SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 11
1
Derecho Romano e Historia de Roma
Temas 2
Época Arcaica desde mediados del s. VIII AC hasta primer 1/3 del IV AC.
1) ORGANIZACIÓN POLÍTICA
La civitas 2 teorías de formación: Agrupación de diferentes grupos/ Disgregación de
un amplio conglomerado
La monarquía El primer régimen político de Roma
- Rey: Poder unipersonal designado por voluntad de los dioses
- Senatus: Consejo de ancianos nombrados por el rey
- Comitia: Pueblo romano con unos ciertos requisitos de linaje, riqueza
y situación geográfica.
La República Aparece lentamente
2) ESTRUCTURA ECONÓMICO-SOCIAL
Territorio: Pequeño pero creciente
Población: Pastoril
La familia es muy importante.
3) EL DERECHO ARCAICO: IUS CIVILE
El ius civile fue el derecho primitivo. Según Gayo es el derecho que cada pueblo
establece para sí. Es un derecho rígido, inflexible, austero y de carácter patriarcal.
4) LAS FUENTES DEL DERECHO ARCAICO
-Mores maiorum: Es la costumbre y los usos. Es la primera forma de expresión
del ius civile.
-Ley de las XII Tablas: Redactada por 10 magistrados, son la primera expresión
de ley escrita. Responden a la demanda de la plebe a ser reconocidos ante el derecho.
-Interpretatio pontificium: El pontífice tiene el monopolio de la interpretación de
la norma. Hacen que el derecho pueda aplicarse a la vida real.
Los pontífices tenían tres poderes: Agere (indicar la acción oportuna), Cavere
(redactar formularios) y Respondere (lo que hoy en día sería emitir dictámenes).
2
Tema 3
Época Preclásica desde el primer 1/3 del IV AC hasta el último 1/3 del I AC.
1) ORGANIZACIÓN POLÍTICA
Máximo esplendor de la República en los sgs. III y II AC. Su apogeo vino dado por el
gran equilibrio entre los órganos políticos. Una vez empieza a alterarse esta
organización, la república se viene abajo.
Los órganos republicanos Rey, Magistrados (cónsulesdirección política,
pretoresiurisdictio, censoreselaboran el censo. Tenían el poder de imperium y
potestas), Senado (política exterior, administrativa…), Asambleas populares (Comitia
curiata, comitia centuriata, comitia tributa, concilia plebis).
2) ESTRUCTURA ECONÓMICO-SOCIAL
Territorio: Toda la cuenca del Mediterráneo, Italia e islas, Francia, Bélgica, Suiza,
Egipto, Norte de África, Turquía…Aparecen las provincias (estados-ciudades) que
tenían cierta autonomía si a cambio asumían una serie de obligaciones.
Población: El crecimiento obligó a separar cives y peregrini
Sociedad: Estructura económica compleja, transformación intelectual a causa de la
pluralidad de culturas del imperio. La sociedad empieza a estratificarse.
3) EL DERECHO PRECLÁSICO: IUS GENTIUM E IUS HONORARIUM
- Inadecuación del ius civile: La inflexibilidad del ius civile no se
adecua a las necesidades de una sociedad cada vez más creciente. Se
necesita un derecho aplicado a las gentes y una adecuación del ius
civile. Hasta ahora el ius civile se protegía por las legis actiones.
- Ius gentium: En época preclásica Roma ya empezaba a comerciar con
extranjeros, y fueron surgiendo nuevas relaciones entre comerciantes
que el ius civile no podía proteger a causa de su exclusivismo (los
extranjeros no tenían cabida en él). Por ello el pretor peregrino creó el
ius gentium, un derecho cosmopolita aplicable a todas las gentes, en
relaciones entre romanos y extranjeros y entre extranjeros en
territorio romano. Es el derecho de gentes, que se circunscribe al
ámbito patrimonial y negocial. Se protege y regula con el agere per
formulas.
- Ius honorarium: Por lo mismo que se creó el ius gentium, la creación
del ius honorarium por el pretor urbano tiene su fundamento en el
hecho que la rigidez del ius civile no le permitía avanzar, y el cambio
constante al que estaba sometido el pueblo romano obligaba a ir
innovando las leyes y el derecho. Un derecho pretorio que poco a
poco irá estableciendo un paralelismo con el derecho arcaico a
medida que se crean categorías nuevas.
4) LAS FUENTES DEL DERECHO PRECLÁSICO
-Leyes comiciales: Según Gayo son las leyes que el pueblo establece a ruego del
magistrado
-Plebiscita: Lo que el pueblo manda y establece.
3
-Edictos de los Magistrados (edictum): Programa de actuación al que el magistrado
promete someterse a la hora de ejercer su jurisdicción. Se basa en el ius edicendi, el
derecho de los ediles curules, pretores, gobernadores…para dirigirse al pueblo de
palabra o por escrito. El más importante fue el Edicto del Pretor.
· Perpetuum: Dura el año en que está el magistrado
· Repentinum: Surge por circunstancias imprevistas.
-Jurisprudencia republicana: Poco a poco el pontífice pierde el monopolio de la
interpretación al publicarse la Ley de las XII Tablas, y eso se refleja por la aparición de
cada vez más juristas laicos.
4
Tema 4
Época Clásica desde el último 1/3 del I AC hasta el primer 1/3 del III DC.
1) ORGANIZACIÓN POLÍTICA
En época clásica empieza a involucionar la república y aparece la figura del Princeps.
Las magistraturas van perdiendo su poder político convirtiéndose en meros títulos
honoríficos.
El senado se convierte en colaborador del Princeps y después de un gran poder que tuvo
en la época preclásica, acabará teniendo funciones ilusorias, así como el pueblo, que
pierde todo su poder.
En vistas de que en la época clásica el territorio llegó a su máxima extensión, apareció
la burocracia, cuya función era asumir los poderes que el Príncipe iba delegando al no
poder controlarlo todo.
Cabe destacar, con la aparición del Princeps, la aparición de un problema de sucesión,
ya que los poderes dinástico y carismático chocan de frente. Éste problema se arreglará
en la época posclásica pero ya será tarde.
2) ESTRUCTURA ECONÓMICO-SOCIAL
Territorio: Alcanza su mayor extensión con Trajano.
Población: Con el Edicto de Caracalla (212 DC) todos los habitantes del imperio se
convirtieron en cives.
Sociedad: La estratificación social se hace aún más intensa.
3) EL DERECHO CLÁSICO: IUS NOVUM
Ius Gentium: Tras el Edicto de Caracalla se romanizaron los derechos indígenas y se
provincializó el derecho romano.
Ius Honorarium: En el momento en que Adriano le pide a Salvio Juliano la elaboración
y publicación en el 130 DC del Edicto Perpetuo, el ius honorarium pierde su capacidad
creadora de derecho, y los magistrados se encuentran con que tienen que ceñirse al
programa impuesto por el príncipe.
Ius Novum: Nuevo derecho que descansa en la voluntad del príncipe
4) FUENTES DEL DERECHO CLÁSICO
- Leyes comiciales: Augusto les impone restricciones en algunos
aspectos.
- Edicta: El ius honorarium pierde su capacidad creadora.
- Senatusconsulta: Lo que el Senado manda y establece. Parecido a las
leyes.
- Constituciones imperiales: Lo que el emperador, por decreto o
epístola, manda y establece. La voluntad del príncipe se pasa por el
Senado por puro formalismo, porque la voluntad del príncipe es
definitiva.
o Edictos: Carácter vitalicio. Muy común. Se diferencian del
edicto del pretor por su carácter vitalicio, su contenido de
normas y prohibiciones y de no tratar a veces sobre materia
jurisdiccional (el edicto de Caracalla).
5
o Decretos: Sentencias judiciales del Príncipe
o Rescriptos: Respuestas en procesos controvertidos.
Básicamente es la jurisprudencia clásica.
o Mandatos: Instrucciones a los funcionarios en las provincias.
- Jurisprudencia clásica tardía: Hay jurisprudencia alta y tardía. Supone
una vinculación entre el jurista y el príncipe.
6
Tema 5
Época Posclásica desde el primer 1/3 del III hasta el primer 1/3 del VI
1) ORGANIZACIÓN POLÍTICA
Los magistrados ceden paso a los funcionarios definitivamente. Diocleciano crea una
Tetrarquía y divide el Imperio en 2: Oriente y Occidente, sin renunciar a la unidad de
éste. Constantino elimina la tetrarquía y cuando muere cede el Imperio a sus tres hijos
(fin del problema sucesorio). Senado pierde todo el poder de influencia. Absolutismo
imperial.
2) ESTRUCTURA ECONÓMICO-SOCIAL
Territorio: Occidente cae en el 476 en manos de los bárbaros. Oriente ve nacer en
mundo Bizantino y Constantinopla cae en 1453.
Población: Ahora los habitantes son súbditos.
Sociedad: Estamentos cerrados. Hay una crisis social tanto interna como externa, por el
problema de la sucesión debido a los estamentos cerrados y la presión de los pueblos
vecinos.
3) EL DERECHO POSTCLÁSICO
Tendencia a la fusión de estratos jurídicos y un vulgarismo del derecho
El derecho romano vulgar es simplificado, realista y adaptado a las necesidades
“actuales” de la sociedad. Da una exagerada importancia a la apariencia del acto, es
decir que se acaba confundiendo la apariencia de derecho con el propio derecho. Hay
mucha confusión.
4) LAS FUENTES DEL DERECHO POSTCLÁSICO
I. Distinciones teóricas
a. Ius vetum (ius honorarium + ius gentium) y ius novum (derecho del
príncipe) siguen en vigor a la vez.
b. Las leges (constituciones imperiales) y los iura (derecho de los juristas
clásicos) también se encuentran vigentes a la vez aunque se
contrapongan.
II. Legislación imperial
a. Los edicta son sustituidos por las leyes generales.
b. Principal distinción: generales y especiales.
III. Confusionismo de fuentes
Tanto iura como leges tenían vigencia y no se podían determinar con
exactitud ni facilidad cual se tenía que utilizar. Se solucionó con una
canonización del iura (o sea, que sólo se permite elegir a un número fijo
de juristas para invocar a juicio: Papiniano, Gayo, Ulpiano, Paulo y
Modestino. Si hubiere discrepancia se aplica la mayoría, si hubiera
empate porque alguno no ha votado se aplica la opción de Papiniano y en
caso de ser él el que no vota, se deja a cargo del juez) y una recopilación
de leges (mediante códigos como el de Hermogeniano donde se ordenan
las constituciones).
7
IV. Jurisprudencia posclásica
a. La jurisprudencia cae junto con el imperio. El jurista tiene dos opciones:
ponerse al servicio de la administración o dedicarse a la enseñanza.
V. Escuelas de derecho: OccidentePobres compilaciones; OrienteBerito y
Constantinopla.
8
Tema 6
Época Justinianea desde el primer 1/3 del VI hasta el fin del segundo 1/3 del
VI.
1) LA COMPILACIÓN DE JUSTINIANO
I. El Código Publicado en el 529 DC, implica una derogación de todos los
códigos anteriores, aunque se basa en ellos.
II. Digesto Compilación de los fragmentos de las obras de los juristas. Es
PANDECTA porque lo abarca todo. Publicado en el 533 DC.
Los libros se dividen en títulos. Si un fragmento es muy largo se divide en
párrafos. CONSTA DE 90000 FRAGMENTOS DE 40 JURISTAS. A la
hora de redactarlo se tuvieron que evitar antonimias, choques de
opiniones…el modus operandi de los juristas recopiladores fue según
Bluhme la aplicación de la teoría de masas, según la cual se dividió la
comisión en 3 subcomisiones.
III. Las InstitucionesSustituyeron las instituciones de Gayo. CONSTA DE 4
LIBROS (uno de personas, dos de cosas y otro de acciones) DIVIDIDOS EN
TÍTULOS. Publicadas en 533 DC pero antes del Digesto.
IV. Segundo Código 12 libros divididos en títulos con las constituciones
imperiales en orden cronológico.
V. Las Novelas Tratan materias de derecho público, eclesiástico y algunos
ámbitos del derecho privado.
CORPUS IURIS CIVILE: COMPILACIÓN DEL DERECHO CIVIL DE
JUSTINIANO
9
Tema 7
El Derecho Romano después de Justiniano
La Tradición Romanística
Dº romano > Forma mentis Visión histórica/ Nuestra mentalidad no prevalece sobre
el objeto de estudio.
Dº romano < Forma mentis Visión dogmática/ Construcción de un derecho actual
basado en los pilares del derecho romano.
1) Baja Edad Media y la formación del Ius Commune.
El derecho romano reaparece en el siglo XI cuando se encuentra un manuscrito del
Digesto.
-Escuela de los Glosadores-
Creada por Irnerio, remarcamos como de especial importancia la creación de la Magna
Glossa o Glossa Ordinaria de Accursio.
Una glosa es una anotación breve que se hacía en el mismo texto para esclarecer algún
término, aclarando el sentido propio de las palabras. El fin perseguido por los
glosadores es una interpretación literal de los textos romanos.
-Escuela de posglosadores/comentaristas-
Su método de trabajo se basa en la dialéctica aristotélica y el fin que persigue es
adentrarse en el sentido de las palabras para sacar una solución práctica y poder, así,
aplicar ese mismo derecho, adaptado a las necesidades del momento. De este modo se
consagran como los padres del deductivismo.
-Formación del Ius Commune-
El Ius Commune es, básicamente, el derecho romano aplicado en casi todos los países
europeos adaptado por el Derecho Canónico.
2) Edad Moderna: Humanismo y Racionalismo
El humanismo ejerció una reacción violenta hacia el trabajo de los comentaristas porque
pensaban que lo que se tenía que hacer era reconstruir el derecho de Roma, no
adaptarlo.
-Mos gallicus y mos italicus-
El mos gallicus es el reflejo del humanismo ejercido en Francia (de ahí, Gallicus). Al
cabo de un tiempo tuvieron que abandonar esta reforma que se proponían por la
persecución de los hugonotes.
El mos italicus fue la vertiente comentarista de este humanismo y se utilizó en Italia,
España, Alemania…
-Usus modernum pandectarum-
En algunos países el derecho romano seguía vigente como derecho complementario o
incluso propio. Por ello se creó el usus modernum pandectarum, que conjugaba el
10
derecho romano con el derecho nacional. Así, el mos italicus continua como “derecho
de pandectas”, que sirve de base para la construcción de los derechos nacionales.
-Iusnaturalismo racionalista-
El estudio del derecho se enfoca como el estudio de un derecho natural asentado sobre
las bases de la razón humana. Su fusión con las ideas de la Ilustración hicieron que en
muchos países se anulara el derecho romano e incluso éste estuvo en peligro de
extinción.
3) La Edad Contemporánea: codificación.
En la Edad Contemporánea se empezó con la tendencia a codificarlo todo, a causa de las
doctrinas del iusnaturalismo racionalista, los ideales de la Revolución Francesa, y
sobretodo por el gran caos de leyes que formaban el ordenamiento, que muchas veces
provocaban desorientaciones de los juristas a la hora de aplicar las leyes.
Aparece la escuela histórica en Alemania, cuando surge una tendencia neoclasicista y
un romanticismo. El fundador de esta escuela histórica fue Savigny, con el ideal de que
se necesita observar con atención el derecho antiguo para comprender el actual. No por
ello implica que Savigny fuera de una mentalidad, muy al contrario, Savigny fue un
jurista que pertenecía a ambas visiones del derecho: dogmática (representada por la
pandectística) e histórica (representada por el neohumanismo).
11

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Epocas y fuentes del derecho romano
Epocas y fuentes del derecho romanoEpocas y fuentes del derecho romano
Epocas y fuentes del derecho romano
matiasrovanoromano
 
Sistemas juridicos contemporaneos
Sistemas juridicos contemporaneosSistemas juridicos contemporaneos
Sistemas juridicos contemporaneos
David Bravata Perez
 
Organización política y social marta m.
Organización política y social marta m.Organización política y social marta m.
Organización política y social marta m.
Carmen García Puche
 
Proyecto.fuentes del derecho romano
Proyecto.fuentes del derecho romanoProyecto.fuentes del derecho romano
Proyecto.fuentes del derecho romano
anastasia2807
 
Derecho Visogodo
Derecho VisogodoDerecho Visogodo
Derecho Visogodo
winx
 
SISTEMAS JURÍDICOS DE OCCIDENTE
SISTEMAS JURÍDICOS DE OCCIDENTESISTEMAS JURÍDICOS DE OCCIDENTE
SISTEMAS JURÍDICOS DE OCCIDENTE
Muma GP
 

La actualidad más candente (20)

Epocas y fuentes del derecho romano
Epocas y fuentes del derecho romanoEpocas y fuentes del derecho romano
Epocas y fuentes del derecho romano
 
Derecho griego
Derecho griegoDerecho griego
Derecho griego
 
Derecho romano germánico
Derecho romano germánico Derecho romano germánico
Derecho romano germánico
 
UNIDAD I. SOCIEDAD, ESTADO Y DERECHO.
UNIDAD I. SOCIEDAD, ESTADO Y DERECHO. UNIDAD I. SOCIEDAD, ESTADO Y DERECHO.
UNIDAD I. SOCIEDAD, ESTADO Y DERECHO.
 
Roma derecho romano
Roma derecho romanoRoma derecho romano
Roma derecho romano
 
Sistemas juridicos contemporaneos
Sistemas juridicos contemporaneosSistemas juridicos contemporaneos
Sistemas juridicos contemporaneos
 
Derecho Romano I
Derecho Romano IDerecho Romano I
Derecho Romano I
 
Mapa conceptual
Mapa conceptualMapa conceptual
Mapa conceptual
 
Organización política y social marta m.
Organización política y social marta m.Organización política y social marta m.
Organización política y social marta m.
 
Ensayo de derecho romano
Ensayo de derecho romanoEnsayo de derecho romano
Ensayo de derecho romano
 
SUCESIONES EN EL DERECHO ROMANO
SUCESIONES  EN EL DERECHO ROMANOSUCESIONES  EN EL DERECHO ROMANO
SUCESIONES EN EL DERECHO ROMANO
 
Tema 1 historia del derecho romano
Tema 1 historia del derecho romanoTema 1 historia del derecho romano
Tema 1 historia del derecho romano
 
Proyecto.fuentes del derecho romano
Proyecto.fuentes del derecho romanoProyecto.fuentes del derecho romano
Proyecto.fuentes del derecho romano
 
Derecho romano
Derecho romanoDerecho romano
Derecho romano
 
Contratos en la actualidad y en la epoca romana cuadro comparativo - dcho. ...
Contratos en la actualidad y en la epoca romana   cuadro comparativo - dcho. ...Contratos en la actualidad y en la epoca romana   cuadro comparativo - dcho. ...
Contratos en la actualidad y en la epoca romana cuadro comparativo - dcho. ...
 
Derecho Visogodo
Derecho VisogodoDerecho Visogodo
Derecho Visogodo
 
DERECHO ROMAMO SESION I
DERECHO ROMAMO SESION IDERECHO ROMAMO SESION I
DERECHO ROMAMO SESION I
 
SISTEMAS JURÍDICOS DE OCCIDENTE
SISTEMAS JURÍDICOS DE OCCIDENTESISTEMAS JURÍDICOS DE OCCIDENTE
SISTEMAS JURÍDICOS DE OCCIDENTE
 
Ensayo de las xii tablas
Ensayo de las xii tablas Ensayo de las xii tablas
Ensayo de las xii tablas
 
Ucc Las Fuentes En El Periodo Post Clasico
Ucc Las Fuentes En El Periodo Post ClasicoUcc Las Fuentes En El Periodo Post Clasico
Ucc Las Fuentes En El Periodo Post Clasico
 

Similar a Etapas del derecho romano

Roma 091202103202-phpapp02
Roma 091202103202-phpapp02Roma 091202103202-phpapp02
Roma 091202103202-phpapp02
Daniela Rafide
 
Apuntes ampliatorio de_derecho_romano
Apuntes ampliatorio de_derecho_romanoApuntes ampliatorio de_derecho_romano
Apuntes ampliatorio de_derecho_romano
Mariana Muñoz
 
Resumen de unidad didactica 1
Resumen de unidad didactica 1Resumen de unidad didactica 1
Resumen de unidad didactica 1
marisabel2000
 
Fuentesdelderechoromano 120925113821-phpapp02
Fuentesdelderechoromano 120925113821-phpapp02Fuentesdelderechoromano 120925113821-phpapp02
Fuentesdelderechoromano 120925113821-phpapp02
josewish90
 
La historia de roma
La historia de romaLa historia de roma
La historia de roma
clio1418
 

Similar a Etapas del derecho romano (20)

Derecho romano informe
Derecho romano informeDerecho romano informe
Derecho romano informe
 
Derecho Romano La Monarquia.pdf
Derecho Romano La Monarquia.pdfDerecho Romano La Monarquia.pdf
Derecho Romano La Monarquia.pdf
 
Compendio de derecho romano
Compendio de derecho romanoCompendio de derecho romano
Compendio de derecho romano
 
INSTITUCIONES DEL DERECHO ROMANO -- DERECHO
INSTITUCIONES DEL DERECHO ROMANO -- DERECHOINSTITUCIONES DEL DERECHO ROMANO -- DERECHO
INSTITUCIONES DEL DERECHO ROMANO -- DERECHO
 
Derecho romano
Derecho romanoDerecho romano
Derecho romano
 
Roma 091202103202-phpapp02
Roma 091202103202-phpapp02Roma 091202103202-phpapp02
Roma 091202103202-phpapp02
 
Instituciones romanas. ppt
Instituciones romanas. pptInstituciones romanas. ppt
Instituciones romanas. ppt
 
Apuntes ampliatorio de_derecho_romano
Apuntes ampliatorio de_derecho_romanoApuntes ampliatorio de_derecho_romano
Apuntes ampliatorio de_derecho_romano
 
Bloque 1.pdf
Bloque 1.pdfBloque 1.pdf
Bloque 1.pdf
 
Resumen de unidad didactica 1
Resumen de unidad didactica 1Resumen de unidad didactica 1
Resumen de unidad didactica 1
 
Resumen de unidad didactica 1
Resumen de unidad didactica 1Resumen de unidad didactica 1
Resumen de unidad didactica 1
 
Historia de roma III: la República
Historia de roma III: la RepúblicaHistoria de roma III: la República
Historia de roma III: la República
 
Fuentesdelderechoromano 120925113821-phpapp02
Fuentesdelderechoromano 120925113821-phpapp02Fuentesdelderechoromano 120925113821-phpapp02
Fuentesdelderechoromano 120925113821-phpapp02
 
Evolucion Historica Del Derecho Romano
Evolucion Historica Del Derecho RomanoEvolucion Historica Del Derecho Romano
Evolucion Historica Del Derecho Romano
 
Roma antigua.pptx
Roma antigua.pptxRoma antigua.pptx
Roma antigua.pptx
 
Etapas del d romano william
Etapas del d romano williamEtapas del d romano william
Etapas del d romano william
 
TEMA 1 DERECHO ROMANO (3) (1).pptx
TEMA 1 DERECHO ROMANO (3) (1).pptxTEMA 1 DERECHO ROMANO (3) (1).pptx
TEMA 1 DERECHO ROMANO (3) (1).pptx
 
La historia de roma
La historia de romaLa historia de roma
La historia de roma
 
Roma
RomaRoma
Roma
 
Modulo i (1)
Modulo i (1)Modulo i (1)
Modulo i (1)
 

Último

TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...
TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...
TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...
jlorentemartos
 
TALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docx
TALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docxTALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docx
TALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docx
NadiaMartnez11
 
RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA 2024 - ACTUALIZADA.pptx
RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA 2024 - ACTUALIZADA.pptxRESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA 2024 - ACTUALIZADA.pptx
RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA 2024 - ACTUALIZADA.pptx
pvtablets2023
 
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
Wilian24
 
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdfProyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
patriciaines1993
 

Último (20)

TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...
TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...
TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...
 
TALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docx
TALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docxTALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docx
TALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docx
 
RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA 2024 - ACTUALIZADA.pptx
RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA 2024 - ACTUALIZADA.pptxRESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA 2024 - ACTUALIZADA.pptx
RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA 2024 - ACTUALIZADA.pptx
 
Los avatares para el juego dramático en entornos virtuales
Los avatares para el juego dramático en entornos virtualesLos avatares para el juego dramático en entornos virtuales
Los avatares para el juego dramático en entornos virtuales
 
FUERZA Y MOVIMIENTO ciencias cuarto basico.ppt
FUERZA Y MOVIMIENTO ciencias cuarto basico.pptFUERZA Y MOVIMIENTO ciencias cuarto basico.ppt
FUERZA Y MOVIMIENTO ciencias cuarto basico.ppt
 
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESOPrueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESO
 
Posición astronómica y geográfica de Europa.pptx
Posición astronómica y geográfica de Europa.pptxPosición astronómica y geográfica de Europa.pptx
Posición astronómica y geográfica de Europa.pptx
 
La Sostenibilidad Corporativa. Administración Ambiental
La Sostenibilidad Corporativa. Administración AmbientalLa Sostenibilidad Corporativa. Administración Ambiental
La Sostenibilidad Corporativa. Administración Ambiental
 
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptxINSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptx
 
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
 
Factores que intervienen en la Administración por Valores.pdf
Factores que intervienen en la Administración por Valores.pdfFactores que intervienen en la Administración por Valores.pdf
Factores que intervienen en la Administración por Valores.pdf
 
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdfInfografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
 
TRABAJO FINAL TOPOGRAFÍA COMPLETO DE LA UPC
TRABAJO FINAL TOPOGRAFÍA COMPLETO DE LA UPCTRABAJO FINAL TOPOGRAFÍA COMPLETO DE LA UPC
TRABAJO FINAL TOPOGRAFÍA COMPLETO DE LA UPC
 
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdfProyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
 
Análisis de los Factores Externos de la Organización.
Análisis de los Factores Externos de la Organización.Análisis de los Factores Externos de la Organización.
Análisis de los Factores Externos de la Organización.
 
Tema 19. Inmunología y el sistema inmunitario 2024
Tema 19. Inmunología y el sistema inmunitario 2024Tema 19. Inmunología y el sistema inmunitario 2024
Tema 19. Inmunología y el sistema inmunitario 2024
 
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
 
Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024
Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024
Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024
 
origen y desarrollo del ensayo literario
origen y desarrollo del ensayo literarioorigen y desarrollo del ensayo literario
origen y desarrollo del ensayo literario
 
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdfFeliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
 

Etapas del derecho romano

  • 1. 1 Derecho Romano e Historia de Roma Temas 2 Época Arcaica desde mediados del s. VIII AC hasta primer 1/3 del IV AC. 1) ORGANIZACIÓN POLÍTICA La civitas 2 teorías de formación: Agrupación de diferentes grupos/ Disgregación de un amplio conglomerado La monarquía El primer régimen político de Roma - Rey: Poder unipersonal designado por voluntad de los dioses - Senatus: Consejo de ancianos nombrados por el rey - Comitia: Pueblo romano con unos ciertos requisitos de linaje, riqueza y situación geográfica. La República Aparece lentamente 2) ESTRUCTURA ECONÓMICO-SOCIAL Territorio: Pequeño pero creciente Población: Pastoril La familia es muy importante. 3) EL DERECHO ARCAICO: IUS CIVILE El ius civile fue el derecho primitivo. Según Gayo es el derecho que cada pueblo establece para sí. Es un derecho rígido, inflexible, austero y de carácter patriarcal. 4) LAS FUENTES DEL DERECHO ARCAICO -Mores maiorum: Es la costumbre y los usos. Es la primera forma de expresión del ius civile. -Ley de las XII Tablas: Redactada por 10 magistrados, son la primera expresión de ley escrita. Responden a la demanda de la plebe a ser reconocidos ante el derecho. -Interpretatio pontificium: El pontífice tiene el monopolio de la interpretación de la norma. Hacen que el derecho pueda aplicarse a la vida real. Los pontífices tenían tres poderes: Agere (indicar la acción oportuna), Cavere (redactar formularios) y Respondere (lo que hoy en día sería emitir dictámenes).
  • 2. 2 Tema 3 Época Preclásica desde el primer 1/3 del IV AC hasta el último 1/3 del I AC. 1) ORGANIZACIÓN POLÍTICA Máximo esplendor de la República en los sgs. III y II AC. Su apogeo vino dado por el gran equilibrio entre los órganos políticos. Una vez empieza a alterarse esta organización, la república se viene abajo. Los órganos republicanos Rey, Magistrados (cónsulesdirección política, pretoresiurisdictio, censoreselaboran el censo. Tenían el poder de imperium y potestas), Senado (política exterior, administrativa…), Asambleas populares (Comitia curiata, comitia centuriata, comitia tributa, concilia plebis). 2) ESTRUCTURA ECONÓMICO-SOCIAL Territorio: Toda la cuenca del Mediterráneo, Italia e islas, Francia, Bélgica, Suiza, Egipto, Norte de África, Turquía…Aparecen las provincias (estados-ciudades) que tenían cierta autonomía si a cambio asumían una serie de obligaciones. Población: El crecimiento obligó a separar cives y peregrini Sociedad: Estructura económica compleja, transformación intelectual a causa de la pluralidad de culturas del imperio. La sociedad empieza a estratificarse. 3) EL DERECHO PRECLÁSICO: IUS GENTIUM E IUS HONORARIUM - Inadecuación del ius civile: La inflexibilidad del ius civile no se adecua a las necesidades de una sociedad cada vez más creciente. Se necesita un derecho aplicado a las gentes y una adecuación del ius civile. Hasta ahora el ius civile se protegía por las legis actiones. - Ius gentium: En época preclásica Roma ya empezaba a comerciar con extranjeros, y fueron surgiendo nuevas relaciones entre comerciantes que el ius civile no podía proteger a causa de su exclusivismo (los extranjeros no tenían cabida en él). Por ello el pretor peregrino creó el ius gentium, un derecho cosmopolita aplicable a todas las gentes, en relaciones entre romanos y extranjeros y entre extranjeros en territorio romano. Es el derecho de gentes, que se circunscribe al ámbito patrimonial y negocial. Se protege y regula con el agere per formulas. - Ius honorarium: Por lo mismo que se creó el ius gentium, la creación del ius honorarium por el pretor urbano tiene su fundamento en el hecho que la rigidez del ius civile no le permitía avanzar, y el cambio constante al que estaba sometido el pueblo romano obligaba a ir innovando las leyes y el derecho. Un derecho pretorio que poco a poco irá estableciendo un paralelismo con el derecho arcaico a medida que se crean categorías nuevas. 4) LAS FUENTES DEL DERECHO PRECLÁSICO -Leyes comiciales: Según Gayo son las leyes que el pueblo establece a ruego del magistrado -Plebiscita: Lo que el pueblo manda y establece.
  • 3. 3 -Edictos de los Magistrados (edictum): Programa de actuación al que el magistrado promete someterse a la hora de ejercer su jurisdicción. Se basa en el ius edicendi, el derecho de los ediles curules, pretores, gobernadores…para dirigirse al pueblo de palabra o por escrito. El más importante fue el Edicto del Pretor. · Perpetuum: Dura el año en que está el magistrado · Repentinum: Surge por circunstancias imprevistas. -Jurisprudencia republicana: Poco a poco el pontífice pierde el monopolio de la interpretación al publicarse la Ley de las XII Tablas, y eso se refleja por la aparición de cada vez más juristas laicos.
  • 4. 4 Tema 4 Época Clásica desde el último 1/3 del I AC hasta el primer 1/3 del III DC. 1) ORGANIZACIÓN POLÍTICA En época clásica empieza a involucionar la república y aparece la figura del Princeps. Las magistraturas van perdiendo su poder político convirtiéndose en meros títulos honoríficos. El senado se convierte en colaborador del Princeps y después de un gran poder que tuvo en la época preclásica, acabará teniendo funciones ilusorias, así como el pueblo, que pierde todo su poder. En vistas de que en la época clásica el territorio llegó a su máxima extensión, apareció la burocracia, cuya función era asumir los poderes que el Príncipe iba delegando al no poder controlarlo todo. Cabe destacar, con la aparición del Princeps, la aparición de un problema de sucesión, ya que los poderes dinástico y carismático chocan de frente. Éste problema se arreglará en la época posclásica pero ya será tarde. 2) ESTRUCTURA ECONÓMICO-SOCIAL Territorio: Alcanza su mayor extensión con Trajano. Población: Con el Edicto de Caracalla (212 DC) todos los habitantes del imperio se convirtieron en cives. Sociedad: La estratificación social se hace aún más intensa. 3) EL DERECHO CLÁSICO: IUS NOVUM Ius Gentium: Tras el Edicto de Caracalla se romanizaron los derechos indígenas y se provincializó el derecho romano. Ius Honorarium: En el momento en que Adriano le pide a Salvio Juliano la elaboración y publicación en el 130 DC del Edicto Perpetuo, el ius honorarium pierde su capacidad creadora de derecho, y los magistrados se encuentran con que tienen que ceñirse al programa impuesto por el príncipe. Ius Novum: Nuevo derecho que descansa en la voluntad del príncipe 4) FUENTES DEL DERECHO CLÁSICO - Leyes comiciales: Augusto les impone restricciones en algunos aspectos. - Edicta: El ius honorarium pierde su capacidad creadora. - Senatusconsulta: Lo que el Senado manda y establece. Parecido a las leyes. - Constituciones imperiales: Lo que el emperador, por decreto o epístola, manda y establece. La voluntad del príncipe se pasa por el Senado por puro formalismo, porque la voluntad del príncipe es definitiva. o Edictos: Carácter vitalicio. Muy común. Se diferencian del edicto del pretor por su carácter vitalicio, su contenido de normas y prohibiciones y de no tratar a veces sobre materia jurisdiccional (el edicto de Caracalla).
  • 5. 5 o Decretos: Sentencias judiciales del Príncipe o Rescriptos: Respuestas en procesos controvertidos. Básicamente es la jurisprudencia clásica. o Mandatos: Instrucciones a los funcionarios en las provincias. - Jurisprudencia clásica tardía: Hay jurisprudencia alta y tardía. Supone una vinculación entre el jurista y el príncipe.
  • 6. 6 Tema 5 Época Posclásica desde el primer 1/3 del III hasta el primer 1/3 del VI 1) ORGANIZACIÓN POLÍTICA Los magistrados ceden paso a los funcionarios definitivamente. Diocleciano crea una Tetrarquía y divide el Imperio en 2: Oriente y Occidente, sin renunciar a la unidad de éste. Constantino elimina la tetrarquía y cuando muere cede el Imperio a sus tres hijos (fin del problema sucesorio). Senado pierde todo el poder de influencia. Absolutismo imperial. 2) ESTRUCTURA ECONÓMICO-SOCIAL Territorio: Occidente cae en el 476 en manos de los bárbaros. Oriente ve nacer en mundo Bizantino y Constantinopla cae en 1453. Población: Ahora los habitantes son súbditos. Sociedad: Estamentos cerrados. Hay una crisis social tanto interna como externa, por el problema de la sucesión debido a los estamentos cerrados y la presión de los pueblos vecinos. 3) EL DERECHO POSTCLÁSICO Tendencia a la fusión de estratos jurídicos y un vulgarismo del derecho El derecho romano vulgar es simplificado, realista y adaptado a las necesidades “actuales” de la sociedad. Da una exagerada importancia a la apariencia del acto, es decir que se acaba confundiendo la apariencia de derecho con el propio derecho. Hay mucha confusión. 4) LAS FUENTES DEL DERECHO POSTCLÁSICO I. Distinciones teóricas a. Ius vetum (ius honorarium + ius gentium) y ius novum (derecho del príncipe) siguen en vigor a la vez. b. Las leges (constituciones imperiales) y los iura (derecho de los juristas clásicos) también se encuentran vigentes a la vez aunque se contrapongan. II. Legislación imperial a. Los edicta son sustituidos por las leyes generales. b. Principal distinción: generales y especiales. III. Confusionismo de fuentes Tanto iura como leges tenían vigencia y no se podían determinar con exactitud ni facilidad cual se tenía que utilizar. Se solucionó con una canonización del iura (o sea, que sólo se permite elegir a un número fijo de juristas para invocar a juicio: Papiniano, Gayo, Ulpiano, Paulo y Modestino. Si hubiere discrepancia se aplica la mayoría, si hubiera empate porque alguno no ha votado se aplica la opción de Papiniano y en caso de ser él el que no vota, se deja a cargo del juez) y una recopilación de leges (mediante códigos como el de Hermogeniano donde se ordenan las constituciones).
  • 7. 7 IV. Jurisprudencia posclásica a. La jurisprudencia cae junto con el imperio. El jurista tiene dos opciones: ponerse al servicio de la administración o dedicarse a la enseñanza. V. Escuelas de derecho: OccidentePobres compilaciones; OrienteBerito y Constantinopla.
  • 8. 8 Tema 6 Época Justinianea desde el primer 1/3 del VI hasta el fin del segundo 1/3 del VI. 1) LA COMPILACIÓN DE JUSTINIANO I. El Código Publicado en el 529 DC, implica una derogación de todos los códigos anteriores, aunque se basa en ellos. II. Digesto Compilación de los fragmentos de las obras de los juristas. Es PANDECTA porque lo abarca todo. Publicado en el 533 DC. Los libros se dividen en títulos. Si un fragmento es muy largo se divide en párrafos. CONSTA DE 90000 FRAGMENTOS DE 40 JURISTAS. A la hora de redactarlo se tuvieron que evitar antonimias, choques de opiniones…el modus operandi de los juristas recopiladores fue según Bluhme la aplicación de la teoría de masas, según la cual se dividió la comisión en 3 subcomisiones. III. Las InstitucionesSustituyeron las instituciones de Gayo. CONSTA DE 4 LIBROS (uno de personas, dos de cosas y otro de acciones) DIVIDIDOS EN TÍTULOS. Publicadas en 533 DC pero antes del Digesto. IV. Segundo Código 12 libros divididos en títulos con las constituciones imperiales en orden cronológico. V. Las Novelas Tratan materias de derecho público, eclesiástico y algunos ámbitos del derecho privado. CORPUS IURIS CIVILE: COMPILACIÓN DEL DERECHO CIVIL DE JUSTINIANO
  • 9. 9 Tema 7 El Derecho Romano después de Justiniano La Tradición Romanística Dº romano > Forma mentis Visión histórica/ Nuestra mentalidad no prevalece sobre el objeto de estudio. Dº romano < Forma mentis Visión dogmática/ Construcción de un derecho actual basado en los pilares del derecho romano. 1) Baja Edad Media y la formación del Ius Commune. El derecho romano reaparece en el siglo XI cuando se encuentra un manuscrito del Digesto. -Escuela de los Glosadores- Creada por Irnerio, remarcamos como de especial importancia la creación de la Magna Glossa o Glossa Ordinaria de Accursio. Una glosa es una anotación breve que se hacía en el mismo texto para esclarecer algún término, aclarando el sentido propio de las palabras. El fin perseguido por los glosadores es una interpretación literal de los textos romanos. -Escuela de posglosadores/comentaristas- Su método de trabajo se basa en la dialéctica aristotélica y el fin que persigue es adentrarse en el sentido de las palabras para sacar una solución práctica y poder, así, aplicar ese mismo derecho, adaptado a las necesidades del momento. De este modo se consagran como los padres del deductivismo. -Formación del Ius Commune- El Ius Commune es, básicamente, el derecho romano aplicado en casi todos los países europeos adaptado por el Derecho Canónico. 2) Edad Moderna: Humanismo y Racionalismo El humanismo ejerció una reacción violenta hacia el trabajo de los comentaristas porque pensaban que lo que se tenía que hacer era reconstruir el derecho de Roma, no adaptarlo. -Mos gallicus y mos italicus- El mos gallicus es el reflejo del humanismo ejercido en Francia (de ahí, Gallicus). Al cabo de un tiempo tuvieron que abandonar esta reforma que se proponían por la persecución de los hugonotes. El mos italicus fue la vertiente comentarista de este humanismo y se utilizó en Italia, España, Alemania… -Usus modernum pandectarum- En algunos países el derecho romano seguía vigente como derecho complementario o incluso propio. Por ello se creó el usus modernum pandectarum, que conjugaba el
  • 10. 10 derecho romano con el derecho nacional. Así, el mos italicus continua como “derecho de pandectas”, que sirve de base para la construcción de los derechos nacionales. -Iusnaturalismo racionalista- El estudio del derecho se enfoca como el estudio de un derecho natural asentado sobre las bases de la razón humana. Su fusión con las ideas de la Ilustración hicieron que en muchos países se anulara el derecho romano e incluso éste estuvo en peligro de extinción. 3) La Edad Contemporánea: codificación. En la Edad Contemporánea se empezó con la tendencia a codificarlo todo, a causa de las doctrinas del iusnaturalismo racionalista, los ideales de la Revolución Francesa, y sobretodo por el gran caos de leyes que formaban el ordenamiento, que muchas veces provocaban desorientaciones de los juristas a la hora de aplicar las leyes. Aparece la escuela histórica en Alemania, cuando surge una tendencia neoclasicista y un romanticismo. El fundador de esta escuela histórica fue Savigny, con el ideal de que se necesita observar con atención el derecho antiguo para comprender el actual. No por ello implica que Savigny fuera de una mentalidad, muy al contrario, Savigny fue un jurista que pertenecía a ambas visiones del derecho: dogmática (representada por la pandectística) e histórica (representada por el neohumanismo).
  • 11. 11