2. REGLAMENTO ELECTORAL
Título I. Disposiciones generales
a. ¿Qué es el municipio escolar?
El Municipio escolar es una organización que representa a las y los estudiantes
de la institución educativa.
b. ¿Cómo se elige la directiva del municipio escolar?
Son elegidos en forma democrática por votación universal y secreta.
c. ¿Cuál es el período de gestión de la directiva elegida?
Su gestión es de un año.
Título II. Del comité electoral
a. ¿Qué es el comité electoral y cuáles son sus funciones?
El comité electoral está conformado por alumnas y alumnos del último año o
grado de la institución educativa, designados por sorteo. Está constituido por tres
miembros titulares y tres suplentes, y tienen el encargo de normar, planificar,
organizar, supervisar y ejecutar el proceso electoral hasta la juramentación.
b. ¿Quiénes lo conforman?
El comité electoral está conformado por niños, niñas y adolescentes, designados
por sorteo, siendo tres miembros titulares y tres miembros suplentes. El comité
electoral se encargará de la planificación y organización de las elecciones del
municipio escolar hasta la juramentación.
Título III. De la directiva
a. ¿Quiénes la conforman?
La Directiva del Municipio Escolar está integrada por:
Alcalde(sa).
Teniente Alcalde(sa).
3. Regidora o Regidor de Educación, Cultura, Recreación y Deporte.
Regidora o Regidor de Salud y Ambiente.
Regidora o Regidor de Emprendimiento y Actividades Productivas.
Regidora o Regidor de Derechos del Niño, Niña y Adolescente.
Regidora o Regidor de Comunicación y Tecnologías de la Información.
b. ¿Cuál es el periodo de gestión?
El periodo de gestión es de un año escolar. Solo en casos excepcionales la
comisión encargada determinará el periodo de gestión, pudiendo ser mayor o
menor al tiempo establecido.
c. ¿Cuáles es la función de la directiva y de cada cargo?
Alcalde(sa)
Representar a la Institución Educativa, en actividades internas.
Coordinar la elaboración del plan de Trabajo del Municipio Escolar, con el
apoyo del Docente Asesor.
Trabajar coordinadamente con sus regidores y apoyar las comisiones de
trabajo.
Teniente alcalde(sa)
Remplazar al Alcalde(sa) en caso de ausencia.
Revisar y aprobar los informes de las comisiones de trabajo, los mismos que
deben reflejar y respetar los acuerdos de Asamblea.
Regidor (a) de educación, cultura, recreación y deporte
Coordinar la implementación de actividades culturales, recreativas y
deportivas de la Institución Educativa.
Regidor (a) de salud y ambiente
Promover campañas que favorezcan la salud, el ornato y el cuidado del
ambiente en la Institución educativa y su entorno.
Regidor (a) de Emprendimiento y actividades Productivas
Coordinar con Institución Coordinar con Instituciones públicas y privadas de
la localidad la implementación de proyectos productivos y de servicios en la
institución educativa.
Regidor (a) de Derechos del niño, niña y adolescente
4. Difundir los derechos y responsabilidades de los niños, niñas y adolescentes
en la institución Educativa.
Regidor (a) de Comunicación y Tecnologías de la Información
Coordinar con las regidoras y regidores para la implementación de medios
de comunicación escolar en diversos formatos, orientados a la difusión de
actividades de la Institución Educativa.
Título IV. Convocatoria
a. ¿Con cuánta anticipación al día de la elección se hace la convocatoria?
La convocatoria a elecciones la realiza el comité electoral con una anticipación
no mayor de cuarentaicinco (45) días, ni menor a treinta (30) días anteriores a la
fecha de la elección.
b. ¿Qué día, hora y lugar será la elección?
El 27 de mayo a las 11:00 a.m. para el nivel de primaria y 16:00 p.m. secundaria
en las instalaciones de la institución educativa “Mario Vargas Llosa”.
Título V. Padrón electoral
a. ¿Qué es y cómo organizar el padrón electoral?
Es un registro que contiene los nombres y apellidos de cada alumno/a, así como
su grado, sección, espacio para la firma y huella dactilar. Se elabora sobre la
base del listado del alumnado que proporciona la dirección de la institución
educativa al comité electoral
Título VI. De la inscripción de listas de candidatos
a. ¿Cómo deben estar conformadas las listas?
Las listas de candidatos/as a la directiva del municipio escolar deben estar
conformadas por:
1. Alcaldesa o alcalde
2. Teniente alcaldesa o teniente alcalde
3. Regidora o regidor de educación, cultura, recreación y deporte
5. 4. Regidora o regidor de salud y ambiente
5. Regidora o regidor de emprendimiento y actividades productivas
6. Regidora o regidor de derechos del niño, niña y adolescente
7. Regidora o regidor de comunicación y tecnologías de la información
b. ¿Cómo se promueve la participación de hombres y mujeres en la
composición de las listas?
Las listas deben estar compuesta por el alumnado de la institución educativa
(50% de hombres y 50% de mujeres).
c. ¿Cuáles son los requisitos para inscribir una lista?
Las listas deben estar integradas por estudiantes de diferentes niveles, grados
y turnos, debidamente identificados por números, letras y/o símbolos.
d. ¿Quiénes no pueden integrar una lista?
En el caso de que las elecciones se realicen al final del año escolar, los y las
estudiantes del último año o grado de la institución educativa no podrán ser
candidatos.
e. ¿Cuáles son los plazos para la inscripción de listas?
Las listas de candidatos/as se inscriben ante el comité electoral hasta quince
(15) días antes de las elecciones
f. ¿Cuántos días debe tener el periodo de tachas?
Después de publicar las listas hábiles 24 horas
g. ¿Qué documentos debe adjuntar la lista?
Cada lista deberá presentar una propuesta de plan de trabajo que la elaborará
con ayuda del equipo de trabajo y el/la docente asesor/a. Esta consignará las
actividades que se proponen realizar si fueran elegidos como directiva de
municipio escolar.
Título VII. De los personeros
a. ¿Quién es el personero?
Es la persona a la que una organización política acredita para que la represente
ante una mesa de sufragio durante una jornada electoral.
b. ¿Cuáles son sus funciones?
6. Es presenciar y fiscalizar los actos de instalación, sufragio y escrutinio. Podrá
denunciar cualquier hecho que atente contra la transparencia y la legalidad del
proceso electoral en la mesa donde se encuentre acreditada, pero solo si
estuviere presente cuando ocurra el hecho en cuestión.
c. ¿Cuáles son sus derechos y prohibiciones?
DERECHOS DURANTE LA INSTALACIÓN:
Verificar el acondicionamiento de la cámara secreta y que el “Cartel de
candidatos” esté pegado (si lo desea).
Presenciar la inicialización del equipo de identificación. Asimismo, verifican
la hora y fecha del sistema, ingresan el número de la mesa, registran la
asistencia de las personas que ejercen el cargo de miembro de mesa
presentes, y ejecutan la puesta a cero de votantes para que se compruebe
que ninguna persona ha sido identificada.
Presenciar (si fuera el caso) el ingreso de anotaciones sobre incidentes o
problemas al campo de observaciones del acta de instalación.
Firmar las actas de instalación (si lo desea).
DERECHOS DURANTE EL SUFRAGIO
Formular observaciones o reclamos.
Verificar que las personas que ingresan a votar lo hagan sin compañía a la
cabina de votación, salvo en los casos de quienes tienen alguna
discapacidad.
Impugnar la identidad de la persona que se presenta a votar durante la
votación.
Presenciar el cierre del sufragio en el equipo de identificación.
Si no se hubiera registrado en el momento de la instalación, puede pedir ser
registrada para que sus datos se impriman en las actas electorales.
Presenciar (si fuera el caso) el ingreso de anotaciones sobre incidentes o
problemas al campo de observaciones del acta de sufragio
Firmar las actas de sufragio (si lo desea).
DERECHOS DURANTE EL ESCRUTINIO
Formular observaciones o reclamos al escrutinio.
7. Presenciar el cierre de la cabina de votación
Si todavía no se ha registrado, puede pedir a las personas miembros de
mesa que lo hagan para que sus datos sean impresos en las actas
electorales.
Presenciar (si fuera el caso) el ingreso de las anotaciones sobre incidentes
o problemas al campo de observaciones del acta de escrutinio.
Presenciar la transmisión de resultados de la mesa de sufragio (si fuera el
caso).
Firmar las actas de escrutinio (si lo desea).
Presenciar la verificación de votos
Solicitar, al término del escrutinio, una copia del acta electoral (de
instalación, sufragio y escrutinio) debidamente firmada.
PROHIBICIONES:
Preguntar a las personas votantes acerca de su preferencia electoral.
Conversar o discutir durante la votación con otra personera o personero,
con las personas que ocupan el cargo de miembro de mesa o con las que
se presentan a votar.
Interrumpir o solicitar la revisión de las decisiones adoptadas por las
personas miembros de mesa si no estuvo presente cuando ocurrió el hecho
objetado.
Título VIII. Los miembros de mesa
a. ¿Cómo se selecciona a los miembros de mesa?
Son designados en un sorteo realizado por el comité electoral siete (7) días
antes de la elección. Los/las sorteados/as son responsables de la instalación,
el sufragio y el escrutinio o conteo de votos en cada una de las mesas de
sufragio el día de la elección.
b. ¿Cuáles son sus funciones?
Instalación de la Mesa de Sufragio: Los miembros de mesa tienen la función
de acomodar los materiales electorales al momento de la instalación, se
8. presentan treinta minutos antes de la votación y deben recibir del comité
electoral todos los materiales que necesitan para hacer su trabajo.
Durante el Sufragio o la Votación: Los miembros de mesa son los primeros
en sufragar y los encargados de recibir los votos de los/as electores/as.
Durante el Escrutinio o Conteo de los Votos Los miembros de mesa, en
presencia de los/las personeros/as, revisan las cédulas y determinan si el voto
es válido, nulo o en blanco.
Título IX. Campaña electoral
a. ¿Cuáles son los plazos para la campaña electoral?
Se realizará hasta dos días antes de la jornada electoral.
b. ¿Cómo debe ser la campaña y cuáles son sus prohibiciones?
Promover la exposición de planes de trabajo por parte de los candidatos, visitas
a las aulas, prensa escolar, dar un tiempo a cada lista durante la formación,
afiches, volantes, etcétera. Durante la campaña electoral debe primar el respeto
mutuo, de manera que sea un momento para debatir ideas y propuestas, sin
ofender ni atentar contra la dignidad de las personas, así como velar por la
participación equitativa de alumnos y alumnas.
Se debe evitar que los candidatos desvirtúen el sentido de la participación,
prometiendo cosas imposibles o que no le corresponde decidir a los alumnos,
cayendo en un comportamiento demagógico.
Título X. Instalación de la mesa de sufragio
a. ¿Qué formatería y útiles deben recibir los miembros de mesa para realizar
su trabajo?
Padrón electoral (uno por mesa)
Acta electoral
Cédula de votación
Cartel de candidatos/as
Cabina de votación, ánfora, lapiceros, tampón, cinta de embalaje y
servilletas.
9. b. ¿Cuáles son los pasos de los miembros de mesa para la instalación de
la mesa de sufragio?
1. Verificar que los formatos electorales estén completos. 2
2. Pegar el cartel de candidatos/as en la cabina de votación.
3. Llenar la hora de instalación de la mesa en el acta electoral.
4. El/la presidente de mesa debe firmar el reverso de todas las cédulas de
sufragio.
Título XI. Sufragio o votación
a. ¿Cuáles son las marcas autorizadas para votar?
Son la cruz (+) o el aspa (x).
b. ¿Cuándo se dice que el voto es válido, nulo o en blanco?
Voto válido:
Cuando la cruz (+) o el aspa (x) está dentro del recuadro del símbolo.
Cuando la cruz (+) o el aspa (x) sobrepasa el recuadro, pero la intersección
de las líneas está dentro del recuadro.
Voto nulo:
Cuando el elector o electora marca más de una opción en la misma cédula.
Cuando el elector o electora usa un signo distinto a la cruz (+) o el aspa
(x).
Cuando la cara externa de la cédula no lleva la firma del/la presidente/a
de mesa, es también voto nulo.
Voto en blanco:
Cuando la cédula no tiene ninguna marca.
c. ¿Cuáles son los pasos del elector para votar?
El elector/a entrega su DNI, u otro documento que permita el reglamento,
y comprueba sus datos en el padrón electoral.
Al elector o electora se le entrega la cédula firmada por el presidente/a de
mesa en el reverso y un lapicero.
10. El elector o electora ingrese sin compañía en la cabina de votación para la
emisión de su voto.
Al elector o electora se le indica que deposite la cédula doblada en el
ánfora.
Al elector o electora se le señala el lugar en el que debe firmar.
Al elector o electora se le señala el lugar en el que debe colocar su huella
dactilar.
Al elector o electora se le devuelve el documento de identidad
Título XII. Escrutinio o conteo de votos
a. ¿Cuáles son los pasos de los miembros de mesa durante el escrutinio?
1. Ordenar la mesa, vaciar el ánfora y contar las cédulas sin abrirlas. Verificar
que la cantidad encontrada sea igual al total del alumnado que votó, como
figura en el acta electoral.
2. El/la presidente/a verifica que cada cédula tenga su firma.
3. Abrir las cédulas una por una y determinar el tipo de voto.
4. Mostrar la cédula a los demás miembros de mesa y personeros/as.
5. Agrupar los votos por cada lista, los blancos y los nulos.
6. Realizar el conteo en una hoja en blanco (borrador) y con el uso de palotes
(IIII).
7. Verificar que la suma total de votos sea igual a la cantidad de firmas en el
padrón.
8. Pasar los resultados de la hoja borrador al acta electoral.
9. El acta electoral debe tener la firma obligatoria de los miembros de mesa.
Los personeros/as presentes pueden firmarla si lo desean.
b. ¿Qué se hace luego de finalizar el escrutinio?
Se trasladan las cifras obtenidas de la hoja borrador según corresponda. Se
llenan los campos de hora de fin del escrutinio y las firmas obligatorias de los
miembros de mesa y de los/as personeros/as si así lo desean.
Título XIII. Del consolidado de los resultados y proclamación de resultados
11. a. ¿Cuál es el procedimiento del recojo de las actas de las mesas de
sufragio para hacer el consolidado de los resultados?
Finalmente, el comité electoral recogerá las actas de todas las mesas de
sufragio y hará un consolidado para obtener los resultados de la elección.
b. ¿Quiénes pueden estar presentes al momento de consolidar los
resultados?
Es recomendable que, en este momento, se cuente también con la presencia
de un personero/a por cada lista.
c. ¿Quién hace la proclamación y cuándo se efectúa esta?
El comité electoral elabora un acta de proclamación de resultados, precisando
los votos obtenidos por cada lista, así como los votos en blanco y nulos, de
toda la institución educativa, la que será leída antes del juramento de la lista
ganadora.
d. ¿Cómo se sabe quién ganó la elección?
Se define como lista ganadora a la que obtenga la mayoría simple de votos
válidos.
Título XIV. De la juramentación y entrega de resultados a la dirección
a. ¿Quién juramenta a la directiva elegida y cuándo se efectúa dicho acto?
El comité electoral, apoyado por el equipo docente y la dirección de la
institución educativa, juramentará a la lista ganadora.
b. ¿A quién se entrega los resultados electorales?
El director de la IE, bajo responsabilidad, enviará a la UGEL respectiva el
informe con los resultados de la elección (dentro de las cuarentaiocho horas
de realizada la votación).
Título XV. Disposiciones complementarias
a. ¿Cómo se resuelven los aspectos no contemplados en el reglamento
electoral?
PRIMERO: El Municipio Escolar, remitirá su plan de trabajo, a la Dirección del
Plantel.
12. SEGUNDO: Cualquier modificación al presente Reglamento, se consultará
oportunamente ante la Dirección del Plantel y el comité electoral.