El documento describe los elementos y sistemas de prevención de incendios que deben incluirse en los edificios. Estos incluyen bocas de incendio equipadas, medios de egreso como escaleras, sistemas de extinción como rociadores y extintores, y sistemas de detección de incendios. También cubre la normativa legal aplicable a la aprobación de planos y permisos de ocupación de acuerdo con los sistemas de prevención instalados.
1. SISTEMA DE PREVENCIÓN DE
INCENDIOS
Se llama PREVENCIÓN CONTRA INCENDIOS al conjunto
de medidas preventivas en base a una reglamentación que
se disponen en las Edificaciones para protegerlos contrala
acción del fuego.
OBJETIVOS DE LA PREVENCIÓN
1. Salvar vidas humanas.
2. Minimizar las perdidas económicas
producidas por el fuego.
3. Conseguir que las actividades de
la Edificación dañada puedan
reanudarse rápidamente.
2. Norma Legal aplicable al visto
Bueno de Planos
Norma 114, Reglamento De Prevención, Mitigación Y
Protección Contra Incendios.
Art. 332. VISTO BUENO EN EDIFICACIONES.- La persona
interesada o profesional responsable del proyecto debe
presentar en el área técnica del Departamento de
Prevención del cuerpo de bomberos, con la siguiente
documentación:
a) Solicitud de visto bueno de edificación en el formulario
respectivo.
b) Un juego completo de planos con el sistema de
prevención y control de incendios.
c) Memoria técnica del sistema de seguridad, sanitario,
eléctrico, especiales, de prevención y control de incendios,
con la firma del profesional responsable.
3. d) Copia del formulario de registro municipal de planos para
edificación;
e) Copia del Informe de Regulación Municipal (IRM);
f) Copia de la carta de pago del impuesto predial.
g) En la documentación original de la carpeta que va
ingresar para el trámite de aprobación de planos, se
adjuntará el juego de planos del sistema de prevención y
control de incendios.
4. Norma Legal Aplicable al
Permiso de Ocupación
Art. 340.- Permiso de ocupación y habitabilidad.- Una vez
concluida la obra de edificación con el sistema de
prevención aprobado en plano y debidamente instalado y
listo para operar, la persona interesada o profesional de la
obra debe presentar en el Departamento de Prevención
del Cuerpo de Bomberos, la solicitud de permiso de
ocupación en el formulario correspondiente.
Art. 344.- El Cuerpo de Bomberos está facultado para
realizar inspecciones durante y después de la ejecución e
instalación de los sistemas de prevención contra incendios,
una vez presentada la documentación para la obtención
del visto bueno de planos para edificación.
5. Anexos para la aprobación en el
diseño y visto bueno de planos
“Guía para la Elaboración de la Memoria Técnica para el
Visto Bueno de Planos para los Sistemas de Prevención y
Protección de Incendios".
6. Elementos Constitutivos en el Diseño y
Protección de Incendios.
BOCA DE INCENDIO EQUIPADA.- Este mecanismo de extinción
constituido por una serie de elementos acoplados entre sí y
conectados a la reserva de agua para incendios que cumple con las
condiciones de independencia, presión y caudal necesarios.
Manguera de incendios.- Será de material resistente, de un diámetro de
salida mínima de 1½ pulgadas (38 mm) por 15 metros de largo y que
soporte 150 PSI de presión, en casos especiales se podrá optar por
doble tramo de manguera, en uno de sus extremos existirá una boquilla
o pitón regulable.
7. Boquilla o pitón.- Debe ser de un material resistente a los
esfuerzos mecánicos así como a la corrosión, tendrá la
posibilidad de accionamiento para permitir la salida de agua
forma de chorro o pulverizada.
Gabinete de incendio.- Todos los elementos que componen la
boca de incendio equipada, estarán alojados en su interior,
colocados a 1.20 metros de altura del piso.
El gabinete alojará además en su interior un extintor de 10
libras (4.5 kilos) de agente extintor, con su respectivo
de identificación, una llave spaner, un hacha pico de cinco
libras (5 lbs.), la que debe estar sujeta al gabinete.
8. MEDIOS DE EGRESO
Ordenanza Metropolitana N° 470
Se considera un Medio de Egreso a todo recorrido continuo
y sin obstáculo, tanto horizontal como vertical, que
garantice la vía adecuada para la evacuación de los
usuarios, en casos de emergencia, medido desde cualquier
punto en un edificio o una estructura hasta una vía pública
o espacio seguro.
9. MEDIOS DE EGRESO
El Diseño debe considerar:
Dimensiones de los componentes de los
medios egreso
Tipo de Escaleras (Medios Verticales)
Distancia de recorrido hasta alcanzar el
acceso a la salida
Materiales constructivos de los medios de
egreso
10. MEDIOS HORIZONTALES Y
ESCALERAS
Permiten la evacuación segura de una edificación y puede ser:
Escaleras
Rampas
Pasillos de Emergencia
Escalera exteriores de emergencia
12. SISTEMAS DE EXTINCIÓN DE
INCENDIOS
RED DE ROCIADORES.-
Dispositivo para supresión o control de incendios, que opera
cuando un elemento activado por el efecto del calor es
calentado a su temperatura de ajuste, permitiendo descargar
agua sobre una superficie
• Fuente de abastecimiento de agua
• Sistema de presión
• Dispositivos de control (válvulas)
• Dispositivos de descarga.
• Dispositivos de supervisión
NEPA13
13. RED HÍDRICA
Sistemas basados en tuberías, válvulas, gabinetes y equipo
instalado en un edificio estructura. Se ubican de manera que el agua
pueda ser descargada en choros o aspersión a través de mangueras y
boquillas acopladas con el propósito de extinguir un incendio.
• Reserva de Agua
• Sistema de Presión (Bomba Principal, auxiliar, controladores del
sistema)
• Tuberías Vertical y Ramales
• Boca de Incendio Equipada (Manguera, Pitón, Gabinete, Hacha,
Spaner, Extintor, Instrucciones)
• Boca de impulsión (Siamesa)
14. EXTINTORES PORTÁTILES
Mediante agentes extintores (agua, polvo, espuma,
nieve carbónica) estos deberán estar:
• Cargados y operables en todo momento,
mantenimiento anual.
• Ubicados en lugares fácilmente accesibles.
• Localizados preferiblemente a lo largo de los
recorridos normales de evacuación.
• No podrán obstruirse ni ocultarse a la vista.
• Instalados a no mas de 1.50m por encima del
ni a menos de 10cm del piso.
• Los ocupantes deben conocer el uso y manejo
extintores.
15. TIPOS DE EXTINTORES DE
INCENDIOS
Extintor de agua (CLASE A)
Extintor de espuma (CLASE A Y B)
Extintor de polvo químico seco (Clase A, B y C)
Extintor de Dióxido de carbono ( Clase A y C)
16. SISTEMAS DE DETECCIÓN DE
INCENDIOS
Art. 50.- Estos sistemas automáticos deben tener los
siguientes componentes: Tablero central, fuente de
alimentación eléctrica, detectores de humo, alarmas
manuales, difusores de sonidos, sistema de comunicación y
señal de alarma sonora y visual.
17. SISTEMA DE PROTECCIÓN
CONTRA INCENDIOS
SISTEMA DE TUBERÍA VERTICAL: Todos los edificios nuevos debran estar
equipados con un sistema de tubería vertical Clase I, Cuando existan
cualquiera de las siguientes condiciones:
a) Mas de 3 pisos sobre el nivel del terreno
b) Mas de 15 m sobre el nivel del terreno y con pisos intermedios o balcones
c) Mas de un piso debajo del nivel del terreno
d) Mas de 6 metros debajo del nivel del terreno
HIDRANTES: Se instalarán hidrantes a partir del acceso vehicular principal
con separación de 200m entre si, en conjuntos habitacionales
SISTEMAS DE ROCIADORES AUTOMÁTICOS: Todo edificio donde existan
subsuelos que excedan los 500 m2 o que contengan mas de un subsuelo
deberá ser protegido en su totalidad por un sistema de rociadores
automáticos.
18.
19. Sistema de Protección a la
Instalación de Servicios
Deben ser revisadas periódicamente por personal
especializado, hecho del que debe exigirse constancia.
Deben encontrarse dispuesta de manera ordenada,
protegidas por elementos tales como canaletas y materiales
aislantes evitando la sobrecarga de los tomacorrientes.
Los elementos eléctricos como cajetines, tomacorrientes,
interruptores deben contar con sus respectivas protecciones
y aislamientos.
La acometida eléctrica deberá contar con la autorización de
la E.E.Q
20. INSTALACIONES DE SERVICIOS
INSTALACIONES ELÉCTRICAS
No cables pelados
No recalentados
No uniones improvisadas
Aisladas en canaleta
Sistema a tierra aterrizado a tierra
Instalación de pararrayos
21. BIBLIOGRAFÍA
REGISTRO OFICIAL, (2014), “Sistema contra incendios
114”.Ministerio de Inclusión Económica y Social.
ORDENANZA METROPOLITANA Nº 470
“REGLAS TÉCNICAS EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE
INCENDIOS EN EL ORDENAMIENTO METROPOLITANO”,
Ordenanza Metropolitana N° 4.
Notas del editor
Las disposiciones se rige en el diseño de los medios de egreso o de salidas de las edificaciones, según la cantidad de usuarios a evacuar.