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Sebastian triana (informacion) amarillo
1. El Protocolo de Kyoto es lo que «pone en práctica» la Convención. Basándose
en los principios de la Convención, este protocolo compromete a los países
industrializados a estabilizar las emisiones de gases de efecto invernadero. La
Convención por su parte solo alienta a los países a hacerlo.
El PK, como se le denomina por abreviar, fue estructurado en función de los
principios de la Convención. Establece metas vinculantes de reducción de las
emisiones para 37 países industrializados y la Unión Europea, reconociendo que
son los principales responsables de los elevados niveles de emisiones de GEI que
hay actualmente en la atmósfera, y que son el resultado de quemar fósiles
combustibles durante más de 150 años. En este sentido el Protocolo tiene un
principio central: el de la «responsabilidad común pero diferenciada».
El Protocolo ha movido a los gobiernos a establecer leyes y políticas para cumplir
sus compromisos, a las empresas a tener el medio ambiente en cuenta a la hora
de tomar decisiones sobre sus inversiones, y además ha propiciado la creación del
mercado del carbono.
El camino a seguir
En general el Protocolo de Kyoto es considerado como primer paso importante
hacia un régimen verdaderamente mundial de reducción y estabilización de las
emisiones de GEI, y proporciona la arquitectura esencial para cualquier acuerdo
internacional sobre el cambio climático que se firme en el futuro. Cuando concluya
el primer período de compromiso del Protocolo de Kyoto en 2012, tiene que haber
quedado decidido y ratificado un nuevo marco internacional que pueda aportar las
severas reducciones de las emisiones que según ha indicado claramente el Grupo
Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) son
necesarias.
1. ¿Qué es el Protocolo de Kioto?
El Protocolo de Kioto es un acuerdo internacional que promueve el desarrollo
sostenible y combate el cambio climático.
2. 2. ¿Cuál es su principal objetivo para los próximos años?
El objetivo principal es reducir, entre los años 2008 y 2012, en un
5,2% (respecto a los niveles de 1990) las emisiones a la atmósfera de los seis
gases que provocan el efecto invernadero: el dióxido de carbono, el metano, el
óxido nitroso, el hidrofluocarbono, el perfluorocarbono y el hexafluorocarbono de
azufre.
3. ¿Quién ha ratificado el Protocolo de Kioto?
En total lo han ratificado 129 países que arrojan a la atmósfera aproximadamente
el 61% de los gases contaminantes de todo el planeta. Para entrar en vigor,
el acuerdo establecía que debía ser ratificado al menos por 55 países cuyas
emisiones representaran el 55% de esas emisiones. Estados Unidos, India y
China, tres de los países más contaminantes del planeta, se retiraron del acuerdo.
4. ¿Qué compromisos tienen los países que han ratificado el acuerdo?
A cada país se le exige el cumplimiento de unos objetivos cuantificados, que
varían según el volumen de emisiones contaminantes que emitían a la atmósfera
en 1990. Así, por ejemplo, Japón debe reducir este volumen en un 6%; la Unión
Europea en un 8%; Rusia y Nueva Zelanda pueden mantenerlo y Noruega,
aumentarlo.
5. ¿Qué compromisos debe asumir España?
Como el acuerdo se firmó antes de que se ampliara la Unión Europea a los 25
miembros, cada uno de los estados miembro tiene sus propias obligaciones. Así,
España puede aumentar sus emisiones en un 15% respecto a las de 1990. Sin
embargo, como éstas se han incrementado en los últimos años en un 45%, su
principal tarea será la de reducirlas en un 30%. España es el país de la UE que
más se aleja de su compromiso.
6. ¿Qué mecanismos incluye el Protocolo de Kioto para facilitar el
cumplimiento de sus objetivos a los diferentes países?
El acuerdo permite comprar o vender 'derechos de emisión de gases de efecto
invernadero'. De esta forma un país como Noruega que emite una cantidad de
gases menor al que se le ha consignado, puede vender este "excedente" a otro
país que lo supere. La tonelada de CO2 viene a costar entra 5 y 10 euros.
Además los países podrán compensar su exceso mediante inversiones en
tecnologías limpias en terceros países.
En el Consejo Nacional Ambiental celebrado en octubre de 1997, se hizo la
presentación del documento con la Posición de Colombia para el “Protocolo de
Kioto”. Allí se encuentran todos los antecedentes históricos, científicos y legales a
la negociación de este instrumento, así como las consideraciones en torno a la
vulnerabilidad de Colombia tanto a los posibles efectos del cambio climático como
a las posibles medidas que se fueran a adoptar en el Protocolo de Kioto.
3. · Compromisos jurídicamente vinculantes para países Anexo I de la Convención
El Protocolo establece para los países desarrollados incluidos en el Anexo I
obligaciones cuantificadas de reducción de emisiones de gases de efecto
invernadero. En su conjunto, los países desarrollados deberán reducir sus
emisiones de gases de efecto invernadero en un 5%, para el período comprendido
entre los años 2008 a 2012. Este compromiso de reducción de emisiones es
diferenciado, según las condiciones particulares de cada país. Así, algunos países
reducirán sus emisiones de gases de efecto invernadero mientras otros tendrán
margen para aumentarlas. Por ejemplo, Estados Unidos reducirá sus emisiones en
un 7%, la Unión Europea en un 8%, Japón en un 6%, mientras Australia podrá
aumentar sus emisiones en un 8%. Las metas de reducción se calculan sobre una
“canasta de gases”. Para CO2, CH4 y N2O el cálculo se hace respecto de la “línea
de base” de las emisiones de cada país en 1990, y para HFC, PFC, SF6 en 1995.
Estas metas pueden ser alcanzadas individual o conjuntamente entre países. El
Protocolo permite que un país calcule sus obligaciones sobre la base de sus
emisiones “netas”. Se trata de emisiones por las fuentes y la absorción por los
sumideros de gases de efecto invernadero, que se deban a actividades humanas
de reforestación, deforestación, forestación y silvicultura. Así mismo permite a
cada Parte un tope máximo de emisiones, el cual se calcula de manera particular
para cada una de las Partes.
POSICIÓN DE COLOMBIA PROTOCOLO DE KIOTO
1. Apoyar el Principio de precaución apoyando el objetivo de la Convención
2. Reafirmar el principio de responsabilidad común pero diferenciada entre los
países desarrollados y países en desarrollo
3. Apoyar la diferenciación de compromisos entre países desarrollados
4. Promover el que las nuevas obligaciones de reducción de emisiones se calculen
sobre emisiones netas y cubran a todos los gases de efecto invernadero no
controlados por el Protocolo de Montreal, sin concentrarse en las emisiones brutas
de CO2 de sectores particulares
5. Promover objetivos flexibles y de largo plazo de reducción de emisiones
Adaptado de: Ministerio del Medio Ambiente. Oficina asesora de negociación