2. Que Son Los Derechos De
Autor
El derecho de autor es un conjunto de normas
jurídicas y principios que afirman los derechos
morales y patrimoniales que la ley concede a
los autores (los derechos de autor), por el solo
hecho de la creación de una obra literaria, artística,
musical, científica o didáctica, esté publicada o
inédita. La legislación sobre derechos de autor en
Occidente se inicia en 1710 con el Estatuto de la
Reina Ana.
Está reconocido como uno de los derechos
humanos fundamentales en la Declaración
Universal de los Derechos Humanos.
3. Obras Protegidas
Las obras protegidas por el derecho de autor son muy
variadas. En términos generales, cualquier creación
original artística, literaria o científica expresada por
cualquier medio o soporte, tangible o intangible,
actualmente conocido o que se invente en el futuro, tal y
como establece el artículo 10 de nuestra Ley de propiedad
intelectual. Esta declaración genérica es completada por
una lista de obras protegidas, que aun siendo bastante
completa, tiene carácter meramente ilustrativo, es decir,
estará protegida también cualquier otra obra, aunque no
esté en esta lista, si se trata de una creación original
artística, literaria o científica.
4.
5. Contenido Derecho De
Autor
El derecho de autor tiene una doble naturaleza,
moral y patrimonial, como deja claro el artículo 2
de la LPI, cuando establece que “la propiedad
intelectual está integrada por derechos de carácter
personal y patrimonial, que atribuyen al autor la
plena disposición y el derecho exclusivo a la
explotación de la obra”. De ahí que los derechos
que componen el derecho de autor se puedan
agrupar en dos grandes categorías: derechos
morales (paternidad, integridad, divulgación…) y
derechos patrimoniales (reproducción, distribución,
comunicación pública, transformación)
6. Derechos Morales:
Como ya mencionamos previamente, los
derechos morales tienen su origen en los países
del sistema jurídico latino-continental, por lo
que disfrutan de una completa protección en
países como España o Francia, mientras que en
los países anglosajones se han reconocido muy
recientemente (por ejemplo, en 1988 en el
Reino Unido o Canadá) y gozan de una
protección mucho menor.
Según el artículo 14 de la LPI, corresponde al
autor
7.
8. Derechos Patrimoniales:
Al contrario que los morales, estos derechos pueden
cederse casi con toda libertad tanto por actos inter
vivos.
9. Duración Derechos De
Autor
Los derechos patrimoniales del autor no permanecen eternamente,
sino que la ley estipula su período de duración. El plazo general de
los derechos de explotación de la obra comienza cuando el trabajo
ha sido plasmado en un soporte tangible, continúa durante la vida
del autor y en el caso de la legislación española, con carácter
general, durante setenta años después de su fallecimiento. No
obstante, en el texto refundido de la LPI de 1987 se introdujo una
disposición transitoria, la cuarta concretamente, que establecía que
los derechos patrimoniales de las obras creadas por autores
fallecidos antes del 7 diciembre de 1987 tendrán la duración
prevista en la Ley de 10 de enero de 1879 sobre Propiedad
Intelectual, es decir, 80 años. En definitiva, aunque el plazo
establecido en la ley actual es de 70 años, buena parte de las obras
tienen en realidad una protección de 80 años tras la muerte del
autor.