La SUNAFIL, con Resolución de Superintendencia Nº 218-2017-SUNAFIL, aprobó los siguientes cuatro (4) criterios de la inspección del trabajo: 1. La reducción de las multas en un 35% se aplica del 12 de julio del 2014 al 12 de julio del 2017, salvo que las disposiciones posteriores sean más favorables a los administrados. Cabe indicar que la nueva tabla de multas rige desde el 7 de agosto del 2017. El beneficio de reducción del 35% no es acumulable con la Nueva Tabla de Multas. 2. La nueva tabla de infracciones para los empleadores de trabajadores del hogar será aplicable a las inspecciones que se iniciaron con anterioridad a su publicación por tratarse de una norma más beneficiosa. 3. Los eximentes de responsabilidad, como el caso fortuito o fuerza mayor, obrar en cumplimiento de un deber legal, error inducido por la entidad pública, entre otros; así como los atenuantes de una infracción en una fiscalización laboral se podrán aplicar retroactivamente antes del 16 de marzo del 2017. 4. Los procedimientos de fiscalización deben considerar el plazo de prescripción de cuatro años, incluso para los casos que se tramitan con anterioridad al 16 de marzo del 2017.