1. Republica Bolivariana de Venezuela.
Ministerios del Poder Popular para la Educación Superior.
Instituto Universitario Politécnico Santiago Mariño.
Extensión Barcelona
Ética y Deontología Profesional
Facilitador:
Patricia Márquez
Bachiller:
Xavier Rivera
Octubre 2021
2. Estudia la conducta
humana, lo correcto e
incorrecto, lo bueno y lo
malo, la moral, el buen vivir,
la virtud, felicidad, el deber.
Trata de los deberes, especialmente
de los que rigen actividades
profesionales, así como el conjunto
de deberes relacionados con el
ejercicio de una profesión.
Es un sistema de autorregulación del
que se dota una corporación
profesional que por encomienda de
la sociedad tiene reconocidas
atribuciones propias en un campo
determinado.
Es la acción y efecto de
profesar (ejercer un oficio,
una ciencia o un arte),
refiere al empleo o trabajo
que alguien ejerce.
Es una imputación que se
realiza a alguien por una
conducta que generó una
cierta reacción. Se conoce
como culpa al hecho que
es causante de otra cosa.
La negligencia: es la falta de
un comportamiento
adecuado en una situación
concreta. Es la falta de
cuidado y de diligencia.
Imprudencia: alude a la ausencia
de prudencia: cautela, mesura,
cuidado. Quien actúa con
imprudencia, por lo tanto, lo
hace sin buen juicio.
Impericia: Consiste en actuar sin la
capacitación necesaria y expresa una
falta de conocimientos técnicos. La
imprudencia se produce cuando se
actúa con ligereza.
Culpa gravísima: se
presenta cuando el
servidor público actúa
con ignorancia supina,
desatención
elemental,
desconocimiento.
Culpa grave: nos
referimos a que no se
empleó el debido
cuidado en la labor
que se ejecutaba o en
el negocio ajeno que
se encomendó
Culpa Leve: Es la falta de
aquella diligencia y cuidado
que los hombres emplean
ordinariamente en sus
negocios propios.
Culpa Levísima: consistente
en la falta de aquella
diligencia que una persona
juiciosa emplea en la
administración de sus
negocios importantes.
Valor es un
concepto
amplio que puede
referirse a una
cualidad, una virtud
o un talento
personal; al coraje o
el descaro de una
persona.
Vicio: Hábito de hacer mal
algo o de hacer una cosa
perjudicial o que se considera
reprobable desde el punto de
vista moral.
Virtud: son aquellas
convicciones o actitudes que
nos permiten conducirnos
por la vida moralmente.
Un acto es antijurídico cuando
se encuentra prohibido por el
ordenamiento jurídico. La
acción en cuestión, por lo
tanto, se opone al derecho y se
constituye como un delito.
Dolo: es la voluntad
deliberada de cometer
un acto sabiendo que
se va a producir un
resultado lesivo sobre
otra persona.
Buena Fe: realizar una
acción o acto jurídico
de acuerdo a las
exigencias morales y
éticas que rigen el
sistema normativo de
una comunidad
Mala fe: es la convicción que tiene
una persona de haber adquirido el
dominio, posesión, mera tenencia
o ventaja sobre una cosa o un
derecho de manera ilícita,
fraudulenta, clandestina o violenta
Podemos decir que la Moral es
el orden de la persona,
mientras que el Derecho es el
orden de la sociedad.
Deontologismo: Se puede considerar como una teoría ética
que se ocupa de regular los deberes, traduciéndolos en
preceptos, normas morales y reglas de conducta, dejando
fuera de su ámbito específico de interés otros aspectos de la
moral.
3. Análisis.
Podemos decir que la ética determina el grado de intención que tiene de un profesional por realizar lo bueno o lo malo. La
ética es importante en la vida cotidiana ya que en el transcurso de la carrera académica vamos aprendiendo valores y reglas
que nos llevan a actuar de forma responsable para velar por el bienestar del prójimo, esto lo conocemos como deontología
que no es mas que los valores y deberes que debemos cumplir a la hora de ejercer nuestra profesión. Podemos actuar de
buena fe que no es mas que querer hacer las cosas bien o de mala fe cuando no importa el bienestar del otro. Si bien
muchos de los profesiones actúan de forma correcta y con ética ante una determinada situación, no todos lo hacen de tal
forma, como por ejemplo un doctor que atenta contra la vida de un paciente por realizar alguna acción indebida, o un
ingeniero que por ahorrar dinero del presupuesto de una obra pone en riesgo la integridad de las personas al usar
materiales de mala calidad, entre otros. Afortunadamente ante estos actos reproblables existen medidas legales que puede
enfrentar una persona o empresa .
En primer lugar se debe identificar quien es el o los responsables de los malos actos, lo que conocemos como culpa, ya
sea que la forma de actuar fuera por imprudencia, impericia o negligencia. Luego se debe determinar que grado de
culpabilidad amerita. Existen grados de culpas como: Gravísima, grave, leve o levísima.
En conclusión, una persona profesional tiene la decisión de elegir la forma en la que actúa ante determinada situación, ya
sea que elija una forma correcta que vele por el bienestar de aquellos que se puedan ver afectados por las tarea que realiza,
lo cual siempre le será reconocido. En cambio si elije actuar de forma incorrecta poniendo en riesgo la integridad de una
persona también será reconocido pero como mal profesional.
4. Bibliografías
• Luño Ángel Rodríguez. Definición de: Ética - La ética filosófica. Consultado el 17 de octubre de 2021
Disponible: https://es.wikipedia.org/wiki/%C3%89tica#cite_ref-1
• Real Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua Española (2014). Definición de: Deontología. Consultado
el 17 de octubre de 2021.
Disponible: http://dle.rae.es/?id=CESMXhy
• Julián Pérez Porto y María Merino. Definición de: profesión. Consultado el 17 de octubre de 2021.
Disponible: https://definicion.de/profesion/
• Unión profesional. Definición de: Deontologismo. Consultado el 17 de octubre de 2021
Disponible: http://www.unionprofesional.com/estudios/DeontologiaProfesional_Codigos.pdf
• Ana Gardey. Definición de: Culpa. Consultado el 17 de octubre de 2021
Disponible: https://definicion.de/culpa/