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UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE-RECTORADO ACADÈMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
AUTORA:
HERMILET SÁNCHEZ
CEDULA: 29.587.718
AULA: SAIA A
Derecho Procesal Penal
Barquisimeto Edo- Lara
EXAMEN
Pregunta 1:
Deberán desarrollar el tema 20, con un caso práctico, y explicaran todos y
cada uno de esos puntos, como si estuviesen en la audiencia, cuál es la
actuación de cada una de las partes, todo, no quiero que me copien artículos,
cada una de las actuaciones de los sujetos procesales, es analizar los
conocimientos que ya Uds. saben, lo ya leído y estudiado por Uds., pueden
preguntar a sus amistades abogados penalistas, investigar en la internet, en
YouTube y cuidado con las legislaciones de otros países, TIENEN SUFICIENTE
TIEMPO
ELABORAN EN UN WORD, en la herramienta de documentos de Google y
me envían el link, observen que cargue hipervínculo, mucho cuidado con esta
observación, cuidado con el uso del verbo, Uds., ya están a punto de ser
abogados.
EXITOS
CASO PRACTICO
El juez de control, al recibir la acusación, convocó a las partes a una audiencia
preliminar dentro de un plazo de 15 días. La víctima del robo se adhirió a la
acusación fiscal y solicitó una indemnización por los daños sufridos, consistentes
en la pérdida de mercancía, el deterioro de su local y el trauma psicológico.
El imputado, por su parte, designó un abogado defensor privado y solicitó la
revocación de la medida cautelar de arresto domiciliario que le había sido impuesta,
argumentando que tenía arraigo familiar y laboral.
El día de la audiencia, el fiscal expuso brevemente los fundamentos de su
acusación, indicando las pruebas que pretendía producir en el juicio oral, tales como
testimonios, documentos y peritajes; Entre los testigos se encontraban el dueño de
la joyería, dos clientes que presenciaron el robo, un vecino que llamó a la policía y
dos funcionarios que participaron en la detención.
Entre los documentos se hallaban el acta policial, el informe médico forense del
imputado y la víctima, el certificado de experticia balística y el avalúo de las joyas
robadas. Entre los peritajes se contaban el reconocimiento fotográfico del imputado,
la prueba de absorción atómica y la prueba grafológica. La víctima ratificó su
adhesión a la acusación y su pretensión indemnizatoria.
El abogado defensor, en representación del imputado, se opuso a la acusación y
planteó una excepción de falta de acción por prescripción del delito. Además, reiteró
su petición de revocar la medida cautelar y sustituirla por una caución juratoria. El
imputado solicitó al juez que le recibiera su declaración y negó haber cometido el
robo. Afirmó que era inocente y que había sido confundido con otra persona.
Asimismo, el juez informó a las partes sobre las posibilidades de aplicar un
procedimiento por admisión de hechos o un acuerdo reparatorio, pero ninguna de
ellas mostró interés.
Finalizada la audiencia, el juez resolvió en presencia de las partes lo siguiente:
A. Rechazó la excepción de falta de acción por prescripción del delito, por
considerar que no se había cumplido el lapso legal para ello.
B. Admitió parcialmente la acusación fiscal, excluyendo la circunstancia
agravante de uso de arma de fuego, por no estar suficientemente acreditada.
C. Ordenó la apertura del juicio oral y público y remitió el expediente al tribunal
de juicio.
D. Mantuvo la medida cautelar de arresto domiciliario al imputado, por estimar
que persistían los riesgos procesales que la motivaron.
De esta manera, se puede observar cómo se desarrolla la fase intermedia en el
proceso penal venezolano, en la cual el juez de control ejerce un control
jurisdiccional sobre la acusación y decide si procede o no la apertura del juicio oral
y público.
El análisis de las actuaciones de los sujetos procesales del caso práctico se puede
realizar de la siguiente manera:
A. El Ministerio Público, como titular de la acción penal y encargado de la
investigación preparatoria, presentó una acusación contra Juan Pérez por el
delito de robo agravado, basándose en los elementos de convicción
obtenidos durante la investigación. En su acusación, el fiscal expuso los
fundamentos fácticos y jurídicos de su pretensión punitiva, así como las
pruebas que pretendía producir en el juicio oral, tales como testimonios,
documentos y peritajes. El fiscal actuó conforme a los principios de legalidad,
objetividad e independencia técnica que rigen su función.
B. El juez de control, como órgano jurisdiccional encargado de garantizar los
derechos fundamentales de las partes y el debido proceso, al recibir la
acusación, convocó a las partes a una audiencia preliminar dentro de un
plazo de 15 días. En dicha audiencia, el juez escuchó a las partes, resolvió
las cuestiones previas planteadas por la defensa, admitió parcialmente la
acusación fiscal, excluyendo la circunstancia agravante de uso de arma de
fuego, por no estar suficientemente acreditada, ordenó la apertura del juicio
oral y público y remitió el expediente al tribunal de juicio. Además, mantuvo
la medida cautelar de arresto domiciliario al imputado, por considerar que
persistían los presupuestos y requisitos para su imposición. El juez actuó
conforme a los principios de imparcialidad, oralidad y contradicción que rigen
su función.
C. La víctima del robo, como sujeto pasivo que resintió directamente sobre su
persona la afectación producida por la conducta delictiva, se adhirió a la
acusación fiscal y solicitó una indemnización por los daños sufridos. En su
adhesión, la víctima ratificó los hechos y el derecho invocados por el fiscal y
expuso los fundamentos de su pretensión indemnizatoria. La víctima actuó
conforme a los principios de igualdad, colaboración y buena fe que rigen su
función.
D. El imputado, como sujeto activo presunto autor o partícipe del delito
imputado, designó un abogado defensor privado y solicitó la revocación de la
medida cautelar de arresto domiciliario que le había sido impuesta. En su
defensa, el imputado se opuso a la acusación fiscal y planteó una excepción
de falta de acción por prescripción del delito. Además, reiteró su petición de
revocar la medida cautelar y sustituirla por una caución juratoria. Asimismo,
solicitó al juez que le recibiera su declaración y negó haber cometido el robo.
El imputado actuó conforme a los principios de presunción de inocencia,
contradicción y defensa que rigen su función.
E. El abogado defensor, como representante técnico del imputado encargado
de ejercer su defensa material y procesal, asistió al imputado desde el inicio
del proceso y lo acompañó en todas las diligencias. En su defensa técnica,
el abogado defensor se opuso a la acusación fiscal y planteó una excepción
de falta de acción por prescripción del delito. Además, reiteró su petición de
revocar la medida cautelar y sustituirla por una caución juratoria. El abogado
defensor actuó conforme a los principios de lealtad, probidad y
profesionalismo que rigen su función.

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  • 1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE-RECTORADO ACADÈMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO AUTORA: HERMILET SÁNCHEZ CEDULA: 29.587.718 AULA: SAIA A Derecho Procesal Penal Barquisimeto Edo- Lara
  • 2. EXAMEN Pregunta 1: Deberán desarrollar el tema 20, con un caso práctico, y explicaran todos y cada uno de esos puntos, como si estuviesen en la audiencia, cuál es la actuación de cada una de las partes, todo, no quiero que me copien artículos, cada una de las actuaciones de los sujetos procesales, es analizar los conocimientos que ya Uds. saben, lo ya leído y estudiado por Uds., pueden preguntar a sus amistades abogados penalistas, investigar en la internet, en YouTube y cuidado con las legislaciones de otros países, TIENEN SUFICIENTE TIEMPO ELABORAN EN UN WORD, en la herramienta de documentos de Google y me envían el link, observen que cargue hipervínculo, mucho cuidado con esta observación, cuidado con el uso del verbo, Uds., ya están a punto de ser abogados. EXITOS CASO PRACTICO El juez de control, al recibir la acusación, convocó a las partes a una audiencia preliminar dentro de un plazo de 15 días. La víctima del robo se adhirió a la acusación fiscal y solicitó una indemnización por los daños sufridos, consistentes en la pérdida de mercancía, el deterioro de su local y el trauma psicológico. El imputado, por su parte, designó un abogado defensor privado y solicitó la revocación de la medida cautelar de arresto domiciliario que le había sido impuesta, argumentando que tenía arraigo familiar y laboral. El día de la audiencia, el fiscal expuso brevemente los fundamentos de su acusación, indicando las pruebas que pretendía producir en el juicio oral, tales como testimonios, documentos y peritajes; Entre los testigos se encontraban el dueño de la joyería, dos clientes que presenciaron el robo, un vecino que llamó a la policía y dos funcionarios que participaron en la detención. Entre los documentos se hallaban el acta policial, el informe médico forense del imputado y la víctima, el certificado de experticia balística y el avalúo de las joyas robadas. Entre los peritajes se contaban el reconocimiento fotográfico del imputado, la prueba de absorción atómica y la prueba grafológica. La víctima ratificó su adhesión a la acusación y su pretensión indemnizatoria. El abogado defensor, en representación del imputado, se opuso a la acusación y planteó una excepción de falta de acción por prescripción del delito. Además, reiteró su petición de revocar la medida cautelar y sustituirla por una caución juratoria. El
  • 3. imputado solicitó al juez que le recibiera su declaración y negó haber cometido el robo. Afirmó que era inocente y que había sido confundido con otra persona. Asimismo, el juez informó a las partes sobre las posibilidades de aplicar un procedimiento por admisión de hechos o un acuerdo reparatorio, pero ninguna de ellas mostró interés. Finalizada la audiencia, el juez resolvió en presencia de las partes lo siguiente: A. Rechazó la excepción de falta de acción por prescripción del delito, por considerar que no se había cumplido el lapso legal para ello. B. Admitió parcialmente la acusación fiscal, excluyendo la circunstancia agravante de uso de arma de fuego, por no estar suficientemente acreditada. C. Ordenó la apertura del juicio oral y público y remitió el expediente al tribunal de juicio. D. Mantuvo la medida cautelar de arresto domiciliario al imputado, por estimar que persistían los riesgos procesales que la motivaron. De esta manera, se puede observar cómo se desarrolla la fase intermedia en el proceso penal venezolano, en la cual el juez de control ejerce un control jurisdiccional sobre la acusación y decide si procede o no la apertura del juicio oral y público. El análisis de las actuaciones de los sujetos procesales del caso práctico se puede realizar de la siguiente manera: A. El Ministerio Público, como titular de la acción penal y encargado de la investigación preparatoria, presentó una acusación contra Juan Pérez por el delito de robo agravado, basándose en los elementos de convicción obtenidos durante la investigación. En su acusación, el fiscal expuso los fundamentos fácticos y jurídicos de su pretensión punitiva, así como las pruebas que pretendía producir en el juicio oral, tales como testimonios, documentos y peritajes. El fiscal actuó conforme a los principios de legalidad, objetividad e independencia técnica que rigen su función. B. El juez de control, como órgano jurisdiccional encargado de garantizar los derechos fundamentales de las partes y el debido proceso, al recibir la acusación, convocó a las partes a una audiencia preliminar dentro de un
  • 4. plazo de 15 días. En dicha audiencia, el juez escuchó a las partes, resolvió las cuestiones previas planteadas por la defensa, admitió parcialmente la acusación fiscal, excluyendo la circunstancia agravante de uso de arma de fuego, por no estar suficientemente acreditada, ordenó la apertura del juicio oral y público y remitió el expediente al tribunal de juicio. Además, mantuvo la medida cautelar de arresto domiciliario al imputado, por considerar que persistían los presupuestos y requisitos para su imposición. El juez actuó conforme a los principios de imparcialidad, oralidad y contradicción que rigen su función. C. La víctima del robo, como sujeto pasivo que resintió directamente sobre su persona la afectación producida por la conducta delictiva, se adhirió a la acusación fiscal y solicitó una indemnización por los daños sufridos. En su adhesión, la víctima ratificó los hechos y el derecho invocados por el fiscal y expuso los fundamentos de su pretensión indemnizatoria. La víctima actuó conforme a los principios de igualdad, colaboración y buena fe que rigen su función. D. El imputado, como sujeto activo presunto autor o partícipe del delito imputado, designó un abogado defensor privado y solicitó la revocación de la medida cautelar de arresto domiciliario que le había sido impuesta. En su defensa, el imputado se opuso a la acusación fiscal y planteó una excepción de falta de acción por prescripción del delito. Además, reiteró su petición de revocar la medida cautelar y sustituirla por una caución juratoria. Asimismo, solicitó al juez que le recibiera su declaración y negó haber cometido el robo. El imputado actuó conforme a los principios de presunción de inocencia, contradicción y defensa que rigen su función. E. El abogado defensor, como representante técnico del imputado encargado de ejercer su defensa material y procesal, asistió al imputado desde el inicio del proceso y lo acompañó en todas las diligencias. En su defensa técnica, el abogado defensor se opuso a la acusación fiscal y planteó una excepción de falta de acción por prescripción del delito. Además, reiteró su petición de revocar la medida cautelar y sustituirla por una caución juratoria. El abogado defensor actuó conforme a los principios de lealtad, probidad y profesionalismo que rigen su función.