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PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA
PROYECTO: “DRENAJES PLUVIALES”.
CONTRATO: M3-PN200015-C022.
PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA.
REV. NO. FECHA. DESCRIPCIÓN. ELABORADO
POR.
REVISO. V.B.
01 06-03-2020 EMITIDO
PARA
APLICACIÓN.
SALOMÓN
ARROYO
DAMIÁN
ING. OMAR
TREJO REYES.
EHS. M3
PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA
OBJETIVO
Establecer las condiciones de seguridad para prevenir y controlar los riesgos laborales por la realización
de trabajos en altura; Las actividades de construcción, mantenimiento, instalación, demolición,
operación, reparación, limpieza, entre otras, que se realizan a alturas mayores de 1.20 metros sobre el
nivel de referencia. Incluye también el riesgo de caída en aberturas en las superficies de trabajo, tales
como perforaciones, pozos, cubos, túneles verticales y excavaciones con más de 1.50 metros de
profundidad.
ALCANCE
El presente procedimiento aplica a todo el personal que labora en proyectos del CONSTRUCCIÓN,
DISEÑO Y SUPERVISIÓN ADMINISTRATIVA S.A. DE C.V. se deberán tomar en cuenta los lineamientos
establecidas en el presente documento y será necesario el permiso de trabajos en altura, cada que se
trabaje en estas condiciones:
En los trabajos o maniobras que se realicen trabajos a una altura a más de 1.20 metros.
En actividades donde existan riesgos de accidentes e incidentes, en el que se usen herramientas o
equipo para trabajos de construcción en altura, en edificios, azoteas, techos, paredes, muros,
estructuras, tanques, etc.
Donde exista la posibilidad de caída de equipo, herramientas, objetos y materiales de construcción, que
puedan causar lesiones al personal y daños materiales.
En los casos que se requieran equipos para transportar personal en canastillas por medio de malacate
mecánico manual, por medio mecánico a motor, uso de grúas, andamios escaleras portátiles o escaleras
marinas.
En los casos en que el trabajo se realice en lugares donde no haya barandales o protecciones.
PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA
RESPONSABILIDADES
Residentes de Obra del contratista / Supervisión de Seguridad: Es responsabilidad el cumplimiento de
este procedimiento y asegurar que sus trabajadores presenten las condiciones indicadas de seguridad
en las áreas de trabajo.
Supervisor de Seguridad: Es responsabilidad asegurar el seguimiento al cumplimiento de este
procedimiento.
Los Trabajadores: Son responsables de seguir el procedimiento establecido, reportar cualquier
situación que ponga en riesgo su integridad física o la de sus compañeros, también tiene la obligación de
acudir a la capacitación y exámenes médicos requeridos para el cumplimiento del presente
Procedimiento.
DEFINICIONES
Trabajos en Altura: se entiende por trabajos en altura a todos los trabajos en operación, servicio y/o
mantenimiento que se realicen a una altura de 1.8 metros o más a partir del nivel del piso, de la
superficie de trabajo.
La supervisión del Departamento de Seguridad: Autoridad en materia de Salud y Seguridad laboral en el
Proyecto, que realizan funciones de inspección y autorización de trabajos de alto riesgo en sitio.
Arnés de Cuerpo Completo: El equipo de protección personal que se ajusta al torso y muslos del
usuario, compuesto por elementos como bandas flexibles, hebillas, mecanismos de ajuste, herrajes y
anillos metálicos, y que se emplea principalmente en los sistemas de detención de caídas para soportar
al usuario.
El equipo de protección personal contra caídas arnés de seguridad tipo paracaidista deberá de cumplir
con la norma de calidad ANSI. Z 359.1.
Coca: Deformación del cable producida por el efecto de torsión por mal manejo del mismo. Cable de
Suspensión: Todo cable que soporte la carga suspendida.
Cable de Seguridad (En Andamios Suspendidos): El cable de respaldo que está aparejado con el
dispositivo de paro en caso de caída, pero que no soporta normalmente la carga suspendida.
Cabo de Anclaje: cable de acero que permite asegurar el extremo interior de la viga de suspensión a un
punto seguro.
Cabo de Seguridad: elemento que permite asegurar el soporte de suspensión a un punto seguro.
Contrapesos: pesos sujetos al soporte de suspensión para contrarrestar el momento de volcamiento.
PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA
Dispositivos de Seguridad (En los Sistemas Suspendidos): Los elementos que impiden el desarrollo de
una fase peligrosa, como falla en malacates, cables de suspensión, soportes y otros dispositivos de
suspensión. Los tipos de dispositivos que se presentan normalmente son:
De Descenso por Falta de Energía: Permite el descenso en forma manual de una plataforma
motorizada.
De paro durante la caída: Detiene el descenso de la plataforma al actuar directamente en el cable de
seguridad.
De Detección de la Inclinación: Indica la pendiente longitudinal de la plataforma, cuando excede un
ángulo preestablecido.
Secundario: Detiene el descenso de la plataforma en caso de ruptura del cable de suspensión o falla del
malacate.
De Freno Secundario: Detiene el descenso de la plataforma al accionar directamente sobre el tambor, la
polea de tracción o el extremo del eje impulsor.
Equipo Suspendido de Acceso: comprende las máquinas de acceso para el mantenimiento de edificios y
los equipos suspendidos de un edificio o estructura para efectuar tareas específicas en altura, como
silletas, plataformas o andamios, jaulas individuales, y otros similares.
Línea de Vida: El segmento de material flexible que, junto con un absolvedor de energía, se utiliza como
elemento de unión o conexión, en caso de caída de un trabajador, esta línea de vida deberá ser con
doble gancho y de acuerdo con la altura que se esté trabajando se definirá si requiera absolvedor de
energía.
Línea de Vida Horizontal: La línea flexible bajo tensión cuyos extremos se sujetan a puntos de anclaje, y
sobre la cual se puede deslizar un conector de un sistema de protección personal para interrumpir
caídas de altura, los cuales deberán tener una resistencia de 4 veces el peso que soportara, incluyendo;
Peso del trabajador, herramientas y equipos que utilice el trabajador anclado a dicha línea.
Línea de Vida Vertical: La línea flexible instalada en forma temporal o permanente, suspendida o bajo
tensión, y sobre la cual se puede conectar un bloqueador de caída de tipo corredizo.
Malacate: Es un dispositivo de elevación y tracción, que mediante un mecanismo compuesto por
mordazas y con un sistema de palancas o engranes, ejerce una fuerza sobre el cable con
desplazamientos alternativos, y que en avance lo jala y en retroceso lo retiene.
Plataforma; Andamio: Es un conjunto de elementos ensamblados entre sí, que forman un sistema
mecánico diseñado para soportar personas y equipo de trabajo.
PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA
Los tipos que existen son:
• Plataforma de un punto: es aquella sostenida por cables en un solo punto de anclaje.
• Plataforma de dos puntos: es aquella sostenida por cables en dos puntos de anclaje;
• Plataforma de varios puntos: es aquella sostenida por cables en tres o más puntos de anclaje y en la
que los módulos de la plataforma no están articulados entre sí;
• Plataforma continúa articulada: es aquella constituida por módulos articulados sostenidos por cables
en tres o más puntos de anclaje.
• Plataforma suspendida temporal: es aquella instalada temporalmente en un edificio o estructura para
efectuar tareas específicas, sostenida por uno o más puntos de anclaje, y que debe ensamblarse antes
de ser utilizada en el sitio de trabajo, desmantelada y removida al concluir las tareas;
• Plataforma de varios puentes: es aquella formada por dos o más niveles montados verticalmente.
Prensa de Sujeción: Es un dispositivo mecánico que se fija a un pretil para sostener la plataforma.
Pretil: Es un muro libre situado generalmente en azoteas o ventanas, con la resistencia adecuada para
soportar las cargas producidas en la prensa de sujeción.
Punto de Anclaje: El elemento que posee suficiente resistencia para la fijación de malacates, cables de
suspensión, cables de seguridad y otros dispositivos de suspensión, soporte o paro durante una caída, y
que puede ubicarse o instalarse en los edificios, andamios suspendidos, plataformas de elevación, entre
otros, en los que se realiza un trabajo en altura y que debe tener una resistencia de cuatro veces más
del peso a soportar.
PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA
Carga Total (En Sistemas de Uso Colectivo para Trabajos en Altura): El peso total al que se someterán
los soportes del sistema de suspensión, que comprende el peso de los trabajadores, equipos,
herramientas y materiales de trabajo, así como de todos y cada uno de los componentes del propio
sistema, como plataforma, malacates, cables, entre otros.
Soporte de Suspensión; Anclaje: La estructura fija o móvil que permite anclar los cables de suspensión y
de seguridad.
Silleta: Es un sistema mecánico en el que el trabajador realiza sus actividades sentadas y que tiene un
solo punto de anclaje.
Soporte de Suspensión: Es una estructura fija o móvil que permite fijar los cables de suspensión
seguridad.
Tambor: Es un cilindro hueco de metal liso o ranurado, cuyos extremos están flanqueados por discos y
en el cual se enrolla el cable.
Trole Transversal: Es un carro con ruedas que está diseñado para desplazarse con un movimiento
transversal a lo largo del monorriel del que se suspende una plataforma.
Viga de Suspensión: es un elemento estático para sostener el equipo suspendido de acceso, cuya
estabilidad es asegurada con contrapesos.
Absolvedor de Energía; Amortiguador de Energía: El componente del sistema de protección personal
para interrumpir caídas de altura, diseñado para disipar la energía cinética generada durante una caída,
y que limita las fuerzas aplicadas en el sistema, en el dispositivo de anclaje y en el usuario
Despliegue: La acción del absolvedor de energía, de extenderse permanentemente, para disipar la
energía aplicada a él durante una caída.
Escala Móvil; Escalera Portátil; Escalera de mano: El aparato portátil que consiste en dos piezas
paralelas o ligeramente convergentes, unidas a intervalos por travesaños, y que sirve para subir o bajar
a una persona de un nivel a otro.
Protección Lateral; Barandal: El resguardo dispuesto en forma perimetral en una plataforma de trabajo
o en las zonas en las que existe riesgo de caída de altura.
Bloqueador de Caída de Tipo Corredizo: El dispositivo diseñado para sujetarse a un riel vertical o línea
de vida vertical, y deslizarse hacia arriba y hacia abajo, en respuesta a movimientos de ascenso, y que se
bloquea automáticamente en respuesta al movimiento súbito de una caída.
PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA
Mosquetón: Es un utensilio en forma de anilla, de acero o aleaciones ligeras de aluminio, de formas
diversas, que se utiliza en maniobras de seguridad dentro de actividades tales como rescate, trabajos en
altura, montañismo, para trabajos en altura deberá ser de acero forjado.
MEDIDAS GENERALES DE SEGURIDAD PARA REALIZAR TRABAJOS EN ALTURAS
Para la realización de trabajos en altura, se deberá cumplir con lo establecido a continuación:
Colocar en bordes de azoteas, terrazas, miradores, galerías o estructuras fijas elevadas, al igual que en
aberturas como perforaciones, pozos, cubos y túneles verticales: barreras fijas o protecciones laterales o
perimetrales a una altura de 90 cms. Y con la capacidad de detener la caída de uno varios trabajadores
(resistencia de 2,268 kgs.), o redes de seguridad para protección colectiva contra caídas de altura, de o
bien proveer a los trabajadores de sistemas personales para trabajos en altura,
El Supervisor de Seguridad deberá supervisar que los trabajos en altura se ejecuten de acuerdo con las
medidas establecidas en este procedimiento y en la NOM-009-STPS-2011.
El equipo de protección, mínimo, para trabajos en altura es: Casco de seguridad, barbiquejo, Arnés de
cuerpo completo, línea de vida doble gancho, amortiguador de caídas, lentes de seguridad, guantes de
seguridad, Zapatos de seguridad con suela antiderrapante.
Cuando se realicen trabajos de soldadura en altura, las líneas de vida deberán ser en cable de acero
recubiertas con plástico, certificadas.
Al Utilizar cinturón portaherramientas para la sujeción segura de las herramientas y otros artículos de
trabajo, y evitar de esta forma que puedan caer accidentalmente, y usar, según aplique, bandas o
cuerdas de sujeción de herramientas, las cuales suelen atarse a su vez a una muñequera o cinturón, para
evitar que la herramienta llegue a caer si se soltara accidentalmente mientras es utilizada.
Considerar los riesgos adicionales generados por la presencia de fuentes de calor -como operaciones de
soldadura y corte-, humedad, ácidos, aceite, grasa, polvo, ambientes corrosivos o con temperaturas
PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA
extremas, entre otros; evaluar su efecto en el sistema en uso, al igual que adoptar medidas preventivas
para el personal que realiza trabajos en altura en presencia de altas temperaturas ambientales, tales
como hidratación, protección a la piel y/o pausas de trabajo. Prohibir el uso de cables metálicos donde
exista riesgo eléctrico.
Des energizar (aplicar el procedimiento de bloqueo de energías), se debe exigir este procedimiento y de
no ser posible se deben reubicar las líneas eléctricas que se encuentren en el lugar en donde se realizarán
los trabajos en altura y que representen riesgo para los trabajadores o aplicar, cuando se trabaje en la
proximidad de líneas energizadas, las medidas de seguridad siguientes:
a) Tomar precauciones para evitar que se llegue a tener contacto accidental con las líneas energizadas,
al manipular objetos conductivos largos, tales como varillas, tubos, cables, herramientas, entre otros;
b) Colocar protecciones como cintas o mantas aislantes en las líneas eléctricas acordes con la tensión
qué en ellas se maneje, por parte de personal capacitado en el manejo de líneas eléctricas energizadas.
c) Utilizar equipo de protección personal, consistente al menos en casco de seguridad clase E,
barbiquejo, calzado y guantes dieléctricos, conforme a la tensión eléctrica de las líneas energizadas.
Voltaje fase a fase V Distancia
mínima de
seguridad m
50,000 3.10
73,000 3.33
85,000 3.45
115,000 3.75
140,000 4.00
230,000 4.90
400,000 6.60
600,000 8.60
PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA
d) Proteger las cuerdas o cables cuando pasen por bordes o aristas filosas, o por superficies ásperas,
que puedan tener un efecto cortante o un desgaste excesivo por fricción, con materiales que eviten
estos riesgos.
e) Delimitar la zona o área a nivel de piso en la que se realizará el trabajo en altura, mediante su
acordonamiento y señalización, esta última con base en lo establecido en la NOM-026-STPS-2008, o las
que la sustituyan, a fin de evitar que permanezcan o transiten personas por dicha zona o área.
f) Evitar o interrumpir las actividades en altura cuando se detecten condiciones climáticas que
impliquen riesgos para los trabajadores, tales como lluvia intensa, tormentas eléctricas, nevado y
vientos fuertes sostenidos, (a 25 km/h o más) y conforme a las características del sistema o equipo
utilizados y las especificaciones del fabricante.
g) Realizar un IPERC Continuo, donde se analicen los riesgos, en conjunto con los trabajadores, previo a
las maniobras de alto riesgo.
h) Efectuar trabajos en altura sólo con personal capacitado y autorizado por el patrón. Las
autorizaciones deberán contener al menos lo siguiente:
• El nombre del trabajador autorizado;
• El tipo de trabajo por desarrollar y el área o lugar donde se llevará a cabo la actividad;
• Las medidas de seguridad que se deberán aplicar conforme al trabajo en altura por realizar y los
factores de riesgo identificados en el análisis de las condiciones prevalecientes del área donde se
desarrollará éste;
• La fecha y hora de inicio de las actividades, y el tiempo estimado de duración,
• El nombre y firma del patrón o de la persona que designe para otorgar la autorización.
i) Revisar el sistema o equipo antes de ser utilizado, conforme a las instrucciones del fabricante,
respecto a posibles desgastes, daños, deterioros, mal funcionamiento u otras anomalías.
j) Solo los trabajadores que se incluyen en el permiso realizaran el trabajo autorizado, al cambio de uno
de ellos o sus supervisores el permiso deberá ser renovado. Todos estos aspectos están contemplados
en los permisos para trabajos en altura.
k) Los componentes defectuosos deberán ser removidos del servicio e identificados para evitar su uso,
si su resistencia o funcionamiento se ven afectados.
Cualquier componente que deba reemplazarse, deberá sustituirse únicamente por otro original o que
esté autorizado por el fabricante en el manual de mantenimiento qué éste provea con el sistema.
PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA
l) Sera obligatorio la elaboración del permiso para trabajos en altura, el cual deberá ser autorizado por
el representante del patrón del trabajador o empresa Contratista, con el Vo. Bo. del Supervisor de
Seguridad, previo al inicio de cualquier trabajo en alturas.
SISTEMAS DE PROTECCIÓN PERSONAL
El uso de sistemas de protección personal para interrumpir caídas de altura deberá ser obligatorio
cuando realicen trabajos en altura:
El uso de sistemas de protección personal para interrumpir caídas de altura deberá ser obligatorio
cuando realicen trabajos en altura sobre:
a). Bordes de azoteas, terrazas, miradores, galerías o estructuras fijas elevadas, al igual que en aberturas
como perforaciones, pozos, cubos y túneles verticales, donde no sea posible la colocación de barreras
fijas o protecciones laterales o perimetrales, o no se empleen sistemas personales de restricción;
b). Estructuras fijas elevadas donde no sea posible la colocación de redes de seguridad;
c). Andamios tipo torre o estructura, a más de 3 m.
d). Andamios suspendidos o plataformas de elevación.
e). Escaleras de mano, a más de 1.8 m del nivel de referencia.
Asegurar que existe un espacio libre en el trayecto de una posible caída, para evitar que el trabajador se
golpeé con obstáculos.
Cuando el trabajador tenga necesidad de desplazarse de un lado a otro y se podrán utilizar líneas de
vida horizontal bajo las siguientes especificaciones; Al trabajar en techos y paredes de estructuras,
edificios, tanques etc., colocar cable de acero de 1/2” como línea de vida horizontal con puntos de
apoyo a lo largo del tramo de trabajo, entre cada punto de apoyo no deberá rebasar de 8 metros,
usando sujetadores opresores (perros), para asegurar los cables de acero del arnés de seguridad de los
trabajadores y puedan desplazarse libremente con seguridad, en cada línea de vida solo podrán trabajar
máximo 2 trabajadores, La línea de vida del arnés de seguridad deberá colocarse en un punto fijo por
arriba de la cabeza hasta donde le sea posible el alcance de los brazos, con la finalidad de que en caso
necesario de algún incidente la fuerza de impacto sea mínima evitando con esto lesiones al quedar
suspendido el cuerpo de la persona, en caso de que no haya punto fijo a la altura de la cabeza o a la
altura de la cintura, el último recurso será a la altura del punto de apoyo para los pies, evaluando la
distancia al piso, según las condiciones del área de trabajo, si la distancia al piso es mayor de la suma de
las distancias entonces será obligatorio establecer barandales para evitar las caídas de los trabajadores.
(la suma de distancias se establecerá sumando: la estatura del trabajador, lo largo de la línea de vida, la
PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA
distancia del amortiguador más lo largo del elemento de sujeción y la posible elongación del cable de
acero por falta de tensión o por movimiento propio del arnés).
Cuando el trabajador tenga necesidad de trasladarse en alturas y en línea de vida encuentre obstáculos
o cambie de línea vida horizontal, utilizara la doble línea de vida, al arnés, con la que al ir avanzando
utilizara siempre un gancho sujeto a la línea horizontal o estructuras de manera que en ningún
momento quede si sujetarse.
Es por lo que es obligatoria la cuerda de vida doble en cualquier trabajo en altura. Al realizar
movimientos en los trabajos en altura, el trabajador deberá tener cuidado de no rebasar el ángulo del
PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA
punto de anclaje a la posición de su cuerpo, máximo 15 grados, para que al caer evite el efecto de
péndulo su cuerpo se proyecte contra paredes o estructuras.
Cuando el Arnés no se encuentre en uso, este podrá ser retirado del cuerpo de trabajador de lo
contrario sujetar las líneas de vida pegadas al cuerpo para evitar que estas se atoren o puedan ser
atrapadas por partes movimiento e incrementen los riesgos al trabajador.
SISTEMAS DE RESTRICCIÓN
Los sistemas de restricción deberán emplearse únicamente para limitar la distancia de desplazamiento
del trabajador hacia cualquier borde peligroso donde pueda ocurrir una caída. Este tipo de sistemas no
deberán emplearse para detención de caídas.
En el uso de los sistemas de restricción, se deberá limitar la distancia de acercamiento a la zona de
riesgo de caída (bordes) a no menos de 1.20 m. Para tal efecto, deberá emplearse un arnés de cuerpo
completo, conectado a través de una línea de vida a un punto o dispositivo fijo que limité la proximidad
del trabajador a dicha zona.
SISTEMAS DE POSICIONAMIENTO Y ASCENSO/DESCENSO CONTROLADO
Los sistemas de posicionamiento y de ascenso/descenso controlado deberán cumplir, según aplique,
con lo siguiente:
a) Utilizar los sistemas de posicionamiento únicamente para mantener al usuario en posición en su
punto de trabajo. Este tipo de sistemas no deberá emplearse para detención de caídas;
b) Emplear un elemento de sujeción del trabajador al dispositivo de ascenso/descenso controlado, con
un conector, mosquetón, para permitir realizar el trabajo en forma estable con ambas manos libres;
c) Se requiere el arnés de cuerpo completo con cuatro puntos, dos de soporte y dos de sujeción. El anillo
tipo D que va en el tórax será el punto de soporte al subir o bajar por líneas verticales.
PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA
Escaleras portátiles (de mano)
. Las escaleras de mano, portátiles, deberán ser revisadas antes de cada uso, por los trabajadores que
vayan a usarlas, aquéllas que tengan defectos que puedan afectar su uso seguro, deberán ser retiradas
del servicio inmediatamente y marcarse con la leyenda “FUERA DE SERVICIO.”, para después proceder a
su reparación, desecho o destrucción.
Las reparaciones mayores deberán ser realizadas por personal capacitado y autorizado por el Residente
de la compañía.
Está estrictamente prohibido el uso de escaleras en malas condiciones, las escaleras deben de cumplir
con las siguientes especificaciones de acuerdo a su tipo:
• Tipo I con capacidad de carga de 113 Kg o 250 Lbs.
• Tipo IA con capacidad de carga de 136 Kg. o 300 Lbs.
• Tipo IAA con capacidad de carga de 170 Kg o 375 Lbs.
Deben estar normalizadas bajo OSHA Y ANSI Z-14. Todos los involucrados para trabajar en alturas,
deberán estar entrenados y ser competentes.
Los lugares donde se trabaje con más de 1.8 metros de altura se debe usar arnés de seguridad la
escalera debe sujetarse en la parte superior, si esto no es posible se sujetar en la parte inferior,
previniendo un deslizamiento.
Al subir el trabajador a sujetar la escalera o retirar la sujeción, la escalera deberá ser sujeta por un
trabajador que evite su deslizamiento.
Cada escalera debe ser inspeccionada, por lo menos una vez al mes y registrar su inspección en la lista
de verificación de inspección de escaleras.
Para subir y bajar una escalera, se debe de hacer peldaño por peldaño, de frente a la escalera (de tipo
arrimo o telescópicas, de tijeras, móvil o fija), utilizando ambas manos.
Su uso es sólo vertical y se debe posicionar a una cuarta parte de la altura de la escalera con respecto a
donde se apoyará.
Estar extendido por lo menos 90 cm sobre el punto de apoyo en el borde de la superficie a la que se
accede, cuando son utilizadas para subir a una azotea u otra superficie elevada similar.
Toda escalera debe contar con zapatas anti-derrapantes. Las escaleras se deben almacenar de manera
horizontal y no directamente sobre el suelo.
PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA
No llevar más de 10 Kg. Al subir o bajar escaleras en porta – herramientas siempre y cuando teniendo
manos libres.
Sobre la escalera, la actividad es individual, no grupal.
En las escaleras siempre se debe estar apoyado en tres puntos (dos manos un pie, dos pies una mano).
No debe posicionar ningún pie fuera de los largueros.
Su cuerpo nunca debe sobre salir de los largueros.
Siempre posicione la escalera frente al lugar de trabajo, evite tratar de alcanzar otros puntos fuera del
alcance de la escalera.
Estar pintadas con un material transparente que no pueda ocultar los defectos o daños presentes,
cuando sean fabricadas de madera.
Evite pintar las escaleras, la pintura podría ocultar defectos de desgaste.
Evitar sea colocado sobre cajas, tambos u otras bases inestables para alcanzar alturas mayores, ni en
superficies inclinadas, a menos que estén equipadas con algún sistema específicamente diseñado para
este tipo de superficies.
Cerrar con llave, bloquear o vigilar permanentemente las puertas, cuando se coloque frente a ellas una
escalera portátil.
Prohibir el uso de escaleras metálicas en lugares donde puedan entrar en contacto con líneas eléctricas
energizadas.
Recomendaciones al utilizar escaleras:
Mantenga los tres escalones superiores sin ocupar.
Al momento de ascender y descender de una escalera hágalo siempre mediante los tres puntos de
apoyo.
Al trabajar en una escalera su cuerpo deberá permanecer al centro de laterales y peldaños.
Busque alguna otra manera de hacer trabajos de altura, si es posible, para no trabajar sobre escaleras.
Nunca se deben usar la escalera de manera horizontal. Si usted tiene restricciones médicas o esta
medicado, PROHIBIDO hacer uso de ellas.
Asegúrese que, al utilizar una escalera, sea en una superficie plana, firme y lo más seca posible.
Al trabajar con una escalera de tijera, no deberá pasar de los últimos tres peldaños.
PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA
Se recomienda hacer el mantenimiento preventivo que el fabricante sugiere.
Las escaleras no deben ser pintadas.
Limpiar las escaleras (sus laterales, peldaños y zapatas) y los andamios antes y después de su uso (de
tierra, lodo, grasas, aceites), además de nuestros zapatos y guantes.
Se recomienda que una segunda persona detenga con sus pies la cuña para que no se deslice de manera
horizontal (esto no evitará que se deslice hacia los lados) Abra completamente la escalera de tijera y
coloque los seguros No use una escalera con otro propósito, que no sea para el que fue diseñado.
Se recomienda no arrastrar las escaleras. Posicione su escalera donde usted sienta que es más cómodo y
seguro trabajar.
Cuando se haga un anclaje o amarre en la escalera, se recomienda hacerlo de los largueros, no de los
peldaños.
Se recomienda demarcar el área (caída de objetos) Traslade la escalera con cuidado evite golpear a sus
compañeros, cuando sean mayores de dos metros de longitud deberán ser trasladadas por dos
personas.
PLATAFORMAS DE ELEVACIÓN
Solo serán operadas por personal capacitado y autorizado.
Se deberá contar y tener disponibles, los manuales para la operación, revisión y mantenimiento de la
plataforma, en idioma español.
Las plataformas de elevación deberán contar con los componentes que a continuación se indican:
a). Canastilla o plataforma de trabajo, integrada al equipo, la cual deberá contener una protección
lateral con una altura mínima de 90 cm.
No deberán utilizarse cuerdas, cables, cadenas o cualquier otro material flexible para sustituir la
canastilla.
b). Dispositivos de seguridad para asegurar su nivelación o estabilizadores en el sitio de trabajo, de
acuerdo con las especificaciones del fabricante.
c). Panel de control de piso y en canastilla, con dispositivos que permitan a los trabajadores bajar la
plataforma hasta el suelo en caso de emergencia.
d). Sistema automático de alarma sonora, para indicar el ascenso, descenso, tracción, desplazamiento
delantero o trasero y cualquier otro tipo de movimiento elevación y movimiento del brazo telescópico
de la plataforma.
PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA
e). Dispositivo de anclaje, para conexión del sistema de protección personal para interrumpir caídas de
altura arnés, línea de vida, absolvedor de energía, entre otros, integrado a la canastilla de la plataforma
o brazo y Limitador de velocidad de desplazamiento, con el brazo extendido.
f). Controles de operación y de emergencia.
g). Dispositivos de seguridad de los equipos.
h). Disponibilidad del equipo de protección individual contra caídas.
i). Sistemas neumáticos, hidráulicos, eléctricos y de combustión, según aplique.
j). Señales de alerta y control.
k). Integridad y legibilidad de las calcomanías.
l). Estado físico que guardan los estabilizadores, ejes expansibles y estructura en general.
m). Al inicio de cada jornada, se deberá verificar que no existan en la plataforma de elevación:
Evidencias de soldaduras deterioradas u otros defectos estructurales;
Escapes de circuitos hidráulicos;
Daños en cables;
Mal estado de conexiones eléctricas;
Condiciones anómalas en ruedas, neumáticos, frenos y baterías, y residuos de productos químicos
agresivos y de sustancias como soluciones jabonosas, aceite, grasas, pintura, barro u otras que puedan
hacer resbaladiza la superficie de la plataforma o generar cualquier otro tipo de riesgo a los
trabajadores.
Cualquier otro elemento especificado por el fabricante.
n). Durante la operación de las plataformas de elevación se deberá cumplir con lo siguiente:
• Los medios para mantener la estabilidad se utilizan de acuerdo con las indicaciones del fabricante;
• La carga máxima no excede la capacidad nominal, determinada por el fabricante, de acuerdo con las
configuraciones posibles del equipo.
• Los trabajadores que laboran en la canastilla o plataforma de trabajo utilizan los sistemas de
protección personal contra caídas, anclados a los dispositivos previstos e instalados dentro de la propia
plataforma, así como para otros riesgos a los que se encuentren expuestos por la naturaleza de las
actividades por desarrollar, o del lugar en que éstas se realizarán;
PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA
• Una visión clara del camino y área por recorrer;
• La distancia segura de los obstáculos, depresiones o hundimientos naturales o accidentales en un
terreno o superficie, rampas y otros factores de riesgo, que deberán estar especificados en el proyecto
de trabajo, y las distancias mínimas hacia obstáculos aéreos y líneas eléctricas energizadas,
especificadas en el proyecto de trabajo u orden de servicio;
• Limitar la velocidad de desplazamiento de la plataforma, tomando en cuenta:
• Las condiciones de la superficie;
• El tráfico;
• La visibilidad;
• La presencia de pendientes;
• La ubicación del personal, y otros factores de riesgo;
o). Evitar que se mueva la plataforma de elevación, en las rampas con especificaciones diferentes a las
establecidas por el fabricante;
p). Bajar o cerrar, siempre, el barandal o puerta de acceso a la canastilla o plataforma de trabajo, antes
de operar el equipo;
q). Mantener dentro de la canastilla o plataforma de trabajo a los trabajadores ocupantes de las
plataformas elevadas durante la realización de las labores;
r). Prohibir que los trabajadores ocupantes de las plataformas elevadas se sienten, paren o suban en los
barandales de protección.
s). Comprobar, durante el uso de la plataforma, la zona de operación de los equipos, para asegurarse
que:
• La zona de operaciones está de acuerdo con las condiciones especificadas por el fabricante; Las
condiciones meteorológicas existentes, no impliquen la necesidad de detener las actividades.
• Las personas que se encuentren en el lugar cuenten con la autorización correspondiente y el plan de
trabajo contenga el análisis de las condiciones de seguridad que deberán existir para realizar el trabajo,
con el detalle de los factores de riesgo existentes.
• El área de operación de la plataforma deberá estar delimitada y ningún trabajador deberá
permanecer dentro de esa área, cuando algún trabajador tenga la necesidad de ingresar al área de
operación de la plataforma elevada, solicitara permiso al operador de la plataforma quien descenderá la
PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA
plataforma y apagara el motor retirando la llave del switch de encendido, mientras permanezca
personal dentro del área de operación.
t). Verificar que no trabaje sobre superficies u objetos frágiles o inestables o bajo las siguientes
condiciones:
• No se deberá operar en terrenos desnivelados o inestables fuera de las especificaciones del fabricante;
• No se usar a como grúas de carga;
• No se colocar o recargar escaleras o andamios contra la plataforma;
• No se operen cuando se encuentren en camiones, remolques, automóviles u otros vehículos;
• No utilizar tablones, escaleras de mano u otros elementos similares destinados a lograr una mayor
altura o distancia en la plataforma;
• No permitir que se sujeten la plataforma o los trabajadores ocupantes a estructuras fijas;
• No colocar o adicionar anuncios u otros elementos similares de gran tamaño que puedan aumentar la
carga debida al viento sobre la plataforma, y
• No deben usar con motores de combustión interna en interiores, salvo que cuenten con ventilación
para evitar la acumulación de humos y gases tóxicos;
u). Retirar inmediatamente del servicio y señalizar la plataforma, cuando se detecten fallas en su
funcionamiento, a efecto de evitar su utilización hasta que se realice el mantenimiento requerido.
v). Verificar antes de bajar o mover la plataforma de trabajo, que no existan personas, equipos u
obstáculos en zonas adyacentes.
w). Efectuar las maniobras de ascenso, descenso y movimiento de la plataforma siempre con la
asistencia y supervisión de al menos un segundo trabajador, para advertir al operador de cualquier
condición de riesgo, entre otras:
• La presencia de trabajadores u otras personas en la parte inferior de la plataforma;
• La aproximación a obstáculos o líneas energizadas, y
• La existencia de topes, aberturas, depresiones o hundimientos en la superficie de rodamiento de la
plataforma;
• Mantener las delimitaciones colocadas.
PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA
x). Estacionar la base de la plataforma elevada, apagada y protegida contra accionamiento no
autorizado, cuando se encuentre fuera de servicio, y Recargar las baterías en un espacio ventilado,
donde no exista riesgo de incendio o explosión.
SALUD DE LOS TRABAJADORES
A los trabajadores que realicen trabajos en altura se les deberán practicar exámenes médicos al menos
cada año, de acuerdo con lo que establezcan las normas oficiales mexicanas que al respecto emita la
Secretaría de Salud.
Los exámenes médicos deberán satisfacer lo siguiente:
• Constar por escrito o en medios electrónicos y deben contar con el nombre del trabajador;
• La evaluación médica del trabajador, y el nombre del médico, su firma y número de cédula
profesional.
Los exámenes médicos especiales practicados a los trabajadores que operen el equipo suspendido de
acceso y realicen trabajos en altura, para asegurarse que estén exentos de enfermedades tales como
vértigo, epilepsia o alguna alteración neurológica que pueda afectar su seguridad o la de otros
trabajadores.
El último examen practicado deberá conservarse mientras el trabajador se mantenga activo en la
realización de trabajos en altura y debe realizarse al menos una vez al año.
A los trabajadores que operen equipos de elevación, se les aplicaran pruebas antidoping con una
periodicidad de no más de 3 meses, estas pruebas se realizaran bajo la supervisión de Seguridad del
AGENTE.
PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA
CAPACITACIÓN, ADIESTRAMIENTO E INFORMACIÓN
Todos los trabajadores que realicen trabajos en altura se les deberán proporcionar su constancia de
capacitación, adiestramiento e información al tipo de sistema o equipos que se incluyeron en la
capacitación y la atención a emergencias.
Las constancias de capacitación y adiestramiento de los trabajadores deberán ser emitidos por un
organismo o persona certificada por la STPS.
Los trabajadores que realicen trabajos en altura deben estar autorizados por el residente contratista
para realizar esta actividad.
PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA
ANEXOS.
PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA
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  • 1. PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA PROYECTO: “DRENAJES PLUVIALES”. CONTRATO: M3-PN200015-C022. PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA. REV. NO. FECHA. DESCRIPCIÓN. ELABORADO POR. REVISO. V.B. 01 06-03-2020 EMITIDO PARA APLICACIÓN. SALOMÓN ARROYO DAMIÁN ING. OMAR TREJO REYES. EHS. M3
  • 2. PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA OBJETIVO Establecer las condiciones de seguridad para prevenir y controlar los riesgos laborales por la realización de trabajos en altura; Las actividades de construcción, mantenimiento, instalación, demolición, operación, reparación, limpieza, entre otras, que se realizan a alturas mayores de 1.20 metros sobre el nivel de referencia. Incluye también el riesgo de caída en aberturas en las superficies de trabajo, tales como perforaciones, pozos, cubos, túneles verticales y excavaciones con más de 1.50 metros de profundidad. ALCANCE El presente procedimiento aplica a todo el personal que labora en proyectos del CONSTRUCCIÓN, DISEÑO Y SUPERVISIÓN ADMINISTRATIVA S.A. DE C.V. se deberán tomar en cuenta los lineamientos establecidas en el presente documento y será necesario el permiso de trabajos en altura, cada que se trabaje en estas condiciones: En los trabajos o maniobras que se realicen trabajos a una altura a más de 1.20 metros. En actividades donde existan riesgos de accidentes e incidentes, en el que se usen herramientas o equipo para trabajos de construcción en altura, en edificios, azoteas, techos, paredes, muros, estructuras, tanques, etc. Donde exista la posibilidad de caída de equipo, herramientas, objetos y materiales de construcción, que puedan causar lesiones al personal y daños materiales. En los casos que se requieran equipos para transportar personal en canastillas por medio de malacate mecánico manual, por medio mecánico a motor, uso de grúas, andamios escaleras portátiles o escaleras marinas. En los casos en que el trabajo se realice en lugares donde no haya barandales o protecciones.
  • 3. PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA RESPONSABILIDADES Residentes de Obra del contratista / Supervisión de Seguridad: Es responsabilidad el cumplimiento de este procedimiento y asegurar que sus trabajadores presenten las condiciones indicadas de seguridad en las áreas de trabajo. Supervisor de Seguridad: Es responsabilidad asegurar el seguimiento al cumplimiento de este procedimiento. Los Trabajadores: Son responsables de seguir el procedimiento establecido, reportar cualquier situación que ponga en riesgo su integridad física o la de sus compañeros, también tiene la obligación de acudir a la capacitación y exámenes médicos requeridos para el cumplimiento del presente Procedimiento. DEFINICIONES Trabajos en Altura: se entiende por trabajos en altura a todos los trabajos en operación, servicio y/o mantenimiento que se realicen a una altura de 1.8 metros o más a partir del nivel del piso, de la superficie de trabajo. La supervisión del Departamento de Seguridad: Autoridad en materia de Salud y Seguridad laboral en el Proyecto, que realizan funciones de inspección y autorización de trabajos de alto riesgo en sitio. Arnés de Cuerpo Completo: El equipo de protección personal que se ajusta al torso y muslos del usuario, compuesto por elementos como bandas flexibles, hebillas, mecanismos de ajuste, herrajes y anillos metálicos, y que se emplea principalmente en los sistemas de detención de caídas para soportar al usuario. El equipo de protección personal contra caídas arnés de seguridad tipo paracaidista deberá de cumplir con la norma de calidad ANSI. Z 359.1. Coca: Deformación del cable producida por el efecto de torsión por mal manejo del mismo. Cable de Suspensión: Todo cable que soporte la carga suspendida. Cable de Seguridad (En Andamios Suspendidos): El cable de respaldo que está aparejado con el dispositivo de paro en caso de caída, pero que no soporta normalmente la carga suspendida. Cabo de Anclaje: cable de acero que permite asegurar el extremo interior de la viga de suspensión a un punto seguro. Cabo de Seguridad: elemento que permite asegurar el soporte de suspensión a un punto seguro. Contrapesos: pesos sujetos al soporte de suspensión para contrarrestar el momento de volcamiento.
  • 4. PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA Dispositivos de Seguridad (En los Sistemas Suspendidos): Los elementos que impiden el desarrollo de una fase peligrosa, como falla en malacates, cables de suspensión, soportes y otros dispositivos de suspensión. Los tipos de dispositivos que se presentan normalmente son: De Descenso por Falta de Energía: Permite el descenso en forma manual de una plataforma motorizada. De paro durante la caída: Detiene el descenso de la plataforma al actuar directamente en el cable de seguridad. De Detección de la Inclinación: Indica la pendiente longitudinal de la plataforma, cuando excede un ángulo preestablecido. Secundario: Detiene el descenso de la plataforma en caso de ruptura del cable de suspensión o falla del malacate. De Freno Secundario: Detiene el descenso de la plataforma al accionar directamente sobre el tambor, la polea de tracción o el extremo del eje impulsor. Equipo Suspendido de Acceso: comprende las máquinas de acceso para el mantenimiento de edificios y los equipos suspendidos de un edificio o estructura para efectuar tareas específicas en altura, como silletas, plataformas o andamios, jaulas individuales, y otros similares. Línea de Vida: El segmento de material flexible que, junto con un absolvedor de energía, se utiliza como elemento de unión o conexión, en caso de caída de un trabajador, esta línea de vida deberá ser con doble gancho y de acuerdo con la altura que se esté trabajando se definirá si requiera absolvedor de energía. Línea de Vida Horizontal: La línea flexible bajo tensión cuyos extremos se sujetan a puntos de anclaje, y sobre la cual se puede deslizar un conector de un sistema de protección personal para interrumpir caídas de altura, los cuales deberán tener una resistencia de 4 veces el peso que soportara, incluyendo; Peso del trabajador, herramientas y equipos que utilice el trabajador anclado a dicha línea. Línea de Vida Vertical: La línea flexible instalada en forma temporal o permanente, suspendida o bajo tensión, y sobre la cual se puede conectar un bloqueador de caída de tipo corredizo. Malacate: Es un dispositivo de elevación y tracción, que mediante un mecanismo compuesto por mordazas y con un sistema de palancas o engranes, ejerce una fuerza sobre el cable con desplazamientos alternativos, y que en avance lo jala y en retroceso lo retiene. Plataforma; Andamio: Es un conjunto de elementos ensamblados entre sí, que forman un sistema mecánico diseñado para soportar personas y equipo de trabajo.
  • 5. PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA Los tipos que existen son: • Plataforma de un punto: es aquella sostenida por cables en un solo punto de anclaje. • Plataforma de dos puntos: es aquella sostenida por cables en dos puntos de anclaje; • Plataforma de varios puntos: es aquella sostenida por cables en tres o más puntos de anclaje y en la que los módulos de la plataforma no están articulados entre sí; • Plataforma continúa articulada: es aquella constituida por módulos articulados sostenidos por cables en tres o más puntos de anclaje. • Plataforma suspendida temporal: es aquella instalada temporalmente en un edificio o estructura para efectuar tareas específicas, sostenida por uno o más puntos de anclaje, y que debe ensamblarse antes de ser utilizada en el sitio de trabajo, desmantelada y removida al concluir las tareas; • Plataforma de varios puentes: es aquella formada por dos o más niveles montados verticalmente. Prensa de Sujeción: Es un dispositivo mecánico que se fija a un pretil para sostener la plataforma. Pretil: Es un muro libre situado generalmente en azoteas o ventanas, con la resistencia adecuada para soportar las cargas producidas en la prensa de sujeción. Punto de Anclaje: El elemento que posee suficiente resistencia para la fijación de malacates, cables de suspensión, cables de seguridad y otros dispositivos de suspensión, soporte o paro durante una caída, y que puede ubicarse o instalarse en los edificios, andamios suspendidos, plataformas de elevación, entre otros, en los que se realiza un trabajo en altura y que debe tener una resistencia de cuatro veces más del peso a soportar.
  • 6. PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA Carga Total (En Sistemas de Uso Colectivo para Trabajos en Altura): El peso total al que se someterán los soportes del sistema de suspensión, que comprende el peso de los trabajadores, equipos, herramientas y materiales de trabajo, así como de todos y cada uno de los componentes del propio sistema, como plataforma, malacates, cables, entre otros. Soporte de Suspensión; Anclaje: La estructura fija o móvil que permite anclar los cables de suspensión y de seguridad. Silleta: Es un sistema mecánico en el que el trabajador realiza sus actividades sentadas y que tiene un solo punto de anclaje. Soporte de Suspensión: Es una estructura fija o móvil que permite fijar los cables de suspensión seguridad. Tambor: Es un cilindro hueco de metal liso o ranurado, cuyos extremos están flanqueados por discos y en el cual se enrolla el cable. Trole Transversal: Es un carro con ruedas que está diseñado para desplazarse con un movimiento transversal a lo largo del monorriel del que se suspende una plataforma. Viga de Suspensión: es un elemento estático para sostener el equipo suspendido de acceso, cuya estabilidad es asegurada con contrapesos. Absolvedor de Energía; Amortiguador de Energía: El componente del sistema de protección personal para interrumpir caídas de altura, diseñado para disipar la energía cinética generada durante una caída, y que limita las fuerzas aplicadas en el sistema, en el dispositivo de anclaje y en el usuario Despliegue: La acción del absolvedor de energía, de extenderse permanentemente, para disipar la energía aplicada a él durante una caída. Escala Móvil; Escalera Portátil; Escalera de mano: El aparato portátil que consiste en dos piezas paralelas o ligeramente convergentes, unidas a intervalos por travesaños, y que sirve para subir o bajar a una persona de un nivel a otro. Protección Lateral; Barandal: El resguardo dispuesto en forma perimetral en una plataforma de trabajo o en las zonas en las que existe riesgo de caída de altura. Bloqueador de Caída de Tipo Corredizo: El dispositivo diseñado para sujetarse a un riel vertical o línea de vida vertical, y deslizarse hacia arriba y hacia abajo, en respuesta a movimientos de ascenso, y que se bloquea automáticamente en respuesta al movimiento súbito de una caída.
  • 7. PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA Mosquetón: Es un utensilio en forma de anilla, de acero o aleaciones ligeras de aluminio, de formas diversas, que se utiliza en maniobras de seguridad dentro de actividades tales como rescate, trabajos en altura, montañismo, para trabajos en altura deberá ser de acero forjado. MEDIDAS GENERALES DE SEGURIDAD PARA REALIZAR TRABAJOS EN ALTURAS Para la realización de trabajos en altura, se deberá cumplir con lo establecido a continuación: Colocar en bordes de azoteas, terrazas, miradores, galerías o estructuras fijas elevadas, al igual que en aberturas como perforaciones, pozos, cubos y túneles verticales: barreras fijas o protecciones laterales o perimetrales a una altura de 90 cms. Y con la capacidad de detener la caída de uno varios trabajadores (resistencia de 2,268 kgs.), o redes de seguridad para protección colectiva contra caídas de altura, de o bien proveer a los trabajadores de sistemas personales para trabajos en altura, El Supervisor de Seguridad deberá supervisar que los trabajos en altura se ejecuten de acuerdo con las medidas establecidas en este procedimiento y en la NOM-009-STPS-2011. El equipo de protección, mínimo, para trabajos en altura es: Casco de seguridad, barbiquejo, Arnés de cuerpo completo, línea de vida doble gancho, amortiguador de caídas, lentes de seguridad, guantes de seguridad, Zapatos de seguridad con suela antiderrapante. Cuando se realicen trabajos de soldadura en altura, las líneas de vida deberán ser en cable de acero recubiertas con plástico, certificadas. Al Utilizar cinturón portaherramientas para la sujeción segura de las herramientas y otros artículos de trabajo, y evitar de esta forma que puedan caer accidentalmente, y usar, según aplique, bandas o cuerdas de sujeción de herramientas, las cuales suelen atarse a su vez a una muñequera o cinturón, para evitar que la herramienta llegue a caer si se soltara accidentalmente mientras es utilizada. Considerar los riesgos adicionales generados por la presencia de fuentes de calor -como operaciones de soldadura y corte-, humedad, ácidos, aceite, grasa, polvo, ambientes corrosivos o con temperaturas
  • 8. PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA extremas, entre otros; evaluar su efecto en el sistema en uso, al igual que adoptar medidas preventivas para el personal que realiza trabajos en altura en presencia de altas temperaturas ambientales, tales como hidratación, protección a la piel y/o pausas de trabajo. Prohibir el uso de cables metálicos donde exista riesgo eléctrico. Des energizar (aplicar el procedimiento de bloqueo de energías), se debe exigir este procedimiento y de no ser posible se deben reubicar las líneas eléctricas que se encuentren en el lugar en donde se realizarán los trabajos en altura y que representen riesgo para los trabajadores o aplicar, cuando se trabaje en la proximidad de líneas energizadas, las medidas de seguridad siguientes: a) Tomar precauciones para evitar que se llegue a tener contacto accidental con las líneas energizadas, al manipular objetos conductivos largos, tales como varillas, tubos, cables, herramientas, entre otros; b) Colocar protecciones como cintas o mantas aislantes en las líneas eléctricas acordes con la tensión qué en ellas se maneje, por parte de personal capacitado en el manejo de líneas eléctricas energizadas. c) Utilizar equipo de protección personal, consistente al menos en casco de seguridad clase E, barbiquejo, calzado y guantes dieléctricos, conforme a la tensión eléctrica de las líneas energizadas. Voltaje fase a fase V Distancia mínima de seguridad m 50,000 3.10 73,000 3.33 85,000 3.45 115,000 3.75 140,000 4.00 230,000 4.90 400,000 6.60 600,000 8.60
  • 9. PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA d) Proteger las cuerdas o cables cuando pasen por bordes o aristas filosas, o por superficies ásperas, que puedan tener un efecto cortante o un desgaste excesivo por fricción, con materiales que eviten estos riesgos. e) Delimitar la zona o área a nivel de piso en la que se realizará el trabajo en altura, mediante su acordonamiento y señalización, esta última con base en lo establecido en la NOM-026-STPS-2008, o las que la sustituyan, a fin de evitar que permanezcan o transiten personas por dicha zona o área. f) Evitar o interrumpir las actividades en altura cuando se detecten condiciones climáticas que impliquen riesgos para los trabajadores, tales como lluvia intensa, tormentas eléctricas, nevado y vientos fuertes sostenidos, (a 25 km/h o más) y conforme a las características del sistema o equipo utilizados y las especificaciones del fabricante. g) Realizar un IPERC Continuo, donde se analicen los riesgos, en conjunto con los trabajadores, previo a las maniobras de alto riesgo. h) Efectuar trabajos en altura sólo con personal capacitado y autorizado por el patrón. Las autorizaciones deberán contener al menos lo siguiente: • El nombre del trabajador autorizado; • El tipo de trabajo por desarrollar y el área o lugar donde se llevará a cabo la actividad; • Las medidas de seguridad que se deberán aplicar conforme al trabajo en altura por realizar y los factores de riesgo identificados en el análisis de las condiciones prevalecientes del área donde se desarrollará éste; • La fecha y hora de inicio de las actividades, y el tiempo estimado de duración, • El nombre y firma del patrón o de la persona que designe para otorgar la autorización. i) Revisar el sistema o equipo antes de ser utilizado, conforme a las instrucciones del fabricante, respecto a posibles desgastes, daños, deterioros, mal funcionamiento u otras anomalías. j) Solo los trabajadores que se incluyen en el permiso realizaran el trabajo autorizado, al cambio de uno de ellos o sus supervisores el permiso deberá ser renovado. Todos estos aspectos están contemplados en los permisos para trabajos en altura. k) Los componentes defectuosos deberán ser removidos del servicio e identificados para evitar su uso, si su resistencia o funcionamiento se ven afectados. Cualquier componente que deba reemplazarse, deberá sustituirse únicamente por otro original o que esté autorizado por el fabricante en el manual de mantenimiento qué éste provea con el sistema.
  • 10. PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA l) Sera obligatorio la elaboración del permiso para trabajos en altura, el cual deberá ser autorizado por el representante del patrón del trabajador o empresa Contratista, con el Vo. Bo. del Supervisor de Seguridad, previo al inicio de cualquier trabajo en alturas. SISTEMAS DE PROTECCIÓN PERSONAL El uso de sistemas de protección personal para interrumpir caídas de altura deberá ser obligatorio cuando realicen trabajos en altura: El uso de sistemas de protección personal para interrumpir caídas de altura deberá ser obligatorio cuando realicen trabajos en altura sobre: a). Bordes de azoteas, terrazas, miradores, galerías o estructuras fijas elevadas, al igual que en aberturas como perforaciones, pozos, cubos y túneles verticales, donde no sea posible la colocación de barreras fijas o protecciones laterales o perimetrales, o no se empleen sistemas personales de restricción; b). Estructuras fijas elevadas donde no sea posible la colocación de redes de seguridad; c). Andamios tipo torre o estructura, a más de 3 m. d). Andamios suspendidos o plataformas de elevación. e). Escaleras de mano, a más de 1.8 m del nivel de referencia. Asegurar que existe un espacio libre en el trayecto de una posible caída, para evitar que el trabajador se golpeé con obstáculos. Cuando el trabajador tenga necesidad de desplazarse de un lado a otro y se podrán utilizar líneas de vida horizontal bajo las siguientes especificaciones; Al trabajar en techos y paredes de estructuras, edificios, tanques etc., colocar cable de acero de 1/2” como línea de vida horizontal con puntos de apoyo a lo largo del tramo de trabajo, entre cada punto de apoyo no deberá rebasar de 8 metros, usando sujetadores opresores (perros), para asegurar los cables de acero del arnés de seguridad de los trabajadores y puedan desplazarse libremente con seguridad, en cada línea de vida solo podrán trabajar máximo 2 trabajadores, La línea de vida del arnés de seguridad deberá colocarse en un punto fijo por arriba de la cabeza hasta donde le sea posible el alcance de los brazos, con la finalidad de que en caso necesario de algún incidente la fuerza de impacto sea mínima evitando con esto lesiones al quedar suspendido el cuerpo de la persona, en caso de que no haya punto fijo a la altura de la cabeza o a la altura de la cintura, el último recurso será a la altura del punto de apoyo para los pies, evaluando la distancia al piso, según las condiciones del área de trabajo, si la distancia al piso es mayor de la suma de las distancias entonces será obligatorio establecer barandales para evitar las caídas de los trabajadores. (la suma de distancias se establecerá sumando: la estatura del trabajador, lo largo de la línea de vida, la
  • 11. PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA distancia del amortiguador más lo largo del elemento de sujeción y la posible elongación del cable de acero por falta de tensión o por movimiento propio del arnés). Cuando el trabajador tenga necesidad de trasladarse en alturas y en línea de vida encuentre obstáculos o cambie de línea vida horizontal, utilizara la doble línea de vida, al arnés, con la que al ir avanzando utilizara siempre un gancho sujeto a la línea horizontal o estructuras de manera que en ningún momento quede si sujetarse. Es por lo que es obligatoria la cuerda de vida doble en cualquier trabajo en altura. Al realizar movimientos en los trabajos en altura, el trabajador deberá tener cuidado de no rebasar el ángulo del
  • 12. PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA punto de anclaje a la posición de su cuerpo, máximo 15 grados, para que al caer evite el efecto de péndulo su cuerpo se proyecte contra paredes o estructuras. Cuando el Arnés no se encuentre en uso, este podrá ser retirado del cuerpo de trabajador de lo contrario sujetar las líneas de vida pegadas al cuerpo para evitar que estas se atoren o puedan ser atrapadas por partes movimiento e incrementen los riesgos al trabajador. SISTEMAS DE RESTRICCIÓN Los sistemas de restricción deberán emplearse únicamente para limitar la distancia de desplazamiento del trabajador hacia cualquier borde peligroso donde pueda ocurrir una caída. Este tipo de sistemas no deberán emplearse para detención de caídas. En el uso de los sistemas de restricción, se deberá limitar la distancia de acercamiento a la zona de riesgo de caída (bordes) a no menos de 1.20 m. Para tal efecto, deberá emplearse un arnés de cuerpo completo, conectado a través de una línea de vida a un punto o dispositivo fijo que limité la proximidad del trabajador a dicha zona. SISTEMAS DE POSICIONAMIENTO Y ASCENSO/DESCENSO CONTROLADO Los sistemas de posicionamiento y de ascenso/descenso controlado deberán cumplir, según aplique, con lo siguiente: a) Utilizar los sistemas de posicionamiento únicamente para mantener al usuario en posición en su punto de trabajo. Este tipo de sistemas no deberá emplearse para detención de caídas; b) Emplear un elemento de sujeción del trabajador al dispositivo de ascenso/descenso controlado, con un conector, mosquetón, para permitir realizar el trabajo en forma estable con ambas manos libres; c) Se requiere el arnés de cuerpo completo con cuatro puntos, dos de soporte y dos de sujeción. El anillo tipo D que va en el tórax será el punto de soporte al subir o bajar por líneas verticales.
  • 13. PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA Escaleras portátiles (de mano) . Las escaleras de mano, portátiles, deberán ser revisadas antes de cada uso, por los trabajadores que vayan a usarlas, aquéllas que tengan defectos que puedan afectar su uso seguro, deberán ser retiradas del servicio inmediatamente y marcarse con la leyenda “FUERA DE SERVICIO.”, para después proceder a su reparación, desecho o destrucción. Las reparaciones mayores deberán ser realizadas por personal capacitado y autorizado por el Residente de la compañía. Está estrictamente prohibido el uso de escaleras en malas condiciones, las escaleras deben de cumplir con las siguientes especificaciones de acuerdo a su tipo: • Tipo I con capacidad de carga de 113 Kg o 250 Lbs. • Tipo IA con capacidad de carga de 136 Kg. o 300 Lbs. • Tipo IAA con capacidad de carga de 170 Kg o 375 Lbs. Deben estar normalizadas bajo OSHA Y ANSI Z-14. Todos los involucrados para trabajar en alturas, deberán estar entrenados y ser competentes. Los lugares donde se trabaje con más de 1.8 metros de altura se debe usar arnés de seguridad la escalera debe sujetarse en la parte superior, si esto no es posible se sujetar en la parte inferior, previniendo un deslizamiento. Al subir el trabajador a sujetar la escalera o retirar la sujeción, la escalera deberá ser sujeta por un trabajador que evite su deslizamiento. Cada escalera debe ser inspeccionada, por lo menos una vez al mes y registrar su inspección en la lista de verificación de inspección de escaleras. Para subir y bajar una escalera, se debe de hacer peldaño por peldaño, de frente a la escalera (de tipo arrimo o telescópicas, de tijeras, móvil o fija), utilizando ambas manos. Su uso es sólo vertical y se debe posicionar a una cuarta parte de la altura de la escalera con respecto a donde se apoyará. Estar extendido por lo menos 90 cm sobre el punto de apoyo en el borde de la superficie a la que se accede, cuando son utilizadas para subir a una azotea u otra superficie elevada similar. Toda escalera debe contar con zapatas anti-derrapantes. Las escaleras se deben almacenar de manera horizontal y no directamente sobre el suelo.
  • 14. PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA No llevar más de 10 Kg. Al subir o bajar escaleras en porta – herramientas siempre y cuando teniendo manos libres. Sobre la escalera, la actividad es individual, no grupal. En las escaleras siempre se debe estar apoyado en tres puntos (dos manos un pie, dos pies una mano). No debe posicionar ningún pie fuera de los largueros. Su cuerpo nunca debe sobre salir de los largueros. Siempre posicione la escalera frente al lugar de trabajo, evite tratar de alcanzar otros puntos fuera del alcance de la escalera. Estar pintadas con un material transparente que no pueda ocultar los defectos o daños presentes, cuando sean fabricadas de madera. Evite pintar las escaleras, la pintura podría ocultar defectos de desgaste. Evitar sea colocado sobre cajas, tambos u otras bases inestables para alcanzar alturas mayores, ni en superficies inclinadas, a menos que estén equipadas con algún sistema específicamente diseñado para este tipo de superficies. Cerrar con llave, bloquear o vigilar permanentemente las puertas, cuando se coloque frente a ellas una escalera portátil. Prohibir el uso de escaleras metálicas en lugares donde puedan entrar en contacto con líneas eléctricas energizadas. Recomendaciones al utilizar escaleras: Mantenga los tres escalones superiores sin ocupar. Al momento de ascender y descender de una escalera hágalo siempre mediante los tres puntos de apoyo. Al trabajar en una escalera su cuerpo deberá permanecer al centro de laterales y peldaños. Busque alguna otra manera de hacer trabajos de altura, si es posible, para no trabajar sobre escaleras. Nunca se deben usar la escalera de manera horizontal. Si usted tiene restricciones médicas o esta medicado, PROHIBIDO hacer uso de ellas. Asegúrese que, al utilizar una escalera, sea en una superficie plana, firme y lo más seca posible. Al trabajar con una escalera de tijera, no deberá pasar de los últimos tres peldaños.
  • 15. PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA Se recomienda hacer el mantenimiento preventivo que el fabricante sugiere. Las escaleras no deben ser pintadas. Limpiar las escaleras (sus laterales, peldaños y zapatas) y los andamios antes y después de su uso (de tierra, lodo, grasas, aceites), además de nuestros zapatos y guantes. Se recomienda que una segunda persona detenga con sus pies la cuña para que no se deslice de manera horizontal (esto no evitará que se deslice hacia los lados) Abra completamente la escalera de tijera y coloque los seguros No use una escalera con otro propósito, que no sea para el que fue diseñado. Se recomienda no arrastrar las escaleras. Posicione su escalera donde usted sienta que es más cómodo y seguro trabajar. Cuando se haga un anclaje o amarre en la escalera, se recomienda hacerlo de los largueros, no de los peldaños. Se recomienda demarcar el área (caída de objetos) Traslade la escalera con cuidado evite golpear a sus compañeros, cuando sean mayores de dos metros de longitud deberán ser trasladadas por dos personas. PLATAFORMAS DE ELEVACIÓN Solo serán operadas por personal capacitado y autorizado. Se deberá contar y tener disponibles, los manuales para la operación, revisión y mantenimiento de la plataforma, en idioma español. Las plataformas de elevación deberán contar con los componentes que a continuación se indican: a). Canastilla o plataforma de trabajo, integrada al equipo, la cual deberá contener una protección lateral con una altura mínima de 90 cm. No deberán utilizarse cuerdas, cables, cadenas o cualquier otro material flexible para sustituir la canastilla. b). Dispositivos de seguridad para asegurar su nivelación o estabilizadores en el sitio de trabajo, de acuerdo con las especificaciones del fabricante. c). Panel de control de piso y en canastilla, con dispositivos que permitan a los trabajadores bajar la plataforma hasta el suelo en caso de emergencia. d). Sistema automático de alarma sonora, para indicar el ascenso, descenso, tracción, desplazamiento delantero o trasero y cualquier otro tipo de movimiento elevación y movimiento del brazo telescópico de la plataforma.
  • 16. PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA e). Dispositivo de anclaje, para conexión del sistema de protección personal para interrumpir caídas de altura arnés, línea de vida, absolvedor de energía, entre otros, integrado a la canastilla de la plataforma o brazo y Limitador de velocidad de desplazamiento, con el brazo extendido. f). Controles de operación y de emergencia. g). Dispositivos de seguridad de los equipos. h). Disponibilidad del equipo de protección individual contra caídas. i). Sistemas neumáticos, hidráulicos, eléctricos y de combustión, según aplique. j). Señales de alerta y control. k). Integridad y legibilidad de las calcomanías. l). Estado físico que guardan los estabilizadores, ejes expansibles y estructura en general. m). Al inicio de cada jornada, se deberá verificar que no existan en la plataforma de elevación: Evidencias de soldaduras deterioradas u otros defectos estructurales; Escapes de circuitos hidráulicos; Daños en cables; Mal estado de conexiones eléctricas; Condiciones anómalas en ruedas, neumáticos, frenos y baterías, y residuos de productos químicos agresivos y de sustancias como soluciones jabonosas, aceite, grasas, pintura, barro u otras que puedan hacer resbaladiza la superficie de la plataforma o generar cualquier otro tipo de riesgo a los trabajadores. Cualquier otro elemento especificado por el fabricante. n). Durante la operación de las plataformas de elevación se deberá cumplir con lo siguiente: • Los medios para mantener la estabilidad se utilizan de acuerdo con las indicaciones del fabricante; • La carga máxima no excede la capacidad nominal, determinada por el fabricante, de acuerdo con las configuraciones posibles del equipo. • Los trabajadores que laboran en la canastilla o plataforma de trabajo utilizan los sistemas de protección personal contra caídas, anclados a los dispositivos previstos e instalados dentro de la propia plataforma, así como para otros riesgos a los que se encuentren expuestos por la naturaleza de las actividades por desarrollar, o del lugar en que éstas se realizarán;
  • 17. PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA • Una visión clara del camino y área por recorrer; • La distancia segura de los obstáculos, depresiones o hundimientos naturales o accidentales en un terreno o superficie, rampas y otros factores de riesgo, que deberán estar especificados en el proyecto de trabajo, y las distancias mínimas hacia obstáculos aéreos y líneas eléctricas energizadas, especificadas en el proyecto de trabajo u orden de servicio; • Limitar la velocidad de desplazamiento de la plataforma, tomando en cuenta: • Las condiciones de la superficie; • El tráfico; • La visibilidad; • La presencia de pendientes; • La ubicación del personal, y otros factores de riesgo; o). Evitar que se mueva la plataforma de elevación, en las rampas con especificaciones diferentes a las establecidas por el fabricante; p). Bajar o cerrar, siempre, el barandal o puerta de acceso a la canastilla o plataforma de trabajo, antes de operar el equipo; q). Mantener dentro de la canastilla o plataforma de trabajo a los trabajadores ocupantes de las plataformas elevadas durante la realización de las labores; r). Prohibir que los trabajadores ocupantes de las plataformas elevadas se sienten, paren o suban en los barandales de protección. s). Comprobar, durante el uso de la plataforma, la zona de operación de los equipos, para asegurarse que: • La zona de operaciones está de acuerdo con las condiciones especificadas por el fabricante; Las condiciones meteorológicas existentes, no impliquen la necesidad de detener las actividades. • Las personas que se encuentren en el lugar cuenten con la autorización correspondiente y el plan de trabajo contenga el análisis de las condiciones de seguridad que deberán existir para realizar el trabajo, con el detalle de los factores de riesgo existentes. • El área de operación de la plataforma deberá estar delimitada y ningún trabajador deberá permanecer dentro de esa área, cuando algún trabajador tenga la necesidad de ingresar al área de operación de la plataforma elevada, solicitara permiso al operador de la plataforma quien descenderá la
  • 18. PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA plataforma y apagara el motor retirando la llave del switch de encendido, mientras permanezca personal dentro del área de operación. t). Verificar que no trabaje sobre superficies u objetos frágiles o inestables o bajo las siguientes condiciones: • No se deberá operar en terrenos desnivelados o inestables fuera de las especificaciones del fabricante; • No se usar a como grúas de carga; • No se colocar o recargar escaleras o andamios contra la plataforma; • No se operen cuando se encuentren en camiones, remolques, automóviles u otros vehículos; • No utilizar tablones, escaleras de mano u otros elementos similares destinados a lograr una mayor altura o distancia en la plataforma; • No permitir que se sujeten la plataforma o los trabajadores ocupantes a estructuras fijas; • No colocar o adicionar anuncios u otros elementos similares de gran tamaño que puedan aumentar la carga debida al viento sobre la plataforma, y • No deben usar con motores de combustión interna en interiores, salvo que cuenten con ventilación para evitar la acumulación de humos y gases tóxicos; u). Retirar inmediatamente del servicio y señalizar la plataforma, cuando se detecten fallas en su funcionamiento, a efecto de evitar su utilización hasta que se realice el mantenimiento requerido. v). Verificar antes de bajar o mover la plataforma de trabajo, que no existan personas, equipos u obstáculos en zonas adyacentes. w). Efectuar las maniobras de ascenso, descenso y movimiento de la plataforma siempre con la asistencia y supervisión de al menos un segundo trabajador, para advertir al operador de cualquier condición de riesgo, entre otras: • La presencia de trabajadores u otras personas en la parte inferior de la plataforma; • La aproximación a obstáculos o líneas energizadas, y • La existencia de topes, aberturas, depresiones o hundimientos en la superficie de rodamiento de la plataforma; • Mantener las delimitaciones colocadas.
  • 19. PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA x). Estacionar la base de la plataforma elevada, apagada y protegida contra accionamiento no autorizado, cuando se encuentre fuera de servicio, y Recargar las baterías en un espacio ventilado, donde no exista riesgo de incendio o explosión. SALUD DE LOS TRABAJADORES A los trabajadores que realicen trabajos en altura se les deberán practicar exámenes médicos al menos cada año, de acuerdo con lo que establezcan las normas oficiales mexicanas que al respecto emita la Secretaría de Salud. Los exámenes médicos deberán satisfacer lo siguiente: • Constar por escrito o en medios electrónicos y deben contar con el nombre del trabajador; • La evaluación médica del trabajador, y el nombre del médico, su firma y número de cédula profesional. Los exámenes médicos especiales practicados a los trabajadores que operen el equipo suspendido de acceso y realicen trabajos en altura, para asegurarse que estén exentos de enfermedades tales como vértigo, epilepsia o alguna alteración neurológica que pueda afectar su seguridad o la de otros trabajadores. El último examen practicado deberá conservarse mientras el trabajador se mantenga activo en la realización de trabajos en altura y debe realizarse al menos una vez al año. A los trabajadores que operen equipos de elevación, se les aplicaran pruebas antidoping con una periodicidad de no más de 3 meses, estas pruebas se realizaran bajo la supervisión de Seguridad del AGENTE.
  • 20. PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA CAPACITACIÓN, ADIESTRAMIENTO E INFORMACIÓN Todos los trabajadores que realicen trabajos en altura se les deberán proporcionar su constancia de capacitación, adiestramiento e información al tipo de sistema o equipos que se incluyeron en la capacitación y la atención a emergencias. Las constancias de capacitación y adiestramiento de los trabajadores deberán ser emitidos por un organismo o persona certificada por la STPS. Los trabajadores que realicen trabajos en altura deben estar autorizados por el residente contratista para realizar esta actividad.
  • 21. PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA ANEXOS.