El documento habla sobre los seguros que necesita un autónomo. Explica que la responsabilidad civil es obligatoria y cubre daños a terceros. También menciona otros seguros recomendados como los de accidentes, salud y jubilación. Resalta la importancia de estos seguros para proteger al autónomo y su negocio de posibles riesgos.
2. ¿Conoces la Responsabilidad Civil
para autónomos? Al comenzar con
una actividad empresarial por
cuenta propia es natural hacerse
preguntas como qué cubre el
seguro de autónomos, si es
estrictamente necesario o incluso si
estamos obligados por ley a poseer
uno. Por eso, en Berribide
Correduría hemos decidido sacarte
de dudas de una vez por todas con
este artículo donde explicamos qué
seguros necesita un autónomo. ¿Te
atreves con ello? ¡Adelante!
3. Como es natural, cualquier persona es
capaz de causar algún daño a terceros,
bien sea por negligencia u omisión.
Estos daños pueden conllevar
consecuencias penales que a su vez
pueden derivar en un delito.
Así pues, la responsabilidad civil hace
referencia a la obligatoriedad por parte
del causante a responder de manera
indemnizatoria, por todos los daños
producidos a terceros, bien sean
materiales o personales.
¿QUÉ ES LA RESPONSABILIDAD CIVIL?
4. RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL / EXPLOTACIÓN / PROFESIONAL
La más básica y elemental de las
responsabilidades civiles es la que
garantiza las posibles reclamaciones
ante daños a terceros, tanto personales
como materiales y sus perjuicios
consecuentes en el desarrollo de la
actividad profesional asegurada. Esta
puede comprender indemnizaciones
desde los 150.000, hasta a varios millones de
euros, dependiendo de los daños causados.
Por eso, resulta vital analizar la actividad
asegurada y sus posibles riesgos para acotar el
capital asegurado.
De esta manera, resulta vital acotar la cantidad
a la que asciende la responsabilidad al tipo de
negocio que desarrolle el autónomo.
5. RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL
La responsabilidad civil profesional hace
referencia a un error o negligencia que
cause un daño a un tercero durante el
desarrollo de una actividad profesional,
que en principio tiene un componente
intelectual (diseño, proyecto, planificación,
etc…) y se plasma en un asesoramiento o
prestación de servicio.
6. ¿QUÉ ES UN SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA AUTÓNOMOS?
En primer lugar, conviene explicar una
serie de conceptos esenciales para
comprender qué seguros necesita un
autónomo. En concreto, nos referimos al
seguro de responsabilidad civil para
autónomos. Este tiene como objetivo
cubrir al asegurado de la responsabilidad
civil imputable por posibles daños
ocasionados a terceros y reclamaciones a
tu negocio.
Este seguro cobra especial importancia,
dada la posible repercusión sobre el
autónomo que se puede enfrentar a
sanciones civiles o incluso penales. De esta
manera, el seguro será el encargado de
responder por los daños personales y
materiales producidos a terceros, bien sea
ejerciendo la actividad profesional
asegurada, como por ser propietario o
inquilino del local donde se desarrolla.
7. ¿ES OBLIGATORIO?
La normativa que regula cada sector de
actividad profesional o empresarial es la
que determina cuándo es obligatorio el
seguro de responsabilidad civil. Cuando
procedemos a darnos del alta como
autónomos o a dar de alta nuestra empresa,
la administración o los colegios
profesionales correspondientes nos
informará de si en nuestro caso es
obligatorio el seguro de responsabilidad
civil para empresa.
Lo que sí es obligatorio por Ley es la
obligación de reparar el daño causado a
otras personas por nuestras acciones u
omisiones, si ha habido culpa o negligencia
por nuestra parte. Además la Ley establece
que no solo somos responsables por los
actos u omisiones propios, sino también por
los de aquellas personas de quienes
debamos responder (emleados).
8. El seguro de responsabilidad civil
constituye un instrumento que dota de
seguridad no solo a los consumidores y
usuarios de nuestros servicios profesionales
o empresariales, sino también a los propios
empresarios y autónomos. Sin la cobertura
de las entidades aseguradoras, en muchas
ocasiones estos no podrían asumir los
riesgos que ciertas actividades llevan
aparejadas.
Por lo tanto, aunque no siempre es
obligatorio es muy recomendable.
9. ¿CUÁL SON LAS COBERTURAS DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD
CIVIL PARA AUTÓNOMOS?
Como ya hemos comentado con
anterioridad, la cobertura del seguro de
responsabilidad civil para autónomos es
personalizable. De esta manera, podemos
especificar un limite en la póliza, que suele
oscilar desde los 150.000 hasta los 600.000
euros, aunque es totalmente personalizable.
Por norma general, lo más recomendable es
adaptar este limite a las dimensiones del
negocio, pero en contadas excepciones,
existen cantidades mínimas establecidas.
10. Lo más habitual es que la póliza contemple
una cobertura especificando una cantidad
determinada por siniestro y año. Esto quiere
decir que la cantidad acordada supone el
presupuesto para los posibles siniestros
acaecidos durante un año natural. De esta
manera, si el autónomo sufre varios
siniestros, el seguro solo cubrirá las
indemnizaciones de dichos siniestros hasta
alcanzar el limite estipulado.
También resulta de especial interés conocer
si la póliza contratada por el autónomo
incluye los gastos de defensa jurídica, para
evitar tener que costearlos con la propia
responsabilidad.
11. Una vez asimilado el concepto de
responsabilidad civil, tratado en el
capítulo anterior de nuestra
entrada acerca de los seguros que
necesita un autónomo,
procederemos a explicar cuáles
resultan obligatorios por la ley
vigente y cuáles no.
12. ¿QUÉ TIPOS DE SEGUROS OBLIGATORIOS REQUIERE UN AUTÓNOMO?
SEGUROS PARA AUTÓNOMOS CON EMPLEADOSComo es natural, en función de
la actividad empresarial que
lleve a cabo el autónomo,
puede requerir más seguros, a
parte del seguro de
responsabilidad civil, Estos son
algunos de ellos:
Si el autónomo cuenta con personal empleado, es
necesario que posea un seguro de convenio. Esto
se debe a que el autónomo ha de responder por
daños causados por posibles contratiempos
como accidentes laborales, incapacidades
derivadas de la actividad laboral o incluso por
su defunción. Además, el autónomo puede tener
que hacer frente a multas de hasta 180.000 € en
caso de carecer de dicho seguro.
13. SEGUROS PARA AUTÓNOMOS CON
VEHÍCULOS
La ley dictamina que los vehículos como
coches de empresa, deben contar con un
seguro de coche a terceros de manera
obligatoria. Además, si la actividad laboral
requiere de un uso intensivo del vehículo,
es muy conveniente contar con un seguro
de vehículo a todo riesgo para autónomos.
SEGUROS PARA AUTÓNOMOS CON LOCAL
Es habitual que el autónomo desarrolle su
actividad laboral en un local en condición
de arrendado. Para poder abrir un local, es
indispensable contar con el ya citado
seguro de responsabilidad civil. Además,
en esta condición, es muy recomendable
contar con algún tipo de seguro
multiriesgo, que pueda cubrir al autónomo
ante daños como incendios, vandalismo,
inundación, o incluso robo o daño a la
mercancía.
14. TIPOS DE SEGUROS NO OBLIGATORIOS
RECOMENDABLES PARA AUTÓNOMOS
Ya hemos hablado de los seguros obligatorios que
requiere un autónomo, pero existen otros tipos de
pólizas muy recomendables. Estos son los más
destacados.
15. SEGUROS DE ACCIDENTE Y BAJA LABORAL PARA AUTÓNOMOS
Las dificultades a las que se enfrenta un
autónomo en caso de enfermedad o
accidente son de sobra conocidas. El
importe a cobrar durante este periodo está
directamente relacionado con la base de
cotización escogida, que por lo general,
suele ser la mínima. Por ello, resulta
altamente recomendable para cualquier
autónomo la contratación de seguros de
accidente y baja laboral.
Este tipo de seguros complementan los
ingresos a percibir si se da alguna de las
contingencias, ayudando así a evitar que sus
ingresos se vean mermados. De esta manera,
queda cubierto ante bajas médicas,
enfermedad, incapacidad temporal u
hospitalización.
16. SEGUROS DE JUBILACIÓN
PARA AUTÓNOMOS
Los seguros de jubilación para
autónomos complementan la
prestación que le corresponde recibir
por parte de la Seguridad Social. Este
tipo de seguros son especialmente
interesantes para los autónomos, dado
que es muy habitual que estos opten
por cotizar la base mínima, lo que
supone una prestación por jubilación
muy baja.
SEGUROS DE SALUD PARA
AUTÓNOMOS
De manera similar a los seguros por jubilación, los
seguros de salud para autónomos son muy útiles
para complementar las prestaciones sanitarias
básicas ofrecidas por la Seguridad Social. Cabe
destacar, que los seguros de salud no solo cuentan
con los servicios de medicina general, urgencias u
hospitalización, sino que también ofrecen la
posibilidad de contar con coberturas especificas
dependiendo de la actividad laboral del
autónomo, como servicios de farmacia, seguros de
incapacidad, cobertura dental, y muchos otros
17. SEGUROS DE VIDA PARA AUTÓNOMOS
Este tipo de seguro consiste en la
indemnización a la familia del fallecido en
caso de muerte y de un capital al
asegurado en caso de invalidez o
enfermedad grave. Los seguros de vida
para autónomos resultan de especial
interés, ya que la pensión de viudedad y la
de invalidez consisten en un porcentaje
de la base de cotización del asegurado,
y como ya hemos comentado antes, es
habitual por parte de los autónomos cotizar
por la base mínima. Hay que destacar que
muchos de estos seguros incluyen servicios y
clausulas extra, como anticipos del capital por
invalidez o pérdida de autonomía.
Además, los seguros de vida para autónomos
suelen encargarse de las gestiones
pertinentes para que la familia lleve a cabo el
menor número de trámites posible.
18. Como podemos observar, existen multitud de
tipos de seguros para autónomos, pero
algunos de ellos son opcionales aunque muy
recomendables. En definitiva, la mejor opción
para cualquier autónomo siempre será
adquirir los seguros que exige la ley y
plantearse la conveniencia de seguros
opcionales adaptados a su actividad laboral.
19. En esta ocasión vamos a hablar de
los seguros para autónomos del
sector de la hostelería. Cuando
decidimos iniciar una actividad en
el sector de la restauración
tenemos que tener en cuenta que
necesitamos contratar uno o varios
seguros para proteger nuestra
actividad. Por ello, en esta entrada
recogeremos los diferentes seguros
para autónomos con actividad
hostelera.
20. ¿QUÉ SEGUROS PARA AUTÓNOMOS DEL SECTOR DE
LA HOSTELERÍA SON REQUERIDOS?
Las pólizas para restaurantes suelen cubrir tres elementos claves: a los clientes, a los
empleados, a los inmuebles o bienes y los daños que pueda ocasionar a terceros.
Como ya comentamos en la primera parte del artículo, el único seguro estrictamente
obligatorio por la ley es el Seguro de Responsabilidad Civil. No obstante, en el caso de los
seguros para autónomos del sector de la hostelería, es recomendable también el seguro
multi-riesgo. Este seguro, suele incluir la garantía de Responsabilidad civil.
21. SEGURO MULTI-RIESGO PARA RESTAURANTES, BARES Y CAFETERÍAS
La Póliza de Multi-riesgo de Comercios
cubren y garantiza una amplia variedad de
los daños que pudieran sobrevenir o ser
causados a tu negocio. Estas pólizas
incluyen una serie de coberturas básicas o
automáticas, y aparte otras opcionales o
alternativas. Estas deben ser incluidas y
contratadas cuando se hace la póliza para
que queden cubiertas.
En la póliza Multi-riesgo podemos asegurar
bajo la estructura del local lo que se llama
en términos aseguradores el Continente) y
todos los bienes, mobiliario y decoración,
maquinaria, equipos electrónicos y existencias
que hay dentro (el contenido).
Además, si el autónomo es inquilino y o
arrendatario y ha llevado o efectuado obras
de acondicionamiento y mejoras del local
Asegurado, puede asegurarlas como Obras de
reforma o como lo que denominamos
Continente a Primer Riesgo.
22. ¿QUÉ GARANTÍAS PARA AUTÓNOMOS DEL SECTOR
DE LA HOSTELERÍA SON RECOMENDABLES?
Existen multitud de coberturas para
proteger al autónomo y su negocio de
multitud de accidentes y posibles
catástrofes. Estas son las coberturas más
destacadas.
23. COBERTURA DE DAÑOS EN EL CONTENIDO Y EL CONTINENTE
La mayoría de seguros para restaurantes
tienen entre sus garantías coberturas para
el continente y el contenido en caso de
incendio, caída de rayos, explosiones,
fenómenos de la naturaleza e incluso
inundaciones.
En primer lugar, hay que tener claro que el
continente es la estructura física del
edificio del comercio, es decir, los cimientos,
muros, instalaciones fijas del local como la
eléctrica o la calefacción, pinturas, etc.
Por otro lado, el contenido se refiere a los
bienes que se encuentran en el interior del
edificio como el mobiliario, la mercancía,
los bienes de terceros o los objetos de
valor.
24. COBERTURAS DE DAÑOS
ELÉCTRICOS
COBERTURA CONTRA INCENDIOS
La cobertura por daños
eléctricos es común en los
seguros para restaurantes.
Esta cubre los daños que
sufran las instalaciones
eléctricas y sus accesorios por
motivos como las corrientes
anormales, cortocircuitos,
caída de un rayo, etc.
Normalmente las compañías que cuentan con la
garantía de incendios en sus pólizas para restaurantes
se encargan de cubrir los daños materiales por la
acción directa del fuego en bienes asegurados.
Dentro de esta cobertura se podría indemnizar también
al asegurado por los daños en los productos,
provocados a la hora de extinguir el incendio, como, por
ejemplo, el deterioro del mobiliario o los alimentos por
el uso de espuma por parte de los bomberos.
25. CONTRA EXPLOSIÓN, IMPLOSIÓN
O CAÍDA DE RAYOS
COBERTURA CONTRA DAÑOS POR AGUA
Las pólizas también suelen incluir
en su condicionado la cobertura de
los daños materiales en los bienes
causados por una explosión,
implosión o caída de rayos. La
garantía se suele aplicar, aunque
no ocurra un incendio posterior.
Existen coberturas que se encargan de garantizar la
indemnización por los daños materiales directos
ocasionados por el agua a los bienes asegurados.
Estos daños pueden ocasionarse por un reventón
de las cañerías, roturas de las tuberías, escapes o
goteras procedentes de locales contiguos o
superiores.
Existen aseguradoras que también contemplan
en su condicionado la indemnización en caso de
que, por olvido, no se cierren los grifos o las
llaves de paso de agua.
26. FENÓMENOS NATURALES
En muchos casos se garantizan los
daños materiales causados
directamente por la acción de la
lluvia, pedrisco, nieve y viento,
siempre que los siniestros causados
por estos riesgos no tengan la
consideración de fenómenos
extraordinarios, ya que en este caso
sería el Consorcio de Compensación
de Seguros el encargado de
cubrirlos y no la compañía
aseguradora.
Las mercancías guardadas en neveras o cámaras
refrigeradas también se pueden asegurar en las
pólizas de hostelería. Este tipo de cobertura
garantiza las pérdidas o daños por el deterioro
de los alimentos y productos en aparatos
frigoríficos del establecimiento.
Por lo general, las compañías suelen indemnizar
en estos casos siempre que se produzca una
avería en la cámara, una elevación o descenso de
la temperatura por un defecto del aparato, o
incluso un corte de energía eléctrica que paralice
la actividad del aparato.
DETERIORO DE MERCANCÍAS REFRIGERADAS
27. CONTRA ROBO
La cobertura por robo y expoliación
suele estar incluida en las pólizas para
un restaurante o bar. Mediante esta
garantía se protege el negocio
asegurado de los daños materiales y
pérdidas por la desaparición o
destrucción de los bienes a causa de
un robo.
Muchas pólizas diferencian el
contenido del continente en la
cobertura por robo. Es aconsejable
revisar el condicionado, ya que puede
que alguno de estos elementos no esté incluido
y en caso de robo no ser indemnizado.
Al asegurar el contenido, conviene tener en
cuenta también las condiciones necesarias para
recibir indemnización en caso de sufrir robo de
dinero en el restaurante. Otra de las garantías
que puede incluir la cobertura por robo es la
expoliación a los transportistas, siempre y
cuando el contenido esté incluido.
La infidelidad de empleados suele ser un riesgo
asegurado en las pólizas para restaurantes. Este
tipo de garantía protege al asegurado de las
pérdidas que sufra por culpa del robo,
malversación, desfalco o falsificación de sus
empleados dados de alta en la Seguridad Social.
28. PÉRDIDA DE BENEFICIO
Este seguro protege al autónomo frente a
posibles pérdidas de rendimiento
económico, debidas a una interrupción
parcial o total de la actividad. Estas
pérdidas han de tener su origen en un
daño material causado a los bienes
asegurados y cubierto por las siguientes
coberturas: incendio, explosión, caída del
rayo, humo, impacto de objetos,
detonaciones sónicas, daños eléctricos,
actos de vandalismo, fenómenos
atmosféricos, derrames de agua u otros
líquidos…
Incluye también las pérdidas por la
imposibilidad o dificultad de acceso al local
asegurado, particularmente en caso de
prohibición por las autoridades competentes,
como consecuencia de un incendio o
explosión ocurrido en locales de la vecindad
del riesgo asegurado.
29. GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA RESTAURANTES,
BARES Y CAFETERÍAS
Casi todos los seguros de restauración
incluyen coberturas en materia de
responsabilidad civil. Al ejercer la
actividad profesional, un cocinero,
camarero o incluso el local pueden
provocar un perjuicio a un tercero. Por
ejemplo, un error o una negligencia en la
elaboración de la comida pueden causar
intoxicaciones a los clientes. Por este motivo,
la cobertura de Responsabilidad Civil cubre a
los asegurados frente a los daños que puedan
ocasionar a terceros. En un restaurante se
puede cubrir distintos tipos de
responsabilidad civil.
30. RESPONSABILIDAD CIVIL PATRONAL
Este tipo de cobertura se encarga de
proteger al propietario del negocio
asegurado frente a los daños que pueda
ocasionar a sus trabajadores. De esta
forma, la aseguradora compensaría las
reclamaciones que realizasen los
asalariados. Siempre que fueran víctimas
de accidentes de trabajo en los que el
empresario hubiese podido tener culpa.
Por ejemplo, la demanda de un empleado
que tenga un percance en una cocina sin
las medidas de seguridad requeridas.
RESPONSABILIDAD CIVIL DE PRODUCTO
En este caso la compañía se encargaría de
indemnizar a los clientes de un restaurante
asegurado por haber sufrido daños
ocasionados por productos alimentarios
producidos en el local. Esto ocurre, por
ejemplo, cuando se sirve un pescado o
carne en mal estado y se provoca una
intoxicación al comensal.
31. RESPONSABILIDAD CIVIL DE
EXPLOTACIÓN
Se trata de una cobertura de
Responsabilidad Civil general, que
responde de los daños materiales o
personales producidos a terceros. Por
ejemplo, si un cliente entra en el local y se
resbala porque el suelo está mojado, los
daños que pudiese sufrir estarían
cubiertos por esta garantía.
RESPONSABILIDAD CIVIL LOCATIVA
En un restaurante situado en un local de
alquiler, esta cobertura cubre al
empresario arrendador frente a los
daños que pueda ocasionar en el local.
De esta manera estaría protegido frente a
las reclamaciones del arrendatario.
32. Como hemos comprobado, el caso de los
seguros para autónomos del sector de la
hostelería es especialmente delicado. Esto se
debe a la multitud de riesgos a los que se
encuentran expuestos sus negocios. Es por
ello que los seguros opcionales para
autónomos adquieren una gran importancia
para ellos y existe tal variedad de coberturas.
33. Al igual que los autónomos del
sector de la hostelería, del sector de
la peluquería y centros de estética
está sujeto a multitud de riesgos
durante el ejercicio de su actividad.
Estos se deben a varios motivos; en
primer lugar, trabajan en contacto
físico directo con el cliente,
tratándolos con aparatología y
productos químicos; y en segundo
lugar poseen numerosos aparatos
eléctricos susceptibles de recibir
daños y averías.
Veamos qué seguros necesita un
autónomo del sector de la
peluquería y la estética.
34. QUÉ TIPOS DE SEGUROS OBLIGATORIOS REQUIERE
UNA PELUQUERÍA O CENTRO DE ESTÉTICA
Como es de suponer, en el caso de peluquerías y centros de estética, también es
obligatorio la contratación de un seguro de responsabilidad civil. Además, en este caso
cobra especial importancia, dadas las condiciones y el trato con el cliente, que hemos
mencionado anteriormente. Además de las garantías habituales: Responsabilidad Civil
Explotación, Responsabilidad Civil Inmobiliaria, Responsabilidad Civil Locativa…En estas
actividades en concreto es imprescindible la Responsabilidad Civil PROFESIONAL y la
Responsabilidad Civil Patronal.
35. RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL
Cubre al Autónomo / Empresa frente a
posibles daños personales o
materiales causados a los clientes
durante el desarrollo de la actividad
laboral. Esto hace referencia a daños
como cortes accidentales, quemaduras
(químicas o térmicas), posibles
reacciones alérgicas a productos
estéticos, daños a prendas de vestir, etc.
El capital asegurado en la garantía de
Responsabilidad Civil Profesional suele ser
más elevado en el caso de los centros de
estética, ya que los daños causados a los
clientes pueden ser mayores a los que se
producen en una peluquería.
36. RESPONSABILIDAD CIVIL PATRONAL
Entendiéndose como la responsabilidad
derivada de los daños personales causados
por la empresa (por acción u omisión) al
propio personal (empleados) que presta
sus servicios en ella como consecuencia de
un accidente laboral.
37. ¿QUÉ TIPOS DE SEGUROS SON RECOMENDABLES EN UNA PELUQUERÍA
O CENTRO DE ESTÉTICA?
Como venimos recalcando constantemente, las peluquerías y los centros estéticos son
propensos a sufrir multitud de siniestros. Es por eso, que además del seguro de
Responsabilidad Civil (obligatorio) es aconsejable tener un seguro multirriesgo. Te
explicamos qué garantías son las más recomendables además de las habituales (incendio,
daños por agua, rc explotación e inmobiliaria/locativa…).
38. GARANTÍA DE AVERÍA DE MAQUINARIA
Y EQUIPOS ELECTRÓNICOS
En numerosas ocasiones los dispositivos
con los que se opera en centros de estética
y peluquerías suelen resultar de precios
considerables. Por eso es recomendable
para los autónomos del sector de la
peluquería y la estética hacerse con un
seguro contra daños en la maquinaria que
garanticen una indemnización en caso de
averías.
39. ¿QUÉ DATOS SON IMPORTANTES?
IMPRESCINDIBLE DETALLAR TODAS LAS
ACTIVIDADES QUE SE REALIZAN EN LA
PELUQUERÍA O CENTRO DE BELLEZA
Multitud de aseguradoras ofrecen seguros
específicos que cubren de manera muy
concisa la actividad laboral de este sector.
De esta manera, es posible cubrirse frente
a posibles problemas derivados de
servicios concretos como tratamientos
láser, micropigmentación, dermoabrasión,
depilación láser, fotodepilación,
microblading, tatuajes, piercing,
acupuntura, etc…
GARANTÍA CONTRA ROBO EN CENTROS
DE ESTÉTICA Y PELUQUERÍAS
Como ya hemos comentado con
anterioridad, el equipo de este tipo de
negocio resulta especialmente atractivo
para ladrones y vándalos, dado el elevado
precio de su aparatología y productos. La
garantía de robo para peluquerías y
centros de estética reparará cualquier
daño causado al establecimiento durante
el robo así como el robo en sí de los
aparatos, productos, dinero….
40. Como hemos podido comprobar, las
peluquerías y los centros de belleza y estética
son negocios muy peculiares. Es por esto que
requieren de especial atención en lo que
respecta a seguros para autónomos del
sector. Desde Berribide Correduría
recomendamos analizar con detenimiento las
necesidades del negocio para determinar qué
tipo de seguros beneficiaría más al autónomo.