2. Artículo 9
Nadie podrá ser
arbitrariamente detenido,
preso ni desterrado.
Artículo 3
Todo individuo tiene derecho a
la vida, a la libertad y a la
seguridad de su persona.
3. En Colombia, el término está enmarcado en el
conflicto interno y hace referencia a las veces que
miembros del Ejército han presentado cuerpos de
civiles como si fueran de guerrilleros y/o
delincuentes dados de baja.
4.
5. Estos asesinatos tenían como objetivo presentar resultados por parte de las brigadas de
combate. A estos casos se les conoce en el Derecho Internacional
Humanitario como ejecuciones extrajudiciales y en el Derecho Penal Colombiano como
homicidios en persona protegida.