2. Director Responsable de Obra (D. R. O.) ?
Director Responsable de Obra es la
persona física cuya actividad
profesional está totalmente relacionada con la
construcción de obras
civiles y quien se hace responsable del
seguimiento de la misma.
3. Obligacione
s del
Director
Responsabl
e de Obra:
1.- Dirigir y vigilar la obra por sí o por medio de
técnicos auxiliares.
2.- Vigilar que se cumplan las disposiciones del
Reglamento.
3.- Llevar en la obra un libro bitácora foliado en
el cual se anotarán los siguientes datos como
mínimo:
*Nombre, atribuciones y firma de los técnicos
auxiliares, si los hubiera.
*Fecha de las visitas del Director Responsable
de Obra.
*Materiales empleados para fines estructurales
o de seguridad.
*Procedimientos generales de construcción.
*Control de calidad.
*Fecha de iniciación de cada etapa de la obra.
*Incidentes y accidentes.
*Observaciones e instrucciones especiales del
Director Responsable de Obra y
*Observaciones de los Inspectores de la
Dirección.
4. 4.- Visitar la obra en todas las etapas importantes
del proceso de construcción, anotando sus
observaciones en la bitácora.
5.- Colocar en lugar visible de la obra un letrero
con su nombre, número de registro y número de
licencia de la obra, ubicación de la misma; con el
formato autorizado por la dirección.
6.- Refrendar su calidad de Director Responsable
de Obra una vez cada año o cuando la Dirección lo
requiera.
7.- Colaborar con la Dirección en la elaboración de
peritajes cuando así se le solicite, tomando dichos
trabajos como servicio social profesional.
5. Firma De Director Responsable de Obra (D.R.O.):
La Firma de Director Responsable de Obra "DRO" es requerido para obtener la
Licencia de Construcción, por las autoridades, oficinas, departamentos de Obras de
los Ayuntamientos, Dependencias, Delegaciones u Municipios en cada ciudad u
entidad federativa.
El cual consiste en rubricar todos los documentos que integran el expediente que
se presenta para la obtención de la Licencia de Construcción, de cualquier tipo
de Obra, "Vivienda, Comercio e Industria" desde 40m2 en adelante. la
información puede variar en cuanto a la descripción, no en cuanto al contenido
6. Los cuales son:
1. Formato de Licencia de Construcción.
2. Bitácora de Obra
3. Juego de Planos Arquitectónicos
4. Juego de Planos Estructurales
5. Memoria de Calculo
6. Memoria Descriptiva
7. Especificaciones particulares del Proyecto
8. Cuadro de Áreas
9. Mecánica de Suelos
10. Estudio de Impacto Ambiental o
11. Informe Preventivo de Ecología
Además incluye dos visitas por semana, para la supervisión de la
construcción y para las anotaciones en bitácora de cualquier observación
o sugerencia.
7. SUSPENSION D.R.O.
-Descripción
Trámite obligatorio para manifestar la suspensión o
reanudación de una obra, en un término de tres días a
partir de que ocurra, siempre que el plazo de la
licencia de construcción este aun vigente, de acuerdo a
lo establecido en el artículo 94 del reglamento de
construcción.
-Requisitos
· Solicitud de suspensión o reanudación de obra, en el
formato oficial (original)
· Permiso vigente y planos del proyecto autorizado
(una copia)
-Costo
No causa derechos.
8. -Tiempo promedio de respuesta
3 días hábiles, a partir de la fecha de recepción de la documentación requisitada, ( * excepto
en obras que de acuerdo a las normas, requieran de la participación de otras dependencias,
en cuyo caso será de 30 días hábiles)
-Usuario
D.R.O. (Director Responsable de Obra), PROPIETARIO O POSEEDOR, EN SU CASO.
-Área donde se realiza
Dirección de Obras Públicas, Desarrollo urbano y ecología.
9. CONSTANCIA DE TERMINACION DE OBRA
Y HABILITACION D.R.O.
La constancia se obtiene una vez realizada la inspección y el pago correspondiente
(Que corresponde a 1,134 MXN). El proceso se lleva acabo en 1 día.
Costo regulado por el Art. 68, Fracción IX, Numeral 3 de la Ley de Hacienda para el
Municipio de Colima.
El valor de la construcción se actualizará como un procedimiento interno de las
dependencias obteniendo este trámite.
Información disponible en el sitio web del ayuntamiento de Colima:
http://www.colima.gob.mx
10. ADQUISICION DE RESPONSIVA D.R.O.
Un Director Responsable de Obra otorga su responsiva cuando,
con ese carácter:
I.- Suscriba una solicitud de licencia de construcción y el
proyecto de una obra, cuya ejecución vaya a realizarse
directamente por él o por persona física o moral diversa,
siempre que supervise la misma, en este último caso;
II.-Tome a su cargo su operación y mantenimiento, aceptando la
responsabilidad de la misma;
III.- Suscriba un dictamen de estabilidad o seguridad de una
edificación o instalación;
IV.- Suscriba una constancia de seguridad estructural, o
V.- Suscriba el Visto Bueno de Seguridad y Operación de una
obra.
11. Corresponsable de obra?
Es la persona con los conocimientos técnicos adecuados para responder en
forma solidaria con el Director Responsable de la Obra, en todos los
aspectos de la obras en las que se otorgue su responsiva, relativos a la
seguridad estructural, diseño urbano y arquitectónico e instalaciones, según
sea el caso.