1. Dirección General de Asuntos
Ambientales Energéticos y Mineros
Ministerio de Energía y Minas
Junio - 2007
Conservación y Protección del Medio
Ambiente en las Actividades
Energéticas y Mineras
2. Dirección General de Asuntos
Ambientales Energéticos y Mineros
¿QUIENES SOMOS?
La Dirección General de Asuntos Ambientales
(energéticos y Mineros), es el órgano técnico normativo
encargado de:
Proponer y evaluar la política ambiental,
Proponer y/o expedir la normatividad necesaria
Promover la ejecución de actividades orientadas a la
conservación y protección del medio ambiente,
Promover el fortalecimiento de las relaciones armoniosas
entre las empresas sectoriales con la sociedad civil.
3. Objetivos
Promover la preservación del ambiente por parte de
las empresas energéticas y mineras.
Fomentar las relacionas armoniosas entre las
empresas del sector, los consumidores y la sociedad
civil.
Fomentar una mayor conciencia de preservación
ambiental
6. Formular, proponer y aprobar cuando corresponda las normas
técnicas legales.
Normar la evaluación de los impactos ambientales y sociales.
Calificar y autorizar a instituciones públicas y privadas para
que elaboren Estudios Ambientales
Evaluar y aprobar los estudios ambientales que se presenten
al Ministerio de Energía y Minas.
Promover programas de entrenamiento y capacitación sobre
temas ambientales y sobre asuntos referidos a las relaciones
de las empresas con la sociedad civil.
Expedir Resoluciones Directorales
en el ámbito de su competencia.
Participar en el procesamiento y
análisis de la información estadística.
Funciones y Atribuciones
7. Gestión Ambiental
La Gestión Ambiental es un proceso, orientado a
administrar los intereses, las expectativas y recursos
relacionados con los objetivos de la política ambiental.
Los Instrumentos de Gestión constituyen medios operativos
o mecanismos que son diseñados, normados y aplicados
para el cumplimiento de la política y las normas.
Encargada de la planificación, promoción, prevención,
control, corrección, información, etc.
Principal Instrumento de Gestión: Evaluación del Estudio
de Impacto Ambiental
8. Normatividad
Reglamento de Protección Ambiental en las Actividades de
Hidrocarburos (D.S. Nº 015-2006-EM): EIA
Reglamento de Protección Ambiental en las Actividades
Eléctricas (D.S. Nº 029-94-EM): EIA
Reglamento Ambiental para las Actividades de Exploración
Minera (D.S. Nº 038-98-EM): EIA
Reglamento de Participación Ciudadana para la realización de
Actividades:
- Energéticas (R.M. 535-2004-MEM-DM) y
- Mineras (R.M. 596-2003-EMDM).
Registro de Entidades Autorizadas a realizar Estudios de Impacto
Ambiental en el Sector Energía y Minas (R.M. 580-98-EM-VMM)
9. Normatividad
• Hidrocarburos:
– Empresas de Exploración
– Empresas de Explotación
– Empresas de Refinación
– Empresas de Distribución
– Empresas de Comercialización
• Electricidad:
– Empresas de Generación
– Empresas de Transmisión
– Empresas de Distribución
• Minería:
– Etapas de Exploración
– Etapa de Explotación y Procesamiento
– Etapa de Cierre
10. Normatividad:
Organismos Competentes
La Autoridad Competente del MEM es la DGAAE y la
DGAAM, que dictan las normas complementarias
para mantener actualizado el presente Reglamento.
Corresponde al Organismo Supervisor de la
Inversión en Energía y Minas (OSINERGMIN)
supervisar y fiscalizar el cumplimiento del presente
Reglamento.
Previo al inicio de Actividades Energéticas y Mineras, Ampliación o
Modificación, el Titular deberá presentar ante la DGAAE o DGAAM el
Estudio Ambiental correspondiente, el cual luego de su aprobación
será de obligatorio cumplimiento .
11. Estudios Ambientales
• Documentos de Evaluación ambiental de proyectos
de inversión cuya ejecución pueda generar
impactos negativos.
DIA (Declaración de Impacto Ambiental)
EIA sd (Estudio de impacto Ambiental Semi detallado)
EIA (Estudio de impacto Ambiental)
PMA (Plan de Manejo Ambiental)
PAC (Plan Ambiental Complementario)
PAMA (Programa de Adecuación y Manejo Ambiental)
12. Estudio de Impacto Ambiental EIA
Contenido:
- Resumen Ejecutivo
- Delimitación del área de influencia.
- Descripción del proyecto
- Estudio de Línea Base
- Identificación de los Impactos
- Plan de manejo ambiental (PMA).
13. Plan de Manejo Ambiental PMA
Contenido:
• Evaluación de los efectos
• Monitoreo del proyecto
• Plan de Contingencia
• Plan de Relaciones Comunitarias
• Costos Proyectados el PMA, cronograma de ejecución.
• Valorización Económica de los impactos.
• Medidas de Prevención, mitigación, corrección y
compensación durantes las fases.
• Plan de Abandono
OSINERGMIN informará a la DGAAE y DGAAM de los
resultados de la supervisión y fiscalización del
cumplimiento del EIA a fin de que esta requiera a los
operadores la actualización del PMA a fin de evitar futuros
impactos y conflictos.
14. Proceso de Participación Ciudadana
( R.M. 535-2007-MEM-DM)
• El Reglamento Norma la participación de personas
naturales, organizaciones sociales, titulares de
proyectos energéticos y autoridades enmarcadas
dentro de la realización y desarrollo de las
actividades energéticas y Mineras.
• Talleres Informativos
• Audiencia Pública
• Acceso Público a EIAs y resumen ejecutivo
15. Proceso de Participación Ciudadana
ETAPAS
Antes de la
elaboración
del EIA
Durante la
elaboración
del EIA
Después
de
presentado
el EIA
16. Proceso de Participación Ciudadana
INTEGRANTES
Secretario
DGAAE
Consultora
Titular
MESA
Convocado
Por la
DGAAE
C
O
O
R
D
I
N
A
DREM
Responsable
del Proyecto
17. • EIA:
Proceso de Participación Ciudadana
PRESENTACION (Acceso Público)
DGAAE
EIA
2 Copias
digitalizadas e
impresa
RESUMENES5 Resúmenes
DREM
Municipio Provincial y
Distrital
18. Proceso de Participación Ciudadana
PLAZOS: AUDIENCIA PÚBLICA
Avisos de publicaciones
(Art. 6.2)
- 6 avisos. En formato A2.
- Sede principal del Gobierno Regional.
- Local de los Municipios Prov. y Dist.
- Locales de mayor afluencia pública
(hospitales, bancos, parroquias o
mercados).
Emisora Radial (Art. 6.3)
- 4 Anuncios diarios.
- Durante 5 días después de publicado los avisos.
- Durante 10 días antes de la Audiencia Pública.
Difundirá: El lugar en que el EIA se
encuentra a disposición de
los interesados.
Publicación
en el
DIARIO.
Al día
siguiente
5 días 10 días
20 días
Avisos de
Publicación
en
LOCALES.
AP
19. Proceso de Participación Ciudadana
EVALUACIÓN
Disponibles: Art. 12
- Dirección General de Energía y Minas
(DREM).
- Dirección General de Asuntos
Ambientales Energéticos (DGAAE).
- Municipalidad Provincial y Distrital del
lugar en donde se llevará a cabo la AP.
Comentarios del
público:
- Observaciones.
- Propuestas.
- Sugerencias.
Expediente:
Todos los comentarios del público
en general, formarán parte el
Estudio de Impacto Ambiental
(EIA)
15 días
calendarios
Art. 7.13
Comentarios
del Público
Audiencia
Pública
Documento
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20. Proceso de Participación Ciudadana
Flujo de Talleres y Audiencias
3er taller informativo
EIA
Tiempo cero
Talleres Previos
(1) Antes de la elaboración
(2) Durante la elaboración
Audiencia Pública
Informe de Evaluación
R.D.