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H.  CONGRESO DEL ESTADO DE JALISCOPRESENTE:<br />El que suscribe, DIP. RAMÓN DEMETRIO GUERRERO MARTÍNEZ, integrante de esta LIX Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Jalisco, en uso de las facultades que me confieren los artículos 28 fracción I y 35 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; en concatenación con los artículos 22 fracción I, 147 fracción I y 150 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, me permito poner a la consideración de esta Honorable Asamblea, iniciativa de Acuerdo Legislativo al tenor y conforme a la siguiente: <br />EXPOSICIÓN DE MOTIVOS<br />El 10 de junio,  se difundió que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podría limitar las operaciones con dólares en efectivo que se realicen en hoteles de México, buscando con ello que las operaciones de compra y venta de la divisa estadounidense se realicen a través del sistema bancario. <br />Con está misma fecha su servidor presentó ante el Pleno de este H. Congreso de Jalisco, una iniciativa de Acuerdo Legislativo que giraba exhorto  al Secretario de Hacienda y Crédito Público, así como al Secretario de Turismo del Estado, para que en sus nuevas regulaciones de prevención del lavado de dinero, se generarán esquemas que no inhibieran  la actividad turística y, por el contrario, se diseñaran esquemas que fortalezcan la seguridad en las transacciones económicas de las empresas y personas prestadoras de servicios turísticos y reforzarán las medidas de promoción con el fin de buscar mecanismos que faciliten las transacciones de los turistas que visitan nuestro Estado.<br />Por su parte las autoridades hacendarías establecieron una serie de medidas regulatorias debido a la alta circulación de dólares en efectivo en la economía mexicana y de la necesidad de identificar acciones inusuales que podrían estar relacionadas con el delito de lavado de dinero.<br />Esto llevó a que algunas instituciones bancarias como Banamex, Bancomer, HSBC, Santander y Scotiabank, entre otras, dejaran de cambiar dólares, ante las dificultades que les representaba la admisión de estas operaciones por parte de las autoridades mexicanas y estadounidenses, derivadas de las medidas adoptadas por ambos gobiernos para la prevención del lavado de dinero.<br />Por tanto, las reglas de limitación de depósitos de dólares en efectivo adoptadas por los bancos desde hace tres meses han detonado severos problemas que afectan a la población de los destinos que reciben turismo internacional ya  que reciben pagos y propinas en dólares que no pueden depositar en cuentas bancarias y hasta el cambio en pesos mexicanos se ha dificultado.<br />Con estas medidas anunciadas se  presupone que cualquier persona empleada en las actividades turísticas, y que con motivo de su actividad reciba dólares en efectivo, aunque sea bajo concepto de propinas, estaría obligada a manejar una cuenta bancaria.<br />El 16 de junio del presente la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Diario Oficial de la Federación publicó la circular número 18/2010 denominada “Modificación a las reglas de carácter general a las que deberán sujetarse las instituciones de crédito para recibir depósitos a la vista con o sin chequera en moneda extranjera”. Resolución que reforma y adiciona las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, así como el capítulo III Bis art. 33 Bis, así como el capitulo IV Bis Art. 34 Bis del mismo ordenamiento.<br />El Gobierno Federal pretende a través de este acuerdo establecer algunas medidas regulatorias consideradas adecuadas para satisfacer las necesidades de intercambio de dólares por pesos de la población en general y encauzar en un mismo sentido las políticas bancarias aplicables a la captación en efectivo de dólares de los Estados Unidos de América, al establecer ciertos requerimientos que permiten prevenir la realización de operaciones con recursos de procedencia ilícita y de financiamiento al terrorismo.<br />Sin embargo, dicha medida está limitando las operaciones bancarias del sector turístico en el país, en el Estado y  en mayor proporción en los centros turísticos de la República Mexicana, toda vez, que  se considera una medida que limita  e inhibe la actividad turística y económica,  que no responde al diseño de esquemas que fortalezcan la seguridad en las transacciones.<br />Es un dato conocido que en  los puntos turísticos de México existe un alto porcentaje de extranjeros que nos visitan, y que su moneda de uso habitual es el dólar. La restricción podría generar un decremento en la afluencia turística en estos centros vacacionales por las condiciones que esta disposición trae consigo.<br />A su vez habrá que considerar que los prestadores de servicios turísticos de estas regiones verán reflejado un menoscabo en su economía, porque la mayor parte de sus ingresos se genera en moneda extranjera, desde la gran infraestructura hotelera y restaurantera hasta los pequeños trabajadores prestadores de servicio al turismo extranjero considerados menos redituables, por mencionar algunos: botones, meseros, taxistas, etcétera.<br />Por su parte, la  Asociación de Hoteles y Moteles de Jalisco, A.C. a través del Dr. Gabriel Higareda Fong, Presidente de la Asociación Turística de Jalisco y  Presidente de la Junta de Vigilancia de la Asociación de Hoteles de  Jalisco, realizó un pronunciamiento en el sentido de considerar que la captación de divisas proveniente de la Industria turística nunca ha representado un riesgo para las operaciones de lavado de dinero y otras anomalías. Al contrario, señala puntualmente que  “lo que provoca está disposición cambiaria es la creación del mercado negro de dólares”. Consideró además, que de esta forma, las transacciones ilícitas solo buscarán cambiar su tipo de moneda, usando el euro. Además, de destacar que los hoteles son establecimientos fijos creadores de empleo que la SHCP controla. Así mismo, adjunta en su escrito de pronunciamiento algunas cifras de los años anteriores correspondientes al ingreso de divisas de los viajeros internacionales. Cita como fuente al Banco de México.<br />2007 $12, 851, 929,000 usd.<br />2008 $13, 289, 006,000 usd.<br />2009 $11, 275, 183,000 usd.<br />2010 $4, 683, 681, 000 usd.<br />13. Por su parte, la  Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados CANIRAC, a través del Lic. German Ralis Cumplido, Presidente en Jalisco de está Asociación, se pronuncia en el sentido de considerar que en el país, 4 de cada 10 empleos en el sector turismo provienen del sector restaurantero que es el segundo empleador en México, generando más de 1’ 325,000 empleos directos y casi 3, 500, 000 empleos indirectos. Por tanto, la nueva disposición afecta  el consumo en las empresas del sector restaurantero turístico e impactará negativamente a una parte importante de la población económicamente activa en el país. <br />Hasta el momento, el consumo de los turistas extranjeros sólo depende del nivel de su agrado respecto al bien o servicio turístico recibido. Limitar el monto de dólares intercambiables puede afectar la decisión de consumo por ende, la derrama económica de la región.<br />En ese sentido,  la medida que limita los intercambios de dólares a pesos por parte de las personas morales en las zonas turísticas, puede ser también un obstáculo para la agilidad de los procedimientos fiscales y administrativos de las empresas privadas en México, y particularmente, en Jalisco.<br /> Por lo anteriormente expuesto, me permito poner a su consideración la presente <br />INICIATIVA DE ACUERDO LEGISLATIVO<br />PRIMERO.- Gírese atento y respetuoso oficio al Secretario de Hacienda y Crédito Público para que reconsidere sus disposiciones normativas con respecto a las transacciones bancarias en dólares  en puntos estratégicos que conforman las regiones con mayor afluencia turística del país, que genere proyectos que no inhiban la actividad turística y, por el contrario, diseñe esquemas que fortalezcan la seguridad en las transacciones económicas de las empresas y personas prestadoras de servicios turísticos.<br />SEGUNDO.- Gírese atento y respetuoso oficio al Secretario de Turismo del Estado de Jalisco para que, en el ámbito de sus atribuciones diseñe nuevos esquemas que fortalezcan la promoción turística en nuestro Estado, ello derivado  del menoscabo y problemáticas que generan las nuevas disposiciones de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, sobre la limitante de la disposición de compra- venta de dólares en las instituciones bancarias,  con el  fin de buscar evitar el decrecimiento turístico y económico de nuestra entidad.<br />Dado en el Recinto Oficial del Palacio Legislativo del Congreso del Estado de Jalisco, a los veintinueve días del mes de julio del dos mil diez.<br />A T E N T A M E N T E.“Sufragio Efectivo, No Reelección”“2010, Año del Bicentenario del inicio del Movimiento de Independencia Nacional y del Centenario del inicio de la Revolución Mexicana”“2010, Año Internacional de la Diversidad Biológica”<br />LIC. RAMÓN DEMETRIO GUERRERO MARTÍNEZLEGISLADOR POR JALISCO<br />
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  • 1. H. CONGRESO DEL ESTADO DE JALISCOPRESENTE:<br />El que suscribe, DIP. RAMÓN DEMETRIO GUERRERO MARTÍNEZ, integrante de esta LIX Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Jalisco, en uso de las facultades que me confieren los artículos 28 fracción I y 35 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; en concatenación con los artículos 22 fracción I, 147 fracción I y 150 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, me permito poner a la consideración de esta Honorable Asamblea, iniciativa de Acuerdo Legislativo al tenor y conforme a la siguiente: <br />EXPOSICIÓN DE MOTIVOS<br />El 10 de junio, se difundió que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podría limitar las operaciones con dólares en efectivo que se realicen en hoteles de México, buscando con ello que las operaciones de compra y venta de la divisa estadounidense se realicen a través del sistema bancario. <br />Con está misma fecha su servidor presentó ante el Pleno de este H. Congreso de Jalisco, una iniciativa de Acuerdo Legislativo que giraba exhorto al Secretario de Hacienda y Crédito Público, así como al Secretario de Turismo del Estado, para que en sus nuevas regulaciones de prevención del lavado de dinero, se generarán esquemas que no inhibieran la actividad turística y, por el contrario, se diseñaran esquemas que fortalezcan la seguridad en las transacciones económicas de las empresas y personas prestadoras de servicios turísticos y reforzarán las medidas de promoción con el fin de buscar mecanismos que faciliten las transacciones de los turistas que visitan nuestro Estado.<br />Por su parte las autoridades hacendarías establecieron una serie de medidas regulatorias debido a la alta circulación de dólares en efectivo en la economía mexicana y de la necesidad de identificar acciones inusuales que podrían estar relacionadas con el delito de lavado de dinero.<br />Esto llevó a que algunas instituciones bancarias como Banamex, Bancomer, HSBC, Santander y Scotiabank, entre otras, dejaran de cambiar dólares, ante las dificultades que les representaba la admisión de estas operaciones por parte de las autoridades mexicanas y estadounidenses, derivadas de las medidas adoptadas por ambos gobiernos para la prevención del lavado de dinero.<br />Por tanto, las reglas de limitación de depósitos de dólares en efectivo adoptadas por los bancos desde hace tres meses han detonado severos problemas que afectan a la población de los destinos que reciben turismo internacional ya que reciben pagos y propinas en dólares que no pueden depositar en cuentas bancarias y hasta el cambio en pesos mexicanos se ha dificultado.<br />Con estas medidas anunciadas se presupone que cualquier persona empleada en las actividades turísticas, y que con motivo de su actividad reciba dólares en efectivo, aunque sea bajo concepto de propinas, estaría obligada a manejar una cuenta bancaria.<br />El 16 de junio del presente la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Diario Oficial de la Federación publicó la circular número 18/2010 denominada “Modificación a las reglas de carácter general a las que deberán sujetarse las instituciones de crédito para recibir depósitos a la vista con o sin chequera en moneda extranjera”. Resolución que reforma y adiciona las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, así como el capítulo III Bis art. 33 Bis, así como el capitulo IV Bis Art. 34 Bis del mismo ordenamiento.<br />El Gobierno Federal pretende a través de este acuerdo establecer algunas medidas regulatorias consideradas adecuadas para satisfacer las necesidades de intercambio de dólares por pesos de la población en general y encauzar en un mismo sentido las políticas bancarias aplicables a la captación en efectivo de dólares de los Estados Unidos de América, al establecer ciertos requerimientos que permiten prevenir la realización de operaciones con recursos de procedencia ilícita y de financiamiento al terrorismo.<br />Sin embargo, dicha medida está limitando las operaciones bancarias del sector turístico en el país, en el Estado y en mayor proporción en los centros turísticos de la República Mexicana, toda vez, que se considera una medida que limita e inhibe la actividad turística y económica, que no responde al diseño de esquemas que fortalezcan la seguridad en las transacciones.<br />Es un dato conocido que en los puntos turísticos de México existe un alto porcentaje de extranjeros que nos visitan, y que su moneda de uso habitual es el dólar. La restricción podría generar un decremento en la afluencia turística en estos centros vacacionales por las condiciones que esta disposición trae consigo.<br />A su vez habrá que considerar que los prestadores de servicios turísticos de estas regiones verán reflejado un menoscabo en su economía, porque la mayor parte de sus ingresos se genera en moneda extranjera, desde la gran infraestructura hotelera y restaurantera hasta los pequeños trabajadores prestadores de servicio al turismo extranjero considerados menos redituables, por mencionar algunos: botones, meseros, taxistas, etcétera.<br />Por su parte, la Asociación de Hoteles y Moteles de Jalisco, A.C. a través del Dr. Gabriel Higareda Fong, Presidente de la Asociación Turística de Jalisco y Presidente de la Junta de Vigilancia de la Asociación de Hoteles de Jalisco, realizó un pronunciamiento en el sentido de considerar que la captación de divisas proveniente de la Industria turística nunca ha representado un riesgo para las operaciones de lavado de dinero y otras anomalías. Al contrario, señala puntualmente que “lo que provoca está disposición cambiaria es la creación del mercado negro de dólares”. Consideró además, que de esta forma, las transacciones ilícitas solo buscarán cambiar su tipo de moneda, usando el euro. Además, de destacar que los hoteles son establecimientos fijos creadores de empleo que la SHCP controla. Así mismo, adjunta en su escrito de pronunciamiento algunas cifras de los años anteriores correspondientes al ingreso de divisas de los viajeros internacionales. Cita como fuente al Banco de México.<br />2007 $12, 851, 929,000 usd.<br />2008 $13, 289, 006,000 usd.<br />2009 $11, 275, 183,000 usd.<br />2010 $4, 683, 681, 000 usd.<br />13. Por su parte, la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados CANIRAC, a través del Lic. 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RAMÓN DEMETRIO GUERRERO MARTÍNEZLEGISLADOR POR JALISCO<br />