de la promesa de compraventa y el saldo a la entrega del vehículo y formalización del traspaso, lo que se comprometieron realizar al siguiente mes. Mariela no cumplió pues cuando se acercó a la entidad pública para realizar el traspaso se enteró de que el vehículo era objeto de una medida de embargo en un juzgado penal por haberse comprobado que el automotor había servido como medio para la comisión de un delito. Mariela, que había recibido el carro años antes como regalo de su exnovio, decidió, por temor a no saber qué hacer con esa situación, no volver a responder las llamadas de Jorge. Jorge acude a un consultorio jurídico para saber a qué jurisdicción y la clase de proceso a los que puede acudir. ¿Cuál de los siguientes mecanismos no resulta jurídicamente procedente para solucionar eficazmente el conflicto descrito?
  • 25. A. Acudir a la Personería Distrital a fin de intentar un acuerdo conciliatorio extrajudicial. B. Presentar una denuncia contra Mariela por el delito de estafa. C. Acudir ante un juez civil a fin de presentar una demanda civil por incumplimiento contractual. D. Acudir a un consultorio jurídico de una universidad para que ante los estudiantes de consultorio se suscriba un acuerdo de pago.
  • 26. A. citar a la EPS a una conciliación para resolver su problema.
  • 27. María Pérez presenta una petición ante la EPS para la reducción de sus senos. La paciente argumenta que el peso excesivo de sus senos le provoca graves problemas de espalda y por ello no se le está garantizando su pleno derecho a la salud; dice tener exámenes médicos que así lo demuestran. La EPS niega la petición argumentando que la paciente no sufre de ninguna enfermedad asociada a sus senos. Para resolver el problema de manera ágil, idónea y sin tener que acudir ante un juez, María debe:
  • 28. A. citar a la EPS a una conciliación para resolver su problema. B. presentar una solicitud de amigable composición. C. acudir a la Superintendencia de Salud. D. interponer una acción de tutela.
  • 29. A. citar a la EPS a una conciliación para resolver su problema.
  • 30.
  • 31.
  • 32.
  • 33. Ante un juez de familia, se presentó una demanda de nulidad de una unión marital de hecho, alegando que la compañera permanente tenía 13 años de edad al momento de su conformación. En la sentencia, el juez negó la declaratoria de nulidad, indicando que esta causal operaba para el matrimonio y no para la unión marital de hecho. Todo ello se sustentó en el artículo 140 del Código Civil, que establece: “El matrimonio es nulo y sin efecto en los siguientes casos: ...2. Cuando se ha contraído entre un varón menor de catorce años, y una mujer menor de catorce, o cuando cualquiera de los dos sea respectivamente menor de aquella edad”. El tipo de interpretación que realizó el juez sobre el texto citado fue:
  • 34. A. sistemática, porque tuvo que acudir a las normas que regulan la unión marital de hecho para establecer la posible nulidad. B. teleológica, porque entendió que el pensamiento del legislador cuando se reconoció la unión marital de hecho no era la de equipararla al matrimonio. C. gramatical, porque se puede deducir del enunciado del artículo citado que la declaratoria de nulidad solo opera para el matrimonio. D. histórica, porque tuvo en cuenta aquellas sentencias de la Corte Constitucional que se han dictado desde que se reconoció la unión marital de hecho.
  • 35. C. gramatical, porque se puede deducir del enunciado del artículo citado que la declaratoria de nulidad solo opera para el matrimonio.
  • 36. Pedro ve a Juan sentado en la banca de un parque y le dispara cinco veces. En el proceso penal contra Pedro por el delito de homicidio pudo establecerse, a través de la necropsia practicada al cadáver, que Juan había muerto dos horas antes por un infarto. El juez que conoció del caso declaró inocente a Pedro, utilizando como argumento normativo el artículo 9 del Código Penal que indica: “Para que la conducta sea punible se requiere que sea típica, antijurídica y culpable. La causalidad por sí sola no basta para la imputación jurídica del resultado [...]”. Dedujo, por tanto, que el objeto material del delito, la vida de Juan, no existía al momento de los hechos y, por ello, ante la ausencia de un elemento esencial del tipo objetivo, la conducta resultaba atípica. El método de interpretación de la ley que utilizó el juez, para aplicar el artículo 9 del Código Penal, fue:
  • 37. A. gramatical. B. sistemático. C. teleológico. D. histórico.
  • 39. Siendo Oliver Wendell Holmes magistrado del Tribunal Supremo, en una ocasión de camino al Tribunal llevó a un joven Learned Hand en su carruaje. Al llegar a su destino, Hand se bajó, saludó en dirección al carruaje que se alejaba y dijo alegremente: “¡Haga justicia, magistrado!”. Holmes paró el carruaje, hizo que el conductor girara, se dirigió hacia el asombrado Hand y, sacando la cabeza por la ventana, le dijo: “¡Ése no es mi trabajo!” (Dworkin, Ronald. La justicia con toga, 2007). Este texto pone de presente la problemática de una de las fuentes formales del derecho, en donde los argumentos de los magistrados de las Altas Cortes, involucren o no el argumento moral de la justicia en sus fallos, coadyuvan en la comprensión del derecho. En esa medida, la fuente formal que se discute es la:
  • 40. A. ley, porque los magistrados están siempre creando normas y, por tanto, instituyendo legislación en cada uno de sus pronunciamientos. B. jurisprudencia, porque las decisiones de los magistrados, más allá de la discusión del contenido moral de la justicia, son esenciales en la interpretación del derecho. C. costumbre, porque esta surge a partir de los precedentes o con los fallos tradicionales de los jueces en los mismos casos. D. doctrina, como quiera que los argumentos de los jueces se constituyen en la teoría jurídica o científica del derecho.
  • 41. B. jurisprudencia, porque las decisiones de los magistrados, más allá de la discusión del contenido moral de la justicia, son esenciales en la interpretación del derecho.